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Buenos
Aires, Argentina
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15 de Diciembre de 2022 - Nº 742
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Registro
Público de Administradores bonaerense
En
60 días los administradores deberían comenzar a
empadronarse
Axel
Kicillof reglamentó la Ley 14.701 que creó un Registro
Público de Administradores en territorio bonaerense
El RPA estará bajo la órbita de la Dirección Provincial
de Personas Jurídicas que depende de la subsecretaría de
Justicia
La reglamentación en total intervino ocho artículos de
la ley
En el último ordenó que en dos meses se comience a
empadronar a los administradores.
[BPN-15/12/22]
El pasado 19 de noviembre el gobernador de la provincia de
Buenos Aires, Axel Kicillof, reglamentó la Ley
14.701 que en su momento creó un Registro Público de
Administradores (RPA) en territorio bonaerense.
La
Dirección Provincial de Personas Jurídicas que
depende de la Subsecretaría de Justicia...
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ADEPROH
Mercedes
García felicitó a Ana María Huertas
La
titular de ADEPROH felicitó a la presidenta de ACoPH Mar del Plata por la
reglamentación de la Ley 14.701
Es de recordar que la Sra. Huertas lucha por la creación de un RPA
provincial desde antes de la creación de su propia entidad
Mercedes García se puso a disposición para lo que considere
conveniente.
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RPA
bonaerense
ACoPH
agradeció a Kicillof la reglamentación
La
comisión directiva de la Asociación De Consorcistas de Propiedad
Horizontal de Mar del Plata señaló: "Esperamos que prontamente se
ponga en funcionamiento"
Señalaron que "la misma va significar mucho para los consorcistas y
muy especialmente para nuestra querida ciudad de Mar del Plata".
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AIERH+CAPHyAI+UADI+SEARA
Nuevo
Convenio Colectivo para los empleados de administradores
Se
firmó un nuevo Convenio Colectivo de Trabajo para los empleados de los
administradores de consorcios
Vino con una escala salarial que aplica desde el mes pasado
Todavía no fue homologado por el Ministerio de Trabajo
Pequeñas Noticias resumió los puntos que consideró más importantes y
brinda a sus lectores su texto original.
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Día
de furia en Mar del Plata
La
comunidad consorcial se unió en repudio de la violencia
Tres
entidades consorciales –propietarios, administradores y encargados-
repudiaron enérgicamente el ataque a un administrador por parte de dos
proveedores de un edificio
Llamaron a la cordura y la buena convivencia a la comunidad consorcial
entera.
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Paritarias
2022
Los
bonos remunerativos se prorrogaron 30 días
Tres
entidades de administradores en nombre de los consorcios y la Federación
de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal acordaron prorrogar un
mes el pago de los bonos remunerativos restantes
Quince días después de firmado el AIERH difundió el acuerdo.
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Cámara
Argentina de las Instalaciones para Fluidos
CAIF
adhirió a las palabras de Alberto Fernández
Es
una asociación civil empresaria sin fines de lucro relacionada con la
propiedad horizontal que representa a industriales, comerciantes,
distribuidores, instaladores, proyectistas, diseñadores, entidades y
profesionales vinculados a las instalaciones sanitarias, gas, incendio y
climatización.
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AFIP
+ Jefatura de Gabinete
Más
control de los trabajadores sobre aportes y contribuciones
Desde
la aplicación "Mi Argentina" los trabajadores podrán consultar
el estado de los pagos de aportes y contribuciones realizados por sus
empleadores al subsistema de seguridad social.
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Correo
de Lectores
El estado de una denuncia que se realizó al RPA
(25/11/2022)
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Pequeñas
Noticias
Nosotros
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Cámara
Argentina de Propiedad Horizontal
Miguel
Ángel Summa consideró que la Ley 941 cumplió su ciclo
Afirmó
que habría que modificarla en todos sus aspectos pero develó una sola de
las modificaciones que propondría
Evaluó la cantidad de denuncias que reciben los administradores como
terrible y señaló que el sistema de recepción y sanción adolece de
fallas.
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Inquilinos
Agrupados
Gervasio
Muñoz creó una calificadora de inmobiliarias
"La
idea surgió a partir de que empezamos a ver que las inmobiliarias llevan
a cabo prácticas ilegales sistematizadas", explicó a un medio
nacional
Agregó que "de esta forma una persona que está por alquilar puede
saber cómo se comporta el negocio a la hora de realizar las
operaciones".
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Senado
de la Nación
Proponen
eximir a los consorcios del impuesto al cheque
Cinco
senadores de la UCR presentaron un proyecto de ley para eximir a los
consorcios de propietarios del impuesto al cheque
Reseñó la historia de este gravamen desde sus comienzos durante el
gobierno de facto de Rafael Videla.
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Salario
Mínimo Vital y Móvil
En
2022 el SMVM perderá contra la inflación 6 puntos
Sin
embargo en marzo del año que viene le habrá ganado a la inflación
interanual estimada en casi 6 puntos
Esto será así si se cumplen los pronósticos de inflación que publica
el Banco Central de la República Argentina
Los últimos aumentos serán mensuales desde diciembre hasta marzo.
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Índice
de escalas salariales de encargados de edificios
Este
año las escalas le ganaron a la inflación
En
diciembre las escalas salariales de los encargados de edificios perderá
levemente contra la inflación mensual pero ganara en la medición anual
Sin embargo, el haber mínimo de los jubilados que pagan expensas ganará
en la medición mensual y perderá en la anual.
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Correo
de Lectores
Pagar a ambos empleados retiro de residuos y clasificación
(1/12/2022)
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Bolsa
de Trabajo
Avisos
Clasificados
OFRECIDOS
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Registro
Público de Administradores bonaerense
En
60 días los administradores deberían comenzar a empadronarse
Axel
Kicillof, gobernador de la provincia de Buenos Aires [foto archivo de
Pequeñas Noticias]
[BPN-15/12/22]
El pasado 19 de noviembre el gobernador de la provincia de Buenos Aires, Axel
Kicillof, reglamentó la Ley 14.701 que en su momento creó un Registro
Público de Administradores (RPA) en territorio bonaerense.
La
Dirección Provincial de Personas Jurídicas que depende de la Subsecretaría
de Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la
provincia dispondrá de dos meses para comenzar a empadronar a todos los
administradores de la provincia (artículo 22º).
La
Ley 14.701 se reglamentó mediante el Decreto 1734 (BO: 24/11/22) que
consta de 8 artículos de los cuales uno es de forma y que está
acompañado de dos anexos. Fue firmado por Julio Cesar Alak,
ministro de Justicia y Derechos Humanos; Augusto Eduardo Costa,
ministro de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica; Pablo
Julio López, ministro de Hacienda y Finanzas; Martín
Izaurralde, ministro de Jefatura de Gabinete de Ministros y
Axel Kicillof.
En
detalle
La
reglamentación de la Ley intervino ocho artículos de entre los cuales se
destaca:
1.-
Los libros de administración, de actas de asambleas y de registro de
firmas de los copropietarios deberán ser rubricados por el RPA bonaerense
(artículo 8º).
