¿Paritarias
2024 en riesgo?
Santa
María sugirió que podría haber impedimentos
A
la espera de que no suceda, abrió la posibilidad de que la
Secretaría de Trabajo intervenga acotando el nivel de
aumentos que reciben los encargados de edificios
Sin embargo, otros gremios ya acordaron incrementos
salariales
En esta paritaria se les retendrá a los trabajadores lo
acordado en el artículo 19º bis.
[BPN-15/02/24]
El pasado 9 de febrero Víctor Santa María,
titular del SUTERH (Sindicato Único
Trabajadores Edificios Renta y Horizontal), dejó
entrever que el gobierno de Javier Milei podría
impedir acordar en paritarias libres el salario de los
trabajadores de edificios con las cámaras del sector.
Al
esperar que no suceda, abrió la posibilidad de que la Secretaría
de Trabajo (ST) pueda intervenir en el nivel de
aumentos que reciba el sector...
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Paritarias
2024
El
curso del SERACARH aumentó un 463%
Pasó
de costar 5.320 pesos por trabajador a 30 mil
Este año representaría un ingreso para el SERACARH de más de 1.500
millones de pesos o casi tres millones de dólares
Desde su creación costó a los consorcistas más de 37 millones de
dólares.
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Registro Público
de Administradores porteño
Siguen en el podio
las infracciones a los artículos 9º, 10º y 12º
Durante el 2023
las multas por incumplimientos de las obligaciones del administrador se
mantuvieron en el primer puesto
Le siguieron las infracciones por las liquidaciones de expensas y la falta
de declaraciones juradas.
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Apertura
de causas judiciales por expensas
Disminuyeron
levemente los juicios por expensas
Durante
el año pasado se iniciaron 3.290 juicios por expensas mientras que
durante 2022 se abrieron 3.466
La disminución fue del 5%
Este índice es uno de los indicadores del nivel de dificultades por las
que puede atravesar la clase media.
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Registro
Público de Administradores de Consorcios
Primera
fiscalización masiva del RPAC bonaerense
El
RPAC quiere saber por qué los que se inscribieron no solicitaron su
certificado de acreditación
Este mes se cierre la última ventana para inscribirse sin multas
Propondrá que esas multas vayan al Estado y no a los consorcios.
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Registro
Público de Administradores bonaerense
"No
somos responsables de los administradores que no cumplen"
Los
presidentes de dos entidades de consorcistas rechazaron terminantemente
que los consorcistas sean solidaria e ilimitadamente responsables de los
administradores no registrados
Así respondieron a declaraciones del director del RPAC bonaerense.
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ENRE
Los
consorcios deberán instalar correctores de factor de potencia
El
Ente Nacional Regulador de la Electricidad estableció que los consorcios
deberán instalar "correctores de factor de potencia" para
mejorar la eficiencia con la que los edificios utilizan la energía
eléctrica
La norma en 5 puntos breves, su costo y sus beneficios.
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Gobierno
de la Ciudad de Buenos Aires
Otro
año con más ascensores, calderas e instalaciones fijas
Durante
el 2022 en la Ciudad de Buenos Aires subió levemente la cantidad de
ascensores, un poco más pronunciada la cantidad de calderas y pegó un
salto la de instalaciones fijas contra incendios
Este año sus obleas recaudarán más de un millón y medio de dólares.
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Salario
Mínimo Vital y Móvil
Se
convocó el Consejo del SMVM para hoy jueves
La
ministra de Capital Humano finalmente resolvió convocar a los integrantes
del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo,
Vital y Móvil
Fue el resultado de presiones constantes realizadas por la CGT y las dos
fracciones de la CTA
¿Cómo incide el SMVM en la vida consorcial?
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Índice
de escalas salariales de encargados de edificios
Las
escalas siguen perdiendo
Si
hasta fin de febrero no se firma algún acuerdo nuevo, este mes las
escalas salariales de los encargados de edificios perderán fuertemente
contra la inflación mensual, la acumulada anual y la medición interanual
Tampoco el haber mínimo de los jubilados se escapa a este destino,
pierden en los tres frentes.
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Bolsa
de Trabajo
Avisos
Clasificados
OFRECIDOS
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Registro
Público de Administradores porteño
El
año pasado bajó levemente la cantidad de sanciones dispuestas
Durante
el primer semestre de este año subió la cantidad de sanciones ordenadas
contra administradores de consorcios con respecto al mismo período del
año pasado
Por otra parte, subió sensiblemente su monto total en pesos y en dólares
Descendió la cantidad de disposiciones recurridas a la Justicia.
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Registro
Público de Administradores bonaerense
Ana
María Huertas reclamó que el buscador no funciona
La
presidenta de la ACoPH de
Mar del Plata informó que el buscador de administradores del RPAC no funciona
Pidió también dar más importancia a los consorcistas y trabajar en conjunto para facilitar el control del cumplimiento de la ley.
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Propiedad
horizontal
¡¡¡
El viernes 1º de marzo vuelve Consorcios 360 !!!
Vuelve
a la radio la 2ª temporada de Consorcios 360, el programa periodístico
más escuchado (y visto) de la propiedad horizontal
Es muy esperado porque durante estos meses con Javier Milei como
presidente de la Nación se anunciaron muchos cambios estructurales y es
de suponer que la propiedad horizontal no quedará ajena.
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Propiedad
horizontal
El
Registro Automotor de Acosta y Lara estaría en riesgo
El
gobierno nacional inició un procedimiento para revocar las intervenciones
vigentes o nombrar nuevos interventores en más de un centenar de
registros automotores del país
El expresidente del AIERH y actual CEO del Grupo Octubre es encargado de
un Registro Automotor ubicado en el centro porteño.
