Pequeñas Noticias en la WEB Buenos Ayres Digital

Buenos Aires, Argentina

Leer en la Web

15 de Diciembre de 2022 - Nº 742

Registro Público de Administradores bonaerense

En 60 días los administradores deberían comenzar a empadronarse

Axel Kicillof reglamentó la Ley 14.701 que creó un Registro Público de Administradores en territorio bonaerense El RPA estará bajo la órbita de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas que depende de la subsecretaría de Justicia La reglamentación en total intervino ocho artículos de la ley En el último ordenó que en dos meses se comience a empadronar a los administradores.

[BPN-15/12/22] El pasado 19 de noviembre el gobernador de la provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, reglamentó la Ley 14.701 que en su momento creó un Registro Público de Administradores (RPA) en territorio bonaerense.

La Dirección Provincial de Personas Jurídicas que depende de la Subsecretaría de Justicia...


 

 

ADEPROH

Mercedes García felicitó a Ana María Huertas

La titular de ADEPROH felicitó a la presidenta de ACoPH Mar del Plata por la reglamentación de la Ley 14.701 Es de recordar que la Sra. Huertas lucha por la creación de un RPA provincial desde antes de la creación de su propia entidad Mercedes García se puso a disposición para lo que considere conveniente.

RPA bonaerense

ACoPH agradeció a Kicillof la reglamentación

La comisión directiva de la Asociación De Consorcistas de Propiedad Horizontal de Mar del Plata señaló: "Esperamos que prontamente se ponga en funcionamiento" Señalaron que "la misma va significar mucho para los consorcistas y muy especialmente para nuestra querida ciudad de Mar del Plata".


Administración Global


AIERH+CAPHyAI+UADI+SEARA

Nuevo Convenio Colectivo para los empleados de administradores

Se firmó un nuevo Convenio Colectivo de Trabajo para los empleados de los administradores de consorcios Vino con una escala salarial que aplica desde el mes pasado Todavía no fue homologado por el Ministerio de Trabajo Pequeñas Noticias resumió los puntos que consideró más importantes y brinda a sus lectores su texto original.


Día de furia en Mar del Plata

La comunidad consorcial se unió en repudio de la violencia

Tres entidades consorciales –propietarios, administradores y encargados- repudiaron enérgicamente el ataque a un administrador por parte de dos proveedores de un edificio Llamaron a la cordura y la buena convivencia a la comunidad consorcial entera.


Paritarias 2022

Los bonos remunerativos se prorrogaron 30 días

Tres entidades de administradores en nombre de los consorcios y la Federación de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal acordaron prorrogar un mes el pago de los bonos remunerativos restantes Quince días después de firmado el AIERH difundió el acuerdo.


Cámara Argentina de las Instalaciones para Fluidos

CAIF adhirió a las palabras de Alberto Fernández

Es una asociación civil empresaria sin fines de lucro relacionada con la propiedad horizontal que representa a industriales, comerciantes, distribuidores, instaladores, proyectistas, diseñadores, entidades y profesionales vinculados a las instalaciones sanitarias, gas, incendio y climatización.


AFIP + Jefatura de Gabinete

Más control de los trabajadores sobre aportes y contribuciones

Desde la aplicación "Mi Argentina" los trabajadores podrán consultar el estado de los pagos de aportes y contribuciones realizados por sus empleadores al subsistema de seguridad social.


Correo de Lectores

El estado de una denuncia que se realizó al RPA
(25/11/2022)


Pequeñas Noticias

Nosotros

Cámara Argentina de Propiedad Horizontal

Miguel Ángel Summa consideró que la Ley 941 cumplió su ciclo

Afirmó que habría que modificarla en todos sus aspectos pero develó una sola de las modificaciones que propondría Evaluó la cantidad de denuncias que reciben los administradores como terrible y señaló que el sistema de recepción y sanción adolece de fallas.


Inquilinos Agrupados

Gervasio Muñoz creó una calificadora de inmobiliarias

"La idea surgió a partir de que empezamos a ver que las inmobiliarias llevan a cabo prácticas ilegales sistematizadas", explicó a un medio nacional Agregó que "de esta forma una persona que está por alquilar puede saber cómo se comporta el negocio a la hora de realizar las operaciones".


Senado de la Nación

Proponen eximir a los consorcios del impuesto al cheque

Cinco senadores de la UCR presentaron un proyecto de ley para eximir a los consorcios de propietarios del impuesto al cheque Reseñó la historia de este gravamen desde sus comienzos durante el gobierno de facto de Rafael Videla.


Salario Mínimo Vital y Móvil

En 2022 el SMVM perderá contra la inflación 6 puntos

Sin embargo en marzo del año que viene le habrá ganado a la inflación interanual estimada en casi 6 puntos Esto será así si se cumplen los pronósticos de inflación que publica el Banco Central de la República Argentina Los últimos aumentos serán mensuales desde diciembre hasta marzo.


Índice de escalas salariales de encargados de edificios

Este año las escalas le ganaron a la inflación

En diciembre las escalas salariales de los encargados de edificios perderá levemente contra la inflación mensual pero ganara en la medición anual Sin embargo, el haber mínimo de los jubilados que pagan expensas ganará en la medición mensual y perderá en la anual.


Correo de Lectores

Pagar a ambos empleados retiro de residuos y clasificación
(1/12/2022)


Bolsa de Trabajo

Avisos Clasificados OFRECIDOS

Vínculos a nuestras redes sociales


Registro Público de Administradores bonaerense

En 60 días los administradores deberían comenzar a empadronarse

Axel Kicillof, gobernador de la provincia de Buenos Aires [foto archivo de Pequeñas Noticias]

Axel Kicillof, gobernador de la provincia de Buenos Aires [foto archivo de Pequeñas Noticias]


[BPN-15/12/22] El pasado 19 de noviembre el gobernador de la provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, reglamentó la Ley 14.701 que en su momento creó un Registro Público de Administradores (RPA) en territorio bonaerense.

La Dirección Provincial de Personas Jurídicas que depende de la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la provincia dispondrá de dos meses para comenzar a empadronar a todos los administradores de la provincia (artículo 22º).

La Ley 14.701 se reglamentó mediante el Decreto 1734 (BO: 24/11/22) que consta de 8 artículos de los cuales uno es de forma y que está acompañado de dos anexos. Fue firmado por Julio Cesar Alak, ministro de Justicia y Derechos Humanos; Augusto Eduardo Costa, ministro de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica; Pablo Julio López, ministro de Hacienda y Finanzas; Martín Izaurralde, ministro de Jefatura de Gabinete de Ministros y Axel Kicillof.

En detalle

La reglamentación de la Ley intervino ocho artículos de entre los cuales se destaca:

1.- Los libros de administración, de actas de asambleas y de registro de firmas de los copropietarios deberán ser rubricados por el RPA bonaerense (artículo 8º).

2.- Se creará un registro de infractores a la Ley 14.701 (artículo 16º)

3.- Se asignó una dirección en Internet [vínculo] para que cualquier interesado pueda "informarse gratuitamente respecto de todo inscripto, en cuanto a los datos e informes exigidos en la presente Ley, así como de las sanciones que se le hubieren impuesto en los últimos dos años".

