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Boletín de Pequeñas Noticias La comunidad consorcial como espejo de la sociedad Lunes 13 de Marzo de 2017 - Nº: 597 |
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¿Qué significan las siglas?: Las abreviaturas más frecuentes |
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Efemérides consorciales: El 13 de marzo de 2009, el presidente de la Federación Argentina de Consorcios, Dr. Marcos Bergenfeld, presentó una demanda en los tribunales argentinos contra el ministro de trabajo, Dr. Carlos Tomada, por no permitirles estar en las negociaciones de los Convenios Colectivos de Trabajo (CCT) del sector. |
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Registro Público de Administradores de la CABA De las 62 infracciones anunciadas sólo se materializó una [BPN-13/03/17] De las 974 denuncias que los vecinos realizaron durante el 2016 contra sus administradores en el Registro Público de Administradores porteño, sólo 62 se tradujeron en sanciones y de éstas sólo una se publicó en el Boletín Oficial. En términos porcentuales solo el 6,37% de las denuncias se resolvieron en sanciones y de éstas sólo el 1,61% se confirmó en el Boletín Oficial local. La única sanción publicada se materializó mediante la Disposición 517 del 10 de febrero de 2017 contra el Adm. Richard Bentancur Zerpa y fue publicada en el Boletín Oficial de esta ciudad el 14 de febrero de 2017. El mandatario -que había sido imputado el 20 de diciembre de 2016- fue sancionado con multa de 81.810 pesos por infracciones a los incisos b), e) y f) del artículo 9º y a los incisos e), f), g) e i) del artículo 10º de la Ley 941 [1]. La cantidad de denuncias de ese año surgió de una nota en el apartado "Noticias" del sitio del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires < vínculo>. La cantidad de infracciones labradas la informó Vilma Bouza, directora general de Defensa y Protección al Consumidor de la CABA, en respuesta a un pedido de informes que había impulsado Andrés Zulberti, coordinador de la Comisión de Propiedad Horizontal de la Comuna 3. En esa oportunidad, la funcionaria había adelantado también que se encontraban en trámite otros 370 expedientes [BPN Nº 588 del 10/11/16: "Vilma Bouza brindó más información sobre el RPA"--- [1] Artículo 9º de la Ley 941 - Obligaciones del Administrador. En el ejercicio de sus funciones deben: b) Atender a la conservación de las partes comunes, resguardando asimismo la seguridad de la estructura del edificio conforme lo dispuesto por las normas vigentes. e) Llevar actualizado un libro de Registro de Firmas de los Copropietarios, el que es exhibido al comienzo de cada Asamblea a fin que los copropietarios presentes puedan verificar la autenticidad de los poderes que se presenten. f) Conservar la documentación del consorcio y garantizar el libre acceso de los consorcistas a la misma. Artículo 10º - De las liquidaciones de expensas: Las liquidaciones de expensas contendrán: e) Detalle de los pagos por suministros, servicios y abonos a contratistas, indicando nombre de la empresa, dirección, N° de CUIT o CUIL, Nº de matrícula, trabajo realizado, elementos provistos, importe total y en su caso, cantidad de cuotas y número de cuota que se abona. f) Detalle de pagos por seguros, indicando nombre de la compañía, número de póliza, tipo de seguro, elementos asegurados, fechas de vencimiento de la póliza y número de la cuota que se abona. g) El recibo del administrador por el cobro de sus honorarios, detallando N° de C.U.I.T., número de inscripción en el Registro de Administradores, consignando su situación fiscal, importe total y período al que corresponde. i) Incluir el resumen de movimientos de la cuenta bancaria del Consorcio correspondiente al mes anterior. |
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Administración Bernetti RPA CABA Nº 1188 Consorcios, fideicomisos, barrios privados y club de campo. Operaciones inmobiliarias
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Efemérides consorciales: El 13 de marzo de 2015, Alicia Giménez, presidenta de la Unión de Consorcistas de la República Argentina, enfrentó a Paula Scauzillo, a cargo de la coordinación del RPA porteño, y la acusó de violar la Ley 941. |
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Registro Público de Administradores de la CABA Hace cinco meses que el RPA porteño espera coordinador [BPN-13/03/17] La Dirección de Defensa y Protección al Consumidor porteña reiteró que el Registro Público de Administradores (RPA) aún no cuenta con un coordinador. En octubre de 2016, Vilma Bouza había informado que sólo quedaba pendiente su designación. Sin detallar la fecha, aclararon que Gabriela Pilar Saldivia dejó de cubrir ese puesto y se están tramitando los pasos administrativos para formalizar su desvinculación. Así lo comunicaron el 1º de marzo en respuesta a un pedido formal de información pública que tramitó el 3 de febrero el coordinador de la Comisión de Consorcios de la Comuna 3 (CC3), Andrés Zulberti. Su requerimiento motivó la apertura del expediente EX-2017-04074324-MGEYA-DGSOCAI y la respuesta estuvo a cargo del Dr. Ariel Marcelo Urwicz, subgerente operativo de Implementación Judicial e Institucional de la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor. Gabriela Saldivia Puntualmente Zulberti realizó cinco preguntas y la primera de ellas fue si Gabriela Pilar Saldivia sigue siendo la coordinadora del RPA porteño. La respuesta fue: "ha dejado de prestar sus servicios como coordinadora del Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal", y agregaron a continuación: "se le hace saber que actualmente se encuentran tramitando las actuaciones administrativas tendientes a formalizar su desvinculación, motivo por el cual no resulta posible indicar la norma -así como su publicación- que efectiviza dicha situación". El Dr. Urwicz no especificó la fecha en la que habría cesado en sus funciones. Desde el 28 de septiembre de 2015, se creó el Sindicato de Empleados de Administradoras de la República Argentina (SEARA) en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la cual Saldivia es su secretaria general. Actualmente se encuentra impulsando negociaciones con las tres entidades de administradores que firman los Convenios Colectivos de Trabajo en nombre de los consorcios [1] para lograr uno específico para los empleados de las administradoras [BPN Nº 561 del 02/11/15: "Crearon un sindicato de empleados de administradores"]. La dulce espera El coordinador de la CC3 quiso saber –en el caso de que Saldivia no continuara al frente del RPA- quién había sido nombrado en su lugar. La respuesta fue concisa: "en cuanto al nombre y apellido de la persona a reemplazarla en sus funciones, se están evaluando los posibles aspirantes". Es de recordar que hace cinco meses -a fines de octubre del año pasado- la directora general de DyPC, Vilma Bouza, había afirmado que "al día de la fecha, la estructura [del RPA] se encuentra aprobada, quedando solo pendiente el nombramiento del nuevo coordinador el cual se realiza mediante Decreto" [BPN Nº 588 del 10/11/16: "Vilma Bouza brindó más información sobre el RPA"] --- [1] AIERH (Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal), CAPHyAI (Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias) y UADI (Unión Administradores de Inmuebles). |
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Efemérides consorciales: El 16 de marzo de 2015, falleció a los 50 años el Adm. Fernando Aldo Staino, a consecuencia de una larga y penosa enfermedad que se le había diagnosticado al comienzo del segundo semestre de 2014. |
