Pequeñas Noticias en la WEB Buenos Ayres Digital

Buenos Aires, Argentina

Leer en la Web

15 de agosto de 2019 - Nº 662

Paritarias 2019

Confirmado: se homologó el aumento en tres cuotas de 9,5%

Tal cual lo adelantara Pequeñas Noticias se otorgó a los trabajadores del sector un aumento en tres cuotas: una en julio, una en noviembre y la última en marzo Habrá revisiones salariales en enero y abril de 2020 El acuerdo durará un año.

[BPN-15/08/19] Tal cual lo anticipara Pequeñas Noticias, el pasado 30 de julio, la Secretaría de Trabajo homologó un acuerdo firmado entre el AIERH, APH, CAPHyAI y UADI con la FATERyH que otorgó un aumento salarial en tres cuotas de un 9,5%: la primera en julio, la segunda en noviembre y la tercera en marzo de 2020.

En esta oportunidad no se presentaron las escalas salariales para homologar como se hace habitualmente lo que dejó en manos...


 

 

Índices de aumentos salariales para la propiedad horizontal

Con el último acuerdo el acumulado anual quedó en casi 46%

El incremento promedio de las escalas salariales de los ocho primeros meses fue de 56,37% Hasta junio el Índice de Precios del Consumidor acumulaba un 22,4% de incremento Los haberes de los jubilados acumulaban en julio un incremento anual de 42,39% El aumento dramático del dólar de esta semana cambiará todos los números de agosto.

Paritarias 2019

Desde 2016 y hasta junio de 2019 los sueldos habían perdido 6 puntos

Por su parte las jubilaciones perdieron frente a los salarios de los encargados de edificios 17,22 puntos porcentuales y frente a la inflación medida por el INDEC 23,72 puntos La disparada del valor del dólar esta semana cambiará para consorcistas y trabajadores todos los números.


Administración Global


Paritarias 2019

Para el AIERH –antes del aumento- los salarios habían caído un 34%

Así surgió de un estudio de la evolución de las expensas entre 150 consorcios que presentaron el 19 de julio en el Hotel Savoy Se destaca que durante la presentación -luego de firmar junto a otros un nuevo acuerdo salarial del que no se sabía nada- vaticinó que "esa caída seguramente registrará una mejora".


Elecciones 2019

Se cayó la candidatura de Awad

El pasado 20 de julio Eduardo Awad anunció por Facebook que no podrá competir como precandidato a diputado nacional representando a la CABA por el Partido Autonomista Nacional El 1º de julio un fallo de la jueza Servini había rechazado la lista de diputados y senadores nacionales por presentación fuera de término y falta de documentación Finalmente, en las PASO el PAN quedó fuera de carrera.


Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias

III Congreso Latinoamericano de Administradores de PH

El 11 y 12 de noviembre próximo, la CAPHyAI realizará su Tercer Congreso Latinoamericano de Propiedad Horizontal Se desarrollará en la sala "Mariano Mores" del Abasto Hotel Estarán presentes representantes de la ULAI, FAPHRA y CASIPH.


Proyecto de resolución porteño

Quieren saber por qué no se reglamentó el SIDEC

María Rosa Muiños presentó un proyecto en la Legislatura para que el Poder Ejecutivo explique por qué no reglamentó el Sistema de Información de Denuncias de Consumidores Fue creado para evaluar el desempeño de las empresas prestadoras de bienes y servicios Se sancionó en 2010.


Banco de la Ciudad de Buenos Aires

Ya hay más de tres mil cuentas consorcio

Su crecimiento es lento pero sostenido A principio de año contaban con 2.106 cuentas y el 30 de junio 3.043 En marzo perdieron 14 cuentas.


Acceda desde aquí a la sección completa

Correo de Lectores

Inscripción en el RPA de la Provincia de Buenos Aires

(12/08/2019)


Acceda desde aquí a la sección completa

Bolsa de Trabajo

Avisos Clasificados

Ley Carrillo

La Cámara de Apelaciones rechazó y Zulberti recurrirá al Supremo local

La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de la CABA rechazó el recurso interpuesto por Andrés Zulberti para que su causa contra el uso de sus datos sin permiso por la Plataforma Oficial Consorcio Participativo lo trate un tribunal federal Anunció que apelará al Tribunal Superior de Justicia.


Proyecto de ley porteño

Quieren que se notifique al consorcio las órdenes de restricción

Un legislador de Unidad Ciudadana propuso incluir entre las obligaciones del administrador la notificación fehaciente en sus edificios de la existencia de una prohibición de acercamiento contra cualquier persona por violencia de género.


El abrazo Santa María / Rodríguez Larreta

La hermana de Larreta administraría el Hotel Octubre 2 de la FATERyH

Un medio digital develó que Víctor Santa María concesionó a una medio hermana de Horacio Rodríguez Larreta el uso y la explotación del nuevo Hotel Octubre 2 en la ciudad de Iguazú La empresa de la cual es socia pagará 150 mil pesos mensuales pero el medio evaluó que el hotel podría llegar a facturar un millón de pesos diarios.


Proyecto de ley porteño

Si el servicio técnico no se presenta la empresa pagaría multa

La Defensoría del Pueblo de la CABA presentó un proyecto de ley para que las empresas prestatarias de servicios deban resarcir a sus usuarios con una multa de más de tres mil pesos cuando incumplan el día y horario pautado para una visita técnica.


Acceda desde aquí a la sección completa

Correo de Opinión

Comentarios al pasar

por el Adm. Luis Sinagra


Acceda desde aquí a la sección completa

Correo de Opinión

Sus compañeros lo recuerdan como leal y generoso 

por CASIPH


Acceda desde aquí a la sección completa

Correo de Opinión

Al mal tiempo... 

por la Sra. Teresa Villanueva


Rincón Solidario
Ahora reclama una indemnización por la vivienda

por el Dr. Pablo Acuña


Rincón Solidario
Congelar expensas

por la Dra. Diana Sevitz

Acompañan a Pequeñas Noticvias en este número.

Curso Liquidación de Sueldos para Propiedad Horizontal

Siro, Servicio Integral de Recaudación Banco Roela

Administración Global

Administración Bernetti

Cra. Viviana B. Grinberg

CASIPH (Cámara Argentina de Sistemas Informáticos para Propiedad Horizontal)

Caldén, control de plagas

CAPHyAI: 3º Congreso Latinoamericano de Administradores de PH

Pewen Sistemas: Servicios informáticos para administradores y consorcios

Administración Claudio López

Administración Liliana Silvia Bo

Curso/Taller Liquidación de Sueldos para Propiedad Horizontal

Libro Todo sobre Consorcios del Dr. Osvaldo Loisi

Marta Granados - Administraciones

Adm. Rosa Matilde Nuñez

Mariú Cáceres: Diseño gráfico y fotografía

Pequeñas Noticias: La herramienta exacta

Cultura de Trabajo


Paritarias 2019

Confirmado: se homologó el aumento en tres cuotas de 9,5%

[BPN-15/08/19] Tal cual lo anticipara Pequeñas Noticias, el pasado 30 de julio la Secretaría de Trabajo homologó un acuerdo firmado entre el AIERH [1], APH [2], CAPHyAI [3] y UADI [4] con la FATERyH [5] que otorgó un aumento salarial en tres cuotas de un 9,5%: la primera en julio, la segunda en noviembre y la tercera en marzo de 2020.

En esta oportunidad no se presentaron las escalas salariales para homologar como se hace habitualmente lo que dejó en manos de la entidad sindical la potestad de aplicar esos porcentajes sobre la escala salarial de mayo de 2019 o sobre el mes inmediato anterior a su aplicación. En el primero de los casos los aumentos sumarían un 28,5% y en el segundo un 31.29%, una diferencia de 2.79%.

Es de destacar que el acuerdo firmado posee dos cláusulas de revisión (gatillo): una en enero de 2020 y la otra en abril de ese mismo año. Textualmente reza que "en los meses de enero de 2020 y abril de 2020 se efectuará una revisión conforme al nivel general del Índice de Precios al Consumidor, calculando por el INDEC".

La vigencia del acuerdo es por un año, desde el 1º de julio de 2019 hasta el 30 de junio de 2020.

La homologación lleva el numero EX-2019-960-APN-SECT#MPYT y fue firmado por Lucas Fernández Aparicio, secretario de la Secretaría de Trabajo dependiente del Ministerio de Producción y Trabajo.

APH se opuso

El 26 de julio asistieron a la Secretaría de Trabajo Gabriel Mormandi y Miguel Cane representando a APH quienes se opusieron a la necesidad de pactar una nueva recomposición salarial. Sin embargo, el resto de los miembros paritarios presentaron el acuerdo del 1º de julio y pidieron su homologación y sin más trámite se le dio curso.

Ese mismo día en su cuenta de Facebook APH informó a sus 1.525 seguidores: "Con nuestra expresa oposición y sin dar lugar a discusión previa, [...se suscribió...] un aumento salarial para los encargados de edificios del 9,5% para los meses de julio de 2019, noviembre de 2019 y marzo de 2020". Luego agregó: "Es notable observar el profundo desprecio de las cámaras mencionadas por la opinión de quienes representamos directamente a los propietarios".

Por último expresó: "Insistimos en la carencia absoluta por parte de las mismas de la legitimación necesaria y suficiente para sentarse en la mesa de negociaciones paritarias y a pesar de ello, con una mayoría automática y sin debate previo, nuevamente vuelven a votar un acuerdo salarial con los representantes de la parte trabajadora sin escuchar a quienes somos los verdaderos empleadores".

Durante julio de este año, APH llamó a sus asociados a completar sus datos de adhesión: "Nuestra finalidad, es a corto plazo efectuar una presentación judicial con el respaldo documentado de todos quienes apoyan nuestra asociación", explicó.

Los datos que pide son: Nombre y apellido completo, documento de identidad, correo electrónico, empresa (¿...?), provincia y localidad.