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Banco
de la Ciudad de Buenos Aires
Las
cuentas consorcio crecen a un ritmo parejo
Durante
el 2023 las cuentas consorcio del Banco Ciudad crecieron casi un 20% con
respecto al año anterior
La entidad crediticia promueve estas cuentas bajo la consigna
"reducir el gasto bancario de las expensas".
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Comisión
Interna de Página/12
Año
nuevo con problemas viejos
La falta
de soluciones a los problemas salariales renueva las medidas de fuerza en
Página/12
Los trabajadores no recibieron respuestas satisfactorias al petitorio de
emergencia que fue presentado a la patronal por los tiempos de emergencia
económica que se atraviesan.
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Correo de Opinión
Al
más puro estilo argento
por
el Sr. Juan Mauricio Araujo
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Bolsa
de AlquileresInmobiliaria
Avisos
Clasificados
PEDIDOS
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Pequeñas
Noticias
Nosotros
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¿Paritarias
2024 en riesgo?
Santa
María sugirió que podría haber impedimentos
[BPN-15/02/24]
El pasado 9 de febrero Víctor Santa María, titular del SUTERH
(Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal), dejó
entrever que el gobierno de Javier Milei podría impedir acordar en
paritarias libres el salario de los trabajadores de edificios con las
cámaras del sector.
Al
esperar que no suceda, abrió la posibilidad de que la Secretaría de
Trabajo (ST) pueda intervenir en el nivel de aumentos que
reciba el sector.
Textualmente,
Santa María en la cuenta de Facebook "SUTERH Trabajadores de
Edificios" ante la pregunta de un encargado informó [1]:
Mario :
¿...hay novedades sobre las paritarias?
VSM:
Novedades sobre las paritarias no hay todavía, estamos trabajando.
Yo calculo que para el próximo video que hagamos junto con Uds.
vamos a tener ya novedades.
Sí
se está trabajando. Lo único que les puedo decir es eso, que
estamos trabajando fuertemente con las cámaras del sector por el
tema paritario.
Esperemos
que en estos nuevos tiempos libertarios libremente nos dejen acordar
el salario de los trabajadores y trabajadoras y que el Estado a
través de lo que es la Secretaría de Trabajo no intervenga en lo
que tiene que ver con los sueldos, en este caso de este sector. |
Sin
embargo, llamó la atención que otros gremios no estarían pasados por
estas dificultades. Inclusive algunos cerraron acuerdos por valores que a
primera vista parecen altos.
Quedaría
por aclarar qué habría de especial para el Gobierno Nacional en un gremio
cuyas paritarias -salvo alguna excepción- siempre fueron pacíficas.
En
otros gremios y a modo de ejemplo, el 1º de febrero medios nacionales
informaron que en las últimas semanas llegaron a acuerdos paritarios los
farmacéuticos (91%), seguros (54%), carga y descarga (51%), petroleros
(47%), bancarios (43%), aceiteros (41%), camioneros (33%), comercio (30%),
UOM (25%) y UOCRA (20%). Los acuerdos a los que llegaron estos diez
gremios estuvieron ajustados a la inflación [2].
Inclusive
Página/12, el diario de Santa María, a fines de 2023 había
informado que nueve gremios habían concretado aumentos en enero 2024
agregando que esos acuerdos contemplaron revisiones mensuales de acuerdo
al Índice de Precios al Consumidor del INDEC [3].
El
descuento del 19º bis.
En
otro orden de cosas en estas paritarias a los trabajadores nuevamente se
les aplicará el descuento del aporte anual que en abril de 2023
estableció el artículo 19 º
bis.
Según
el acuerdo está destinado a un fondo de educación y comunicación y
está administrado por la Federación Argentina de Trabajadores de
Edificios de Renta y Horizontal (FATERyH) [3].
Esta
medida fue resistida por los trabajadores del sector tanto en Rosario como
en CABA [4]
---
[1]
SUTERH Trabajadores de Edificios (Facebook) del 9/02/24: "¿Hay
novedades sobre las paritarias?".
[2]
Ámbito del 1/02/24: "Paritarias
2024: cuáles son los 10 gremios que acordaron aumentos ajustables a la
inflación".
[3]
Página/12 del 22/01/24: "Paritarias:
9 gremios concretaron aumentos en enero 2024 y Comercio sigue en espera".
[4]
BPN Nº 750 del 15/04/23: "¡¡¡
Poniéndo estaba la gansa !!!".
[5]
BPN Nº 752 del 15/05/23: "Protestas
en CABA y Rosario contra el artículo 19 bis".
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Paritarias
2024
El
curso del SERACARH aumentó un 463%
[BPN-15/02/24]
Este año el Curso del SERACARH [1] que obligatoriamente deben
realizar los encargados de edificios aumentó un 463,9% con respecto al
2022. Pasó de costar 5.320 pesos por trabajador a 30 mil pesos. Aumentó
en un 5.900% desde que se creó en 2012 y se lo impuso con un valor de 500
pesos.
Es
de destacar que esta obligación -mientras en la CABA se modificó a bienal- en
provincia de Buenos Aires nació como anual.
Para
tener una idea de proporciones, el curso para administrar consorcios de la
UTN que consta de tres módulos y 12 unidades con una carga horaria total
de 90 hs. cuesta 87.699 pesos (casi tres cursos del SERACARH). El que
dicta la Liga del Consorcista de tres meses que permite administrar
consorcios en CABA y PBA cuesta 69 mil pesos (poco más de dos cursos del
SERACARH) y el que dicta Capacitarte con una carga horaria de 18 hs. (3
jornadas de 6 hs.) cuesta 23.700 pesos al contado (menos de un curso del
SERACARH).
De
acuerdo a los datos proporcionados por el Ministerio de Trabajo durante el
2023 hubo en promedio 54.760 puestos de trabajo en la propiedad horizontal
en todo el país. La CABA y la provincia de Buenos Aires –los dos
distritos donde es obligatorio este curso- representan el 90,49% de esa
cantidad.
