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15 de diciembre de 2019 - Nº 670

Paritarias 2019

¿A quiénes representaron las entidades de administradores?

Por primera vez las tres entidades de administradores que representan al sector empleador en paritarias debieron informar oficialmente a la Secretaría de Trabajo el nivel de representación que poseen A APH ni se lo intimó a demostrar representatividad, ni participó del acuerdo que se presentó a homologar el 23 de abril de este año.

[BPN-15/12/19] Durante las negociaciones que culminaron con el acuerdo salarial del pasado 23 de abril, la Secretaría de Trabajo exigió a los miembros paritarios que –entre otras cosas- proporcionaran el "listado de [las] empresas que los componen y [la] cantidad de trabajadores que poseen en el ámbito de la negociación colectiva pretendida en cada una de ellas". Las cédulas de notificación fueron emitidas el 21 de marzo...


 

 

Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias

Miguel Ángel Summa es el nuevo presidente de la CAPHyAI

Los socios de la entidad de administradores confirmaron a "La Lista de Unidad" para conducirla por los próximos cuatro años El Adm. Daniel Tocco, luego de cuatro mandatos, es el vicepresidente 1º Al consejo directivo se agregaron cinco administradores nuevos Las mujeres representan el 33% de la comisión directiva.

Protagonistas

Daniel Tocco resumió los 10 años de su presidencia en la CAPHyAI

Tocco conversó con el medio sobre su asunción como presidente, las luchas que tuvo que llevar adelante contra el Gobierno porteño y la AFIP, su evaluación del desempeño de la entidad como miembro paritario y el porqué de las dificultades que atraviesa APH para representar a los consorcistas en paritarias.


Administración Global


Cámara de Administradores de Bahía Blanca y Zona

Desde mayo preside la entidad la Adm. Adriana Blanca Maurizi

Categorizar y profesionalizar el rol del administrador y fomentar el espíritu de solidaridad y asistencia recíproca entre sus miembros son dos de los objetivos que se propuso para su gestión Su comisión directiva está compuesta por un 37,5% de mujeres y un 62,5% de varones.


Cámara de Empresas de Mantenimiento de Extintores de la RA

CEMERA continúa su lucha por derogar la Ley 6.116

Esta ley derogó los controles trimestrales e impuso una única recarga y verificación anual El amparo fue rechazado en 1ª instancia pero aceptado en apelación Ahora será estudiado por la Secretaría 14 del Juzgado en lo CAyT Nº 7 Esta medida fue una de las que tomó Horacio Rodríguez Larreta para bajar las expensas un 20%.


Expensas

Los pagos electrónicos crecieron 29 puntos en cuatro años

Según los datos del Servicio de Recaudación SIRO y tomando en cuenta los pagos que se realizan en todo el país, solo para abonar expensas, los pagos electrónicos crecieron del 17% del total de pagos en 2015 hasta un 46% en 2019.


Frente Nacional de Trabajadores

SUTERyH Santa Fe festejó el Día del Encargado con el FreNTE

SUTERyH Santa Fe 1ª Circunscripción festejó el Día del Encargado de Edificios con un triangular de futbol, show en vivo y un asado Viajaron para participar de esta jornada trabajadores del Frente Nacional de Trabajadores (FreNTE) de Edificios de la ciudad de Rosario, de Tucumán, de Mar del Plata y Córdoba Para abril organizarán un torneo deportivo en Rosario.


Encargados de edificios

¿Se vienen las paritarias provincia por provincia?

Alberto Fernández anunció que quiere "revisar la lógica del funcionamiento paritario en el interior" del país Si bien hablaba sobre el desarrollo de las pymes del interior, de concretarse se abriría una puerta para que las negociaciones salariales del sector se desarrollen provincia por provincia.


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Gestión Profesional

Consejo de propietarios que maneja el consorcio 

por la Dra. Silvia Marcela Bercovsky


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Rincón Solidario

¿Se debe exigir al administrador cláusula de no repetición?

por la Dra. Diana Sevitz


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Bolsa de Trabajo

Avisos Clasificados

Legislatura porteña

Se ampliaría a dos horas el horario para sacar la basura

El pasado 5 de diciembre se derogó la Ley 662 que regulaba el servicio de recolección domiciliaria El Poder Ejecutivo deberá reglamentar nuevos horarios y días Trascendió que se busca ampliar el horario en una hora La nueva norma impactará en las horas extras de los encargados de edificios.


Unión de Cámaras y Asociaciones en Manejo de Plagas Urbanas

UCABA apeló el fallo del juez Gallardo

Había presentado una acción declarativa de certeza y los dos amparos para que se declare inaplicable la inscripción de las empresas del sector en el Registro de Residuos Peligrosos" Argumentaron que esa inscripción en el registro local y nacional costaría en total más de 62 mil pesos y perjudicaría a las empresas más pequeñas.


Proyecto de ley en la legislatura porteña

Amor propone filtros para participar como amicus curiae

Presentó un proyecto de ley que obligará a contratar a un abogado para poder opinar frente al Tribunal Los argumentos sólo podrán ser legales, técnicos o científicos Solo serían admitidas organizaciones formales lo que podría excluir a las agrupaciones informales de vecinos.


Agrupación Trabajadores de Edificios de la CABA-GBA

Estudio y capacitación para jerarquizar la figura del encargado

Desde 2017 un grupo de encargados lucha por mejorar la obra social y –mediante el estudio y la capacitación- jerarquizar la actividad de los encargados Entre otras cosas, desean agilizar los turnos en la obra social y eliminar los bonos de copago La entrevista completa de Pequeñas Noticias con cuatro de ellos.


Índices de aumentos salariales para la propiedad horizontal

En 2019 los salarios del sector le ganaron levemente a la inflación

Si bien la inflación que mide el INDEC sería del 54,57% las escalas salariales de los encargados de edificios aumentaron un 58,55% Durante toda la gestión de Mauricio Macri los salarios del sector y la inflación se mantuvieron parejos Alberto Fernández desactivaría las cláusulas de revisión y el último acuerdo prevé una en enero y otra en abril.


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Correo de Opinión

Sobre "Los consorcios con menos servicios y más riesgos

por el Sr. Oscar Mario Marchesin


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Correo de Lectores

Salta desde una ventana hacia un techo para tomar sol

por el Dr. Pablo Acuña


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Correo de Lectores

El SIAp por administrador o por consorcio

(11/12/2019)

Acompañan a Pequeñas Noticvias en este número.

Curso Liquidación de Sueldos para Propiedad Horizontal

Siro, Servicio Integral de Recaudación Banco Roela

Administración Global

Administración Bernetti

Cra. Viviana B. Grinberg

CASIPH (Cámara Argentina de Sistemas Informáticos para Propiedad Horizontal)

Caldén, control de plagas

Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI)

Pewen Sistemas: Servicios informáticos para administradores y consorcios

Administración Claudio López

Administración Liliana Silvia Bo

Curso/Taller Liquidación de Sueldos para Propiedad Horizontal

Marta Granados - Administraciones

Libro Todo sobre Consorcios del Dr. Osvaldo Loisi

Mariú Cáceres: Diseño gráfico y fotografía

Rodriguez y Asociados, Bienes Raícesy administración de consorcios

Administrador Adolfo Ernesto Tami

Administración Alas

Pequeñas Noticias: La herramienta exacta

Cultura de Trabajo


Paritarias 2019

¿A quiénes representaron las entidades de administradores?

Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación

[BPN-15/12/19] Durante las negociaciones que culminaron con el acuerdo salarial del pasado 23 de abril, la Secretaría de Trabajo exigió a los miembros paritarios que –entre otras cosas- proporcionaran el "listado de [las] empresas que los componen y [la] cantidad de trabajadores que poseen en el ámbito de la negociación colectiva pretendida en cada una de ellas". Las cédulas de notificación fueron emitidas el 21 de marzo.

Esta exigencia permitió dos enfoques diferentes: mientras la CAPHyAI presentó los consorcios que sus socios administran y la cantidad de sus empleados, el AIERH y la UADI interpretaron que representan administradores y se abstuvieron de informar la cantidad de trabajadores que se desempeñan en los edificios que sus socios administran.

Por otra parte, el 21 de marzo, la Secretaría de Trabajo también le exigió a la FATERyH: "Deberá denunciar cantidad de trabajadores comprendidos en el ámbito de la negociación". Hasta el 22 de agosto de este año -según lo obrado en el expediente- a Pequeñas Noticias no le consta que la entidad gremial haya cumplido con esta exigencia.

CAPHyAI

El 24 de abril la entidad presentó lo que definió como un "listado parcial" de 36 páginas con 1.953 direcciones completas de los consorcios que sus socios administran y sus 3.042 empleados. Por otra parte, en el marco de una entrevista exclusiva que el Adm. Daniel Tocco, vicepresidente 1º de la entidad, concedió a Pequeñas Noticias, precisó que la cantidad de consorcios total que representan sus asociados ronda los 7 mil. Agregó también que la CAPHyAI posee 690 socios en condiciones de votar pero supera los mil cuando se le agregan los adherentes: consorcios, consorcistas aislados y empresas <ver nota>.

Si bien la lista que brindaron a la por entonces Secretaría de Trabajo es parcial, es un acercamiento a algunos datos interesantes sobre la forma en que los consorcios dan empleo. El 70,1% de los edificios poseen un encargado, el 19,35% da trabajo a dos personas, el 4,97% a tres trabajadores, el 2,76% a cuatro y el 1,08% a cinco empleados. Edificios que emplean más de cinco trabajadores representa menos del 1% del total. A modo de curiosidad, hay un edificio tiene 20 empleados, otro que tiene 19 y un último con 18.

AIERH

El 24 de abril el AIERH informó su "listado de asociados" que se extendió a lo largo de 12 páginas. Cada una de los folios estaba firmada por su presidente Dr. Juan Manuel Acosta y Lara.

Según ese informe la entidad cuenta con 519 asociados de los cuales 418 (81%) son administradores que están inscriptos en el Registro Público de Administradores de la CABA y los restantes 101 (19%) no lo están.

Del total de sus socios 271 (52%) son varones, 238 (46%) son mujeres y 10 (2%) son empresas, sociedades o consorcios de propietarios.

UADI

El 7 de mayo, la UADI presentó un "listado de asociados" a la Secretaria de Trabajo con 248 socios en un listado que ocupó cinco carillas y media.

Del total del listado 229 (92%) socios están empadronados en el RPA. De ese grupo hubo cinco (2%) de los cuales el número de CUIT estaba incorrecto (se lo encontró buscando por apellido) y siete (3%) cuyo apellido no correspondía (se lo encontró por su número de CUIT).

A los 19 (8%) restantes no se los encontró empadronados en el Registro Público de Administradores o tanto el número de CUIT como el apellido estaban incorrectos.

