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Buenos Ayres Digital

Boletín  de  Pequeñas  Noticias

La comunidad consorcial como espejo de la sociedad

Jueves 20 de Diciembre de 2016 - Nº: 591

El Boletín de Pequeñas Noticias fue preparado para una visión óptima con una resolución de pantalla de 1024 x 768 pixeles. Leer en la Web

El Acta acuerdo especifica claramente que el bono de febrero de 2017 será no remunerativo.Paritarias encargados de edificios

El acuerdo ya se homologó

Si bien el 6 de diciembre se homologó el acta acuerdo que regirá desde diciembre hasta mayo del año que viene, recién el pasado miércoles 14 se pudo conocer oficialmente el contenido de ésta Se confirmó que el aumento es del 12%, que la contribución voluntaria de la obra social subió de 50 a 150 pesos y se informó que el bono de 2 mil pesos que se pagará en febrero de 2017 será NO remunerativo Pequeñas Noticias adelantó las escalas salariales oficiales por sus redes sociales.

[BPN-20/12/16] El 6 de diciembre, el Ministerio de Trabajo homologó el acta acuerdo firmado el 29 de noviembre entre las tres entidades de administradores que representan a los empleadores [1] y la Federación Argentina Trabajadores Edificios...

La opción "Del 11 al 12%", que fue la que finalmente se acordó y el Ministerio de Trabajo homologó, recibió un discreto 2% de los votos.Pequeñas Noticias quiere saber

El 57% opinó que no deberían haber recibido ningún aumento

Un 57% de los encuestados por este medio consideró que en diciembre los trabajadores de edificios no deberían haber recibido ningún aumento salarial Sin embargo, el 29% opinó que debían haber recibido un 19% o más.

Víctor Santa María, el 3 de diciembre, en una reunión política en Villa Santa Rita.Paritarios 2016

Para Santa María el aumento anual fue del 27,5%

El titular del SUTERH aseguró que los aumentos del 2016 sumaron un 27,5% Pero también afirmó que los encargados estuvieron "con los números casi de la inflación que mide el IET": el 41,1%.

Marcos Bergenfeld, presidente de APIPH.Registro Público de Administradores

APIPH busca asumir la dirección del RPA porteño

La entidad de propietarios que preside Marcos Bergenfeld comenzó una campaña en www.change.org para fijar las atribuciones de los administradores a través de una "adecuada legislación" y una "pertinente reglamentación" Para lograr sus objetivos consideró que su entidad debe asumir la dirección del Registro de Administradores de la CABA.

Queremos saber qué opinan sobre el nuevo Libro de Propietarios, ¿está de acuerdo con su creación?Pequeñas Noticias quiere saber

El 87% está en contra del Libro de Propietarios

Según una encuesta realizada por Pequeñas Noticias, el 87% de los participantes está en contra de la creación de un Libro de Propietarios El 4% estuvo a favor Entre sus defensores se encontró Jorge Resqui Pizarro, coordinador de ReDeCo y miembro del Foro de Abogados de Propiedad Horizontal.

 

 

Menú de servicios principal de la aplicación.Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal

El SUTERH tiene su aplicación para móvil

Desde el 4 de diciembre, el SUTERH cuenta con una aplicación gratuita para móviles Permitirá recibir novedades de interés gremial, brindará servicios relacionados con la obra social y permitirá comunicarse con un delegado o con el mismo Víctor Santa María.


Sergio Abrevaya.Estacionamiento tarifado en los barrios

Ahora Abrevaya está en contra

A principio de mes, Abrevaya comenzó una campaña de repudio contra la implementación de la ley de estacionamiento tarifado que votó en 2011 como legislador de la Coalición Cívica Denunció que el 45% de las calles porteñas tendrán estacionamiento medido Desde su cuenta en Facebook convocó a los vecinos "a frenar esta locura".


Los creadores de la aplicación fueron los hermanos rusos Pavel y Nikolai DurovRedes sociales

Pequeñas Noticias inauguró un canal en Telegram

A fin del mes pasado, Pequeñas Noticias inauguró un canal en Telegram Lo utilizará para adelantar material de producción propia o noticias muy importantes o urgentes Telegram es considerada la aplicación de mensajería gratuita más segura que existe.


Los autores consideraron que "no existe razón válida alguna que justifique alterar la forma de cálculo de la antigüedad para los jubilados reingresantes".Cámara de Diputados de la Nación

Buscan que se cambie el cómputo de antigüedad para jubilados

El 17 de noviembre, siete diputados presentaron un proyecto de ley para que la antigüedad de un jubilado que vuelve a trabajar con su empleador se calcule desde el inicio de sus actividades con ese empleador.


María Fabiana Lizarralde.Sueldos Diciembre/16

12% de aumento para diciembre, bono del 20%, 2º SAC y 5 feriados

Diciembre recargado: se homologó un incremento del 12% para los básicos de la escala salarial, se debe abonar el bono del 20% sobre el básico de la escala y el aguinaldo para el viernes 16 porque el 18 de diciembre fue domingo y además el mes tiene 5 feriados para el sector.


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Rincon Solidario

Cobranza de alquileres

Diana Sevitz


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Avisos Clasificados

Pedidos/Ofrecidos


Escudo de la provincia de Neuquén.Registro Público de Administradores provincial

El RPA neuquino se habría creado "para los porteros"

A principios de mes se aprobó la ley que crea un Registro Público de Administradores en la provincia de Neuquén Según un medio local el registro se creó "para los porteros", cansados de ser el blanco de queja de los vecinos.


La charla se realizó en el 5º piso de la sede comunal.Comisión de Consorcios de la Comuna 7

Charla informativa sobre el nuevo Código Civil y Comercial

La Comisión de la Propiedad Inmueble de la Comuna 7 organizó una charla informativa sobre el impacto del nuevo Código Civil y Comercial en el valor de las expensas Tanto el coordinador de la Comisión como los disertantes pertenecen al Foro de Abogados de la Propiedad Horizontal.


El sorteo finalizará el viernes 31 de diciembre.Principios de la Administración de Consorcios según el Código Civil y Comercial

Pequeñas Noticias sortea cinco libros en sus redes sociales

Hasta el 31 de diciembre, el medio está sorteando cinco libros sobre propiedad horizontal de la editorial Bienes Raíces Ediciones Así el medio festeja sus primeros 17 años de vida.


Congreso de la Nación.Cámara de Diputados de la Nación

Buscan reducir la jornada laboral a 40 horas semanales

Siete diputados de tres bloques presentaron una iniciativa para reducir la jornada laboral de 48 a 40 horas semanales La disminución del tiempo no implicaría reducción del salario De ser aprobada existirá también un tope a las horas extras de los trabajadores.


Correo de Opinión

Los nuevos bonos de gratificación

Sr. Julio Gil Domínguez


Correo de Opinión

Sobre "Buscaya reiteró a Triaca que se abstenga de homologar convenios"

Sra. Susana Pérez García


Correo de Lectores

Trabajador de media jornada

(16/12/2016)


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Pequeñas Noticias

Nosotros

¿Qué significan las siglas?: Las abreviaturas más frecuentes

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Efemérides consorciales: El 27 de diciembre de 2006, se realizó la asamblea constitutiva de la Asociación Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (ACCABA), entidad coordinada por Teresa Villanueva.


El Acta acuerdo especifica claramente que el bono de febrero de 2017 será no remunerativo.

El acta acuerdo especifica claramente que el bono de febrero de 2017 será NO remunerativo.

Paritarias encargados de edificios

El acuerdo ya se homologó

[BPN-20/12/16] El 6 de diciembre, el Ministerio de Trabajo homologó el acta acuerdo firmado el 29 de noviembre entre las tres entidades de administradores que representan a los empleadores [1] y la Federación Argentina Trabajadores Edificios Renta y Horizontal (FATERyH) liderada por Víctor Santa María. El acuerdo se firmó en el tiempo record de 5 días hábiles (7 días corridos) desde el momento de su rúbrica <ver escala salarial oficial>.

El acta acuerdo se firmó el martes 29 de noviembre a las 11:30 en el Ministerio de Trabajo. Ese mismo día, a las 13 hs. (una hora y media después) fue ratificada en ese mismo lugar. El día 6 fue homologada, sin embargo el Ministerio de Trabajo pudo proveer una copia de esa homologación recién el día 13. El acta acuerdo fue conocida hacia fines del día miércoles 14 de diciembre. Al día siguiente a las 10 de la mañana, Pequeñas Noticias publicó en sus redes sociales las escalas salariales oficiales de diciembre de 2016.

Tres días antes, nuevamente el SUTERH publicó -esta vez en su cuenta de SUTERH-OSPERyH en flickr- una versión editada digitalmente -de una única página- de la homologación <vínculo>. Un día después SUTERyH Mar del Plata publicó en sus redes sociales una copia de ese mismo "documento" aunque le agregó el sello de su propio sindicato <vínculo>. Es de destacar que la homologación oficial del acta acuerdo firmada el pasado 29 consta de dos páginas.

El aumento

Tal cual había adelantado Pequeñas Noticias en primicia exclusiva por sus redes sociales, se otorgó un aumento del 12% sobre las escalas salariales de noviembre a partir de diciembre. Hay que tener en cuenta que este valor incidirá también sobre dos ítems que se deben pagar ese mismo mes: el medio Sueldo Anual Complementario (SAC) y el bono del 20% que se paga desde el año pasado. El aumento tendrá vigencia durante seis meses, o sea hasta mayo de 2017 inclusive.