2.-
Se creará un registro de infractores a la Ley 14.701 (artículo 16º)
3.-
Se asignó una dirección en Internet [ vínculo]
para que cualquier interesado pueda "informarse gratuitamente
respecto de todo inscripto, en cuanto a los datos e informes exigidos en
la presente Ley, así como de las sanciones que se le hubieren impuesto en
los últimos dos años".
Las
consultas personales se podrán realizar en la Calle 48, número 547 de la
ciudad de La Plata, provincia de Buenos Aires (artículo 22º).
4.-
Sobre los requisitos para contratar bienes o servicios para el consorcio
que deben cumplir los administradores amplió sus alcances y determinó
que tanto los administrados como la autoridad de aplicación podrán
requerir a los administradores en cualquier momento la documentación e
información enumerada por el artículo 13º de la ley. Dicha solicitud
deberá ser satisfecha en un plazo razonable a ser determinado por el
Ejecutivo.
5.-
Con respecto a la versión bonaerense del Curso del SERACARH, la autoridad
de aplicación difundirá el listado de cursos de capacitación
disponibles y su descripción.
Tal
cual está redactado el artículo 9º de la Ley 14.701 este curso sólo
podrá ser dictado por "instituciones especializadas conformadas por
representantes de todos los sectores de la actividad oficialmente
reconocidos por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad
Social de La Nación". O sea los integrantes de la mesa paritaria,
las tres entidades de administradores (AIERH, CAPHyAI y UADI
[1]) y la FATERyH [2].
Para
tener una idea de magnitudes, en 2022 este curso costó a los consorcistas
de la CABA casi tres millones de dólares (2.826.987) y desde que se creó
en 2012 más de 36 millones de dólares (36.174.239) [3]
---
[1]
La Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH), la
Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias
(CAPHyAI) y la Unión Administradores de Inmuebles (UADI).
[2]
FATERyH: Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y
Horizontal.
[3]
BPN Nº 722 del 15/02/22: "El
curso del SERACARH aumentó a 5.320 pesos".
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ADEPROH
Mercedes
García felicitó a Ana María Huertas
María
Mercedes García, presidenta de ADEPROH [Foto archivo Pequeñas Noticias]
[BPN-15/12/22]
El pasado 25 de noviembre Mercedes García, presidenta de ADEPROH
(Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para
la Propiedad Horizontal RA), felicitó a la Sra. Ana María Huertas,
presidenta de ACoPH (Asociación Civil de Consorcistas de la
Propiedad Horizontal) Mar del Plata, por la reglamentación de
la Ley 14.701 que en su momento creó un Registro Público de
Administradores (RPA) en territorio bonaerense [ ver
nota].
En
su comunicación García expresó: "Quiero acercarle mis
felicitaciones porque sé de su lucha en esta gestión".
Es
de recordar que la Sra. Huertas promovió la creación de un RPA
bonaerense antes de separar su entidad de la Unión de Consorcistas de la
RA y constituirla como una asociación civil independiente.
En
julio de 2011 en una entrevista concedida a Pequeñas Noticias
había asegurado que continuaría promoviendo la creación de un Registro
Público de Administradores para la provincia de Buenos Aires y presagió:
"Nos va a costar porque hay un grupo de personas que no lo
quiere" [1].
Y
así fue, la sanción de la Ley 14.701 llegó tres años después, el 17
de diciembre de 2014. Durante el debate legislativo previo a su
aprobación por la cámara de diputados provincial, Graciela Rolandi
(FpV) reconoció la lucha de la Sra. Huertas para que se apruebe la
ley y recordó que el 26 de marzo de ese año fue distinguida por la
Cámara de Senadores bonaerense como mujer destacada de la Provincia de
Buenos Aires por su labor en favor de los consorcistas [2].
Mercedes
García reflexionó que probablemente ahora comienza el trabajo de educar
a cada uno de los consorcistas para enseñarles a hacer valer sus derechos
y consideró que regular la actividad de los administradores es un
excelente comienzo.
Para
concluir se puso a disposición de la Sra. Huertas para lo que considere
conveniente
---
[1]
BPN Nº 439 del 20/07/11: "El
que quiere celeste, que le cueste".
[2]
BPN Nº 518 del 11/04/14: "Ana
María Huertas fue distinguida como mujer destacada".
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RPA
bonaerense
ACoPH
agradeció a Kicillof la reglamentación
Ana
María Huertas (presidenta) junto a Mirta Bombara (vicepresidenta) y Mirta
Caucabeni (vocal) en la sede de ACoPH [Foto Pequeñas Noticias].
[BPN-15/12/22]
El pasado 24 de noviembre la comisión directiva de la Asociación De
Consorcistas de Propiedad Horizontal de Mar del Plata (ACOPH)
agradeció al gobernador de la provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof
(Frente de Todos), la reglamentación de la Ley 14.701 que creó en
2015 un Registro Público de Administradores (RPA)
bonaerense [ver
nota].
"Realmente
debemos decir que la misma va significar mucho para los consorcistas y muy
especialmente para nuestra querida ciudad de Mar del Plata", señalaron
y agregaron: "Esperamos que prontamente se ponga en
funcionamiento". Recordaron que el 30 de agosto de 2022 su
presidenta, Ana María Huertas, había entregado una carta en la Casa de
Gobierno provincial solicitando su reglamentación [1].
Al
día siguiente el marido de Huertas sumó sus felicitaciones a la
comisión directiva y a su propia esposa: "Felicitaciones a las
señoras que integran la Comisión de la ONG ACoPH por este logro en
defensa de los consorcistas propietarios de departamentos dentro de la
Provincia de Buenos Aires y en particular a su presidenta Sra. Ana María
Huertas. Misión cumplida".
Los
comunicados fueron publicados en la página Facebook de la entidad.
Quién
no conoce la historia...
En
sus redes sociales ACoPH explicó que el proyecto original de la Ley
14.701 fue presentado en el 2009 a Graciela Rolandi quien era
diputada y presidenta de la Comisión de Defensa de los Consumidores.
Allí fue unificado con el del ex diputado Manino Iriart, fue
aprobado por la Cámara de Diputados y pasó al Senado.
Finalmente,
el día que se debió tratar el exsenador Roberto Raúl Costa (Frente
Renovador) sacó el proyecto original de Rolandi y puso a votación
uno de su autoría que había presentado en 2011 o 2012. Por tratarse de
otra iniciativa, luego de su aprobación tuvo que volver a la Cámara de
Diputados para una nueva votación donde la exdiputada Rolandi pidió que
se votara.
Desde
que la Cámara de Diputados sancionó la Ley 14.701 hasta su
reglamentación transcurrieron 7 años, 11 meses, 2 días durante los
cuales Huertas y la Comisión Directiva de ACoPH no cesaron de solicitar a
las autoridades provinciales que pongan en funcionamiento el RPA
bonaerense:
El
24 de agosto de 2015 le solicitó a Daniel Scioli (Frente para la
Victoria), por aquél entonces gobernador de la provincia de Buenos
Aires, que reglamente la Ley 14.701 mediante una carta abierta [2].
