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Boletín  de  Pequeñas  Noticias

La comunidad consorcial como espejo de la sociedad

Lunes 9 de Enero de 2017 - Nº: 592

El Boletín de Pequeñas Noticias fue preparado para una visión óptima con una resolución de pantalla de 1024 x 768 pixeles. Leer en la Web

Entre el precio de fabricación y el precio final hay un incremento del más del 4 mil porciento.Defensa y Protección del Consumidor porteño

Fabricar el Libro de Propietarios cuesta menos de $20

Según una investigación de Pequeñas Noticias, fabricar el recientemente creado Libro de Registro de Propietarios cuesta menos de 20 pesos cada uno Se vende a un precio que oscila entre los 800 y 850 pesos.

[BPN-09/01/17] Según un relevamiento de precios que realizó Pequeñas Noticias, fabricar un Libro de Registro de Propietarios cuesta entre 20 y 29 [1] pesos, según las cantidades solicitadas. Cada uno de estos mismos libros se está vendiendo en el mercado a un precio que oscila entre los 800 y los 850 pesos cada uno. Entre el precio de fabricación y el precio final...

Bouza enfatizó que la Dirección que preside no cobra ningún tributo (ni impuesto, ni tasa, ni contribución) para la certificación o rúbrica de los libros citados.Libro de Registro de Propietarios CABA

Bouza denegó la reconsideración que pidió Zulberti

Casi a fin de año, la directora general de Defensa y Protección del Consumidor porteña denegó el pedido de reconsiderar la disposición que creó un Libro de Propietarios obligatorio en la CABA Bouza adujo que no se superpone con el Libro de Firmas, que no contradice la Ley de Protección de Datos Personales y que su certificación es gratuita.

Adm. Matías Ruiz.AIPH

"El valor de expensas entró en un círculo vicioso"

La Asociación Administradores Independientes de Propiedad Horizontal alertó que del círculo vicioso de los aumentos de expensas será muy difícil salir Lo atribuyó al aumento de la morosidad, el tarifazo, el costo laboral y las imposiciones nacionales y locales.

Escudo de la ciudad de Rosario.Expensas Claras en Rosario

El fantasma de la Ley Muñoz sobrevuela Rosario

En Rosario, un sistema similar al de Expensas Claras será coordinado por una mesa compuesta por representantes de dos cámaras inmobiliarias, uno del SUTERyH, uno del Poder Ejecutivo y otro del Poder Legislativo No participarán ni representantes de los copropietarios ni de los administradores.

El Foro de Abogados cambió la categoría de su página en Facebook de "Empresa Jurídica" a "Organización".Rechazo enérgico y personal

Dos vecinos y siete abogados rechazaron el último convenio

A fines del año pasado, siete miembros del Foro de Abogados de Propiedad Horizontal y dos vecinos rechazaron el último convenio firmado entre el sindicatos y las tres entidades de administradores Representando a sus comunas firmaron la Sra. Teresa Villanueva (Comuna 2) y el Dr. Héctor Bregman (Comuna 7).

 

 

Juan Domingo Rodríguez, secretario general de SUTERyH Mar del Plata.SUTERyH Mar del Plata

A la caza de las empresas de limpieza

El secretario general del Sindicato de Encargados marplatense adelantó que comenzará un relevamiento exhaustivo de los consorcios de esa ciudad, Miramar y Necochea Su idea es que los trabajadores de maestranza cobren según las escalas salariales del SUTERH.


Dr. Eduardo Awad.Legislatura porteña

Awad fue declarado personalidad destacada en el ámbito social

El 15 de diciembre, el Dr. Eduardo Awad fue declarado personalidad destacada en el ámbito de la promoción y defensa de los derechos de las personas con necesidades especiales El tratamiento legislativo de ese proyecto contó con 51 votos positivos, tres abstenciones y un voto en contra.


De ser trabajado, ese día deberá ser abonado como feriado.Nueva ley en la CABA

Día del encargado x 2

El 15 de diciembre la legislatura porteña instituyó el 2 de octubre como Día del Encargado a pesar de que el Convenio Colectivo del sector lo estableció hace años El proyecto fue posible gracias a los 27 legisladores de Unión Pro y los seis de Suma+.


La Dirección General de Fiscalización y Control de obras habilitará a los inmuebles de acuerdo a las disposiciones previstas en el Código de Edificación de la Ciudad.Proyecto de ley porteño

Viviendas en alquiler certificadas

Una legisladora de SUMA+ presentó una iniciativa para que las viviendas en alquiler deban contar con una habilitación especial La obligación de exigirlo al propietario a la hora de celebrar el contrato se puso en cabeza del corredor inmobiliario.


Poco a poco el cheque tradicional de papel va siendo reemplazado por nuevoas tecnologías.Cuentas bancarias

La CBU se podrá identificar con un alias

Desde mediados de diciembre, la Clave Única Bancaria podrá ser representada por un alias Coexistirá con el código numérico tradicional y servirán para realizar transferencias y pagos desde cualquier dispositivo electrónico.


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Avisos Clasificados

Pedidos/Ofrecidos


Dra. Rita Sessa.Dra. Rita Sessa

"Gran malestar por las paritarias"

La vicepresidenta de la Liga del Consorcista denunció que las constructoras y la corporación de los administradores de consorcios manejan la propiedad horizontal Consideró que no es legítimo equiparar el concepto de empleador de una casa de renta con el de empleador de un consorcio Resumió que así surgen las maniobras paritarias que olvidan a los propietarios y generan enconos y violencias.


Marcos Bergenfeld, presidente de APIPH.Marcos Bergenfeld

APIPH no atenderá desde el 10 al 31 de enero

Por primera vez desde su fundación, APIPH no atenderá consultas durante tres semanas de la feria judicial de enero Para el 2017 la entidad se planteó tres prioridades: reorganización, el RPA y las paritarias.


Boletín Oficial de la República Argentina.Paritarias 2016

El último acuerdo ya se publicó en el Boletín Oficial

El 4 de enero, a casi un mes de su homologación, se publicó en el Boletín Oficial la homologación del último acuerdo paritario al que había arribado el sector.


El proyecto también establece metas concretas para garantizar la disponibilidad al gas natural por redes.Proyecto de ley

El gas para consumo residencial como derecho humano

Cinco diputados nacionales presentaron un proyecto de ley que garantizaría –a través de diversos beneficios- la universalidad del acceso a la conexión al gas natural Los autores proponen reconocer el acceso al gas para consumo residencial como Derecho Humano.


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Rincon Solidario

Deja fuerte olores en el ascensor y pasillos

Dra. Diana Sevitz


Correo de Lectores

¿20% sobre qué?

(02/01/2017)


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¿Qué significan las siglas?: Las abreviaturas más frecuentes

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Efemérides consorciales: El 9 de enero de 2014, la Secretaría de Trabajo homologó un acuerdo que declaró asueto los "días 24 y 31 de cada año" para los encargados de edificios. Ya que no se especificó el mes, Pequeñas Noticias supuso que se referia a diciembre, aunque esta omisión fue salvada en el Boletín Oficial del 18 de febrero. Mientras que la CAPHyAI se opuso a este acuerdo, la FATERyH lo firmó con el AIERH y la UADI.


Entre el precio de fabricación y el precio final hay un incremento del más del 4 mil porciento.

Entre el precio de fabricación y el precio final hay un incremento del más del 4 mil porciento.

Defensa y Protección del Consumidor porteño

Fabricar el Libro de Propietarios cuesta menos de $20

[BPN-09/01/17] Según un relevamiento de precios que realizó Pequeñas Noticias, fabricar un Libro de Registro de Propietarios cuesta entre 20 y 29 [1] pesos, según las cantidades solicitadas. Cada uno de estos mismos libros se está vendiendo en el mercado a un precio que oscila entre los 800 y los 850 pesos cada uno. Entre el precio de fabricación y el precio final hay un incremento del 4.116%.

Para determinar el costo de este libro, la redacción del medio adquirió un libro y -según ese estricto ejemplo- solicitó presupuestos a varias imprentas. El valor promedio entre ellas estuvo en 29 pesos para cantidades inferiores a las 300 unidades, 24 para cantidades superiores a los 300 y menos de 20 pesos cuando se trata de más de mil unidades. Según las leyes del mercado, los precios por unidad siguen bajando a medida que se encargan cantidades mayores.