El bono

A pesar de que en un primer momento se había hablado que sería remunerativo, con los haberes de febrero se deberán abonar 2 mil pesos "NO remunerativos" a todos los trabajadores. En detalle el acta acuerdo establece: "Dicho monto será aplicado a todas las categorías establecidas del CCT 589/10 (t.o. 2016) en su totalidad". Es de recordar que en tres oportunidades este tipo de sumas no remunerativas fueron declaradas inconstitucionales por la Suprema Corte.

La contribución solidaria

Se acordó también la renovación de la "contribución solidaria" para las obras sociales por dos años: desde el mes de diciembre de 2016 hasta el mes de noviembre de 2018. Los argumentos que plasmaron en el acta acuerdo fueron: "considerando la ayuda sustancial que significó la contribución solidaria acordada de conformidad con el Art. 9º de la Ley 14.250 (t.o 2004) para las Obras Sociales de la actividad, lo que impactó en la mejora de las prestaciones brindadas, se coincide en que resulta propicio renovar la misma por un nuevo período". Se aclaró que "estas sumas serán aplicadas en forma proporcional para los trabajadores que revistan en las categorías previstas en los incisos d), e), h), n) y p) del artículo 7° y artículo 8° del presente Convenio Colectivo de Trabajo".

Las licencias especiales

Se redactó en forma más clara el inciso b) del artículo 12º del Convenio Colectivo de Trabajo. Éste dispone que un trabajador que tiene una antigüedad mayor a los cinco años puede gozar de una licencia de hasta tres meses. Esa licencia se podrá extender hasta los seis meses para quienes tengan una antigüedad mayor a los 10 años. Quien tenga una antiguedad igual o inferior a los cinco años no gozará de este derecho.

Textualmente quedó redactado así:

"Artículo 12°: El trabajador tiene derecho a: (...)

b) Hacer uso de licencia sin goce de sueldo por los términos que se consignan: hasta tres (3) y hasta seis (6) meses cuando la antigüedad en el servicio fuera mayor a cinco (5) o diez (10) años respectivamente, por una sola vez en el término de diez (10) años; debiendo notificar al empleador con una antelación no inferior a treinta (30) días de la fecha de iniciación de la licencia. Esta circunstancia deberá ser homologada con el suplente ante la autoridad competente. En este caso el trabajador con vivienda deberá permitir el alojamiento del suplente en la dependencia que como complemento del trabajo ocupa en la finca, la que deberá serle reintegrada al retomar el cargo. El sueldo del reemplazante, estará a cargo del empleador y será igual al básico del reemplazado".

Las problemáticas psicosociales

Por último, se amplió el alcance del artículo 33º del Convenio Colectivo de Trabajo. Éste trataba sobre "las situaciones de violencia que puedan suscitarse" aunque no especifica ni de qué tipo de violencia se habla ni entre quiénes. Ahora en el mismo marco de ambigüedad se amplió el concepto a "la problemática adictiva y otras problemáticas psico-sociales y de situaciones de violencia" y "se propicia la creación y participación de las partes en redes de prevención, promoción y orientación en dichas materias".

Textualmente el artículo ahora expresa: "En virtud de la posible existencia de la problemática adictiva y otras problemáticas psico-sociales y de situaciones de violencia que puedan suscitarse, las partes signatarias del presente se comprometen a canalizar las mismas conforme lo establecido por la legislación nacional vigente y demás normativa existente en materia de prevención y lucha contra dichas problemáticas. Al efecto, se propicia la creación y participación de las partes en redes de prevención, promoción y orientación en dichas materias".

Las escala salarial

ESCALAS SALARIALES DICIEMBRE 2016/MAYO 2017

CATEGORÍAS

Función

1° Cat.

2° Cat.

3° Cat.

4° Cat.

Encargado Permanente con vivienda

13.920

13.340

12.760

11.600

Encargado Permanente sin vivienda

16.362

15.680

14.998

13.635

Ayudante Permanente con vivienda

13.920

13.340

12.760

11.600

Ayudante Permanente sin vivienda

16.362

15.680

14.998

13.635

Ayudante Media Jornada

8.181

7.840

7.499

6.817

Personal Asimilado con vivienda

13.920

13.340

12.760

11.600

Personal Asimilado sin vivienda

16.362

15.680

14.998

13.635

Mayordomo con vivienda

14.436

13.835

13.233

12.030

Mayordomo sin vivienda

17.030

16.321

15.611

14.192

Intendente

20.845

20.845

20.845

20.845

Personal con mas 1 Función con vivienda

13.920

13.340

12.760

11.600

Personal con mas 1 Función sin vivienda

16.362

15.680

14.998

13.635

Encargado Guardacoches con vivienda

12.274

12.274

12.274

12.274

Encargado Guardacoches sin vivienda

13.328

13.328

13.328

13.328

Personal Vigilancia Nocturna

14.741

14.741

14.741

14.741

Personal Vigilancia Diurna

13.724

13.724

13.724

13.724

Personal Vigilancia Media Jornada

6.862

6.862

6.862

6.862

Encargado No Permanente con vivienda

6.604

6.604

6.604

6.604

Encargado No Permanente sin vivienda

7.178

7.178

7.178

7.178

Ayudante Temporario

13.444

13.444

13.444

13.444

Ayudante Temporario Media Jornada

6.722

6.722

6.722

6.722


Para cualquiera de las categorias

Valor

Personal Jornalizado no más 18 horas ( según ART. 7 INC. P HORA)

139

Suplente con horario por dia

607

Retiro de residuos por unidad destinada a vivienda u oficina

24,9

Clasificación de residuos Resol. 2013 243 SSRT-GCABA

428,4

Valor vivienda

91,4

Plus por antigüedad conf. Resoluc. 106/09 – inc. D, e, h, n y p del art. 7 y 8 por año ( 1%)

136,3

Plus por antigüedad – por año ART. 11 ( 2%)

272,7

Plus limpieza de cocheras

339,4

Plus moviemiento de coches – hasta 20 unidades

502,6

Plus Jardin

339,4

Plus Zona Desfavorable

50%

Titulo de Encargado Integral de Edificio

10%

Plus limpieza de piletas y mantenimiento del agua

571

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Efemérides consorciales: En enero de 2005, el Adm. Ricardo Cáttedra -quien promovió una acción de inconstitucionalidad a la Ley 941- comenzó a conducir un programa de radio sobre propiedad horizontal con el objetivo de llegar a los consorcistas para que pregunten, se saquen dudas y aprendan.


La opción "Del 11 al 12%", que fue la que finalmente se acordó y el Ministerio de Trabajo homologó, recibió un discreto 2% de los votos.

La opción "Del 11 al 12%", que fue la que finalmente se acordó y el Ministerio de Trabajo homologó, recibió un discreto 2% de los votos.

Pequeñas Noticias quiere saber

El 57% opinó que no deberían haber recibido ningún aumento

[BPN-20/12/16] El 57% de los encuestados por Pequeñas Noticias opinó que los encargados de edificios no debieron haber recibido ningún aumento salarial, el 10% estuvo a favor de que recibieran entre un 19 y un 20% y el 9% consideró que debieron recibir más del 20%.

El medio comenzó la encuesta el pasado 6 de diciembre y la finalizó el 15 de ese mes. La difundió por sus redes sociales: Twitter, su página en Facebook, su grupo en Facebook y su canal en Telegram. La pregunta puntual que los lectores debieron responder fue: ¿Cuál sería el aumento para diciembre que Ud. considera justo?

En detalle

La primera opción de respuesta a la encuesta fue "Ninguno", la segunda "De 1 a 2%", la tercera "De 3 a 4%" y así sucesivamente hasta la última que fue "Más del 20%".

Como dato curioso, la opción "Del 11 al 12%", que fue la que finalmente se acordó y el Ministerio de Trabajo homologó, recibió un discreto 2% de los votos.

Las opciones "De 5 a 6%", "De 9 a 10%", "De 15 a 16%" y "De 17 a 18%" se llevaron un 4% cada una, sumando en total un 16%.

Por último, un 2% de los encuestados votaron por cada una de las opciones "De 1 a 2%", "De 3 a 4%", "De 11 a 12%" y "De 13 a 14%". La suma total para estas opciones fue del 8%.

Nadie votó por la opción "De 7 al 8%" Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


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Efemérides consorciales: El 1 de enero de 2012, tras una larga y penosa enfermedad, falleció a los 76 años el contador Roberto Manuel Kinsella, asesor y colaborador de la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI).


Víctor Santa María, el 3 de diciembre, en una reunión política en Villa Santa Rita.

Víctor Santa María, el 3 de diciembre, en una reunión política en Villa Santa Rita.

Paritarios 2016

Para Santa María el aumento anual fue del 27,5%

[BPN-20/12/16] El 19 de diciembre, Víctor Santa María, titular del SUTERH [1], aseguró que –en lo que va del año- con la firma del último acuerdo, el aumento a los encargados "sería" del 27,5%. Sin embargo, también afirmó que este año los trabajadores de edificios pudieron "estar con los números casi de la inflación, por lo menos los que mide el IET (Instituto de Estadística de los Trabajadores).

La redacción del medio dedujo que para llegar al 27,5%, el líder sindical le sumó al 25% que se comenzó a aplicar a partir de junio de este año un 2% que sería el resultado de dividir por 6 el 12% de incremento acordado para el próximo semestre. Sin embargo si se calcula según las escalas salariales oficiales, el aumento del salario básico de convenio durante el 2016 (de enero a diciembre) da un 40% justo.