El
29 de septiembre de ese año el ya fallecido Dr. Osvaldo Loisi,
presidente de la Liga del Consorcista, se sumó a su campaña y
convocó a los propietarios de departamentos a solicitarle a Scioli por
Twitter y por Facebook que reglamente la Ley 14.701 [3].
Unos
días después, el 3 de octubre 3 de octubre, ACoPH le agradeció a Loisi
su carta y no sólo le pidió al gobernador y candidato presidencial que
se haga eco de ese pedido sino que invitó a todos aquellos que estén de
acuerdo con su contenido a que lo compartan [3].
El
18 de abril de 2016 -ante la falta de interés que demostró Scioli- ACoPH
le pidió a su sucesora, María Eugenia Vidal (Cambiemos),
que reglamente "de forma urgente" la Ley 14.701 pero tampoco
esta petición arrojó resultados positivos para los consorcistas [4].
Recién
ahora Kicillof atendió su petición
---
[1]
BPN Nº 736 del 15/09/22: "Ana
María Huertas le pidió audiencia a Kicillof".
[2]
BPN Nº 557 del 11/09/15: "ACoPH
le solicitó a Scioli que reglamente la Ley 14.701".
[3]
BPN Nº 559 del 09/10/15: "Huertas
le agradeció a Loisi por su carta a Scioli".
[4]
BPN Nº 575 del 27/04/16: "ACoPH
le pidió a Vidal que reglamente el RPA bonaerense".
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AIERH+CAPHyAI+UADI+SEARA
Nuevo
Convenio Colectivo para los empleados de administradores
Gabriela
Pilar Saldivia, secretaria general de SEARA durante su paso como
coordinadora del Registro Público de Administradores porteño [Foto
archivo Pequeñas Noticias]
[BPN-15/12/22]
El pasado 12 de diciembre tres entidades de administradores (AIERH,
CAPHyAI y UADI [1]) firmaron un Convenio Colectivo de Trabajo (CCT)
con el Sindicato de Empleados de Administradoras de la República
Argentina (SEARA) para los trabajadores de los administradores
de consorcios que desarrollen su actividad en la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires. Estas entidades de administradores son las mismas
que actualmente negocian paritarias con el SUTERH representando a los
consorcios.
El
presidente de la CAPHyAI, Miguel Ángel Summa, señaló a Pequeñas
Noticias que el CCT firmado es muy similar al del Sindicato de
Empleados de Comercio (SEC).
La
redacción de Pequeñas Noticias realizó un breve resumen de los
puntos que consideró más importantes del acuerdo pero es
recomendable que los administradores de consorcios que tengan empleados en
relación de dependencia lean el CCT en detalle porque son varios
los cambios a tener en cuenta con respecto al convenio que rige para los
trabajadores de comercio [ texto
completo del 29/11/22 de la CAPHyAI].
Se
destaca que las entidades de administradores signatarias de este nuevo
convenio reconocieron al SEARA como único responsable de la
representación de los trabajadores comprendidos en su ámbito personal
(artículo 33ª).
Se
recuerda que para que este acuerdo sea exigible todavía falta que
sea homologado por el Ministerio de Trabajo de la Nación.
La
información fue difundida por la CAPHyAI mediante la Circular Nº 74 de
este diciembre publicada en su sitio web institucional [ vínculo].
¿A
quién aplica?
En
primer lugar se establece que este convenio se aplicará a todos los
trabajadores que presten servicios a personas o empresas que administren
consorcios en la CABA (artículo 2º).
Es
de recordar que actualmente el gremio que agrupa a estos trabajadores es
el poderoso SEC, cuya obra social es OSECAC y es comandada
por Armando Cavalieri.
Funciones
y escalas salariales
Los
empleados de los administradores podrán ser encuadrados dentro de dos
funciones: cadete o administrativo y sus tareas las definen los artículos
6º y 5º.
Cadete
son aquellos trabajadores que efectúan trabajos simples de mensajería
y/o trámites y/o tareas de archivo.
Administrativo
son el resto de los trabajadores. Los que realizan las tareas que hacen al
giro normal de la administración, dentro o fuera del establecimiento. A
modo de ejemplo: telefonista, archivista, confección de las facturas a
proveedores, carga de datos, etc.
El
CCT también determina las escalas salariales de esas dos funciones que
estarán vigentes desde noviembre de este año (o sea desde
el mes pasado) hasta marzo del año que viene según la
siguiente tabla:
Categoría |
Vigencia |
Básico |
No
Remunerativo |
Total |
Cadete |
Noviembre /2022
a marzo/2023 |
70.812,48 |
42.133,22 |
112.942,70 |
Administrativo |
88.515,16 |
52.666,52 |
141.181,68 |
Como
primera observación, habrá que esperar a la homologación para poder
rectificar que la entrada en vigencia de estas escalas salariales fue el
mes de noviembre y ratificar los montos mensuales.
La
diferencia entre la escala salarial del cadete y del administrativo es de
un 25% a favor de este último.
Como
nota de color, llamó la atención de la redacción de Pequeñas
Noticias que a pesar de la exactitud que promete la presencia de
centavos, la suma del total del cadete arroja un error de 3 pesos en
contra del trabajador.
Los
signatarios del Convenio Colectivo de Trabajo aclararon que "aquellos
trabajadores que a la fecha de la firma de este convenio perciban un
sueldo básico mayor, recibirán los aumentos pactados sobre este básico.
En ningún caso la aplicación del presente convenio podrá dar lugar a
disminución de las remuneraciones que actualmente estuvieran
percibiendo" (artículo 11º).
Habrá
dos adicionales: por antigüedad el 1% del "salario básico"
y por asistencia y puntualidad el 8% de la "remuneración del
mes" (artículos 13º y 14º).
Se
otorgará a los trabajadores de jornada completa un descanso de una hora
diaria y se habilitará un espacio en condiciones adecuadas de higiene
para el personal que lleve su propia comida al lugar de trabajo
(artículos 16º y 17º).
Día
del empleado del administrador
Los
paritarios acordaron que el día 12 de diciembre de cada año se designa
como Día del Trabajador y de la Trabajadora de Administradoras.
Ese día es inhábil para el trabajador y en caso de tener que prestar
servicios será remunerado con un valor del 100% de la suma que le
corresponda por ese día de trabajo (artículo 23º).
Día
de la mujer
Al
igual que en el CCT del SUTERH, el 8 de marzo las mujeres trabajadoras de
la actividad estarán exceptuadas de prestar tareas con el fin de apoyar
la participación de las mismas en actividades y movilizaciones
organizadas por esta fecha dentro de los términos y lineamientos
estipulados. Quienes presten servicios habituales en esta fecha,
percibirán sus haberes normales, sin recargos (artículo 24º).
Cuota
sindical
Será
el 2% sobre todos los conceptos remunerativos mensuales que perciba el
trabajador (artículo 28º).
Fondo
de Protección a la Familia
Aporte
mensual del 0,5% del salario a cargo del empleador por cada trabajador
titular afiliado o no al sindicato (artículo 29º).
