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Paritarias
propiedad horizontal 2019
Se
habría firmado un acuerdo por el 27% para el sector
Según
rumores, el aumento se habría firmado en tres cuotas de 9%
La primera sería en julio, la segunda los últimos meses antes de fin de año
y la tercera durante los primeros meses del año que viene
El acuerdo estaría vigente hasta junio de 2020.
[BPN-12/07/19]
Las tres entidades de administradores habilitadas para firmar los convenios
colectivos de trabajo [1] y la FATERyH (Federación Argentina de
Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal) habrían firmado un acuerdo
para incrementar entre un 27% y un 29% las escalas salariales vigentes. El
aumento sería en tres tramos y estaría vigente hasta junio del año que
viene...
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Proyecto
de ley porteño
Buscan
definir por ley las expensas ordinarias y extraordinarias
A
fines del mes pasado, Inquilinos Agrupados presentó un proyecto de ley
para que en Ley 941 se definan taxativamente las expensas ordinarias y las
extraordinarias
Hizo suyo la iniciativa una legisladora de Unidad Ciudadana.
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Índices
de aumentos salariales para la propiedad horizontal
Este
año los salarios acumularían un 45%
De
confirmarse el aumento del 9% para los salarios de julio, el incremento
anual acumulado sería del 45%, el interanual llegaría al 73% y el
promedio de los primeros siete meses de este año sería un 57% mayor que
el del mismo periodo del año pasado.
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Registro
Público de Administradores porteño
Prosperaron
sólo el 36% de las denuncias de 2018
De
las 1.314 denuncias que presentaron los consorcistas contra sus
administradores por infracciones a la Ley 941 en 2018 prosperaron sólo
478
De esa cantidad de disposiciones internas sancionatorias hasta ahora se
publicaron 15
Si los números no cambian, ese año de cada mil denuncias se habrá
sancionado casi 23 administradores.
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Primer
semestre 2018 vs. 2019
Las
sanciones contra administradores subieron un 83%
Por
otra parte, de acuerdo a lo publicado en el Boletín Oficial, durante el
primer semestre del año el monto de las multas en pesos aumentó un 28% y
en dólares se redujo en un 24% comparado con el mismo período del año
anterior
Durante este año, el tiempo trascurrido entre la firma de la sanción
hasta su publicación en el Boletín Oficial fue de un año, cuatro meses
y 15 días.
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Causas
judiciales contra Consorcio Participativo
Una
cuarta comuna se presentará como ‘amicus curiae’
A
fines del mes pasado, durante el plenario del Consejo
Consultivo de la Comuna 14 se aprobó por amplia mayoría
presentarse como "amicus curiae" en las causas
judiciales que se están tramitando contra la Aplicación
Oficial Consorcio Participativo.
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Elecciones
nacionales 2019
Eduardo
Awad ya comenzó su campaña
El
Dr. Eduardo Awad, precandidato a primer diputado nacional
por el Partido Autonomista Nacional, adelantó cuatro de
sus iniciativas para bajar las expensas en los consorcios
de propietarios
Propondrá también que los funcionarios que no cumplan
con sus promesas durante el debate presidencial sean
sancionados
La entrevista completa.
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Convenio
de la CAPHyAI con el IVC
La
CAPHyAI designará los administradores de la Villa
Olímpica
La
Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades
Inmobiliarias firmó un convenio con el Instituto de la
Vivienda porteño para seleccionar y designar los
administradores de los 29 edificios que conforman el
Barrio Olímpico
La entidad será responsable de su desempeño, idoneidad y
profesionalismo.
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4ª
edición de "Administrando en los tiempos del nuevo
Código Civil..."
¡¡¡
El primer sorteo del
año !!!
En
esta oportunidad sortearemos cinco libros de la Dra. Diana
Sevitz y la Cra. Liliana Corzo
Los libros se sortearán entre los suscriptos al Boletín
de Pequeñas Noticias y los seguidores/participantes del
grupo/sitio en Facebook
Esta nueva edición se terminó de imprimir la semana
pasada.
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Rincón
Solidario
Manifestó que corresponde que se liquiden los honorarios
por
la Dra. Diana Sevitz.
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Bolsa
de Trabajo
Avisos Clasificados
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Declaración
Jurada Formulario 931
El
aplicativo de la AFIP no funcionó durante el cierre de
expensas
Desde
el viernes 28 de junio y hasta el 1º de julio por la
tarde, no funcionó el aplicativo "Declaración en
línea" con el que se liquidan los aportes y
contribuciones de la Seguridad Social y la Obra Social,
entre otros
Todos los meses más de ocho mil administradores cierran
las expensas que deben abonar unas dos millones de
personas que viven en la CABA.
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Liga
del Consorcista
Alertan
que se sigue pretendiendo crear un colegio
La
Dra. Rita Sessa, vicepresidenta de la Fundación Liga del
Consorcista, alertó que "hay administradores que
siguen pretendiendo crear un colegio único de
administradores"
Explicó sobre la relación de consumo existente, la
carrera universitaria y la constitucionalidad de ese
colegio.
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Federación
de Administradores de Propiedad Horizontal
La
CAPHyAI estaría abierta a reintegrarse a FAPHRA
El
vicepresidente 1º de la Cámara Argentina de Propiedad
Horizontal y Actividades Inmobiliarias no descartó
reincorporarse a la Federación de Administradores de
Propiedad Horizontal
La ruptura se había producido en junio del año pasado.
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Gisela
Marziotta y Página/12
Horacio
Verbitsky cruzó más de un par de veces a Santa María
El
periodista había adelantado que Gisela Marziotta
acompañaría a Matías Lammens por ser "amiga
íntima de [Víctor] Santa María"
También develó en detalle las razones por las cuales se
alejó de Página/12.
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Correo
de Lectores
El ejercicio financiero de un consorcio
(28/06/2019)
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Pequeñas
Noticias
Nosotros
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Paritarias
propiedad horizontal 2019
Se
habría firmado un acuerdo por el 27% para el sector
De
acuerdo a como se apliquen los aumentos a las escalas, éstos podrían
sumar el 28,5% o el 31,29%.
[BPN-12/07/19]
Las tres entidades de administradores habilitadas para firmar los
convenios colectivos de trabajo [1] y la FATERyH (Federación
Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal) habrían
firmado un acuerdo para incrementar entre un 27% y un 29% las escalas
salariales vigentes. El aumento sería en tres tramos y estaría vigente
hasta junio del año que viene.
A
pesar del hermetismo que en general rodean las negociaciones de los
aumentos salariales, llegaron a la redacción de Pequeñas Noticias
rumores de ciertos sectores del Ministerio de Producción y Trabajo
que el primer tramo del aumento sería de un 9% para los sueldos de julio
que se liquidan los primeros días de agosto. El segundo de un porcentaje
similar, se aplicaría los últimos meses de este año y el último
durante los primeros meses del año que viene.
La
suma aritmética de los tres tramos da un aumento del 27% pero si cada
aumento se aplicara sobre la escala del mes anterior el porcentaje trepa
al 29%.
No
trascendió si el acuerdo firmado agregó o modificó el articulado del
convenio colectivo de trabajo vigente.
El
SUTERH (Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y
Horizontal) no hizo ninguna mención en su sitio web institucional
sobre el acuerdo logrado. Tampoco habló del tema otro miembro paritario
recientemente incorporado, la Asociación Civil de Propietarios de
inmuebles de Renta y Horizontal (APH).
Es
de esperar que de confirmarse toda esta información, en esta oportunidad
la homologación de acuerdo llegue antes de fin de julio para que los
administradores puedan liquidar normalmente los sueldos sin tener que
realizar luego costosas modificaciones o liquidaciones adicionales para el
aumento acordado
---
[1]
La Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias
(CAPHyAI), la Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal
(AIERH) y la Unión Administradores de Inmuebles (UADI).
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Proyecto
de ley porteño
Buscan
definir por ley las expensas ordinarias y extraordinarias
Legislatura
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires [foto Pequeñas Noticias]
[BPN-12/07/19]
El pasado 28 de junio, Florencia Presta, referente de Inquilinos
Agrupados, presentó un proyecto de ley en la Legislatura porteña
para que queden definidos los conceptos de "Expensas ordinarias"
y "Expensas extraordinarias". Para lograrlo propone modificar el
inciso j) de la Ley
941.
Es
de recordar que ese inciso ya establece la obligatoriedad de "Indicar
en forma separada y diferenciada los importes que correspondan a expensas
ordinarias y extraordinarias". Lo que agrega la iniciativa son dos
definiciones que, para una mayor claridad, separamos en dos párrafos
separados:
1.-
"Se entiende por ‘Expensas ordinarias’ todos aquel/os gastos
administrativos, de funcionamiento y de conservación o de cosas o
espacios comunes para preservar el buen funcionamiento del inmueble".
2.-
"Se entiende por ‘Expensas extraordinarias’ aquel/as decididas en
la asamblea que representen una inversión, arreglo extraordinario mejora
en las condiciones del inmueble, así como el reemplazo de materiales o
elementos que integran el patrimonio del consorcio".