Las consultas personales se podrán realizar en la Calle 48, número 547 de la ciudad de La Plata, provincia de Buenos Aires (artículo 22º).

4.- Sobre los requisitos para contratar bienes o servicios para el consorcio que deben cumplir los administradores amplió sus alcances y determinó que tanto los administrados como la autoridad de aplicación podrán requerir a los administradores en cualquier momento la documentación e información enumerada por el artículo 13º de la ley. Dicha solicitud deberá ser satisfecha en un plazo razonable a ser determinado por el Ejecutivo.

5.- Con respecto a la versión bonaerense del Curso del SERACARH, la autoridad de aplicación difundirá el listado de cursos de capacitación disponibles y su descripción.

Tal cual está redactado el artículo 9º de la Ley 14.701 este curso sólo podrá ser dictado por "instituciones especializadas conformadas por representantes de todos los sectores de la actividad oficialmente reconocidos por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de La Nación". O sea los integrantes de la mesa paritaria, las tres entidades de administradores (AIERH, CAPHyAI y UADI [1]) y la FATERyH [2].

Para tener una idea de magnitudes, en 2022 este curso costó a los consorcistas de la CABA casi tres millones de dólares (2.826.987) y desde que se creó en 2012 más de 36 millones de dólares (36.174.239) [3] Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

---

[1] La Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH), la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) y la Unión Administradores de Inmuebles (UADI).

[2] FATERyH: Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal.

[3] BPN Nº 722 del 15/02/22: "El curso del SERACARH aumentó a 5.320 pesos".


Administración Bernetti SRL

Contadora Viviana B. Grinberg


ADEPROH

Mercedes García felicitó a Ana María Huertas

María Mercedes García, presidenta de ADEPROH [Foto archivo Pequeñas Noticias]

María Mercedes García, presidenta de ADEPROH [Foto archivo Pequeñas Noticias]


[BPN-15/12/22] El pasado 25 de noviembre Mercedes García, presidenta de ADEPROH (Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la Propiedad Horizontal RA), felicitó a la Sra. Ana María Huertas, presidenta de ACoPH (Asociación Civil de Consorcistas de la Propiedad Horizontal) Mar del Plata, por la reglamentación de la Ley 14.701 que en su momento creó un Registro Público de Administradores (RPA) en territorio bonaerense [ver nota].

En su comunicación García expresó: "Quiero acercarle mis felicitaciones porque sé de su lucha en esta gestión".

Es de recordar que la Sra. Huertas promovió la creación de un RPA bonaerense antes de separar su entidad de la Unión de Consorcistas de la RA y constituirla como una asociación civil independiente.

En julio de 2011 en una entrevista concedida a Pequeñas Noticias había asegurado que continuaría promoviendo la creación de un Registro Público de Administradores para la provincia de Buenos Aires y presagió: "Nos va a costar porque hay un grupo de personas que no lo quiere" [1].

Y así fue, la sanción de la Ley 14.701 llegó tres años después, el 17 de diciembre de 2014. Durante el debate legislativo previo a su aprobación por la cámara de diputados provincial, Graciela Rolandi (FpV) reconoció la lucha de la Sra. Huertas para que se apruebe la ley y recordó que el 26 de marzo de ese año fue distinguida por la Cámara de Senadores bonaerense como mujer destacada de la Provincia de Buenos Aires por su labor en favor de los consorcistas [2].

Mercedes García reflexionó que probablemente ahora comienza el trabajo de educar a cada uno de los consorcistas para enseñarles a hacer valer sus derechos y consideró que regular la actividad de los administradores es un excelente comienzo.

Para concluir se puso a disposición de la Sra. Huertas para lo que considere conveniente Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

---

[1] BPN Nº 439 del 20/07/11: "El que quiere celeste, que le cueste".

[2] BPN Nº 518 del 11/04/14: "Ana María Huertas fue distinguida como mujer destacada".


Caldén: Control de plagas.


RPA bonaerense

ACoPH agradeció a Kicillof la reglamentación

Ana María Huertas (presidenta) junto a Mirta Bombara (vicepresidenta) y Mirta Caucabeni (vocal) en la sede de ACoPH [Foto Pequeñas Noticias].

Ana María Huertas (presidenta) junto a Mirta Bombara (vicepresidenta) y Mirta Caucabeni (vocal) en la sede de ACoPH [Foto Pequeñas Noticias].


[BPN-15/12/22] El pasado 24 de noviembre la comisión directiva de la Asociación De Consorcistas de Propiedad Horizontal de Mar del Plata (ACOPH) agradeció al gobernador de la provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof (Frente de Todos), la reglamentación de la Ley 14.701 que creó en 2015 un Registro Público de Administradores (RPA) bonaerense [ver nota].

"Realmente debemos decir que la misma va significar mucho para los consorcistas y muy especialmente para nuestra querida ciudad de Mar del Plata", señalaron y agregaron: "Esperamos que prontamente se ponga en funcionamiento". Recordaron que el 30 de agosto de 2022 su presidenta, Ana María Huertas, había entregado una carta en la Casa de Gobierno provincial solicitando su reglamentación [1].

Al día siguiente el marido de Huertas sumó sus felicitaciones a la comisión directiva y a su propia esposa: "Felicitaciones a las señoras que integran la Comisión de la ONG ACoPH por este logro en defensa de los consorcistas propietarios de departamentos dentro de la Provincia de Buenos Aires y en particular a su presidenta Sra. Ana María Huertas. Misión cumplida".

Los comunicados fueron publicados en la página Facebook de la entidad.

Quién no conoce la historia...

En sus redes sociales ACoPH explicó que el proyecto original de la Ley 14.701 fue presentado en el 2009 a Graciela Rolandi quien era diputada y presidenta de la Comisión de Defensa de los Consumidores. Allí fue unificado con el del ex diputado Manino Iriart, fue aprobado por la Cámara de Diputados y pasó al Senado.

Finalmente, el día que se debió tratar el exsenador Roberto Raúl Costa (Frente Renovador) sacó el proyecto original de Rolandi y puso a votación uno de su autoría que había presentado en 2011 o 2012. Por tratarse de otra iniciativa, luego de su aprobación tuvo que volver a la Cámara de Diputados para una nueva votación donde la exdiputada Rolandi pidió que se votara.

Desde que la Cámara de Diputados sancionó la Ley 14.701 hasta su reglamentación transcurrieron 7 años, 11 meses, 2 días durante los cuales Huertas y la Comisión Directiva de ACoPH no cesaron de solicitar a las autoridades provinciales que pongan en funcionamiento el RPA bonaerense:

El 24 de agosto de 2015 le solicitó a Daniel Scioli (Frente para la Victoria), por aquél entonces gobernador de la provincia de Buenos Aires, que reglamente la Ley 14.701 mediante una carta abierta [2].

El 29 de septiembre de ese año el ya fallecido Dr. Osvaldo Loisi, presidente de la Liga del Consorcista, se sumó a su campaña y convocó a los propietarios de departamentos a solicitarle a Scioli por Twitter y por Facebook que reglamente la Ley 14.701 [3].

Unos días después, el 3 de octubre 3 de octubre, ACoPH le agradeció a Loisi su carta y no sólo le pidió al gobernador y candidato presidencial que se haga eco de ese pedido sino que invitó a todos aquellos que estén de acuerdo con su contenido a que lo compartan [3].