Según la última publicación del IET, en noviembre la inflación interanual fue del 41,1%. Un número muy cercano al 40% que recibieron los encargados de edificios. Estos valores darían sustento a su segunda afirmación –contradictoria con la primera- de que los aumentos recibidos durante el 2016 se acercan a la inflación medida por el IET.

Estas declaraciones las realizó Víctor Santa María, en el curso de una entrevista que le concedió al programa "SUTERH con vos" que se publicó en la plataforma Youtube el pasado lunes 19.

La entrevista

VSM: Se acaba de homologar el último tramo de lo que tiene que ver con las paritarias.

Nosotros este año firmamos una paritaria por seis meses que vencía a fines de octubre, una paritaria que tenía un aumento de los primeros seis meses del 25%, a ese 25% ahora a partir del primero de diciembre hay que agregarle un 12% más, o sea que sería alrededor del 27,5% en lo que va del año, más en diciembre un 20% que es un bono de fin de año que tiene el sindicato en el Convenio Colectivo de Trabajo y en febrero una suma no remunerativa de 2 mil pesos que también es parte de esta paritaria.

En el mes de abril, nuevamente empezaremos a discutir paritarias con el sector empleador para tratar de llegar a un acuerdo con lo que tiene que ver para el año que viene.

Sabemos que este año fue un año muy difícil, pudimos estar con los números casi de la inflación, por lo menos los que mide el IET, que es el Instituto de Estadística de los Trabajadores, pero preocupados también por la situación general por la cual atraviesa el país porque los sectores de menos ingresos son a los que más les pega justamente los aumentos en tarifas, en alimentos.

Y bueno, estamos preocupados por ese tema pero no por eso vamos a resignar nuestras legítimas conquistas y vamos a seguir trabajando [...] también ya en la próxima paritaria que vence ahora en abril.

Pregunta: En los últimos días el gobierno acordó un 18%, ¿cuál es su opinión sobre esas paritarias [3]?

VSM: Bueno, tiene que ver con una expectativa del gobierno para el año que viene. Me parece infundada porque hoy si uno analiza lo que están pidiendo las empresas, por ejemplo de gas, de aumentos que van desde el 27 hasta el 145%, me parece que no tiene que ver con la realidad el aumento salarial que quiere el gobierno aplicarle a los trabajadores formales en la Argentina.

Me parece que lo que está generando es una movilidad social descendente donde son los trabajadores quienes, con su recurso que es el salario, le transfieren justamente sus riquezas a los sectores más acomodados de la economía argentina que son los sectores más ricos del país, como los grandes empresarios, especialmente en este caso las empresas de energía.

Pregunta: ¿Qué otros beneficios se acordaron para los trabajadores aparte del bono de febrero?

VSM: Bueno, el feriado del 24 y el 31 [4] y el bono especial  del 20% que tienen los trabajadores de edificios en diciembre.

Creo que son todos temas que tenemos en el convenio que hacen a que cuando hay un momento económico difícil por lo menos tengamos un plus para poder estar pensando no solamente en las fiestas sino también en las vacaciones.

Tenemos un sindicato que tiene una oferta hotelera bastante importante y muchos de nuestros compañeros y compañeras usan justamente esa oferta hotelera que le permite a los trabajadores ahorrar plata porque son tarifas especiales para que los trabajadores podamos ir y gozar de las vacaciones Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] SUTERH: Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal

[2] IET: la inflación mensual de noviembre es de %1,6

[3] Perfil: Vidal cerró las paritarias de los estatales bonaerenses con un 18% de aumento

[4] BPN 515 del 21/02/14: "Para los encargados el 24 y 31 será asueto"


 


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Efemérides consorciales: El 2 de enero de 2006, la Fundación Liga del Consorcista creó un Empadronamiento Voluntario de Propietarios para que los consorcistas, a través de una carta, pudieran expresar si carecían de recursos económicos para afrontar futuros aumentos en las expensas. 


Marcos Bergenfeld, presidente de APIPH.

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Registro Público de Administradores

APIPH busca asumir la dirección del RPA porteño

[BPN-20/12/16] El 23 de noviembre, la APIPH [1] comenzó una campaña para asumir la dirección plena del Registro Público de Administradores (RPA). Argumentó que "el objetivo central de este pedido de apoyo a los propietarios de la CABA tiene por objeto regularizar a través de una adecuada legislación y pertinente reglamentación las relaciones con los administradores, fijando con claridad sus atribuciones y de devolver a los propietarios sus inalienables derechos". Las autoridades de APIPH anunciaron que el pedido será elevado tanto a la Legislatura como al Gobierno porteño por considerar la situación actual como anormal.

La petición la realizó en www.change.org que se define como la plataforma de peticiones más grande del mundo. El día de la redacción de esta nota (13/12/16) la campaña contaba con 156 simpatizantes <vínculo>.

Fundamentos

La asociación de propietarios, por una parte, sostuvo que en la CABA funciona el Registro Público de Administradores de Consorcios, cuyo objetivo es inscribirlos, registrarlos y controlarlos. Por otra, señaló que éstos avanzan sobre funciones que exceden su carácter de contratados por los propietarios de los consorcios y advirtió que sus intervenciones deben estar sujetas a las decisiones de las asambleas y los consejos de propietarios.

"Sin embargo los administradores han ido aumentando sus decisiones, arrogándose una representatividad que no les ha sido otorgada. De tal modo que en la mayor parte de los casos aumentan inconsultamente, en consecuencia, el monto de las expensas. Deciden la realización de gastos no autorizados y, lo que es más grave, participan indebidamente en las paritarias en que junto al gremio del sector, acuerdan salarios y beneficios para los empleados de edificios sin que en modo alguno, exista delegación explícita o consentida de los propietarios", denunció.

APIPH explicó en su solicitud que el objetivo central es regularizar las relaciones con los administradores a través de una adecuada legislación y pertinente reglamentación. Además busca devolver a los propietarios sus "inalienables derechos en la toma de decisiones que afectan a sus intereses". Por ello, ve necesario estar frente a la dirección del RPA porteño Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] APIPH: Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal.


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Pequeñas Noticias quiere saber

El 87% está en contra del Libro de Propietarios

[BPN-20/12/16] El 87% de los encuestados por Pequeñas Noticias no está de acuerdo con la creación de un "Libro de Registro de Propietarios". El 4% estuvo a favor y el 1% respondió "no sabe/no contesta". Es de destacar que votó a favor de la creación de este libro el Dr. Jorque Resqui Pizarro, coordinador de Reafirmación de los Derechos del Consorcista (ReDeCo) y miembro del Foro de Abogados de Propiedad Horizontal.

La pregunta específica que se le realizó a los lectores fue: "En Pequeñas Noticias queremos saber qué opinan sobre el nuevo Libro de Propietarios, ¿están de acuerdo con su creación? ¿Por qué?". Las posibles respuestas eran: "Sí", "No" y "No sabe/no contesta".

El medio comenzó la encuesta el 18 de noviembre y la finalizó el 15 de diciembre. La creó en su grupo de Facebook con las herramientas que provee la plataforma y la difundió en el resto de sus redes sociales: la página de Facebook y Twitter.

Antecedentes

El 1º de noviembre, la directora general de Defensa y Protección del Consumidor (DyPC) porteño, Vilma Bouza, le había establecido a los administradores una nueva obligación: ‘deberán mantener al día y conforme a la normativa vigente un Libro de Registro de Propietarios por cada consorcio administrado". Este nuevo libro –que el administrador tiene que adquirir- deberá ser autorizado por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires quién debe proveer una oblea para cada uno.

Comentarios

Más allá de los comentarios que se generaron desde la misma encuesta, los seguidores de Pequeñas Noticias en las redes sociales opinaron en otras publicaciones del medio sobre el libro. En general las opiniones fueron adversas y los lectores aprovecharon la oportunidad de comentarlos para fundamentarlas.

Una seguidora de Pequeñas Noticias realizó una publicación en el grupo de Facebook del medio en el que expresó: "nuevo libro, [el de] Registro de Propietarios. Otro gasto más, otra oblea más para CABA. Esta información se puede llevar igual, sin necesidad de generar más gastos a los consorcios".

En la misma publicación, una administradora explicó que el nuevo libro es innecesario porque esos mismos datos figuran en el Libro de Firmas. "Los propietarios no entienden que es obligatorio, no hay manera de hacerles entender que estoy obligada a hacerlo. ¡Todo suma en las expensas!", agregó.

El 11 de noviembre, Pequeñas Noticias publicó en su grupo de Facebook un vínculo el Boletín N° 588, en el cual se informaba sobre la creación del Libro de Registro de Propietarios. Sobre el tema, una administradora comentó: "¡La verdad que nuestras matrículas dependan de los cumplimientos de los consorcios que administramos es jodido! Si el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires quiere saber el estado en que se encuentran los edificios, que cree un centro de inspectores de edificios de propiedad horizontal. Que haya un RPA pero que sea para administradores, [que nos] controlen pero según nuestro rol de administradores".

En la misma publicación, otro participante del grupo de Facebook manifestó: "el RPA está tergiversando la obligatoriedad a nivel nacional de llevar un libro de registro de propietarios con un "libro de ocupantes". El registro de propietarios debería tener titulares de dominio, no inquilinos ni ocupantes. No sólo es un nuevo libro con todo lo que ello implica (costos, impacto ambiental, entre otros) sino que los malos administradores intentarán cobrarle al consorcio la tarea de actualización de ese libro a través de nuevos aranceles (cuando en realidad es una obligación del administrador según Art. 2.067°, Inc. i) del Código Civil y Comercial). Éstas son las pésimas prácticas que el RPA llevó adelante durante los últimos años que dejaron abierta la puerta para que, en su momento el sindicato y ahora las cámaras de administradores, capitalicen a su favor esta situación e intenten regular el registro de administradores para beneficio propio".