En el padrón total de la UADI hay registrados 138 (56%) varones, 93 (38%) mujeres y 17 (7%) empresas.

Sin embargo, es de recordar que en noviembre de 2009 el Adm. Jorge Ferrera, durante su programa televisivo "Reflexiones Nacionales", informó que la UADI contaba con sólo 30 socios en condiciones de votar. Ferrera había asegurado que durante las elecciones del 29 de octubre de ese año participaron 5 socios para votar la renovación de 10 cargos [1]. Esas afirmaciones nunca fueron desmentidas Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] BPN Nº 390 del 18/11/09: "Sólo 5 socios fueron a votar".


Administración Bernetti SRL

Contadora Viviana B. Grinberg


Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias

Miguel Ángel Summa es el nuevo presidente de la CAPHyAI

Miguel Ángel Summa, nuevo presidente de la CAPHyAI [Foto archivo Pequeñas Noticias]

Miguel Ángel Summa, nuevo presidente de la CAPHyAI [Foto archivo Pequeñas Noticias]


[BPN-15/12/19] El pasado 4 de diciembre, los socios de la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) eligieron al Adm. Miguel Ángel Summa como su nuevo presidente para el período que va desde el 2019 y hasta el 2023. El Adm. Daniel Tocco fue designado vicepresidente 1º luego de cuatro mandatos de los cuales uno fue de un año (2009/2010), dos mandatos de dos años (2010/2014) y un mandato de cuatro años (2015/2019).

En diálogo con Pequeñas Noticias, el Adm. Summa adelantó que el rumbo de la entidad será el mismo que se le imprimió hace diez años cuando asumió la "Lista de Unidad": en primer lugar destacó como objetivo la profesionalización de los administradores, invitar a más administradores a sumarse a la entidad y –en el plano gremial- tratar de lograr acuerdos paritarios para el sector de la propiedad horizontal lo más equitativos posible.

El flamante presidente destacó que con su designación el 11 de noviembre en la ciudad de Panamá como presidente de la ULAI (Unión Latinoamericana de Administradores e Inmobiliarias), la CAPHyAI en este momento está conduciendo las dos entidades más importantes que representan administradores: la Unión mencionada y FAPHRA (Federación Nacional de Cámaras y Asociaciones de Administradores de Propiedad Horizontal de la República Argentina).

El 11 de noviembre, Miguel Ángel Summa es electo presidente de la ULAI en la ciudad de Panamá. A su lado la Adm. Susana Figueroa Esposito, la nueva vicepresidente.

El 11 de noviembre, Miguel Ángel Summa es electo presidente de la ULAI en la ciudad de Panamá. A su lado la Adm. Susana Figueroa Esposito, la nueva vicepresidente.


El consejo directivo

En el curso de la Asamblea Anual Ordinaria del 4 de diciembre los socios de la CAPHyAI aprobaron la memoria y balance de la entidad y se confirmó a la "Lista de Unidad" –la única que se presentó a las elecciones- para conducir su destino durante los próximos cuatro años. Acto seguido se reunió por primera vez el nuevo consejo directivo para designar a sus autoridades.

En la nueva composición del consejo directivo se agregaron cinco integrantes, ascendieron en sus cargos 10, se mantuvieron 8 y descendió uno, el expresidente.

Los miembros nuevos son los administradores Cristian Bruzzone (vocal suplente 6), Bárbara María Prack (vocal suplente 7), Héctor Pérez Sasso (vocal suplente 8), Alejandra Patricia Albide (1ª suplente del Tribunal de Cuentas) y María Rita Massola (2ª suplente del Tribunal de Cuentas).

Por su parte ascendieron a cargos superiores los administradores Armando R. Caputo (de vicepresidente 3º a 2º), Daniel Martin Grass (de tesorero a vicepresidente 3º), Guillermo Alejandro Casella (de vocal suplente 5º a protesorero), Marcelo Dominijanni (de vocal suplente 1º a vocal titular 1º), Carlos García (de vocal suplente 3º a vocal suplente 1º), Silvia Beatriz Ghianda (de vocal suplente 6º a vocal suplente 2º), Macarena Soledad Staino (de 1ª suplente del Tribunal de Cuentas a vocal suplente 3º), Emilia Masserano (de 2ª suplente del Tribunal de Cuentas a vocal suplente 4º) y Carlos Alberto Coda (de vocal suplente 7º a vocal suplente 5º).

Los administradores Arturo Claudio Molina, Ángela Graciela Perrone y Alejandro Gustavo Quatrocchi que participaron de la gestión anterior no figuran en la nueva.

Desde el punto de vista de género esta comisión directiva incluye más mujeres que la anterior: de sus 24 miembros 8 son mujeres (33%) y 16 son varones (67%). En la comisión anterior el 26% eran mujeres y el 74% varones Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Caldén: Control de plagas.


Protagonistas

Daniel Tocco resumió los 10 años de su presidencia en la CAPHyAI

Adm. Daniel Tocco, expresidente de la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI)

[BPN-15/12/19] El pasado 14 de diciembre, Pequeñas Noticias entrevistó al Adm. Daniel Tocco, luego de ejercer la presidencia de la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) durante 10 años ininterrumpidos. Tocco conversó con el medio sobre su asunción como presidente, las luchas que tuvo que enfrentar, su evaluación de la entidad como miembro paritario y –desde su punto de vista- el porqué de las dificultades que atraviesa APH (Asociación Civil de Propietarios de inmuebles de Renta y Horizontal) para representar a los consorcistas en paritarias.

Es de recordar que asumió en 2009 luego de la dura contienda electoral que enfrentaron a la lista del Adm. Horacio Bielli y la por entonces administradora Gabriela Pilar Saldivia. Fue la persona de consenso, bajo la cual se conformó la Lista de Unidad que superó ese conflicto.

Entre otras cosas, al frente de la entidad fue protagonista de la lucha contra la Ley Muñoz (Ley 5.464), la resolución de la AFIP que obligaba a informar las expensas de los propietarios que cumplían ciertos requisitos y ahora contra la Ley Carrillo que busca imponer una Plataforma Web Oficial conocida como Consorcio Participativo que concentrará en manos del Gobierno los datos comerciales, laborales y privados de propietarios e inquilinos de la CABA.

La Lista de Unidad

Pequeñas Noticias: Vos asumís como presidente de la Cámara como corolario de la pugna electoral que existía entre la lista del Adm. Horacio Bielli y la de la Adm. Gabriela Pilar Saldivia.

Daniel Tocco: El conflicto comienza en 2007 y en 2009 todavía se estaban peleando.

PN: Contame un poquito cómo fueron esos tiempos.

Daniel Tocco: En realidad la Lista de Unidad fue la única alternativa para superar las observaciones que hacía la Inspección General de Justicia (IGJ). Arturo Molina fue uno de los gestores de esa unidad. Del otro lado –la línea de Bielli- no estaban tan convencidos pero tampoco había muchas alternativas. Fue entonces que me convocaron. Yo me había retirado hacía dos o tres años porque sentía que era dedicarle mucho esfuerzo a una pelea entre fracciones que no beneficiaba ni a la Cámara ni a los socios. Cuando me convocaron me hice cargo de la Lista de Unidad donde mezclamos doce de una lista, doce de la otra y la encabecé yo.

PN: Poco antes de ese desenlace Saldivia había sido designada coordinadora del Registro Público de Administradores (RPA).

DT: Como positivo puedo destacar -10 años después- que se consolidó la Lista de Unidad. Nosotros la seguimos llamando así pero en realidad es una sola línea. Las dos listas se incorporaron bien y por suerte se complementaron.

No tenemos que olvidar que un artífice de ese éxito fue Fernando Staino [1] que se puso seriamente la camiseta de la institución. Mi gestión estuvo respaldada por tres personas que fueron fundamentales: Staino quien venía de la otra fracción -la de Saldivia- y que comprendió lo que necesitábamos para que la Cámara se unificara y con eso un poco desapareció la división. El segundo fue Miguel Ángel Summa -actual presidente- quien se incorporó y puso otro de los pilares que estuvo presente durante toda la gestión. El tercero fue mi hijo quien manejó la administración para que yo pudiera hacer todo lo demás.

PN: ¿La conducción de la CAPHyAI te significó relegar la administración?

DT: Te demanda mucho esfuerzo. En estos 10 años entiendo que dimos todas las batallas que teníamos que dar en defensa de nuestros socios y de los administradores en general. Lo que perdimos, lo que finalmente no logramos fue la colegiación que era lo más importantes que nos habíamos propuesto, que se habían propuesto todos los consejos directivos anteriores a mi gestión y que van a proponer todos los consejos directivos que sigan después de mi gestión: la necesidad de tener un consejo profesional propio.

Realmente la conducción de la Cámara te roba tiempo: tenés que hablar con gente, tenés que hacer entrevistas, negociar y muchas más cosas. Ese tiempo se le resta a la familia y al trabajo. Si no tenés un baluarte atrás no podes avanzar.

PN: ¿Vos estuviste al frente de la Cámara 10 años ininterrumpidos o 10 años con una pausa?

DT: Yo estuve como presidente hasta el 2014 como presidente formal, ese año tendría que haber asumido Staino pero se enfermó. Justo cuando nosotros hicimos el segundo congreso a él lo tuvieron que internar y a partir de ahí ya no pudo volver a la actividad. Yo –en mi carácter de vicepresidente en ejercicio- continué la gestión de la Cámara durante el 2014 hasta el 2015. En 2015 -luego de una reforma en el estatuto [2]- fui electo por cuatro años o sea hasta el 2019 [3].

Batalla tras batalla

PN: En esos 10 años, ¿cuáles fueron los hitos más importantes por los que atravesó la Cámara?

DT: Yo creo que lo más duro que tuvimos que enfrentar fue el Consejo que logró hacer aprobar el legislador Muñoz (Ley 5.464) que creaba un Consejo de la Propiedad Horizontal [4]. A nuestro entender lo hizo mal y logramos que tuvieran que hacer una nueva ley para derogar lo que ellos mismos habían votado [5].

Otra lucha que tuvimos fue contra la AFIP que por aquel entonces obligaba a los administradores a informar las expensas que superaban cierto monto que pagaban los propietarios.

DT: Después abordamos la ley que impuso la plataforma oficial Consorcio Participativo. También fue otra batalla que aún no terminó porque no se reglamentó pero tampoco se derogó. El tema de fondo es que la Cámara siempre estuvo presente cada vez que el administrador sufría un problema generado por algunos legisladores o políticos que desconociendo nuestra función hicieron leyes que no eran fáciles de llevarlas a la práctica, no traían beneficios a los propietarios y lo único que hacían era recargar el trabajo de los administradores. Tal es así que el trabajo administrativo hacía que dejáramos de atender a nuestros clientes, que son lo más importante.