El 18 de abril de 2016 -ante la falta de interés que demostró Scioli- ACoPH le pidió a su sucesora, María Eugenia Vidal (Cambiemos), que reglamente "de forma urgente" la Ley 14.701 pero tampoco esta petición arrojó resultados positivos para los consorcistas [4].

Recién ahora Kicillof atendió su petición Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

---

[1] BPN Nº 736 del 15/09/22: "Ana María Huertas le pidió audiencia a Kicillof".

[2] BPN Nº 557 del 11/09/15: "ACoPH le solicitó a Scioli que reglamente la Ley 14.701".

[3] BPN Nº 559 del 09/10/15: "Huertas le agradeció a Loisi por su carta a Scioli".

[4] BPN Nº 575 del 27/04/16: "ACoPH le pidió a Vidal que reglamente el RPA bonaerense".


Administración Liliana Silvia Bo


AIERH+CAPHyAI+UADI+SEARA

Nuevo Convenio Colectivo para los empleados de administradores

Gabriela Pilar Saldivia, secretaria general de SEARA durante su paso como coordinadora del Registro Público de Administradores porteño [Foto archivo Pequeñas Noticias]

Gabriela Pilar Saldivia, secretaria general de SEARA durante su paso como coordinadora del Registro Público de Administradores porteño [Foto archivo Pequeñas Noticias]


[BPN-15/12/22] El pasado 12 de diciembre tres entidades de administradores (AIERH, CAPHyAI y UADI [1]) firmaron un Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) con el Sindicato de Empleados de Administradoras de la República Argentina (SEARA) para los trabajadores de los administradores de consorcios que desarrollen su actividad en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Estas entidades de administradores son las mismas que actualmente negocian paritarias con el SUTERH representando a los consorcios.

El presidente de la CAPHyAI, Miguel Ángel Summa, señaló a Pequeñas Noticias que el CCT firmado es muy similar al del Sindicato de Empleados de Comercio (SEC).

La redacción de Pequeñas Noticias realizó un breve resumen de los puntos que consideró más importantes del acuerdo pero es recomendable que los administradores de consorcios que tengan empleados en relación de dependencia lean el CCT en detalle porque son varios los cambios a tener en cuenta con respecto al convenio que rige para los trabajadores de comercio [texto completo del 29/11/22 de la CAPHyAI].

Se destaca que las entidades de administradores signatarias de este nuevo convenio reconocieron al SEARA como único responsable de la representación de los trabajadores comprendidos en su ámbito personal (artículo 33ª).

Se recuerda que para que este acuerdo sea exigible todavía falta que sea homologado por el Ministerio de Trabajo de la Nación.

La información fue difundida por la CAPHyAI mediante la Circular Nº 74 de este diciembre publicada en su sitio web institucional [vínculo].

¿A quién aplica?

En primer lugar se establece que este convenio se aplicará a todos los trabajadores que presten servicios a personas o empresas que administren consorcios en la CABA (artículo 2º).

Es de recordar que actualmente el gremio que agrupa a estos trabajadores es el poderoso SEC, cuya obra social es OSECAC y es comandada por Armando Cavalieri.

Funciones y escalas salariales

Los empleados de los administradores podrán ser encuadrados dentro de dos funciones: cadete o administrativo y sus tareas las definen los artículos 6º y 5º.

Cadete son aquellos trabajadores que efectúan trabajos simples de mensajería y/o trámites y/o tareas de archivo.

Administrativo son el resto de los trabajadores. Los que realizan las tareas que hacen al giro normal de la administración, dentro o fuera del establecimiento. A modo de ejemplo: telefonista, archivista, confección de las facturas a proveedores, carga de datos, etc.

El CCT también determina las escalas salariales de esas dos funciones que estarán vigentes desde noviembre de este año (o sea desde el mes pasado) hasta marzo del año que viene según la siguiente tabla:

Categoría

Vigencia

Básico

No Remunerativo

Total

Cadete

Noviembre/2022 a marzo/2023

70.812,48

42.133,22

112.942,70

Administrativo

88.515,16

52.666,52

141.181,68

Como primera observación, habrá que esperar a la homologación para poder rectificar que la entrada en vigencia de estas escalas salariales fue el mes de noviembre y ratificar los montos mensuales.

La diferencia entre la escala salarial del cadete y del administrativo es de un 25% a favor de este último.

Como nota de color, llamó la atención de la redacción de Pequeñas Noticias que a pesar de la exactitud que promete la presencia de centavos, la suma del total del cadete arroja un error de 3 pesos en contra del trabajador.

Los signatarios del Convenio Colectivo de Trabajo aclararon que "aquellos trabajadores que a la fecha de la firma de este convenio perciban un sueldo básico mayor, recibirán los aumentos pactados sobre este básico. En ningún caso la aplicación del presente convenio podrá dar lugar a disminución de las remuneraciones que actualmente estuvieran percibiendo" (artículo 11º).

Habrá dos adicionales: por antigüedad el 1% del "salario básico" y por asistencia y puntualidad el 8% de la "remuneración del mes" (artículos 13º y 14º).

Se otorgará a los trabajadores de jornada completa un descanso de una hora diaria y se habilitará un espacio en condiciones adecuadas de higiene para el personal que lleve su propia comida al lugar de trabajo (artículos 16º y 17º).

Día del empleado del administrador

Los paritarios acordaron que el día 12 de diciembre de cada año se designa como Día del Trabajador y de la Trabajadora de Administradoras. Ese día es inhábil para el trabajador y en caso de tener que prestar servicios será remunerado con un valor del 100% de la suma que le corresponda por ese día de trabajo (artículo 23º).

Día de la mujer

Al igual que en el CCT del SUTERH, el 8 de marzo las mujeres trabajadoras de la actividad estarán exceptuadas de prestar tareas con el fin de apoyar la participación de las mismas en actividades y movilizaciones organizadas por esta fecha dentro de los términos y lineamientos estipulados. Quienes presten servicios habituales en esta fecha, percibirán sus haberes normales, sin recargos (artículo 24º).

Cuota sindical

Será el 2% sobre todos los conceptos remunerativos mensuales que perciba el trabajador (artículo 28º).

Fondo de Protección a la Familia

Aporte mensual del 0,5% del salario a cargo del empleador por cada trabajador titular afiliado o no al sindicato (artículo 29º).

Contribución solidaria

Las partes establecieron de común acuerdo que se le retendrá a cada trabajador convencionado no afiliado el 2% mensual sobre los salarios sujetos a retenciones jubilatorias en los términos de lo normado en el artículo 37º de la Ley 23.551 y el artículo 9º de la Ley 14.250" (Artículo 30º) Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

---

[1] El AIERH (Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal), la CAPHyAI (Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias) y la UADI (Unión Administradores de Inmuebles).


  Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.


Cámara Argentina de Propiedad Horizontal

Miguel Ángel Summa consideró que la Ley 941 cumplió su ciclo

Miguel Ángel Summa, presidente de la CAPHyAI, en el programa Consorcios en la Mira.

Miguel Ángel Summa, presidente de la CAPHyAI, en el programa Consorcios en la Mira.