De existir 90 mil consorcios en la Ciudad de Buenos Aires [2], este trabajo representaría un ingreso para el sector gráfico de poco más de 1,8 millones de pesos o aproximadamente 111 mil dólares [3].

Este libro fue creado el pasado 28 de octubre por la directora general de Defensa y Protección del Consumidor, Dra. Vilma Bouza, mediante la Disposición Interna 3920/2016. Su obligatoriedad comenzó a regir desde el momento en que la norma se publicó en el Boletín Oficial local (01/11/16).

El precio mayorista

Los minoristas –salvo excepciones - pueden conseguir el libro a un precio que oscila entre menos de 500 y poco más de 600 pesos. A los efectos de los cálculos Pequeñas Noticias promedió estos valores en 550 pesos por unidad. La diferencia que existe entre el valor del costo de fabricación de un libro y el de su venta mayorista es de 530 pesos. El incremento porcentual entre su costo y su venta al mayoreo es de 2.683%.

Los mayoristas –sobre la base de un libro para cada uno de los 90 mil consorcios- percibirían, deducidos los gastos de imprenta, más de 2,9 millones de dólares o, en moneda argentina, 47,7 millones de pesos.

El precio minorista

El precio minorista surgió de un relevamiento realizado por el medio entre media docena de puntos de ventas de los libros. A los efectos de los cálculos se tomó un valor promedio de 833 pesos por unidad. La diferencia entre el valor mayorista y el minorista es de 283 pesos lo que representa un 51% de incremento.

Las ganancia que percibiría el sector minorista en su conjunto, sin contar el precio de compra del libro, sería de poco más de 25,4 millones de pesos (casi u$s 1,6 millones).

Características técnicas

Entre otras, las características técnicas que se exigieron a las imprentas para confeccionar los presupuestos fueron: tamaño de 21x29,7 cm., 36 páginas, papel interior "Obra" de 80 gr., color de impresión interior en negro, papel de la tapa "Ilustración" de 300 gr. y terminación de la tapa mate brillante.

En general las imprentas exigieron un adelanto del 50% en concepto de seña y el resto contra la entrega. En algunos casos el precio incluía el flete al domicilio del comprador, en otros ese costo corría por cuenta del cliente.

Los plazos de entrega oscilaban entre los 15 y los 30 días Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] Todas las cifras de esta nota fueron redondeadas para facilitar su lectura.

[2] La cantidad de consorcios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se calculó en 90 mil como informaron algunos medios citando fuentes oficiales [BPN Nº 444 del 21/09/11: "El 39% de los consorcistas del país vive en la CABA"].

[3] Para determinar el valor del dólar se promedió el valor de compra y de venta de una unidad de esa moneda según el sitio www.dolarsi.com al momento de confeccionar esta nota (04/01/17).


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Efemérides consorciales: El 10 de enero de 2006, la Fundación Liga del Consorcista adelantó que iba a llamar a todas las entidades de propietarios a conformar un frente común nacional en defensa del consorcista, en el cual cada uno conservaría su identidad pero se articularían para poder intervenir en la negociaciones de los convenios colectivos.


Bouza enfatizó que la Dirección que preside no cobra ningún tributo (ni impuesto, ni tasa, ni contribución) para la certificación o rúbrica de los libros citados.

Bouza enfatizó que la Dirección que preside no cobra ningún tributo (ni impuesto, ni tasa, ni contribución) para la certificación o rúbrica de los libros citados.

Libro de Registro de Propietarios CABA

Bouza denegó la reconsideración que pidió Zulberti

[BPN-09/01/17] El 28 de diciembre, Vilma Bouza, directora general de Defensa y Protección del Consumidor (DyPC), denegó el pedido que realizó Andrés Zulberti a Horacio Rodríguez Larreta para que reconsidere la disposición que creó un Libro de Propietarios y, de no ser así, que la titular de la mencionada repartición renuncie. Entre otros argumentos, Bouza adujo que el Libro de Propietarios no se superpone con el de Libro Firmas, que los datos que solicita no están encuadrados en la definición de datos sensibles de la Ley de Protección de Datos Personales y enfatizó que DyPC no cobra por su certificación.

Zulberti, coordinador de la Comisión de Consorcios de la Comuna 3, había presentado su petición ciudadana el 16 de noviembre y motivó la apertura del expediente Nº EX-2016-25410298-MGEYA [BPN Nº 589 del 24/11/16: "Zulberti exigió a Larreta que se reconsidere el Libro de Propietarios"]. La respuesta de Bouza fue firmada el miércoles 28 y recibió el número de informe: IF-2016-28023324. Ese mismo día Zulberti recibió en su domicilio la cédula de notificación Nº A0002-DGDyPC-16 con el informe.

Sus argumentos en detalle

Pequeñas Noticias resumió ocho de los puntos más importantes del informe de Bouza.

1.- En primer término subrayó que la Ley 941 que creó un Registro Público de Administradores porteño, las leyes que la modificaron y el Decreto Reglamentario Nº 551/10 designó a la Dirección General a su cargo como autoridad de aplicación y la facultó para "dictar las normas instrumentales e interpretativas necesarias para la correcta implementación y aplicación de la Ley N° 941".

2.- Mencionó que el inciso d) del artículo 9° de la Ley 941 expresa que los administradores deberán "llevar en debida forma, los libros del consorcio conforme las normas vigentes".

3.- Recordó que el inciso i) del artículo 2.067 del Código Civil y Comercial de la Nación que trata los derechos y obligaciones del administrador establece: "Llevar en legal forma los libros de actas, de administración, de registro de propietarios, de registros de firmas y cualquier otro que exija la reglamentación local...".

Agregó que si bien el artículo 2062 del Código sólo evoca a la obligación de los Libros de Actas de Asamblea y Libro de Registro de Firmas de los propietarios; no es por ello menos importante rememorar que dicha obligatoriedad se origina en el párrafo del artículo citado, donde se establece que es "sin perjuicio de los restantes libros referidos a la administración del consorcio".

4.- Opinó que el Libro de Propietarios "no se superpone en su cometido con el Libro de Registro de Firmas, cuyo propósito fundamental es el de constatar la veracidad de la signatura del propietario (ello, a fin de evitar la presentación de autorizaciones apócrifas al momento de realizarse las asambleas de rigor), previniendo al administrador de potenciales delitos (en los que se podría ver él mismo afectado)".-

5.- Argumentó que los datos solicitados del titular de la unidad funcional, sus inquilinos y sus ocupantes "de modo alguno puede considerarse que sean datos contrarios a la Ley N° 25.326 (Ley de Protección de Datos Personales) porque no están encuadrados en la definición de "Datos sensibles" que enumera el artículo 2º de esa ley: "Datos personales que revelan origen racial y étnico, opiniones políticas, convicciones religiosas, filosóficas o morales, afiliación sindical e información referente a la salud o a la vida sexual".

6.- Desechó la denuncia de Zulberti de que es un despropósito que se le "exija" a los administradores el cumplimiento de una obligación que deben pagar los consorcios transformándola en un "impuesto indirecto". Enfatizó que la Dirección que preside no cobra ningún tributo (ni impuesto, ni tasa, ni contribución) para la certificación o rúbrica de los libros citados.

7.- Señaló que Defensa y Protección del Consumidor "es y siempre ha sido fiel observadora y devota cumplidora en cuando hace a la Ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública". Descartando la acusación del coordinador de la Comisión de Consorcios de la Comuna 3 de que estas exigencias "resultan en exceso de las facultades reglamentarias (funciones y misiones) contrariando la Ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública".

8.- Por último, señaló que el libro creado permite al administrador "contar con las herramientas necesarias para poder contactarse ante situaciones de fuerza mayor sin demoras y con los datos recabados, no sólo con los propietarios, sino también con sus ocupantes e incluso con terceros en posesión de la llave del dominio (de encontrarse deshabitada)" Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


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Efemérides consorciales: El 12 de enero de 2011, el rabino Sergio Bergman, en su carácter de presidente de la Fundación Argentina Ciudadana, aseguró que los consorcios cambian a su administrador "cuando roba demasiado" y que lo sustituyen por uno "que robe razonablemente".


Adm. Matías Ruiz.