Contribución
solidaria
Las
partes establecieron de común acuerdo que se le retendrá a cada
trabajador convencionado no afiliado el 2% mensual sobre los salarios
sujetos a retenciones jubilatorias en los términos de lo normado en el
artículo 37º de la Ley 23.551 y el artículo 9º de la Ley 14.250"
(Artículo 30º)
---
[1]
El AIERH (Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal), la
CAPHyAI (Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades
Inmobiliarias) y la UADI (Unión Administradores de Inmuebles).
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Cámara
Argentina de Propiedad Horizontal
Miguel
Ángel Summa consideró que la Ley 941 cumplió su ciclo
Miguel
Ángel Summa, presidente de la CAPHyAI, en el programa Consorcios en la
Mira.
[BPN-15/12/22]
El pasado 29 de octubre el presidente de la CAPHyAI (Cámara
Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias), Adm. Miguel
Ángel Summa, afirmó que hay que modificar la Ley 941 (Registro
Público de Administradores) en todos sus aspectos.
Lamentablemente
sólo develó una sola modificación y muy puntual, consideró que las
denuncias que realizan los copropietarios en Defensa y Protección del
Consumidor porteño contra sus administradores deberían estar
avaladas por el Consejo de Propietarios o –por lo menos- por dos
propietarios del consorcio.
Desde
su punto de vista consideró que la cantidad de denuncias que reciben los
administradores es terrible y señaló que el sistema de recepción y
sanción adolece de fallas: el empleado del GCABA que las toma no siempre
está capacitado, existen los que denominó denunciadores seriales y que
el proceso administrativo termina multando al administrador tenga razón o
no.
El panel que lo entrevistó no se le realizó
preguntas sobre
los otros aspectos de la Ley 941 a los que consideró que habría que realizar
modificaciones.
La
entrevista se le realizó en el
programa de TV por cable "Consorcios en la mira" creado
por la sindicalista Gabriela Pilar Saldivia (SEARA) y Damián
Rojo, panelista en Intrusos (América TV).
En
detalle
Promediando
el programa, textualmente explicó:
Miguel
Ángel Summa : Yo creo
que la Ley [941] cumplió su ciclo. Hay que buscar una modificación
en todos los aspectos. El tema de las denuncias es
terrible porque el que la recibe no está capacitado o el que va a
denunciar es un denunciante serial entonces lo persigue por todos
lados y se denuncia cualquier cosa. El administrador después -una
vez que lo denunciaron- va a terminar en una multa -tenga o no tenga
razón- por un proceso administrativo. Eso hay que reverlo
[...]
MAS:
Vamos a suponer un ejemplo, habría que modificar la Ley [941] para
que las denuncias deban ser avaladas por el Consejo [de
Propietarios] o por dos propietarios.
[...]
¿Por
qué? Porque hay gente que [...] vive denunciando y denunciando y
denunciando. |
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Día
de furia en Mar del Plata
La
comunidad consorcial se unió en repudio de la violencia
Un
medio local difundió un video que refleja la violencia vivida en esos
minutos.
[BPN-15/12/22]
El pasado 17 de noviembre la Asociación Civil de Consorcistas de la
Propiedad Horizontal (ACoPH), la Cámara de Administradores
de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires (CAPHPBA)
y el Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal (SUTERyH)
–todos de Mar del Plata- expresaron su más enérgico y profundo repudio
por el brutal ataque efectuado por un proveedor de un consorcio y su hijo
contra el administrador del edificio.
Es
de destacar que las tres entidades consorciales -que representan intereses
no siempre convergentes - en esta oportunidad se unieron para hacer
"un llamado a la cordura y la buen convivencia a la comunidad
consorcial entera".
El
repudio fue firmado por Silvina Carné, presidenta de CAPHPBA; Ana
María Huertas, presidenta de ACoPH; y María Mabel Nespral,
secretaria general SUTERyH sección Mar del Plata. Así lo informó ACoPH
en su página institucional en Facebook [vínculo].
Según
informaron fuentes policiales a medios locales, el administrador de un
edificio (38) que se encuentra en Gascón al 2.000 resultó herido a
puñaladas al ser atacado por dos albañiles (51 y 19) o carpinteros –sobre
su profesión los medios no coinciden- que trabajaban en un departamento.
Según
uno de los medios, el ayudante del encargado del consorcio en reiteradas
ocasiones les había remarcado que cuidaran la limpieza de los espacios
comunes del edificio.
A
la larga esto desencadenó una áspera discusión con el trabajador por lo
que habría intervenido también el encargado y el administrador. Éste
último fue atacado con un arma blanca dos veces en el abdomen y dos en la
espalda.
Luego
de un llamado al 911, el personal de la comisaría 2ª concurrió al
lugar, la víctima fue trasladada a la Clínica 25 de Mayo donde fue
intervenido quirúrgicamente". Mientras tanto uno de los agresores
quedó detenido y posteriormente la justicia marplatense le dictó la
prisión preventiva.
El
medio ViaSzeta publicó un video -aparentemente de una de las cámaras de
seguridad de edificio- en el que a lo largo de dos minutos y medio se
puede apreciar una situación de máxima violencia entre los dos
"carpinteros" (padre e hijo), el encargado, su ayudante y el
administrador [ video].
En
el video se aprecian a dos personas (padre e hijo albañiles o
carpinteros) siguiendo al que sería el ayudante del encargado que entraba
por el palier de entrada al edificio a las 9:06 de esa mañana del jueves
17.
En
un momento dado se ve que el padre le dice algo al ayudante del encargado
y éste se da vuelta y recibe un empujón del hombre mayor. El menor se
adelanta y comienza a los empujones con el ayudante. Luego de algunos
segundos interviene quien parece ser el encargado. La situación pasa a
ser cada vez más violenta e interviene quien sería el administrador lo
que deriva en una pelea generalizada en la que no faltaron golpes de
puño, empujones y que terminó con el administrador herido por una
herramienta de trabajo o un arma blanca.
Ahora
todo es motivo de investigación judicial
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Inquilinos
Agrupados
Gervasio
Muñoz creó una calificadora de inmobiliarias
[BPN-15/12/22]
En estos días Gervasio Muñoz, titular de Inquilinos Agrupados,
creó un sitio web [ vinculo]
para que los inquilinos puedan calificar en forma gratuita y anónima a
las inmobiliarias. Los puntajes van desde -10 (la peor) hasta +10 (la
mejor).
Muñoz
explicó a un medio nacional que "la idea surgió a partir de que
empezamos a ver que las inmobiliarias llevan a cabo prácticas ilegales
sistematizadas", y agregó: "Por eso, ante la situación de
cómo se manejan las inmobiliarias, la organización decidió generar el
espacio para que las inquilinas e inquilinos puedan contar su experiencia
con cada empresa. De esta forma una persona que está por alquilar puede
saber cómo se comporta el negocio a la hora de realizar las
operaciones".
En
el sitio se destaca que "los comentarios son anónimos (se pueden
usar apodos) para no perjudicar a los inquilinos en su relación con la
empresa inmobiliaria" y en su portada figura la inmobiliaria con
mejor y peor puntaje de acuerdo a las calificaciones realizadas.