Este mismo seguidor, en otra publicación que realizó una lectora de este medio -en la que preguntaba si el Libro de Registro de Propietarios era obligatorio- expresó: "otro libro vacío que deberá pagar el consorcista. Bouza en lugar de reconstruir el registro trae lo peor de la era Gallo [1]. No entendió nada, ni siquiera para qué sirve el libro. Pretende que se anoten inquilinos en un registro de propietarios" Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] Juan Manuel Gallo: Director de Defensa y Protección al Consumidor de la CABA desde el 14 de octubre de 2009 hasta el 3 de enero de 2014.


AVISOS CLASIFICADOS

EMPLEO - OFRECIDO

CADETE ADMINITRACIÓN: Soy Araceli - Trabaje de encargada 3 meses y medio - Me ofrezco para trabajos de cadeteria en una administracion - Nombre: Araceli Carosini - Teléfono: (11) 3628-8993 - Email: aracelicarosini2016@gmail.com

AYUDANTE DE ENCARGADO/LIMPIEZA: Tengo la experiencia necesaria en el rubro - Nombre: Lorena Rosana Falquet - Teléfono: (11) 5512-1753 - Email: lorenaf54@hotmail.com

ASISTENTE ADMINISTRACIÓN: Busco empleo part-time turno tarde. Tengo experiencia en el rubro, soy estudiante de derecho. Trabajos bancarios, pagos, etc. Comunicación por e-mail los martes y viernes - Nombre: Pablo Isasmendi - Email: pablo_bht@yahoo.com.ar

ENCARGADO PERMANENTE CON VIVIENDA: Tengo 16 años de experiencia, conocimientos de mantenimiento básico, buena presencia. Busco preferentemente con vivienda y preferentemente en Capital Federal - Nombre: Roberto Nicolás Forte - Teléfono: (15) 3319-2945 - Email: forterobertonicolas@gmail.com

ENCARGADO DE EDIFICIO: Soy tecnico electrónico - Tengo amplia experiencia en diversos mantenimientos - Disponibilidad inmediata - Mi CV esta disponible para cuando sea solicitado - Soy casado desde hace 28 años, sin hijos a cargo - Nombre: Fabian Ricardo Falcon - Teléfono: (011) 2383-0449 - Email: ffabiannus@gmail.com

ENCARGADO: Encargado para media jornada o fines de semana.con experiencia y en actividad - Nombre: Andrés Bustos - Teléfono: (15) 6490-3246 - Email: andres_bustos1970@hotmail.com

ENCARGADA / ADMINISTRATIVA / CADETERÍA: Tengo conocimiento de todo - Necesito un trabajo urgente porque tengo una nena chiquita y estoy sola - Nombre: Araceli Carosini - Teléfono: (11) 5135-6975 - Email: aracelicarosini2016@gmail.com

ADMINISTRATIVO: Busco empleo de medio tiempo para comenzar en julio - Actualmente estoy trabando en una administración, soy estudiante de Derecho e hice el curso de administrador - Teléfono: (15) 5823-5200 - Vivo en Floresta - Nombre: Pablo Isasmendi - Email: pablo_bht@yahoo.com.ar


Efemérides: El 21 de diciembre de 1962, se fundó en Buenos Aires la Academia Porteña del Lunfardo. 


Menú de servicios principal de la aplicación.

Menú de servicios principal de la aplicación.

Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal

El SUTERH tiene su aplicación para móvil

[BPN-20/12/16] Desde el 4 de diciembre, el SUTERH [1] tiene una aplicación gratuita para el celular que le permitirá a sus afiliados ver las últimas novedades de interés gremial, acceder rápidamente a los números de teléfono del servicio de emergencias, la farmacia, el centro de atención a los afiliados y al médico de familia, sacar y cancelar turnos médicos, y enviar mensajes a un delegado o a Víctor Santa María, titular de ese sindicato.

La aplicación -que corre bajo el sistema operativo Android- se llama "SUTERH Móvil", ya está disponible en Play Store y fue instalada por una cantidad de usuarios que están entre las 500 y mil personas.

Obtuvo un puntaje de 4,7 estrellas sobre cinco. En total fue calificada por 12 personas, 8 de ellas le dieron una puntuación de 5 estrellas y el resto optó por una calificación de 4.

Entre los permisos que solicita al usuario la versión 1.0.0 se encuentran leer y recibir los mensajes de texto (SMS o MMS), recibir datos de Internet, ver las conexiones de red existentes, tener acceso completo a la red e impedir que el dispositivo entre en modo de suspensión.

Textual

Según el detalle que publica el sindicato en la página de Google Play "esta es la aplicación oficial del Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (SUTERH) y su obra social (OSPERyH [1]).

"Si trabajás en la Ciudad de Buenos Aires o Gran Buenos Aires, y estás afiliado al SUTERH/OSPERyH instalá esta aplicación en tu celular y tendrás acceso a los siguientes beneficios:

"- Podrás ver las últimas novedades de interés para los afiliados

"- Tendrás a mano los números de teléfono importantes para hacer llamadas:

"- al Servicio de Emergencias

"- a la Farmacia

"- al Centro de Atención a Afiliados

"- Accederás a la información de los médicos de familia asignados a tu grupo familiar y podrás llamarlos por teléfono directamente desde la aplicación.

"- Podrás enviar mensajes a tu delegado y a Víctor Santa María (Secretario General del SUTERH). Tanto los delegados como Víctor se ocuparán de responder a tus mensajes a la brevedad posible.

"- Accederás a los turnos que hayas obtenido para atenderte con profesionales de OSPERyH. Incluso, tendrás la posibilidad de cancelar un turno si por algún motivo no podés concurrir a la cita, dejando libre ese turno para otro compañero que lo necesite.

"- Podrás obtener turnos para médicos de distintas especialidades en las sedes de OSPERyH en Ciudad de Buenos Aires y Gran Buenos Aires" Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] OSPERyH: Obra Social del Personal de Edificios de Renta y Horizontal.


Efemérides: El 22 de diciembre de 1959, se creó la Universidad Nacional de Mendoza.


Escudo de la provincia de Neuquén.

Escudo de la provincia de Neuquén.

Registro Público de Administradores provincial

El RPA neuquino se habría creado "para los porteros"

[BPN-20/12/16] El 1° de diciembre, la Legislatura de la Provincia del Neuquén aprobó la creación de un Registro Público de Administradores de Consorcios (RPA). Este registro tiene semejanzas con el que está vigente en la Ciudad de Buenos Aires desde el año 2003 (Ley 941). El RPA neuquino mantuvo 8 artículos iguales a los de la ley porteña, modificó algunos aspectos de otros nueve artículos, eliminó siete y agregó cuatro.

Un medio local [1], bajo el título "Crean registro para porteros de edificios" explicó que la creación del RPA neuquino fue impulsada por el SUTERyH [2] de esa provincia, y detalló: "cansados de ser el blanco de las quejas de los vecinos, los porteros de los edificios consiguieron que en la provincia se cree el Registro Público de Administradores de Consorcios".

La ley que creó el RPA en la provincia de Neuquén lleva el número 3.041 y su autor es Alejandro Vidal, legislador por la Unión Cívica Radical. Está compuesta por 22 artículos, uno de ellos de forma, fue votada por unanimidad y espera su promulgación <texto original>.

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[1] Lmn Neuquén del 15 de diciembre de 2016: "Crean registro para porteros de edificios".

[2] SUTERyH: Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal de Neuquén.


Efemérides: El 23 de diciembre de 1951, murió Benito Lynch, destacado novelista argentino de temas de la llanura pampeana. 


Sergio Abrevaya.

Sergio Abrevaya.

Estacionamiento tarifado en los barrios

Ahora Abrevaya está en contra

[BPN-20/12/16] El pasado 5 de diciembre, el exlegislador porteño Sergio Abrevaya convocó a los vecinos a expresarse contra el estacionamiento medido en los barrios. Sin embargo, el 10 de noviembre de 2011, antes de abandonar su banca en la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, había votado a favor del proyecto que le permitió al Gobierno porteño implementar el estacionamiento tarifado no sólo en las áreas comerciales de la ciudad sino también en los barrios.

El pasado 24 de noviembre, la Legislatura porteña había aprobado los pliegos de licitación para las empresas que se ocuparán de los parquímetros y el acarreo de los infractores. Once días después, el exlegislador de la Coalición Cívica comenzó una campaña en su cuenta de Facebook en contra de la implementación de aquella ley que había votado.

A todos aquellos que estén en contra de la medida los convocó a responder -por medio de un formulario- qué piensan sobre pagar por estacionar en su propio barrio. Los adherentes deben también consignar su nombre y apellido, correo electrónico, barrio y, como dato opcional, su número de celular.

Como curiosidad también votó a favor de esta ley Oscar Zago (PRO), actual defensor del pueblo adjunto de esta ciudad [1].

El sí de Abrevaya

Según un medio digital de la época, la ley que en 2011 permitió el avance del ejecutivo sobre el estacionamiento tarifado en los barrios tuvo el apoyo de tres importantes fuerzas políticas porteñas: "la votación -que se dio en medio de una gran confusión- tuvo acuerdo del PRO, parte del kirchnerismo y parte de la Coalición Cívica [2]".