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AIPH

"El valor de expensas entró en un círculo vicioso"

[BPN-09/01/17] El 30 de diciembre, AIPH [1] alertó que el valor de las expensas entró en un círculo vicioso del que le va a costar mucho salir. Denunció que las expensas superaron la inflación interanual. Lo atribuyó a cuatro causas: el aumento de la morosidad, el tarifazo, el incremento del costo laboral del sector y las nuevas imposiciones que sufren los consorcios tanto a nivel local como nacional.

Explicó que no se podrá salir de este círculo vicioso "mientras existan políticas que expriman al ciudadano, con el objetivo simple de crear meras cajas para sostener el empleo público o sencillamente para solventar prácticas desleales".

Por último la entidad de administradores advirtió que "estará siempre al pie del cañón, alertando sobre las desventuras de los advenedizos que siguen rigiendo nuestros destinos".

Así lo hizo saber en el editorial de su Boletín Nº 187 publicado el viernes 30. La nota fue firmada por su presidente Lic. Matías A. Ruiz.

El círculo vicioso

Para AIPH el círculo vicioso consta de tres pasos:

1.- "El aumento sistemático de los costos fijos en los consorcios, encabezado por el rubro sueldos y cargas sociales, genera ajustes periódicos de las expensas que en muchos casos alcanzaron [en el año], solamente por este concepto, el 30 o 40% inclusive".

2.- "Esto trae aparejado que algunos que pagaban regularmente sus expensas no se puedan ajustar tan rápidamente a estos aumentos y comiencen a pagar a cuenta o directamente no las puedan abonar"

3.- Ante esta situación, el consorcio debe volver a aumentar las expensas para recaudar el dinero de los que no pudieron cumplir. Este estado de cosas se agrava y profundiza si el administrador debe salir a recaudar los fondos para ejecutar las expensas adeudadas o debe realizar obras de mantenimiento impostergables Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal AIPH.


 


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Efemérides consorciales: El 18 de enero de 2015, un medio local informó que el Gobierno de la provincia de San Juan vetó la ley que creó un Registro Público de Administradores en esa provincia porque consideró que modifica cuestiones que ya están contempladas en el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación.


Escudo de la ciudad de Rosario.

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Expensas Claras en Rosario

El fantasma de la Ley Muñoz sobrevuela Rosario

[BPN-09/01/17] El 15 de diciembre, el Concejo Deliberante de Rosario aprobó un sistema similar al que rige en la Ciudad de Buenos Aires llamado Expensas Claras. Lo coordinará una mesa compuesta por representantes de dos entidades inmobiliarias, uno del SUTERyH, un representante del Poder Ejecutivo local y otro del Legislativo. En esta nueva entidad –que recuerda al Consejo Consultivo de la Propiedad Horizontal de la CABA propuesto por Hernán Arce (Partido Socialista) como una alternativa a la Ley Muñoz- no hay representantes de los copropietarios ni de entidades de administradores.

La iniciativa fue de la concejala Norma López del Frente para la Victoria (FPV), quien sin hacer ninguna referencia a la mesa coordinadora que creó, comentó a un medio local [1]: "vemos que a la hora de pagar las expensas no se sabe bien qué es lo que uno está pagando. No hay acceso a las facturas de arreglos y contrataciones, se han conocido casos de facturas truchas y pagas. Son muchas las dudas de los vecinos ante los altos costos que abonan. Muchas veces los administradores no tienen un accionar transparente con los consorcistas".

Norma López fue acompañada en su iniciativa por los concejales EduardoToniolli (Partido Justicialista), Fernanda Gigliani (Iniciativa Popular), Juan Monteverde (Ciudad Futura) y Diego Giuliano (Rosario Federal). La ordenanza fue aprobada el jueves 15, contiene ocho artículos, uno de ellos es de forma y llevó el número de expediente 228.049 <texto original>.

La Mesa Coordinadora

En el último artículo de la ordenanza se estipula que lo establecido sobre el programa Expensas Claras estará coordinado por una mesa compuesta por los representantes de cinco entidades. Textualmente el artículo 7º dice: "crease la mesa de coordinación de la presente ordenanza la cual se encuentra constituida por un representante del Departamento Ejecutivo Municipal, un representante del Concejo Municipal de Rosario, un representante del Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Propiedad Horizontal (SUTERyH), un representante del Cámara Inmobiliaria de Rosario (CADEIROS) y un representante de la Corporación de Empresas Inmobiliarias de Rosario (CEIR)".

En esa mesa no participan ni representantes de los copropietarios ni de los administradores. Estos últimos están nucleados por la Cámara de la Propiedad Horizontal de la Provincia de Santa Fe (CPH) cuya sede se encuentra en esa misma ciudad.

Expensas Claras

La ordenanza estipula que los administradores deben realizar la rendición de expensas de los consorcios según un modelo único digital de liquidación de expensas. Este modelo podrá adecuarse a las condiciones de cada consorcio pero debe incluir los datos mínimos obligatorios que establecen los ocho incisos que componen el artículo 9° de la ordenanza que creó el Registro Público de Administradores (RPA) local <texto original>. Los recibos de pagos también deberán cumplir con un modelo establecido.

Los administradores deberán enviar a los copropietarios por correo electrónico las liquidaciones de expensas en formato digital junto con los comprobantes respaldatorios digitalizados. Los consorcistas podrán solicitar por escrito o a través de un correo electrónico que se sustituya el envío en formato digital por una versión impresa.

Los movimientos dinerarios del consorcio deberán efectuarse en forma bancarizada, salvo en los casos de consorcios autoadministrados. "A los fines de unificar y estandarizar los pagos relativos a expensas, proveedores y servicios, resulta imprescindible que los mismos se realicen exclusivamente de manera bancarizada, eliminándose de este modo el pago en efectivo", se explica en los considerandos.

La norma le impone a la Municipalidad de Rosario que ponga a disposición del público, en su sitio web oficial, los modelos digitales establecidos en esta normativa. Hasta el día de la redacción de esta nota no lo había hecho.

La Ley Muñoz y el Consejo

El jueves 3 de diciembre de 2015, se aprobó sobre tablas y sin debate parlamentario la Ley 5.464 (Ley Muñoz) que creó en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires un Consejo de la Propiedad Horizontal que –de no haber sido posteriormente derogada- hubiera reemplazado al RPA. La conducción de este Consejo hubiera estado compuesta por 11 miembros de los cuales una importante mayoría hubieran sido del SUTERH, de las entidades de administradores que firman los Convenios Colectivos de Trabajo [2] y de un nuevo sindicato –del que por entonces se sabía muy poco- que agrupa empleados de administraciones de consorcios (SEARA). Esta ley había sido presentada por el legislador del Frente para la Victoria, Fernando Muñoz. Cabe subrayar que en el marco de esa sesión maratónica, también se trataron otros 127 proyectos. De ese total, 60 fueron mociones sobre tablas acordadas sin discursos.

El 21 de diciembre, en un hecho histórico sin antecedentes, se reunieron entidades de administradores y de copropietarios para expresar su repudio a la Ley Muñoz y exigirle al jefe de Gobierno porteño que vete esa norma recientemente aprobada.

El 26 de abril de 2016, Hernán Arce –uno de los legisladores que se abstuvo a la Ley 5.464- presentó un proyecto de ley junto con Roy Cortina (PS) para crear un Consejo Consultivo de la Propiedad Horizontal en el ámbito de la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor de la CABA. Las resoluciones de este organismo serían no vinculantes y su función sería de consulta, investigación, capacitación y asesoramiento. La iniciativa propuso que esté integrado por 14 miembros no remunerados: tres representantes de los administradores (AIERH, CAPHyAI y UADI), tres de las asociaciones de consorcistas, dos del SUTERH, dos representantes de SEARA, dos de ONG‛s de consumidores, uno de la Defensoría del Inquilino y la directora de Defensa y Protección al Consumidor en calidad de presidenta. La iniciativa no prosperó.

Finalmente Rodríguez Larreta terminó presentando un proyecto de ley para derogar la ley, cosa que sucedió el 7 de julio. De los 55 legisladores porteños que votaron por su derogación, 27 de ellos habían votado a su favor hacía poco más de siete meses Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] Sin Mordaza del 16 de diciembre de 2016: "Por la transparencia en la liquidación y pago de expensas".

[2] CAPHyAI: Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.

[3] AIERH: Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal.

[4] UADI: Unión Administradores de Inmuebles.