O
sea que si este año se mantienen esos números y cada uno de esos
encargados realiza el curso, el SERACARH recaudará sólo por este
concepto casi mil quinientos millones de pesos o casi dos millones de
dólares según su cotización oficial [2].
En
total, desde su creación el curso habría costado a los consorcistas
porteños más de 30 millones de dólares o 2.242 millones de pesos.
Año |
Valor |
Puestos
de Trabajo |
Costo
en $ |
Costo
en u$s |
2012 |
500 |
46.678 |
23.338.985,5 |
5.132.057,6 |
2013 |
500 |
46.620 |
23.309.752,5 |
4.269.477,5 |
2014 |
700 |
35.390 |
24.772.703,7 |
3.052.459,8 |
2015 |
850 |
35.875 |
30.494.163,3 |
3.291.250,0 |
2016 |
1.050 |
37.696 |
39.580.751,2 |
2.666.618,0 |
2017 |
1.450 |
39.599 |
57.417.961,3 |
3.448.154,1 |
2018 |
1.600 |
39.489 |
63.182.637,6 |
2.240.878,6 |
2020 |
3.800 |
40.521 |
153.977.911,4 |
2.146.603,0 |
2022 |
5.320 |
40.127 |
213.475.251,6 |
1.598.382,6 |
2023 |
12.000 |
10.492 |
125.904.396,2 |
414.835,5 |
2024 |
30.000 |
49.552 |
1.486.565.858,5 |
1.806.908,1 |
Totales: |
|
|
2.242.020.372,9 |
30.067.624,9 |
En
la tabla se puede apreciar que desde 2012 hasta 2022 se tomaron los
puestos de trabajo sólo de CABA (71,3% del total nacional), en 2023 se
agregaron los puestos de trabajo de provincia de Buenos Aires (19,2% del
total) y en 2024 los correspondientes a CABA y PBA (90,49% del total).
En
provincia de Buenos Aires
En
este caso el curso del SERACARH se impuso vía Ley 14.701 que creó el Registro
Público de Administradores de Consorcios (RPAC) bonaerense. En
su artículo 9º bajo el título "Seguridad e higiene" ordenó:
Los
administradores de consorcios deberán arbitrar los medios para
asegurar que los trabajadores habituales del consorcio
asistan a cursos de capacitación sobre seguridad e higiene, al
menos una vez por año, cuyo dictado estará a cargo
de instituciones especializadas conformadas por representantes
de todos los sectores de la actividad oficialmente reconocidos por
el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de La Nación.
El curso deberá involucrar, como mínimo, los siguientes tópicos:
prevención de accidentes; orden y limpieza; medidas de prevención
de accidentes e incendios; normas de evacuación de edificios y
primeros auxilios. |
Varios
puntos a destacar:
1.-
Marcos Hernández, director del RPAC, expresó en repetidas
oportunidades que el curso se impondrá no sólo a los trabajadores
encuadrados en el SUTERH sino también a todos los trabajadores habituales
del consorcio no importa en qué gremio estén. Esto ampliará la
base de recaudación aunque para los consorcistas será casi imposible
saber en cuánto.
2-
Igual que en CABA, de la forma en que está redactado hay una sola entidad
que cumple todos los requisitos, la creada por las históricas entidades
que firman las paritarias del sector.
3.-
Como se adelantó, en provincia de Buenos Aires el curso es anual y no
bienal como en CABA.
En
CABA
Es
de recordar que el 30 de agosto de 2018, la Legislatura porteña aprobó
la Ley 6.004 que modificó la Ley 4.803 (Ley Zago) y a partir de
ese momento se obligó a los consorcios a pagar a sus encargados un curso
en el SERACARH sobre "Higiene, seguridad y medidas de prevención
contra incendios" cada dos años en lugar de uno. De hecho, durante el
2019 y 2020 los encargados estuvieron eximidos de asistir a ese curso.
El
Ejecutivo fundamentó este cambio en la frecuencia del curso del SERACARH
por cuatro razones:
1.-
"La experiencia desarrollada en el ejercicio a nivel local de la Ley
N° 941 indica que el contenido de los mismos se repite año tras año sin
aportar en lo sustancial nuevas experiencias para los encargados y
generando gastos excesivos para el consorcio".
2.-
"La capacitación y educación en materia de propiedad horizontal, en
lo que hace a temas de seguridad y reducción de riesgos, debe
actualizarse de forma práctica y beneficiosa sin redundar en actividades
repetitivas y dispendiosas".
3.-
"Resulta indispensable disminuir la frecuencia de las capacitaciones
fijando su obligatoriedad cada dos años" [3].
El
SERACARH está compuesto por las tres entidades de administradores que
representan a los consorcios en paritarias (AIERH [4], CAPHyAI
[5] y UADI [6]) y la FATERyH (Federación Argentina de
Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal).
Antecedentes
El
28 de noviembre de 2013, la Legislatura porteña aprobó un proyecto de
ley del legislador Oscar Zago –por entonces del bloque PRO y ahora de
"La Libertad Avanza "- que obliga a los administradores de
propiedad horizontal a "exhortar" al personal de cada uno de los
consorcios que administra a concurrir anualmente a una capacitación
"sobre higiene, seguridad y medidas de prevención contra
incendios". La Dirección General de Defensa y Protección del
Consumidor (DGDyPC) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires será la
autoridad de aplicación de la norma.
Según
el texto de la ley, dicha capacitación "deberá ser dictada por una
institución especializada, conformada por representantes de todos los
sectores de la actividad reconocidos por el Ministerio de Trabajo, Empleo
y Seguridad Social de la Nación, a efectos de asegurar la plena
representación de la totalidad de los intereses involucrados en la labor
prestada en los edificios de propiedad horizontal" [7].