[BPN-15/12/22] El pasado 29 de octubre el presidente de la CAPHyAI (Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias), Adm. Miguel Ángel Summa, afirmó que hay que modificar la Ley 941 (Registro Público de Administradores) en todos sus aspectos.

Lamentablemente sólo develó una sola modificación y muy puntual, consideró que las denuncias que realizan los copropietarios en Defensa y Protección del Consumidor porteño contra sus administradores deberían estar avaladas por el Consejo de Propietarios o –por lo menos- por dos propietarios del consorcio.

Desde su punto de vista consideró que la cantidad de denuncias que reciben los administradores es terrible y señaló que el sistema de recepción y sanción adolece de fallas: el empleado del GCABA que las toma no siempre está capacitado, existen los que denominó denunciadores seriales y que el proceso administrativo termina multando al administrador tenga razón o no.

El panel que lo entrevistó no se le realizó preguntas sobre los otros aspectos de la Ley 941 a los que consideró que habría que realizar modificaciones.

La entrevista se le realizó en el programa de TV por cable "Consorcios en la mira" creado por la sindicalista Gabriela Pilar Saldivia (SEARA) y Damián Rojo, panelista en Intrusos (América TV).

En detalle

Promediando el programa, textualmente explicó:

Miguel Ángel Summa: Yo creo que la Ley [941] cumplió su ciclo. Hay que buscar una modificación en todos los aspectos. El tema de las denuncias es terrible porque el que la recibe no está capacitado o el que va a denunciar es un denunciante serial entonces lo persigue por todos lados y se denuncia cualquier cosa. El administrador después -una vez que lo denunciaron- va a terminar en una multa -tenga o no tenga razón- por un proceso administrativo. Eso hay que reverlo

[...]

MAS: Vamos a suponer un ejemplo, habría que modificar la Ley [941] para que las denuncias deban ser avaladas por el Consejo [de Propietarios] o por dos propietarios.

[...]

¿Por qué? Porque hay gente que [...] vive denunciando y denunciando y denunciando.

Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Servicios informáticos para administradores y consorcios.


Día de furia en Mar del Plata

La comunidad consorcial se unió en repudio de la violencia

Un medio local difundió un video que refleja la violencia vivida en esos minutos.

Un medio local difundió un video que refleja la violencia vivida en esos minutos.


[BPN-15/12/22] El pasado 17 de noviembre la Asociación Civil de Consorcistas de la Propiedad Horizontal (ACoPH), la Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires (CAPHPBA) y el Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal (SUTERyH) –todos de Mar del Plata- expresaron su más enérgico y profundo repudio por el brutal ataque efectuado por un proveedor de un consorcio y su hijo contra el administrador del edificio.

Es de destacar que las tres entidades consorciales -que representan intereses no siempre convergentes - en esta oportunidad se unieron para hacer "un llamado a la cordura y la buen convivencia a la comunidad consorcial entera".

El repudio fue firmado por Silvina Carné, presidenta de CAPHPBA; Ana María Huertas, presidenta de ACoPH; y María Mabel Nespral, secretaria general SUTERyH sección Mar del Plata. Así lo informó ACoPH en su página institucional en Facebook [vínculo].

Según informaron fuentes policiales a medios locales, el administrador de un edificio (38) que se encuentra en Gascón al 2.000 resultó herido a puñaladas al ser atacado por dos albañiles (51 y 19) o carpinteros –sobre su profesión los medios no coinciden- que trabajaban en un departamento.

Según uno de los medios, el ayudante del encargado del consorcio en reiteradas ocasiones les había remarcado que cuidaran la limpieza de los espacios comunes del edificio.

A la larga esto desencadenó una áspera discusión con el trabajador por lo que habría intervenido también el encargado y el administrador. Éste último fue atacado con un arma blanca dos veces en el abdomen y dos en la espalda.

Luego de un llamado al 911, el personal de la comisaría 2ª concurrió al lugar, la víctima fue trasladada a la Clínica 25 de Mayo donde fue intervenido quirúrgicamente". Mientras tanto uno de los agresores quedó detenido y posteriormente la justicia marplatense le dictó la prisión preventiva.

El medio ViaSzeta publicó un video -aparentemente de una de las cámaras de seguridad de edificio- en el que a lo largo de dos minutos y medio se puede apreciar una situación de máxima violencia entre los dos "carpinteros" (padre e hijo), el encargado, su ayudante y el administrador [video].

En el video se aprecian a dos personas (padre e hijo albañiles o carpinteros) siguiendo al que sería el ayudante del encargado que entraba por el palier de entrada al edificio a las 9:06 de esa mañana del jueves 17.

En un momento dado se ve que el padre le dice algo al ayudante del encargado y éste se da vuelta y recibe un empujón del hombre mayor. El menor se adelanta y comienza a los empujones con el ayudante. Luego de algunos segundos interviene quien parece ser el encargado. La situación pasa a ser cada vez más violenta e interviene quien sería el administrador lo que deriva en una pelea generalizada en la que no faltaron golpes de puño, empujones y que terminó con el administrador herido por una herramienta de trabajo o un arma blanca.

Ahora todo es motivo de investigación judicial Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Administradora Rosa Matilde Núñez


Inquilinos Agrupados

Gervasio Muñoz creó una calificadora de inmobiliarias

[BPN-15/12/22] En estos días Gervasio Muñoz, titular de Inquilinos Agrupados, creó un sitio web [vinculo] para que los inquilinos puedan calificar en forma gratuita y anónima a las inmobiliarias. Los puntajes van desde -10 (la peor) hasta +10 (la mejor).

Muñoz explicó a un medio nacional que "la idea surgió a partir de que empezamos a ver que las inmobiliarias llevan a cabo prácticas ilegales sistematizadas", y agregó: "Por eso, ante la situación de cómo se manejan las inmobiliarias, la organización decidió generar el espacio para que las inquilinas e inquilinos puedan contar su experiencia con cada empresa. De esta forma una persona que está por alquilar puede saber cómo se comporta el negocio a la hora de realizar las operaciones".

En el sitio se destaca que "los comentarios son anónimos (se pueden usar apodos) para no perjudicar a los inquilinos en su relación con la empresa inmobiliaria" y en su portada figura la inmobiliaria con mejor y peor puntaje de acuerdo a las calificaciones realizadas.

Es de señalar que entre los pioneros argentinos de esta modalidad de control social se encuentra Mercado Libre en la que los consumidores pueden calificar tanto al proveedor como al bien adquirido. La pregunta que queda flotando en el aire es si esta modalidad se puede extender a otras profesiones como por ejemplo la administración de consorcios. A modo de antecedente hace ya varios años que existe un grupo en Facebook en la que propietarios e inquilinos comparten sus experiencias con sus administradores.

¿Qué datos pregunta?

El inquilino que desea dejar un comentario sobre la inmobiliaria debe responder un cuestionario de 13 preguntas. Se destaca que en la mayoría de los casos las respuestas pueden señalar que la inmobiliaria está violentado la Ley 27.551 (Ley de Alquileres) o alguna de las leyes locales.

Por otra parte, no se explica según qué fórmula matemática se traducen esas respuestas en una calificación para la inmobiliaria.