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Rechazo enérgico y personal

Dos vecinos y siete abogados rechazaron el último convenio

[BPN-09/01/17] El 23 de diciembre, dos vecinos y siete miembros del Foro de Abogados de Propiedad Horizontal (FAPH) rechazaron enérgica y personalmente el Convenio firmado entre el SUTERH y las tres entidades de administradores [1] "que se arrogan ilegítimamente la representación de los consorcios".

Así lo hicieron saber mediante un comunicado que hicieron llegar a este medio firmado por nueve personas. Entre los vecinos que suscribieron el texto se encontró la Sra. Teresa Villanueva, coordinadora de la Comisión de Consorcios de la Comuna 2 y el Sr. Eduardo Taranta, miembro de la Comisión de la Propiedad Inmueble de la Comuna 7. Entre los abogados que componen la FAP se encontraba el Dr. Jorge Resqui Pizarro, miembro de la Comisión de Consorcios de la Comuna 14, y el Dr. Héctor Bregman coordinador de la Comisión de la Propiedad Inmueble de la Comuna 7. 

Textualmente

El comunicado expresó: "Denunciamos la continuidad de una metodología que priva al consorcista de una legítima representación en las paritarias que periódicamente se firman con la representación sindical. Dicha metodología produce, únicamente, como resultado, un permanente aumento de las expensas en perjuicio del único sostén de todo el andamiaje: el consorcista que se ve compelido -sin derecho a ser escuchado- sólo a pagar. Ésto provoca no solamente un incremento en la litigiosidad sino una mayor morosidad y retraso en los trabajos necesarios en cada consorcio y la imposibilidad de rediscutir una mejor relación laboral dentro de los consorcios.

"Entendemos que ha llegado la hora de interpelar al Ministerio de Trabajo de la Nación que homologa estos acuerdos: ¿hasta cuándo se violarán los derechos de los consorcistas, legitimando a quienes no deberían sentarse a la mesa por carecer de representación y, en algunos casos, con intereses contrapuestos con quienes dicen representar?".

La convocatoria

El escrito convocó a los vecinos de la CABA a participar de alguna de las comisiones de consorcios que existan en sus comunas: "Consorcista, le invitamos a informarse e integrarse en comisiones -que funcionan o deben crearse en sus sedes comunales- para defender los derechos e intereses que a su sector le asisten. Participe en las comisiones de propiedad horizontal y en las asociaciones de consorcistas ya existentes. Serán las únicas legitimadas para defenderlo.

"Si en su comuna existe una Comisión de Propiedad Horizontal, acérquese a ella. Si no la hay, ayude a crearla. Será en beneficio suyo y de todos sus vecinos consorcistas".

Presentes y ausentes

Llamó la atención de la redacción que el comunicado solo fue firmado por los coordinadores de las comisiones de propiedad horizontal de dos comunas, la 2 y la 7. Resqui Pizarro firma como miembro de la Comisión Propiedad Horizontal de la Comuna 14 aunque su coordinadora, la Cra. Silvia Aller Atucha no firmó.

El resto de las comunas que cuentan con Comisiones de Consorcios no firmaron (Comunas 3, 6, 12, 13 y 15). Tampoco lo hicieron ninguna de las entidades históricas, exceptuando a Teresa Villanueva, titular de ACCABA y Resqui Pizarro por ReDeCo.

Del Foro de Abogados de Propiedad Horizontal no firmó el Adm. y abogado Sebastián Areit. Sí lo hicieron el Dr. Daniel Guillermo Martini, la Dra. Patricia Fittipaldi, el Dr. Hugo L. Milione, el Dr. Gustavo Griffith y el Adm. y abogado Luis Eduardo Morales Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] AIERH (Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal), CAPHyAI (Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias) y UADI (Unión Administradores de Inmuebles).


AVISOS CLASIFICADOS

EMPLEO - OFRECIDO

CADETE ADMINITRACIÓN: Soy Araceli - Trabaje de encargada 3 meses y medio - Me ofrezco para trabajos de cadeteria en una administracion - Nombre: Araceli Carosini - Teléfono: (11) 3628-8993 - Email: aracelicarosini2016@gmail.com

AYUDANTE DE ENCARGADO/LIMPIEZA: Tengo la experiencia necesaria en el rubro - Nombre: Lorena Rosana Falquet - Teléfono: (11) 5512-1753 - Email: lorenaf54@hotmail.com

ASISTENTE ADMINISTRACIÓN: Busco empleo part-time turno tarde. Tengo experiencia en el rubro, soy estudiante de derecho. Trabajos bancarios, pagos, etc. Comunicación por e-mail los martes y viernes - Nombre: Pablo Isasmendi - Email: pablo_bht@yahoo.com.ar

ENCARGADO PERMANENTE CON VIVIENDA: Tengo 16 años de experiencia, conocimientos de mantenimiento básico, buena presencia. Busco preferentemente con vivienda y preferentemente en Capital Federal - Nombre: Roberto Nicolás Forte - Teléfono: (15) 3319-2945 - Email: forterobertonicolas@gmail.com

ENCARGADO DE EDIFICIO: Soy tecnico electrónico - Tengo amplia experiencia en diversos mantenimientos - Disponibilidad inmediata - Mi CV esta disponible para cuando sea solicitado - Soy casado desde hace 28 años, sin hijos a cargo - Nombre: Fabian Ricardo Falcon - Teléfono: (011) 2383-0449 - Email: ffabiannus@gmail.com

ENCARGADO: Encargado para media jornada o fines de semana.con experiencia y en actividad - Nombre: Andrés Bustos - Teléfono: (15) 6490-3246 - Email: andres_bustos1970@hotmail.com


Efemérides: El 10 de enero de 2011, murió en Buenos Aires la poeta, escritora, cantautora, dramaturga y compositora María Elena Walsh.


Juan Domingo Rodríguez, secretario general de SUTERyH Mar del Plata.

Juan Domingo Rodríguez, secretario general de SUTERyH Mar del Plata.

SUTERyH Mar del Plata

A la caza de las empresas de limpieza

[BPN-09/01/17] El pasado 22 de diciembre, Juan Domingo Rodríguez, secretario general de SUTERyH [1] Mar del Plata, adelantó que durante enero se inspeccionará a fondo esa ciudad balnearia, Miramar y Necochea. "Se va a barrer toda Mar del Plata, calle por calle, edificio por edificio, todo Miramar y todo Necochea", detalló el sindicalista.

Uno de sus objetivos es que los empleados de maestranza –en el caso de aquellos consorcios que contraten empresas de limpieza- cobren su salario según la escala vigente para los encargados de edificios. Rodríguez explicó: "Nosotros no estamos en contra del trabajador: Lo que sí, estamos en contra de los administradores que no les pagan según la escala salarial que tienen que cobrar. Toda persona -dice la ley- tiene que cobrar a igual trabajo igual remuneración. Esa persona sea de empresa de limpieza o sea subcontratada tiene que ganar lo que dice la escala de SUTERyH. Así que bueno, vamos por todo. O todo o nada".

El relevamiento lo realizarán censistas que –según comentó- fueron convocados mediante una solicitada y serán acompañados por inspectores del sindicato y de la obra social de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Con este objetivo se están preparando las computadoras necesarias en la escuela de capacitación del sindicato mientras que los censistas trabajarán en la sala del último piso del hotel del SUTERyH.

Estas declaraciones las realizó el jueves 22 en el curso de una entrevista que concedió a la FM 91.7 KLA. El secretario general estuvo acompañado por Norberto Hugo Cabello, tesorero del sindicato marplatense. La entrevista duró poco más de 10 minutos Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal.


Efemérides: El 11 de enero de 1996, falleció el actor Tato Bores (en la vida civil, Mauricio Borensztein). Formulaba agudas críticas políticas en sus monólogos por televisión. Nació el 27 de abril de 1927.


Dra. Rita Sessa.

Dra. Rita Sessa.