Al
momento de escribir esta nota todavía sólo el SERACARH está en
condiciones de cumplir estos requisitos
---
[1]
SERACARH: Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad
de Rentas y Horizontal.
[2]
Para el cálculo del promedio del valor dólar oficial de cada período
mencionado se promediaron todas sus cotizaciones diarias actualizado al
30/01/23.
[3]
BPN Nº 639 del 10/09/18: "El
curso del SERACARH desde ahora será cada dos años".
[4]
AIERH: Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal.
[5]
CAPHyAI: Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades
Inmobiliarias.
[6]
UADI: Unión Administradores de Inmuebles.
[7]
BPN Nº 510 del 4/12/13: "El
curso del SERACARH tiene su propia ley" y BPN Nº 513 del
23/01/14: "La
Ley Zago se aprobó casi sin debate".
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Registro Público
de Administradores porteño
Siguen en el podio
las infracciones a los artículos 9º, 10º y 12º
[BPN-15/02/24]
Durante el 2023 el 80% de las sanciones contra los administradores por
infracciones contra la Ley
941 (Registro Público
de Administradores porteño) fueron por violaciones contra los
artículos 9º (Obligaciones del administrador) y 10º (Liquidaciones
de expensas), correspondiendo el 54% al primero y el 26,3% al segundo.
Ley |
Artículo |
2022 |
2023 |
2022
(%) |
2023
(%) |
941 |
9º |
1145 |
653 |
48,8 |
54,0 |
941 |
10º |
778 |
318 |
33,2 |
26,3 |
941 |
12º |
229 |
105 |
9,8 |
8,7 |
941 |
15º |
92 |
48 |
3,9 |
4,0 |
941 |
11º |
85 |
77 |
3,6 |
6,4 |
941 |
6º |
8 |
6 |
0,3 |
0,5 |
757 |
9º |
5 |
2 |
0,2 |
0,2 |
757 |
17º |
2 |
1 |
0,1 |
0,1 |
Total |
|
2.344 |
1.210 |
100,0 |
100,0 |
En
la tabla se observa que mientras que en 2022 las infracciones al artículo
9º representaron el 48,8% del total de ese año en 2023 ese porcentaje
subió al 54%. Por otra parte, las infracciones al artículo 10º bajaron
de un 33,2% al 26,3%.
Otro
punto que se destacó fue que las multas por infracciones al artículo
11º (Requisitos para contratar) subieron de 3,6% al 6,4%.
Así
surgió del estudio de las 454 disposiciones sancionatorias contra 464
administradores publicadas en el Boletín Oficial durante el 2023.
Es
de resaltar que una disposición sancionatoria puede ser ordenada contra
más de un administrador y que la sanción puede ser por la infracción a más
de un artículo tanto de la Ley 941 como de la 757.
Artículo
9º (Obligaciones del administrador)
Las
multas por infracción al inciso ‘b’ del artículo 9º de la Ley 941
-conservación de las partes comunes y el cumplimiento de la normativa
vigente- encabezó el podio con 255 infracciones, el 39,1% del total.
ARTÍCULO
9º |
Inciso |
Cantidad |
Porcentaje |
b |
255 |
39,1 |
f |
140 |
21,4 |
j |
79 |
12,1 |
a |
35 |
5,4 |
h |
31 |
4,7 |
e |
28 |
4,3 |
l |
17 |
2,6 |
k |
17 |
2,6 |
d |
11 |
1,7 |
g |
10 |
1,5 |
p |
8 |
1,2 |
r |
7 |
1,1 |
q |
6 |
0,9 |
t |
4 |
0,6 |
c |
3 |
0,5 |
i |
2 |
0,3 |
Totales |
653 |
100 |
Le
siguieron las infracciones al inciso ‘f’ -conservar la documentación
del consorcio y garantizar el libre acceso de los consorcistas a la misma-
con 140 sanciones, las infracciones al inciso ‘j’ -convocar a las
asambleas ordinarias o extraordinarias- con 79 sancionados, las
violaciones al inciso ‘a’ –ejecutar las decisiones de la asamblea-
con 35 faltas, las infracciones al inciso ‘h’ -depositar los fondos
del consorcio en una cuenta bancaria a nombre del consorcio- con 31
sanciones, las infracciones al inciso ’e’ -llevar actualizado el libro
de Registro de Firmas- con 28 sanciones y a los incisos ‘l’ -los
recibos de pagos de expensas- y ‘k’ –poner a disposición la
documentación- con 17 sanciones.
Artículo
10º (liquidaciones de expensas)
Este
artículo detalla pormenorizadamente con qué elementos deben constar en las
liquidaciones de expensas.
En
primer lugar, se encuentra el inciso 'e' –servicios y abonos a
contratistas - con 79 infracciones.
ARTÍCULO
10º |
Inciso |
Cantidad |
Porcentaje |
e |
79 |
24,8 |
f |
59 |
18,6 |
i |
52 |
16,4 |
a |
35 |
11,0 |
h |
32 |
10,1 |
d |
20 |
6,3 |
b |
19 |
6,0 |
g |
18 |
5,7 |
c |
4 |
1,3 |
Totales |
318 |
100 |
En
segundo lugar, el inciso ‘f’ -detalle de pagos por seguros- con 59
infracciones.
En
el tercer puesto se encuentra el inciso ‘i’ -incluir el resumen de
movimientos de la cuenta bancaria- con 52 infracciones.
Al
cuarto puesto accedió el inciso ‘a’ –falta de datos del
administrador- con 35 infracciones.