Otra de las cosas que se cayó y que luego de negociaciones se volvió a poner era Expensas Claras: Expensas Claras 1, Expensas Claras 2 y así. Se negoció en la Cámara, trajimos a los centros de cómputos porque lo que había salido en primera instancia era impracticable porque ellos hablaban de una planilla Excel y no es así como nosotros trabajamos.

Mucha gente piensa que podíamos haber hecho más pero en la práctica es difícil hacer más. Hay muchas cosas que nosotros iniciamos y que la política o los problemas del momento hicieron que no se hayan podido llevar a la práctica. A aquellos que nos reprochaban porque no hicimos más los invitamos a sumarse a la Cámara a trabajar para lograr esos objetivos que proponían.

Las paritarias del sector

PN: ¿Cómo evalúas el desempeño de la Cámara en Paritarias en estos 10 años?

DT: La gente no sabe lo que pasa en cada paritaria porque no se publica cuál es la ambición inicial del sindicato. No sabe lo que logramos nosotros porque lo que se difunde es el resultado de un debate. Yo creo que nosotros trabajamos bien con el sindicato. Tenemos que tener en cuenta que sólo somos un tercio de la patronal lo que nos genera muchas veces problemas. Sin embargo dentro de todo somos bastante escuchados y respetados y lo que arranca siendo una negociación se plasma en un acuerdo. Sin ir más lejos en la discusión por el bono de fin de año -ese porcentaje que se da por la remuneración total de cada uno- nosotros no tuvimos fuerza porque fuimos un tercio de de las entidades patronales pero pudimos hacer que sea sobre el básico con lo cual reducimos casi al 50% lo que hubiera sido el bono. A veces no podemos borrarlo todo pero logramos achicarlo o mejorarlo.

La representación de APH

PN: Vos mencionas que son un tercio pero yo pienso tal vez es un 25% porque hay una entidad APH que también llegó a participar de alguna negociación paritaria.

DT: Sobre eso yo creo que hay un error conceptual. En realidad, los consorcios son independientes de los propietarios que los integran. Esa asociación de propietarios representa a consorcistas sueltos. En cambio, los administradores representamos a los consorcios. La Cámara representa más de 7 mil consorcios. Es un número pesado, es muy representativo.

PN: O sea que para que APH pudiera representar consorcios tendría que obtener ese mandato de cada edificio que así lo decidió reunido en una asamblea.

DT: Claro

PN: Alberto Fernández hace tiempo que viene hablando de paritarias por provincia y por sector ¿Qué opinas de eso?

DT: Bueno vos sabes que el convenio tiene previstas seis regiones aunque nunca se pudo implementar. El 80% de los encargados lo aporta la Capital Federal y la provincia de Buenos Aires y en el resto de las provincias no son tantos. Lo que nosotros decimos -sobre todo ahora que tenemos FAPHRA (Federación Nacional de Cámaras y Asociaciones de Administradores de Propiedad Horizontal de la República Argentina)- es que cada región aporte su problema y eso lo llevamos a la paritaria nacional Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] BPN Nº 546 del 9/04/15: "Falleció Fernando Staino".

[2] BPN Nº 522 del 6/06/14: "Los cargos de la comisión directiva durarán cuatro años".

[3] BPN Nº 569 del 15/02/16: "Tocco será presidente hasta diciembre de 2019".

[4] El 20 de noviembre de 2015, Fernando Muñoz (Frente para la Victoria) ingresó a la Legislatura porteña un proyecto de ley -bajo el número de expediente 2455-D-2015- para transferirle el control del RPA porteño a un Consejo de la Propiedad Horizontal. La conducción del nuevo Consejo estaba compuesta por 11 miembros de los cuales una importante mayoría eran del SUTERH, de las entidades de administradores que firman los Convenios Colectivos de Trabajo y de un nuevo sindicato que agrupa empleados de administraciones de consorcios (SEARA). Muy poco tiempo después Muñoz fue nombrado Defensor de los Inquilinos porteños. Trece días después, el 3 de diciembre, la Legislatura aprobó sobre tablas y sin debate parlamentario la "Ley Muñoz" que llevó el número 5.464. El 7 de julio de 2016 la ley fue derogada con el voto unánime de los 55 legisladores presentes.

[5] BPN Nº 580 del 5/07/16: "Rodríguez Larreta anunció que derogará la Ley Muñoz".


Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.


Cámara de Administradores de Bahía Blanca y Zona

Desde mayo preside la entidad la Adm. Adriana Blanca Maurizi

Adm. Adriana Blanca Maurizi, presidente de la Cámara de Administradores de la Propiedad Horizontal de Bahía Blanca y Zona (CAPHBByZ)

[BPN-15/12/19] Desde el pasado 5 de mayo, la Cámara de Administradores de la Propiedad Horizontal de Bahía Blanca y Zona (CAPHBByZ) es presidida por la administradora Adriana Blanca Maurizi. La comisión directiva que conduce está compuesta por ocho miembros de los cuales un 37,5% son mujeres y un 62,5% son varones.

En diálogo con Pequeñas Noticias explicó que los objetivos que se propuso para su gestión fueron: "Categorizar y profesionalizar las tareas y el rol del administrador de propiedad horizontal; fomentar el espíritu de solidaridad y asistencia recíproca entre sus miembros; organizar o auspiciar conferencias, jornadas, congresos, cursos o encuentros vinculados con la administración de consorcios con el propósito de mejorar la calidad del servicio que los profesionales prestan y colaborar con los poderes públicos en los temas que se refieran a las actividades vinculadas con la administración de consorcios".

Capacitación

En esta sintonía el pasado 22 de noviembre la entidad organizó una conferencia para administradores –estén o no asociados- sobre "Relaciones sobre el Código Civil y Comercial y los reglamentos de propiedad horizontal" que dictó el Dr. Mario Zelaya.

El día anterior, había organizado otra charla, esta vez para encargados de edificios, en el marco de las exigencias de las Aseguradores de Riesgo de Trabajo (ART).

Participación

Anteriormente, el 18 de noviembre, la presidenta de la CAPHBByZ participó del III Congreso Latinoamericano de Administradores de PH organizado por la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal (CAPHyAI) en el que se resolvió por una parte que FAPHRA [1] ingrese a la ULAI [2] y por otra que cada entidad de administradores elabore un borrador para confeccionar un memorándum de ética profesional a los efectos de que se someta a votación en la próxima reunión de la Federación. La entidad de administradores de Bahía Blanca y Zona está representada en la comisión directiva de FAPHRA con el cargo de vocal 1º.

CAPHBByZ mantiene informados a sus socios de las novedades más importantes del sector mediante su página en Facebook: https://www.facebook.com/caphbbyz/

La comisión directiva

Los miembros de la comisión directiva son los administradores: Adriana Blanca Maurizi (presidente), Eliana Verónica Plescia (vicepresidente), Gustavo Gómez Olivera (secretario), José Fama (tesorero), Santiago Luis Llambrich (vocal titular 1º), Carolina Santoliquido (vocal titular 2º), Fernando Fabián Iungelson (vocal suplente 1º) y Jorge Esteban Arcuri (vocal suplente 2º) Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] FAPHRA: Federación Nacional de Cámaras y Asociaciones de Administradores de Propiedad Horizontal de la República Argentina.

[2] ULAI: Unión Latinoamericana de Administradores e Inmobiliarias.


Administración López.

Servicios informáticos para administradores y consorcios.


Legislatura porteña

Se ampliaría a dos horas el horario para sacar la basura

Contenedores de basura en el centro porteño.

[BPN-15/12/19] El pasado 5 de diciembre, la Legislatura porteña aprobó una ley que en principio derogó la Ley 662 (Servicio de recolección domiciliaria) de 2001 y en segundo término puso en cabeza del Poder Ejecutivo porteño el reglamentar las modalidades frecuencias y horarios de la disposición inicial de los residuos hogareños. Según trascendió de la comisión de Ambiente de la Legislatura la idea general es ampliar el horario en una hora: de 19 a 21 hs. de domingo a viernes.

Es de destacar que es muy probable que los edificios de propiedad horizontal adelanten en una hora la disposición de residuos del consorcio en los contenedores pagando de esa manera una hora extra menos. De todas formas hay que esperar que el Ejecutivo porteño emita la resolución en la que detalle formalmente horarios y días.

El proyecto de ley fue ingresado por Mercedes de las Casas (Vamos Juntos) el pasado 6 de noviembre con el número 2775-D-2019. En principio constaba de sólo dos artículos de los cuales uno era de forma pero a la hora de votar se aprobó un texto que "obraba en bancas" que agregaba un segundo artículo, con lo cual el artículo de forma pasó a ser el tercero.

La ley aprobada

En principio la ley aprobada ordena:

"Artículo 1° - Derógase la Ley Nº 662 (Texto consolidado por Ley Nº 6.017).

"Artículo 2º - El Poder Ejecutivo reglamentará las modalidades frecuencias y horarios de la disposición inicial selectiva y la recolección de los residuos sólidos urbanos domiciliarios, de conformidad con la Ley Nº 1.854 y sus concordantes.

"Artículo 3º - Comuníquese, etc.".

Es de destacar que el artículo 2º que se agregó a último momento era indispensable porque la Ley 1.854 (Basura Cero) de 2005 en su artículo 17º establece que "la disposición inicial selectiva de los residuos sólidos urbanos debe realizarse en el tiempo y la forma que determine la autoridad de aplicación minimizando los efectos negativos sobre la salud y el ambiente".

La votación

Votaron a favor de esta ley el bloque Vamos Juntos (33), Evolución (5), el Partido Socialista aliado de Horacio Rodríguez Larreta (2), Sergio Abrevaya (GEN) y Marcel Hugo de Pierro de Mejor Ciudad. Total 42 votos positivos.

En contra se expidieron: Unidad Ciudadana (7), el Bloque Peronista que responde a Víctor Santa María, titular del SUTERH (3) y el bloque Autodeterminación y Libertad (2). En total 12.

Se abstuvieron Myriam Bregman (PTS Frente de Izquierda) y Laura Enda Marrone (Izquierda Socialista en el Frente de Izquierda).

No estuvieron presentes durante la votación: Santiago Luis Roberto (Bloque Peronista), Gabriel Solano (Frente de Izquierda y de los Trabajadores), Carlos Alfonso Tomada (Unidad Ciudadana) y Diego Sebastián Marías (Vamos Juntos).

Fundamentos

Para justificar esta flexibilización en los horarios, la legisladora –entre otros muchos temas- recordó que ahora en la CABA se dispone de la infraestructura de higiene adecuada para atender las demandas de generación de RSU (Residuos Sólidos Urbanos) domiciliarios, como son los contemporáneos contenedores de residuos húmedos, las campanas de residuos secos y consecuentemente circuitos de recolección diferenciada Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Curso/Taller de Sueldos para la Propiedad Horizontal.