Dra. Rita Sessa

"Gran malestar por las paritarias"

[BPN-09/01/17] El 17 de diciembre, la Dra. Rita Lidia Sessa, vicepresidenta de la Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal (LCPH), denunció que las constructoras y la corporación de los administradores de consorcios manejan la propiedad horizontal en Argentina. Lo fundamentó argumentando que esto se ve en cada detalle de su gestión y ejemplificó: "Justifican altos montos de expensas por el barrio de ubicación del consorcio, como si tasaran el metro cuadrado, olvidando que la expensa son los gastos "reales" del edificio y no el valor venal [1] de la unidad funcional". Agregó a continuación: "De tal suerte un inmueble en zona de alto valor inmobiliario puede liquidar expensas menores a uno ubicado en una zona menos valiosa, por tener este último más gastos". Por último concluyó: "Sobre esa base el ‘equipo’ sella acuerdos con el gremio de los trabajadores, olvidando a los [consorcistas] que pagan y olvidando que los consorcios de propiedad horizontal no son empresas".

No son empresas

La Dra. Sessa consideró que no es legítimo equiparar el concepto de empleador de casa de renta con el de empleador de edificios de propiedad horizontal. Recordó que el decreto reglamentario del Estatuto del Encargado [2] definía -a grandes rasgos y a lo largo de cuatro incisos- que se consideraba empleador a una persona o empresa que alquilara un inmueble con el objeto de obtener lucro. Cuando se sanciona en nuestro país la Ley 13.512 de propiedad horizontal [3] había que adecuar el estatuto dictado para casas de renta a la nueva legislación. Así surgió la Ley 14.095 [4] que agregó como último párrafo al artículo 1° de la Ley 12.981, que "también declárase comprendido al personal que desempeña iguales tareas en las fincas sometidas a un régimen de propiedad conforme a las disposiciones de la Ley 13.512".

Según la vicepresidenta de la Liga del Consorcista "así se asimiló el concepto de empleador de casa de renta con el de empleador de edificios de propiedad horizontal, lo cual no resulta legítimo. De allí surgen todas estas maniobras paritarias, que olvidan a los propietarios y generan enconos y violencias como el mismo gremio lo ha reconocido en el artículo 33º del CCT 589/2010 [5]".

Estos conceptos los hizo conocer la Dra. Sessa en una nota publicada el sábado 17 en el sitio de la Fundación que llevó por título "El porqué del gran malestar por las paritarias del gremio de encargados de edificios de propiedad horizontal (CCT 589/2010)" Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] Valor venal: Se llama valor venal al importe monetario que obtendría el propietario de un bien material usado, si en un momento dado decidiera su venta. Este importe está siempre sujeto a la antigüedad del bien, a su estado de desgaste o conservación y a la ley de la oferta y la demanda. El valor venal de un bien lo determina o tasa un perito tras efectuar el pertinente estudio de mercado y verificar antigüedad y estado de uso del bien objeto de tasación.

[2] Estatuto del Encargado: Ley 12.981, (BO: 20/05/1947). Decreto Reglamentario Nº 11296/1949 (BO 17/05/1949).

[3] BO: 18/10/1948.

[4] BO: 29/10/1951.

[5] Artículo 33º del Convenio Colectivo de Trabajo: En virtud de la posible existencia de la problemática adictiva y otras problemáticas psico-sociales y de situaciones de violencia que puedan suscitarse, las partes signatarias del presente se comprometen a canalizar las mismas conforme lo establecido por la legislación nacional vigente y demás normativa existente en materia de prevención y lucha contra dichas problemáticas. Al efecto, se propicia la creación y participación de las partes en redes de prevención, promoción y orientación en dichas materias".


Efemérides: El 12 de enero de 1920, murió en Rosario (provincia de Santa Fe) el músico uruguayo Cayetano A. Silva, autor de la Marcha "San Lorenzo".


Dr. Eduardo Awad.

Dr. Eduardo Awad.

Legislatura porteña

Awad fue declarado personalidad destacada en el ámbito social

[BPN-09/01/17] El pasado 15 de diciembre, la Legislatura porteña declaró como personalidad destacada en el ámbito de la promoción y defensa de los derechos de las personas con necesidades especiales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al Dr. Eduardo Daniel Awad. El tratamiento de ese proyecto tuvo el voto positivo de 51 legisladores, la abstención de tres y el voto negativo de uno.

El 3 de octubre, 10 días antes de que se presente en la Legislatura el proyecto de ley, el Dr. Awad publicó en su cuenta de Facebook: "He recibido lo que pego más abajo [NR: el proyecto de ley], justo en el día de mi cumpleaños. Lo comparto para que muchas personas con discapacidad que piensan que ningún esfuerzo será suficiente para lograr objetivos o alcanzar metas se convenzan de que no es cierto. Si yo soy el destinatario de este reconocimiento que me enorgullece por mi trabajo, cualquiera que realmente se esfuerce y crea en su capacidad, no en su discapacidad podrá lograrlo. ¡Adelante con fuerza y con fe! La discapacidad no es imposibilidad".

El 13 de octubre la iniciativa fue presentada por los legisladores Claudio Niño y Paula Oliveto Lago, representantes de los bloques Propuesta Republicana y Coalición Cívica-ARI (CC-ARI) respectivamente. Llamó la atención que el único voto negativo fue de Maximiliano Ferraro, perteneciente a este último bloque que está compuesto por sólo dos legisladores. 

Se abstuvieron Claudio Palmeyro (Sindical Peronista), Gustavo Vera (Bien Común) y Fernando Vilardo (Autodeterminación y Libertad).

A modo de curiosidad, en esa sesión legislativa –que fue la última del año- el tema de Awad se trató junto con otras doce iniciativas [despachos], sin observaciones y cuya aprobación requería mayoría simple. Entre ellos se aprobó uno que instituyó el día 2 de octubre de cada año como el día del trabajador de edificios de propiedad horizontal <ver nota>.

El proyecto llevó el número 201603217 y fue tratado en el recinto como el Despacho 859.

Fundamentos

Los autores de la iniciativa que fue finalmente aprobada argumentaron: "el Dr. Eduardo Daniel Awad es ampliamente reconocido por cursos, seminarios y aportes, en dos áreas nítidamente definidas: la Propiedad Horizontal y la Promoción y Defensa de los Derechos de las Personas con Necesidades Especiales, y, más aún, por ser una persona de una extraordinaria calidez humana y solidez profesional".

Agregaron también: "En este proyecto, los abajo firmantes propiciamos que se distinga al Dr. Eduardo Daniel Awad -ciego desde los diecisiete años- quién por méritos propios, a través de su esfuerzo, dedicación y trayectoria, ha sido elegido el pasado 5 de agosto del 2015, llegando a la más alta jerarquía a la que puede llegar un abogado independiente en representación de sus pares: presidente del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Pero no solamente por eso, sino porque el Dr. Eduardo Daniel Awad, que ya ha finalizado su mandato como presidente de la prestigiosa institución, es el coordinador de la Comisión de Discapacidad y director del Instituto del Derecho de la Propiedad Horizontal, ambos, del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal".

Por último, agradecieron a los Dres. Daniel Rodríguez Masdeu y María Gracia Nenci por su colaboración en la elaboración del proyecto de ley Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Efemérides: El 13 de enero de 1908, con la iniciativa de Aarón Anchorena y otros, se funda en Buenos Aires el Aero Club Argentino.


Marcos Bergenfeld, presidente de APIPH.

Marcos Bergenfeld, presidente de APIPH.

Marcos Bergenfeld

APIPH no atenderá desde el 10 al 31 de enero

[BPN-09/01/17] El 30 de diciembre, la Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal (APIPH) anunció que desde el 10 de enero y hasta el 31 de ese mes no atenderá consultas. Comunicó que es la primera vez desde su fundación que la entidad permanecerá cerrada durante tres semanas de la feria judicial de verano de 2017. Para ese año, se planteó tres prioridades: organizar la entidad, asumir el control del Registro Público de Administradores porteño y participar en paritarias.

Convocó a aquellos que quieran ser voluntarios a adherirse a la entidad "para conseguir a partir del 1° de febrero cambiar esta crisis interminable que va degradando nuestros edificios (sin posibilidades económicas de mantenimiento) y como consecuencia nuestro modo de vida".

Así lo hizo saber mediante una circular que distribuyó por correo electrónico. La misma estuvo firmada por Marcos Bergenfeld, en su calidad de presidente de APIPH.