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Defensa y Protección al Consumidor porteño Ya se gastaron más de 800 mil pesos en refacciones [BPN-13/03/17] La Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor (DyPC) ya lleva gastados más de 800 mil pesos en la refacción de oficinas, salas de espera y espacios comunes en la sede municipal de la calle Maipú 169. El 7 de febrero, Vilma Bouza, directora general de esa repartición pública autorizó un nuevo gasto de $83.208 con ese fin. Este monto se suma a los 726.191 pesos que ya se habían destinado el último 6 de enero a mejoras similares. Ambas cifras suman un total de $809.208 (u$s 51.742) destinados a remodelaciones de los pisos 2°, 3° y 4° [BPN Nº 594 del 8/02/17: "Bouza gastó 700 mil en refacciones"]. En los fundamentos de ambas disposiciones afirmó que "son a fin de solucionar los inconvenientes ocasionados a los vecinos ante la deficiencia de los niveles de atención y de calidad prestados, a raíz de la falta de la infraestructura e instalaciones adecuadas". También sostuvo que "las obras favorecen el flujo en el interior de la Dirección y mejoran las condiciones de trabajo". Las tareas fueron adjudicadas en las dos ocasiones a la empresa Republiquetas 4166 SRL que, según Defensa al Consumidor, era la que mejor satisfacía los requerimientos técnicos y el menor valor económico. En el mismo sentido, especificaron que se pidieron presupuestos a tres proveedores, tal cual lo exige el inciso b) del artículo 3° del Decreto 433/16 [1]. El último gasto fue ordenado mediante la Disposición N° 388 < texto original> y publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires el 7 de febrero del corriente año--- [1] Inciso b) del artículo 3° del Decreto 433/16: "El funcionario deberá evaluar el valor razonable y adecuado del monto de la aprobación del gasto. Para ello, si considera que corresponde al caso concreto, podrá realizar al menos tres (3) invitaciones a cotizar cursadas por medios efectivos y comprobables y/o solicitar tres (3) presupuestos". |
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CAMARA ARGENTINA DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL Y ACTIVIDADES INMOBILIARIAS. Perú 570 - Ciudad Autónoma de Bs.As. - Tel: 4331-9968 / 4345-0010 / 4342-2232 |
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Efemérides consorciales: EL 26 de marzo de 2010, el director general de Defensa y Protección del Consumidor de la CABA, Dr. Juan Manuel Gallo, expresó su apoyo a Gabriela Saldivia, coordinadora del RPA y consideró injusto que algunas entidades de consorcistas la criticaran por haber sido administradora. |
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Ley Zago El curso del SERACARH cuesta ahora 1.450 pesos [BPN-13/03/17] Desde el mes de febrero el curso del SERACARH [1] le costará a los consorcios 1.450 pesos por trabajador. El año pasado ese curso costó 1.050 pesos. El aumento anual fue de un 38%. Según el Ministerio de Trabajo de la Nación durante el primer semestre de 2016 la propiedad horizontal proporcionó 51.128 puestos de trabajo. Si cada uno de esos trabajadores debe realizar el curso, los consorcios porteños gastarán por ese concepto más de 74 millones de pesos (74.135.600). Esa cifra -según la cotización de la fecha que se redactó esta nota- asciende a casi 5 millones de dólares estadounidenses (4.725.022). En 2013, el curso costaba 500 pesos, en 2014 subió a 700, en 2015 llegó a los 850 y en 2016 trepó a los 1.050 pesos. El incremento porcentual que sufrió el precio del curso en 2014 con respecto al 2013 fue de un 40%, en el 2015 aumentó un 21% con respecto al año anterior, en 2016 un 24% y ahora un 38% con respecto al 2016. En incremento total desde que nació en 2013 fue de un 190%. La Ley Zago La Ley 4.803 nació el 28 de noviembre de 2013. En esa fecha la Legislatura porteña aprobó un proyecto de ley del exlegislador Oscar Zago (PRO) que obligó a los administradores de propiedad horizontal a "exhortar" al personal de cada uno de los consorcios que administra a concurrir anualmente a una capacitación "sobre higiene, seguridad y medidas de prevención contra incendios". La autoridad de aplicación de la norma es la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor (DGDyPC) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El 9 de diciembre de ese mismo año, Zago fue nombrado defensor adjunto de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En esa oportunidad, la Legislatura designó como titular de la Defensoría del Pueblo porteño a Alejandro Amor (FpV), un diputado que tenía mandato activo hasta el 2015. Para asumir en su nuevo cargo debió renunciar a su banca. Amor era también secretario general de las 62 Organizaciones Gremiales Peronistas Regional Capital Federal, secretario gremial del Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA) y secretario de Acción Política de la Confederación de Obreros y Empleados Municipales de Argentina (COEMA) --- [1] SERACARH: Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal. |
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Efemérides: El 13 de marzo de 1959 murió en Buenos Aires el historiador y profesor Ricardo Levene, autor de "Los orígenes de la democracia argentina", "Ensayo histórico de la Revolución de Mayo" y "Mariano Moreno". Nació en Buenos Aires el 7 de febrero de 1885. |
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Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias Tocco aclaró qué el gremio no adelantó que aumento quiere en junio [BPN-13/03/17] El Adm. Daniel Tocco, presidente de la CAPHyAI (Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias), aclaró que el SUTERH (Sindicato Único de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal) no le adelantó ningún valor para las paritarias de mayo. Respondió así a una nota publicada por un matutino nacional el pasado 25 de febrero en el que se afirmaba que el gremio va a las paritarias de mayo buscando una suba salarial del 21% semestral. De concretarse este porcentaje de aumento un "Encargado permanente con vivienda" de 4ª categoría pasaría a ganar 14.036 pesos mientras que uno sin vivienda 16.498. Es de destacar que este último valor es el que utiliza el Registro Público de Administradores para sancionar a los infractores a la Ley 941 [1]. Por esas curiosidades que ofrecen las estadísticas, si se toma la escala salarial de mayo de 2016 y las de junio de 2017 a la que se le aplica el incremento del 21%, el aumento salarial interanual treparía al 69,4%. Sin embargo, si se toma el mes posterior, de junio de 2016 a julio de 2017, el aumento interanual baja al 35,52%. Según Clarín, Osvaldo Bacigalupo, secretario gremial del sindicato habría declarado que "las negociaciones paritarias son ‘siempre complicadas’ y más todavía cuando ‘algunos de los actores del sector las encaran de manera personal’. Sobre este último concepto el medio entendió que es "una alusión indirecta a las cámaras que agrupan a los administradores de consorcios" pero aclaró que "esas agrupaciones quieren sentarse también en la mesa de negociaciones". La redacción de Pequeñas Noticias interpretó que la observación de Bacigalupo apuntó directamente a las entidades de los consorcistas –y no de los administradores- y que el motivo es porque están excluidas de esa mesa de negociaciones --- [1] Artículo 16º de la Ley 941: Las infracciones a la presente ley se sancionan con: a) Multa cuyo monto puede fijarse entre uno (1) y cien (100) salarios correspondientes al sueldo básico de la menor categoría de los encargados de casas de renta y propiedad horizontal sin vivienda. |