En aquel momento, Abrevaya, en defensa del proyecto, había aducido que el estacionamiento medido sería sólo en la zona céntrica de los barrios. A modo de ejemplo adelantó que en el barrio de Belgrano los parquímetros serían colocados "en Cabildo y Juramento". También había destacado a El Argentino "que se aprobó un sistema tarifado pero que no necesariamente deben utilizarse los parquímetros sino ‘también puede haber trapitos regularizados’".

Sin embargo, ahora como presidente del GEN y luego de que la Legislatura haya aprobado los pliegos de licitación para las empresas que se ocuparán de los parquímetros y el acarreo, denunció que "cuando el sistema entre en vigencia, el 45% de las calles porteñas tendrán estacionamiento medido y muchos vecinos deberán pagar por dejar su auto en la puerta de sus hogares".

En su sitio en Facebook argumentó: "Si llevás a los chicos a la casa de tu suegra, o a la escuela, o visitás un domicilio incluido en el listado, te van a cobrar. Si sos residente vas a poder estacionar hasta a 200 metros de tu casa, pero si recibís a alguien, perdió. Pronto, vivir en los barrios se va a parecer a hacerlo en el microcentro".

Hubo advertencias

Rubén Campos (UCR) -uno de los dos diputados que se opuso a la ley- había adelantado a El Argentino: "mi principal crítica es que esta ley sólo protege a las empresas concesionarias. En segunda instancia, el perjuicio va a ser para los propietarios de vehículos que no encuentren lugar para estacionar y que no tienen lugar en forma particular", explicó.

También cuestionó que el sistema tarifario aprobado podría extenderse toda la noche. "Por qué achicaron el horario hasta las 20", se preguntó, y vaticinó que es "porque van a tarifar el horario nocturno". "Es una medida recaudatoria no a favor de la Ciudad sino a favor de las empresas que produce un grave perjuicio a la gente", añadió y recalcó que así "se le da vía libre a las empresas".

Por último, en aquel momento agregó: "esto fue motivo de un estudio de auditoría y hay un expediente en el que está claro que esta gente sólo quiere estafar. Este proyecto autoriza el saqueo a la ciudad y ahora los que votaron esta ley tienen que bancarse las consecuencias con los distintos sectores barriales. Es todo a favor de las privatizadoras"  Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] Oscar Zago, desde el 9 de diciembre de 2013, es el defensor adjunto de la Defensoría del Pueblo de la CABA. Se hizo conocido en la comunidad consorcial por ser el autor -once días antes de su designación- de una ley que obliga a los administradores de propiedad horizontal a "exhortar" al personal de cada uno de los consorcios que administra a concurrir anualmente a una capacitación "sobre higiene, seguridad y medidas de prevención contra incendios" en el SERACARH y que los consorcistas deben pagar vía expensas.

[2] Votaron a favor de la ley en general: Abrevaya, Alegre, Borrelli, Cabandié, de Andreis, Di Stefano, Fernández Langan, Garayalde, García, González Á., Herrero, Kravetz, Lubertino (M.J.), Martínez Barrios, Morales Gorleri, Moscariello, Ocampo, Pagani, Palmeyro, Pedreira, Polledo, Romeo, Sánchez Andía, Sánchez, Saya, Screnci Silva, Spalla, Stanley, Tamargo, Varela y Zago. Votaron en contra: Campos y Gentili. Se abstuvo: Fernández.


Efemérides: El 24 de diciembre de 1821, se suprimieron los Cabildos en la provincia de Buenos Aires y se establecen Juzgados de Primera Instancia y de Paz y la Oficina de Policía. 


La charla se realizó en el 5º piso de la sede comunal.

La charla se realizó en el 5º piso de la sede comunal.

Comisión de Consorcios de la Comuna 7

Charla informativa sobre el nuevo Código Civil y Comercial

[BPN-20/12/16] El pasado 29 de noviembre, la Comisión de Propiedad Inmueble de la Comuna 7 realizó una charla informativa bajo el título "¿Expensas altas? Cómo impacta el Nuevo Código Civil y Comercial". Tanto el coordinador de esa Comisión, Dr. Héctor Bregman, como los cuatro disertantes invitados pertenecen al Foro de Abogado de la Propiedad Horizontal. Dos de ellos además son administradores.

Administrador y abogado Adm. Luis E. Morales.

Administrador y abogado Adm. Luis E. Morales.

Cada disertación duró media hora y los temas tratados fueron: "Expensas" por la Dra. Patricia Fittipaldi, "Encargado" por el Dr. Gustavo Griffith, "Consejo de propietarios" por el abogado y administrador Sebastián Areito y "Administrador" por el abogado y administrador Luis Morales.

A la reunión asistieron unas 35 personas y se realizó a partir de las 18 hs. en el 5º piso de la Sede Comunal 7.

¿Qué es el Foro de Abogados...?

Según ellos lo definen en su página en Facebook es una empresa jurídica y según su sitio Web brinda los siguientes servicios: "Consultas personales, consultas grupales a consorcios, asistencia letrada y representación en asambleas de propietarios, ejecución de expensas comunes adeudadas, daños y perjuicios derivados de la Propiedad Horizontal, interdictos de oposición a reparaciones urgentes, obra nueva, acciones reales, intimaciones y contestaciones de cartas documento, asesoría permanente a consorcios, consejos de propietarios y administradores de consorcios, auditorias contables y jurídicas, asesoría y asistencia a mediaciones y conciliaciones y asesoría en mantenimiento de edificios y cumplimiento de la normativa respectiva".

Participan del grupo -aparte de Bregman y los cuatro disertantes- los abogados Jorge Resqui Pizarro, Daniel Martini y Hugo Milione.

Según la misma fuente, entre sus objetivos proponen "acercar a la comunidad el conocimiento de la normativa legal vigente, a efectos de la salvaguarda de sus derechos como consorcistas, el cumplimiento óptimo de la función de los administradores, la relación como empleadores en lo que hace a los derechos y deberes a respetar con el personal afectado, como así también los demás actores que constituyen el sistema de la propiedad horizontal" Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Efemérides: El 25 de diciembre de 1873, nació en Rosario Vera Peñaloza, destacada educadora argentina y promotora de los jardines de infantes. 


Los creadores de la aplicación fueron los hermanos rusos Pavel y Nikolai Durov

Los creadores de la aplicación fueron los hermanos rusos Pavel y Nikolai Durov.

Redes sociales

Pequeñas Noticias inauguró un canal en Telegram

[BPN-20/12/16] El pasado 29 de noviembre, Pequeñas Noticias inauguró un nuevo canal de comunicación con sus lectores en la aplicación de mensajería Telegram. En él adelantará sólo material de producción propia o que sea muy importante o urgente específicamente relacionadas con la propiedad horizontal. En la mayoría de las publicaciones el lector tendrá la opción de tildar en cuatro iconos si la noticia le gustó, no le gustó, si la consideró triste o le produjo enojo.

Pequeñas Noticias eligió esta plataforma para crear su canal de comunicación por varias razones: es una aplicación no sólo para teléfonos celulares sino también para computadoras personales, su nivel de seguridad es el más alto que ofrece el mercado de los servicios de mensajería, es gratuita y no tiene publicidad.

A modo de ejemplo y a diferencia de otras redes sociales, en Telegram los autores de las opiniones en las publicaciones mediante los iconos previstos no pueden ser identificados ni por otros lectores, ni por los administradores, ni por su creador. Los suscriptos al canal tampoco podrán identificar a sus seguidores. Estas medidas proporcionan una mayor libertad para participar garantizando el más alto nivel de privacidad.

Tanto para los que quieran usar la aplicación para celular como para computadora personal, el vínculo para suscribirse al canal de Pequeñas Noticias en Telegram es https://telegram.me/pequenasnoticias. Conduce a una página en la que -de no tener instalado el programa- se lo guía paso a paso para obtenerlo.

Telegram

Según el sitio Web oficial de Telegram, los creadores de la aplicación ha sido los hermanos Pavel y Nikolai Durov, creadores de la famosa aplicación Vkontakte. Para lo que no conocen esa aplicación, es una red social de Rusia, la más grande de Europa junto con Facebook. Una de las ventajas de Telegram, es que no ha sido creado para uso comercial por lo tanto se garantiza que siempre será gratuita.

Sus autores explican que con Telegram se obtienen mensajes cifrados, esto significa, que los mensajes que se intercambian con los contactos no estarán almacenados en ningún servidor. Otra opción muy interesante es permite elegir una opción para que los mensajes se puedan autodestruir. Esto garantiza la máxima seguridad en las comunicaciones. Sólo se puede acceder a las conversaciones entre dos usuarios desde los aparatos que hayan enviado el mensaje garantizando que la conversación no puede ser rastreada por terceros Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Efemérides: El 27 de diciembre de 1931, murió en Buenos Aires el diputado, senador y gobernador provincial, además de vicepresidente y presidente argentino José Figueroa Alcorta. Nació en Córdoba (Argentina) el 20 de noviembre de 1860.


El sorteo finalizará el viernes 31 de diciembre.

El sorteo finalizará el viernes 31 de diciembre.