Es
de señalar que entre los pioneros argentinos de esta modalidad de control
social se encuentra Mercado Libre en la que los consumidores pueden
calificar tanto al proveedor como al bien adquirido. La pregunta que queda
flotando en el aire es si esta modalidad se puede extender a otras
profesiones como por ejemplo la administración de consorcios. A modo de
antecedente hace ya varios años que existe un grupo en Facebook en la que
propietarios e inquilinos comparten sus experiencias con sus
administradores.
¿Qué
datos pregunta?
El
inquilino que desea dejar un comentario sobre la inmobiliaria debe
responder un cuestionario de 13 preguntas. Se destaca que en la mayoría
de los casos las respuestas pueden señalar que la inmobiliaria está
violentado la Ley 27.551 (Ley de Alquileres) o alguna de las leyes
locales.
Por
otra parte, no se explica según qué fórmula matemática se traducen
esas respuestas en una calificación para la inmobiliaria.
1.-
¿La inmobiliaria te realizó un contrato de alquiler escrito?
Si
/ No / Finalmente no alquilé
2.-
¿Te ofrecieron leer el contrato con anticipación a la firma?
Si
/ No / No tengo contrato!
3-
¿El contrato es por un plazo mínimo de 3 años?
Si
/ No / No tengo contrato
4.-
¿La inmobiliaria respetó la prohibición de cobrarte comisión u
honorarios inmobiliarios?
Si
/ No / No se
5.-
¿La inmobiliaria te cobró un mes de depósito en pesos?
Si
/ No / No se
6.-
¿La inmobiliaria respetó la prohibición de cobrarte pedidos de
informes y certificaciones de firmas?
Si
/ No / No se
7.-
¿Te entregaron la vivienda en condiciones apropiadas para su uso?
Si
/ No / No se
8.-
¿La inmobiliaria respetó la actualización anual por el índice
oficial?
Si
/ No / No renové
9.-
¿La inmobiliaria soluciona tus reclamos?
Si
/ No / No se
10.-
¿La inmobiliaria te trata con respeto y profesionalismo?
Si
/ No / No se
11.-
¿La inmobiliaria garantiza que el propietario se haga cargo del ABL
y el Impuesto Inmobiliario?
Si
/ No / No se
12.-
¿Pagás el alquiler por transferencia bancaria?
Si
/ No / No se
13.-
¿La inmobiliaria te dejó proponer a vos un tipo de garantía?
Si
/ No / No se |
Finalmente
permite realizar un comentario sobre la inmobiliaria recordando que las
respuestas son anónimas
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Paritarias
2022
Los
bonos remunerativos se prorrogaron 30 días
[BPN-15/12/22]
El pasado 10 de noviembre las tres entidades de administradores que
representan en paritarias a los consorcios en su calidad de empleadores
[1] firmaron un acuerdo con la FATERyH [2] que modificó el esquema
de pagos de los bonos remunerativos a partir de diciembre: el bono de 24
mil pesos de diciembre se pasa a enero, el de 24 mil de enero se pasa a
febrero y el de 26 mil de febrero se pasa a marzo.
En
otras palabras se prorrogaron 30 días las fechas de los bonos que restan
pagar a partir de este mes de diciembre.
El
cronograma del pago de los bonos quedó de la siguiente manera:
Período |
Bono
$ |
agosto/2022 |
12.000 |
septiembre/2022 |
12.000 |
octubre/2022 |
18.000 |
noviembre/2022 |
18.000 |
diciembre/2022 |
NO |
enero/2023 |
24.000 |
febrero/2023 |
24.000 |
marzo/2023 |
26.000 |
Por
último, ratificaron el "compromiso asumido" de reunirse en el
mes de febrero del 2023 a fin de evaluar una revisión de los futuros
incrementos salariales.
Es
de recordar que estos siete bonos remunerativos que comenzaron a abonarse
en el mes de agosto fueron acordados el 5 de julio y fueron homologados
por el Ministerio de Trabajo el 7 de ese mes mediante la Resolución
1.365.
Inexplicablemente
los miembros paritarios mantuvieron este acuerdo en reserva hasta el 1º
de diciembre, fecha en la que el AIERH lo difundió entre sus asociados
mediante mensajes de WhatsApp.
El
acuerdo que prorrogó un mes los bonos restantes fue homologado por el
Ministerio de Trabajo el 17 de noviembre mediante la Resolución
Nº 2.167
---
[1]
El AIERH (Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal), la
CAPHyAI (Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades
Inmobiliarias) y la UADI (Unión Administradores de Inmuebles).
[2]
FATERyH: Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y
Horizontal.
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Senado
de la Nación
Proponen
eximir a los consorcios del impuesto al cheque
[BPN-15/12/22]
El pasado 16 de noviembre el senador Pablo Daniel Blanco (UCR)
por Tierra Del Fuego [1] presentó un proyecto de ley para eximir a los
consorcios de propietarios del gravamen de créditos y débitos en cuentas
bancarias conocido popularmente como "impuesto al cheque".
Para
lograr su objetivo propone agregarle al artículo 2º de la Ley 25.413 dos
nuevos incisos: el ‘d’ exime del gravamen a "los créditos y
débitos en cuentas bancarias correspondientes a los consorcios de
propietarios" y el ‘e’ a entidades que conforman el Sistema
Nacional de Bomberos Voluntarios (SNBV).
Sobre
su iniciativa, el senado argumentó: "En el caso de los consorcios de
propietarios tranquilamente podrían estar en la informalidad pero la
mayoría por cuestiones prácticas decide volcar sus ingresos y realizar
sus pagos desde cuentas bancarias", y agregó: "los consorcios
no tienen como finalidad ganar dinero, simplemente sirven como un nexo
para pagar los gastos que son comunes a varios propietarios que viven en
un edificio determinado como son la luz, el servicio de limpieza,
etc.".
El
proyecto que consta de dos artículos de los cuales uno es de forma fue
firmado también por Stella Maris Olalla, Víctor Zimmermann,
María Belén Tapia y Daniel Ricardo Kroneberger, todos del
bloque UCR.
Ingresó
al Senado de la Nación bajo el número de expediente 3012-S-2022 y se
encuentra en la Comisión de Presupuesto y Hacienda.
Un
impuesto provisorio
Uno
de los aspectos más interesante de los fundamentos del proyecto de ley
del senador Blanco es la breve reseña histórica que hizo de esta ley.
1976.-
Martínez de Hoz aconsejaba a Rafael Videla la implementación de un
impuesto para mejorar las cuentas públicas.
13/09/1976.-
Se sanciona la Ley 21.415 (BO: 21/09/76) que creó el Impuesto sobre los
Débitos en Cuenta Corriente, reglamentada por el Decreto 2.378 del
9/11/76. Estuvo vigente hasta finales de 1978.
14/10/1983.-
Dos semanas antes del triunfo electoral de Raúl Alfonsín se promulgó la
Ley 22.947 que reestableció el gravamen que si bien tenía fecha de
vencimiento en 1984 se fue prorrogando hasta el 31/12/1988.