Prioridades

Los objetivos principales que se plateó APIPH fueron:

a) El primero es organizar la entidad en forma similar a la de la Cámara Argentina de Comercio, la Unión Industrial o la Sociedad Rural.

b) Para cuidar los intereses de los consorcistas, reiteró que una de sus prioridades será el Registro Público de Administradores porteños. Argumentó que "indudablemente nos pertenece el manejo de quienes son nuestros contratados porque su honorario lo paga cada consorcio y no el Gobierno de la Ciudad".

c) Reafirmó que su prioridad para el 2017 será la participación de los consorcistas en paritarias. Explicó que el resultado de éstas es el remate de viviendas ante el inviable costo de las expensas que afectan tanto a propietarios como inquilinos. Agregó que para estos últimos los gastos comunes van en camino de convertirse en un segundo alquiler sin posibilidad de defensa Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Efemérides: El 14 de enero de 1878, nació en Buenos Aires el jurisconsulto y escritor Octavio R. Amadeo, autor de los bellos medallones literarios de "Vidas argentinas" y "Doce argentinos".


De ser trabajado, ese día deberá ser abonado como feriado.

De ser trabajado, ese día deberá ser abonado como feriado.

Nueva ley en la CABA

Día del encargado x 2

[BPN-09/01/17] El pasado 15 de diciembre, se sancionó una ley que instituyó el 2 de octubre de cada año como el Día del Trabajador de Propiedad Horizontal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Es de resaltar que en realidad ese día ya está instituido en el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) del sector. El artículo 13º del mismo, bajo el título "Día del Trabajador" dice textualmente: "Se establece el día 2 de octubre de cada año como el Día de Trabajador de Propiedad Horizontal. Dicho día el personal estará franco total de servicio; de trabajarlo deberá ser abonado independientemente como feriado". Hay que tener en cuenta que el CCT del sector tiene alcance nacional mientras que la ley recientemente aprobada sólo rige para esta ciudad.

El proyecto contó con el voto positivo de 53 legisladores y la abstención de dos: Gustavo Vera (Bien Común) y Fernando Vilardo (Autonomía y Libertad).

Entre aquellos que votaron afirmativamente por esta ley hubo 27 legisladores de Unión Pro, y 6 de Suma+. El Frente para la Victoria aportó 5 legisladores. Del Bloque Peronista y Confianza Pública votaron 3 legisladores cada uno. El Frente de Izquierda y de los Trabajadores, el Partido Socialista y la Coalición Cívica aportaron 2 votos cada uno. Por último aportaron un voto cada uno Corriente Nacional de la Militancia, Autodeterminación y Libertad y Sindical Peronista. Es de destacar que los 27 legisladores del PRO y los 6 de Suma+ fueron la clave del éxito de esta votación.

El proyecto había sido presentado el 27 de noviembre del año pasado por tres legisladores del Bloque Peronista: Silvia Gottero, Claudio Heredia y María Rosa Muiños. Llevó el número de expediente 3130-D-2016.

Fundamentos

Textualmente los autores del proyecto argumentaron:

"Los encargados y encargadas de edificios constituyen una comunidad esencial en la vida de nuestra ciudad. Dueños de una identidad profesional única en el mundo, su trabajo resulta fundamental e insustituible para el funcionamiento de cada uno de los edificios de departamentos que se levantan en nuestra gran metrópoli. Su tarea se proyecta también a la dinámica cotidiana de la Ciudad de Buenos Aires ya que su diaria labor contribuye a hacer más vivible el hábitat de los porteños.

"Cuando Buenos Aires se despereza, una red invisible de miles de mujeres y hombres se ponen en movimiento e inician sus tareas haciendo posible que sus veredas amanezcan limpias, sanas y respirables. El permanente y creciente compromiso de las trabajadoras y trabajadores de edificios para hacer frente a los nuevos desafíos que plantea el desarrollo urbano moderno son mérito más que suficiente, a 74 años de su fundación el 2 de octubre de 1942, para que se establezca oficialmente dicha fecha como el Día del Trabajador de Edificios de Propiedad Horizontal, en un reconocimiento más que justo y merecido por parte de la Ciudad y sus vecinos" Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Efemérides: El 15 de enero de 1944, la ciudad de San Juan fue casi completamente destruida por un violento terremoto que ocasiona miles de víctimas.


Boletín Oficial de la República Argentina.

Boletín Oficial de la República Argentina.

Paritarias 2016

El último acuerdo ya se publicó en el Boletín Oficial

[BPN-09/01/17] El 4 de enero, se publicó en el Boletín Oficial la homologación del último acuerdo paritario de los encargados de edificios. Como había adelantado Pequeñas Noticias a principios de diciembre como primicia exclusiva, los actores del sector acordaron un aumento del 12% a partir del 1°de diciembre sobre las escalas de noviembre, otorgaron un bono no remunerativo de 2 mil pesos a pagar junto con los haberes de febrero y triplicaron la contribución solidaria para la Obra Social ($150) que extendieron hasta noviembre de 2018.

A través de la Resolución 1.007, con fecha del 6 de diciembre, se homologó el acuerdo paritario acordado entre la FATERyH [1] en representación del sector sindical y la CAPHyAI [2], la AIERH [3] y la UADI [4], representando a los empleadores. Esta resolución fue firmada por Ezequiel Sabor, secretario de trabajo de la Nación.

El 24 de noviembre, Pequeñas Noticias había informado que existían rumores que en diciembre se acordaría un aumento salarial para los trabajadores de edificios que sería entre un 15 y 17% [BPN N° 589 del 24/11/16: "El segundo semestre vendría con un aumento del 15 al 17%"].

Diez días después, este medio comunicó que el 29 de noviembre las tres entidades de administradores que representan al sector empleador y la FATERyH habían acordado un aumento del 12% -que resultó ser de tres puntos menos que el mínimo adelantado- y que se triplicaba la contribución solidaria que se estableció en junio de 2014. Hasta ese momento el convenio no había sido homologado [BPN N° 590 del 05/12/16: "Aumento del 12% y bono para febrero"].

Apenas se pudo verificar de una fuente oficial la homologación del acuerdo, Pequeñas Noticias lo difundió por sus redes sociales. En el Boletín del 20 de diciembre, se informó que el 6 de diciembre el Ministerio de Trabajo había homologado el acta acuerdo que había sido firmada el 29 del mes anterior. Desde que se firmó el acuerdo hasta su homologación transcurrieron 5 días hábiles, y en poco menos de un mes fue publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina que lleva el número 33.537 Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] FATERyH: Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal.

[2] CAPHyAI: Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.

[3] AIERH: Asociación Inmobiliaria de Edificios de Renta y Horizontal.

[4] UADI: Unión Administradores de Inmuebles.


Efemérides: El 16 de enero de 1896, nació en Buenos Aires la personal cantante de canciones criollas y tangos, Rosita Quiroga.


La Dirección General de Fiscalización y Control de obras habilitará a los inmuebles de acuerdo a las disposiciones previstas en el Código de Edificación de la Ciudad.

La Dirección General de Fiscalización y Control de Obras habilitará a los inmuebles de acuerdo a las disposiciones previstas en el Código de Edificación de la Ciudad.

Proyecto de ley porteño

Viviendas en alquiler certificadas

[BPN-09/01/17] El 3 de noviembre, la legisladora porteña María Inés Gorbea (SUMA+) presentó un proyecto de ley para que, a la hora de celebrar un contrato de alquiler, sea obligatorio presentar un certificado de habilitación que garantice las condiciones mínimas de habitabilidad y seguridad de los inmuebles destinados a vivienda.

La iniciativa estipula que la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras habilitará a los inmuebles mediante un certificado de acuerdo a las disposiciones previstas en el Código de Edificación de la Ciudad [1] y las normas de seguridad e higiene vigentes.

El certificado de habilitación constituirá un requisito excluyente y deberá adjuntarse a todo contrato, en forma obligatoria, como anexo. Éste deberá realizarse con anterioridad a la firma de cada contrato de alquiler destinado a uso familiar, su validez va a ser equivalente al período de vigencia que disponga el contrato de alquiler. La iniciativa pone en cabeza de los corredores inmobiliarios la obligación de exigirlo al propietario antes de celebrar cualquier contrato de alquiler.

Además, el proyecto crea un Registro de Viviendas Aptas para Locación, quien será el encargado del control de todas las exigencias necesarias para otorgar la aptitud de locación para viviendas con destino no comercial.

La iniciativa lleva el número de expediente 3.609, tiene 13 artículos y uno de ellos es de forma <texto original>.