Principios de la Administración de Consorcios según el Código Civil y Comercial

Pequeñas Noticias sortea cinco libros en sus redes sociales

[BPN-20/12/16] El 7 de diciembre, Pequeñas Noticias inició el sorteo entre sus seguidores en Facebook de cinco libros "Principios de la Administración de Consorcios según el Código Civil y Comercial". El sorteo finalizará el viernes 31 de diciembre. El primer lunes del año que viene se dará a conocer el nombre de los ganadores. Los ejemplares fueron provistos por el titular de Bienes Raíces Ediciones, Lucio Arrillaga.

Para participar del sorteo se debe realizar dos acciones: La primera, ingresar al grupo o la página de Pequeñas Noticias y dar un "Me gusta" a la publicación que trata del sorteo, y la segunda compartir esa publicación en su propio muro.

Los ganadores dispondrán de cinco días hábiles para retirar el libro de nuestras oficinas. De no hacerlo y pasado ese plazo, el libro se volverá a sortear entre los participantes para obtener otro ganador.

El libro

El libro "Principios de la administración de consorcios según el Código Civil y Comercial", a lo largo de nueve capítulos, aborda distintos temas referidos a la propiedad horizontal y al papel que cumplen los administradores.

Los trabajos fueron escritos por nueve profesionales con reconocida trayectoria en el sector: Dr. Jorge Torraco, Dra. Vanesa Contreras Molina, Arq. Graciela Alonso, Dr. Daniel Salandra, Dra. María Jimena Godino, Cra. Liliana Mabel Corzo, Dra. Diana Sevitz, Prof. Jorge Aurelio Alonso y la Prof. María Eugenia Mignogna. Todos los autores dictaron clases en el Instituto de Capacitación de la Cámara Inmobiliaria Argentina (ICI).

La arquitecta Estela Reca, rectora del ICI y compiladora del libro, informa en la contratapa que la obra "brinda la información necesaria para estar al día: las responsabilidades dentro del consorcio y su administración, las relaciones laborales posibles, la liquidación de expensas, el mantenimiento edilicio, los contratos, los encargos de aseguramiento, los métodos alternativos para la resolución de conflictos, el marketing aplicado a la administración de consorcios y la tecnología con la que se debe contar para ofrecer un mejor servicio de administración" [BPN Nº 589 del 24/11/16: "Principios de la administración de consorcios según el Código Civil"] Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Efemérides: El 28 de diciembre de 1927, murió en Buenos Aires el notable pintor Ernesto de la Cárcova. Nació en Buenos Aires el 3 de marzo de 1866. 


Los autores consideraron que "no existe razón válida alguna que justifique alterar la forma de cálculo de la antigüedad para los jubilados reingresantes".

Los autores consideraron que "no existe razón válida alguna que justifique alterar la forma de cálculo de la antigüedad para los jubilados reingresantes".

Cámara de Diputados de la Nación

Buscan que se cambie el cómputo de antigüedad para jubilados

[BPN-20/12/16] El 17 de noviembre, siete diputados del Frente para la Victoria (FpV) presentaron una iniciativa para que la antigüedad de los trabajadores que ya se hayan jubilado y reingresen a su puesto de trabajo sea considerada desde el inicio de su relación laboral previa a su jubilación.

Para poner un ejemplo consorcial: si un encargado comenzó a trabajar en un edificio a partir del 1º de enero de 1996, se jubiló el 1º de enero de 2016 y reingresó al consorcio para trabajar dos años después, su antigüedad se calculará desde el 1º de enero de 1996.

Para lograr este objetivo, los autores proponen modificar el artículo 253° de la Ley de Contratos de Trabajo (Ley 20.744). Los diputados explicaron que este artículo fue modificado en 1994 para que se compute como antigüedad el reinicio de sus actividades posterior a su jubilación. "Esta modificación, inserta en la política de flexibilización laboral que caracterizó a ese período de la política laboral en nuestro país, desvirtuaba el concepto de antigüedad y la regla general dispuesta por el artículo 18° para su cómputo", comentaron.

El artículo 18º de la Ley de Contratos de Trabajos dice puntualmente: "cuando se concedan derechos al trabajador en función de su antigüedad, se considerará tiempo de servicio el efectivamente trabajado desde el comienzo de la vinculación, el que corresponda a los sucesivos contratos a plazo que hubieren celebrado las partes y el tiempo de servicio anterior, cuando el trabajador, cesado en el trabajo por cualquier causa, reingrese a las órdenes del mismo empleador".

El proyecto lleva el número de expediente 8.169, tiene dos artículos y uno de ellos de forma. Está firmado por: Héctor Recalde, Walter Santillán, Mirta Soraire, Juan Díaz Roig, María Britez, Luis Basterra, Marcos Cleri, Edgardo Depetri <texto original>.

Fundamentos

Los autores consideraron que "no existe razón válida alguna que justifique alterar la forma de cálculo de la antigüedad para los jubilados reingresantes, toda vez que la obtención del beneficio previsional no constituye causa que amerite alterar la solución general que dispone el Art. 18° de la Ley de Contrato de Trabajo".

Por esta razón, los diputados propusieron "suprimir el último párrafo incorporado por la Ley 24.347, y sustituirlo por el propuesto que establece claramente que, para todos los efectos legales, la antigüedad se computará en la forma dispuesta por el Art. 18°" Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Efemérides: El 29 de diciembre de 1894, murió en un duelo el jurisconsulto, novelista y profesor Lucio Vicente López, autor de la novela "La gran aldea", valioso cuadro irónico de las costumbres de la época. Nació en 1848. 


Congreso de la Nación.

Congreso de la Nación.

Cámara de Diputados de la Nación

Buscan reducir la jornada laboral a 40 horas semanales

[BPN-20/12/16] El 25 de noviembre, siete diputados presentaron un proyecto de ley para reducir la semana laboral a 40 horas. Si bien éstas pueden ser distribuidas de manera heterogénea no podrán exceder las 9 horas diarias. La iniciativa además estipula que esta disminución del tiempo de trabajo no podrá significar una reducción en las remuneraciones (Art. 2º).

Los autores, para lograr sus objetivos, proponen –entre otras disposiciones- modificar un artículo de la Ley de Jornada de Trabajo (Ley 11.544) y otro de la Ley de Contrato de Trabajo (Ley 20.744).

En primer término, proponen cambiar el artículo 1° de la Ley de Jornada de Trabajo <texto original>, que actualmente estipula que la duración del trabajo no puede exceder las 48 horas semanales o las ocho horas diarias. En su lugar proponen que "la duración del trabajo no podrá exceder las cuarenta horas semanales para toda persona ocupada por cuenta ajena en explotaciones públicas o privadas". Agrega también que "la distribución de la carga horaria puede ser heterogénea hasta un tope máximo de 9 horas diarias".

En segundo término, el proyecto busca cambiar el artículo 201° de la Ley de Contrato de Trabajo que establece los recargos que debe pagar el empleador al trabajador cuando preste sus servicios en horas suplementarias <texto original>. El texto que proponen los autores establece: "el empleador deberá abonar al trabajador que prestare servicios en horas suplementarias -medie o no autorización del organismo administrativo competente- un recargo del cincuenta por ciento calculado sobre el salario habitual, si se tratare de días comunes y del ciento por ciento si se tratare de días sábado, domingo y feriados.

"Esta disposición se aplicará también para el cálculo del salario correspondiente a las horas suplementarias realizadas fuera de la jornada convenida por las partes, aún cuando no exceda el máximo legal".

Otra modificación que propusieron es estipular un tope máximo de horas extras que un trabajador pueda realizar: 30 horas mensuales y 200 anuales (Art. 3º).

El proyecto lleva el número de expediente 8.369, tiene siete artículos y uno de ellos es de forma <texto original>. De aprobarse, la reducción de la jornada laboral comenzará a regir a los 180 días de la entrada en vigencia de la ley.

Los autores son tres del Partido Socialista: Alicia Ciciliani (Santa Fe), Lucila Dure (Formosa), Gabriela Troiano (Buenos Aires); dos de Libres del Sur: Graciela Cousinet (Mendoza), Federico Masso (Tucumán); Juan Facundo Moyano (Buenos Aires) del Bloque Federal Unidos por Una Nueva Argentina y Margarita Stolbizer (Buenos Aires) del Partido GEN.

Fundamentos

Los autores plantearon que la reducción de la jornada de trabajo tiene un "profundo" contenido social y económico pero que a la hora de avanzar en su implementación se produce un serio problema dado que afecta a los beneficios económicos de los empleadores.

"Considerada durante mucho tiempo como un obstáculo al desarrollo económico, la progresiva reducción de la duración del trabajo debe ser evaluada como un medio privilegiado de desarrollo económico y de progreso social. En el último siglo, la duración del trabajo ha estado disminuyendo permanentemente y va a seguir reduciéndose más porque es una de las políticas de empleo más utilizadas para combatir el desempleo", explicaron.

Entre los argumentos a favor de la reducción de la jornada laboral, algunos de los que los autores mencionaron son: "trabajar menos para que trabajen todos, sin que implique desde ya disminución alguna de los ingresos del trabajador", "la tecnología permite un aumento tal de la productividad que la disminución de las horas de trabajo no repercute sobre los intereses empresarios" y que "hoy el tiempo libre es también una fuente de incremento del PBI e implica todo el movimiento económico vinculado a los servicios culturales, turísticos y de entretenimiento, de manera que para que este sector crezca es necesario que las personas dispongan del tiempo libre y los recursos necesarios para realizar ese tipo de consumo".