1.- ¿La inmobiliaria te realizó un contrato de alquiler escrito?

Si / No / Finalmente no alquilé

2.- ¿Te ofrecieron leer el contrato con anticipación a la firma?

Si / No / No tengo contrato!

3- ¿El contrato es por un plazo mínimo de 3 años?

Si / No / No tengo contrato

4.- ¿La inmobiliaria respetó la prohibición de cobrarte comisión u honorarios inmobiliarios?

Si / No / No se

5.- ¿La inmobiliaria te cobró un mes de depósito en pesos?

Si / No / No se

6.- ¿La inmobiliaria respetó la prohibición de cobrarte pedidos de informes y certificaciones de firmas?

Si / No / No se

7.- ¿Te entregaron la vivienda en condiciones apropiadas para su uso?

Si / No / No se

8.- ¿La inmobiliaria respetó la actualización anual por el índice oficial?

Si / No / No renové

9.- ¿La inmobiliaria soluciona tus reclamos?

Si / No / No se

10.- ¿La inmobiliaria te trata con respeto y profesionalismo?

Si / No / No se

11.- ¿La inmobiliaria garantiza que el propietario se haga cargo del ABL y el Impuesto Inmobiliario?

Si / No / No se

12.- ¿Pagás el alquiler por transferencia bancaria?

Si / No / No se

13.- ¿La inmobiliaria te dejó proponer a vos un tipo de garantía?

Si / No / No se

Finalmente permite realizar un comentario sobre la inmobiliaria recordando que las respuestas son anónimas Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Administración Silvia Losada

Curso/Taller de Sueldos para la Propiedad Horizontal.


Paritarias 2022

Los bonos remunerativos se prorrogaron 30 días

[BPN-15/12/22] El pasado 10 de noviembre las tres entidades de administradores que representan en paritarias a los consorcios en su calidad de empleadores [1] firmaron un acuerdo con la FATERyH [2] que modificó el esquema de pagos de los bonos remunerativos a partir de diciembre: el bono de 24 mil pesos de diciembre se pasa a enero, el de 24 mil de enero se pasa a febrero y el de 26 mil de febrero se pasa a marzo.

En otras palabras se prorrogaron 30 días las fechas de los bonos que restan pagar a partir de este mes de diciembre.

El cronograma del pago de los bonos quedó de la siguiente manera:

Período

Bono $

agosto/2022

12.000

septiembre/2022

12.000

octubre/2022

18.000

noviembre/2022

18.000

diciembre/2022

NO

enero/2023

24.000

febrero/2023

24.000

marzo/2023

26.000

Por último, ratificaron el "compromiso asumido" de reunirse en el mes de febrero del 2023 a fin de evaluar una revisión de los futuros incrementos salariales.

Es de recordar que estos siete bonos remunerativos que comenzaron a abonarse en el mes de agosto fueron acordados el 5 de julio y fueron homologados por el Ministerio de Trabajo el 7 de ese mes mediante la Resolución 1.365.

Inexplicablemente los miembros paritarios mantuvieron este acuerdo en reserva hasta el 1º de diciembre, fecha en la que el AIERH lo difundió entre sus asociados mediante mensajes de WhatsApp.

El acuerdo que prorrogó un mes los bonos restantes fue homologado por el Ministerio de Trabajo el 17 de noviembre mediante la Resolución Nº 2.167 Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

---

[1] El AIERH (Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal), la CAPHyAI (Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias) y la UADI (Unión Administradores de Inmuebles).

[2] FATERyH: Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal.


Administración López.

Marta Granados - Administraciones


Senado de la Nación

Proponen eximir a los consorcios del impuesto al cheque

[BPN-15/12/22] El pasado 16 de noviembre el senador Pablo Daniel Blanco (UCR) por Tierra Del Fuego [1] presentó un proyecto de ley para eximir a los consorcios de propietarios del gravamen de créditos y débitos en cuentas bancarias conocido popularmente como "impuesto al cheque".

Para lograr su objetivo propone agregarle al artículo 2º de la Ley 25.413 dos nuevos incisos: el ‘d’ exime del gravamen a "los créditos y débitos en cuentas bancarias correspondientes a los consorcios de propietarios" y el ‘e’ a entidades que conforman el Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios (SNBV).

Sobre su iniciativa, el senado argumentó: "En el caso de los consorcios de propietarios tranquilamente podrían estar en la informalidad pero la mayoría por cuestiones prácticas decide volcar sus ingresos y realizar sus pagos desde cuentas bancarias", y agregó: "los consorcios no tienen como finalidad ganar dinero, simplemente sirven como un nexo para pagar los gastos que son comunes a varios propietarios que viven en un edificio determinado como son la luz, el servicio de limpieza, etc.".

El proyecto que consta de dos artículos de los cuales uno es de forma fue firmado también por Stella Maris Olalla, Víctor Zimmermann, María Belén Tapia y Daniel Ricardo Kroneberger, todos del bloque UCR.

Ingresó al Senado de la Nación bajo el número de expediente 3012-S-2022 y se encuentra en la Comisión de Presupuesto y Hacienda.

Un impuesto provisorio

Uno de los aspectos más interesante de los fundamentos del proyecto de ley del senador Blanco es la breve reseña histórica que hizo de esta ley.

1976.- Martínez de Hoz aconsejaba a Rafael Videla la implementación de un impuesto para mejorar las cuentas públicas.

13/09/1976.- Se sanciona la Ley 21.415 (BO: 21/09/76) que creó el Impuesto sobre los Débitos en Cuenta Corriente, reglamentada por el Decreto 2.378 del 9/11/76. Estuvo vigente hasta finales de 1978.

14/10/1983.- Dos semanas antes del triunfo electoral de Raúl Alfonsín se promulgó la Ley 22.947 que reestableció el gravamen que si bien tenía fecha de vencimiento en 1984 se fue prorrogando hasta el 31/12/1988.

8/01/1988.- Unos meses antes de la finalización de la Ley 22.947 se creó la Ley 23.549 que derogó la anterior e instauró un nuevo impuesto, esta vez sólo sobre los débitos, tenía una alícuota mayor a la de su antecesor y vencía en diciembre de 1992 aunque fue derogada en julio de ese año, unos meses antes.

24/03/2001.- Se sanciona la Ley 25.413 que en palabras de Blanco "tenía las características de ser un impuesto de emergencia y, como siempre sucede en nuestro país, cada vez que se crea un tributo bajo ese sistema sus sucesivas prórrogas lo convierten en un impuesto de carácter permanente" Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

---

[1] Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur


Rodriguez y Asociados, Bienes Raícesy administración de consorcios


Cámara Argentina de las Instalaciones para Fluidos

CAIF adhirió a las palabras de Alberto Fernández

ción, Dr. Gabriel Katopodis, el presidente de CAIF, Luis Vommaro, y su vicepresidente, Alberto Calza. [Foto CAIF]

El ministro de Obras Públicas de la Nación, Dr. Gabriel Katopodis, el presidente de CAIF, Luis Vommaro, y su vicepresidente, Alberto Calza. [Foto CAIF]


[BPN-15/12/22] El pasado 7 de diciembre la Comisión Directiva de la Cámara Argentina de las Instalaciones para Fluidos (CAIF) adhirió a las palabras del presidente de la Nación, Dr. Alberto Fernández, por las que condenó el "deterioro de la calidad institucional y de la investidura de algunos funcionarios porteños, jueces, empresarios, periodistas y editores, entre otros, quienes habrían confabulado para desestabilizar nuestra República".