8/01/1988.-
Unos meses antes de la finalización de la Ley 22.947 se creó la Ley
23.549 que derogó la anterior e instauró un nuevo impuesto, esta vez
sólo sobre los débitos, tenía una alícuota mayor a la de su antecesor
y vencía en diciembre de 1992 aunque fue derogada en julio de ese año,
unos meses antes.
24/03/2001.-
Se sanciona la Ley 25.413 que en palabras de Blanco "tenía las
características de ser un impuesto de emergencia y, como siempre sucede
en nuestro país, cada vez que se crea un tributo bajo ese sistema sus
sucesivas prórrogas lo convierten en un impuesto de carácter
permanente"
---
[1]
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
|
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Cámara
Argentina de las Instalaciones para Fluidos
CAIF
adhirió a las palabras de Alberto Fernández
El
ministro de Obras Públicas de la Nación, Dr. Gabriel Katopodis, el
presidente de CAIF, Luis Vommaro, y su vicepresidente, Alberto Calza.
[Foto CAIF]
[BPN-15/12/22]
El pasado 7 de diciembre la Comisión Directiva de la Cámara Argentina
de las Instalaciones para Fluidos (CAIF) adhirió a las
palabras del presidente de la Nación, Dr. Alberto Fernández, por las que
condenó el "deterioro de la calidad institucional y de la
investidura de algunos funcionarios porteños, jueces, empresarios,
periodistas y editores, entre otros, quienes habrían confabulado para
desestabilizar nuestra República".
Agregó
también: "Acompañamos la decisión del Sr. Presidente al haber
instruido para que se lleven adelante distintas líneas de investigación
al respecto, que esperamos se ejecuten en forma rápida y contundente para
que quienes, ocupando cargos públicos ofenden a nuestro país, cesen de
inmediato en sus funciones".
Así
lo hizo saber mediante un comunicado oficial que distribuyó entre sus
asociados por correo electrónico.
Es
de recordar que el presidente de la Nación se solidarizó con Cristina
Fernández de Kirchner tras conocer su condena a 6 años de prisión e
inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos en la Causa
Vialidad. "La suerte estaba echada desde el comienzo", expresó
el mandatario.
"Hoy
acompaño y me solidarizo con @CFKArgentina sabiendo que es víctima de
una persecución absolutamente injusta. Sé de su inocencia", publicó
Alberto Fernández en su cuenta de Twitter. En una serie de publicaciones
en la red social, el presidente explicó que, a Cristina, "los
poderes fácticos la trataron de estigmatizar a través de medios de
comunicación y la persiguieron a través de jueces complacientes a los
que pasean en aviones privados y mansiones de lujo los fines de
semana".
¿Qué
es CAIF?
La
Cámara Argentina de las Instalaciones para Fluidos es una asociación
civil empresaria sin fines de lucro que fue fundado el 18 de julio de 1915
y es la continuadora del Centro Constructores de Obras Sanitarias, Gas y
Anexos.
Está
relacionada con la propiedad horizontal y representa a industriales,
comerciantes, distribuidores, instaladores, proyectistas, diseñadores,
entidades y profesionales vinculados a las instalaciones sanitarias, gas,
incendio y climatización.
Está
asociada a la Cámara Argentina de la Construcción (CAMARCO).
Su
comisión directiva está compuesta:
Cargo |
Nombre |
Presidente |
Luis
Vommaro |
Vicepresidente |
Alberto
Juan Calza |
Secretario |
Esteban
Domingo Resta |
Prosecretario |
Alejandro
Varela Gómez |
Tesorero |
Atilio
Norberto Mandli |
Protesorero |
Norma
Beatriz Ferluga |
Vocal
Titular |
Lisandro
Sorzini |
Vocal
Suplente |
Ricardo
Héctor Molinari |
Revisor
de Cuentas |
Sebastián
Comerci |
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Salario
Mínimo Vital y Móvil
En
2022 el SMVM perderá contra la inflación 6 puntos
[BPN-15/12/22]
El pasado 29 de noviembre se publicó en el Boletín Oficial la
resolución que ordenó aumentar el Salario Mínimo Vital y Móvil
(SMVM) de diciembre, enero, febrero y marzo a 61.953 pesos, 65.427
pesos, 67.743 pesos y 69.500 mensuales respectivamente [ vínculo].
Estas
modificaciones significaran una depreciación del SMVM contra la
inflación estimada para el 2022 de -6 puntos porcentuales. El SMVM
aumentará 93,60% mientras que para el Relevamiento de Expectativas del
Mercado (REM) que estima el Banco Central de la República
Argentina (BCRA) la inflación de este año será de un 99,61%.
Sin
embargo, en marzo del año que viene el SMVM se apreciará contra la
inflación estimada en 5,98 puntos porcentuales. Mientras que la
inflación interanual de ese mes está estimada en un 104,62%, el Salario
Mínimo se incrementará en un 110,61%.
Período |
BO |
Fecha |
Resolución |
SMVyM |
p/hora |
marzo/2022 |
27/09/2021 |
24/09/2021 |
11/2021 |
33.000 |
165,00 |
abril/2022 |
25/03/2022 |
22/03/2022 |
04/2022 |
38.940 |
194,70 |
mayo/2022 |
38.940 |
194,70 |
junio/2022 |
11/05/2022 |
10/05/2022 |
06/2022 |
45.540 |
227,70 |
julio/2022 |
45.540 |
227,70 |
agosto/2022 |
47.850 |
239,30 |
septiembre/2022 |
26/08/2022 |
24/08/2022 |
11/2022 |
51.200 |
256,00 |
octubre/2022 |
54.550 |
272,75 |
noviembre/2022 |
57.900 |
289,50 |
diciembre/2022 |
29/11/2022 |
25/11/2022 |
15/2022 |
61.953 |
309,77 |
enero/2023 |
65.427 |
327,14 |
febrero/2023 |
67.743 |
338,72 |
marzo/2023 |
69.500 |
347,50 |
La
resolución que fue firmada el 25 de noviembre llevó el número 15/2022 y
fue firmada por Raquel Cecilia Kismer, ministra de Trabajo
Empleo y Seguridad Social en su carácter de presidente del Consejo
Nacional del Empleo la Productividad y el Salario Mínimo, Vital Y Móvil.
El
SMVM y la propiedad horizontal
Se
reitera que como ninguna escala salarial de los encargados de edificios es
inferior al SMVM, éste sólo es importante para la propiedad horizontal
porque se utiliza en el cálculo de los montos inembargables de los
sueldos.
Así
fue establecido por el Decreto 484/87 del 26 de marzo de 1987 que
reglamentó los artículos 120º, 147º y 147º de la Ley de Contrato de
Trabajo Nº 20.744.
Las
remuneraciones devengadas por los trabajadores en cada período
mensual, así como cada cuota del sueldo anual complementario son
inembargables hasta una suma equivalente al importe mensual del
Salario Mínimo Vital fijado de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 116 y siguientes del Régimen de Contrato de Trabajo
(LCT-TO por Decreto Nº 390/76). Las remuneraciones superiores a ese
importe serán embargables en la siguiente proporción:
1.-
Remuneraciones no superiores al doble del Salario Mínimo Vital
mensual, hasta el diez por ciento (10%) del importe que excediere de
este último.