Administración Liliana Silvia Bo


Cámara de Empresas de Mantenimiento de Extintores de la RA

CEMERA continúa su lucha por derogar la Ley 6.116

Ángel Ricardo Gil, protesorero de CEMERA [Archivo de Pequeñas Noticias]

Ángel Ricardo Gil, protesorero de CEMERA [Archivo de Pequeñas Noticias]


[BPN-15/12/19] Desde el 15 de marzo de este año, la Cámara de Empresas de Mantenimiento de Extintores de la República Argentina (CEMERA) mantiene una dura lucha judicial para derogar los artículos de la Ley 6.116 que eliminan la verificación trimestral de los matafuegos e impone una única recarga y verificación anual.

La acción judicial la iniciaron los representantes de CEMERA Ángel Ricardo Gil (protesorero), María Jimena Vigil (secretaria) y Maximiliano Adrián Wutke (presidente). Ingresó a la Secretaría 35 del Juzgado de 1ª Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 18 bajo el número 201/2019-0 y el letrado patrocinante es el Dr. Jorge Martín Irigoyen.

En detalle

La demanda

En su demanda y a lo largo de 44 carillas los representantes de CEMERA entre otras cosas explicaron: "En el artículo 3º de la Ordenanza Municipal N° 40.473 se establecía que todos los extintores, equipos e instalaciones fijas instaladas en la Ciudad debían ser fabricados, reparados, recargados e instalados bajo las exigencias de las Normas IRAM o en su defecto, de las Normas ISO o similares por las empresas que se encuentren inscriptas en los registros creados en la misma", y agregaron: "Con la modificación introducida por la ley en cuanto ahora prescribe que ‘todos los extintores (matafuegos) deben ser fabricados, reparados, recargados e instalados bajo las directrices que disponga la autoridad de aplicación’, la Ciudad pasó de tener una Legislatura que ejercía activamente el poder de policía de esa actividad a dejar la actividad sin regulación alguna delegando en la autoridad de aplicación los aspectos atinentes e importantes para la seguridad pública".

La sentencia

A la hora de sentenciar el juez de 1ª instancia señaló: "La actora no menciona, ni acredita, algún acto u omisión concreto de la autoridad pública que afecte derechos en forma actual o inminente, ni refiere a elementos de juicio a considerar en ese sentido, más allá de sus afirmaciones unilaterales, por lo que aun con la excepcionalidad del criterio, la acción será desestimada in límine [1]".

La sentencia fue apelada en duros términos.

La apelación

La fiscal de Cámara resumió las quejas de los demandantes en cinco puntos: "El juez de grado: a) desconoció el alcance de la acción de amparo colectivo en el marco de intereses individuales homogéneos; b) interpretó equivocadamente los arts. 14º y 113º de la Constitución de la CABA; c) se contradijo al expresar que no existe un caso y luego decir ‘el caso sometido a su jurisdicción debe ser ventilado ante el Tribunal Superior de Justicia’; d) afirmó erradamente que no se evidencia el riesgo pretendido ni la desprotección de los habitantes de la CABA; y e) desatendió sin mayores fundamentos los derechos y principios invocados por los actores".

Finalmente el fiscal dictaminó que "debería hacerse lugar al recurso de apelación interpuesto".

Nuevo sorteo

El 16 de agosto, la Cámara –con la disidencia de Esteban Centanaro (subrogante)- dictaminó "hacer lugar al recurso de apelación interpuesto, revocar la sentencia recurrida y remitir las actuaciones a la Secretaría General del fuero a fin de que sortee un nuevo juzgado".

Días pasados la causa recayó en la Secretaría 14 del Juzgado de 1ª Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 7.

¿Qué se debate?

El artículo la Ley 6.116 eliminó del artículo 3º de la Ordenanza 4.0473 la obligación de que todos los matafuegos deban ser fabricados, reparados, recargados e instalados bajo las exigencias de las normas del Instituto Argentino de Racionalización de Materiales (IRAM) o, en su defecto, de las Normas ISO.

Por otra parte ese mismo artículo ordenó que "la vigencia de la recarga de los extintores (matafuegos) es de un año" y agregó que "seguidamente al procedimiento de recarga se debe realizar una única revisión y control completo del estado del matafuego". O sea que se eliminó el tradicional control trimestral.

Justamente la obligación de controles semestrales había surgido del punto 3.3.1 de la norma IRAM 3517-II que trata sobre los la dotación, control, mantenimiento y recarga de los matafuegos. Ésta textualmente -entre otras cosas- indica: "...Estas tareas [las de mantenimiento] se realizarán como mínimo una vez cada tres meses...".

Esta segunda versión de la norma se publicó por primera vez el 23 de diciembre de 2005 y sufrió modificaciones en 2017, 2015, 2011 y 2010.

14 puntos para bajar las expensas

Para entender el contexto en que se sancionó la Ley 6.116, hay que recordar que éste fue uno de los 14 puntos del plan que Horacio Rodríguez Larreta lanzó a principios de 2018 para bajar las expensas un 20% [2].

Consideró que este ítem puntual -la eliminación de la recarga trimestral- ahorraría a los consorcios cuatro mil pesos al año. Textualmente el Gobierno de la CABA comunicó: "La Ley 6.116 modificó la Ordenanza 40.473 y extendió la periodicidad de la verificación: era trimestral y pasó a ser anual. La autoridad de aplicación va a reglamentar las cuestiones específicas. Esta medida permite un ahorro de 4.000 pesos al año" [3].

Finalmente en 2018 según números oficiales las expensas no sólo no bajaron un 20%, sino que subieron un 35% [4].

Cronograma de la causa

El 15/03/2019 se inicia la causa en el Secretaría 35 del Juzgado de 1ª Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 18 a cargo del juez López Alfonsín.

El 25/03/2019 el juez la rechaza

El 11/04/2019 se le concede el recurso de apelación.

El 05/06/2019 la fiscal de Cámara Nidia Cícero emite un dictamen positivo.

El 16/08/2019 la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo por mayoría declara admisible la causa y ordena que se sortee un nuevo juzgado.

El 26/11/2019 se le asigna la Secretaría 14 del Juzgado de 1ª Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 7 que está a cargo de la jueza Lidia Ester Lago Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] In limine: "En términos generales el significado de la locución latina in límine o a límine, puede traducirse como: ‘desde el umbral’. Es utilizada para expresar el rechazo de una demanda, o recurso, cuando es desechada de fondo, no admitiendo discusión, por no ajustarse a los dispuesto por el marco normativo". Definición Legal. Fuente.

[2] BPN Nº 625 del 11/02/18: "Se dará marcha atrás con cuatro resoluciones de Macri".

[3] Gobierno de la CABA: "Plan para bajar las expensas".

[3] BPN Nº 648 del 11/01/19: "Las expensas no bajarán un 20%, subirán un 35%".


Marta Granados - Administraciones

Tercera edición del libro Todo sobre Consorcios del Dr. Osvaldo Loisi.


Unión de Cámaras y Asociaciones en Manejo de Plagas Urbanas

UCABA apeló el fallo del juez Gallardo

Estatua de la justicia.

[BPN-15/12/19] El pasado 15 de noviembre, el juez Roberto Andrés Gallardo rechazó in limine [1] la acción declarativa de certeza y los dos amparos que presentó la "Unión de Cámaras y Asociaciones de Buenos Aires en Manejo de Plagas Urbanas" (UCABA) para que se declare inaplicable la inscripción de las empresas del sector en el ’Registro de Residuos Peligrosos’". La entidad ya apeló y espera el sorteo de la causa entre las tres salas de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la CABA.

La demanda fue motivada porque este año el Gobierno de la CABA reempadronó a las empresas habilitadas y consideró la actividad como generadora de residuos peligrosos. Según la ley esto las obliga a inscribirse en un registro de generadores de residuos peligrosos local y otro nacional a un costo que supera los 31 mil pesos por registro lo que señalan que perjudica a las pequeñas empresas en favor de las grandes para las cuales este costo no es significativo.

La causa ingresó originalmente el pasado 15 de octubre a la Secretaría 4ª del Juzgado de 1ª Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 2 bajo el número 9881/2019. El letrado patrocinante de UCABA es Daniel Alberto Sabsay.

En detalle

Los principales interrogantes que UCABA pidió al Tribunal que dilucide eran tres:

1.- Si las empresas dedicadas al control de plagas urbanas que solo utilizan insecticidas domisanitarios [2] de uso profesional, deben inscribirse en el Registro Nacional de Generadores y Operadores de Residuos Peligrosos.

2.- Si la exigencia de inscribirse ante el Registro de Generadores y Operadores de Residuos Peligrosos supera el test de razonabilidad técnica.

3.- El hecho de que los envases vacíos de los productos domisanitarios utilizados por estas empresas que no califican como residuos peligrosos en la jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires se convierten en residuos peligrosos al ingresar en el territorio de la Ciudad respeta los principios de congruencia, igualdad y seguridad jurídica.

Solicitó también una orden de no innovar para que a las empresas representadas por la UCABA se les suspenda la exigencia de inscribirse en el Registro de Generadores y Operadores de Residuos Peligrosos.

Por último, pidió que se convoque a un diálogo ambiental federal a efectos de lograr congruencia entre las diferentes jurisdicciones en materia de regulación de empresas dedicadas al control de plagas.

Los argumentos

Según explicó UCABA este año la Agencia de Protección Ambiental (APRA) porteña tomó dos medidas: en abril de este año dio de baja a todas las empresas habilitadas, para que luego haya una nueva habilitación comercial y por otra decidió considerar a la actividad que despliegan las empresas del sector que representa UCABA como generadoras de residuos peligrosos y cursó numerosas intimaciones a las empresas del sector para que se inscriban en el Registro de Generadores, Operadores y Transportistas de Residuos Peligrosos que establece el artículo 11º de la Ley 2.214.

La entidad argumentó que las empresas dedicadas al control de plagas urbanas no pueden ser consideradas generadoras de residuos peligrosos, en tanto ‘no utilizan materiales que conforme la propia Ley 2.214 y sus anexos puedan calificarse de peligrosos’, sino que sólo emplean ‘domisanitarios sin riesgo en su utilización corriente y debida, conforme los parámetros de diligencia de la actividad’. Por tal razón, concluye, ‘tampoco generan un residuo con contenido peligroso’".

En otro orden de cosas, UCABA sostuvo que la inscripción en el Registro de Generadores, Operadores y Transportistas de Residuos Peligrosos tiene un costo que genera una clara discriminación contra aquellas empresas medianas y pequeñas en tanto la imposición de tales medidas les genera una situación de imposible cumplimiento.

Según detallaron, el costo del que se habla sería 10 mil pesos a un gestor para tramitar la obtención del Certificado de Aptitud Ambiental (CAA), otros 10 mil para gestionar la inscripción al registro, 6 mil en concepto de certificaciones de escribanía, 3 mil en concepto de servicio de agrimensura y 2.500 para adquirir un receptáculo. El total de gastos suma 31.500 pesos para inscribierse.