Es
de resaltar que –de ser aprobado- los administradores de consorcios
deberán seguir discriminando los gastos ordinarios de los extraordinarios
pero según estos criterios porque las infracciones al
artículo 10º, en su conjunto, son pasibles de multas tal como lo
establece el artículo 15º de la Ley 941.
El
mismo día que fue presentado el proyecto, la legisladora María Andrea
Conde (Unidad Ciudadana) formalmente lo hizo propio lo cual es
clave para su impulso cuando se hace una presentación ciudadana. Este
bloque legislativo actualmente cuenta con ocho miembros y su presidente es
Mariano Recalde.
La
iniciativa consta de dos artículos de los cuales uno es de forma e
ingresó con el número de expediente 1820-P-2019 < texto
original>.
Fundamentos
Presta
argumentó que "no existe una norma jurídica que instituya con
precisión cuales gastos son ordinarios y cuales extraordinarios, pero eso
no impide que puedan identificarse de acuerdo a su naturaleza y contexto.
Esto ha generado numerosísimos inconvenientes y no menos contrariedades
judiciales al ser involucradas las expensas ‘comunes’ con las ‘ordinarias’
y a discriminarse expensas ‘extraordinarias’ como expensas ‘ordinarias’.
Este acumulado de errores contraria la noción de expensa como gasto,
convirtiéndolo en una suerte de ficción".
Agregó
también: "su naturaleza no puede alterarse según lo decida el
administrador o una asamblea. Hay que precisar cuáles son las expensas
ordinarias y extraordinarias. Su diferenciación no puede quedar al
criterio del administrador, que la mayoría de las veces, es injusto para
el inquilino; teniendo que soportar gastos significativos en un edificio
que se encuentra temporalmente".
Reiteró
que "en la práctica habitual, un concepto simple como gastos del
consorcio, se halla envuelto en una vaguedad jurídica de modo que el
inquilino nunca sabe puntualmente a qué tipo de gastos se refiere la
cláusula del contrato de locación que lo obliga a pagar ‘expensas’.
Incluso aun cuando se obliga sólo a pagar expensas ordinarias, no existe
un criterio clara de precisión, por lo cual se terminan liquidando la
mayoría de los gastos extraordinarios como ordinarios".
En
síntesis afirmó: "El locatario no debe hacerse cargo del pago de
las expensas que se generan por cuestiones extraordinarias según lo
previsto en nuestro ordenamiento jurídico, debido a que ella redundarla
en un enriquecimiento sin causa por parte del
propietario".
Por
último explicó: "Contar con información clara y precisa en las
liquidaciones de expensas es clave para la transparencia de la gesti6n de
las administraciones de consorcio, y deviene en una instrumento eficaz
para propender a la equidad de las partes y evitar abusos de cualquier
tipo, que par desconocimiento y/o falta de información puedan generarse.
La aludida distinción deviene necesaria a los fines de evitar conflictos
entre las partes y fundamentalmente para evitar arbitrariedades y abusos
que redundan en perjuicios de la parte más vulnerable de la relación
jurídica"
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Índices
de aumentos salariales para la propiedad horizontal
Este
año los salarios acumularían un 45%
Hasta
mayo, los salarios acompañaron el Indice de Precios al Consumidor (INDEC)
[BPN-12/07/19]
De confirmarse el aumento para los haberes de julio del 9%, el incremento
acumulado anual de los salarios de los encargados de edificios sería de
casi un 45% y el interanual de casi un 73%. Por último, el valor promedio
de las escalas salariales de los primeros siete meses de este año sería
de casi un 57% con respecto al mismo período del año anterior.
Por
otra parte, el INDEC informó que hasta mayo de este año, el aumento
acumulado nacional fue del 19,20% y del 19% para el Gran Buenos Aires. El
aumento interanual nacional fue del 57,3% y el del Gran Buenos Aires de
56,8%.
Por
último, este año los haberes mínimos de los jubilados llevarán
acumulados hasta julio un 23,84% de aumento y a fin de mes el incremento
interanual habrá sido de un 42,39%.
El
incremento mensual
Al
momento del cierre de esta edición no se contaba con la confirmación del
aumento acordado para las escalas salariales de la propiedad horizontal y
los números estimados están sujetos a confirmación o modificación. De
todas formas, según los rumores que circulan por ciertos sectores del
Ministerio de Producción y Trabajo el aumento para julio será del 9%
< ver
nota>.
Como
no hay otros aumentos de acuerdos anteriores el incremento mensual sería
del 9%. El promedio de las funciones "Encargado
permanente" con y sin vivienda para las cuatro categorías fue en
junio de 31.820 pesos mensuales mientras que en julio sería de 34.684
pesos mensuales.
El
incremento acumulado
En
diciembre del año pasado el promedio de las escalas salariales descriptas
era de 23.882 pesos mensuales mientras que este julio sería de 34.684
pesos. Según estos números, el incremento acumulado anual estará en el 45,23%
El
incremento interanual
El
incremento interanual del promedio de las cuatro categorías de las dos
primeras funciones de las escalas salariales del sector fue de un 73,07%.
En
julio de 2018 el salario promedio de esas dos funciones fue de 20.040
pesos mensuales, mientras que en julio de este año sería de 34.684
pesos.
El
incremento promedio
En
promedio, durante los primeros siete meses de este año las escalas
salariales de los encargados de edificios fueron de un 56,76%
mayor que las del mismo período del año pasado
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Registro
Público de Administradores porteño
Prosperaron
sólo el 36% de las denuncias de 2018
De
las 1.314 denuncias presentadas se firmaron 478 disposiciones
sancionatorias de las cuales se publicaron, hasta ahora, sólo 15.
[BPN-12/07/19]
Durante el año 2018, los consorcistas porteños presentaron 1.314
denuncias contra los administradores de consorcios ante la Dirección
General de Defensa y Protección del Consumidor de la CABA.
Prosperaron sólo el 36% de esas denuncias, o sea que de esas denuncias se
firmaron 478 disposiciones sancionatorias. Sin embargo -ya a mediados de
2019- de esas sanciones firmadas sólo se publicaron 15 (3,14%) en el Boletín
Oficial. En resumen, de cada 1.000 denuncias –al día de hoy- sólo
se sancionan 11,4 administradores.
Es
de suponer que –si todo sigue igual- hasta fin de año la cantidad
disposiciones sancionatorias publicadas en el Boletín Oficial se
duplicará. En ese caso se habrán publicado 30 disposiciones y de cada
1.000 denuncias casi 23 se concretarán en sanciones publicadas en el
Boletín Oficial.
Las
preguntas son: ¿qué pasó con las 836 denuncias que no se concretaron en
una sanción y qué pasó con las 463 disposiciones sancionatorias que no
se publicaron en el Boletín Oficial? ¿Todas fueron apeladas y
desestimadas por la justicia? ¿Por qué el porcentaje que se concreta
desde la denuncia hasta la sanción publicada es tan bajo? ¿Qué es
lo que se hace mal o no se hace?
Este
año se pudo constatar que desde que se firmó una disposición
sancionatoria hasta que se publicó en el Boletín Oficial transcurrieron un
año, cuatro meses y 15 días. El año pasado ese tiempo fue
bastante inferior, se demoraron 11 meses y 23 días, una
diferencia de cuatro meses y 21 días.
En
2016 pasó algo parecido, las 1.050 denuncias que presentaron los vecinos
se tradujeron en 432 disposiciones sancionatorias de las cuales sólo 27
se publicaron en el Boletín Oficial. O sea que 618 denuncias no
procedieron y -más tarde- 405 disposiciones sancionatorias no se
concretaron en su publicación en el Boletín Oficial [1].
Es
de recordar
Ya
la Auditoría General de la CABA (AGCBA) había informado
que durante el 2016 la Dirección General de Defensa y Protección del
Consumidor (DGDyPC) resolvió sólo el 10% de las denuncias que
ingresaron ese año por todo concepto. Observó también inconsistencias
en el registro de cantidad de denuncias y su clasificación por subrubros
y advirtió que tiene escasez de personal en dos áreas claves: faltan
abogados e inspectores.
El
informe fue emitido el 13 de marzo pasado y ese proyecto llevó el número
5.17.09 [2]
---
[1]
BPN Nº 611 del 9/08/17: " De
las 21 sanciones firmes sólo se publicaron 11".
[2]
BPN 656 Nº del 14/05/19: " Defensa
del Consumidor resolvió sólo el 10% de las denuncias".
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Primer
semestre 2018 vs. 2019
Las
sanciones contra administradores subieron un 83%
Durante
el primer semestre de 2018 se sancionaron 35 administradores mientras que
en 2019 fue de 64.
[BPN-12/07/19]
Según lo publicado en el Boletín Oficial, durante el primer semestre del
año, comparado con el mismo período dela año anterior, la cantidad de
administradores sancionados se incrementó en un 83%, el monto de las
multas en pesos aumentó un 28% [1] y en dólares se redujo en
un 24%.