La cronología

El 1º de julio se reunieron el AIERH, la CAPHyAI y la UADI con la FATERyH en la sede del SERACARH para firmar el acuerdo. No estuvieron presentes los representantes de APH. En ese momento expresaron que "luego de intensas negociaciones y teniendo como base la discusión necesaria y urgente recomposición salarial de los trabajadores de la actividad han arribado al siguiente acuerdo salarial". O sea, era urgente.

Sin embargo, inexplicablemente recién el viernes 26 de julio se apersonaron los representantes de las entidades mencionadas junto a los de APH para presentar el acuerdo en la Secretaria de Trabajo y pedir su homologación. Como consecuencia la gran mayoría de los trabajadores recibirá el aumento junto a las liquidaciones de agosto y no con las de julio como hubiera sido deseable. El trámite ingresó bajo el número de expediente EX-2019-50432643-APN-DGDMT#MPYT.

El martes 30 de julio, en el tiempo record de dos días hábiles, el acuerdo fue sometido al control de legalidad conforme a las leyes 14.250 y 23.546 y pasó a la Secretaría de Trabajo que lo homologó.

Al día siguiente, Pequeñas Noticias publicó la confirmación de la homologación en su grupo, su página en Facebook y en cuenta de Twitter.

Las escalas salariales

FUNCION

1° Categoría

2° Categoría

3° Categoría

4° Categoría

Encargado Permanente con vivienda

34553

33114

31674

28794

Encargado Permanente sin vivienda

40614

38922

37230

33845

Ayudante Permanente con vivienda

34553

33114

31674

28794

Ayudante Permanente sin vivienda

40614

38922

37230

33845

Ayudante Media jornada

20307

19461

18615

16923

Personal Asimilado Con vivienda

34553

33114

31674

28794

Personal Asimilado Sin vivienda

40614

38922

37230

33845

Mayordomo Con vivienda

35836

34343

32849

29863

Mayordomo Sin vivienda

42273

40512

38750

35228

Intendente

51742

51742

51742

51742

Personal con más 1 función con vivienda

34553

33114

31674

28794

Personal con más 1 función sin vivienda

40614

38922

37230

33845

Encargado Guardacoches con vivienda

30466

30466

30466

30466

Encargado Guardacoches sin vivienda

33084

33084

33084

33084

Personal Vigilancia Nocturna

36590

36590

36590

36590

Personal Vigilancia Diurna

34067

34067

34067

34067

Personal Vigilancia Media Jornada

17033

17033

17033

17033

Encargado No Permanente Con vivienda

16393

16393

16393

16393

Encargado No Permanente Sin vivienda

17817

17817

17817

17817

Ayudante Temporario

33371

33371

33371

33371

Ayudante Temporario Media Jornada

16686

16686

16686

16686

Los adicionales

Para Cualquiera de las Categorías

Personal Jornalizado no más 18 horas ( según ART. 7 INC. P HORA)

345,1

Suplente con horario por día

1506,8

Retiro de residuos por unidad destinada a vivienda u oficina

61,7

Clasificación de residuos Resol. 2013 243 SSRT-GCABA

1063,5

Valor vivienda

226,8

Plus por antigüedad conf. Resolución 106/09 - inc. D, e, h, n y p del art. 7 y 8 por año (1%)

338,5

Plus por antigüedad - por año ART. 11 ( 2%)

676,9

Plus limpieza de cocheras

842,6

Plus movimiento de coches - hasta 20 unidades

1247,6

Plus Jardín

842,6

Plus Zona Desfavorable

50%

Titulo de Encargado Integral de Edificio

10%

Plus limpieza de piletas y mantenimiento del agua

1417,5

 Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

---

[1] AIERH: Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal.

[2] APH: Asociación Civil de Propietarios de inmuebles de Renta y Horizontal.

[3] CAPHyAI: Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.

[4] UADI: Unión Administradores de Inmuebles.

[5] FATERyH: Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal.


Administración Bernetti SRL

Contadora Viviana B. Grinberg


Índices de aumentos salariales para la propiedad horizontal

Con el último acuerdo el acumulado anual quedó en casi 46%

Gráfico


[BPN-15/08/19] El acumulado anual de las escalas salariales de los encargados de edificios de agosto de este año será del 45.89% mientras que hasta julio el Índice de Precios del Consumidor medido por el INDEC registró un 22,40% de acumulado anual nacional. En el Gran Buenos Aires fue un poco menos: el 22,10%.

Por otra parte, el INDEC informó que hasta julio de este año el aumento interanual nacional registró una suba del 57,3% y en el Gran Buenos Aires un 56,8%.

Por último, este año los haberes mínimos de los jubilados llevarán acumulados hasta julio de este año un 23,84% de aumento y a fin de agosto el incremento interanual habrá sido de un 42,39%.

El incremento mensual

Como la homologación del acuerdo del 1º de julio fue el penúltimo día de ese mes debemos ajustar el incremento mensual de julio que finalmente fue del 9,5%. En agosto, con respecto a julio no hubo aumentos.

Durante los meses de julio y agosto el promedio de las escalas salariales de las funciones "Encargado permanente" con y sin vivienda para las cuatro categorías fue de 34.843 pesos mensuales. En junio ese mismo promedio fue de 31.820 pesos mensuales.

El incremento acumulado

En diciembre del año pasado el promedio de las escalas salariales descriptas fue de 23.882 pesos mensuales mientras que este julio/agosto aumentó a 34.843 pesos. Según estos números, el incremento acumulado anual estará en el 45,89%

El incremento interanual

En julio de 2018 el salario promedio de esas dos funciones fue de 20.040 pesos mensuales y en agosto de ese año fue de 22.564 pesos. En julio y agosto de este año ese promedio estuvo en 34.843 pesos.

De acuerdo a esos números, el incremento interanual del promedio de las cuatro categorías de las dos primeras funciones de las escalas salariales del sector fue en julio del 73,87% y en agosto de un 54,42%.

El incremento promedio

En promedio, durante los primeros siete meses de este año las escalas salariales de los encargados de edificios fueron un 56,70% mayor que las del mismo período del año pasado mientras que agosto ese número descendió unas décimas a 56,37Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Caldén: Control de plagas.


Paritarias 2019

Desde 2016 y hasta junio de 2019 los sueldos habían perdido 6 puntos

Gráfico


[BPN-15/08/19] En general, de la evolución de las escalas salariales de los encargados de edificios se puede observar que desde enero de 2016 hasta junio de 2019 se depreciaron ante el Índice de Precios al Consumidor en 5,99 puntos porcentuales (129,71% contra el 135,70%) y a las jubilaciones en 17,72 puntos porcentuales (129,71% contra 111,98%).

Salarios vs. INDEC

Contra la inflación en el año 2016 perdió 0,90 puntos porcentuales, en 2017 volvió a perder 3,8 puntos porcentuales, en 2018 siguió esa tendencia con 12,13 puntos porcentuales pero hasta junio de 2019 revirtió esa tendencia y ganó 10,84 puntos porcentuales por arriba de la inflación medida hasta junio.

Salarios vs. jubilaciones

Por el contrario, los aumentos jubilatorias siempre perdieron contra los aumentos salariales del sector salvo en 2017. En 2016 perdieron 8,32 puntos porcentuales contra los aumentos a los trabajadores del sector, en 2017 ganaron 7 puntos, en 2018 volvió la tendencia negativa y perdieron los 7,01 puntos porcentuales ganados el año anterior y en 2019 –hasta junio- otros 9,4 puntos porcentuales Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


III Congreso Latinoamericano de Administradores de PH (CAPHyAI)


Paritarias 2019

Para el AIERH –antes del aumento- los salarios habían caído un 34%

Dr. Juan Manuel Acosta Y Lara, presidente del AIERH [Foto archivo de Pequeñas Noticias].

Dr. Juan Manuel Acosta Y Lara, presidente del AIERH [Foto archivo de Pequeñas Noticias].


[BPN-15/08/19] Para el AIERH (Asociación Inmobiliaria de Edificios de Renta y Horizontal) desde febrero de 2016 hasta mayo de 2019 los sueldos de los encargados de edificios se depreciaron un 34%, la morosidad ronda el 20% y el costo laboral se lleva el 41% de las expensas. Así surgió de un estudio de la evolución de las expensas que realizó entre 150 consorcios de la CABA. El trabajo lo presentó el pasado 19 de julio en el Hotel Savoy.

Metodología

Expresamente aclaró que esos meses los dividió en períodos de seis meses, los promedió y los utilizó como unidad de medida para realizar las comparaciones entre ellos. Sin embargo, en la mayor parte de los gráficos la línea del tiempo está dividida en bimestres.

Esta metodología semestral atentó contra la transparencia, complicó cualquier tipo de control que se hubiera querido hacer y no es ni la que utiliza el INDEC ni la Dirección de Estadísticas y Censos del Gobierno porteño.

Otro dato no menor es que no brindaron números, sólo gráficos por lo que –junto con su agrupación semestral de los períodos- es casi imposible contrastar sus números con otras fuentes oficiales.

Por último, llamó la atención que su trabajo comenzó en febrero de 2016 y no en enero como es usual. Esto impide realizar el interanual de 2016 vs. 2017 dado que al primer año le faltó un mes.

Salarios y vaticinios

Para el AIERH los salarios de los trabajadores de edificios se depreció el 34,06% desde febrero de 2016 hasta mayo de 2019 y anticiparon que "esta caída seguramente registrará una mejora en los próximos meses en función de a los acuerdos paritarios que se alcancen". En realidad, un 31% de incremento se había logrado 20 días antes de este profético pronóstico con la firma del AIERH, entre otros <ver nota>.

A pesar de todo, si se promedian las cuatro categorías de las escalas salariales más comunes de las funciones "encargado permanente" con y sin vivienda, se puede observar que los salarios desde enero de 2016 subieron un 217,37%.