La audiencia

El juez Gallardo –entre otras medidas- convocó a las partes a una audiencia para exponer y ampliar sus pretensiones y fundamentos.

La reunión se realizó el 29 de octubre pasado y el 15 de noviembre el juez dictó sentencia <texto original> Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] In limine: "En términos generales el significado de la locución latina in límine o a límine, puede traducirse como: 'desde el umbral'. Es utilizada para expresar el rechazo de una demanda, o recurso, cuando es desechada de fondo, no admitiendo discusión, por no ajustarse a los dispuesto por el marco normativo". Definición Legal. Fuente.

[2] Se entiende por producto domisanitario a aquellas sustancias o preparaciones destinadas a la limpieza, lavado, odorización, desodorización, higienización, desinfección o desinfestación, para su utilización en el hogar, y/o ambientes colectivos públicos y/o privados. Fuente.


Rodriguez y Asociados, Bienes Raícesy administración de consorcios


Expensas

Los pagos electrónicos crecieron 29 puntos en cuatro años

Medios de pago digitales.

[BPN-15/12/19] La tendencia mundial, y en Argentina en particular, es que la gente está eligiendo pagar por medios electrónicos en detrimento de los canales en efectivo. Además, y por el contexto de innovación vinculado a la tecnología, estamos asistiendo a la creación de nuevos y mejores mecanismos de pagos que hacen más eficiente y económica la cobranza.

Es decir que la gente está utilizando dinero electrónico, entendiendo éste como todo pago que se realiza a través de algún dispositivo electrónico como un cajero automático, una PC o un celular.

Evidencias de uso

Según un informe de la red LINK en la zona central del país (que abarca la CABA y las provincias de Buenos Aires, Córdoba, Santa Fe, Entre Ríos y La Pampa) el 70% de las cuentas realiza al menos un pago electrónico por mes.

Según los datos del Servicio de Recaudación SIRO y tomando en cuenta los pagos que se realizan en todo el país, solo para abonar expensas, los pagos electrónicos crecieron del 17% del total de pagos en 2015 hasta un 46% en 2019. A su vez si bien el promedio país da un 46%, la CABA está en primer lugar con el 54% de los pagos realizados electrónicamente. La sigue la ciudad de Rosario en la que el 48% se realiza de esta manera.

Todos los medios de pago

En una época como la actual, en la que el pagador es el soberano y quién decide cómo y cuándo pagar, está claro que quien recaude (en este caso los consorcios o los administradores de consorcios) debe ofrecer el más amplio menú de canales y que la solución debe ser lo más simple posible.

"Desde SIRO venimos trabajando desde hace más de 15 años, llegando a más de 25.000 consorcios que disponen de todos los medios de recaudación y cuyos administradores no tienen que hacer nada para ponerlos en funcionamiento. Esa es la misión de SIRO.

Lo único que se requiere por parte del administrador, es que comunique bien a los consorcistas, la posibilidad de abonar por cualquier medio o canal de pago".

En el último tiempo, afirma el Cr. Marcelo Cremona, desde SIRO hemos incorporado a nuestro abanico de medios de pago, el botón de pago, billeteras digitales y en breve estaremos presentado DEBIN para reemplazar definitivamente las transferencias bancarias".

El botón de pagos es una modalidad en la cual el consorcista paga la expensa usando tarjeta de débito o crédito. En caso de pagos con tarjetas de crédito, pueden abonar las expensas en cuotas, lo que es un excelente solución para los que están morosos, siendo que el consorcio cobra el total a las 48hs de la presentación, sin importar si el consorcista paga o no las cuotas (ya que ese es un problema del banco emisor de su tarjeta).

En el caso de las billeteras electrónicas como Mercado Pago u otras, el cliente paga utilizando la aplicación, escanea el código de barras del comprobante y abona contra el saldo que tiene en la billetera o con alguna tarjeta.

Para el primer trimestre de 2020 tenemos pensado sacar al mercado el pago con DEBIN (débito inmediato). A través de éste, apuntamos a resolver el tema de la identificación de las transferencias.

Si el administrador o el consorcista declara su CBU, SIRO le va a disparar un DEBIN por el valor de la expensa que el administrador informa a SIRO mes a mes. Cuando éste llega al homebanking del cliente, le va a disparar un mail avisando que tiene un DEBIN pendiente de aprobación.

En ese momento el consorcista decide si lo acepta o rechaza. Si lo acepta, se genera una transferencia inmediata a la del consorcio permitiendo a su vez, dado que el DEBIN lo disparó SIRO, poder rendirle al administrador la unidad funcional a la cual imputar el pago. Gracias a este canal, se podrá no solo identificar al pagador sino que también se emitirá la deuda por el valor total de la expensa, evitando así los pagos parciales.

En resumen, lo importante es que el administrador del consorcio puede poner a disposición del consorcista el menú completo de medios pagos, tanto en efectivo como electrónicos, y que se implemente de manera simple, efectiva y económica Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Administrador Adolfo Tami

Administración Alas


Proyecto de ley en la legislatura porteña

Amor propone filtros para participar como amicus curiae

Alejandro Amor, titular de la Defensoría del Pueblo porteño [Archivo Pequeñas Noticias]

Alejandro Amor, titular de la Defensoría del Pueblo porteño [Archivo Pequeñas Noticias]


[BPN-15/12/19] El pasado 8 de noviembre el titular de la Defensoría del Pueblo porteño, Alejandro Amor, presentó un proyecto de ley para reglamentar la participación del amicus curiae [1] o amigo del tribunal. A primera vista parecería que la iniciativa pone filtros económicos y burocráticos para evitar que las opiniones de las asociaciones de vecinos puedan ser escuchadas por un Tribunal.

Esta iniciativa se presenta cuando ya hay cuatro comisiones de consorcios comunales que resolvieron presentarse como amicus curiae en las causas judiciales que se tramitan contra la Aplicación Oficial Consorcio Participativo [2]. Éstas son la Comuna 3 (Balvanera y San Cristóbal) [3], la Comuna 5 (Boedo y Almagro) [4], la Comuna 6 (Caballito) [5] y la Comuna 12 (Coghlan, Saavedra, Villa Urquiza y Villa Pueyrredón) [6]. Otras dos están tramitando su participación.

El proyecto de 21 artículos –de los cuales uno es de forma- firmado por Alejandro Amor, titular de la Defensoría del Pueblo de la CABA ingresó a la Legislatura porteña bajo el número 2792-F-2019 y se encuentra en la comisión de Justicia <texto original>.

En detalle

En primer término la iniciativa permite que una persona o una entidad se puedan presentar como amigo del tribunal también ante el Fuero Contencioso Administrativo y Tributario de la CABA y no sólo ante el Tribunal Superior de Justicia como venía sucediendo hasta ahora.

Por otra parte el proyecto obliga a quien quiera presentarse como amigo del tribunal a contratar un abogado, con el consiguiente gasto de honorarios (artículo 5º).

Otro punto destacable es que la exposición del amigo del tribunal deberá estar basada en argumentos de tipo jurídicos, técnicos o científicos dejando pendiente la pregunta si una entidad de consorcistas, por ejemplo, podrá exponer argumentos –en base a su experiencia- en defensa de los intereses de su grupo social aunque no sean de ninguno de los tipos propuestos (artículo 2º).

En el caso de las organizaciones "deberá presentar la documentación que acredite la representación ejercida" (inciso b, artículo 4º). Si bien las comisiones de consorcios son órganos de los consejos consultivos creados por la Ley de Comunas habrá que ver si son aceptadas como "organización" a la hora de pretender exponer sus opiniones ante un tribunal. A pesar de todo es una formalidad burocrática que en una primera lectura podría complicar la participación a los vecinos.

Quien quiera presentarse como amicus curiae, según este proyecto, deberá "informar si el resultado del proceso le representará directa o indirectamente beneficios patrimoniales". Volviendo al ejemplo de los consorcistas, si se debate una ley o reglamentación que considera que los perjudica, el resultado del juicio que se dirime claramente les causará un perjuicio o beneficio según la sentencia (inciso e del artículo 4º).

También deberá "informar si ha recibido financiamiento o ayuda económica de cualquier especie proveniente de alguna de las partes" (inciso c del artículo 4º) e "informar si ha recibido asesoramiento externo en cuanto los fundamentos de la presentación, identificando en su caso, a la persona que elaboró la opinión" (inciso d del artículo 4º).

El artículo 2º ordena que "su intervención consistirá en expresar una opinión fundada por escrito y eventualmente, su exposición en una audiencia pública, basada en argumentos de carácter jurídico, técnico o científico. El inciso g del artículo 4º vuelve a reiterar que el amigo del tribunal debe "precisar los argumentos de carácter jurídico, técnico o científico relativos al tema en debate".

El inciso "g" del artículo 4º propone sanciones para quienes "incurriera en una falsedad comprobada respecto de uno o alguno de los requisitos establecidos en los incisos c (financiamiento o ayuda económica), el "d" (asesoramiento externo), el "e" (beneficio patrimonial) y el "f" que expresamente prohíbe la "introducción de hechos, pruebas o elementos no propuestos por las partes en las etapas procesales correspondientes" ().

Por otra parte, el artículo 15º del proyecto crea un "Registro Público de Amigos del Tribunal (RPAT), el cual deberá incluir un listado de personas, organizaciones, entidades oficinas, órganos o autoridades que tengan interés en intervenir como Amigos del Tribunal". La iniciativa no define a cargo de quien estará el Registro. Si el RPAT estará a cargo del Gobierno de la Ciudad, éste podrá decidir -de acuerdo a sus intereses- quién puede expresar sus opiniones ante los jueces que intervengan en una causa.

Por último el Defensor del Pueblo porteño garantiza su propia participación como amicus curiae en cualquier caso en el que se cuestionen leyes sancionadas por la Legislatura porteña: "El Defensor del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberá ser invitado, en calidad de amigo del tribunal, conforme la instancia procesal respectiva, cuando específicamente se debatan cuestiones de trascendencia colectiva o interés general que afectan o lesionen derechos colectivos y difusos tutelados en los Tratados y Convenciones Internacionales, la Constitución Nacional, las Leyes y la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires".

Cómo es ahora

Actualmente la figura de amicus curiae está definida en cinco párrafos por el artículo 22ª de la Ley 401 (Ley de Procedimientos ante el Tribunal Superior de Justicia de la CABA) sancionada el 8 de julio de 2000 <texto original>.

Textualmente estos rezan:

"Cualquier persona, puede presentarse en el proceso en calidad de asistente oficioso, hasta diez días antes de la fecha de celebración de la audiencia. En la presentación deberá constituir domicilio en la jurisdicción.

"Su participación se limita a expresar una opinión fundamentada sobre el tema en debate. El juez de trámite agrega la presentación del asistente oficioso al expediente y queda a disposición de quienes participen en la audiencia.