Este
año, el tiempo que transcurre desde que se firma una sanción hasta que
se publica en el Boletín Oficial se incrementó en cuatro meses y 21
días. Durante los primeros seis meses del año 2018 ese tiempo era de 11
meses y 23 días y en 2018 fue de 1 año, cuatro meses y 15 días.
Cantidad
de multas
Durante
el primer semestre de este año se publicaron 60 disposiciones
sancionatorias contra 64 administradores de consorcios mientras que
durante el mismo período de 2018 la cantidad de administradores
sancionados fue de 35. El incremento interanual fue de un 82,86%.
La
mayor multa de este año fue de 77.888 pesos el 18 de febrero de 2018 (BO:
20/05/19) y la menor fue de 4.600 pesos el 26 de octubre de 2018 (BO:
12/06/19).
Del
total de administradores multados este año y publicados en el Boletín
Oficial, 38 (59%) fueron varones, 22 (34%) fueron mujeres y 4 (6%) fueron
empresas. Con respecto al año pasado las multas contra los varones
aumentaron un 111%, las de las mujeres un 57% y las de las empresas un
33%.
Montos
en pesos
Según
lo publicado en el Boletín Oficial, durante la primera mitad de este año
se recaudaron 1.435.242 pesos, un 28% más que durante ese mismo período
del año anterior. El año pasado, durante ese período la recaudación
total fue de 1.117.371 pesos.
Montos
en dólares
Este
año esa recaudación en dólares bajó casi un 24%. Durante el primer
semestre del año pasado se recaudaron 46.924 dólares, este año 35.792 y
la diferencia entre ambos fue de 11.132 dólares menos.
La
cotización promedio del dólar en enero de 2018 fue de 18,51 pesos por
cada moneda estadounidense y el 22 de junio de ese año fue de 29,12
pesos. Por su parte en enero de este año el dólar había llegado a 37,7
pesos mientras que el último día laborable de junio estuvo en 42,5. Para
realizar los cálculos se tomó el promedio de cada semestre.
Demora
en la publicación
Durante
la primera mitad del año, el tiempo trascurrido entre la firma de la
sanción hasta su publicación en el Boletín Oficial fue de un año,
cuatro meses y 15 días (502 días corridos) mientras que el año pasado
fue de 11 meses y 23 días (358 días). El incremento en el tiempo de
publicación fue de 4 meses y 21 días.
La
disposición que más rápido se resolvió tardó solo 55 días (un mes y
24 días) en ser publicada, mientras en la otra punta hubo una que tardó
713 días en ser publicada (un año, 11 meses y 12 días)
---
[1]
Para una mayor claridad en la lectura se redondearon algunos decimales
según las reglas matemáticas convencionales.
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Causas
judiciales contra Consorcio Participativo
Una
cuarta comuna se presentará como ‘amicus curiae’
La
Comuna 14 es el de mayor extensión de la ciudad con una superficie total
de 15,6 km2.
[BPN-12/07/19]
El pasado 26 de junio, durante el plenario del Consejo Consultivo de la
Comuna 14 se aprobó por amplia mayoría presentarse como "amicus
curiae" [1] en las causas judiciales que se están
tramitando contra la Aplicación Oficial Consorcio Participativo [2].
Representará a los vecinos la coordinadora de la Comisión de Consorcios
de esa comuna, la Cra. Silvia Aller Atucha.
Con
esta última ya son cuatro las comunas que de una manera u otra decidieron
participar en las demandas contra la ley de autoría de Facundo Carrillo,
secretario de Atención y Gestión Ciudadana, que creará una aplicación
oficial que concentrará los datos económicos, laborales y privados de
propietarios e inquilinos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires [3].
El
tema se trató en el Salón Blanco de esa sede comunal, participaron 40
vecinos y –salvo dos que se abstuvieron- el resto votó por la
afirmativa.
La
Comuna 14 es el de mayor extensión de la ciudad con una superficie total
de 15,6 km2 y su población al 2010 era de 225.970 vecinos
---
[1]
El amicus curiae es una expresión latina utilizada para referirse a
presentaciones realizadas por terceros ajenos a un litigio, que ofrecen
voluntariamente su opinión frente a algún punto de derecho u otro
aspecto relacionado, para colaborar con el tribunal en la resolución de
la materia objeto del proceso. Gómez Orozco, José Alejandro (2016).
Diccionario jurídico aplicado. Medellín, Colombia: Librería Jurídica
Sánchez R Ltda. p. 80.
[2]
BPN Nº 635 del 12/07/18: " El
Proyecto Carrillo se convirtió en la Ley 5.983"
y BPN Nº 635 del 12/07/18: "Los
10 artículos de Consorcio Participativo".
[3]
BPN Nº 658 del 13/06/19:" Ya
son tres las comunas que se presentan como ‘amicus curiae’".
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Declaración
Jurada Formulario 931
El
aplicativo de la AFIP no funcionó durante el cierre de expensas
Sede
de la AFIP frente a la Plaza de Mayo [Foto: archivo Pequeñas Noticias]
[BPN-12/07/19]
Desde el pasado viernes 28 de junio y hasta el 1º de julio por la tarde,
no funcionó el aplicativo "Declaración en línea" con el que
se liquidan los aportes y contribuciones de la Seguridad Social y la Obra
Social, entre otros.
Este
desperfecto se produjo justo cuando los administradores de consorcios y
las empresas liquidadoras de expensas y sueldos y jornales estaban
abocados al cierre de los sueldos del personal de los consorcios de
propietarios como parte del cierre de las expensas de junio y produjo
incertidumbre y atrasos en el sector.
Así
lo informó la Cámara Argentina de Sistemas Informáticos para la
Propiedad Horizontal (CASIPH) el 1º de julio mediante un
comunicado que distribuyó por sus redes sociales.
El
impacto
Para
entender el impacto, hay que recordar que en esos pocos días -sólo en la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires- todos los meses más de 8 mil
administradores registrados cierran las expensas que deben pagar unas dos
millones de personas que viven en propiedad horizontal.
Otro
tema a tener en cuenta es que -cuando el cierre de expensas cae durante un
fin de semana o un feriado- muchos administradores los trabajan para estar
en condiciones de pagar sueldos y repartir expensas durante el primer día
hábil de la semana.
Literalmente
Textualmente
CASIPH informó:
"Desde
el día viernes 28 de junio de 2019 el sitio web de la AFIP está
realizando tareas de mantenimiento, generando problemas con la
presentación de las DDJJ (Declaraciones Juradas) en línea, lo que
incluye específicamente las presentación de las DDJJ-F931 (Cargas
sociales).
Por
tal motivo, informamos a nuestros asociados que se han visto
afectadas todas las tareas de presentación a tal fin y que
entendemos que en el día de la fecha, se estará normalizando. Esto
puede afectar la tarea de nuestros asociados y la de sus clientes al
no poder concretar cierres de expensas, debiéndolos postergar.
Lamentamos el inconveniente y confiamos una pronta solución". |
A
últimas horas de la tarde de ese lunes el servicio se restableció
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Elecciones
nacionales 2019
Eduardo
Awad ya comenzó su campaña
Dr.
Eduardo Awad [Foto: archvo Pequeñas Noticias 2015]
[BPN-12/07/19]
En diálogo con Pequeñas Noticias, el Dr. Eduardo Awad,
precandidato a primer diputado nacional por el Partido Autonomista
Nacional (PAN), adelantó cuatro de sus propuestas para bajar
las expensas en los consorcios de propietarios: la eliminación del
impuesto al cheque; que las prestadoras de servicios (electricidad, gas y
agua) categoricen a los consorcios como residenciales y no como grandes
consumidores; subir el mínimo no imponible que se aplica a los aportes y
contribuciones del personal de los consorcios y la creación de créditos
blando para el mantenimiento de los edificios sometidos al régimen de
propiedad horizontal.
Es
de recordar que el 9 de marzo, Awad había aceptado una propuesta para ser
candidato a diputado nacional que le realizara el presidente del Partido
Autonomista Nacional y exsenador, José Antonio Romero Feris
[1].
El
22 de junio, firmó su aceptación al cargo representando a la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires. Por su partido, Romero Feris se postula para
presidente de la nación y el Dr. Guillermo Sueldo para
vicepresidente.
El
Dr. Awad es el presidente del Colegio Público de Abogados de la
Capital Federal, el presidente del Instituto de Propiedad
Horizontal de esa entidad y columnista del programa "Sábado
tempranísimo" conducido por Marcelo Bonelli que se emite
por Radio Mitre y otros programas de radio y TV por cable.
La
entrevista
Pequeñas
Noticias : ¿El Partido
Autonomista Nacional al que Ud. pertenece va sólo o como parte de algún
frente?
Eduardo
Awad: No, va solo.
PN:
¿Cómo define a este partido? ¿Cómo un partido de derecha, de centro o
de izquierda?
EA:
Yo voy como como extrapartidario y a mí no me interesa definir el
partido, ni me interesa la ubicación que tenga el partido. Es un partido
que se interesó en que yo encabece su lista de diputados nacionales y yo
puse la condición de ser extrapartidario.