Por su parte si sobre este promedio de enero de 2016 se aplican mes a mes los aumentos que refleja el INDEC en mayo de este año el aumento fue de 193,49%. Una diferencia de 23,88 puntos porcentuales a favor del trabajador. Para más datos, en enero de 2016 la escala salarial promedio citada fue de 10.026 pesos mensuales y en mayo de 2019 fue de 31.820. Una diferencia de 2.394 pesos a favor del trabajador.

El gráfico que Pequeñas Noticias publica mes a mes refleja que las escalas salariales en este sector –hasta ahora- acompañan la inflación publicada por el INDEC <ver nota>.

El costo laboral

Con respecto a la participación del costo laboral (remuneración neta + aportes + contribuciones) dentro de las expensas lo situó –en mayo de este año- en el 41,09%. Aclararon que en febrero de 2017 estaba en el 47,17% y bajó 4 puntos. Este número se acerca en una gran medida al que arribó en 2006 el Dr. Osvaldo Loisi, presidente de la Liga del Consorcista, quien determinó que el costo laboral importa un 54% de las expensas [1].

El índice de morosidad

Afirmaron que el índice de la morosidad está "siempre cercano" al 20% y "no ha registrado mayores fluctuaciones". En su estudio, el AIERH no definió qué criterio utilizó para definir a un moroso. Por otra parte, Página 12 en su nota sobre la presentación del AIERH -si bien el informe escrito concluyó que la morosidad ronda el 20%- afirmó que la misma aumentó.

Este porcentaje de morosidad desmiente el difundido por AIPH (Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal) que situó este año la morosidad en un 30%. En su oportunidad Pequeñas Noticias reveló que durante el mes de mayo de este año seis medios -basándose en números de AIPH- afirmaron que la morosidad fue del 30% [2].

Desmintió también al Dr. Eduardo Awad, quién mientras fue candidato a primer diputado del Partido Autonomista Nacional (PAN) afirmó en su cuenta de Facebook: "Según datos oficiales, el 30% de los consorcistas de la Capital Federal son deudores. En muchos casos se acumulan deudas de entre seis y ocho meses, y luego el caso se judicializa". Cuando un vecino le pidió que especifique esa fuente oficial detalló: "Los datos los dio a conocer hace unos meses la Asociación Civil Administradoras Independientes de Propiedad Horizontal (Caphai)" confundiendo a AIPH con la CAPHyAI (Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias [3]. Es de aclarar que una fuente oficial es aquella que surge de alguna repartición del gobierno nacional, provincial o local y no de una asociación civil, salvo que se aclare expresamente que es una fuente oficial de esa entidad.

Dos medios más coincidieron con ese 30%: el Diario Popular del 23 de julio y el noticiero "Buen jueves" de Telefé del 25 de julio. En ambos, citando a un administrador de consorcios que aseguró que hizo un relevamiento entre mil consorcios [¿...?], informaron que la morosidad fue del 30% al 35%. En ambos casos consideró deudores de expensas a quien no llegó a pagar desde el segundo vencimiento y hasta el segundo mes. De ese 33% hay un 10% que sigue adeudando luego del segundo mes y pasa a cobro judicial. De ese 10% solo se resuelve el 7% y el 3% entra en ejecución de la unidad [4].

Los medios

El único medio que difundió el informe del AIERH fue Página|12. Publicó una nota sobre el tema el mismo día que se realizó la presentación en el Hotel Savoy [5].

Es de destacar que este matutino pertenece al Grupo Octubre que a su vez pertenece al SUTERH (Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal) cuyo titular es Víctor Santa María.

El AIERH, el SUTERH y Jorge Hernández

Es de recordar que en 2003 el presidente de la Fundación Reunión de Administradores (FRA) afirmó a Pequeñas Noticias que existe un vínculo directo entre el Sindicato Único de los Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (SUTERH) y el AIERH y brindó detalles concretos que nunca fueron desmentidos ante este medio [6].

Un año después, en 2004, Hernández comunicó a Pequeñas Noticias que la relación que existiría entre el SUTERH y el AIERH había tomado una nueva dimensión a la luz de un proyecto de colegiatura para los administradores en su lucha por el control de la entidad. El proyecto finalmente no prosperó pero en esa oportunidad Hernández aportó más datos [7].

En 2009, en el curso de una entrevista que concedió al programa "Hablemos de Consorcios", Hernández definió al AIERH como "una entidad dependiente políticamente del sindicato", y agregó: "Eso no lo desconoce nadie" [8] Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

---

[1] BPN Nº 288 del 18/04/06: "Tanto esfuerzo para nada".

[2] BPN Nº 658 del 13/06/19: "Una deuda pendiente, un índice de morosidad sólido".

[3] Facebook del Dr. Eduardo Awad del 10 de julio a las 17:25 <vínculo>.

[4] Diario Popular del 23/07/19: "Tres de cada diez familias deben pagos de expensas".

[5] Página|12 del 19/07/19: "Expensas: el plan del gobierno porteño para bajarlas fracasó".

[6] BPN Nº 185 del 14/10/03: "La conspiración del SUTERH".

[7] BPN Nº 235 del 26/10/04: "Poder absoluto".

[8] BPN Nº 372 del 11/03/09: "En nuestra profesión hay una chatura intelectual tremenda".


Administración López.

Servicios informáticos para administradores y consorcios.


Ley Carrillo

La Cámara de Apelaciones rechazó y Zulberti recurrirá al Supremo local

Andres Zulberti, coordinador de la Comisión de Consorcios de la Comuna 3 [Foto archivo de Pequeñas Noticias].

Andres Zulberti, coordinador de la Comisión de Consorcios de la Comuna 3 [Foto archivo de Pequeñas Noticias].


[BPN-15/08/19] El pasado 7 de julio la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de la CABA rechazó el recurso interpuesto por Andrés Zulberti, coordinador de la Comisión de Consorcios de la Comuna 3, para que su causa contra el uso de sus datos sin permiso por la Plataforma Oficial Consorcio Participativo lo trate un tribunal federal. Zulberti adelantó que apelará al Tribunal Superior de Justicia.

Es de recordar que el 15 de febrero de este año, el consorcista presentó un amparo federal para que el Gobierno de la CABA (GCABA) sea obligado a abstenerse de recolectar y tratar informáticamente datos de los cuales es titular por su condición de propietario de una unidad funcional en un consorcio de la CABA [1].

El tribunal basó su fallo negativo en tres puntos que habían sido desarrollados por la representante del Ministerio Fiscal, Nidia Karina Cícero:

1.- "La declaración de incompetencia del titular del tribunal federal había quedado firme".

2.- "No se había argumentado con precisión el motivo por el que debería considerarse el presente caso como uno de los supuestos de intervención del fuero federal previstos en el artículo 36º de la Ley 25.326 (Ley Nacional de Protección de Datos Personales) [2]".

3.- "La propia normativa cuestionada por la parte actora contempla introducir en la Ley 941 una serie de disposiciones que "…descartarían una equiparación como la aludida […] a los efectos de fundar la competencia federal".

Quedó firme

En su dictamen la fiscal de Cámara subrayó que el tribunal federal se consideró incompetente para tratar la causa y el tribunal de primera instancia local no objetó esa competencia atribuida. Para la fiscal ese estado de cosas alcanzaría para desestimar el planteo formulado, por cuanto, en definitiva, ambos tribunales han coincidido en que, al menos a esta altura, no se trata de un caso que corresponda a la competencia federal sino a la local, en los términos de los artículos 1º y 2º del CCAyT (Código Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires) [3].

Faltó argumentación

Para Cícero no se argumentó con precisión por qué el caso debería encuadrarse en la Ley de Datos Personales: "En el caso [...] se impugna el dispositivo referido implementado por la Ley local N° 5.983 [Ley Carrillo] y no se ha argumentado con precisión por qué el caso debería considerarse encuadrado en el inciso b) del artículo 36º de la Ley Nacional de Protección de Datos Personales, siendo claro que no se halla en juego lo previsto en el inciso a) de dicho artículo, por lo que no se advierte diáfanamente que se encuentre involucrada materia federal que pudiera ameritar un análisis diverso al aquí realizado".

Se introducirán disposiciones

Por último, la fiscal argumentó que en la Ley 5.983 se introdujeron artículos que descartan la competencia federal. Textualmente expresó: "El artículo 14º de la Ley N° 5983 dispone introducir, entre otros, los siguientes artículos a la Ley N° 941, que descartarían una equiparación como la aludida en sus escritos a los efectos de fundar la competencia federal" y transcribió el artículo 23, 24, 26 y 28 de la ley 941 modificada por la Ley 5.983 [4] Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

---

[1] BPN Nº 652 del 14/03/19: "Se presentó un amparo federal contra Consorcio Participativo".

[2] Ley 25.236 / Artículo 36: "Será competente para entender en esta acción el juez del domicilio del actor; el del domicilio del demandado; el del lugar en el que el hecho o acto se exteriorice o pudiera tener efecto, a elección del actor. Procederá la competencia federal: a) cuando se interponga en contra de archivos de datos públicos de organismos nacionales, y b) cuando los archivos de datos se encuentren interconectados en redes interjurisdicciones, nacionales o internacionales".

[3] Artículo 1º de la Ley 189: "Artículo 1° - De las Autoridades Administrativas. Se consideran autoridades administrativas de la Ciudad de Buenos Aires la administración pública centralizada, desconcentrada y descentralizada, los órganos legislativo y judicial de la Ciudad de Buenos Aires, en ejercicio de la función administrativa y los entes públicos no estatales o privados en cuanto ejerzan potestades públicas otorgadas por las leyes de la Ciudad de Buenos Aires".