2.-
Retribuciones superiores al doble del Salario Mínimo Vital mensual,
hasta el veinte por ciento (20%). |
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SUPLENTE DE FIN DE
SEMANA: Agradeceria me tengan en cuenta para realizar suplencias en edificios los fines de semana en CABA. En lo posible zonas Villa Ortuzar, Villa Urquiza, Parque Chaz Colegiales,
Chacarita - Nombre: Marcela Cortese - Llamar al teléfono: (11) 6486-6590 -
todo el día - Localidad: CABA / Bs. As. - Correo electrónico: cortesekarina@gmail.com
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ENCARGADO DE PORTERÍA SIN
VIVIENDA: Busco trabajo para dicho puesto, soy una persona muy responsable y comprometida. Tengo referencias comprobables. - Nombre:
Héctor Fernando Arriola Torres - Llamar al teléfono: (11) 6283-5195
a partir de las 9.00 hrs. - Localidad: Capital Federal / CABA - Correo electrónico:
fernando_torres83@hotmail.com
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ENCARGADO PERMANENTE SIN
VIVIENDA: Tengo experiencia en el rubro y cuento con referencias
comprobables - Nombre: Héctor Fernando Arriola Torres - Llamar
al teléfono: (11) 6283-5195 a partir de las 9 hs. - Localidad:
CABA / Recoleta - Correo electrónico:
arriola.limpiarte@gmail.com
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ADMINISTRATIVO DE ADMINISTRACIÓN DE
CONSORCIOS: Busco empleo part time. Soy estudiante Universitario y
tengo experiencia dentro y fuera de la oficina (arreglos en unidades
funcionales, pagos de servicios, bancos, etc) - Nombre:
Pablo Isasmendi - Llamar al teléfono: (11) 5823-5200 de
12 a 17 hs. - Localidad: CABA/Floresta - Correo electrónico: pabl5151@gmail.com
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TRABAJO DE
LIMPIEZA: Me llamo Fabiana y tengo 49 años busco trabajo de limpieza.
Tengo referencias y experiencia en casas de familia. Necesito trabajar ya
que pago un alquiler. Nombre:
Fabiana Fernandez - Llamar al teléfono: (15) 5489-6449
durante todo el dia - Localidad: CABA - Correo electrónico: gffabi3298@hotmail.com
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AFIP
+ Jefatura de Gabinete
Más
control de los trabajadores sobre aportes y contribuciones
[BPN-15/12/22]
El pasado 15 de noviembre la AFIP y la Jefatura de Gabinete de
Ministros resolvieron aprobar la vinculación del ícono "Mi
Trabajo" dentro de la aplicación "Mi Argentina"
para que los trabajadores en relación de dependencia puedan consultar el
estado de los pagos de aportes y contribuciones realizados por sus
empleadores al subsistema de seguridad social.
Esta
información estará disponible para todos los trabajadores que hayan
registrado instalado la aplicación "Mi Argentina" en su celular
y se hayan registrado [ para
Android][para
iPhone]
Así
lo ordenaron mediante la Resolución General Conjunta 5287/2022 (BO:
18/11/22).
Que
información se brindará
Ya
más en detalle, la AFIP informó que para todos aquellos que dispongan de
un usuario validado en esa aplicación podrán acceder a los siguientes
datos:
Tipo
de trabajador |
Información
disponible |
Trabajador
en relación de
dependencia
del régimen
general |
Datos
de cada parte empleadora :
-
CUIT.
-
Razón social.
Datos
de la relación laboral:
-
Fecha de ingreso.
-
Domicilio laboral.
-
Modalidad de contratación.
-
Última vez que fue declarado.
-
Estado de aportes de seguridad social del período.
-
Estado de aportes de obra social del período.
-
Estado de contribuciones de obra social -sin consignar montos
(pago/pago parcial /impago) |
Trabajador
del régimen de
casas
particulares. |
Datos
personales :
-
Obra social optada
Datos
de cada parte empleadora:
-
CUIT/CUIL
-
Razón Social
Datos
de la relación laboral:
-
Fecha de ingreso.
-
Lugar de trabajo.
-
Categoría profesional.
-
Horas semanales.
-
Modalidad de contrato.
-
Aseguradora de Riesgos del Trabajo.
-
Último pago registrado de la parte empleadora |
La
aplicación permitirá al trabajador denunciar las irregularidades que
detecte incluidas todas aquellas relacionadas con la trata de personas,
explotación infantil y reducción a la servidumbre
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Índice
de escalas salariales de encargados de edificios
Este
año las escalas le ganaron a la inflación
[BPN-15/12/22]
Este mes de diciembre el promedio de las escalas salariales de los
encargados de edificios [1] perderá muy levemente contra la
inflación -0,2 puntos porcentuales con respecto al mes pasado pero
ganará 5,95 puntos en el cálculo anual.
El
incremento mensual
En
diciembre el promedio de las escalas salariales se incrementará en un
6,1% con respecto al mes pasado.
Esto
se debe esencialmente a tres motivos:
1.-
Este mes no se incrementaron las escalas salariales.
2.-
No se paga el bono de 24.000 pesos que se prorrogó a enero
3.-
Se paga el bono no remunerativo del 20% que pactaron el 6 de diciembre de
2016 las tres entidades de administradores que representan a los
consorcios en paritarias [2] y la FATERyH [3] y que
fuera homologado por el Ministerio de Trabajo mediante la Resolución 22
[4].
Durante
el último mes de este año el promedio de las escalas salariales será de
164.937 pesos mensuales, incluido el mencionado bono.
El
interanual
El
incremento acumulado anual de las escalas salariales desde diciembre enero
de este año hasta diciembre será de un 105,18%.
El
promedio de las escalas salariales de diciembre del 2021 fue de 80.386
pesos (incluye el bono del 20%).
El
promedio anual
El
promedio anual de este año contra el año pasado arrojó un aumento del
71,73%. Una diferencia de 3,31 puntos con respecto al mes pasado.
INDEC
Para
el Relevamiento de Expectativas del Mercado (REM) que estima
el Banco Central de la República Argentina (BCRA) la
inflación de noviembre fue de 6,1% y la de diciembre será de un 6,3%.
Según
estos números, la inflación acumulada anual de este año será de un
99,23%.
Jubilados
Mientras
tanto, el haber mínimo de un jubilado que paga expensas en diciembre
será de 60.124,26 pesos mensuales. Esto se debe a que en diciembre los
haberes recibieron un 15,62% (Resolución 256/ANSES) en concepto de
actualización trimestral y por otra se otorgó un "refuerzo de
ingreso previsional" por un monto máximo de 10 mil pesos (Decreto
788).
En
dólares, este haber mínimo representa 349 dólares al precio oficial,
194 dólares a cotización turista o 191 dólares según el mercado blue
[4].
En
diciembre del año pasado ese haber estuvo en 37.061,62 pesos.
Este
mes nuevamente el incremento del haber mínimo de la clase pasiva fue positivo
en su medición mensual (13,11 puntos) pero negativo contra la inflación
anual (-37 puntos).