PN:
¿Eso le permitirá votar según su conciencia o va tener que votar según
los lineamientos del partido?
EA:
Yo no voy hacer un levantamanos, voy a ser alguien que va a votar de
acuerdo a las convicciones que yo mismo tenga.
PN:
Usted adelantó que va a presentar soluciones para la problemática de los
consorcio, ¿Cuáles serían esas propuestas?
EA:
Yo quiero presentar proyectos de ley -en la medida que se pueda- para
lograr o tratar de que se baje el costo de las expensas que están
impagables. Por ejemplo:
1.-
Una de las cuestiones puede ser hacer que los consorcios no deban pagar el
impuesto al cheque porque el consorcio no es una empresa y no tiene fines
de lucro. El consorcio lo que hace es recaudar expensas que las gasta en
el mantenimiento pero de eso no le queda ganancia.
2.-
Otra puede ser que no puedan tomar a los consorcios como grandes
consumidores sino como residenciales para las tarifas de luz, gas y agua.
3.-
Otra cuestión puede ser que se suba el mínimo no imponible de los
aportes y contribuciones las cargas sociales de los empleados de los
consorcios. Por ejemplo, el consorcio en lugar de pagar cargas sociales
desde un sueldo de diez mil pesos –por decir alguna cifra- lo empiece a
pagar recién cuando el sueldo es de quince mil o diecisiete mil pesos.
Como hicieron con el campo que levantaron el mínimo no imponible.
Entonces pagarían menos, tanto el consorcio como su empleado.
4.-
Hacer que los bancos oficiales -que están llenos de plata- creen una
línea de crédito realmente blandos para que los consorcios puedan
reparar, por ejemplo, las goteras que tienen la gente desde hace años y
que no pueden reparar porque no tienen plata. Esto va a beneficiar a la
gente de los consorcios y va a crear ciento de miles puestos de trabajo.
Por
ahora eso, y –en otro orden de cosas- tengo la idea de que sean
vinculante las promesas que hagan los candidatos en el marco del debate
presencial. Ahora hay una ley que dice que el debate presidencial es
obligatorio y que lo debemos pagar nosotros. Todos los ciudadanos debemos
solventar un marco para que los candidatos se sienten a mentir pagados por
nosotros.
PN:
Esto es interesante.
EA:
Seguro porque lo que prometan en el debate lo van a tener que cumplir,
sino serán sancionados de la manera que la reglamentación indique para
que no mientan en el marco de un debate pagado por los ciudadanos. Antes
no lo pagaba nadie pero ahora que es obligatorio que lo pagamos nosotros
les estamos pagando un escenario, un equipo de televisión, etc. para que
nos mientan a nosotros mismos".
PN:
Usted quiere que sea vinculante, con sanciones.
EA:
Si, claro.
PN:
¿Esas sanciones serían penales o administrativas?
EA:
Supongo que tendrán que ser administrativas, no sé eso quedará para el
debate. Le aclaro que eso ya lo dije en algunos medios y el otro día lo
escuche a Alberto Lavagna (Frente Consenso Federal 2030)
decir que era idea de él. Sin embargo yo lo vengo hace tres o cuatro
meses.
PN:
¿Alguna otra iniciativa?
EA:
Por ahora tengo eso. Tengo algunas más pero no, no, no valen la pena. Lo
que sí es importante es que me voy a ocupar de las personas con
discapacidad.
PN:
Y el tema las mascotas.
EA:
Exactamente, no humanos.
PN:
¿Usted estas propuestas -estoy hablando de la propiedad horizontal- las
elaboro solo o con un equipo?
EA:
Solo.
PN:
¿Qué recepción tuvieron sus propuestas en los consorcistas que los
conocieron?
EA:
Excelente porque todas tienden a bajar el costo de las expensas y en este
momento el índice de morosidad esta por las nubes y la morosidad se
traduce -en muchos casos- en juicios ejecutivos y eso significa el remate
de la vivienda y eso significa gente en la calle.
PN:
¿Qué chance tiene de superar el mínimo necesario para ingresar al
parlamento?
EA:
No lo sé.
PN:
¿Hicieron mediciones, hicieron encuestas?
EA:
Supongo que estarán haciendo pero a mí no me interesan.
PN:
¿Si accede a su banca usted abandonaría la presidencia del Colegio
Público de Abogados?
EA:
No porque yo tengo mandato hasta junio del año que viene
---
[1]
BPN Nº 652 del 14/03/19: " Eduardo
Awad será candidato a diputado nacional".
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Liga
del Consorcista
Alertan
que se sigue pretendiendo crear un colegio
La
Dra. Rita Sessa [Foto: archivo de Pequeñas Noticias 2014]
[BPN-12/07/19]
El pasado 28 de junio, la Dra. Rita Sessa, vicepresidenta de la Fundación
Liga del Consorcista, alertó que "hay administradores que siguen
pretendiendo un colegio único de administradores" y agregó:
"Lo que pretenden los administradores de consorcios está viciado.
Vuelven a la carga porque esa ilegítima pretensión ya se discutió en la
Legislatura porteña en 2003 y fue rechazada". Así lo hizo saber por
medio de un artículo firmado en el sitio web de la Fundación.
Es
de recordar que en 2007 hubo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires una
última iniciativa para colegiar a los administradores que motorizada por Diego
Santilli y Jorge Enríquez (por aquel entonces del bloque Juntos
por Buenos Aires) que no prosperó [1].
Por
otra parte, a principios de este año, el presidente de la Cámara de
Administradores de la Ciudad de La Plata, Adm. Nicolás Juárez
Ocampo, había adelantado a Pequeñas Noticias que uno de los
objetivos de su gestión sería la creación de un Colegio Público de
Administradores de Consorcio en el entendimiento que un Registro Público
de Administradores en la provincia "va a traer más controversias que
soluciones entre los distintos actores de la vida consorcial"
[2].
"Existe
una relación de consumo"
La
Dra. Sessa comenzó argumentando que entre administradores, consorcios y
consorcistas existe una relación de consumo "en los términos y
alcances de la Ley Nacional 24.240 en su texto vigente, con las reformas
del Código Civil y Comercial de la Nación".
Agregó
que "los administradores insisten con estar al margen del régimen de
consumidores para lo cual necesitan de una carrera universitaria y un
colegio que los agrupe. De esa forma estarían excluidos conforme la ley
vigente (Art. 2º de la Ley 24.240) [3].
La
carrera universitaria
Consideró
que no es necesario una carrera terciaria para administrar y que exigirla
sería de dudosa constitucionalidad: "No creo necesario crear una
carrera terciaria específica para administrar bienes de terceros. La
matrícula o registro que hoy entrega la CABA es constancia legítima y
suficiente, por estar facultada para hacerlo. Al margen que sería de
dudosa constitucionalidad exigirle a un propietario que para administrar
su patrimonio tenga título terciario".
Gerentes
de patrimonio ajeno
Recordó
que los administradores no ejercen una profesión liberal, que serían
gerentes del patrimonio de terceros y no cabe la posibilidad jurídica de
colegiación de gerentes. "El presidente de la Fundación Liga del
Consorcista de la Propiedad Horizontal, Dr. Osvaldo Loisi, ha sido
muy explícito en fundamentar las razones por las que un colegio único de
administradores no sería legítimo dado que son administradores de bienes
ajenos. No ejercen una profesión liberal. Serían gerentes de patrimonio
de terceros y no cabe la posibilidad jurídica de agremiación de
gerentes".
"¿Qué
se pretende?"
La
Dra. Sessa consideró que los administradores pretenden lograr dos
objetivos. El primero es "tener una caja propia" y el segundo
eludir las multas que les aplica el Registro Público de Administradores
porteño. En sus palabras explicó: "En el fondo lo que los
administradores quieren con esta propuesta es tener una caja propia y
también liberarse de las sanciones de un ente independiente de carácter
estatal, como ocurre ahora, con las multas que adecuadamente aplica la
dirección de consumidores de la CABA".
"Muchos
más son propietarios"
Ya
redondeando aclaró: "Hay muchos administradores pero muchos más son
los propietarios de unidades funcionales. A ellos hay que proteger, porque
suelen verse ninguneados por ciertos malos administradores, y terminan
viendo caer el valor venal y de renta de sus propiedades ante la impericia
o la corrupción existente. Es cierto que hay muchos buenos gerentes del
dinero ajeno, que escuchan a los propietarios y actúan con inteligencia y
honestidad, pero no son mayoría".
Por
último pidió: "Debemos rechazar las maniobras de lobbies que
golpean a las puertas de los políticos con el fin de procurarse leyes a
medida"
---
[1]
BPN Nº 334 del 14/11/07: " Terremoto".
[2]
BPN Nº 652 del 14/03/19: " Los
cuatro objetivos de la nueva comisión directiva".