Artículo 2° de la Ley 189: "De las Causas Contencioso Administrativas. Son causas contencioso administrativas a los efectos de este Código todas aquellas en que una autoridad administrativa, legitimada para estar en juicio, sea parte, cualquiera que sea su fundamento u origen, tanto en el ámbito del derecho público como del derecho privado. La competencia contenciosa administrativa y tributaria es de orden público".

[4] Ley 941, artículo 23º: "El [GCBA] incorpora la Aplicación Oficial, para el uso obligatorio de toda persona humana o jurídica que administre un consorcio a título oneroso en la Ciudad (...) para la gestión administrativa del Consorcio. Dicha aplicación es optativa para los consorcistas, quienes pueden decidir sobre el uso y consulta de la misma. Dicha información está disponible para los consorcistas, quienes tienen la opción de usar este canal para su consulta y comunicación con el administrador en relación a sus reclamos.

Artículo 24º: La aplicación es de acceso exclusivo para los propietarios y administradores. Los inquilinos deben requerir una autorización previa por parte del propietario para la generación y alta de su usuario (...).

Artículo 26.- La Aplicación debe asegurar la Privacidad y Protección de Datos Personales, y de cualquier otra información que pueda resultar sensible en cumplimiento de lo estipulado en la Ley 1845 (...), la Ley Nacional N° [25.326] y demás normativa vigente aplicable. El Consorcio puede contar en la aplicación con la opción de servidores privados para un guardado único de la documentación aportada por medio electrónico referida a las expensas. En ese caso es con clave de acceso en al menos dos copropietarios. El Gobierno debe desarrollar la integración de ese acceso de empresas proveedoras de servicios a través de la aplicación. Sin el consentimiento del Consorcio no pueden requerirse actas de asamblea al Administrador para esta aplicación, con la excepción de la de su designación, renovación o rendición de cuentas, y aquellas otras que expresamente exija esta Ley (...).

Artículo 28º: En relación a la prestación del Servicio de la plataforma oficial, los administradores y los empleados que éstos designen, deben realizar un curso gratuito, presencial o virtual, con el fin de conocer el alcance de la herramienta (...).


Curso/Taller de Sueldos para la Propiedad Horizontal.

Administración Liliana Silvia Bo


Elecciones 2019

Se cayó la candidatura de Awad

Dr. Eduardo Awad [Foto archivo de Pequeñas Noticias].

Dr. Eduardo Awad [Foto archivo de Pequeñas Noticias].


[BPN-15/08/19] El pasado 20 de julio, Eduardo Awad anunció por su cuenta en Facebook que no podrá competir en las PASO [1] como precandidato a primer diputado nacional a consecuencia de un fallo de la Justicia Electoral contra el Partido Autonomista Nacional (PAN) [2].

Independientemente de esto, en las elecciones PASO del 11 de agosto su partido fue el espacio que hizo la peor elección. Con 32.530 votos en todo el país quedó detrás del Movimiento de Acción Vecinal y último en la lista de los resultados electorales. Ese 0.13% cosechado no superó el piso del 1,5% que necesitaba para participar de las elecciones de octubre. En la Ciudad de Buenos Aires le fue un poco peor: obtuvo 2.126 votos que representaron el 0.11% del total.

La página en Facebook de Awad postulándose como diputado cosechó 683 seguidores desde el 29 de junio hasta la fecha en que comunicó que no participará de las elecciones 2019. Su última publicación fue el 5 de julio.

El Dr. Awad es el presidente del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, el presidente del Instituto de Propiedad Horizontal de esa entidad y columnista del programa "Sábado tempranísimo" conducido por Marcelo Bonelli que se emite por Radio Mitre y otros programas de radio y TV por cable.

¿Qué pasó?

El fallo al que hace mención Awad es el de la jueza María Romilda Servini de fecha 1º de julio <fallo completo>.

En oportunidad de la inscripción del PAN como partido nacional, la Justicia Electoral le realizó una serie de observaciones de rutina pero el 28 de junio mediante un decreto se lo tuvo que intimar "por última vez" a subsanar las observaciones realizadas "bajo apercibimiento de tener por no presentada la lista de precandidatos".

Al día siguiente las autoridades del partido informaron formalmente parte de los datos exigidos aunque 12 días después de su vencimiento y no en forma completa. Sobre los atrasos, Servini en su falló destacó: "este Tribunal, CNE 1439/2019 y 4257/2019, realizó comunicaciones a los partidos y agrupaciones del distrito entre los que se encuentra incluido obviamente el Partido Autonomista del Distrito, mediante las mismas se acompañó el cronograma electoral confeccionado por el Superior, contando este con todos los plazos y vencimiento impuestos por la legislación vigente".

A dos párrafos de su resolución, la jueza resumió que "la documentación acompañada y lo expresado por la actora no resulta suficiente para subsanar las observaciones formuladas por este Tribunal".

Finalmente la jueza resolvió dos cosas: "Tener por no presentada la nómina de precandidatos a senadores de la nación y diputados de la nación por lo expresado en los apartados II) y III) de los considerandos" y "tener por decaída la participación del Partido Autonomista distrito Capital Federal, en los comicios a realizarse con fecha 11 de agosto y 27 de octubre del corriente año".

Si bien el fallo fue apelado se ratificó el 18 de julio por los jueces Santiago H. Corcuera y Alberto Ricardo Dalla Vía <fallo completo>.

El día 20 Awad lo comunicó a sus seguidores en Facebook.

Gabriel Bracesco

Poco antes del cierre de listas, el periodista y tuitero Gabriel Bracesco había anunciado su postulación como precandidato a jefe de Gobierno de la CABA por el PAN, conducido por José "Pocho" Romero Feris.

El 22 de junio, Bracesco en una entrevista al portal Big Bang News había explicado claramente su sentir político y los motivos de su candidatura: "Nadie tiene propuestas de derecha conservadoras para CABA, la política está muy corrida a la izquierda. Cambiemos es de centro izquierda socialdemócrata, el Kirchnerismo es de izquierda y la izquierda es de izquierda. Me sumé al Partido Autonomista Nacional porque es el partido del General Roca, de Sarmiento, de los padres fundadores de la Patria. De 70 años de Argentina potencia, de sueldos para trabajadores más altos que en Inglaterra", y agregó: "Pocho Romero Feris, después de mucho esfuerzo para formar el partido, decidió darme un lugar en la lista. En principio no esperaba ser jefe de Gobierno, estaba dispuesto a participar de alguna forma de este proyecto porque creo que es el partido que va a ser el lugar de unión de la derecha durante los próximos 30 años de Argentina" [3].

En sus redes sociales explicó el fallo de Servini: "El Partido Autonomista Nacional fue proscripto de forma antidemocrática en CABA. ¿La excusa? Que no somos democráticos. ¿Por qué? Intervenimos el partido en CABA porque valijearon a nuestro apoderado que no quería presentar la lista". Una explicación incompleta o confusa sobre los motivos de los incumplimientos y atrasos en las presentaciones en la Justicia Electoral.

Por último Bracesco se quejó: "Es el peor fallo que leí en mi vida. Es la muerte de la Justicia en manos de la política. No nos dejan participar de una elección porque un integrante no quería participar de la elección, el resto sí quiere. ¿Se interviene el partido y eso es antidemocrático? Por favor" [4] Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

---

[1] PASO: Primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias.

[2] BPN Nº 660 del 12/07/19: "Eduardo Awad ya comenzó su campaña".

[3] Big Bang [News] del 22/06/2019: "Romero Feris postuló a un polémico tuitero como candidato a jefe de Gobierno".

[4] Nueva Ciudad del 2/07/19: "El tuitero antiderechos que no podrá postularse a jefe de Gobierno por orden judicial".


Marta Granados - Administraciones

Tercera edición del libro Todo sobre Consorcios del Dr. Osvaldo Loisi.


Proyecto de ley porteño

Quieren que se notifique al consorcio las órdenes de restricción

Leandro Santoro de Unidad Ciudadana [Foto Legislatura porteña].

Leandro Santoro de Unidad Ciudadana [Foto Legislatura porteña].


[BPN-15/08/19] El pasado 26 de julio, el legislador porteño Leandro Santoro (Unidad Ciudadana) presentó un proyecto de ley para que el administrador deba notificar en forma fehaciente a los propietarios e inquilinos de la existencia de una prohibición de acercamiento contra cualquier persona por violencia de género en los edificios de los cuales sea el mandatario.

Para lograr su objetivo el legislador pretende incorporar un inciso "u" al Art. 9° de la ley 941 (Registro Público de Administradores) que trata sobre las "Obligaciones del administrador" que textualmente ordenará:

"En caso de existir una prohibición de acercamiento vigente por violencia de género en alguno de los edificios o propiedades que la administración ejerza su labor, siempre en conformidad con la víctima, el administrador notificará de forma fehaciente a los propietarios e inquilinos la existencia de la misma indicando:

"1) Apellido y nombre de la persona que tiene prohibido el ingreso al edificio.

"2) Plazo de la medida que se haya ordenado.

"3) Teléfonos a los cuales denunciar el incumplimiento de la medida."

El proyecto ingresó a la Legislatura porteña con el número 2016-D-2019 y consta de dos artículos de los cuales uno es de forma. Santoro finaliza su mandato legislativo el 9 de diciembre próximo.

Fundamentos

A la hora de defender su proyecto, Santoro argumentó: "El presente proyecto de ley viene a subsanar un vacío en el cual se encuentra toda persona que ha sufrido un hecho de violencia de género, y que procedió a la denuncia del mismo, y producto de esta denuncia, la autoridad competente ha otorgado una orden de no acercamiento contra el agresor".

Agregó también: "Actualmente, y luego de dictada la orden de prohibición de acercamiento a un determinado inmueble, los propietarios e inquilinos que habitan el inmueble en cuestión desconocen totalmente dicha medida. Producto de este desconocimiento, los propietarios e inquilinos pueden llegar a contrariar la orden judicial dejando ingresar al denunciado o demandado, y así generar un escenario de mayor vulneración y peligrosidad para la víctima".