"El asistente oficioso no reviste calidad de parte ni puede asumir ninguno de los derechos procesales que corresponden a éstas. Las opiniones o sugerencias del asistente oficioso tienen por objeto ilustrar al tribunal y no tienen ningún efecto vinculante con relación a éste. Su actuación no devengará honorarios judiciales.

"Todas las resoluciones del tribunal son irrecurribles para el asistente oficioso.

"Agregada la presentación, el Tribunal Superior, si lo considera pertinente, puede citar al asistente oficioso a fin de que exponga su opinión en el acto de la audiencia, en forma previa a los alegatos de las partes" Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] El amicus curiae es una expresión latina utilizada para referirse a presentaciones realizadas por terceros ajenos a un litigio, que ofrecen voluntariamente su opinión frente a algún punto de derecho u otro aspecto relacionado, para colaborar con el tribunal en la resolución de la materia objeto del proceso. Gómez Orozco, José Alejandro (2016). Diccionario jurídico aplicado. Medellín, Colombia: Librería Jurídica Sánchez R Ltda. p. 80.

[2] BPN Nº 635 del 12/07/18: "El Proyecto Carrillo se convirtió en la Ley 5.983" y BPN Nº 635 del 12/07/18: "Los 10 artículos de Consorcio Participativo".

[3] BPN Nº 648 del 10/01/19: "El Consejo Consultivo de la Comuna 3 será ‘amicus curiae’".

[4] BPN Nº 658 del 13/06/19: "Ya son tres las comunas que se presentan como ‘amicus curiae’".

[5] BPN Nº 633 del 12/06/18: "La Comuna 6 se sumó al rechazo de Consorcio Participativo".

[6] BPN Nº 652 del 14/03/19: "También el Consejo Consultivo de la 12 será ‘amicus curiae’".


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Cultura de Trabajo


Frente Nacional de Trabajadores

SUTERyH Santa Fe festejó el Día del Encargado con el FreNTE

Pedro Maidana, secretario general de SUTERyH Santa Fe y Gabriel Irala, presidente del FreNTE y titular de la Lista Verde del SUTERyH Rosario.

Pedro Maidana, secretario general de SUTERyH Santa Fe y Gabriel Irala, presidente del FreNTE y titular de la Lista Verde del SUTERyH Rosario.


[BPN-15/12/19] El pasado 17 de noviembre, SUTERyH Santa Fe 1ª Circunscripción festejó por el Día del Encargado de Edificios con un triangular de futbol, show en vivo y una asado. Viajaron para participar de esta jornada trabajadores del Frente Nacional de Trabajadores (FreNTE) de Edificios de la ciudad de Rosario, de Tucumán, de Mar del Plata y Córdoba. Adhirieron Catamarca, Bahía Blanca, Bariloche y Viedma.

La fiesta se realizó en el camping del Sindicato de Canillitas de Santa Fe y durante la misma se adelantó que el Frente organizará un torneo deportivo en el mes de abril del año que viene.

El domingo comenzó con un torneo triangular de fútbol entre la delegación de SUTERyH Santa Fe y la Lista Verde de Rosario, ganando éste último 7 a 3.

Al ganador le tocó jugar con el equipo de Mar del Plata y nuevamente se impuso, esta vez con un 3 a 0. El goleador de la jornada fue un contundente José "Yacaré" Aranda de Rosario que convirtió seis goles en los dos partidos. El árbitro fue santafesino.

Mientras se desarrollaba el juego los anfitriones prepararon un asado para los trabajadores de Santa Fe y sus invitados.

Consagrado el equipo ganador y luego de un breve descanso comenzó un show en vivo con música y karaoke.

A la hora de los discursos Pedro Maidana, secretario general de SUTERyH Santa Fe, agradeció a las delegaciones del interior por su participación y los homenajeó con un pequeño presente. Pidió también un aplauso para aquellos que colaboraron desinteresadamente con todas las tareas que hicieron falta para hacer posible la fiesta: entre otros, los asadores, los que sirvieron las mesas y despacharon las bebidas.

Pedro Maidana agasaja a las delegacones de las provincias.

Pedro Maidana agasaja a las delegacones de las provincias.


El titular de la Lista Verde de Rosario y del FreNTE, Gabriel Irala, recordó: "En 2015 cuando no encontrábamos respuestas por ningún lado, este grupo de compañeros se reunió para formar el Frente Nacional", y agregó: "Hoy convocamos a todos los compañeros trabajadores de edificios del país a acercarnos propuestas e ideas que podamos llevar adelante. Quiero agradecer eternamente a los compañeros que siempre están en las buenas y en las malas y con los cuales queremos continuar el mismo camino que venimos transitando".

Maidana, cuando retomó la palabra se dirigió a los invitados de otras provincias: "Ustedes son los que engalanan hoy nuestra fiesta. Fueron invitados justamente para reafirmar la unión a nivel nacional". Aclaró que todos los años el SUTERyH Santa Fe realiza la fiesta con sus agremiados pero en esta oportunidad se invitaron a todas las agrupaciones de las provincias para mostrar el trabajo que se está haciendo a nivel nacional. En este sentido aclaró: "Faltan muchos compañeros pero hemos recibido saludos de gente de Bahía Blanca, de Catamarca y de Bariloche. También que hay gente que hoy no pudo estar por una cuestión económica o de tiempo –sabemos que es lejos- pero sabemos también que estamos unidos en la pelea para seguir creciendo".

Es de recordar que el 7 de abril del año pasado se realizó la presentación oficial del Frente Nacional de Trabajadores de Edificios (FreNTE) en la sede del Sindicato Único de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal Santa Fe, 1ª Circunscripción [BPN Nº 629 del 12/04/18: "Presentación oficial del Frente Nacional de Trabajadores de Edificios"] Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


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Agrupación Trabajadores de Edificios de la CABA-GBA

Estudio y capacitación para jerarquizar la figura del encargado

De izquierda a derecha: Rafael Baldovin, Andrés Bustos, Norma Benítez y Juan Pablo Li Rosi.

De izquierda a derecha: Rafael Baldovin, Andrés Bustos, Norma Benítez y Juan Pablo Li Rosi.


[BPN-15/12/19] En 2017 un grupo de encargados de edificios se unieron bajo el nombre "Agrupación Trabajadores de Edificios de la CABA-GBA". Desde entonces luchan para lograr un par de mejoras sustanciales: en primer término proponen mejoras para la obra social y en segundo que el gremio organice un conjunto de cursos sobre gestión de edificios, Seguridad e Higiene, lucha contra el fuego, entre otros temas para jerarquizar la actividad de los encargados.

Su objetivo no es reemplazar a los administradores sino convertirse –a través del estudio y la capacitación- en auxiliares más valiosos para el consorcio, en sus propias palabras "incorporarle valor agregado" al cargo que desempeñan. Esta iniciativa surge como una necesidad ante el avance de las empresas de limpieza. En su opinión, los propietarios, ante la disyuntiva de tener que elegir una persona que limpia y otra que además está capacitada para resolver los múltiples problemas que diariamente surgen en un edificio se inclinarán por esta última.

La agrupación se comunica con su comunidad mediante un grupo en Facebook <vínculo>.

La entrevista

El medio conversó con cuatro de ellos que en sus palabras explicaron cuándo se creó la Agrupación, por qué razones, qué se proponen y cómo piensan lograrlo.

Pequeñas Noticias: ¿Cómo se llama la asociación? ¿Cuándo fue creada y por qué?

Rafael Baldovin: Los compañeros nucleadados en la Agrupación de Trabajadores en Edificios CABA y GBA nacimos en el año 2017. Nuestro objetivo principal es mejorar la obra social, jerarquizar y dar valor agregado a la figura del encargado del edificio. Para eso nosotros delineamos varios objetivos: queremos crear en el mismo centro de formación una capacitación específica para apuntalar el rol del encargado de edificios y generar ese valor agregado para que sea percibido por los consorcistas. En la universidad nosotros queremos -siguiendo ese mismo concepto de agregar valor- formar al encargado de edificio en Seguridad e Higiene, en todo lo que es lucha contra el fuego, en emergencias. O sea en todo lo que hace a nuestra actividad y se necesita en un edificio.

También queremos hacer la obra social más dinámica y menos burocrática para todos los afiliados especialmente aquellos que están en el conurbano bonaerense. Crear centros de salud en el conurbano para descomprimir un poco la obra social y sacarla de esta burocracia que hoy día padecemos.

PN: ¿Cuáles son los problemas con la obra social?

Andrés Bustos: Como decía el compañero Rafael lo que necesitamos son turnos más rápidos, hacerla menos burocrática. Es decir no pasar por el médico de cabecera para poder consultar un especialista. El bono de los copagos es otra de las grandes preocupaciones de los afiliados. Siempre nos dicen que nosotros y el empleador aportamos pero resulta que cada vez que nos vamos a hacer atender y por cada estudio o atención necesitamos pagar extra. Esa es una medida que queremos eliminar. Vamos a tratar que el afiliado esté más contento, vamos a hacerle más liviano este tema. Por otra parte muchas zonas no tienen clínicas y todos se vienen a atender a Capital Federal porque en el conurbano no existen suficientes médicos de cabecera. Muchos médicos han dejado de atender a los afiliados por falta de pago y pasa lo mismo con los laboratorios que no están entregando medicamentos. También queremos hacer una red de farmacias en toda la Capital y el gran Buenos Aires y no que haya una sola frente al sindicato y a la cual le faltan insumos y medicamentos.

PN: ¿Cuánto tiempo está demorando un turno con un médico clínico?

Norma Benítez: Depende de lo que usted necesite: desde un mes a dos meses dependiendo de la especialidad. Como afiliado a uno no le queda otra que esperar. El gran problema nuestro es que cuando nos jubilamos, a los afiliados que hemos aportado hasta el último día, el SUTERH nos saca directamente como si fuéramos descartables.

PN: En OSECAC existe una categoría para la persona que se jubila. Paga un pequeño aporte y se queda. ¿Esa solución te parecería viable?.

NB: Sí, por supuesto. Es necesario que tenga una contención porque hoy no la tiene. Hoy todos son derivados al PAMI.

PN: ¿Cómo surge esta idea de agregar valor a la figura del encargado?

Juan Pablo Li Rosi: Darle el valor agregado al encargado para que el propietario/consorcista comprenda que un encargado es mucho más importante, necesario y le va a rendir mejores frutos al edificio que una empresa de limpieza que hace su trabajo y cuando se va se desentiende de todos los problemas. Lo que tiene que entender el copropietario es que el encargado formal es la persona que está cuando el copropietario no está.

PN: En el caso de que prosperara la iniciativa de ustedes y los encargados se pudieran formar en distintas áreas de gestión del edificio el copropietario tendría que elegir entre el encargado formado capaz de resolver multiplicidad de problemas, con una persona de limpieza que lo único que sabe es limpiar.