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EMPLEO - OFRECIDO |
CADETE ADMINITRACIÓN: Soy Araceli - Trabaje de encargada 3 meses y medio - Me ofrezco para trabajos de cadeteria en una administracion - Nombre: Araceli Carosini - Teléfono: (11) 3628-8993 - Email: aracelicarosini2016@gmail.com |
AYUDANTE DE ENCARGADO/LIMPIEZA: Tengo la experiencia necesaria en el rubro - Nombre: Lorena Rosana Falquet - Teléfono: (11) 5512-1753 - Email: lorenaf54@hotmail.com |
ASISTENTE ADMINISTRACIÓN: Busco empleo part-time turno tarde. Tengo experiencia en el rubro, soy estudiante de derecho. Trabajos bancarios, pagos, etc. Comunicación por e-mail los martes y viernes - Nombre: Pablo Isasmendi - Email: pablo_bht@yahoo.com.ar |
ENCARGADO PERMANENTE CON VIVIENDA: Tengo 16 años de experiencia, conocimientos de mantenimiento básico, buena presencia. Busco preferentemente con vivienda y preferentemente en Capital Federal - Nombre: Roberto Nicolás Forte - Teléfono: (15) 3319-2945 - Email: forterobertonicolas@gmail.com |
ENCARGADO DE EDIFICIO: Soy tecnico electrónico - Tengo amplia experiencia en diversos mantenimientos - Disponibilidad inmediata - Mi CV esta disponible para cuando sea solicitado - Soy casado desde hace 28 años, sin hijos a cargo - Nombre: Fabian Ricardo Falcon - Teléfono: (011) 2383-0449 - Email: ffabiannus@gmail.com |
ENCARGADO: Encargado para media jornada o fines de semana.con experiencia y en actividad - Nombre: Andrés Bustos - Teléfono: (15) 6490-3246 - Email: andres_bustos1970@hotmail.com |
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Efemérides: El 14 de marzo de 1972 se decretó como el Día de las Escuelas de Frontera. Así fue decidido por el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 1531, de 1972. |
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ACoPH Mar del Plata Un llamado de atención fuerte y claro [BPN-13/03/17] El 3 de marzo, la Asociación de Consorcistas de la Propiedad Horizontal de Mar del Plata (ACoPH), llamó a todos los participantes de las discusiones paritarias a cesar "en su obstinada y permanente oposición a que los genuinos representantes de los consorcistas participen de manera decisoria en el convenio colectivo de trabajo del sector". Puntualmente su llamado de atención "fuerte y claro" lo dirigió "al Ministerio de Trabajo de la Nación, en la persona que lo encabeza, Lic. Jorge Triaca, a la Federación de Trabajadores de Edificios de PH (FATERyH) y a los dirigentes de los tres nucleamientos que dicen representar a los administradores de consorcios [1]". Explicó este llamamiento "ante un nuevo atropello en el que pretenden, reiteradamente, excluirnos de la discusión salarial de nuestros empleados de consorcios y lesionar, aún más, nuestros esmirriados patrimonios consorciales. Los consorcistas decimos basta de seguir excluyéndonos de lo que por propio derecho nos corresponde". La entidad detalló a continuación cinco puntos bajo la consigna "No queremos": 1.- "No queremos que se sigan tomando decisiones de aumentos de salarios de los trabajadores de nuestros edificios sin nuestra participación y consenso. 2.- "No queremos que se sigan aumentando los salarios que nosotros abonamos a nuestras espaldas. 3.- "No queremos que entidades que dicen representar a quienes nos brindan el servicio de administración acuerden a nuestras espaldas, sin mandato expreso y en evidente alianza con la representación sindical de los trabajadores. 4.- "No queremos que todos los años se reúnan a nuestras espaldas los falsos protagonistas de la realidad consorcial y no discutan jamás nuevas condiciones de nuestros dependientes. 5.- "No queremos más ser los convidados de piedra al banquete de los intereses corporativos y burocráticos". Por último explicó que realizó esta convocatoria a la reflexión "en nombre de millones de consorcistas perjudicados, de nuestros derechos y garantías conclulcados, de los derechos de los trabajadores de discutir modalidades laborales y salarios con sus verdaderos empleadores y del respeto por las instituciones de la república. ACoPH dio a conocer su posición sobre estos temas mediante una carta publicada en su cuenta de Facebook dirigida a los consorcistas que viven bajo el régimen de propiedad horizontal y al público en general. El escrito lleva la fecha del mes de enero y fue publicado el viernes 3 de marzo --- [1] AIERH (Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal), CAPHyAI (Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias) y UADI (Unión Administradores de Inmuebles). |
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Efemérides: El 15 de marzo de 1983 se estableció cómo el Día Mundial de los Derechos del Consumidor. Fue instituido por la Asamblea General de las Naciones Unidas en el año 1985 con el propósito de reafirmar los derechos de los consumidores. Para que estos derechos puedan ser ejercidos por la población la información y la educación de los consumidores son tareas a emprender prioritariamente. |
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Fundación Liga del Consorcista Loisi pidió cuentas bancarias gratuitas para los consorcios [BPN-13/03/17] El 21 de febrero el presidente de la Fundación Liga del Consorcista, Dr. Osvaldo Loisi, le solicitó a Javier González Fraga, presidente del Banco Nación, que facilite la apertura de cuentas bancarias gratuitas para los consorcios de propiedad horizontal en todo el territorio nacional. Mediante una carta argumentó: "creemos que la falta de arancelamiento se vería compensada con la disponibilidad de una extraordinaria masa dineraria, siendo además una oportuna y popular medida que contribuiría a bajar el monto de las expensas, que hoy desvela a la población urbana que vive en aquellos conglomerados". Para el presidente de la Liga del Consorcista la medida derivaría en otros beneficios de los cuales ejemplificó uno: "facilitar créditos a los consorcios para la remodelación de sus edificios u otras obras necesarias, operando los depósitos de expensas como garantía natural de aquellos" < texto original>.¿Cuánto cuesta? Empleados del Banco Nación informaron a este medio que el mantenimiento de una "Cuenta corriente especial" para un consorcio de propietarios cuesta 208 pesos mensuales y el servicio que permite los medios electrónicos de pago otros 78,65 pesos mensuales. De esta forma el costo total de la cuenta asciende a 286,65 pesos. Este tipo de cuentas no permite el uso de una chequera por lo que la contratación de los medios electrónicos de pago se hace indispensable. Si se multiplica ese valor por los 90 mil edificios estimados de esta ciudad [1] se desprende que el ahorro para los consorcios porteños sería de casi 26 millones de pesos (25.798.500) mensuales lo que traducido a dólares representa u$s 1.644.263 por mes --- [1] Algunos medios, citando fuentes oficiales, estimaron la cantidad de consorcios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en 90 mil [BPN Nº 444 del 21/09/11: "El 39% de los consorcistas del país vive en la CABA"]. |
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Efemérides: El 16 de marzo de 1812 Mariano Moreno inauguró en Buenos Aires la Biblioteca Pública de Buenos Aires, hoy Biblioteca Nacional. |