"Consideramos necesario aclarar en la Ley de Contrato de Trabajo que las horas suplementarias realizadas fuera de la jornada habitual de trabajo, deben ser abonadas con el recargo correspondiente, aunque no superen el máximo legal. Ello así por cuanto se han registrado antecedentes jurisprudenciales que consideran que estas horas pese a ser efectivamente suplementarias, pueden abonarse como horas simples en tanto no superen el límite legal máximo de 48 horas semanales", agregaron.

Antecedentes

Los autores explicaron que durante la década del 80 se comenzaron a implementar reformas progresistas tendientes a modificar el tiempo de trabajo en Francia. "Desde 1982, se inició un proceso de cambios legislativos para mejorar el empleo y también considerar el tiempo libre para el provecho del trabajador. La idea de distribuir mejor el empleo existente alentó la búsqueda de iniciativas para reducir la jornada, ampliar las licencias y promover la jubilación", informaron.

"Finalmente, hace ya casi dos décadas se dictó la llamada Ley Aubry, en referencia a la ministra de trabajo que la promovió, Martine Aubry, siendo Primer Ministro Lionel Jospin. La ley llamada de Orientación e incitación a la reducción del tiempo de trabajo, Nº 8/461 del 13 de junio de 1998 fomentó la reducción a 35 horas semanales la que debía efectivizarse para todas las empresas con una plantilla de más de 20 trabajadores hacia el año 2000. Y para el resto de las empresas el ajuste debía hacerse antes del año 2002", comentaron Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Efemérides: El 30 de diciembre de 1882, nació en Buenos Aires el investigador y médico cancerólogo Angel H. Roffo. Ocupó la dirección del Instituto de Medicina Experimental (actual Instituto de Oncología Ángel H. Roffo) para el estudio y tratamiento del cáncer. Falleció en la misma ciudad el 23 de julio de 1947. 


María Fabiana Lizarralde.

María Fabiana Lizarralde.

Sueldos Diciembre/16

12% de aumento para diciembre, bono del 20%, 2º SAC y 5 feriados

[BPN-20/12/16] El pasado 6 de diciembre se homologó el acuerdo paritario del sector que incluye un aumento del 12% sobre los salarios básicos de convenio, un bono no remunerativo de $2000 a abonar con el sueldo del período 02/2017, una "contribución solidaria a cargo de los empleadores" para la obra social de $150 y la modificación del artículo 12 y 33 del Convenio Colectivo de Trabajo. El acuerdo fue firmado entre la Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (FATERYH), la Unión Administradores de Inmuebles (UADI), la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) y la Asociación Inmobiliaria de Edificios de Renta y Horizontal (AIERH).

El aumento del 12% logrado por el sector se debe aplicar sobre los valores abonados en el mes de noviembre pasado, o sea la escala salarial vigente desde el mes de junio de 2016. El segundo punto del acuerdo aclara que deberá calcularse de manera proporcional en las categorías de media jornada, diarias o por hora. Los nuevos valores estarán vigentes desde el mes de diciembre de 2016 y hasta mayo de 2017 inclusive.

En el tercer punto del acuerdo, se estipula el pago de un bono no remunerativo de $2.000 que deberá abonarse junto con los haberes del mes de febrero de 2017. Agrega textualmente: "Dicho monto será aplicado a todas las categorías del CCT 589/10 (t.o. 2016) en su totalidad" por lo cual se entiende que en este caso no hay proporcionalidad en función del tiempo trabajado y así cobrará el bono de $2000 pesos tanto un trabajador de 8 horas diarias como uno de 4 horas, un suplente o un jornalizado.

En cuarto lugar se habla de la "contribución solidaria a cargo de los empleadores" para la obra social de $150 por cada trabajador y que estará vigente desde este mes de diciembre y hasta noviembre de 2018 inclusive. Se aclara que el motivo de esta contribución –que anteriormente se había pagado- "impactó en la mejora de las prestaciones brindadas". Esta contribución será proporcional al tiempo trabajado para las categorías de media jornada, diarios o jornalizados.

En el quinto y sexto punto del acuerdo se modificaron los textos del artículo 12 y 33 del convenio colectivo <ver nota>.

Bono 20% sobre el básico

Desde el año 2015 los trabajadores del sector perciben, junto con el pago de la 2ª cuota del S.A.C. de cada año una suma adicional equivalente al 20% sobre la remuneración básica de cada uno según su categoría y función. Cabe recordar que esta suma no es normal ni habitual en el salario del trabajador, por lo tanto no debe considerarse para el cálculo del SAC. Por este motivo, una vez calculado el aguinaldo sobre la base del mejor sueldo del semestre, se incorpora al recibo la bonificación anual.

Segundo SAC 2016

La Ley 27073, publicada en el Boletín Oficial (BO) el 20 de enero de 2015, modificó el Artículo 222 de la Ley de Contrato de Trabajo el texto dice: "El sueldo anual complementario será abonado en dos (2) cuotas: la primera de ellas con vencimiento el 30 de junio y la segunda con vencimiento el 18 de diciembre de cada año. El importe a abonar en cada semestre será liquidado sobre el cálculo del cincuenta por ciento (50%) de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de los dos (2) semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año. A fin de determinar la segunda cuota del sueldo anual complementario, el empleador debe estimar el salario correspondiente al mes de diciembre. Si dicha estimación no coincidiere con el salario efectivamente devengado, se procederá a recalcular la segunda cuota del sueldo anual complementario. La diferencia, que resultare entre la cuota devengada y la cuota abonada el 18 de diciembre se integrará al salario del mes de diciembre".

Asuetos del 24 y 31 de diciembre

El 9 de enero de 2014, la Secretaria de Trabajo homologó un acuerdo (Resolución ST Nº 22) en el que se declaró asueto los días 24 y 31 de diciembre de cada año para los trabajadores de los consorcios que luego se publicó en el BO el 18 de febrero del mismo año. Este diciembre para el sector de la propiedad horizontal habrá 5 feriados: el jueves 8 (día de la Inmaculada Concepción de María), viernes 8 (puente turístico), sábado 24 (víspera de Nochebuena), domingo 25 (Navidad), y sábado 31 (víspera de Año Nuevo).

Nueva escala salarial

ESCALAS SALARIALES DICIEMBRE 2016/MAYO 2017

CATEGORÍAS

Función

1° Cat.

2° Cat.

3° Cat.

4° Cat.

Encargado Permanente con vivienda

13.920

13.340

12.760

11.600

Encargado Permanente sin vivienda

16.362

15.680

14.998

13.635

Ayudante Permanente con vivienda

13.920

13.340

12.760

11.600

Ayudante Permanente sin vivienda

16.362

15.680

14.998

13.635

Ayudante Media Jornada

8.181

7.840

7.499

6.817

Personal Asimilado con vivienda

13.920

13.340

12.760

11.600

Personal Asimilado sin vivienda

16.362

15.680

14.998

13.635

Mayordomo con vivienda

14.436

13.835

13.233

12.030

Mayordomo sin vivienda

17.030

16.321

15.611

14.192

Intendente

20.845

20.845

20.845

20.845

Personal con mas 1 Función con vivienda

13.920

13.340

12.760

11.600

Personal con mas 1 Función sin vivienda

16.362

15.680

14.998

13.635

Encargado Guardacoches con vivienda

12.274

12.274

12.274

12.274

Encargado Guardacoches sin vivienda

13.328

13.328

13.328

13.328

Personal Vigilancia Nocturna

14.741

14.741

14.741

14.741

Personal Vigilancia Diurna

13.724

13.724

13.724

13.724

Personal Vigilancia Media Jornada

6.862

6.862

6.862

6.862

Encargado No Permanente con vivienda

6.604

6.604

6.604

6.604

Encargado No Permanente sin vivienda

7.178

7.178

7.178

7.178

Ayudante Temporario

13.444

13.444

13.444

13.444

Ayudante Temporario Media Jornada

6.722

6.722

6.722

6.722

Para cualquiera de las categorias

Valor

Personal Jornalizado no más 18 horas ( según ART. 7 INC. P HORA)

139

Suplente con horario por dia

607

Retiro de residuos por unidad destinada a vivienda u oficina

24,9

Clasificación de residuos Resol. 2013 243 SSRT-GCABA

428,4

Valor vivienda

91,4

Plus por antigüedad conf. Resoluc. 106/09 – inc. D, e, h, n y p del art. 7 y 8 por año ( 1%)

136,3

Plus por antigüedad – por año ART. 11 ( 2%)

272,7

Plus limpieza de cocheras

339,4

Plus moviemiento de coches – hasta 20 unidades

502,6

Plus Jardin

339,4

Plus Zona Desfavorable

50%

Titulo de Encargado Integral de Edificio

10%

Plus limpieza de piletas y mantenimiento del agua

571

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Efemérides: El 31 de diciembre de 1878, nació el notable cuentista uruguayo Horacio Quiroga. Falleció en Buenos Aires en 1937. 


Julio Gil Domínguez.

Julio Gil Domínguez.

Correo de Opinión

Los nuevos bonos de gratificación por el Sr. Julio Gil Domínguez.

Sr. director de Pequeñas Noticias.

Claudio García de Rivas

 Quiero hacer unos comentarios con relación a los nuevos bonos de gratificación que pretende el SUTERH para sus sacrificados trabajadores, los empleados de consorcio, quienes ya cuentan con múltiples beneficios.

Desde ya, nunca se van a quedar sin trabajo teniendo en cuenta las tareas que realizan: sacar las bolsas de basura hasta la vereda, distribuir la correspondencia y, cada tanto, limpiar los pasillos. No tienen patrón, manejan el horario a voluntad, le dedican bastante tiempo a la lectura y al celular –espero que no pidan un plus por leer diarios y jugar con el celular-. No les va a faltar trabajo como es el caso de los trabajadores de otros gremios que si no venden lo que producen, son despedidos.