Agregó también: "Acompañamos la decisión del Sr. Presidente al haber instruido para que se lleven adelante distintas líneas de investigación al respecto, que esperamos se ejecuten en forma rápida y contundente para que quienes, ocupando cargos públicos ofenden a nuestro país, cesen de inmediato en sus funciones".

Así lo hizo saber mediante un comunicado oficial que distribuyó entre sus asociados por correo electrónico.

Es de recordar que el presidente de la Nación se solidarizó con Cristina Fernández de Kirchner tras conocer su condena a 6 años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos en la Causa Vialidad. "La suerte estaba echada desde el comienzo", expresó el mandatario.

"Hoy acompaño y me solidarizo con @CFKArgentina sabiendo que es víctima de una persecución absolutamente injusta. Sé de su inocencia", publicó Alberto Fernández en su cuenta de Twitter. En una serie de publicaciones en la red social, el presidente explicó que, a Cristina, "los poderes fácticos la trataron de estigmatizar a través de medios de comunicación y la persiguieron a través de jueces complacientes a los que pasean en aviones privados y mansiones de lujo los fines de semana".

¿Qué es CAIF?

La Cámara Argentina de las Instalaciones para Fluidos es una asociación civil empresaria sin fines de lucro que fue fundado el 18 de julio de 1915 y es la continuadora del Centro Constructores de Obras Sanitarias, Gas y Anexos.

Está relacionada con la propiedad horizontal y representa a industriales, comerciantes, distribuidores, instaladores, proyectistas, diseñadores, entidades y profesionales vinculados a las instalaciones sanitarias, gas, incendio y climatización.

Está asociada a la Cámara Argentina de la Construcción (CAMARCO).

Su comisión directiva está compuesta:

Cargo

Nombre

Presidente

Luis Vommaro

Vicepresidente

Alberto Juan Calza

Secretario

Esteban Domingo Resta

Prosecretario

Alejandro Varela Gómez

Tesorero

Atilio Norberto Mandli

Protesorero

Norma Beatriz Ferluga

Vocal Titular

Lisandro Sorzini

Vocal Suplente

Ricardo Héctor Molinari

Revisor de Cuentas

Sebastián Comerci

Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Administrador Adolfo Tami

Administración Mared


Salario Mínimo Vital y Móvil

En 2022 el SMVM perderá contra la inflación 6 puntos

[BPN-15/12/22] El pasado 29 de noviembre se publicó en el Boletín Oficial la resolución que ordenó aumentar el Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) de diciembre, enero, febrero y marzo a 61.953 pesos, 65.427 pesos, 67.743 pesos y 69.500 mensuales respectivamente [vínculo].

Estas modificaciones significaran una depreciación del SMVM contra la inflación estimada para el 2022 de -6 puntos porcentuales. El SMVM aumentará 93,60% mientras que para el Relevamiento de Expectativas del Mercado (REM) que estima el Banco Central de la República Argentina (BCRA) la inflación de este año será de un 99,61%.

Sin embargo, en marzo del año que viene el SMVM se apreciará contra la inflación estimada en 5,98 puntos porcentuales. Mientras que la inflación interanual de ese mes está estimada en un 104,62%, el Salario Mínimo se incrementará en un 110,61%.

Período

BO

Fecha

Resolución

SMVyM

p/hora

marzo/2022

27/09/2021

24/09/2021

11/2021

33.000

165,00

abril/2022

25/03/2022

22/03/2022

04/2022

38.940

194,70

mayo/2022

38.940

194,70

junio/2022

11/05/2022

10/05/2022

06/2022

45.540

227,70

julio/2022

45.540

227,70

agosto/2022

47.850

239,30

septiembre/2022

26/08/2022

24/08/2022

11/2022

51.200

256,00

octubre/2022

54.550

272,75

noviembre/2022

57.900

289,50

diciembre/2022

29/11/2022

25/11/2022

15/2022

61.953

309,77

enero/2023

65.427

327,14

febrero/2023

67.743

338,72

marzo/2023

69.500

347,50

La resolución que fue firmada el 25 de noviembre llevó el número 15/2022 y fue firmada por Raquel Cecilia Kismer, ministra de Trabajo Empleo y Seguridad Social en su carácter de presidente del Consejo Nacional del Empleo la Productividad y el Salario Mínimo, Vital Y Móvil.

El SMVM y la propiedad horizontal

Se reitera que como ninguna escala salarial de los encargados de edificios es inferior al SMVM, éste sólo es importante para la propiedad horizontal porque se utiliza en el cálculo de los montos inembargables de los sueldos.

Así fue establecido por el Decreto 484/87 del 26 de marzo de 1987 que reglamentó los artículos 120º, 147º y 147º de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744.

Las remuneraciones devengadas por los trabajadores en cada período mensual, así como cada cuota del sueldo anual complementario son inembargables hasta una suma equivalente al importe mensual del Salario Mínimo Vital fijado de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes del Régimen de Contrato de Trabajo (LCT-TO por Decreto Nº 390/76). Las remuneraciones superiores a ese importe serán embargables en la siguiente proporción:

1.- Remuneraciones no superiores al doble del Salario Mínimo Vital mensual, hasta el diez por ciento (10%) del importe que excediere de este último.

2.- Retribuciones superiores al doble del Salario Mínimo Vital mensual, hasta el veinte por ciento (20%).

Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Bolsa de trabajo: Avisos Clasificados - Ofrecidos

SUPLENTE DE FIN DE SEMANA: Agradeceria me tengan en cuenta para realizar suplencias en edificios los fines de semana en CABA. En lo posible zonas Villa Ortuzar, Villa Urquiza, Parque Chaz Colegiales, Chacarita - Nombre: Marcela Cortese - Llamar al teléfono: (11) 6486-6590 - todo el día - Localidad: CABA / Bs. As. - Correo electrónico: cortesekarina@gmail.com

ENCARGADO DE PORTERÍA SIN VIVIENDA: Busco trabajo para dicho puesto, soy una persona muy responsable y comprometida. Tengo referencias comprobables. - Nombre: Héctor Fernando Arriola Torres - Llamar al teléfono: (11) 6283-5195 a partir de las 9.00 hrs. - Localidad: Capital Federal / CABA - Correo electrónico: fernando_torres83@hotmail.com

ENCARGADO PERMANENTE SIN VIVIENDA: Tengo experiencia en el rubro y cuento con referencias comprobables - Nombre: Héctor Fernando Arriola Torres - Llamar al teléfono: (11) 6283-5195 a partir de las 9 hs. - Localidad: CABA / Recoleta - Correo electrónico: arriola.limpiarte@gmail.com

ADMINISTRATIVO DE ADMINISTRACIÓN DE CONSORCIOS: Busco empleo part time. Soy estudiante Universitario y tengo experiencia dentro y fuera de la oficina (arreglos en unidades funcionales, pagos de servicios, bancos, etc) - Nombre: Pablo Isasmendi - Llamar al teléfono: (11) 5823-5200 de 12 a 17 hs. - Localidad: CABA/Floresta - Correo electrónico: pabl5151@gmail.com

TRABAJO DE LIMPIEZA: Me llamo Fabiana y tengo 49 años busco trabajo de limpieza. Tengo referencias y experiencia en casas de familia. Necesito trabajar ya que pago un alquiler. Nombre: Fabiana Fernandez - Llamar al teléfono: (15) 5489-6449 durante todo el dia - Localidad: CABA - Correo electrónico: gffabi3298@hotmail.com

 

AFIP + Jefatura de Gabinete

Más control de los trabajadores sobre aportes y contribuciones

[BPN-15/12/22] El pasado 15 de noviembre la AFIP y la Jefatura de Gabinete de Ministros resolvieron aprobar la vinculación del ícono "Mi Trabajo" dentro de la aplicación "Mi Argentina" para que los trabajadores en relación de dependencia puedan consultar el estado de los pagos de aportes y contribuciones realizados por sus empleadores al subsistema de seguridad social.