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Bono de 2 mil pesos de febrero [BPN-13/03/17] La Dra. Rita Sessa, vicepresidenta de la Fundación Liga del Consorcista, consideró de irrazonable despropósito que los trabajadores en febrero cobren un bono de 2 mil pesos sin que sea proporcional al tiempo trabajado. Sobre el aumento y extensión de la "contribución solidaria" acordada para la obra social del gremio consideró que es indebida y explicó que ésta "ya percibe aportes y contribuciones fijadas por ley. Resumió que ésta "permite pensar que el gremio manejó mal la masa de dinero que ingresó a sus arcas". En el primer caso se refirió al 3º punto del último acta acuerdo firmado entre la FATERyH [1] y las tres entidades de administradores que firman los CCT del sector en nombre de los empleadores [2] que ordenaba que "en el marco de la negociación colectiva de este 2016, las partes acuerdan otorgar un bono no remunerativo de dos mil pesos el que será abonado juntamente con los salarios de febrero de 2017. Dicho monto será aplicado a todas las categorías establecidas del CCT 589/10 (t.o. 2016) en su totalidad". En el segundo caso apuntó al 4º punto de ese mismo acuerdo: "se establece una contribución solidaria a cargo de los empleadores comprendidos en el CCT 589/10 (t.o. 2016) desde el mes de diciembre de 2016 y hasta el mes de noviembre de 2018 inclusive, de pesos 150 cada mes, por cada trabajador comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo". Sessa hizo conocer su opinión mediante una nota publicada el pasado 26 de febrero en el sitio de la Fundación Liga del Consorcista. Otros puntos Sobre el 6º punto del acta acuerdo que modificó el artículo 33º del último CCT la Dra. Sessa opinó que "si la "problemática adictiva" apunta a drogas y alcohol, el gremio debiera propiciar soluciones claras y concretas, dado que no bastan las meras palabras. En algunos consocios los propietarios viven con el enemigo dentro. Eso es gravísimo". El punto citado expresa: "en virtud de la posible existencia de la problemática adictiva y otras problemáticas psico-sociales y de situaciones de violencia que puedan suscitarse, las partes signatarias del presente se comprometen a canalizar las mismas conforme lo establecido por la legislación nacional vigente y demás normativa existente en materia de prevención y lucha contra dichas problemáticas. Al efecto, se propicia la creación y participación de las partes en redes de prevención, promoción y orientación en dichas materias", --- [1] FATERyH: Federación Argentina Trabajadores Edificios Renta y Horizontal. [2] AIERH (Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal), CAPHyAI (Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias) y UADI (Unión Administradores de Inmuebles). |
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Efemérides: El 17 de marzo de 1983 falleció en Buenos Aires el notable pintor, escenógrafo y proyectista de tapices Horacio Butler, considerado uno de los más importantes maestros del arte argentino contemporáneo. |
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Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal Marcos Bergenfeld le pidió a Rodríguez Larreta el Teatro Colón [BPN-13/03/17] Marcos Bergenfeld, presidente de APIPH [1], le solicitó al Jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, las instalaciones del Teatro Colón para realizar una asamblea de propietarios en la que se pueda determinar la prioridad de sus objetivos y tratar algunos de los temas más importantes que afectan a los consorcistas. Bergenfeld solicitó el uso del emblemático coliseo "tal cual como le fue cedido al gremio de los porteros". En caso de que el Gobierno de la Ciudad autorice su solicitud, el titular de APIPH planifica esa asamblea para el mes de marzo. Sobre los temas que se tratarían en ella, Bergenfeld mencionó dos: el control del Registro Público de Administradores (RPA) porteño y la prohibición absoluta de los administradores de participar en paritarias. El pedido lo realizó mediante una carta y el 20 de febrero la dio a conocer un medio barrial de esta ciudad. El RPA Sobre el primer punto, como novedad, adelantó que en el caso de que no se le ceda la dirección del RPA, formará "un registro propio de los propietarios". Argumentó que "el Registro Público de Administradores nos debe ser cedido a nosotros para que ordenemos definitivamente la actuación de los mismos que son nuestros contratados en los consorcios y a quienes les pagamos sus honorarios". Reiteró que "no ha cumplido con su función desde su creación, hace más de 6 años, y que por el contrario ha profundizado la crisis que sufrimos los consorcios y con ello los propietarios". Paritarias Por otra parte, pidió la prohibición absoluta de que los administradores representen a los propietarios en las negociaciones paritarias con los encargados de edificios. Como dato duro a destacar, Bergenfeld afirmó que son 39 mil los encargados de edificios en esta ciudad, unos 12 mil menos que los informados por el Ministerio de Trabajo de la Nación [2]. El SUTERH y el Colón El evento al que se había referido Bergenfeld fue una entrega de diplomas que el Centro de Formación Profesional N° 28 José María Freire -dependiente del SUTERH [3]- realizó el pasado 15 de diciembre. Según informa en su sitio web, esa entidad brinda a los afiliados al SUTERH y OSPERyH [4] cursos de gastronomía, estética, idiomas, moda, computación, belleza, entre otros. En esa oportunidad el evento contó con la presencia de Horacio Rodríguez Larreta quién subrayó: "Todos coincidimos en la importancia de capacitarse y seguir formándose. Es algo que no termina nunca en la vida y siempre nos enriquece" --- [1] APIPH: Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal [2] [BPN Nº 594 del 8/02/17: "Los consorcios proporcionan 51 mil puestos de trabajo"] [3] SUTERH: Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal [4] OSPERyH: Obra Social del Personal de Edificios de Renta y Horizontal. |
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Efemérides: El 18 de marzo se conmemora el Día del Ruralista. |
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Tribunal Superior de Justicia de la CABA Audiencia pública para debatir inconstitucionalidades de la 941 [BPN-13/03/17] El 29 de marzo se realizará una audiencia pública para debatir dos artículos de la Ley 941 en el marco de una acción promovida por la Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal AIPH que busca declararlos inconstitucionales por entender que contradicen al Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación (CCyN). En su demanda, AIPH había impugnado otros dos puntos de la Ley 941 pero los jueces rechazaron su admisibilidad. Éstos fueron el inciso i) del artículo 9º y el artículo 3°. La acción judicial se demoró porque 10 días después de presentada se sancionó la Ley Muñoz (Ley 5.464) la cual ordenaba que –de cumplirse ciertas condiciones- se derogue la Ley 941. De seguir vigente y en ese contexto, la demanda podría haber perdido sentido. La audiencia pública se realizará el 29 de marzo en la calle Cerrito 760/770, planta baja, a las 11 hs. Será pública y sólo se limitará el acceso a la sala por razones de espacio. Los ejes del debate Los puntos que se debatirán son el inciso k) del artículo 9º de la Ley 941 y el artículo 13º. La entrega de la documentación El primero de ellos trata sobre las obligaciones del administrador y expresa que "en caso de renuncia, cese o remoción, debe poner a disposición del consorcio, dentro de los diez días, los libros y documentación relativos a su administración y al consorcio, no pudiendo ejercer en ningún caso, la retención de los mismos". Según AIPH, este inciso entra en colisión con el inciso j) del artículo 2067 de Código Civil y Comercial de la Nación que dice: "en caso de renuncia o remoción, dentro de los quince días hábiles debe entregar al consejo de propietarios los activos existentes, libros y documentos del consorcio, y rendir cuentas documentadas". Duración