"Para ayudar y subsanar este vacío, creemos que es necesario que cuando la orden de restricción se haya dictado, la víctima pueda informárselo a la empresa encargada de la administración del consorcio para que ponga en conocimiento a los habitantes del edificio de la medida, plazo y persona que le ha sido vedado el ingreso", explicó.

Por último resumió: "Si bien el procedimiento judicial, a través de la creación de la Oficina de Violencia Doméstica generó un gran avance en la celeridad y protección de aquellas personas que son víctima de violencia de género, en la actualidad existen determinados ‘baches’ que debemos, como sociedad, solucionar" Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Administradora Rosa Matilde Núñez


Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias

III Congreso Latinoamericano de Administradores de PH


[BPN-15/08/19] El próximo 11 y 12 de noviembre la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) realizará el "III Congreso Latinoamericano de Administradores de Propiedad Horizontal" en el Abasto Hotel.

Participarán representantes de la ULAI (Unión Latinoamericana de Administradores e Inmobiliarias), de FAPHRA (Federación Nacional de Cámaras y Asociaciones de Administradores de Propiedad Horizontal de la República Argentina) y CASIPH (Cámara Argentina de Sistemas Informáticos de Propiedad Horizontal).

Desde la CAPHyAI adelantaron que -si bien es temprano para difundir una lista de temas y expositores- las disertaciones ahondarán en temas de actualidad e importantes para la actividad del administrador de consorcios. La sala destinada a las exposiciones será la "Mariano Mores" con una capacidad de 200 personas sentadas. Entre disertaciones, a media mañana y por la tarde, habrá cáterin.

Habrá también seis o siete estands y ya se interesaron en estar presentes con sus servicios un banco, empresas de matafuegos, seguridad, gestión administrativa, una empresa de medicina laboral, una compañía de seguros, una empresa de ascensores y otra de calderas. Tendrán presencia institucional CASIPH y el SERACARH (Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal) Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Para difundir sus productos o servicios Pequeñas Noticias es la herramienta exacta.

Cultura de Trabajo


El abrazo Santa María / Rodríguez Larreta

La hermana de Larreta administraría el Octubre 2 de la FATERyH

Víctor Santa María, titular de la FATERyH y presidente del Partido Justicialista porteño abraza a Rodríguez Larreta, jefe de Gobierno de la CABA [Foto archivo Pequeñas Noticias].

Víctor Santa María, titular de la FATERyH y presidente del Partido Justicialista porteño abraza a Rodríguez Larreta, jefe de Gobierno de la CABA [Foto archivo Pequeñas Noticias].


[BPN-15/08/19] El pasado 29 de julio, el medio digital El Disenso reveló que Víctor Santa María, titular de la FATERyH [1], concesionó a una medio hermana de Horacio Rodríguez Larreta el uso y la explotación del nuevo Hotel Octubre 2 en la ciudad de Iguazú, provincia de Misiones [2]. El canon mensual es de 150 mil pesos aunque –según el medio- el hotel tiene potencial para facturar más de un millón de pesos diarios.

Se trata de Ximena Vallarino Alfaro Díaz Alberdi y el medio explicó la relación de parentescos entre ella y el jefe de Gobierno porteño: "Horacio, que es ‘Horacio Antonio Rodríguez Larreta y Díaz Alberdi’ tiene una media hermana por parte de su mamá ‘María Cristina Díaz Alberdi’, quien luego de casarse con ‘Horacio Rodríguez Larreta y Leloir’ estuvo con ‘Gaspar Emilio Vallarino Alfaro’ (el conocido actor Emilio Alfaro), y juntos tuvieron a ‘Ximena Vallarino Alfaro Díaz Alberdi’" [3].

Larreta medió entre Santa María y Macri

El Disenso destacó: "Lejos quedaron los tiempos en los que Víctor Santa María, presidente del PJ porteño, dueño de Página 12 y Secretario General del FATERYH y el SUTERH, era hostigado por los jueces y el periodismo oficialista. Toda aquella saña desapareció cuando Horacio Verbitsky se embarcó en el Cohete a la Luna, dejando del viejo Página no mucho más que la pantomima del medio crítico que supo ser. Desde entonces la relación entre Horacio Rodríguez Larreta, y su sparring opositor, Víctor Santa María, no hizo más que estrecharse, hasta el punto en que la hermana del alcalde porteño administre propiedades del sindicato".

En su oportunidad Verbitsky había explicado: "Simultáneamente [a los aprietes en el canal de Noticias C5N] es la presión del gobierno a Víctor Santa María para que me silencie a mí en Página/12. A mí Santa María me dice que lo están amenazando con meterlo preso para justificar que me está censurando dos notas, una sobre el blanqueo de la familia presidencial y otra sobre el Dr. Glock [el juez Claudio Bonadio]. Me dice que no las puedo publicar" [4].

Verbitsky agregó que "quien intercedió por Santa María ante Macri fue el alcalde porteño Horacio Rodríguez Larreta. Macri le preguntó por qué le interesaba tanto. ‘Porque es el jefe del principal partido de la oposición en la Ciudad, con el que tengo que negociar para sacar las leyes’, respondió. Así es: los mayores negocios inmobiliarios no hubieran sido posibles sin los votos que maneja el propietario de Página/12" [5].

Larreta, Santa María y la Ley Muñoz

Es de recordar que el 11 de marzo de 2016, el medio digital Letra P había develado que la finalmente derogada Ley Muñoz [6] se había aprobado en el marco de una negociación más amplia que abarcó un paquete de varias leyes. Juan Manuel Olmos, extitular del Consejo de la Magistratura local y aliado histórico de Santa María, estuvo trabajando durante días con el oficialismo porteño para arribar a un resultado que sea beneficioso tanto para el PRO como para el FpV.

El 3 de diciembre de 2015 por la mañana- el día que se aprobó la Ley Muñoz- Olmos participó de la reunión del bloque del Frente para la Victoria dentro de la Legislatura porteña. Según ese diario, la reunión fue tensa porque los legisladores José Campagnoli, Lorena Pokoik y Paula Penacca se plantaron ante el peronista y mostraron su disconformidad con algunos proyectos.

Horas después se llevó a cabo la sesión en la cual el PRO y el kirchnersimo confluyeron en la aprobación de las iniciativas exigidas por el Ejecutivo porteño. Según ese medio, "en una jugada hábil" Cristian Ritondo (PRO), por ese entonces vicepresidente primero de la Legislatura, solicitó tratar cuatro tablas juntas entre las que estaba el proyecto de Muñoz. En cuestión de minutos se aprobaron todas.

De acuerdo a lo señalado por Letra P, "pocos se percataron de lo que se estaban votando y buena parte de los diputados, por la vorágine de la sesión, desconocía a ciencia cierta los pormenores del expediente" [7].

Día a día

El 4 de abril de 2018, Ximena Vallarino Alfaro Díaz Alberdi, una secretaria administrativa y un médico constituyeron con un capital de 100 mil pesos el Midas Hotel Management SA con el objetivo de la explotar hoteles, hospedajes, hosterías, restaurantes y bares. Vallarino Alfaro Díaz Alberdi se reserva el cargo de directora suplente [BO: 19/04/18].

El 26 de julio de ese mismo año, la FATERyH llamó a licitación pública para la concesión de uso y explotación del Hotel Octubre 2. La apertura de ofertas el 21 de agosto. El valor estimado del canon mensual era de 150 mil pesos [BO: 26/07/18].

El 25 de septiembre en una asamblea ordinaria se designó –entre otros- directora titular a Ximena Vallarino Alfaro Díaz Alberdi y directora suplente a María Fernanda Sidras Moreno, exoficial mayor en la Comisión de Fortalecimiento Institucional y Planificación Estratégica del Consejo de la Magistratura y cuyo presidente era Juan Manuel Olmos [BO: 16/11/18].

Ese mismo día, la FATERyH adjudicó a Midas Hotel Management SA la concesión de uso y explotación del Hotel Octubre 2 por ese valor estimado original de 150 mil pesos mensuales [BO: 25/09/18].

El Disenso evaluó que "el Octubre 2 cuenta con 88 habitaciones con estadía a partir de 150 dólares la noche. Completo, y considerando solo el precio de la suite más barata, el hotel puede facturar u$s 13.200 ($580.800 por noche completa). Considerando suites más caras, alquiler de salones y amenities, el edificio tiene potencial para facturar más de un millón de pesos diarios."

El abrazo según Santa María

El 22 de abril de 2015, Pequeñas Noticias le preguntó a Santa María el significado de ese abrazo varias veces repetido que tenía con Rodríguez Larreta [8]. Éste explicó que todo lo que hace es en defensa de los derechos de los trabajadores de edificios que es a quienes representa y éste fue el diálogo:

Pequeñas Noticias: Hay un tema que me desconcertó y que nunca lo pude decodificar: es el abrazo "Santa María/ Larreta". Me imagino que al votante de Larreta lo debe haber descolocado verlo abrazándose con vos.

Víctor Santa María: Imaginate al peronista. Recibo muchas críticas porque el Twitter es una herramienta con la cual es fácil putearte.

PN: Sé que cada cosa tiene una razón de ser y fue pensada, aparte lo has repetido. Me gustaría que me expliques los abrazos.

VSM: Generalmente los grandes medios y los grandes monopolios de la comunicación que te exigen siempre respeto político, diálogo, convivencia y demás, cuando lo hacés, te critican. Me parece un poco irónico. Casi el setenta y pico por ciento de nuestros compañeros son de la CABA. Yo siempre digo que el encargado es como un pequeño intendente de un edificio porque tiene a cargo la basura, la energía eléctrica, el medio de transporte más usado en el mundo que es el ascensor, la limpieza y una pequeña comunidad. Nosotros convivimos en la gran comunidad -que es la CABA- en la cual nos tenemos que poner de acuerdo en muchas cosas..."