[3]
Artículo 2º de la Ley 24.140: "No están comprendidos en esta ley
los servicios de profesionales liberales que requieran para su ejercicio título
universitario y matrícula otorgada por colegios
profesionales reconocidos oficialmente o autoridad facultada para
ello, pero sí la publicidad que se haga de su ofrecimiento. Ante la
presentación de denuncias, que no se vincularen con la publicidad de los
servicios, presentadas por los usuarios y consumidores, la autoridad de
aplicación de esta ley informará al denunciante sobre el ente que
controle la respectiva matrícula a los efectos de su tramitación".
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CUIDADOS DE PERSONAS Y NIÑOS DAMA DE COMPAÑÍA: Señora muy responsable con experiencia en cuidados de niños y personas. Trato cordial con experiencia y referencias - Nombre:
Mirta Camino - Llamar al teléfono: (11) 6486-1310 durante
todo el dia - Localidad: Villa del Parque / CABA - Correo electrónico: mirtasavoy@hotmail.com
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EMPLEADA EN ADMNISTRACION DE
CONSORCIOS: Soy administradora de consorcios matriculada. No administro ninguno. Hace 2 años que estoy desempleada y necesito trabajar. Tengo 46 años
- Nombre: Edith Tuschi - Llamar al teléfono: (15) 2752-8814
de 9 a 20:00 horas - Localidad: CABA - Correo electrónico: edithtuschi@gmail.com
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ENCARGADO PERMANENTE
/ SUPLENCIAS: Busco trabajo de encargado de edificio. Trabajo desde hace mucho tiempo en edificios haciendo suplencia y de sereno.
Amplia experiencia en el rubro. Tengo oficios de pintor y albañil. Zonas más trabajadas: Recoleta, Palermo, Almagro.
Referencias comprobables - Nombre: Carlos Tacacho - Llamar al teléfono:
(11) 3357-0531 - Localidad: CABA - Correo electrónico: j_ranking@hotmail.com
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ENCARGADO O SUPLENTE DE PEQUEÑOS, MEDIANOS Y GRANDES
CONSORCIOS: Busco trabajo preferentemente en Capital Federal. Tengo experiencia en conserjería de edificios tanto de pequeños como medianos y grandes. Referencias comprobables. - Nombre:
Ricardo Milano - Llamar al teléfono: (15)2251-8835 de 9 a 20 hs. - Localidad:
CABA / Buenos Aires - Correo electrónico: milano.ricardo88@gmail.com
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ASISTENTE
ADMINISTRATIVO: Busco trabajo como asistente, colaborador, suplencias
preferentemente part time al medio dia. Soy estudiante universitario. Tengo experiencia en el
rubro dentro y fuera de la oficina (pagos,cobros, bancos y trabajos en
unidades funcionales) - Nombre: Pablo A. Isasmendi - Llamar al teléfono: (011)(15)
5823-5200 de 13 a 17 hs. - Localidad: Floresta / CABA - Correo electrónico:
pablo_bht@yahoo.com.ar
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SUPLENTE FIN DE SEMANA: Busco trabajo de encargado.
Hago también trabajos de electricidad y pintura. Estoy en el barrio de Belgrano
en la CABA - Nombre: Adrián Puca - Llamar al teléfono: (11) 3072-0912
de 7 a 12 hs. y de 17 a 20 hs. - Correo electrónico: adrian.puca36@gmail.com
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SUPLENCIA
ENCARGADO: Me ofrezco para suplencia de encargado, tareas generales de limpieza y/o mantenimiento. Conocimientos de electricidad, pintura. Vivo en el barrio de
Belgrano. Nombre: Jorge Alejandro Garibotti - Llamar al teléfono:
(11) 3814-0928 durante todo el dia - Localidad: CABA - Correo electrónico:
griludi62@hotmail.com.ar
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SUPLENCIA DE PORTERÍA: Busco trabajo por Capital
Federal o zona oeste. Tengo amplio conocimiento, soy una persona comprometida y responsable con la labor. Trabajé como encargado de limpieza en Monte
Grande y realicé tareas de suplencias como portero - Nombre: Héctor Fernando Arriola Torres - Llamar al teléfono:
(11) 6283-5195 de 8 a 22 - Localidad: Ciudad Evita / CABA - Correo electrónico:
fernando_torres83@hotmail.com
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SUPLENTE DE
EDIFICIOS: Hola tengo 19 años y ya realize suplencia en edificio,
trabajé en una fabrica de troquelados, lavadero y camillero. Actualmente no
trabajo y mis horarios son full time - Nombre: Brian Ariel Mansilla - Llamar al teléfono:
(11) 5768-3032 - en cualquier horario - Localidad: Claypole / Buenos Aires - Correo electrónico:
soydevelez1007@gmail.com
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ENCARGADO PERMANENTE SIN
VIVIENDA: busco trabajo en CABA permanente, suplente o fin de semana - Nombre:
Jorge Alejandro Garibotti - Llamar al teléfono: (11) 3814-0928
durante todo el dia - Localidad: CABA / Buenos Aires - Correo electrónico:
avui1967@gmail.com
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ENCARGADA DE EDIFICIO
/ LIMPIEZA DE EDIFICIOS: Me ofrezco para tareas de limpieza o encargada de edificios de media jornada en CABA sin vivienda, tengo conocimientos en el rubro. - Nombre:
Dora Galeano Cuenca - Llamar al teléfono: (11) 6212-8235
de 9 a 19 hs - Localidad: Palermo / CABA - Correo electrónico: galeanodoralice@gmail.com
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Convenio
de la CAPHyAI con el IVC
La
CAPHyAI designará los administradores de la Villa Olímpica
Edificios
de la Villa Olimpica [fotos Gobierno de la CABA]
[BPN-12/07/19]
El pasado 3/06/2019, la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y
Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) firmó un convenio con el Instituto
de la Vivienda (IVC) porteño para seleccionar y designar los
administradores de los 29 edificios que conforman el Barrio Olímpico.
La
entidad de administradores será responsable del desempeño, la idoneidad,
el profesionalismo, el criterio justo y ecuánime de las administraciones
designadas y durante los primeros tres meses será la encargada de abonar
sus honorarios a los administradores designados. También deberá
supervisar que los administradores designados cumplan con el reglamento de
copropiedad de cada edificio evitando que lleven a cabo interpretaciones
capciosas o forzadas, que favorezcan o perjudiquen los intereses de los
consorcistas, colegas o terceros".
Será
también responsable de garantizar que a los tres meses de su
designación, cada una de las administraciones convoque a asamblea
extraordinaria para que los consorcistas ratifiquen o rectifiquen la
continuidad de su mandato. De ser ratificados, sus honorarios serán
abonados directamente por el consorcio.
Tal
cual lo establece el artículo 13º de la Ley 941 (Registro Público de
Administradores de la CABA) al año vencerá el año de su designación
original y una asamblea deberá ratificar su mandato.
En
diálogo con Pequeñas Noticias, el Adm. Miguel Ángel Summa,
vicepresidente 1º de la CAPHyAI, informó que la selección de los
administradores para esos 29 edificios se hará entre los socios que
cuenten con la mejor trayectoria en la entidad, y agregó que los
honorarios serán más que justos.
El
acuerdo fue refrendado por Juan Ignacio Maquieyra, presidente del
IVC, Daniel Tocco en su caracter de presidente de la CAPHyAI y Mario
Guillermo Mazzini, secretario.
La
Villa Olímpica
En
octubre de 2018, Buenos Aires fue la sede de los Juegos Olímpicos de la
Juventud por primera vez en su historia.
En
esa oportunidad el Gobierno porteño afirmó que "además de ser un
incentivo único para el desarrollo urbano y la cultura deportiva de la
Ciudad, se trata de una oportunidad para reutilizar las instalaciones que
se construyeron en beneficio de los vecinos".
Explicaron
que la construcción de la Villa Olímpica, que albergó a los deportistas
y ocupa 50 hectáreas dentro del Parque de la Ciudad en la Comuna 8, fue
destinada a viviendas y espacios verdes y prometieron que se adjudicarán
a familias mediante un sistema de créditos accesibles. En su oportunidad
anunciaron que construirían 31 edificios de hasta siete pisos que
contendrían 1.200 viviendas.
Para
aquellos interesados, el GCABA publicó dos videos: uno sobre la
construcción de la Villa Olimpica < vínculo>
y otro sobre el interior de los departamentos <vínculo>
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Federación
de Administradores de Propiedad Horizontal
La
CAPHyAI estaría abierta a reintegrarse a FAPHRA
Adm.
Miguel Ángel Suma.
[BPN-12/07/19]
Durante los últimos días de mayo trascendió que a mediados del año
pasado la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades
Inmobiliarias (CAPHyAI) se retiró de la Federación de
Administradores de Propiedad Horizontal (FAPHRA). Sin embargo,
en diálogo con Pequeñas Noticias, Miguel Ángel Summa, el
vicepresidente 1º de la entidad consideró conveniente reincorporarse a
la Federación: "Creemos que ha pasado tiempo suficiente para poder
evaluar, tanto nosotros como cada uno de los integrantes de FAPHRA, cómo
están las cosas; por eso consideramos conveniente reincorporarnos si nos
lo solicitan".