del mandato El segundo punto cuestionado –el artículo 13º de la Ley 941- dice que "el administrador, salvo disposición en contrario establecida en el Reglamento de Copropiedad y Administración de cada consorcio, tendrá un plazo de hasta un año para el ejercicio de su función, pudiendo ser renovado por la asamblea ordinaria o extraordinaria, con la mayoría estipulada en el mencionado reglamento o en su defecto por los dos tercios de los propietarios presentes, con mínimo quórum". Sobre este tema, el Dr. Ezequiel Nino, asesor jurídico de AIPH había explicado: "en cuanto a cómo se toman las decisiones en los consorcios, el Código es mucho más amplio, le da más libertad al consorcio y no prevé este tipo de plazos o de mayorías. El CCyC no otorga ese plazo y además no establece una mayoría tan exigente" [BPN Nº 562 del 12/11/15: " Acción de inconstitucionalidad contra la Ley 941"].Los temas excluidos Los jueces Inés M. Weinberg, Ana Maria Conde, José Osvaldo Casás y Luis Francisco Lozano al declarar parcialmente admisible la acción declarativa de inconstitucionalidad deducida por AIPH respecto de la impugnación a los artículos 9 inciso k) y 13 de la ley 941, de hecho, excluyeron el inciso i) del artículo 9º y el artículo 3°. Las auditorías El inciso i) del artículo 9º de la Ley 941 textualmente expresa que "la gestión del administrador de consorcios de propiedad horizontal debe, siempre que la asamblea ordinaria o extraordinaria lo disponga, ser auditada contablemente y acompañada de un informe de control de gestión realizados por profesionales de Ciencias Económicas". Sobre este tema el abogado patrocinante de la entidad que nuclea a los administradores, explicó que en la Ley 941 "hay una norma que pone las auditorías en cabeza de profesionales de Ciencias Económicas o si es una auditoría legal en cabeza de un profesional del Derecho" y agregó: "en el Código no se prevén limitaciones de este tipo, con lo cual la Ley 941 está yendo más allá de lo que el CCyC prevé". Los autoadministrados En su oportunidad, el Dr. Nino señaló: "el artículo 3° de la Ley 941 permite que solamente los propietarios que residan en unidades funcionales puedan ser administradores voluntarios. Sin embargo, el artículo 2.065° del Código Civil explicita que el administrador es un representante legal del consorcio y puede ser un propietario, un tercero, una persona física o jurídica. El CCyC no distingue entre administrador rentado y voluntario". Según el letrado, "es clara la contradicción en cuanto a que si el Código Civil permite que los administradores sean, por ejemplo, una persona jurídica, la ley local no la puede contradecir". El artículo 3º de la Ley 941 expresa que "se denominan administradores voluntarios a todos aquellos propietarios que residan en unidades funcionales de edificios y cumplan la función de administrador sin percibir retribución alguna". Por su parte el artículo 2.065 del CCyC reza: "el administrador es representante legal del consorcio con el carácter de mandatario. Puede serlo un propietario o un tercero, persona humana o jurídica" |
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Efemérides: El 19 de marzo se celebra el Día del Artesano. |
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Verano en la costa atlántica Cien inspectores realizaron controles en consorcios [BPN-13/03/17] Durante febrero, más de 100 inspectores del SUTERyH [1] Mar del Plata y la FATERyH [2] realizaron un censo en edificios de la costa "para corroborar que los trabajadores de edificio se encuentren desarrollando sus tareas encuadradas legalmente y en condiciones dignas de trabajo". Según un medio local, ambas entidades informaron que el operativo se desplegó a fin de constatar las condiciones de trabajo existentes en las ciudades de Mar del Plata, Miramar y Necochea en el desarrollo de la temporada alta. Además, evaluaron si se cumplían las condiciones de empleo formal para todos los trabajadores de edificios. En el mismo sentido, desde el sindicato detallaron que "se realizó un censo con más de cien inspectores para verificar que las tareas realizadas por los encargados sean desarrolladas en condiciones dignas de trabajo". El secretario general de SUTERyH Mar del Plata, Juan Domingo Rodriguez, ya había adelantado la realización de estos controles y aseguró que "se iba a barrer calle por calle y edificio por edificio" para que los empleados de maestranza -en el caso de los consorcios que contraten personal de limpieza- cobren su salario según la escala vigente para los encargados <ver nota>. La novedad fue publicada el 4 de febrero por Noticias de Necochea --- [1] SUTERyH: Sindicato Único de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal. [2] FATERyH: Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal. |
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Efemérides: El 20 de marzo de 1935 murió el escritor Martiniano Leguizamón, autor de obras como "Recuerdos de la tierra", "Calandria" y "La cinta colorada". Fue uno de los primeros cultores del nacionalismo literario. |
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Proyecto de ley porteño Quieren carteles que informen la comisión máxima para alquileres [BPN-13/03/17] El 2 de marzo, la Leg. Natalia Fidel (SUMA+) presentó en la Legislatura porteña un proyecto de ley para que las inmobiliarias que operan en la Ciudad de Buenos Aires deban exhibir carteles informando cuál es la comisión máxima exigible a los inquilinos de inmuebles para vivienda única. Los carteles también deberán informar las cuatro opciones vigentes para efectuar denuncias en caso de incumplimientos: por teléfono al número 147, mediante la aplicación BA 147, en el sitio web oficial del Gobierno de la Ciudad o personalmente en cualquier Sede Comunal.La iniciativa pretende agregar un artículo 57º bis a la Ley 2.340 -que en 2007 creó un Colegio Único de Corredores Inmobiliarios- en cuyo último párrafo se establece que las sanciones a aplicar en caso de incumplimientos sean las establecidas por el artículo 47º de la Ley Nacional N° 24.240 de Defensa del Consumidor [1]. Las mismas abarcaron –entre otros- desde un apercibimiento hasta la clausura del establecimiento por un período de 30 días. La autora del proyecto sostuvo en sus fundamentos: "la finalidad del presente proyecto es garantizar los derechos de los inquilinos mediante la imposición a los corredores inmobiliarios de la obligación de exhibición de cartelería en sus locales de atención al público dando a publicidad los porcentajes máximos de comisión que pueden exigirles a los locatarios al momento de celebrar un contrato de locación de inmuebles con destino a vivienda única" Agregó también que "si bien la ley 2.340 de la Ciudad de Buenos Aires establece expresamente en su artículo 57º que para los casos de locación de inmuebles destinados a vivienda única, ‘el monto máximo de la comisión a cobrar al inquilino, será el equivalente al 4,15% del valor total del respectivo contrato’, muchas veces por desconocimiento de la norma que los ampara, los inquilinos sufren abusos". Por último, concluyó considerando "que el hecho de que los futuros inquilinos estén mejor informados contribuirá a la transparencia y seguridad en las transacciones de alquiler de viviendas, evitando abusos hacia personas que por una cuestión de urgencia o necesidad se encuentran más vulnerables". Fidel aclaró que la iniciativa tomó como antecedente al proyecto 1804-D-2015 que ha perdido estado parlamentario y que fuera presentado por el entonces diputado Iván Petrella. En esta última oportunidad, ingresó a la Legislatura porteña bajo el número de expediente 211-D-2017 y consta de dos artículos de los cuales uno es de forma --- [1] Artículo 47º de la Ley 24.240: Sanciones. Verificada la existencia de la infracción, quienes la hayan cometido se harán pasibles de las siguientes sanciones, las que se podrán aplicar independiente o conjuntamente, según resulte de las circunstancias del caso: a) Apercibimiento; b) Multa de quinientos pesos ($ 500) a quinientos mil pesos ($ 500.000), hasta alcanzar el triple de la ganancia o beneficio ilegal obtenido por la infracción; c) Decomiso de las mercaderías y productos objeto de la infracción; d) Clausura del establecimiento o suspensión del servicio afectado por un plazo de hasta treinta (30) días; e) Suspensión de hasta cinco (5) años en los registros de proveedores que posibilitan contratar con el Estado; f) La pérdida de concesiones, privilegios, regímenes impositivos o crediticios especiales de que gozare. En todos los casos, se dispondrá la publicación de la resolución condenatoria, a costa del infractor en el diario de mayor circulación de la jurisdicción donde se cometió la infracción. |