Por
último, las faltas por infracción al inciso ‘h’ –volcar a la
liquidación datos de los juicios del consorcio- se posicionó en el
quinto puesto con 32 faltas
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BUSCO
DEPARTAMENTO DE PORTERÍA: Se busca para alquilar departamento de
portería (sin expensas) o PH pequeño en
CABA - Mujer sola, sin hijos ni mascotas, con trabajo estable y en
blanco - Se agradece información al (11) 6954-7538
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Apertura
de causas judiciales por expensas
Disminuyeron
levemente los juicios por expensas
[BPN-15/02/24]
Durante el año pasado se iniciaron 3.290 juicios por ejecuciones de
expensas mientras que durante el 2022 se abrieron 3.466 causas. Esto
representa una disminución del -5,08% en un año (-176 casos).
Expedientes
Ingresados |
Año |
Cantidad |
Diferencia |
Diferencia
% |
2021 |
4.676 |
1385 |
42,08 |
2022 |
3.466 |
-1210 |
-25,88 |
2023 |
3.290 |
-176 |
-5,08 |
Teniendo
en cuenta que la apertura de causas por ejecuciones de expensas es uno de
los indicadores posibles del nivel de dificultades por las que puede atravesar
la clase media, la redacción de Pequeñas Noticias tuvo la
curiosidad de ver cómo evolucionaron las ejecuciones de expensas según la
gestión de cada gobierno nacional. Como dispone de la cantidad de
apertura de causas desde 1989 calculó los promedios de cada gestión.
En
el gráfico se puede apreciar que la mayor cantidad de apertura de causas
se dio durante la gestión de Eduardo Duhalde (2001-2002) como
consecuencia directa de la crisis del 2001 y la menor durante la
presidencia de Alberto Fernández (2019-2023).
Presidente |
Promedio |
Gestion |
Carlos
Saúl Menem |
4.112 |
(1989-1999) |
Fernando
de la Rúa |
7.736 |
(1999-2001) |
Adolfo
Rodríguez Saá |
S/d |
(2001-2001) |
Eduardo
Duhalde |
9.042 |
(2001-2002) |
Néstor
Kirchner |
4.865 |
(2003-2007) |
Cristina
Fernández de Kirchner |
3.694 |
(2007-2015) |
Mauricio
Macri |
4.453 |
(2015-2019) |
Alberto
Fernández |
3.681 |
(2019-2023) |
Los
números de apertura de causas por expensas expresan la cantidad de
primeras asignaciones registradas en primera instancia del Fuero Nacional
en lo Civil con objeto de juicio registrado "Ejecución de
expensas". Así lo informó la Oficina de Estadísticas de la
Dirección General de Planificación del Consejo de la Magistratura.
La
odisea de obtener datos
Los
datos de este informe fueron provistos: desde 1989 hasta el 2001 por el
sitio de la Liga del Consorcista, desde el 2002 hasta el 2012
fueron publicados periódicamente en el sitio del Poder Judicial de la
Nación (PJN), desde el 2013 hasta el 2019, Andrés Zulberti,
coordinador de la Comisión de Consorcios de la Comuna 3, los
solicitó y recibió periódicamente del PJN por correo electrónico.
Sin
embargo, desde mediados de 2019 hasta enero de 2024 le fue prácticamente
imposible recibir esos datos ni del Consejo de la Magistratura ni de la
Suprema Corte de Justicia.
Finalmente,
luego de 4 años y 8 meses de reclamar semanalmente en casi todos los
estamentos posibles del PJN, el director general de Tecnología del
Consejo de la Magistratura de la Nación le brindó "las
cantidades de expedientes iniciados con objeto de juicio 193 (Ejecución
de Expensas) en la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de los
años 2013 al 2022 en forma anual"
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Registro
Público de Administradores porteño
El
año pasado bajó levemente la cantidad de sanciones dispuestas
[BPN-15/02/24]
Durante el año pasado bajó un -20% la cantidad de multas ordenadas por
la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor (DGDyPC)
porteño contra administradores de consorcios por infracciones a la Ley
941 (Registro Público de Administradores porteño). En 2023 se
ordenaron 457 disposiciones sancionatorias mientras que en 2022 fueron
562. De esas 457 la mayoría fueron multas económicas (445) mientras que
1 fue un apercibimiento. El año pasado se ordenaron también 11
sobreseimientos.
Disposiciones
Sancionatorias |
Año |
Sancionatorias |
Exculpatorias |
2018 |
457 |
22 |
2019 |
507 |
8 |
2020 |
428 |
6 |
2021 |
483 |
10 |
2022 |
557 |
5 |
2023 |
446 |
11 |
A
diferencia de otros análisis que realiza la redacción de Pequeñas
Noticias sobre las disposiciones sancionatorias, en este caso se
analizaron las firmadas o dispuestas durante
2023 aunque no hayan sido publicadas. Los tres datos que la
DGDyPC proporciona (fecha, Nº de disposición y monto de la sanción)
permite obtener varios datos de interés para la comunidad consorcial.
Desde
que Pequeñas Noticias lleva este registro, la DGDyPC ordenó en
promedio 490 disposiciones anuales. El año que menos sanciones dispuso
fue en 2020 (428+6=434) mientras que la mayor cantidad fue en 2022
(557+5=562).
Por
último, y como dato de color, el 56% de las disposiciones que se firmaron
el año pasado fueron un martes o un jueves
mientras que el 44% restante se repartió entre los lunes, miércoles y
viernes.
En
pesos
Las
446 multas económicas sumaron más de 52 millones de pesos lo que
representó un incremento del 26,96% con respecto al año anterior en el
que se recaudaron más de 41 millones de pesos por este concepto.