Pequeñas
Noticias: A la redacción llegaron versiones de que la CAPHyAI se
separó de la FAPHRA. ¿Cuándo sucedió esta ruptura?
Miguel
Ángel Summa: En la asamblea anual realizada en junio de 2018 se
informó sobre la dimisión de la CAPHyAI en FAPHRA, tanto a los cargos
que ocupaba en el Consejo Directivo como en su carácter de socia
fundadora.
PN:
¿Cuál fue el motivo -o los motivos- de esta decisión?
MAS:
Considerando el interés que volcó la Cámara en la formación de esta
Federación -el 5 de diciembre de 2013 se firmó su acta constitutiva-,
nos abocamos en primer lugar a su inscripción en la IGJ y en la AFIP para
darle la figura legal que corresponde y la cual es necesaria para
representar verdaderamente a todos los administradores de este país ante
cualquier organismo público o privado. Al cumplirse el cierre del segundo
ejercicio económico (31 de marzo de 2018) correspondía tratar en la
asamblea anual la aprobación del balance y la distribución de cargos. En
dicha asamblea expusimos nuestro punto de vista sobre el desarrollo de
diferentes temas y al no poder concordar con los integrantes que
representan a las otras cámaras asociadas a la Federación decidimos dar
un paso al costado y permitir que los integrantes del Consejo Directivo
avancen con su estrategia, en beneficio a dicha Institución.
PN:
¿La CAPHyAI estaría abierta a volver a integrarse nuevamente a FAPHRA?
¿Bajo qué condiciones?
MAS:
Transcurrido un año ya de nuestra renuncia, creemos que ha pasado tiempo
suficiente para poder evaluar, tanto nosotros como cada uno de los
integrantes de FAPHRA cómo están las cosas. Por eso consideramos
conveniente reincorporarnos si nos lo solicitan. En cuanto a las
condiciones, lo que más nos interesa es ponernos de acuerdo en cuanto a
que se fijen metas claras, un plan de trabajo y que se cumplan todas. El
resto se deberá tratar en Consejo Directivo.
PN:
¿Qué puede agregar sobre este tema?
MAS:
Estamos interesados en el posicionamiento de FAPHRA en la sociedad porque
tenemos la convicción de que los problemas de la propiedad horizontal, en
menor o mayor escala, son iguales en cada punto de nuestro país y la
mejor manera de brindar apoyo a nuestros colegas administradores como así
también a nuestros clientes, los consorcistas, es trabajando en conjunto
bajo una misma bandera, la de FAPHRA
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4ª
edición de "Administrando en los tiempos del nuevo Código
Civil..."
¡¡¡
El primer sorteo del año !!!
Esta
edición agrega nueva jurisprudencia y doctrina
[BPN-12/07/19]
A partir de ahora los lectores de Pequeñas Noticias podrán
inscribirse en el primer sorteo de cinco ejemplares de la 4ª edición del
libro "Administrando en los tiempos del nuevo Código Civil y
Comercial" de autoría de la Dra. Diana Sevitz y la Cra. Liliana
Corzo. Los ejemplares fueron provistos gentilmente por sus autoras.
Hasta
el 15 de agosto, se sortearán los cinco libros entre los suscriptos al Boletín
de Pequeñas Noticias y los participantes de la Página de
Pequeñas Noticias < vínculo>
y del Grupo de Pequeñas Noticias en Facebook <vínculo>.
En
diálogo con Pequeñas Noticias la Dra. Sevitz contó que empezó a
trabajar en esta nueva edición con la Cra. Corzo durante los primeros
meses de este año cuando entendieron que este año no habría más
modificaciones en las ordenanzas, agregó que recopilar y ordenar el
material les llevó cuatro meses y muchísimo trabajo.
Pequeñas
Noticias: ¿Qué novedades introduce este libro con respecto a la
tercera edición?
Dra.
Diana Sevitz: El libro en esta 4ª edición, agrega con nueva
jurisprudencia y doctrina aspectos que no se encontraban muy desarrollados
durante el año 2108.
Con
la Cra. Corzo hemos revisado toda la normativa que ha quedado en la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires para que toda la comunidad esté al tanto de lo
que se debe cumplir. El año pasado existieron muchas que fueron
modificadas y que gravitan sobre el consorcio y sobre la actividad del
administrador porque están relacionadas con sus declaraciones juradas
anuales. También fue revisada toda la doctrina imperante a cuatro años
de la vigencia del Código Civil y Comercial y se actualizó con
jurisprudencia novedosa.
PN:
¿Cuándo empezaron a trabajar en esta nueva edición?
DS:
Empezamos a trabajar en esta nueva edición cuando entendimos que por este
año no habría más modificaciones de las ordenanzas. Recopilar y revisar
el material nos llevó muchísimo trabajo, tal vez más que escribirlo.
Fue alrededor de cuatro meses.
PN:
¿Cuándo salió de la imprenta?
DS:
Salió el pasado 5 de julio. Consideramos que es, a la fecha, la única
obra que al día de hoy se encuentra actualizada. Es un gran trabajo
actualizar una obra, nosotras desde nuestro lugar de autoras y editoras de
nuestros propios libros, entendemos la responsabilidad de efectuar
anualmente este trabajo para entregar una herramienta eficaz no sólo a
nuestros alumnos sino a toda la comunidad consorcial.
Esta
edición cuenta con 365 páginas, tiene 16 capítulos y una breve
biografía de las autoras. Los libros fueron impresos por Lulemar
Impresiones.
Como
participar: suscriptos
Los
suscriptos al Boletín de Pequeñas Noticias podrán participar enviando
un email al correo electrónico a primersorteo2019@gmail.com
Como
participar: Facebook
Para
participar del sorteo, los seguidores/participantes del grupo/sitio del
medio en Facebook deben cumplir dos condiciones:
1.-
Ingresar a la página o el grupo de Facebook de Pequeñas Noticias y dar
"me gusta" (like en inglés) a la publicación del sorteo del 12
de julio titulada "¡¡¡ Empezó el primer sorteo del año !!!"
< vínculo>.
2.-
Compartir esa publicación en su propio muro en modo público, para que
pueda ser verificado.
El
sorteo se realizará sólo entre quienes hayan cumplido con las dos
condiciones.
Los
ganadores tendrán 7 días corridos (una semana) para retirar su ejemplar
de nuestra oficina. Sin excepción no se harán envíos. De
no hacerlo así y pasado ese plazo se sorteará entre los restantes
participantes o se regalarán a una entidad de consorcistas para que lo
distribuyan entre sus asociados
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Gisela
Marziotta y Página/12
Horacio
Verbitsky cruzó más de un par de veces a Santa María
Horacio
Verbitsky en el programa "Habrá consecuencias" de "El
Detape Radio".
[BPN-12/07/19]
El pasado 24 de junio, Horacio Verbitsky adelantó que Gisela
Marziotta acompañaría a Matías Lammens como candidata a
vicejefe de Gobierno porteño en la fórmula Alianza Frente de Todos
por ser "amiga íntima de [Víctor] Santa María"
presidente del Partido Justicialista porteño y titular del Sindicato
Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal (SUTERH).
Dos
semanas después y en otro orden de cosas, Verbitsky develó que se
retiró de Página/12 porque Santa María le censurara dos notas: una
sobre el blanqueo de la familia presidencial y otra sobre el juez Claudio
Bonadio. Es de señalar que en las dos oportunidades que Pequeñas
Noticias conversó con delegados de Página/12 por los conflictos
gremiales que atraviesa el matutino, éstos afirmaron que no existía
censura en el diario [1]. Verbitsky lo desmiente.
Marziotta
y los medios
Al
día siguiente que Verbitsky adelantara la candidatura de Marziotta en el
programa "Habrá consecuencias" que se emite por "El
Destape Radio" los grandes medios lo confirmaban señalando que
había sido impulsada por Víctor Santa María.
Así
Clarín tituló: "Elecciones 2019: Impulsada por Santa María, Gisela
Marziotta acompañará a Matías Lammens en la fórmula K en la
Ciudad" [2] mientras que Perfil informó: "El
nombramiento de Marziotta, impulsada por Víctor Santa María, es una
compensación al sector del jefe del PJ porteño tras un cierre de listas
que lo dejó herido, luego de que La Cámpora prácticamente se adueñara
de las designaciones" [3].
Por
su parte, Tiempo Argentino el 26 de junio señaló: "La
postulación de Marziotta fue respaldada por el presidente del PJ porteño
y jefe del sindicato de los encargados de edificios (SUTERH), Víctor
Santa María. Hasta este martes el cargo estuvo en debate entre dos
contendientes, la periodista y la legisladora [Victoria Montenegro]
que llegó a política a partir de su historia de nieta recuperada".
Página
12 levantó la noticia recién el 27 de junio sin hacer ninguna mención a
Santa María. Sólo recordó que en las últimas elecciones legislativas,
Marziotta ocupó el quinto lugar de la lista de candidatos a diputados
nacionales de Unidad Ciudadana que encabezó Daniel Filmus: "La
boleta arañó el 22 por ciento y obtuvo sólo tres bancas",
señalaron no sin cierta picardía. Es de recordar que Marziotta no sólo
es columnista de ese diario sino que también conduce un programa de radio
en la AM 750. Ambos le pertenecen a Santa María.