[...]

PN: Supongo que hay cosas que hay que hacer con quien hay que hacerlas. Sin embargo, ¿la foto política a quién benefició? ¿A Larreta o a vos?

VSM: En mi caso a los trabajadores de edificios, que es a quienes yo represento.

PN: ¿La gente lo va a tomar así?

VSM: El encargado de edificio, sí, porque sabe que lo que hacemos nosotros es en favor de nuestra actividad. No es que yo fui a entregar una bandera o fui a entregar beneficios de los trabajadores en manos del Gobierno de la ciudad. Fui realmente a sacar un beneficio para nuestros propios compañeros Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

---

[1] FATERyH: Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal.

[2] El Disenso del 29/07/19: "Una mano lava la otra: Santa María, Larreta y un fabuloso negocio en la Triple Frontera".

[3] El Disenso del 6/07/17: "Todo queda en familia: La hermana de Larreta es proveedora del GCBA".

[4] BPN Nº 660 del 12/07/19: "Horacio Verbitsky cruzó más de un par de veces a Santa María".

[5] La Izquierda Diario del 30/06/19: "¿Quién le hace el ‘juego a la derecha’?".

[6] Fernando Muñoz (Frente para la Victoria) es el autor de la Ley 5.464. En su última sesión legislativa, el 3 de diciembre de 2015, le transfirió el control del Registro Público de Administradores porteño a un Consejo de la Propiedad Horizontal conducido por 11 miembros de los cuales una importante mayoría son del SUTERH y de otras entidades afines a él: las entidades de administradores que firman los Convenios Colectivos de Trabajo, un nuevo sindicato que agrupa empleados de administraciones de consorcios (SEARA) cuya titular es una exadministradora y exfuncionaria del Registro Público de Administradores y otros actores relacionados.

[7] BPN Nº 573 del 28/03/2016: "Corto mano, corto fierro…".

[6] BPN Nº 547 del 22/04/15: "Cómo entender el abrazo de Santa María y Larreta".


Bolsa de trabajo: Avisos Clasificados - Ofrecidos

ENCARGADO DE EDIFICIO: Hola soy Leandro y hago suplencias de encargado o ayudante de edificio. Tengo experiencia, soy educado y responsable. Horario full time. Si es necesario doy numero de referencia - Nombre: Leandro Tomassoni - Llamar al teléfono: (11) 3042-0945 o (0237) 463-6316 de 8 a 23 hs. - Localidad: Paso del Rey / Pcia. de Buenos Aires - Correo electrónico: marianaliendro23@gmail.com

ENCARGADO EDIFICIO: Busco trabajo en la CABA como encargado, suplencias o franquero - Nombre: Jorge Alejandro Garibotti - Llamar al teléfono: (11) 3814-0928 - Localidad: CABA / Buenos Aires - Correo electrónico: avui1967@gmail.com

CUIDADOS DE PERSONAS Y NIÑOS DAMA DE COMPAÑÍA: Señora muy responsable con experiencia en cuidados de niños y personas. Trato cordial con experiencia y referencias - Nombre: Mirta Camino - Llamar al teléfono: (11) 6486-1310 durante todo el dia - Localidad: Villa del Parque / CABA - Correo electrónico: mirtasavoy@hotmail.com

EMPLEADA EN ADMNISTRACION DE CONSORCIOS: Soy administradora de consorcios matriculada. No administro ninguno. Hace 2 años que estoy desempleada y necesito trabajar. Tengo 46 años - Nombre: Edith Tuschi - Llamar al teléfono: (15) 2752-8814 de 9 a 20:00 horas - Localidad: CABA - Correo electrónico: edithtuschi@gmail.com

ENCARGADO PERMANENTE / SUPLENCIAS: Busco trabajo de encargado de edificio. Trabajo desde hace mucho tiempo en edificios haciendo suplencia y de sereno. Amplia experiencia en el rubro. Tengo oficios de pintor y albañil. Zonas más trabajadas: Recoleta, Palermo, Almagro. Referencias comprobables - Nombre: Carlos Tacacho - Llamar al teléfono: (11) 3357-0531 - Localidad: CABA - Correo electrónico: j_ranking@hotmail.com

ENCARGADO O SUPLENTE DE PEQUEÑOS, MEDIANOS Y GRANDES CONSORCIOS: Busco trabajo preferentemente en Capital Federal. Tengo experiencia en conserjería de edificios tanto de pequeños como medianos y grandes. Referencias comprobables. - Nombre: Ricardo Milano - Llamar al teléfono: (15)2251-8835 de 9 a 20 hs. - Localidad: CABA / Buenos Aires - Correo electrónico: milano.ricardo88@gmail.com

ASISTENTE ADMINISTRATIVO: Busco trabajo como asistente, colaborador, suplencias preferentemente part time al medio dia. Soy estudiante universitario. Tengo experiencia en el rubro dentro y fuera de la oficina (pagos,cobros, bancos y trabajos en unidades funcionales) - Nombre: Pablo A. Isasmendi - Llamar al teléfono: (011)(15) 5823-5200 de 13 a 17 hs. - Localidad: Floresta / CABA - Correo electrónico: pablo_bht@yahoo.com.ar

SUPLENTE FIN DE SEMANA: Busco trabajo de encargado. Hago también trabajos de electricidad y pintura. Estoy en el barrio de Belgrano en la CABA - Nombre: Adrián Puca - Llamar al teléfono: (11) 3072-0912 de 7 a 12 hs. y de 17 a 20 hs. - Correo electrónico: adrian.puca36@gmail.com

SUPLENCIA ENCARGADO: Me ofrezco para suplencia de encargado, tareas generales de limpieza y/o mantenimiento. Conocimientos de electricidad, pintura. Vivo en el barrio de Belgrano. Nombre: Jorge Alejandro Garibotti - Llamar al teléfono: (11) 3814-0928 durante todo el dia - Localidad: CABA - Correo electrónico: griludi62@hotmail.com.ar

SUPLENCIA DE PORTERÍA: Busco trabajo por Capital Federal o zona oeste. Tengo amplio conocimiento, soy una persona comprometida y responsable con la labor. Trabajé como encargado de limpieza en Monte Grande y realicé tareas de suplencias como portero - Nombre: Héctor Fernando Arriola Torres - Llamar al teléfono: (11) 6283-5195 de 8 a 22 - Localidad: Ciudad Evita / CABA - Correo electrónico: fernando_torres83@hotmail.com

SUPLENTE DE EDIFICIOS: Hola tengo 19 años y ya realize suplencia en edificio, trabajé en una fabrica de troquelados, lavadero y camillero. Actualmente no trabajo y mis horarios son full time - Nombre: Brian Ariel Mansilla - Llamar al teléfono: (11) 5768-3032 - en cualquier horario - Localidad: Claypole / Buenos Aires - Correo electrónico: soydevelez1007@gmail.com

 

Proyecto de resolución porteño

Quieren saber por qué no se reglamentó el SIDEC

María Rosa Muiños del Bloque Peronista [Foto archivo de Pequeñas Noticias].

María Rosa Muiños del Bloque Peronista [Foto archivo de Pequeñas Noticias].


[BPN-15/08/19] María Rosa Muiños (Bloque Peronista) presentó un proyecto de resolución en la Legislatura porteña para que el Poder Ejecutivo local explique –entre otras cosas- por qué no se reglamentó el Sistema de Información de Denuncias de Consumidores (SIDEC) creado por Ley N° 3.678 en diciembre de 2010.

La ley que lo creó tuvo por objeto sistematizar información y emitir informes sobre las denuncias realizadas ante Defensa y Protección del Consumidor porteño (DyPC) para facilitar la evaluación del desempeño de las empresas proveedoras de bienes y prestadoras de servicios de la CABA, por parte de los consumidores y usuarios y publicarlos.

En ese marco, puntualmente las preguntas realizadas por la legisladora fueron cuatro:

1.- "Las razones por las cuales a la actualidad no se encuentra reglamentada la ley a pesar del excesivo tiempo transcurrido y el vencimiento del plazo legal para hacerlo; y qué acciones se están implementando para dar cumplimiento a ello".

2.- "Cómo sistematizan la información sobre las denuncias realizadas para facilitar la evaluación del desempeño de las empresas proveedoras de bienes o prestadoras de servicios de la CABA, por parte de los consumidores y usuarios y publicarlos".

3.- "La cantidad de denuncias recibidas en los últimos tres años, por parte de consumidores y cantidad impulsadas de oficio en el mismo período".

4.- "Cuál es la estadística que se lleva a cabo respecto de las denuncias promovidas conforme lo establece el artículo 8º de la Ley N° 3.678".

Este artículo estableció que las estadísticas deben ser actualizadas por DyPC en el SIDEC como mínimo una vez por año y que sus números se deben informar en números nominales y porcentuales.

Si bien el SIDEC debe recabar información de todas las denuncias efectuadas ante Defensa y Protección del Consumidor porteño, en los fundamentos del proyecto de resolución se revela que la intención de Muiños está dirigida a obtener información sobre el desempeño del Registro Público de Administradores local. Luego de transcribir el artículo 2º de la Ley 3.678 que creó el SIDEC y que describe sus objetivos, dedicó nueve párrafos a describir las obligaciones de los administradores establecidas por la Ley 941.

Si bien este proyecto se conoció en estos días, Muiñoz lo presentó en la Legislatura el 13 de marzo de este año y recibió el número de expediente 533/2019. Consta de dos artículos de los cuales uno es de forma Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Proyecto de ley porteño

Si el servicio técnico no se presenta la empresa pagaría multa

Sede central de la Defensoría del Pueblo de la CABA en la Av. Belgrano 672.

Sede central de la Defensoría del Pueblo de la CABA en la Av. Belgrano 672.