JPLR: Exactamente, esa es puntualmente la idea.

PN: En esa disyuntiva a lo mejor prefiere tener más tranquilidad y elegir a esa persona idónea, capacitada.

JPLR: Exactamente porque si usted se pone a hacer cuentas, cuando uno invierte en seguridad ¿es una inversión o un gasto? Cuando vos invertís en una persona capacitada ¿es una inversión o un gasto? Hay que tomarlo como una inversión. El propietario o consorcista debe comprender que está invirtiendo en su casa, el encargado está en un lugar donde el propietario no está y es en los espacio comunes. La casa de los copropietarios empieza en la línea de la municipalidad o si querés en la planta baja y termina en el tanque del techo Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice



Encargados de edificios

¿Se vienen las paritarias provincia por provincia?

Dr. Alberto Fernández.

[BPN-15/12/19] El pasado 28 de noviembre, el por entonces presidente electo Alberto Fernández anunció que quiere un esquema de paritarias e impuestos diferenciados según el tipo de empresa y su ubicación geográfica.

En el marco de la 25ª Conferencia Anual de la Unión Industrial Argentina, textualmente señaló: "Hay que construir regímenes impositivos distintos para las pymes del interior. También le he planteado a mis amigos de la CGT -aunque no estuvieron de acuerdo- revisar la lógica de funcionamiento paritario en el interior", y adelantó: "Voy a insistir en esto".

Los sindicalistas con los que habría hablado de este tema fueron Héctor Daer (Sanidad) y Carlos Acuña (Estaciones de servicio).

Por último advirtió a empresarios y sindicalistas: "Todos van a tener que resignar algo".

Si bien no hizo una mención específica a las paritarias del sector de la propiedad horizontal y los consorcios no son empresas, de concretarse esta iniciativa podría abrir una puerta para que las discusiones salariales entre encargados de edificios y sus empleadores –en forma total o parcial- se lleguen a realizar provincia por provincia.

Hoy las paritarias de todo el país se resuelven en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires entre tres entidades de administradores (AIERH [1], CAPHyAI [2] y la UADI [3]) y la FATERyH [4]. En varias oportunidades se convocó a un quinto miembro, la Asociación Civil de Propietarios de Inmuebles de Renta y Horizontal (APH), pero no participó de los últimos convenios.

Por otra parte, es de destacar que el artículo 30º del Convenio Colectivo de Trabajo 589 especifica que "las partes signatarias del presente convenio constituirán hasta seis módulos regionales de negociación colectiva a los fines de tratar localmente las condiciones de trabajo de la región, en particular sobre duración y distribución de jornadas de trabajo, vestimenta, plus salarial, el trabajo de temporada, determinación y duración de la temporada, descanso semanal, vacaciones. Ninguno de los temas a tratar por los módulos regionales de negociación colectiva podrán establecer cláusulas que otorguen beneficios inferiores a los dispuestos en este convenio general", y agrega: "La paritaria nacional establecerá los módulos regionales considerando las realidades locales".

Nunca trascendió cuántos módulos regionales realmente se constituyeron; qué territorios, sindicatos locales y entidades que representan a los empleadores los componen; y qué temas regionales trataron.

Es de recordar que independiente del artículo 30º de CCT ya hay un antecedente de negociaciones provinciales. El 22 de mayo de este año, a contramano de lo decidido en la CABA, la Cámara de la Propiedad Horizontal de Córdoba (CAPH) acordó con el SUTERyH (Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal) local que todos los trabajadores del sector reciban los cinco mil pesos previstos por el decreto presidencial Nº 1043/18 [5]. Más detalles de ese acuerdo no trascendieron.

La federalización

Ya Fernández había anticipado en más de una oportunidad que daría más protagonismo a las provincias en desmedro de la "Capital Federal". En una entrevista concedida a Página/12 el 18 de agosto había afirmado que su intención no quedaba limitada sólo a cambiar algunas reglas de la Coparticipación Federal sino que apuntaba a más: "No sólo las reglas de coparticipación sino también generar mecanismos de desarrollo que le permitan a las provincias poder avanzar sin la necesidad de que el Estado Nacional le esté dando casi a modo de regalo lo que les corresponde" [6].

Según el medio digital Qué del 16 de octubre, Fernández podría proponer redistribuir los recursos de coparticipación, en un reparto que beneficie a las provincias y retrotraiga, al menos en parte, el aumento que Mauricio Macri dio por decreto a la ciudad de Buenos Aires.

El aumento más importante se produjo en enero de 2016, cuando el expresidente Mauricio Macri dispuso que la ciudad pasara de recibir el 1,4% al 3,75% del total de recursos que se reparten entre las provincias, para solventar la creación de la policía porteña. En abril de 2018, Macri redujo el porcentaje a 3,5%, en cumplimiento del Consenso Fiscal firmado en noviembre de 2017. El medio afirmó que Fernández considera que los recursos que recibe la Ciudad son desproporcionados en comparación con lo que se asignan a otros distritos del país [7].

Por último Fernández sobre sí mismo había explicado: "Para desgracia de los porteños o para alegría de la gente del interior, soy el más federal de los porteños", y agregó: "No creo que nadie viva feliz con esta ciudad. A los porteños les duele ver gente que viene del interior del país y termina durmiendo en las plazas. No está feliz ni el que duerme en la plaza, ni el porteño que se avergüenza de esa realidad" Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] AIERH: Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal.

[2] CAPHyAI: Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.

[3] UADI: Unión Administradores de Inmuebles.

[4] FATERyH: Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal.

[5] BPN Nº 658 del 13/06/19: "Los administradores de Córdoba acordaron pagar los 5 mil pesos".

[6] Página/12 del 18/08/19: "Soy el más federal de los porteños".

[7] Qué del 16/10/19: "Fernández podría reducir los recursos de CABA, desde el gobierno salieron con los tapones de punta".


Índices de aumentos salariales para la propiedad horizontal

En 2019 los salarios del sector le ganaron levemente a la inflación

Gráfico de las escalas salariales vs. el INDEC durante 2019.

[BPN-15/12/19] Durante el 2019 las escalas salariales del sector [1] se incrementaron en un 58,55%. Durante este año -en promedio- los salarios crecieron un 60,6% con respecto al mismo período del año pasado.

Si se toma como base enero de 2016 se puede apreciar que durante la gestión de Mauricio Macri las escalas salariales de los encargados de edificios reflejaron los aumentos del índice de precios al consumidor que mide el INDEC.

Para iProfesional sólo unos pocos gremios lograron empatarle a la inflación, entre ellos bancarios, metalmecánicos, camioneros, construcción, sanidad y trabajadores del neumático [2]. A esa lista habría que agregarle la de los trabajadores del sector de propiedad horizontal.

Agregó también que Alberto Fernández ya empezó a avanzar en la segunda fase del paquete de emergencia para reactivar la economía. Se rediseñará el esquema de negociación colectiva con vistas a desactivar las cláusulas de revisión, un mecanismo de protección frente a la inflación avalado por el macrismo que Fernández considera que se convirtió en un estorbo para su gestión.

Es de destacar que el último acuerdo firmado para el sector incluye dos cláusulas de revisión (gatillo): una en enero de 2020 y la otra en abril de ese mismo año. Textualmente se estableció que "en los meses de enero de 2020 y abril de 2020 se efectuará una revisión conforme al nivel general del Índice de Precios al Consumidor, calculando por el INDEC" [3].

Ya en enero se verá qué posición adopta el flamante ministro de Trabajo, Claudio Moroni, sobre estas dos cláusulas.

INDEC

Al momento de la redacción de esta nota, el Banco Central de la República Argentina estimó la inflación de noviembre y diciembre en un 4,1% y un 4,3% respectivamente y que el acumulado anual será de un 48,2% para noviembre y un 54,47% para diciembre [4].

Por otra parte, durante el mes de octubre el INDEC registró un aumento de Índice de Precios del Consumidor de un 3,3% en lugar del 4,4% estimado por el BCRA.

Jubilados

A la fecha, los jubilados que pagan expensas y cobran el haber mínimo en diciembre cobrarán 14.068 pesos, un 1,67% más que en noviembre. El acumulado anual de sus ingresos será de un 51,12% mientras que para el mismo período el INDEC registraría un aumento de un 54,13%. Los ingresos del sector pasivo perderían 3 puntos contra la inflación y 7,43 puntos contra los salarios del sector.

En diciembre del año pasado, el haber mínimo de los jubilados y pensionados fue de 9.309,10 pesos mensuales.

El incremento mensual

Durante diciembre el incremento mensual de las escalas salariales de los encargados de edificios disminuyó un 6,19% como consecuencia de que en diciembre no se le deben sumar los 2.500 pesos que otorgó el Gobierno nacional mediante el Decreto 665/19 y que se agregaron a las escalas de octubre y noviembre. Mientras que en noviembre el promedio de las escalas salariales era de 40.366 pesos durante diciembre fue de 37.866 pesos mensuales [5].

El incremento acumulado

Desde el primer día del año hasta el último de diciembre las escalas salariales habrán crecido un 58,55%. El último mes del año pasado el promedio de las escalas salariales fue de 37.866 pesos mensuales.

El incremento promedio

Por último, durante este año–en promedio- los salarios crecieron un 60,6% con respecto al año pasado Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] Para comparar escalas salariales del sector se promediaron las funciones de encargado permanente con y sin vivienda en sus cuatro categorías de cada mes. En octubre y noviembre se sumó los 2.500 pesos otorgados por el Decreto 665/19. No se tomaron en cuenta la financiación en agosto y septiembre de dos mil pesos de los aportes de los trabajadores cuyo bruto haya sido inferior a los 60 mil pesos que otorgó el Gobierno nacional mediante el Decreto 561/2019.

[2] iProfesional del 5/12/19: "Las paritarias de Alberto: suma de emergencia, fin de cláusula gatillo y acuerdos extendidos".

[3] BPN Nº 662 del 15/08/19: "Confirmado: se homologó el aumento en tres cuotas de 9,5%".

[4] Fuente consultada: Relevamiento de Expectativas de Mercado (REM) del Banco Central de la República Argentina de octubre de 2019.

[5] BPN Nº 666 del 15/10/19: "Los cinco mil se liquidarán en dos cuotas".


Gestión Profesional

Consejo de propietarios que maneja el consorcio por la Dra. Silvia Marcela Bercovsky

Dra. Silvia Marcela Bercovsky

[BPN-15/12/19] El Consejo de Propietarios es un órgano de gran utilidad para el consorcio. Esto siempre y cuando cumpla estrictamente con sus funciones sin extralimitarse convirtiéndose en el "dueño" del consorcio.