Verbitsky
y Marziotta
RadioCut
reprodujo un fragmento del programa "Habrá Consecuencias" del
24 de junio [4]:
Horacio
Verbitsky: En el frente de Los Fernández, en la Ciudad de Buenos
Aires, queda por definir la vicejefatura de Gobierno...
Voz
masculina: [lo interrumpe]
HV:
¿Qué datos tenés vos?
VM:
Gisela Marziotta va a ser la candidata a vice según me confirmaron ayer
tres fuentes de tres sectores distintos que están ahí en esta
discusión.
HV:
Gisela Marziotta era la colaboradora de Mariano Grondona en su
programa paleontológico de la década pasada y en el año 2.000 era
columnista del Nuevediario de Canal 9 y hay una filmación
de ella -que yo vi ayer- en la cual esta periodista comenta el
otorgamiento del documento de identidad de Flor de la V –que dice ‘ahora
puedo llamarme Flor Trinidad’ y muestra el documento que le dieron-
diciendo ‘pero no es mujer, sólo tiene tetas y las mujeres somos mucho
más que tetas. Además tiene pene, no es una mujer, es un travesti y a
las cosas hay que llamarlas por su nombre’. Bueno, Gisela Marziotta 19
años después es posiblemente candidata a vicejefe por el notable mérito
de ser amiga íntima del presidente del Partido Justicialista de la
Capital, Víctor Santa María. Son cosas que dan vergüenza ajena.
Verbitsky
y Página/12
El
16 de junio, en la ciudad de Córdoba, Horacio Verbitsky denunció que
"Página 12 censura a sus empleados y es parte de un sistema de
encubrimiento" y agregó: "Me censuró. Hay compañeros muy
queridos pero quien decide es [el propietario] el ‘portero’ [Víctor]
Santa María. Hoy es parte de un sistema de encubrimiento al gobierno
nacional", sentenció. Así lo informó cba24n [5].
El
8 de julio, en la ciudad de Córdoba, amplió sus dichos y bajo el
título: "Macri presionó a Víctor Santa María para que me
silencie", el Mendoza Post reprodujo el diálogo que según Verbitsky
se produjo entre él y Santa María.
Para
entender el contexto, Verbitsky comenzó explicando:
"Simultáneamente [a los aprietes en el canal de Noticias C5N] es la
presión del gobierno a Víctor Santa María para que me silencie a mí en
Página/12. A mí Santa María me dice que lo están amenazando con
meterlo preso para justificar que me está censurando dos notas, una sobre
el blanqueo de la familia presidencial y otra sobre el Dr. Glock [el juez
Claudio Bonadio]. Me dice que no las puedo publicar".
Horacio
Verbitsky: Bueno, si vos no podés publicar esas notas yo no puedo
trabajar con vos, porque no he llegado a esta altura de mi vida para
aceptar que vengas a censurarme porque te amenacen. A mí me han amenazado
muchas veces de muchas cosas y no me han frenado de esa manera.
Víctor
Santa María: Lo que pasa es que mi mamá llora todo el día porque me
van a meter preso.
HV:
Consultá un psicólogo, viejo, eso no te lo puedo resolver yo, ¿qué
puedo hacer yo si tu mamá llora?
VSM:
No, no lo tomes así, son estos temas nada más.
HV:
Hoy son estos temas. Porque si vos lo que sentís es que te tienen con una
daga al cuello, el problema no es el tema sino la daga. Hoy son estos
temas pero mañana va a ser cualquier otro y yo eso no lo puedo aceptar.
El
video original con estos dichos se puede ver en la publicación que
realizó El Destape Radio en su cuenta de Twitter [7]
---
[1]
BPN Nº 584 del 1/09/16: " En
septiembre se reanudaría el conflicto de Página/12"
y BPN Nº 641 del 11/10/18: "Los
trabajadores de Página|12 vs. su empleador 'progre'".
[2]
Clarín del 25/06/19: " Impulsada
por Santa María, Gisela Marziotta acompañará a Matías Lammens en la
fórmula K en la Ciudad".
[3]
Perfil del 27/06/19: " Gisela
Marziotta será la compañera de fórmula de Matías Lammens en la Ciudad
de Buenos Aires".
[4]
RadioCut del 24/06/19: " Horacio
Verbitsky: ‘Gisela Marziotta será candidata a vicejefa por ser amiga
íntima de Santamaría’".
[5]
cba24n del 25/06/19: " Página
12 censura a sus empleados y es parte de un sistema de encubrimiento".
[6]
Mendoza Post del 8/07/19: " Verbitsky:
‘Macri presionó a Víctor Santa María para que me silencie’".
[7]
El Destape Radio del 1/07/19: "#HabráConsecuencias
| @VerbitskyH te cuenta la censura de @mauriciomacri".
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Rincón
Solidario
Contesta
la Corresponde
que se liquiden los honorarios
Desde
este rincón los profesionales contestan a propietarios,
encargados, proveedores y administradores, de onda, aportando sus
conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus
consultas.
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Rincón
Solidario
Manifestó
que corresponde que se liquiden los honorarios
Estimados
amigos:
Mi
consulta es la siguiente.
En
mi consorcio se decidió por asamblea la remoción del administrador al 30
de junio. El mandato según el acta de nombramiento debería vencer el 30
de noviembre.
El
administrador entoces manifestó que el es un mandatario con designación
por un periodo determinado y -si bien el consorcio tiene el derecho de
remoción- corresponde que se liquiden los honorarios hasta la
terminación del periodo que se le había otorgado aun cuando deje la
administración al 30 de junio de 2019.
¿Es
asi, tiene ese derecho y si lo reclamara judicialmente se lo otorgarían?
Muchas
gracias y saludos
Juan
Carlos
(22/06/2019)
Sr.
Juan Carlos:
Es
un tema un poco vidrioso, ya que el nuevo Código Civil y Comercial
establece que:
"Artículo
2066.- Designación y remoción. El administrador designado en el
reglamento de propiedad horizontal cesa en oportunidad de la primera
asamblea si no es ratificado en ella. La primera asamblea debe realizarse
dentro de los noventa días de cumplidos los dos años del otorgamiento
del reglamento o del momento en que se encuentren ocupadas el cincuenta
por ciento de las unidades funcionales, lo que ocurra primero".
Los
administradores sucesivos deben ser nombrados y removidos por la asamblea,
sin que ello importe la reforma del reglamento de propiedad horizontal.
Pueden ser removidos sin expresión de causa.
Adjunto
un fallo muy revelador Poder Judicial de la Nación:
CAMARA
CIVIL - SALA A 63313/2011 "SC/ CONS DE PROPIETARIOS S/ DAÑOS Y
PERJUICIOS".
...como
consecuencia de la remoción sin causa decidida por la asamblea de
copropietarios antes del vencimiento del plazo por el cual fue
designado para administrar el consorcio demandado.-
Es
decir, en la fundamentación del recurso, el accionante insiste en
que tiene derecho a la indemnización requerida.
Sin
embargo, no han sido rebatidos los argumentos centrales de la
decisión impugnada que han llevado a la Sra. Magistrada de la
anterior instancia a decidir en sentido contrario al sostenido por
el actor al promover esta demanda y que reitera en oportunidad de
expresar agravios.-
III.-
Sólo a mayor abundamiento, corresponde afirmar que el
pronunciamiento dictado en la instancia de grado resulta ajustado a
derecho.-
En
tal sentido, resulta indudable que el administrador resulta ser el
representante del consorcio, siendo aplicables a dicho vínculo las
reglas del mandato.-
Siendo
así, cabe recordar que el Art. 1.970 del Código Civil indica que
"el mandante puede revocar el mandato siempre que
quiera..." lo cual da cuenta de los términos generales y
liberales en que la ley consagra la revocabilidad del mandato. Por
cierto que muchos mandatarios, en especial los administradores, cuyo
cargo es habitualmente oneroso, pueden verse perjudicados por la
decisión de los propietarios, mas la revocabilidad surge de la ley
-por tanto se presume conocida- y es propia de la situación:
constituye una circunstancia a la que siempre supieron estaban
expuestos (conf. CNCiv., esta Sala, L. 585.734 del 2/3/12, voto del
Dr. Molteni).-
Las
reglas de mandato se rigen exclusivamente por la confianza y en la
cual, la falta de esta última, no da lugar a resarcimiento alguno.