Disposiciones
Sancionatorias |
Año |
Sancionatorias |
Monto
$ |
2018 |
457 |
14.954.868 |
2019 |
507 |
20.051.062 |
2020 |
428 |
23.339.167 |
2021 |
483 |
28.116.786 |
2022 |
557 |
41.076.817 |
2023 |
446 |
52.151.574 |
Total |
2.878 |
179.690.273,85 |
La
multa promedio del año pasado fue de 116.932 pesos mientras que la de
2022 fue de 73.747 pesos. Teniendo en cuenta que la inflación de un año
a otro fue de un 211,40% se observa que en pesos el valor real de la multa
promedio descendió 152,84 puntos porcentuales.
En
dólares
Convirtiendo
los pesos de cada multa al valor promedio del dólar oficial de ese mes,
durante el año pasado el Gobierno de la CABA recaudó en concepto de
multas más de 195 mil dólares lo que representó una disminución del
-38,71% con respecto al año anterior. En 2022 dispuso multas por más de
319 mil dólares.
Disposiciones
Sancionatorias |
Año |
Sancionatorias |
u$s |
2018 |
457 |
557.754,01 |
2019 |
507 |
423.002,80 |
2020 |
428 |
330.164,39 |
2021 |
483 |
288.760,67 |
2022 |
557 |
319.416,84 |
2023 |
446 |
195.785,47 |
Total |
2.878 |
2.114.884,18 |
En
dólares se confirma que las multas no siguen el ritmo de la inflación,
mientras que la sanción promedio del año pasado fue de u$s 440 durante
el 2022 fue de u$s 577 o sea que su valor descendió casi un -23,69%.
Publicadas
en el BO
Durante
el 2023 se publicaron en el BO 377 de las 446 disposiciones ordenadas y
faltó publicar un 17,51% (80 disposiciones).
Año |
Cantidad |
Publicadas |
Faltan
Publicar |
% |
2018 |
479 |
249 |
230 |
48,02 |
2019 |
515 |
182 |
333 |
64,66 |
2020 |
434 |
235 |
199 |
45,85 |
2021 |
493 |
390 |
103 |
20,89 |
2022 |
562 |
462 |
100 |
17,79 |
2023 |
457 |
377 |
80 |
17,51 |
Total |
2.940 |
1.895 |
1.045 |
64,46 |
Durante
2023 en promedio una disposición sancionatoria demoraba en ser publicada
en el Boletín Oficial 5 meses y 20 días en contraste con los 10 meses,
20 días que demoraba en 2022. Por su parte Carlos Lionel Traboulsi,
el nuevo director general de DyPC, prometió que esos tiempos serían
acelerados.
La
judicialización
Se
observó que el año pasado bajó significativamente la cantidad de
presentaciones de administradores de consorcios ante la justicia para
revocar las sanciones.
Año |
Disposiciones |
Judicializadas |
No
recurridas |
% |
2018 |
457 |
116 |
341 |
25,4 |
2019 |
507 |
117 |
390 |
23,1 |
2020 |
428 |
24 |
404 |
5,6 |
2021 |
483 |
102 |
381 |
21,1 |
2022 |
557 |
127 |
430 |
22,8 |
2023 |
446 |
79 |
367 |
17,7 |
Luego
de una racha alcista de tres años el número de apelaciones fue el menor
desde 2020, año inicial de la pandemia.
Actualmente
el Registro Público de Administradores (RPA) porteño está
coordinado por Diego Sarrabayrouse, depende de Defensa y
Protección del Consumidor cuya director general desde el 10 de
diciembre de 2023 es Carlos Traboulsi y su superior directo es
desde enero de 2024 la Subsecretaria de Servicios al Ciudadano (Facundo
Bargalló Benegas) y ésta a su vez de la Secretaría de Gobierno y
Vínculo Ciudadano (César Ángel Torres)
---
[1]
El valor del dólar mensual se calculó promediando todas las cotizaciones
de tipo vendedor y vendedor de cada día que operó el mercado de cambio
de ese período.
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Registro
Público de Administradores de Consorcios
Primera
fiscalización masiva del RPAC bonaerense
[BPN-15/02/24]
El pasado 3 de febrero el director general del Registro Público de
Administradores de Consorcios (RPAC) bonaerense, Marcos
Hernández, comunicó a este medio que inició la primera
fiscalización masiva a 907 administradores de consorcios que estando
inscriptos no solicitaron sus certificados de acreditación. Días antes
había informado que en total había 1.340 mandatarios inscriptos.
Hernández
entiende que estos administradores o no están trabajando o no cumplen con
lo establecido en el artículo 6º de la Ley 14.701 (RPAC) que reza:
"El administrador [...] debe presentar ante el consorcio el
certificado de acreditación, en la asamblea ordinaria o extraordinaria
que se realice a fin de considerar su designación o continuidad".
Les
otorgó un plazo legal para realizar sus descargos o justificaciones y –según
lo informado en ese momento- esos plazos se están venciendo.
Severas
multas
En
otro orden de cosas, dispuso una última ventana en febrero para
inscribirse sin multas.
Quienes
no aprovechen esta oportunidad y se inscriban en marzo recibirán una
multa de un salario (307.161 pesos) [1].
Los
que lo hagan en abril recibirán una multa de dos salarios (614.322 pesos)
y en mayo de tres salarios (921.483 pesos).
Estos
valores corresponden a enero y todo hace suponer que en marzo, abril y
mayo serán superiores.
Los
infractores y sus cómplices
Por
otra parte, comunicó que va a proponer que los beneficiarios de las
multas no sean los consorcios sino el Estado porque considera cómplices a
los consorcios que "permiten el accionar de un administrador no
matriculado".
Es
de recordar que –entre cosas- el artículo 17º de la Ley 14.701
ordenó: "Las multas {establecidas en este artículo] son en
beneficio del consorcio debiendo ser depositadas en la cuenta bancaria de
su titularidad".