Registro de Viviendas Aptas para Locación

Las funciones que deberá llevar a cabo esta nueva repartición pública –de ser aprobada- serán: emitir el certificado acompañado de habilitación junto con la planilla de constatación del estado del inmueble in situ, la cual deberá estar firmada y sellada por un profesional actuante y el locador. Los costos estarán a cargo exclusivo del locador. Además deberá llevar un registro de los inmuebles habilitados aptos para su locación e informar a quien lo solicite sobre los inmuebles habilitados.

Requisitos

Para poder obtener el certificado de habilitación se debe contar con: los planos del inmueble debidamente registrados; la planilla de constatación del estado del inmueble previa inspección ocular en el lugar, la cual deberá ser confeccionada, firmada y sellada por un profesional con incumbencia en la materia; el libre deuda o la constancia de pago actualizado de los impuestos inmobiliarios (ABL) y cualquier otro requisito que la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras considere pertinente (Art.° 7).

Sanciones

De aprobarse esta iniciativa y en el caso que no se cumpla con lo estipulado, se sancionará al infractor de la siguiente manera:

a) Ante incumplimientos, los corredores inmobiliarios serán pasibles de las sanciones previstas en el capítulo VI ‘De las potestad disciplinaria’ artículo 43° y 44° de la Ley N° 2.340 <texto original>.

b) Ante incumplimientos, los locadores serán pasibles de multas de mil a 5 mil unidades fijas.

c) Sin perjuicio de las sanciones previstas en los inc. a) y b), se deberá subsanar los incumplimientos para la validez del contrato.

d) En el supuesto de que sea imposible la subsanación de los incumplimientos, debido a que el locatario no cumple los requisitos mínimos para la obtención del certificado de habilitación apto para locación, el inmueble no podrá ser destinado a tales fines hasta que se obtenga el certificado de conformidad (Art. 8°).

Fundamentos

La legisladora explicó que el objetivo de su iniciativa es asegurar a todo habitante el derecho a gozar de una vivienda digna donde se encuentren cumplimentadas y garantizadas las condiciones de habitabilidad y medidas de seguridad e higiene. "La intervención del Estado como regulador es fundamental para garantizar el derecho de acceso a la vivienda por medio de la locación, de regeneración del tejido social a partir de la recuperación de los derechos fundamentales de las personas", sostuvo.

"La gran mayoría de las viviendas que se encuentran en alquiler no cuentan con planos registrados, ni final de obra y, consecuentemente a ello, no cumplen con los requisitos mínimos de habitabilidad que son exigidos desde la ciudad por las normativas vigentes. Al respecto, no existe ningún órgano que regule y controle el estado de dichos inmuebles al momento de llevarse a cabo la contratación y por ende no hay parámetros de lo que debe disponer una vivienda para uso familiar", manifestó Gorbea Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] Código de Edificación de la Ciudad publicado por la Agencia Gubernamental de Control.


Efemérides: El 17 de enero de 1817, el general José de San Martín, al mando de 4.000 hombres, inició el cruce de la cordillera de los Andes para la conquista de Chile.


El proyecto también establece metas concretas para garantizar la disponibilidad al gas natural por redes.

El proyecto también establece metas concretas para garantizar la disponibilidad al gas natural por redes.

Proyecto de ley

El gas para consumo residencial como derecho humano

[BPN-09/01/17] Cinco diputados del Frente para la Victoria (FpV) buscan que el Poder Ejecutivo Nacional les otorgue distintos beneficios a los propietarios de vivienda única familiar para que puedan realizar la conexión al servicio de gas natural. El objetivo que proponen es garantizar la universalidad de este servicio para todos los usuarios que hoy no tienen acceso.

Los beneficios que establece esta iniciativa son en base a la cantidad de Salarios Mínimos Vitales y Móviles (SMVM) que perciben los habitantes de una vivienda única familiar. De ser aprobada, a la familia que tenga un único SMVM, el costo de la conexión sería sin cargo. A dos SMVM se le haría un descuento del 50% y para afrontar el gasto restante se les otorgaría un crédito de cuotas fijas sin interés. Si la famiia percibe tres salarios se le haría un descuento del 25% y para el 75% restante también obtendrán un crédito. Por último, la familia que perciba cuatro SMVM se les otorgará un crédito con cuotas fijas sin interés pero sin ningún descuento. "El Poder Ejecutivo Nacional accionará los mecanismos correspondientes a través del Banco Nación para garantizar el acceso a los créditos dispuestos para la conexión al servicio" (Art. 7°).

Los autores proponen reconocer el acceso al gas para consumo residencial como Derecho Humano y que se declaren los servicios públicos esenciales en todo el territorio del país a los servicios de gas natural por redes y de gas licuado de petróleo envasado. Además, buscan que el gas licuado de petróleo envasado esté exento del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para los consumidores finales.

El proyecto establece metas concretas para garantizar la disponibilidad al servicio de gas natural por redes. Proponen que la realización de obras infraestructurales deben alcanzar al 63% de las viviendas del país para 2020, al 70 para el 2030 y al 81% para el 2050.

Fue presentado el 30 de septiembre del años pasado, cuenta con 15 artículos, uno de ellos de forma y su expediente es 6.850 <texto original>. Los autores son: Gabriela Estévez, Josefina González, Nilda Carrizo, José Ruiz Aragón, Santiago Igon.

Prioridad

La iniciativa propone que para garantizar la disponibilidad al servicio de gas natural por redes se deberán considerar como prioritarias las provincias de Chaco, Corrientes, Formosa y Misiones, y los departamentos del Norte de la Provincia de Santa Fe que no cuentan con estas redes; y a los sectores sociales de menores recursos.

Fundamentos

Los autores sostuvieron que en las últimas décadas el suministro de los servicios públicos domiciliarios se ha convertido en fundamental para la vida, salud y dignidad de las personas. Por esta razón, plantean que se reconozca el acceso al gas para consumo residencial como Derecho Humano. "Es esencial superar la consideración de la persona como simple cliente de una empresa suministradora en pos de la consideración de la persona como titular de un derecho subjetivo a los suministros básicos, a un precio asequible y dentro de unos parámetros de consumo esenciales", manifestaron.

"Sabiendo que son necesidades básicas que el Estado debe procurar para garantizar el bienestar general de los usuarios y consumidores es que debemos velar por que cada familia que se encuentre dentro del territorio argentino cuente con este servicio, bajo las condiciones planteadas en el proyecto que presentamos", concluyeron Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Efemérides: El 18 de enero de 1983, falleció en Buenos Aires el doctor Arturo Umberto Illia. Fue médico rural, legislador en Córdoba, diputado nacional por aquella provincia (1948-1952) y presidente de la Nación (1963-1966). Se lo depuso con un golpe militar el 28 de junio del tercer año de su mandato


Poco a poco el cheque tradicional de papel va siendo reemplazado por nuevoas tecnologías.

Poco a poco el cheque tradicional de papel va siendo reemplazado por nuevoas tecnologías.

Cuentas bancarias

La CBU se podrá identificar con un alias

[BPN-09/01/17] A partir del 16 de diciembre, se comenzó a utilizar el "Alias CBU", un nuevo código alfanumérico de identificación para las cuentas bancarias de todo el país. Éstos coexistirán con la Clave Única Bancaria (CBU) y servirán para realizar transferencias y pagos desde cualquier dispositivo electrónico.

El Alias tiene la función de referenciar una cuenta bancaria mediante la utilización de un código simple de transmisión de persona a persona, que se encontrará vinculado de forma unívoca con una cuenta. Este nuevo código debe tener una longitud máxima de 14 caracteres, los que pueden ser letras, número, guiones y puntos. Se crea mediante home banking y podrá conservarse incluso en el caso de que el usuario cambie de banco.

El Banco Central de la República Argentina (BCRA), informó que el objetivo de esta medida es proporcionar a los clientes bancarios "funcionalidades adicionales para la realización ágil y sencilla de transferencias, en pos del fomento de su utilización para la canalización de pagos de bienes y servicios en línea, y de una manera accesible y segura". Esta medida busca fomentar la generación de transferencias y pagos electrónicos.

Según reglamentó el BCRA, el cliente podrá incorporar un alias a cada una de sus Claves Bancarias Uniformes y en el momento de informar sus datos a un emisor de transferencia o generador de pago, sólo deberá indicar el alias que previamente asignado a la cuenta que desee recibir el pago. El emisor, por su parte, a través de los respectivos aplicativos para llevar a cabo su gestión deberá ingresar el alias de la cuenta receptora, sin necesidad de indicar el CBU correspondiente.