En
enero de 2016 la jubilación mínima estaba establecida en 4.299,06 (u$s
312,98). Si ese haber hubiera aumentado al ritmo de la inflación este mes
debería ser de 66.588,41 pesos mensuales (u$s 350,62 promedio a valor
oficial).
Si
calculamos, mes a mes, lo que debió ganar un jubilado siguiendo el ritmo
de la inflación y lo que realmente percibió incluidos los bonos extras,
observamos que en total lo perdido desde enero de 2016 hasta diciembre de
2022 fueron -187.716,65 pesos incluida la incidencia de los medios
aguinaldos en estas diferencias
---
[1]
Para comparar escalas salariales del sector se promediaron las funciones
de encargado permanente con y sin vivienda en sus cuatro categorías de
cada mes. En los casos que correspondió se sumaron los bonos, tanto los
acordados en paritarias como por el Poder Ejecutivo nacional incluido
el bono no remunerativo del 20% que se paga en diciembre.
[2]
La Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH), la
Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias
(CAPHyAI) y la Unión Administradores de Inmuebles (UADI).
[3]
Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal.
[4]
BPN Nº 591 del 20/12/16: "12%
de aumento para diciembre, bono del 20%, 2º SAC y 5 feriados"
[5]
8/12/2022.
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Correo
de Lectores
El
estado de una denuncia que se realizó al RPA
Buenas
tardes:
¿Cómo
hacemos para saber en qué estado está una denuncia que se realizó a
un administrador por mala gestión?
Atte.
Ana
(25/11/2022)
Estimada
Ana:
En
el sitio web de Defensa del Consumidor porteño hay un espacio llamado
"Consulta el estado de tu denuncia" [vínculo].
Una
vez que accediste debés completar un formulario que te pide:
1.-
Nombre y apellido.
2.-
Número de DNI.
3.-
Número de trámite / Denuncia / Expediente
4.-
Tu correo electrónico.
5.-
Te permite agregar alguna aclaración o comentario.
Si
pasado un tiempo razonable no te contestan podés dirigirte a Martín
García 464 (Edificio Cruz de Malta). Mesa de entradas atiende de
lunes a viernes de 9 a 15 hs.
Sus
redes sociales son en Facebook /BAconsumidor
y en Twitter @BAconsumidor.
Si
a pesar de todo no obtiene una respuesta no dude en comunicarse con
nosotros escribiendonos a pequenasnoticias@gmail.com
Un
saludo cordial.
CGdeR
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Correo
de Lectores
Pagar
a ambos empleados retiro de residuos y clasificación
Buenos
días:
Mi
nombre es Sivia y liquido sueldos para un consorcio que tiene:
1.-
Una encargada con vivienda y cobra retiro de residuos y clasificación
de residuos pero tiene una enfermedad que no le permite cumplir con
esa tarea y
2.-
Un ayudante de media jornada que es quien cumple con esas tareas.
La
pregunta es:
¿Se
puede pagar a ambos empleados retiro de residuos y clasificación o
hay que pagar horas extras al ayudante que cumple con esas tareas?
Desde
ya estoy muy agradecida por su esperada respuesta.
Silvia
(1/12/2022)
¡Hola!
No
hay ningún impedimento para que le abones a ambos trabajadores el
adicional por el retiro de residuos y la clasificación. Lo que no
corresponde es que le abones al trabajador de media jornada horas
extras al 50% porque un trabajador de 4 horas diarias es muy difícil
que supere las 46 horas semanales por encima de las cuales se abonan
las horas suplementarias al 50%.
Un
saludo grandote.
MFL
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ACCABA:
Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ACAPPH:
Asociación Civil Administradores Profesionales Propiedad Horizontal.
ACoPH:
Asoc. Civil de Consorcistas de la Propiedad Horizontal (Mar del Plata).
ACRA:
Arbitros de Consumo de la República Argentina.
ADEPROH:
Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la
Propiedad Horizontal RA.
AFIP:
Administración Federal de Ingresos Públicos.
AGIP:
Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.
AIERH:
Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal.
AIPH:
Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal
AIPH.
APARA:
Asociación de Profesionales Administradores de la República Argentina.
APH:
Asociación Civil de Propietarios de inmuebles de Renta y Horizontal.
APCCRA: Asociación de Propietarios, Consorcios y Consorcistas de la RA.
API:
Asocición Propietarios de Inmuebles.
APIPH:
Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal.
APBR:
Asociación de Propietarios de Bienes Raíces.
APROPHMAR:
Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata.
CAAC:
Confederación Argentina de
Administradores de Consorcios.
CABA:
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
CACCyC:
Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas.
CaFACA: Cámara Federal de Administradores de Consorcios de Argentina.
CAPHBByZ:
Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de Bahía Blanca y
Zona.
CAPHPBA:
Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires.
CAPHyAI:
Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.
CAPRA:
Cámara de Propietarios de la República Argentina.
CASIPH:
Cámara Argentina de Sistemas Informáticos de Propiedad Horizontal.
CCT:
Convenio Colectivo de Trabajo.
CDI:
Clave de Identificación.
CECAF:
Cámara Empresaria de Conservadores de Ascensores y Afines.
CEDDDA:
Camara Empresarial de Desinsectacion, Desrodentizacion y Desinfeccion Ambiental.
CGPC:
Centro de Gestión y Participación Comunal de la Ciudad Autónoma de Bs. As.
|
CIA:
Cámara Inmobiliaria Argentina.
COAPLA:
Empresas de Control de Plagas de la Republica Argentina.
CEPRARA:
Cámara de Empresarios Pintores y Restauraciones Afines de la República Argentina
CUCICBA:
Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA.
CUIL:
Clave Única de Identificación Laboral.
CUIT:
Clave Única de Identificación Tributaria.
FAC:
Federación Argentina de Consorcios.
FACARA:
Federación de Asociaciones y Cámaras de Ascensores de la República Argentina.
FAPHRA:
Federación Nacional de Cámaras y Asociaciones de Administradores de Propiedad Horizontal de la República Argentina
FATERyH:
Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal.
FECIBA:
Federación Económica de la Ciudad de Buenos Aires.
FEDECO:
Federación de Asociaciones de Consorcios.
FRA:
Fundación Reunión de Administradores.
ICI:
Instituto de Capacitación Inmobiliaria.
INADI:
Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo.
IxE:
Indignados por expensas.
LCPH:
Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal.
RCD:
Red de Consorcistas Damnificados.
ReDeCo:
Reafirmación de los Derechos del Consorcista.
SEARA:
Sindicato Empleados de Administradoras de la República Argentina.
SERACARH:
Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal.
SiPreBA: Sindicato de Prensa de Buenos Aires.
SUTERH:
Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal.
UADI:
Unión Administradores de Inmuebles.
UCRA:
Unión de Consorcistas de la República Argentina.
UITEC:
Unión Iberoamericana de Trabajadores de Edificios y Condominios.
ULAI:
Unión Latinoamericana de Administradores e Inmobiliarias.
UMIPH:
Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal.
UPA - Unión Porteña de Administradores.
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Boletín
de Pequeñas Noticias
1º
Edición
Nº DCCXLII
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gráfico: María Auxiliadora Caceres Quinde
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