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Efemérides: El 21 de marzo de 1999 se comenzó a celebrar el Día Mundial de la Poesía. Según lo decidió la reunión de la Conferencia General de la Unesco, celebrada en octubre-noviembre de 1999. |
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Cambio de nombre, cesantías y nombramientos Interacción SA ahora es Edificar Seguros SA [BPN-13/03/17] El 21 de octubre de 2016, la empresa porteña Interacción Seguros SA cambió su nombre a Edificar Seguros SA. Es de destacar que en esa misma oportunidad cesó en sus funciones Víctor Santa María como director titular de esa entidad. Así se informó en el Boletín Oficial de la República Argentina (BORA) del 3 de enero de 2017. En sintonía con este cambio de denominación, el 20 de diciembre, Interacción Seguros dio de alta el dominio en Internet www.edificarseguros.com.ar del cual es el propietario. En esa misma asamblea y según el acta de directorio, cesaron también en sus funciones de presidente, vicepresidente y codirector titular: Nicolás Enrique Martello, Eduardo Díaz Pérez, Pedro Zamorano respectivamente. A continuación y en esa misma oportunidad nuevamente se nombró a Martello como presidente, a Patricia Norma Rodríguez como vicepresidenta, a Cristian Gabriel Milano como director titular y a Analía Edith Pérez y Lucas Martín Ramírez como directores suplentes |
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Efemérides: El 22 de marzo de 1992 la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas estableció ese día como el Día Mundial del Agua. Así lo declaró en su Resolución Nº 47/193. |
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Pequeñas Noticias y la Dra. María Cristina Carrera Curso gratuito sobre Derecho Laboral para Propiedad Horizontal [BPN-13/03/17] Desde este mes Pequeñas Noticias publicará en ocho entregas un "Curso sobre Derecho Laboral para Propiedad Horizontal". Su contenido fue preparado por la Dra. María Cristina Carrera, abogada especialista en derecho laboral y acoso laboral (mobbing). En el primer fascículo se tratará sobre las disposiciones generales y en las siguientes publicaciones se abordarán: "Derechos y obligaciones de las partes", "El salario y los beneficios sociales", "Enfermedades y violencia laboral", "Preaviso y extinción del contrato de trabajo", "Despido sin causa" y, por último, "Fraude laboral y solidaridad". Es la segunda vez que este medio publica para sus lectores en forma gratuita un curso en fascículos. El anterior fue un "Curso práctico de liquidación de sueldos" que comenzó el 21 de agosto de 2001 con el Boletín Nº 69. En aquella oportunidad, el material había sido preparado por María Fabiana Lizarralde, especialista en el tema. Derecho Laboral para Propiedad Horizontal La Dra. Carrera explicó que "el curso tiene como objetivo brindar los conocimientos necesarios para prevenir los conflictos que se generen entre el consorcio y el personal a su cargo. El mismo apunta a ‘conocer para prevenir’ porque ‘la prevención debe superar a la reparación’". "La mayor causa de los problemas que ocurren en los consorcios provienen del desconocimiento -por parte de los administradores y de los consorcistas- de la ley de Contrato de Trabajo y el CCT/589 que rige la actividad de los trabajadores de edificios", aclaró. Para la especialista, el desconocimiento de las leyes laborales perjudica a todos los actores de la comunidad consorcial, ya sean administradores, propietarios o encargados. "En el caso del administrador los conflictos laborales pueden representar, además de la pérdida del trabajo, denuncias y posteriores sanciones pecuniarias que podrían llevar a la suspensión de su matrícula", aseguró. Afirmó también que "los copropietarios padecerán perjuicios cuando sus expensas aumenten a causa de los gastos que conlleve un posible juicio ante un conflicto laboral y aquellos que integren el concejo de administración se sentirán invadidos en su vida privada porque estarán expuestos a los reclamos de los demás consorcistas", y agregó: "en el caso del trabajador, éste puede ser víctima de violencia en manos de alguno de los demás actores del consorcio causándole daños físicos y psíquicos, muchas veces irreparables". Finalmente, Carreras explicó que esta iniciativa surgió como consecuencia de las múltiples consultas que recibe sobre temáticas frecuentes: los derechos y deberes de las partes, las sanciones disciplinarias y los empleados en situación irregular |
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Efemérides: El 23 de marzo de 1950 se creó la Organización Meteorológica Mundial (OMM), Organismo Especializado de las Naciones Unidas para la Meteorología (incluidas también la Climatología y la Hidrología Operativa). |
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"Administrando en los tiempos del nuevo Código Civil y Comercial" El segundo sorteo cosechó otros cinco ganadores [BPN-13/03/17] Como estaba previsto, el miércoles 1º de marzo, Pequeñas Noticias publicó en Facebook el nombre de los cinco ganadores del sorteo de sendos ejemplares del libro "Administrando en los tiempos del nuevo Código Civil y Comercial. Manual teórico-práctico para consorcios de la Propiedad Horizontal" de la Dra. Diana Sevitz y la Cra. Liliana Corzo. Ya recibieron sus premios: la Adm. Patricia Di Nardo, el Adm. Gustavo Horacio Laghi, la Adm. María del Carmen Peñaranda y el Adm. Ricardo Rodríguez. Hay un quinto ganador que no retiró el premio y fue vuelto a sortear. Es el segundo sorteo que organiza el medio entre los seguidores de la página de Pequeñas Noticias en Facebook y los miembros del grupo de Pequeñas Noticias en esa misma red social. Los participantes del sorteo debían cumplir dos condiciones: dar "me gusta" a la publicación y compartirla en su propio muro en modo público. Los que realizaron correctamente estas dos operaciones fueron sólo 16 personas. De un total de 112 participantes, 97 le dieron un "me gusta" y 32 lo compartieron. En muchos casos, uno de los problemas que se presentó con las publicaciones compartidas es que las condiciones de privacidad del perfil del visitante impidieron constatarlo. El sorteo –desde el punto de vista mediático- fue un éxito: la publicación alcanzó a 4.417 personas, un 9% más que el sorteo anterior. La publicación original del sorteo se compartió 90 veces, cosechó 52 "me gusta" y recibió 14 comentarios. La inscripción en el sorteo había comenzado el 16 de enero y el 30 de enero se extendió su vencimiento hasta el 28 de febrero.