Después de esta pequeña introducción, opino: el SUTERH ya había logrado un bono de fin de año a perpetuidad y ahora tiene el descaro de pedir otra bonificación. Desde ya que el sindicato defiende a los trabajadores pero ¿quién defiende a los consorcistas? Cada año que pasa, el propietario de un departamento es el hijo de la pavota porque no estamos hablando de salarios mínimos, tienen agregados de todo tipo. Por ejemplo, el plus de antigüedad no tendría que ser superior al 20% del salario a la categoría que corresponde. Además, estos abusos generan otros daños colaterales: muchas inmobiliarias detallan y muestran -como una virtud para comprar o alquilar- que el departamento tiene bajas expensas.

Por éste y otros motivos, el Ministerio de Trabajo no debería homologar determinados convenios sin antes compararlos con otras actividades similares. Además, no sólo perjudican al consorcista, se perjudican muchas otras actividades. Hay propietarios que hasta dejan de compartir un café con amigos porque tienen que ahorrar para las expensas. O sea, no se trata de no pagar por servicios prestados, si no de planificar la tarea del personal y tratar los convenios según las características de cada consorcio. Este problema se resuelve fácilmente si cada administración de consorcio -ahora que hay empresas grandes- ofrece un servicio integral con personal de limpieza y algunas tareas básicas incluidas. Ésta sería la única forma de minimizar los gastos. Además, cuando el consorcio cambia de administrador, éste se lleva al personal y, por consiguiente, deja de ser una carga y responsabilidad económica para el consorcio.

Quizás es trabajo perdido defender a los consorcistas, pero hay que seguir insistiendo. Algún día tendremos dirigentes dignos y con capacidad de razonamiento equilibrado en todas las actividades. Y, a lo mejor, en esa oportunidad los consorcistas podrán ver mejorar su calidad de vida y su economía.

Saludos cordiales Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

Julio Gil Domínguez

(7/12/2016)


Efemérides: El 1° de enero de 1871, comenzó a regir el Código Civil Argentino, obra del jurisconsulto cordobés Dalmacio Vélez Sarsfield. 


Correo de Opinión

Sobre "Buscaya reiteró a Triaca que se abstenga de homologar convenios" por la Sra. Susana Pérez García

Ya he destacado, en más de una oportunidad, la injusticia de los aumentos constantes del SUTERH porque quienes pagamos no estamos representados en las paritarias. 

Esta situación es inexistente en cualquier parte del mundo y reclamada por distintas instituciones que sí nos representan y que no son respetadas ni escuchadas por las autoridades correspondientes. 

Los constantes aumentos sumados a los beneficios adicionales (no pagan alquiler, viáticos, servicios básicos, no tienen un "jefe" en el edificio que controle cumplimiento de horarios y desempeño dado que el administrador no está presente, 5 horas libres para cualquier necesidad o trámite,) no son igualados en ningún ámbito laboral. 

Inclusive en la mayoría de los edificios de clase media de Buenos Aires no se exigen estudios ni permanente actualización de conocimientos como en otros ámbitos y en mi entorno al menos, no se exigió a ninguno estudios salvo primario. 

Y como un consorcio no es una empresa, con gastos pero también ingresos, la situación empeora.

Por lo tanto, estoy en total acuerdo con este artículo, avalado por un conocimiento evidente y claro de la situación injusta y arbitraria Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

Susana Pérez García

(28/11/2016)


Efemérides: El 2 de enero de 1890, nació en Baradero (provincia de Buenos Aires) el jurisconsulto y profesor Leónidas Anastasi, especializado en derecho laboral y fundador de la revista "La Ley". Falleció en Buenos Aires el 17 de enero de 1940. 


Rincón Solidario

Dra. Diana SevitzContesta la Dra. Diana Sevitz

Desde este rincón los profesionales contestan a propietarios, encargados, proveedores y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas.

Rincón Solidario

Cobranza de alquileres

Hola.

¿Un administrador de consorcios inscripto en la cámara de propiedad horizontal correctamente, puede también dedicarse a la cobranza de alquileres de terceros, cobrando honorarios por tal servicio? ¿O es estrictamente necesario para ello estar inscripto en CUCICBA?

Gracias

Beatriz [CABA]

(16/12/2016)

Estimada Beatriz: 

Su pregunta leída en forma rápida puede desembocar en una respuesta que lleva más confusión que aclaración. En principio la Cámara que Ud. menciona, no es un organismo habilitante para que puedan ejercer la profesión los martilleros o corredores inmobiliarios. Para poder ejercer la profesiones mencionadas, deben indudablemente estar inscriptos en CUCICBA para el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Ahora, bien, puede ocurrir que alguien le solicite a cualquiera que le tenga confianza, que pueda ser el administrador de sus propiedades, como “apoderado” y por ese trabajo que realiza, lícitamente pueda percibir un honorario por su trabajo de parte de quién lo contrata.-

Esperando haber respondido a su consulta la saludo Atte.

Dra. Diana Sevitz Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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La Dra. Diana Sevitz es abogada, mediadora y árbitro en propiedad horizontal y de los tribunales arbitrales de consumo, es co-conductora del programa de radio Consorcios Hoy, autora de varias publicaciones y docente sobre temas específicos de propiedad horizontal.Para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a dsevitz@estudiodianasevitz.com.ar o llamarla a los teléfonos 4784-8251 / 4784-8072.


Efemérides: El 3 de enero de 1833, fue la usurpación de las Islas Malvinas. 


Correo de Lectores

Trabajador de media jornada

Hola, somos un edificio nuevo de 13 unidades y pensamos contratar un encargado no permanente sin vivienda (o sea 4 horas).
Tengo dos consultas:
1.- ¿Las 4 horas son de lunes a viernes o de lunes a sábados?
2.- Con respecto a los aportes y contribuciones, ¿se aporta sobre el sueldo o hay algún concepto - como la obra social - que hay que aportar como si trabajara 8 horas?
Agradezco su respuesta.
Saludos
Patricia [CABA]
(16/12/2016)

Hola Patricia, al tratarse de un trabajador nuevo, ustedes pueden definir si el trabajo será de Lunes a Viernes o de Lunes a Sábados, la categoría te permite hacerlo hasta el viernes o hasta el sábado.

Con respecto a los descuentos que estipula la ley, todos deben hacerse por el importe bruto del trabajador salvo la Obra Social que se deberá hacer en función del valor de un trabajador Ayudante Permanente sin Vivienda de 4º Categoría o de la que corresponda. De esta manera el trabajador podrá gozar del beneficio de la obra social. Con la nueva escala, vigente desde este mismo mes de diciembre, la 4º categoría es de $13635.

Un saludo grande.

MFL Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


¿Qué significan las siglas?

ACCABA: Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

ACoPH: Asoc. Civil de Consorcistas de la Propiedad Horizontal (Mar del Plata)

ACRA: Arbitros de Consumo de la República Argentina

ADEPROH: Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la Propiedad Horizontal RA

AFIP: Administración Federal de Ingresos Públicos

AGIP: Administración Gubernamental de Ingresos Públicos

AIERH: Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal

AIPH: Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal AIPH 

APARA: Asociación de Profesionales Administradores de la República Argentina

API: Asocición Propietarios de Inmuebles

APIPH: Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal

APBR: Asociación de Propietarios de Bienes Raíces

APROPHMAR: Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata.

CAAC: Confederación Argentina de Administradores de Consorcios

CABA: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

CACCyC: Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas

CAPHBByZ: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de Bahía Blanca y Zona.

CAPHPBA: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires

CAPHyAI: Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias

CAPRA: Cámara de Propietarios de la República Argentina

CCT: Convenio Colectivo de Trabajo

CECAF: Cámara Empresaria de Conservadores de Ascensores y Afines.

CEDDDA: Camara Empresarial de Desinsectacion, Desrodentizacion y Desinfeccion Ambiental

CGPC: Centro de Gestión y Participación Comunal de la Ciudad Autónoma de Bs. As.

CIA: Cámara Inmobiliaria Argentina

COAPLA: Empresas de Control de Plagas de la Republica Argentina

CUCICBA: Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA

CUIL: Clave Única de Identificación Laboral

CUIT: Clave Única de Identificación Tributaria

FAC: Federación Argentina de Consorcios

FATERyH: Federación Argentina Trabajadores Edificios Renta y Horizontal

FECIBA: Federación Económica de la Ciudad de Buenos Aires

FEDECO: Federación de Asociaciones de Consorcios

FRA: Fundación Reunión de Administradores

ICI: Instituto de Capacitación Inmobiliaria

INADI: Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo

LCPH: Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal

RCD: Red de Consorcistas Damnificados 

ReDeCo: Reafirmación de los Derechos del Consorcista

SEARA: Sindicato Empleados de Administradoras de la República Argentina

SERACARH: Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal

SUTERH: Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal

UADI: Unión Administradores de Inmuebles

UCRA: Unión de Consorcistas de la República Argentina

UITEC: Unión Iberoamericana de Trabajadores de Edificios y Condominios

ULAI: Unión Latinoamericana de Administradores e Inmobiliarias

UMIPH: Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal


Boletín de Pequeñas Noticias

Número de Edición: 591 [ DXCI ] [1ª Edición]

Fecha de publicación: 20 de Diciembre de 2016

Director y propietario: Claudio García de Rivas

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