Informes
de deudas inválidos
Por
último, Hernández ordenó que los únicos informes de deuda y
certificados de deuda para ejecución de expensas sean válidos sólo si
son emitidos por administradores con matrícula vigente
---
[1]
Escalas salariales SUTERH de enero
2024.
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Registro
Público de Administradores bonaerense
Ana
María Huertas reclamó que el buscador no funciona
Ana
María Huertas, presidenta de la Asociación de Consorcistas de la
Propiedad Horizontal de Mar del Plata [Foto archivo Pequeñas Noticias]
[BPN-15/02/24]
El pasado 31 de enero la presidenta de la Asociación de Consorcistas
de la Propiedad Horizontal (ACoPH) de Mar del Plata
informó al director de Registro Público de Administradores de
Consorcios (RPAC) bonaerense que el buscador de administradores
del RPAC no funciona y le solicitó que proporcione la lista de
administradores ya inscriptos en el partido de Gral. Pueyrredón.
Le
pidió también dar más importancia a ACoPH y trabajar en conjunto para
facilitar el control del cumplimiento de la ley. Le reprochó que "se
le da más importancia a la Cámara de Administradores de Mar del
Plata" aunque "la gran mayoría de ellos hacen caso omiso a esta
ley". Le recordó que los únicos dueños de los consorcios son los
consorcistas que son los que pagan las expensas, los impuestos y todo lo
que tenga que ver con leyes y ordenanzas. Que los administradores son
"simplemente" los mandatarios de los consorcios y cobran
honorarios para hacer dicho trabajo.
Dos
días después el funcionario de Personas Jurídicas de la Provincia de
Buenos Aires le respondió desmintiendo que el buscador del RPAC no
funcione aunque ofreció un correo electrónico para consultar los
administradores que están o no registrados.
Por
su parte, la redacción de Pequeñas Noticias realizó una breve
verificación del buscador con el CUIT y la razón social de algunos
administradores comprobadamente inscriptos y no arrojó resultados
satisfactorios.
Con
respecto a los administradores no matriculados Hernández respondió que
"a esta altura no deberían existir" y recargó la
responsabilidad en los consorcistas afirmando que "los consorcistas a
los que usted representa no deberían permitirlo" y que "si lo
permiten son cómplices".
Hernández
se basó en el artículo 167º del parágrafo 3º que trata sobre la
disolución y/o la liquidación de las personas jurídicas privadas (en
general empresas comerciales) tratadas en la sección 3º del Título II
titulado "Personas Jurídicas" del Código Civil y Comercial de
la Nación (CCyC).
Éste
textualmente reza:
...En
caso de infracción responden ilimitada y solidariamente sus
administradores y aquellos miembros que, conociendo o debiendo
conocer la situación y contando con el poder de decisión necesario
para ponerle fin, omiten adoptar las medidas necesarias al efecto. |
Este
argumento difundido últimamente por Hernández en otros ámbitos fue
rechazado tanto por Eduardo Awad, titular de la Asociación de
Propietarios, Consorcios y Consorcistas de la RA, como por Huertas
quién se asesoró con el Dr. Juan Antonio Costantino [ ver
nota].
Al
pedido de Huertas de trabajar en conjunto para facilitar el control del
cumplimiento de la ley, Hernández le ofreció su número de teléfono y
correo electrónico para "mantener un diálogo fluido y
constructivo".
La
carta de Ana María Huertas
[1]
Buen
día Dr. Marcos:
Lamento
tener que molestarlo pero realmente en Mar del Plata los
propietarios por medio de la Asociación no podemos averiguar los
administradores ya que el CUIT/CUIL que figura en las liquidaciones
de expensas -cuando lo ingresamos para saber si están inscriptos-
no sale nada.
Lamentamos
mucho que una Ley que la peleamos mucho desde la entidad y cuando
logramos que nuestro Gobernador la reglamente a gran mayoría de los
administradores de nuestra ciudad no podemos encontrarlos en el
registro por lo cual sería muy bueno si el RPAC nos considerara y
nos enviara un listado de los que están registrados en el partido
de Gral. Pueyrredón.
[Los
administradores] siguen realizando las expensas como ellos quieren y
no como dice la Ley 14701, no dan información.
Yo
particularmente luche mucho por esta ley. El único interés que
siempre me movió a ello fue que la administración de consorcios
fuera transparente y respetaran nuestros derechos, pero parece ser
que se le da más importancia a la Cámara de Administradores de Mar
del Plata y la gran mayoría de ellos hacen caso omiso a esta ley.
Tenemos
y tienen que entender que los únicos dueños de nuestros consorcios
somos nosotros, los que pagamos las expensas, los impuesto y todo lo
que tenga que ver con leyes y ordenanzas y ellos son simplemente
nuestros mandatarios y cobran honorarios para hacer dicho trabajo.
Por
eso le pido por favor que se nos dé más importancia a nuestra
asociación y que trabajemos en conjunto y nos faciliten las cosas.
También
sé que en Personas Jurídicas de Mar del Plata se preguntan porque
los libros no se registran por su intermedio para su certificación
que sale mucho más baratos (porque eso también lo paga el
consorcio).
Tal
vez [Ud.] esté molesto conmigo pero siempre fui sincera con todo
funcionario porque siempre defendí a los propietarios siempre le
pregunte a todo funcionario del partido que sea si alguna vez
escucharon que un administrador se fundió. Yo no sé pero si se de
personas que perdieron su departamentos que luego terminaban en la
liguilla y compraban los que ellos decidían y, ¿sabe doctor?
siempre lo hice a ad-honorem y sin recibir ningún subsidio.
Espero
me pueda responder pronto para poder saber cómo le podremos
explicar a los consorcistas.
Desde
ya muchas gracias y lo saludo con mi más distinguida
consideración. |
La
carta de Marcos Hernández
[1]
Estimada
Ana María,
Le
escribo en respuesta a su correo electrónico. Me alegro de que haya
decidido contactarme por este medio [...]. Tengo mi número de
teléfono y mi correo electrónico a su disposición para mantener
un diálogo fluido y constructivo.