Las funciones que tiene de acuerdo a los reglamentos y al CCyC (Código Civil y Comercial) son muy claras y determinadas, pero en la vida consorcial se ve un enorme número de consorcios en los que los propietarios quedan como "rehenes" de este órgano que pasa de ser un órgano principalmente consultivo y de control de la gestión del administrador, a un órgano ejecutivo y de toma de decisiones, tomando de esta manera atribuciones indelegables del administrador y de la asamblea de propietarios.

Primero ha de tenerse en cuenta su composición: tal como lo indica el CCyC con el nombre que le asigna "Consejo de Propietarios", no puede estar integrado por inquilinos, ni por nadie que no sea propietario, tampoco se puede ser miembro del consejo "por poder" otorgado por un propietario.

Es más, en algunos reglamentos se establece que no podrán formar parte del consejo aquellos propietarios que no habiten en su unidad funcional.

Por lo tanto, quien no posea la titularidad dominial de una Unidad Funcional no puede legalmente formar parte del consejo de propietarios.

Siguiendo los lineamientos de los reglamentos de copropiedad y administración y del CCyC, este órgano no está facultado para aprobar presupuestos, contratar proveedores, (dado que todas éstas son facultades del administrador, y son indelegables), aprobar la gestión del administrador, aprobar aumentos de honorarios del administrador, aprobar aumentos de expensas, (siendo éstas facultades de la asamblea de propietarios, órgano soberano de la persona jurídica consorcio).
La asamblea de propietarios podrá otorgarle más funciones que las que le impone la legislación, siempre teniendo en cuenta que tendrán la responsabilidad jurídica que ello implica
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Dra. Silvia Marcela Bercovsky

(22/11/2018)

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La Dra. Silvia Marcela Bercovsky es abogada, recibida en la UBA y matriculada en el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, es especialista en propiedad horizontal y auditoría legal. Por cualquier consulta se puede llamarla al celular (15)5049-8440 de lunes a domingo de 9 a 20 hs.


Correo de Opinión

Sobre "Los consorcios con menos servicios y más riesgos" por el Sr. Oscar Mario Marchesin

Estimado Sr. director:

Estuve leyendo lo escrito por el Sr. Omar Leonardo Ferreiro y tiene razón pero tengan en cuenta que se han derogado ordenanzas y leyes.

¿Por qué escribo ésto? Porque existe la Ley Nacional de Higiene y Seguridad en el Trabajo 19.587/72, el Decreto 351/79 y en los mismos se exige todo lo derogado. También tienen relación con la Ley 941 en donde el administrador es el único responsable por la seguridad edilicia y la de sus inquilinos/propietario.

El brindar un servicio externo de Higiene y Seguridad en el trabajo con visitas e informes bimestrales cubre y supera lo solicitado en la antigua Ordenanza 1541. Inclusive se pueden brindar las charlas de 5 minutos al encargado sin moverlo del edificio.

Esperando haber colaborado para aclarar algunos puntos saluda a Ud. Atte. Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

Oscar Mario Marchesin

(30/11/2019)


Rincón Solidario

¿Se debe exigir al administrador cláusula de no repetición? por la Dra Diana Sevitz

Dra Diana Sevitz

Buenos días.

Para un consorcio en provincia de Buenos Aires, ¿se debe exigir que el administrador presente cláusula de no repetición o no es necesario?

Considerando que sí se pide para proveedores que ingresan al predio.

Muchas gracias.

Silvia [Avellaneda /Pcia. de Buenos Aires]

(16/11/2019)

Estimada Silvia:

Es correcto que a los provedores se le soliciten garantías de sus trabajos dado que prestan un servicio al consorcio y estos deben otorgar una garantía por su trabajo para el caso que no se encuentre a satisfacción del mismo o tengan algún desperfecto en la obra realizada. Es así por ser una obligación de medio para esos proveedores. 

El admnistrador tiene otro régimen jurídico: es representante y mandatario. Para el caso que no cumpliere con sus obligaciones se lo podrá demandar judicialmente. 

Sólo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y por la Ley 941/02 reformada por La ley 3254/10 el administrador debe contar, obligatoriamente, para el caso que no presentara una declaración jurada patrimonial ante una asamblea, un seguro de responsabilidad profesional.

Esperando haber contestado su pregunta, la saludo muy Atte.

Dra. Diana Sevitz Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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La Dra. Diana Sevitz es abogada, mediadora y árbitro en propiedad horizontal y de los tribunales arbitrales de consumo, es co-conductora del programa de radio Consorcios Hoy, autora de varias publicaciones y docente sobre temas específicos de propiedad horizontal.Para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a dsevitz@estudiodianasevitz.com.ar o llamarla a los teléfonos 4784-8251 / 4784-8072.


Rincón Solidario

Salta desde una ventana hacia un techo para tomar sol por el Dr. Pablo Acuña

Dr. Pablo Acuña

Amigos:

Hay una consorcista que se cruza desde una ventana de su departamento, que da a un patio interno, hacia un techo que está medio metro a un costado, para tomar sol.

El techo no es accesible desde ninguna puerta, se requiere pasar por otro departamento.

¿Hay una infracción más allá del peligro mortal evidente?

¿Qué responsabilidad me cabe si se cae?

Gracias.

Raúl [Córdoba]

(12/12/2019)

Estimado Raúl:

En principio, sería importante enviar una comunicación fehaciente que de cuenta de la utilización indebida de los espacios comunes; la intimación a cesar con este tipo de conductas y dejar expuesta la exención de cualquier responsabilidad del edificio frente a sucesos que puedan originarse en tal conducta antirreglamentaria y temeraria.

Esto último, tiene que ver con la custodia del reglamento y sus términos. El uso de cualquier espacio contrario a su destino, ya da asidero a una intimación de esta naturaleza.

Referente a la responsabilidad, el Derecho Civil dispone de eximentes. Uno de ellos es "la culpa de la víctima". En este caso, entiendo que se configuraría con claridad, toda vez que NO se trata de un "espacio descuidado" sobre el cual el consorcio debiera instrumentar medidas de protección.

Dado que la utilización que le da el vecino no tiene razón de ser, es que vuelvo más enérgica una carta documento al respecto.

Espero con lo anterior, haber colaborado con su inquietud.

Mis saludos más cordiales,

Pablo Acuña Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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Pablo E. Acuña es abogado (UBA), administrador de consorcios, profesor del posgrado de Administración de Consorcios en la UNLP, es columnista en medios especializados en propiedad horizontal, es fundador de “Pintando Horizontes Magazine” y es director del Centro CIMA. Por cualquier consulta se le puede enviar un correo a pabloa@alas-admconsorcios.info o contactarlo en su sitio web www.administracionalas.com.


Correo de Lectores

El SIAp por administrador o por consorcio por MFL

María Fabiana Lizarralde

Buen día:

Les hago una consulta acerca del régimen informativo de expensas. 

¿Se puede hacer por el sistema SIAp por administrador o por consorcio? 

La opcion de hacerlo por administrador la comprendo, la forma de hacerlo por consorcio no. 

Por otros que ví ya hechos, cuando lo hacen por consorcio figura el CUIT del mismo.

¿Dónde se carga en la AFIP esa informacion ya cargada en el SIAp?

¿Cada consorcio debe tener clave fiscal? ¿Dentro de la AFIP del administrador hay algún lugar desde donde se pueda cargar?

Desde ya agradezco la información que puedan suministrarme.

Saludos.

Silvia

(11/12/2019)

Hola Silvia:

El Régimen Informativo de Expensas se realiza a través del SIAp (Sistema Integrado de Aplicaciones) de la AFIP. 

Tenés que dar de alta al edificio como contribuyente y no necesitás ninguna clave fiscal para poder realizarlo. 

Luego tenés que instalar el aplicativo "Pago de Expensas" y desde allí informar los datos necesarios todos los meses. 

Según veo en mi sistema, la versión actual de este aplicativo es la 4.00.

Un saludo grandote Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


¿Qué significan las siglas?

ACCABA: Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ACoPH: Asoc. Civil de Consorcistas de la Propiedad Horizontal (Mar del Plata).

ACRA: Arbitros de Consumo de la República Argentina.

ADEPROH: Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la Propiedad Horizontal RA.

AFIP: Administración Federal de Ingresos Públicos.

AGIP: Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.

AIERH: Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal.

AIPH: Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal AIPH.

APARA: Asociación de Profesionales Administradores de la República Argentina.

APH: Asociación Civil de Propietarios de inmuebles de Renta y Horizontal.

API: Asocición Propietarios de Inmuebles.

APIPH: Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal.

APBR: Asociación de Propietarios de Bienes Raíces.

APROPHMAR: Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata.

CAAC: Confederación Argentina de Administradores de Consorcios.

CABA: Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

CACCyC: Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas.

CAPHBByZ: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de Bahía Blanca y Zona.

CAPHPBA: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires.

CAPHyAI: Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.

CAPRA: Cámara de Propietarios de la República Argentina.

CASIPH: Cámara Argentina de Sistemas Informáticos de Propiedad Horizontal.

CCT: Convenio Colectivo de Trabajo.

CDI: Clave de Identificación.

CECAF: Cámara Empresaria de Conservadores de Ascensores y Afines.

CEDDDA: Camara Empresarial de Desinsectacion, Desrodentizacion y Desinfeccion Ambiental.

CGPC: Centro de Gestión y Participación Comunal de la Ciudad Autónoma de Bs. As.

CIA: Cámara Inmobiliaria Argentina.

COAPLA: Empresas de Control de Plagas de la Republica Argentina.

CEPRARA: Cámara de Empresarios Pintores y Restauraciones Afines de la República Argentina

CUCICBA: Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA.

CUIL: Clave Única de Identificación Laboral.

CUIT: Clave Única de Identificación Tributaria.

FAC: Federación Argentina de Consorcios.

FAPHRA: Federación Nacional de Cámaras y Asociaciones de Administradores de Propiedad Horizontal de la República Argentina

FATERyH: Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal.

FECIBA: Federación Económica de la Ciudad de Buenos Aires.

FEDECO: Federación de Asociaciones de Consorcios.

FRA: Fundación Reunión de Administradores.

ICI: Instituto de Capacitación Inmobiliaria.

INADI: Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo.

IxE: Indignados por expensas.

LCPH: Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal.

RCD: Red de Consorcistas Damnificados.

ReDeCo: Reafirmación de los Derechos del Consorcista.

SEARA: Sindicato Empleados de Administradoras de la República Argentina.

SERACARH: Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal.

SiPreBA: Sindicato de Prensa de Buenos Aires.

SUTERH: Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal.

UADI: Unión Administradores de Inmuebles.

UCRA: Unión de Consorcistas de la República Argentina.

UITEC: Unión Iberoamericana de Trabajadores de Edificios y Condominios.

ULAI: Unión Latinoamericana de Administradores e Inmobiliarias.

UMIPH: Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal.


Boletín de Pequeñas Noticias

Número de Edición: 670 [ DCLXX ] [1ª Edición]

Fecha de publicación: 15 de Diciembre de 2019

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