[BPN-15/08/19] El pasado 16 de julio, la Defensoría del Pueblo de la CABA presentó un proyecto de ley para que las empresas prestatarias de servicios, tanto las públicas como las privadas, deban resarcir a sus usuarios con una multa de 150 unidades fijas (3.210 pesos) cuando incumplan el día y horario pautado para una visita técnica.

Para lograr su objetivo, la iniciativa propone modificar un artículo y agregar cuatro a la Ley 2.962 de diciembre de 2008 que regula las empresas prestatarias de servicios técnicos <texto original>.

El proyecto modifica el artículo 1º que define el objeto de la ley: "La presente ley tiene por objeto regular los servicios técnicos a domicilios que ofrezcan las empresas prestatarias de servicios, públicas o privadas, que operen en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires".

Lo primero que la iniciativa hace es agregar a las empresas una obligación relacionada con la seguridad de los vecinos a la hora de dejar entrar a sus casas a un extraño: "...con una antelación mínima de treinta minutos a la realización de la visita técnica, [las empresas] deberán notificar al consumidor o usuario, el nombre completo y documento nacional de identidad del profesional que prestará el servicio, acompañado de su fotografía actualizada, y el número o código de referencia con el que se identifica la visita vinculada al reclamo originado. Las empresas podrán realizar la notificación a través del envío de un correo electrónico desde un dominio registrado perteneciente a dichas empresas, por mensajería instantánea o a través de un medio similar que garantice el adecuado suministro al usuario y/o consumidor de la información señalada...".

En segundo lugar establece el resarcimiento que hasta el 30 de agosto será de 3.210 pesos: "En caso de que las empresas prestatarias incumplan el día y horario pautado, deben resarcir al usuario con el equivalente a ciento cincuenta unidades fijas o conforme lo determine la ley tarifaria anualmente. Dicho importe debe ser acreditado como pago a cuenta de próximas facturas".

A continuación, si la empresa no paga el resarcimiento, permite que el usuario reclame en Defensa y Protección del Consumidor porteño: "En caso de que la empresa prestataria no haga efectivo el pago [...] previsto en el artículo 7º, el usuario o consumidor tiene derecho a reclamar su pago conforme el régimen procedimental establecido en la Ley N° 757 (Procedimiento Administrativo para la Defensa del Consumidor y del Usuario)".

Por último, ordena que "las empresas prestatarias están obligadas a comunicar al usuario o consumidor, en ocasión de pautar la realización del servicio técnico, su derecho a percibir al resarcimiento en caso de incumplimiento de la fecha y hora pautada".

El proyecto consta de seis artículos de los cuales uno es de forma, ingresó a la Legislatura porteña con el número de expediente 1955/2019 y fue firmada por Alejandro Amor, defensor del pueblo de la CABA Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Banco de la Ciudad de Buenos Aires

Ya hay más de tres mil cuentas consorcio

[BPN-15/08/19] Desde el 30 de junio del año pasado a la misma fecha de este año la cantidad de cuentas consorcio del Banco de la Ciudad de Buenos Aires se duplicaron. A mediados de 2018 en el banco había 1.520 cuentas y este año informó 3.043 lo que representó un incremento del 100,2%.

Período

Cantidad

31/01/2019

2.469

28/02/2019

2.589

31/03/2019

2.575

30/04/2019

2.691

31/05/2019

2.886

30/06/2019

3.043

Por otra parte, durante el 2019 cosecharon 937 cuentas nuevas. La cartera de clientes compuesta de 2.106 que tenían el 1º de enero de 2018 aumentó en un 44,49%.

Este tipo de cuentas en este banco crecieron a un ritmo promedio de 156 cuentas por mes menos en el mes de marzo en que perdieron 14 consorcios. El 1º de marzo contaban 2.589 cuentas y a fin de mes pasaron a tener 2.575.

De los 90 mil edificios que habría en la Ciudad de Buenos Aires, tienen Cuentas Consorcio en este banco el 3,38% de los consorcios Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

---

[1] En 2002, el diputado nacional Guillermo Alchouron (Acción por la República), en los fundamentos de su proyecto de ley para instaurar Registro de Administradores y Proveedores nacional, estimó que en la Ciudad de Buenos Aires existen 90 mil consorcios <vínculo>.


Correo de Opinión

Comentarios al pasar por el Adm. Luis Sinagra

Adm. Luis Singra

Estimado Sr. Director:

Creo que la política que hace años se viene aplicando sobre propiedad horizontal en la CABA no admite discusion en cuanto a sus paupérrimos resultados y proyectos. Es más, creo que es una de las pocas cosas donde ciudadanos que se ubican en uno y otro lado de la grieta, coinciden, sean consorcistas, proveedores o administradores.

Sería extenso explicar lo que sabemos porque hoy parece que cuando uno explica quiere convencer, y no es mí caso.

Por ello me pregunto:

Colegio sí, colegio no.

¿Cuál es el temor de que exista un colegio de administradores, que obligue y controle, como pasa con otras profesiones?

¿Cuál es el temor que haya profesionales universitarios para encarar la administración en propiedad horizontal?

En mi humilde opinión dejarlo en manos de diferentes áreas del estado hace que los controles sean ineficientes y permite que administradores no cumplan y pasen inadvertidos. En oportunidades también pase inadvertido lo que los consorcistas no quieren cumplir y de esa forma da lugar a la proliferación de organizaciones que no existirían si las cosas estuvieran bien. Repito, si las cosas estuvieran bien no existirían tantas organizaciones que -defendiendo lo mismo- se enfrentan por ser funcionales.

Ergo: No mejoramos. Por ello no olvidemos el pasado pero veamos cómo mejorar el futuro y convenzámonos de una vez por todas que esta enfermedad no se resuelve con analgésicos. Asumamos que debe hacerse algo más profundo y con la participación de todos los sectores, donde cada sector esté representado en forma legítima por una agrupación y no por cinco.

Expensas ordinarias vs. extraordinarias.

El Código Civil y Comercial es claro en este tema, no obstante si hay que corregir está bien pero debe ser a nivel nacional, no modificando la Ley 941. Si CABA sigue generando normas por encima de su alcance jurídico -sin importar y diferenciándose del resto del país- retrocederemos a la época de unitarios y federales.

Por favor que los integrantes de agrupaciones de consorcistas, inquilinos, de comunas y políticos cuiden y mejoren su quinta sin olvidar que son una partecita de un gran campo que también debe progresar en forma de País.

Por último, no he visto propaganda política resaltando los beneficios obtenidos para aquellas personas que habitan en consorcios ni tampoco proliferar proyectos para ello. Infiero que no existen sino se hubieran resaltado en especial en CABA donde no cabe dudas que se dieron otras transformaciones destacables. Esperemos que ahora le toque al ámbito de la propiedad horizontal sean locatarios, locadores o quienes laburando lograron conseguir su departamento. Los beneficiados en forma concreta y en el ámbito Nacional nunca olvidemos que pasando la Av. General Paz hay más argentinos.

Un saludo cordial a todos Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

Administrador Luis Sinagra

(04/08/2019)


Correo de Opinión

Sus compañeros lo recuerdan como leal y generoso por CASIPH

Sr. Claudio Torrillo

Recibimos la triste noticia del fallecimiento del Sr. Claudio Torrillo el pasado sábado 3 de agosto.

Por más de 20 años se dedicó apasionadamente a dar servicio de sistemas de gestión a administradores.

En sus primeros años trabajó en otras empresas del rubro y desde 2011 con su emprendimiento Expensas 24.

Sus colegas de CASIPH lo recuerdan como leal y generoso, pensamiento también compartido por sus clientes.

Acompañamos a sus familiares en estos tristes momentos Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

Cámara Argentina de Sistemas Informáticos de Propiedad Horizontal

(05/08/2019)

---

Foto: CASIPH


Correo de Opinión

Al mal tiempo... por la Sra. Teresa Villanueva

Sra. Teresa Villanueva

Ningún político de partido alguno en plena campaña se hizo eco del vacío legal que sufren todos los consorcistas e la CABA.

Esto sucede por no contar con el derecho primario y que cabe en cualquier democracia de ser representados legítima y legalmente en los Convenios Colectivos de Trabajo.

A nosotros se nos ha negado constantemente ese derecho con todos los gobiernos.

¿Cuál es la razón? Ninguna. Sólo a nosotros: no hay ni en el país, ni en el mundo, un caso como el nuestro pero sigue sin importarle a nadie, total aquí mojan el pancito unos cuantos.

Mientras el déficit habitacional es patrimonio nacional, se castiga a los que con trabajo, sacrificio y honradez lograron tener un techo digno y no retacean medios para ponernos contra la pared. Por ejemplo, homologando convenios colectivos de trabajo firmados por cámaras de administradores o ilustres desconocidos que aparecen de la noche a la mañana protegidos por políticos inescrupulosos de esos que abundan.

¿A dónde quieren llegar? A lo que mejor saben hacer: destruir y quedarse con todo.

Por eso, queridos consorcistas, sólo el pueblo salvará al pueblo porque todos los compatriotas que duermen a la intemperie y que cada día son más no les puede doler a nadie más que al pueblo.

Cuiden sus techos, defiendan sus derechos, sepan distinguir a sus amigos de sus enemigos y únanse.-

Saluda muy Atte Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

Teresa Villanueva

Fundadora de la 1ª Comision de Propiedad Horizontal

(24/07/2019)


Rincón Solidario

Dr. Pablo AcuñaContesta el Dr. Pablo Acuña

Desde este rincón los profesionales contestan a propietarios, encargados, proveedores y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas.

Rincón Solidario

Ahora reclama una indemnización por la vivienda

Buenas noches:

Vivo en un edifico de 30 unidades funcionales.

En enero de este año la administradora por orden del consejo de administración le ordenó al encargado permanente con vivienda que tenía que dejar la portería porque era chica para él y su familia. No se firmó nada.

El ahora reclama una indemnización por la vivienda ya que a él lo sacaron no se fue por voluntad propia.