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Efemérides: El 24 de marzo es, desde el 2002, el Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia. En conmemoración de las víctimas del terrorismo de Estado instaurado por la última dictadura que padeció nuestro país. |
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Anécdotas de un administrador de consorcios Tercer sorteo consecutivo de Pequeñas Noticias [BPN-13/03/17] El 2 de marzo pasado, Pequeñas Noticias comenzó su tercer sorteo consecutivo de libros entre sus seguidores en Facebook. En esta oportunidad se trata de cinco ejemplares de la segunda edición del libro "Anécdotas de un administrador de consorcios" de la Cra. Mariel Judith Kernes. La publicación en Facebook ya fue visualizado por más de 2 mil personas, recibió 49 "Me gusta" y fue compartida 35 veces.Para participar del sorteo se deben cumplir dos condiciones: 1.- Ingresar a la página de Facebook de Pequeñas Noticias y dar "me gusta" (like en inglés) a la publicación del sorteo del 2 de marzo titulada " ¡¡¡ LARGAMOS EL TERCER SORTEO !!!" <vínculo>.2.- Compartir esa publicación en su propio muro en modo público. El sorteo se realizará sólo entre quienes hayan cumplido con las dos condiciones. La inscripción en el sorteo se extenderá hasta el viernes 31 de marzo y durante los primeros días de abril se darán a conocer los cinco ganadores. Éstos dispondrán de cinco días hábiles para ponerse en contacto con la redacción del medio y luego concertar fecha y hora de la entrega del premio. El libro En esta segunda edición del libro "Anécdotas de un administrador de consorcios" la autora comentó a Pequeñas Noticias que - además de todas las anécdotas del primer libro- le agregó "una receta en tono humorístico para ser un buen administrador de consorcios. La misma contiene -al igual que una receta culinaria- los ingredientes y la receta en sí. Éstos son: conocimientos, buen humor, dedicación, paciencia, tolerancia, buena escucha activa, equilibrio emocional y mediación. Luego detalla qué hacer con los ingredientes concluyendo: "Si con esto no fuese suficiente ármese las valijas y elija otro destino". A mediados del año pasado, Pequeñas Noticias había publicado una nota sobre la 1ª edición [BPN Nº 576 del 12/05/16: " Anécdotas de un administrador"] |
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Efemérides: El 25 de marzo de 1615 se fundó la ciudad de Posadas (Misiones). |
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Correo de Opinión Acerca de "Fabricar el Libro de Propietarios cuesta menos de $20" por el Sr. Antonio Nilo Pelegrino Estimado Sr. Director: Con todo respeto me permito disentir con usted respecto a los costos del nuevo Libro de Registro de Propietarios. Cada libro es diferente a otro y a veces pequeños cambios en su formato, calidad de tapa e interior, cantidad de páginas y cantidad de ejemplares hacen variar mucho dichos costos. Creo respetuosamente, don Claudio, que ha pasado por alto algunos temas. Los libros que nosotros hemos impreso del Registro de Firmas y del Registro de Propietarios tienen ambos 104 páginas y disponen de 100 de ellas para otras tantas unidades funcionales, tapa color plastificada y encuadernación en Binder -es decir, en tipo libro- lo cual lo convierte en inviolable. Además, de las 36 páginas que usted solicitó en acaballado (ganchitos) a 104 existe una importante diferencia. Por otra parte, si un consorcio tiene 95 unidades funcionales con el ejemplar que a usted le presupuestaron necesitará tres libros para ese consorcio y con el nuestro solo uno. Al costo básico de un ejemplar se le deben sumar una cantidad importante de otros egresos, que por supuesto repercuten en el monto final: estructura edilicia, personal, fletes, impuestos, viáticos, etc. Los 300, 500, o los que resulten impresos, se pagan -todos, aunque resulte redundante- en días, y en el mejor de los casos. El 50% de la tirada los vende en meses, a veces en años, si los deja en consignación, las librerías le cobran el 35 o 40% y le devuelven -muchas veces en forma lamentable y que ya no puede vender- aquellos que no comercializaron. Los paga todos un día y los vende de a uno sin saber el tiempo que le demandará. Además, usted no tuvo en cuenta los gastos de diagramación que, en este caso, por tratarse de un libro nuevo lleva varias pruebas con el consiguiente aumento del gasto. El editor, como en esta ocasión, toma la decisión de imprimir una cuantía determinada y, como usted bien expresa, debe solicitar una cantidad importante para que el precio por ejemplar sea lo más bajo posible. Pero, ¿sabe él que cantidad de ejemplares va a vender? La Av. Corrientes está llena de librerías que venden rezagos a $10. En el caso que nos ocupa cualquier situación que no resulte la esperada ni siquiera nos queda la citada posibilidad. Por lo tanto y en principio, su cuenta es falaz, porque considera a priori que va a vender toda la tirada. ¿Y si no vende ninguno? El editorial es un negocio de gran riesgo, que acepto incide en el valor final del producto. Además el libro es uno de los primeros elementos que se dejan de adquirir en tiempos difíciles, como casi todos los que nos ha tocado vivir. Lo saludo muy cordialmente y quedo a sus gratas órdenes
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Efemérides: El 26 de marzo es el Día del Mercosur. |
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Correo de Opinión Sobre la obligación de escanear el Formulario 931 por la Adm. Susana Gonzalez Cuando recibimos estos comunicados [1] intimando al cumplimiento bajo apercibimiento de ser multados o no renovar el registro. Cuando permenentemente aclaran en sus textos de que están "convencidos" que lo que hacen está bien me da la impresión que esto es una imposición y de ninguna manera es trabajar juntos, porque los cambios de procedimientos los hacen de un día para otro. No respetaron la fecha de vencimiento de la DDJJ/15 y para la DDJJ/2016 los cambios los dieron a conocer con la debida anticipación. Con la moderna tecnología que manejan los organismos públicos -y si es para investigar ni hablar- ¿cómo puede ser que nos pidan escanear el F- 931 AFIP? Es una burla. Claramente uno interpreta que se trata de ensañamiento, de persecución. Esto se llama abuso de poder por parte de los funcionarios de esta área hacia las administraciones y una falta de respeto a las personas que ejercen su función como representante legal / mandatario de propiedad horizontal. Estoy de acuerdo que atiendan los reclamos o denuncias de consorcitas con referencia a la gestión de la administración de su edificio -en forma particular- constatando la veracidad de las mismas responsablemente . Me pregunto: ¿Qué pretende el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires? ¿Cuáles son las verdaderas intenciones? ¿Qué quieren los funcionarios con este "control masificado": eliminar del sistema a las administraciones? Qué falta de sensibilidad social. Estamos totalmente desprotegidos
--- [1] CIRCULAR DEL REGISTRO PÚBLICO DE ADMINISTRADORES: Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, 22 de Diciembre de 2016 |
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Efemérides: El 27 de marzo es, desde 1961, el Día Mundial del Teatro. Fue creado gracias a una iniciativa de la Unesco y el Instituto Internacional del Teatro (ITI), organización internacional no gubernamental en el dominio de las artes escénicas. |