Esta información estará disponible para todos los trabajadores que hayan registrado instalado la aplicación "Mi Argentina" en su celular y se hayan registrado [para Android][para iPhone]

Así lo ordenaron mediante la Resolución General Conjunta 5287/2022 (BO: 18/11/22).

Que información se brindará

Ya más en detalle, la AFIP informó que para todos aquellos que dispongan de un usuario validado en esa aplicación podrán acceder a los siguientes datos:

Tipo de trabajador

Información disponible

Trabajador en relación de

dependencia del régimen

general

Datos de cada parte empleadora:

- CUIT.

- Razón social.

Datos de la relación laboral:

- Fecha de ingreso.

- Domicilio laboral.

- Modalidad de contratación.

- Última vez que fue declarado.

- Estado de aportes de seguridad social del período.

- Estado de aportes de obra social del período.

- Estado de contribuciones de obra social -sin consignar montos (pago/pago parcial /impago)

Trabajador del régimen de

casas particulares.

Datos personales:

- Obra social optada

Datos de cada parte empleadora:

- CUIT/CUIL

- Razón Social

Datos de la relación laboral:

- Fecha de ingreso.

- Lugar de trabajo.

- Categoría profesional.

- Horas semanales.

- Modalidad de contrato.

- Aseguradora de Riesgos del Trabajo.

- Último pago registrado de la parte empleadora

La aplicación permitirá al trabajador denunciar las irregularidades que detecte incluidas todas aquellas relacionadas con la trata de personas, explotación infantil y reducción a la servidumbre Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice



Índice de escalas salariales de encargados de edificios

Este año las escalas le ganaron a la inflación

[BPN-15/12/22] Este mes de diciembre el promedio de las escalas salariales de los encargados de edificios [1] perderá muy levemente contra la inflación -0,2 puntos porcentuales con respecto al mes pasado pero ganará 5,95 puntos en el cálculo anual.

El incremento mensual

En diciembre el promedio de las escalas salariales se incrementará en un 6,1% con respecto al mes pasado.

Esto se debe esencialmente a tres motivos:

1.- Este mes no se incrementaron las escalas salariales.

2.- No se paga el bono de 24.000 pesos que se prorrogó a enero

3.- Se paga el bono no remunerativo del 20% que pactaron el 6 de diciembre de 2016 las tres entidades de administradores que representan a los consorcios en paritarias [2] y la FATERyH [3] y que fuera homologado por el Ministerio de Trabajo mediante la Resolución 22 [4].

Durante el último mes de este año el promedio de las escalas salariales será de 164.937 pesos mensuales, incluido el mencionado bono.

El interanual

El incremento acumulado anual de las escalas salariales desde diciembre enero de este año hasta diciembre será de un 105,18%.

El promedio de las escalas salariales de diciembre del 2021 fue de 80.386 pesos (incluye el bono del 20%).

El promedio anual

El promedio anual de este año contra el año pasado arrojó un aumento del 71,73%. Una diferencia de 3,31 puntos con respecto al mes pasado.

INDEC

Para el Relevamiento de Expectativas del Mercado (REM) que estima el Banco Central de la República Argentina (BCRA) la inflación de noviembre fue de 6,1% y la de diciembre será de un 6,3%.

Según estos números, la inflación acumulada anual de este año será de un 99,23%.

Jubilados

Mientras tanto, el haber mínimo de un jubilado que paga expensas en diciembre será de 60.124,26 pesos mensuales. Esto se debe a que en diciembre los haberes recibieron un 15,62% (Resolución 256/ANSES) en concepto de actualización trimestral y por otra se otorgó un "refuerzo de ingreso previsional" por un monto máximo de 10 mil pesos (Decreto 788).

En dólares, este haber mínimo representa 349 dólares al precio oficial, 194 dólares a cotización turista o 191 dólares según el mercado blue [4].

En diciembre del año pasado ese haber estuvo en 37.061,62 pesos.

Este mes nuevamente el incremento del haber mínimo de la clase pasiva fue positivo en su medición mensual (13,11 puntos) pero negativo contra la inflación anual (-37 puntos).

En enero de 2016 la jubilación mínima estaba establecida en 4.299,06 (u$s 312,98). Si ese haber hubiera aumentado al ritmo de la inflación este mes debería ser de 66.588,41 pesos mensuales (u$s 350,62 promedio a valor oficial).

Si calculamos, mes a mes, lo que debió ganar un jubilado siguiendo el ritmo de la inflación y lo que realmente percibió incluidos los bonos extras, observamos que en total lo perdido desde enero de 2016 hasta diciembre de 2022 fueron -187.716,65 pesos incluida la incidencia de los medios aguinaldos en estas diferencias Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

---

[1] Para comparar escalas salariales del sector se promediaron las funciones de encargado permanente con y sin vivienda en sus cuatro categorías de cada mes. En los casos que correspondió se sumaron los bonos, tanto los acordados en paritarias como por el Poder Ejecutivo nacional incluido el bono no remunerativo del 20% que se paga en diciembre.

[2] La Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH), la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) y la Unión Administradores de Inmuebles (UADI).

[3] Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal.

[4] BPN Nº 591 del 20/12/16: "12% de aumento para diciembre, bono del 20%, 2º SAC y 5 feriados"

[5] 8/12/2022.


Administración Alas


Correo de Lectores

El estado de una denuncia que se realizó al RPA

Buenas tardes:

¿Cómo hacemos para saber en qué estado está una denuncia que se realizó a un administrador por mala gestión?

Atte. 

Ana

(25/11/2022)

Estimada Ana:

En el sitio web de Defensa del Consumidor porteño hay un espacio llamado "Consulta el estado de tu denuncia" [vínculo]. 

Una vez que accediste debés completar un formulario que te pide:

1.- Nombre y apellido.

2.- Número de DNI.

3.- Número de trámite / Denuncia / Expediente

4.- Tu correo electrónico.

5.- Te permite agregar alguna aclaración o comentario.

Si pasado un tiempo razonable no te contestan podés dirigirte a Martín García 464 (Edificio Cruz de Malta). Mesa de entradas atiende de lunes a viernes de 9 a 15 hs.

Sus redes sociales son en Facebook /BAconsumidor y en Twitter @BAconsumidor.