Mis consultas son:

1.- ¿El encargado está en lo correcto en reclamar una indemnización de vivienda?

2.- También reclama hacer horario de corrido, hay propietarios que estamos de acuerdo y otros cuatro que no.

Espero pronta respuesta.

Desde ya muchas gracias.

María Julia [CABA]

(13/06/2019)

Estimada María Julia,

El empleador tiene una facultad denominada ius variandi, donde el derecho le asigna una discrecionalidad respecto a las modificaciones de ciertos aspectos del vínculo laboral. Sin embargo, no puede alterar la esencia del contrato que pueda causarles un perjuicio moral o material.

Hay fallos que, incluso, han dado lugar al derecho del empleado de considerarse despedido ante tales determinaciones.

Es menester aclarar a esta altura que, además del hecho que retirarle la vivienda representa un perjuicio material concreto; la misma vivienda constituye una categoría dentro de este convenio específico. Por ello, es que esta medida es de altísimo riesgo jurídico.

No obstante lo respondido, hay algo que no puedo dejar de mencionar: el consejo de administración no puede ordenar al administrador a tomar este tipo de medidas. El Art. 2064º del Código Civil y Comercial indica de forma específica cuáles son sus funciones; y esta NO es una de ellas. Si bien esto no coarta que el reglamento de propiedad horizontal o la propia asamblea le confiera otro tipo de facultades, cierto es que no pueden subrogarse potestades que son exclusivas del órgano de la asamblea.

Con respecto a la segunda pregunta, es obligatorio respetar lo establecido por el convenio aplicable, en cuyo artículo 12º inc. i) dice claramente: “Los trabajadores/as permanentes con horarios corridos tendrán 30 minutos diarios en concepto de refrigerio, tiempo en el cual el trabajador se encuentra liberado de prestar servicios. Queda facultado el empleador a establecer, en base a la mejor operatoria laboral, el horario en que el trabajador/a hará uso del presente beneficio”.

¡Mis saludos más cordiales!

Pablo Acuña Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

---

Pablo E. Acuña es abogado (UBA), administrador de consorcios, profesor del posgrado de Administración de Consorcios en la UNLP, es columnista en medios especializados en propiedad horizontal, es fundador de “Pintando Horizontes Magazine” y es director del Centro CIMA. Por cualquier consulta se le puede enviar un correo a pabloa@alas-admconsorcios.info o contactarlo en su sitio web www.administracionalas.com.


Rincón Solidario

Dra. Diana SevitzContesta la Dra. Diana Sevitz

Desde este rincón los profesionales contestan a propietarios, encargados, proveedores y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas.

Rincón Solidario

Congelar expensas

Amigos:

¿Se pueden congelar expensas?

Eugenia [Monte Hermoso / Pcia. de Buenos Aires]

(7/08/2019)

Estimada Eugenia:

Quiero interpretar que lo que Ud. consulta es si las expensas pueden ser fijas durante un plazo, decidido en asamblea. 

Entiendo que no habría problemas, dado que las expensas pueden ser liquidadas en forma fija o movible. 

El tema es que hay que hacer bien los cálculos en las expensas fijas dado que nos encontramos en un país con un alto porcentaje inflacionario.

Esperando haber satisfecho su duda, la saludo muy Atte.

Dra. Diana Sevitz Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

---

La Dra. Diana Sevitz es abogada, mediadora y árbitro en propiedad horizontal y de los tribunales arbitrales de consumo, es co-conductora del programa de radio Consorcios Hoy, autora de varias publicaciones y docente sobre temas específicos de propiedad horizontal.Para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a dsevitz@estudiodianasevitz.com.ar o llamarla a los teléfonos 4784-8251 / 4784-8072.


Correo de Lectores

Inscripción en el RPA de la Provincia de Buenos Aires

Buen día amigos:

Quisiera saber dónde debe realizarse la inscripción en el Registro Público de Administradores de la Provincia de Buenos Aires, para administrar un edificio ubicado en Avellaneda.

¡Saludos!

María [CABA]

(12/08/2019)

Estimada María:

Si bien el Registro Público de Administradores de la provincia de Buenos Aires fue sancionado el 17 de diciembre de 2014 [1] y fue promulgada el 23 de febrero de 2015 [2] nunca se reglamentó.

Por lo tanto no es obligatorio inscribirse para ejercer la administración de consorcios en territorio bonaerense.

Un saludo cordial.

CGdeR Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

--- 

[1] BPN Nº 539 del 7/01/2015: "Se creó un Registro Público de Administradores bonaerense".

[2] BPN Nº 545 del 19/03/2015: "Se promulgó el RPA bonaerense y hay sorpresas".



¿Qué significan las siglas?

ACCABA: Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ACoPH: Asoc. Civil de Consorcistas de la Propiedad Horizontal (Mar del Plata).

ACRA: Arbitros de Consumo de la República Argentina.

ADEPROH: Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la Propiedad Horizontal RA.

AFIP: Administración Federal de Ingresos Públicos.

AGIP: Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.

AIERH: Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal.

AIPH: Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal AIPH.

APARA: Asociación de Profesionales Administradores de la República Argentina.

APH: Asociación Civil de Propietarios de inmuebles de Renta y Horizontal.

API: Asocición Propietarios de Inmuebles.

APIPH: Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal.

APBR: Asociación de Propietarios de Bienes Raíces.

APROPHMAR: Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata.

CAAC: Confederación Argentina de Administradores de Consorcios.

CABA: Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

CACCyC: Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas.

CAPHBByZ: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de Bahía Blanca y Zona.

CAPHPBA: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires.

CAPHyAI: Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.

CAPRA: Cámara de Propietarios de la República Argentina.

CASIPH: Cámara Argentina de Sistemas Informáticos de Propiedad Horizontal.

CCT: Convenio Colectivo de Trabajo.

CDI: Clave de Identificación.

CECAF: Cámara Empresaria de Conservadores de Ascensores y Afines.

CEDDDA: Camara Empresarial de Desinsectacion, Desrodentizacion y Desinfeccion Ambiental.

CGPC: Centro de Gestión y Participación Comunal de la Ciudad Autónoma de Bs. As.

CIA: Cámara Inmobiliaria Argentina.

COAPLA: Empresas de Control de Plagas de la Republica Argentina.

CEPRARA: Cámara de Empresarios Pintores y Restauraciones Afines de la República Argentina

CUCICBA: Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA.

CUIL: Clave Única de Identificación Laboral.

CUIT: Clave Única de Identificación Tributaria.

FAC: Federación Argentina de Consorcios.

FAPHRA: Federación Nacional de Cámaras y Asociaciones de Administradores de Propiedad Horizontal de la República Argentina

FATERyH: Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal.

FECIBA: Federación Económica de la Ciudad de Buenos Aires.

FEDECO: Federación de Asociaciones de Consorcios.

FRA: Fundación Reunión de Administradores.

ICI: Instituto de Capacitación Inmobiliaria.

INADI: Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo.

IxE: Indignados por expensas.

LCPH: Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal.

RCD: Red de Consorcistas Damnificados.

ReDeCo: Reafirmación de los Derechos del Consorcista.

SEARA: Sindicato Empleados de Administradoras de la República Argentina.

SERACARH: Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal.

SiPreBA: Sindicato de Prensa de Buenos Aires.

SUTERH: Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal.

UADI: Unión Administradores de Inmuebles.

UCRA: Unión de Consorcistas de la República Argentina.

UITEC: Unión Iberoamericana de Trabajadores de Edificios y Condominios.

ULAI: Unión Latinoamericana de Administradores e Inmobiliarias.

UMIPH: Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal.


Boletín de Pequeñas Noticias

Número de Edición: 662 [ DCLXII ] [1ª Edición]

Fecha de publicación: 15 de Agosto de 2019

Director y propietario: Claudio García de Rivas

Redes sociales: Página Facebook, Grupo Facebook, Twitter

Dirección: Gral. César Díaz 2761 (1416) Capital Federal - República Argentina - Teléfono: 3526-1806 - Móvil: (11) 5981-3791 - E-mail: pequenasnoticias@gmail.com - URL´s: www.pequenasnoticias.com.ar - Horario: 10 a 17 hs.


Datos personales del suscripto:

Nombre y apellido: !*LAST_NAME*!, !*FIRST_NAME*!

E-mail: !*EMAIL*!


Los suscriptos de Pequeñas Noticias estan protegidos por la Ley 25.326 (Registro Nacional de Bases de Datos)


Si quiere suscribir, en forma gratuita a un amigo al Boletín de Pequeñas Noticias tiene que mandarnos un e-mail a: suscripcion@PequenasNoticias.com.ar con la palabra SUSCRIPCIÓN GRATUITA en el asunto del mensaje y en el texto: la razón social de la empresa (si existiera), su nombre, su dirección, su teléfono, la forma en que nos conoció y, por supuesto, su e-mail. En caso de querer cancelar la suscripción envíenos un e-mail desde el e-mail de su suscripción con las palabras CANCELAR SUSCRIPCIÓN en el asunto del mensaje.


Tanto las notas firmadas como los avisos publicitarios pagos y las gacetillas de prensa son responsabilidad de sus autores y no necesariamente representan la opinión del editor. Registro de Propiedad Intelectual en trámite. 9041 es marca registrada y Pewen es marca en trámite de registración (Actas Nº: 2198663 y 2198664) de Claudio García de Rivas, todas las demás marcas registradas que pudieran ser nombradas en el presente boletín, son propiedad de sus respectivos dueños y/o representantes legales.


Socio fundador de la Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal (UMIPH)

Las notas firmadas reflejan las opiniones de sus autores y no necesariamente las de Pequeñas Noticias - La presencia tanto de las publicidades como de las gacetillas de prensa no implican juicio de valor sobre los productos y/o servicios que puedan ofrecer - Prohibida la reproducción total o parcial sin la autorización escrita de Pequeñas Noticias.