Atar la revocabilidad a la indemnización daría lugar a una
relativa irrevocabilidad, pues el consorcio que tuviera intención
de despachar a su administrador tendría que pensarlo varias veces
pese al estado de tirantez y recelo, según el tiempo faltante y el
monto que estuviera dispuesto o en condiciones de pagar. Es que, la
fijación de un plazo para la gestión de un administrador no le
garantiza el término (conf. Highton, Elena "Propiedad
horizontal y prehorizontalidad", ed. Hammurabi, año 2007, 2º
edición renovada y ampliada, págs. 583/584).-
En
similar sentido, coincidiendo con la postura expuesta
precedentemente, se ha dicho que son frecuentes los casos en que los
consorcistas quedan "prisioneros" de un administrador que
de mil y una maneras intenta impedir su remoción. Mal haría el
derecho en otorgarle una herramienta más para que éste se aferre a
seguir en un cargo para el cual ya no cuenta con la confianza de su
mandante, sino todo lo contrario, el rechazo (conf. Cossari, Nelson
G. A. "Responsabilidad del administrador en la propiedad
horizontal", publicado en SJA 9/11/2011).-
Sobre
la base de los principios señalados, cabe indicar que del acta de
la asamblea llevada a cabo el día 21 de diciembre de 2010 surge que
se decidió la remoción de Héctor Américo, a partir del 31 de
diciembre de 2010. En dicha oportunidad se dejó constancia que
"...aun cuando el reglamento no exige causales de remoción del
administrador, se lo remueve por falta de confianza" (cfr. fs.
64).-
De
lo expuesto se colige que, tal como lo ha postulado el actor en
oportunidad de interponer la demanda, al momento de decidirse la
remoción del administrador no se invocó causal alguna que le fuera
imputable, limitándose a alegar los copropietarios la falta de
confianza.-
En
tal sentido, se ha dicho que en los casos de remoción sin causa,
generalmente lo que se plantea es falta de confianza o afinidad por
parte del consorcio con el administrador, o a veces se presenta una
administración con mejores condiciones y los copropietarios deciden
cambiar de administración sin un motivo concreto (conf. Smayevsky,
Miriam y Penna, Marcela A. "Propiedad horizontal", pág.
333. pto. VIII.4.3.1).-
No
se pierde de vista que en oportunidad de contestar la demanda, la
administradora del consorcio mencionó diversas situaciones que
dieron origen a la decisión adoptada por la asamblea. Empero,
dichas manifestaciones no logran enervar lo decidido y expresado en
el acta de asamblea en la cual se dejó claramente establecido que
la remoción no obedecía a causal imputable al administrador
removido, sino a la falta de confianza de los copropietarios.-
Es
más, ha sido el propio demandante quien ha erigido su reclamo en la
inexistencia de causal alguna que originara su remoción. Por tal
motivo, resulta incongruente que alegue, en oportunidad de fundar su
recurso, la existencia de causales no probadas que -como ya se ha
visto- no fueron expresadas en la asamblea al momento de disponerse
la destitución en el cargo.-
En
virtud de las consideraciones ensayadas, considero que no ha
existido obrar antijurídico alguno por parte del consorcio que
pueda dar origen a un deber de indemnizar a favor del
accionante.-
Es
que, como fuera puesto de resalto, la fijación de un lapso para la
gestión del administrador no le asegura un plazo de inamovilidad,
motivo por el cual la remoción fundada en la falta de confianza no
puede dar lugar a resarcimiento alguno.-
En
consecuencia, debo afirmar que la sentencia recurrida se encuentra
debidamente fundada y resulta ajustada a derecho.-
Del
Libro de Acuerdos de la Sala "A" de la Excma. Cámara
Nacional de Apelaciones en lo Civil.-de las Acordadas 38/13, 31/11 y
concordantes, comuníquese a la Dirección de Comunicación Pública
de la C.S.J.N. en la forma de práctica y devuélvase. |
Como
siempre lo manifiesto este es un caso, si el consorcio entiende que no se
dan estos supuestos o el admiistrador considera lo contarrio podrán
recurrir a la justicia, los fallos son solo indicativos, el juez puede
fallar de otras maneras.
Es
materia opinable.-
Dra.
Diana Sevitz
---
La
Dra. Diana Sevitz es abogada, mediadora y árbitro en propiedad horizontal
y de los tribunales arbitrales de consumo, es co-conductora del programa
de radio Consorcios Hoy, autora de varias publicaciones y docente sobre
temas específicos de propiedad horizontal.Para cualquier consulta se le
puede enviar un e-mail a
dsevitz@estudiodianasevitz.com.ar
o llamarla a los teléfonos 4784-8251 / 4784-8072.
|
|
Correo
de Lectores
El
ejercicio financiero de un consorcio
Hola:
¿Cómo
empiezo el ejercicio financiero de un consorcio que liquida a mes vencido?
Por
ejemplo:
1.-
Tomo un edificio el 1 de junio.
2.-
Comienzo con un fondo de $100.000, el dia dos empiezo pagando el sueldo de
mayo y todos los demás gastos mensuales.
3.-
A fin de mes gasté los $100.000 y vuelvo a armar las nuevas liquidacion
de expensas pero a su vez los propietarios me estan pagando las expensas.
¿Entonces
cuanto tengo de fondo, 100.000 o 200.000?
Diego
[Rosario/Santa Fe]
(28/06/2019)
Hola
Diego:
Si
vos sos el nuevo administrador y tu primera expensa es la del mes de
junio, tu gestión arranca con $0. Durante el mes de junio vas a recibir
la cobranza del mes anterior y es probable que la administración saliente
te entregue un saldo o no. Mientras tanto vas a ir abonando los gastos que
se presenten en el mes de junio con el dinero que tengas, ¿¿es así??
Tus
Estado Financiero al finalizar el mes de junio va a estar formado, más o
menos, de la siguiente manera:
Saldo
al 30/05/2019 $0.-
Entregado
por Administración anterior: $1000.-
Cobrado
durante el mes de junio: $100.-
Gastos
realizados en el mes de junio: -$900.-
Saldo
al 30/06/2019: $200
¿Queda
claro? Los números son solo ilustrativos. Espero haberte ayudado.
Un
saludo grandote
MFL
|
|
ACCABA:
Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ACoPH:
Asoc. Civil de Consorcistas de la Propiedad Horizontal (Mar del Plata).
ACRA:
Arbitros de Consumo de la República Argentina.
ADEPROH:
Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la
Propiedad Horizontal RA.
AFIP:
Administración Federal de Ingresos Públicos.
AGIP:
Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.
AIERH:
Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal.
AIPH:
Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal
AIPH.
APARA:
Asociación de Profesionales Administradores de la República Argentina.
APH:
Asociación Civil de Propietarios de inmuebles de Renta y Horizontal.
API:
Asocición Propietarios de Inmuebles.
APIPH:
Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal.
APBR:
Asociación de Propietarios de Bienes Raíces.
APROPHMAR:
Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata.
CAAC:
Confederación Argentina de
Administradores de Consorcios.
CABA:
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
CACCyC:
Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas.
CAPHBByZ:
Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de Bahía Blanca y
Zona.
CAPHPBA:
Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires.
CAPHyAI:
Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.
CAPRA:
Cámara de Propietarios de la República Argentina.
CASIPH:
Cámara Argentina de Sistemas Informáticos de Propiedad Horizontal.
CCT:
Convenio Colectivo de Trabajo.
CDI:
Clave de Identificación.
CECAF:
Cámara Empresaria de Conservadores de Ascensores y Afines.
CEDDDA:
Camara Empresarial de Desinsectacion, Desrodentizacion y Desinfeccion Ambiental.
CGPC:
Centro de Gestión y Participación Comunal de la Ciudad Autónoma de Bs. As.
|
CIA:
Cámara Inmobiliaria Argentina.
COAPLA:
Empresas de Control de Plagas de la Republica Argentina.
CEPRARA:
Cámara de Empresarios Pintores y Restauraciones Afines de la República Argentina
CUCICBA:
Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA.
CUIL:
Clave Única de Identificación Laboral.
CUIT:
Clave Única de Identificación Tributaria.
FAC:
Federación Argentina de Consorcios.
FAPH:
Foro de Abogados de Propiedad Horizontal.
FATERyH:
Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal.
FECIBA:
Federación Económica de la Ciudad de Buenos Aires.
FEDECO:
Federación de Asociaciones de Consorcios.
FRA:
Fundación Reunión de Administradores.
ICI:
Instituto de Capacitación Inmobiliaria.
INADI:
Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo.
IxE:
Indignados por expensas.
LCPH:
Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal.
RCD:
Red de Consorcistas Damnificados.
ReDeCo:
Reafirmación de los Derechos del Consorcista.
SEARA:
Sindicato Empleados de Administradoras de la República Argentina.
SERACARH:
Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal.
SiPreBA: Sindicato de Prensa de Buenos Aires.
SUTERH:
Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal.
UADI:
Unión Administradores de Inmuebles.
UCRA:
Unión de Consorcistas de la República Argentina.
UITEC:
Unión Iberoamericana de Trabajadores de Edificios y Condominios.
ULAI:
Unión Latinoamericana de Administradores e Inmobiliarias.
UMIPH:
Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal.
|
Boletín
de Pequeñas Noticias
Número
de Edición:
660 [
DCLX ] [1ª Edición]
Fecha
de publicación: 12 de Julio de
2019
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y propietario:
Claudio García de Rivas
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sociales: Página
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Dirección:
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César Díaz 2761
(1416) Capital Federal - República Argentina - Teléfono:
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