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Rincón Solidario Cortó el suministro de gas en todo el edificio Estimados: La empresa Metrogas cortó el suministro de gas en todo el edificio. Quisiera saber si los arreglos que deben hacerse en cada unidad (son 54 en total) deben ser abonados por el consorcio o por los particulares de manera individual. Me han dicho que el nuevo Código Civil figura que debe ser el consorcio. Por favor, de ser así, agradecería que me indicaran el número de capítulo o artículo que me permitiría identificar esta situación. Desde ya, muchas gracias. María del Carmen [CABA] (06/01/2017) Estimada María del Carmen: Debo dejar en claro que por el Código Civil y Comercial -inc f) del artículo 2041- son cosas y partes necesariamente comunes: "f) las cañerías que conducen fluidos o energía en toda su extensión" y por el artículo 2043º "son necesariamente propias con respecto a la unidad funcional las cosas y partes comprendidas en el volumen limitado por sus estructuras divisorias [...] artefactos...". Es decir que son comunes los caños en toda la extensión hasta dónde se conectan con la llave de paso, lugar a partir del cual son propios donde se conecten los aparatos. Son propios los caños que tienen conexión con el calefón, el cuadro de ducha, el caño del inodoro, bidet etc. Por ende todo lo relativo a calefones, estufas calderas individuales, cumplimiento de normas establecidas dentro e las unidades funcionales por Metrogas es un tema privado de cada propietario, el consorcio no debe inmiscuirse. El consorcio debe dejar habilitada la unidad hasta donde le corresponde y lo que ocurra con el funcionamiento de los aparatos o su habilitación es propio cada unidad funcional. Esperando haber respondido a su consulta la saludo muy Atte. --- La Dra. Diana Sevitz es abogada, mediadora y árbitro en propiedad horizontal y de los tribunales arbitrales de consumo, es co-conductora del programa de radio Consorcios Hoy, autora de varias publicaciones y docente sobre temas específicos de propiedad horizontal.Para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a dsevitz@estudiodianasevitz.com.ar o llamarla a los teléfonos 4784-8251 / 4784-8072. |
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Rincón Solidario Estimados: Mi encargado trabaja 3 horas, 4 días a la semana. Ahora le pedí que pase a 4 horas, 3 días a la semana. ¿Qué trámite hay que hacer? Muchas gracias. Janice [CABA] (12/01/2017) Estimada Janice: Si bien el cambio propuesto a la trabajadora en principio no afecta su salario es mi consejo que vaya al SUTERH y pida una audiencia con un "facilitador". Dada la temática no interviene un conciliador. El día de la audiencia Ud. debe ir con la trabajadora y demás requisitos que le pidan en la entidad sindical. Ese día se firmará un convenio con los cambios que ambas partes acuerden y evitará que en un futuro la trabajadora le haga reclamo alguno. Ante cualquier duda mi teléfono figura al pie de la consulta. Cordialmente. --- La Dra. María Cristina Carrera es abogada especialista en derecho laboral y para cualquier consulta se le puede escribir a dramccarrera@yahoo.com.ar o llamarla al teléfono (15)5466-9921. |
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Rincón Solidario Hola soy suplente con horario por día y necesitaría que me orienten. Trabajo 8 horas cada sábado y 14 horas domingos y feriados. Por mi modalidad en vacaciones y con 14 años de antigüedad, me dan siempre a elegir entre unos pocos días de vacaciones y triplicarme el sueldo o tomarme todos los días. Últimamente por la economía mala elijo pocos días y que me tripliquen, pero ahora me dicen que me pagan mucho o hay disconformidad. ¿Hay alguna forma de mostrar documentado eso? Gracias. Horacio [Florencio Varela / Pcia. de Buenos Aires] (02/02/2017) Estimado Horacio: En respuesta a su consulta le informo que la prueba documental para probar su horario de trabajo, remuneración, antigüedad y la forma de conceder las vacaciones deben estar asentadas en sus recibos de sueldo. Para el caso que los recibos no expresen la realidad y para saberlo usted debe mirar cuidadosamente la copia de los recibos. Para el caso que los recibos no sean el reflejo de la realidad puede acreditar sus dichos con testigos. En el caso de falsa registración tiene derecho a reclamar a la empleadora. Repito, en los recibos debe figurar su real fecha de ingreso, remuneración, antigüedad, la descripción de los días y horarios que usted trabaja, las horas extras y los períodos que se le ha otorgado de vacaciones. Ante la duda le sugiero se acerque a la delegación más cercana del Sindicato que lo ampara para que con la documentación a la vista le aclaren el camino a seguir si hubiere alguna falsedad de la realidad. Dada la situación que vivimos en nuestro país, suspensiones y despidos con la consecuente falta de trabajo es mi consejo que una vez que haya sido asesorado no envíe ningún telegrama aun cuando se lo redacte un profesional o asesor legal, sino que evalúe su "situación personal" ya que cuando se inicia una acción judicial es muy que factible que se despida al trabajador. Ud. es el que debe tomar la decisión ya que es el único que conoce sus necesidades, teniendo en cuenta que siempre queda la posibilidad de conversar con la administración y solucionar el conflicto sin llegar a los tribunales ni perder su fuente de trabajo. Cordialmente. --- La Dra. María Cristina Carrera es abogada especialista en derecho laboral y para cualquier consulta se le puede escribir a dramccarrera@yahoo.com.ar o llamarla al teléfono (15)5466-9921. |
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Correo de Lectores Días de vacaciones para personal jornalizado Buenas tardes: Quisiera saber cuántos días de vacaciones le corresponde a un personal jornalizado. Trabaja sólo los días sábados de 10 a 13 horas. Tiene una antiguedad de 6 años. Realmente trato de comunicarme con el SUTERH y no lo logro. Saludos. Micaela [CABA] (10/02/2017) ¡Hola Micaela! El inciso d) del artículo 12º del Convenio Colectivo de Trabaja 589/10 dice textualmente: "Los/as trabajadores/as suplentes gozarán de las vacaciones totales establecidas en el inciso c) cuando trabajen más de la mitad de los días laborables comprendidos en el año calendario o aniversario de trabajo de conformidad con las normas legales vigentes. Los/as trabajadores/as suplentes que no reúnan el tiempo mínimo percibirán en concepto de vacaciones el salario correspondiente a un día por cada veinte días efectivamente trabajados o fracción mayor de quince días hasta los cinco años de antigüedad. Luego de cinco años de antigüedad y hasta los diez el salario por vacaciones se duplicará y desde los diez años en adelante se triplicará". Si bien el texto habla de "percibir" y no de "gozar" es habitual que el trabajador los goce, o sea se tome sus vacaciones. Si trabaja los sábados deberás hacer el cálculo de cuántos sábados trabajó durante el año 2016. Ejemplo: supongamos que trabajó 4 sábados por mes por 12 meses: 48 sábados / 20 = 2.4 sábados o sea que quedan 2 sábados de vacaciones. Como tiene más de 5 años de antigüedad el valor de cada día debe duplicarse. Con los actuales valores por hora ($139) cada sábado de trabajo deberías abonar $417 ($139*3). Un sábado de vacaciones deberías abonarlo $834 ($417*2). Espero que el ejemplo haya sido claro. Un saludo grandote. MFL |
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Correo de Lectores El servicio de cochera de un edificio Buenos dias: Tengo dos preguntas con respecto al servicio de cochera de un edificio: 1º.- ¿Cómo se calcula la antigüedad para los garagistas de temporada -o sea- cada temporada acumula un año o se toman los meses que trabaja ya que lo hacen solamente en temporada de verano? 2º.- ¿El plus limpieza de cochera que se paga durante todo el año al encargado, lo deben pagar solamente los dueños de cocheras o- como es un ítem dentro del sueldo del encargado- es un gasto que absorben todos los propietarios tengan o no cocheras? Desde ya muchas gracias y siempre son de mucha ayuda para aclarar estos temas. Andrés [Mar del Plata] (13/02/2017) ¡Hola! Con respecto a la antiguedad se va sumando un año por cada temporada pero corresponde abonar el 1% y no el 2% según la Resolución 106/09. Actualmente el 1% del salario de un Encargado Permanente sin vivienda de 4º categoría ($13635) es de $136.30 por cada año. Con respecto a quién paga cada uno de los conceptos del salario del encargado del edificio no se puede determinar por lo que uno considera correcto sino por lo que surge del texto del reglamento de copropiedad del edificio. Sería bueno leerlo y si se quiere modificar algún punto, primero averiguar cuáles son las condicione a cumplimentar para hacerlo. Un saludo grandote. |
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Número de Edición: 597 [ DXCVII ] [1ª Edición] Fecha de publicación: 13 de Marzo de 2017 Director y propietario: Claudio García de Rivas Redes sociales: Página Facebook, Grupo Facebook, Twitter, Google+ Dirección: Gral. César Díaz 2761 (1416) Capital Federal - República Argentina - Teléfono: 3526-1806 - Móvil: (11) 5981-3791 - E-mail: pequenasnoticias@gmail.com - URL´s: www.pequenasnoticias.com.ar - Horario: 10 a 17 hs. Datos personales del suscripto: Nombre y apellido: !*LAST_NAME*!, !*FIRST_NAME*! E-mail: !*EMAIL*! Los suscriptos de Pequeñas Noticias estan protegidos por la Ley 25.326 (Registro Nacional de Bases de Datos) |
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