Si a pesar de todo no obtiene una respuesta no dude en comunicarse con nosotros escribiendonos a pequenasnoticias@gmail.com

Un saludo cordial.

CGdeR Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice



Correo de Lectores

Pagar a ambos empleados retiro de residuos y clasificación

Buenos días:

Mi nombre es Sivia y liquido sueldos para un consorcio que tiene:

1.- Una encargada con vivienda y cobra retiro de residuos y clasificación de residuos pero tiene una enfermedad que no le permite cumplir con esa tarea y

2.- Un ayudante de media jornada que es quien cumple con esas tareas.

La pregunta es:

¿Se puede pagar a ambos empleados retiro de residuos y clasificación o hay que pagar horas extras al ayudante que cumple con esas tareas?

Desde ya estoy muy agradecida por su esperada respuesta.

Silvia

(1/12/2022)

¡Hola! 

No hay ningún impedimento para que le abones a ambos trabajadores el adicional por el retiro de residuos y la clasificación. Lo que no corresponde es que le abones al trabajador de media jornada horas extras al 50% porque un trabajador de 4 horas diarias es muy difícil que supere las 46 horas semanales por encima de las cuales se abonan las horas suplementarias al 50%.

Un saludo grandote.

MFL Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


¿Qué significan las siglas?

ACCABA: Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ACAPPH: Asociación Civil Administradores Profesionales Propiedad Horizontal.

ACoPH: Asoc. Civil de Consorcistas de la Propiedad Horizontal (Mar del Plata).

ACRA: Arbitros de Consumo de la República Argentina.

ADEPROH: Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la Propiedad Horizontal RA.

AFIP: Administración Federal de Ingresos Públicos.

AGIP: Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.

AIERH: Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal.

AIPH: Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal AIPH.

APARA: Asociación de Profesionales Administradores de la República Argentina.

APH: Asociación Civil de Propietarios de inmuebles de Renta y Horizontal.

APCCRA: Asociación de Propietarios, Consorcios y Consorcistas de la RA.

API: Asocición Propietarios de Inmuebles.

APIPH: Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal.

APBR: Asociación de Propietarios de Bienes Raíces.

APROPHMAR: Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata.

CAAC: Confederación Argentina de Administradores de Consorcios.

CABA: Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

CACCyC: Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas.

CaFACA: Cámara Federal de Administradores de Consorcios de Argentina.

CAPHBByZ: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de Bahía Blanca y Zona.

CAPHPBA: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires.

CAPHyAI: Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.

CAPRA: Cámara de Propietarios de la República Argentina.

CASIPH: Cámara Argentina de Sistemas Informáticos de Propiedad Horizontal.

CCT: Convenio Colectivo de Trabajo.

CDI: Clave de Identificación.

CECAF: Cámara Empresaria de Conservadores de Ascensores y Afines.

CEDDDA: Camara Empresarial de Desinsectacion, Desrodentizacion y Desinfeccion Ambiental.

CGPC: Centro de Gestión y Participación Comunal de la Ciudad Autónoma de Bs. As.

CIA: Cámara Inmobiliaria Argentina.

COAPLA: Empresas de Control de Plagas de la Republica Argentina.

CEPRARA: Cámara de Empresarios Pintores y Restauraciones Afines de la República Argentina

CUCICBA: Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA.

CUIL: Clave Única de Identificación Laboral.

CUIT: Clave Única de Identificación Tributaria.

FAC: Federación Argentina de Consorcios.

FACARA: Federación de Asociaciones y Cámaras de Ascensores de la República Argentina.
FAPHRA: Federación Nacional de Cámaras y Asociaciones de Administradores de Propiedad Horizontal de la República Argentina

FATERyH: Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal.

FECIBA: Federación Económica de la Ciudad de Buenos Aires.

FEDECO: Federación de Asociaciones de Consorcios.

FRA: Fundación Reunión de Administradores.

ICI: Instituto de Capacitación Inmobiliaria.

INADI: Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo.

IxE: Indignados por expensas.

LCPH: Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal.

RCD: Red de Consorcistas Damnificados.

ReDeCo: Reafirmación de los Derechos del Consorcista.

SEARA: Sindicato Empleados de Administradoras de la República Argentina.

SERACARH: Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal.

SiPreBA: Sindicato de Prensa de Buenos Aires.

SUTERH: Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal.

UADI: Unión Administradores de Inmuebles.

UCRA: Unión de Consorcistas de la República Argentina.

UITEC: Unión Iberoamericana de Trabajadores de Edificios y Condominios.

ULAI: Unión Latinoamericana de Administradores e Inmobiliarias.

UMIPH: Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal.

UPA - Unión Porteña de Administradores.


Boletín de Pequeñas Noticias

1º Edición Nº DCCXLII

Director y propietario: Claudio García de Rivas

Redes sociales: Página Facebook, Grupo Facebook Pequeñas Noticias, Grupo Facebook Comunidad Consorcial, Twitter, Instagram

Diseño gráfico: María Auxiliadora Caceres Quinde

Dirección: Gral. César Díaz 2761 (1416) Capital Federal - República Argentina - Teléfono: 3526-1806 - Móvil: (11) 5981-3791 - E-mail: pequenasnoticias@gmail.com - URL´s: www.pequenasnoticias.com.ar - Horario: 10 a 17 hs.


Datos personales del suscripto:

Nombre y apellido: !*LAST_NAME*!, !*FIRST_NAME*!

E-mail: !*EMAIL*!


Los suscriptos de Pequeñas Noticias estan protegidos por la Ley 25.326 (Registro Nacional de Bases de Datos)


Si quiere suscribir, en forma gratuita a un amigo al Boletín de Pequeñas Noticias tiene que mandarnos un e-mail a: suscripcion@PequenasNoticias.com.ar con la palabra SUSCRIPCIÓN GRATUITA en el asunto del mensaje y en el texto: la razón social de la empresa (si existiera), su nombre, su dirección, su teléfono, la forma en que nos conoció y, por supuesto, su e-mail. En caso de querer cancelar la suscripción envíenos un e-mail desde el e-mail de su suscripción con las palabras CANCELAR SUSCRIPCIÓN en el asunto del mensaje.


Tanto las notas firmadas como los avisos publicitarios pagos y las gacetillas de prensa son responsabilidad de sus autores y no necesariamente representan la opinión del editor. Registro de Propiedad Intelectual en trámite. 9041 es marca registrada y Pewen es marca en trámite de registración (Actas Nº: 2198663 y 2198664) de Claudio García de Rivas, todas las demás marcas registradas que pudieran ser nombradas en el presente boletín, son propiedad de sus respectivos dueños y/o representantes legales.


Socio fundador de la Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal (UMIPH)

En este boletín se ha procurado utilizar un lenguaje inclusivo. Sin embargo, a fin de facilitar la lectura no se incluyen recursos como “@” o “x”. Las notas firmadas reflejan las opiniones de sus autores y no necesariamente las de Pequeñas Noticias - La presencia tanto de las publicidades como de las gacetillas de prensa no implican juicio de valor sobre los productos y/o servicios que puedan ofrecer - Prohibida la reproducción total o parcial sin la autorización escrita de Pequeñas Noticias.

Vínculos a nuestras redes sociales