En menos de una semana de que se comenzara a utilizar el Alias CBU ya se habían adherido 20 mil cuentas a esta nueva modalidad, así informaron fuentes del BCRA a un medio periodístico [1]. El 17 de agosto, había informado también la creación del nuevo código mediante la Comunicación "A" 6044/2016. En ese documento estipuló que los bancos tendrían 120 días desde la emisión de ese comunicado -que venció en diciembre - para que sumaran esta función a sus plataformas de home banking <texto original> Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] Infobae del 21/12/2016: "Ya se crearon 20.000 Alias CBU para hacer pagos y transferencias bancarias".


Efemérides: El 19 de enero de 1906, murió en Buenos Aires el general Bartolomé Mitre; militar, historiador, periodista, traductor, legislador, poeta y presidente de la Nación (1862-1868).


Rincón Solidario

Dra. Diana SevitzContesta la Dra. Diana Sevitz

Desde este rincón los profesionales contestan a propietarios, encargados, proveedores y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas.

Rincón Solidario

Deja fuerte olores en el ascensor y pasillos

Buen día:

En mi edificio hay un señor que por falta de higiene -ya que usa pañales- deja fuerte olores en el ascensor y pasillos.

Él no lo reconoce y la administración dice que nada se puede hacer.

Requiero vuestra opinión.
Gracias.

Nicanor.

(04/01/2017)

Estimado Nicanor:

El tema que Ud. refiere es muy delicado. Es la consecuencia del deterioro que vamos experimentando por el paso del tiempo. Tal como consigna, estas conductas se manifiestan en lugares comunes y la ley no nos da respuestas para este tipo de problemáticas. 

Podríamos decir que el propietario estaría realizando conductas prohibidas, como las mencionadas en el Art. 2047º Inc. b) perturbar la tranquilidad de los demás de cualquier manera que exceda la normal tolerancia. Este inciso se refiere a olores, humo o ruidos.

Yo no me animaría a encuadrarlas dentro de este artículo ya que dicha problemática excede este marco normativo. El problema tiene un componente humano, sociológico, psicológico y hasta diría médico.

La que escribe es absolutamente ignorante sobre los últimos tres aspectos. Sólo podría opinar desde un costado humano. Lamentablemente dentro de los edificios de propiedad horizontal se desarrollan situaciones entre las personas que la ley no pudo o no quiso, o sencillamente no imaginó.

Cuando el administrador informa que nada puede hacer -es la pura verdad- no podemos exigirle que también se ocupe de las cuestiones médicas o ambientales de un propietario. Lo óptimo sería interiorizarse si el propietario tiene familiares, si está solo, conforme a las distintas situaciones se podrán evaluar algunas soluciones. Tal vez la persona no pueda ya vivir solo y deba ser relocalizado en algún lugar donde se lo cuide.

En el acotado ámbito que nos brinda Pequeñas Noticias, por una cuestión de respeto hacia la persona y hacia el consorcio sólo puedo brindar algunas rudimentarias posibles soluciones, deberán, con datos certeros, armar la estrategia con un abogado contratado por el consorcio que les ayude a solucionar este difícil momento.

Sin otro particular los saludo muy Atte.

Dra. Diana Sevitz Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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La Dra. Diana Sevitz es abogada, mediadora y árbitro en propiedad horizontal y de los tribunales arbitrales de consumo, es co-conductora del programa de radio Consorcios Hoy, autora de varias publicaciones y docente sobre temas específicos de propiedad horizontal.Para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a dsevitz@estudiodianasevitz.com.ar o llamarla a los teléfonos 4784-8251 / 4784-8072.


Efemérides: El 20 de enero de 1960, comenzó a funcionar el Instituto Tecnológico de Buenos Aires.


Correo de Lectores

¿20% sobre qué?

Hola Fabiana:

Estoy viendo una liquidación de sueldo de diciembre.

Se liquida un aumento del 12%, OK.

Se paga una bonificación anual del 20% (Art. 15º del Convenio Colectivo 589/10). ¿20%% sobre qué?

Por otra parte, se descuentan cifras que no se de dónde surgen.

Pregunto, ¿me podrías decir dónde consta en el Convenio Colectivo, el plus y los descuentos, por favor?

Muchas gracias.

Mario

(02/01/2017)

Hola Mario:

El 20% de bonificación anual surge de la Resolución ST 1934/2015 y se calcula solo sobre el básico de convenio, o sea sobre el importe que aparece en la escala salarial del mes de diciembre. Además se debe abonar junto con el 2º SAC de cada año, o sea antes del 18 de diciembre. Como este mes fue domingo, se debió abonar el viernes 16 de diciembre. El bono es remunerativo pero no se toma en cuenta para el cálculo del aguinaldo.

Los descuentos que se hacen a los haberes, el SAC y el bono anual son los mismos, no hay nada nuevo que descontar.

A lo que vos te referis -creo- es la deducción de los adelantos que se hicieron del 2º SAC y del 20% en cuestión. Como por ley hay que abonarlos antes del 18 de diciembre, el 2º SAC y el 20% se calculan con la información que se tiene hasta esa fecha (sueldos de julio a noviembre). Cuando se liquida el mes de diciembre hay que ver si el mejor mes resultó ser diciembre u otro del segundo semestre. Si fue uno anterior a diciembre no hay que hacer ningún ajuste, pero si el mejor mes resultó ser diciembre (esta vez es lo más probable porque en diciembre aumentaron los básicos de convenio) hay que reliquidar y descontar lo que se había adelantado. ¿Queda claro? Por ese motivo, hubo que hacer tantos recibos en el mes de diciembre.

Saludos

MFL Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


¿Qué significan las siglas?

ACCABA: Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

ACoPH: Asoc. Civil de Consorcistas de la Propiedad Horizontal (Mar del Plata)

ACRA: Arbitros de Consumo de la República Argentina

ADEPROH: Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la Propiedad Horizontal RA

AFIP: Administración Federal de Ingresos Públicos

AGIP: Administración Gubernamental de Ingresos Públicos

AIERH: Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal

AIPH: Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal AIPH 

APARA: Asociación de Profesionales Administradores de la República Argentina

API: Asocición Propietarios de Inmuebles

APIPH: Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal

APBR: Asociación de Propietarios de Bienes Raíces

APROPHMAR: Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata.

CAAC: Confederación Argentina de Administradores de Consorcios

CABA: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

CACCyC: Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas

CAPHBByZ: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de Bahía Blanca y Zona.

CAPHPBA: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires

CAPHyAI: Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias

CAPRA: Cámara de Propietarios de la República Argentina

CCT: Convenio Colectivo de Trabajo

CECAF: Cámara Empresaria de Conservadores de Ascensores y Afines.

CEDDDA: Camara Empresarial de Desinsectacion, Desrodentizacion y Desinfeccion Ambiental

CGPC: Centro de Gestión y Participación Comunal de la Ciudad Autónoma de Bs. As.

CIA: Cámara Inmobiliaria Argentina

COAPLA: Empresas de Control de Plagas de la Republica Argentina

CUCICBA: Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA

CUIL: Clave Única de Identificación Laboral

CUIT: Clave Única de Identificación Tributaria

FAC: Federación Argentina de Consorcios

FATERyH: Federación Argentina Trabajadores Edificios Renta y Horizontal

FECIBA: Federación Económica de la Ciudad de Buenos Aires

FEDECO: Federación de Asociaciones de Consorcios

FRA: Fundación Reunión de Administradores

ICI: Instituto de Capacitación Inmobiliaria

INADI: Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo

LCPH: Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal

RCD: Red de Consorcistas Damnificados 

ReDeCo: Reafirmación de los Derechos del Consorcista

SEARA: Sindicato Empleados de Administradoras de la República Argentina

SERACARH: Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal

SUTERH: Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal

UADI: Unión Administradores de Inmuebles

UCRA: Unión de Consorcistas de la República Argentina

UITEC: Unión Iberoamericana de Trabajadores de Edificios y Condominios

ULAI: Unión Latinoamericana de Administradores e Inmobiliarias

UMIPH: Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal


Boletín de Pequeñas Noticias

Número de Edición: 592 [ DXCII ] [1ª Edición]

Fecha de publicación: 9 de Enero de 2017

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