Respecto
a sus preguntas:
Buscador
de administradores: El buscador funciona con las CUIT que están
registradas. Si un administrador no está matriculado nunca
aparecerá en los resultados. Si tiene alguna duda, puede enviarme
ese listado de CUIT y yo lo revisaré. Si no desea hacerlo conmigo
puede escribir a informesrpac@mjus.gba.gob.ar
y ellos le responderán.
Administradores
no matriculados: A esta altura, no deberían existir administradores
no matriculados. Los consorcistas a los que usted representa no
deberían permitirlo. Si lo permiten son cómplices. Le transcribo
el último párrafo del artículo 167º del Código Civil y
Comercial de la Nación para que pueda asesorar a los consorcistas
con todos los alcances:
"En
caso de infracción responden ilimitada y solidariamente sus
administradores y aquellos miembros que, conociendo o debiendo
conocer la situación y contando con el poder de decisión necesario
para ponerle fin, omiten adoptar las medidas necesarias al
efecto".
La
ley se presume conocida para TODOS y es obligatoria para TODOS, no
solo para los administradores. Con el voto en la asamblea, ustedes
pueden exigir que los administradores se consideren designados solo
si resultan matriculados y que deben presentar el certificado del
artículo 6º de la Ley 14.701.
Respecto
al RPAC:
Coincido
con usted en toda la fuerza que le han puesto para la puesta en
vigencia del RPAC pero ello conlleva el cumplimiento de todos los
artículos de la ley, no solo los que van respecto de los
administradores. Los consorcistas también están alcanzados y
tienen la obligación de no elegir ni sostener en funciones a un
administrador no matriculado. Ahí comienza el problema.
Respecto
a la rúbrica:
El
sistema de rúbrica es el que se ha consagrado para respetar la
equidad entre todos los consorcios, respetando el artículo 11º de
la Constitución de la provincia de Buenos Aires.
Ustedes
tienen la comodidad de tener la Delegación de Personas Jurídicas
en la misma ciudad, pero ¿qué pasa con la gente de Miramar o
Balcarce, que deberían llevar los libros hasta Mar del Plata? O
peor aún, los de Pinamar, Villa Gesell o Partido de la Costa, que
deberían llevarlos hasta Dolores. ¿Quién debería afrontar esos
gastos de movilidad y riesgo? Sostenemos que la forma en que se ha
determinado el proceso de rúbricas es la que más respeta a nuestra
identidad bonaerense, en sus distancias y funcionamiento.
Le
envío un cordial saludo, con el cariño de siempre. |
---
[1]
Para facilitar su lectura y donde se consideró necesario se modificó la
redacción de las cartas tratando de preservar los conceptos volcados. Los
párrafos que no fueron considerados de interés público fueron
retirados.
|
|
Registro
Público de Administradores bonaerense
"No
somos responsables de los administradores que no cumplen"
Dr.
Eduardo Awad, presidente de Asociación de Propietarios, Consorcios y
Consorcistas (APCCRA)
[BPN-15/02/24]
Los presidentes de dos entidades de consorcistas rechazaron
terminantemente que los consorcistas sean solidaria e ilimitadamente
responsables de los administradores no registrados.
En
un tono más o menos fuerte -según la forma de ser de cada uno-, el Dr. Eduardo
Awad, presidente de Asociación de Propietarios, Consorcios y
Consorcistas (APCCRA), y la Sra. Ana María Huertas,
presidenta de Asociación de Consorcistas de la Propiedad Horizontal
(ACoPH), rechazaron de plano el concepto vertido por el Dr. Marcos
Hernández, director del Registro Público de Administradores de
Consorcios (RPAC) bonaerense.
Éste
a fines del mes pasado había afirmado: "Ordenar el sector no implica
permitir que haya legales e ilegales en la misma situación. Lo pasamos a
nafta [sic]. Ahora... si hay administradores ilegales es porque hay
consorcistas (propietarios) que se lo permiten. Esto lo ordenamos el
sector público más el sector privado. Exige a tu administrador la
matrícula vigente, que facture sus honorarios, que el consorcio tenga su
CUIT y su cuenta bancaria, que tenga los libros completos y rubricados. Los
propietarios son solidaria e ilimitadamente responsables con los
administradores truchos, si teniendo la posibilidad de evitar el
accionar ilegal no lo hacen. La ley aplica para todos, incluso si no
fuiste a la asamblea".
Hernández
se basa en el artículo 167º del parágrafo 3º que trata sobre la
disolución y/o la liquidación de las personas jurídicas privadas -en
general empresas comerciales- tratadas en la sección 3º del Título II
titulado "Personas Jurídicas" del Código Civil y Comercial de
la Nación (CCyC). Éste textualmente reza:
...en
caso de infracción responden ilimitada y solidariamente sus
administradores y aquellos miembros que, conociendo o debiendo
conocer la situación y contando con el poder de decisión necesario
para ponerle fin, omiten adoptar las medidas necesarias al efecto. |
Ana
María Huertas
En
su respuesta, la Sra. Huertas señaló tres puntos: Que el artículo del Código
Civil y Comercial de la Nación (CCyC) -en el que Hernández se
fundamenta- no aplica a la propiedad horizontal, que el RPAC no hizo
ninguna campaña difundiendo los derechos de los consorcistas y finalmente
rechazó que los propietarios sean responsables de los actos de sus
administradores:
No
estoy de acuerdo con el Dr. Hernández. El director del RPAC
fundamenta su opinión en el artículo 167º del CCyC [1]
el cual se refiere a los malos manejos de quienes debía controlar
al administrador de una sociedad que sufrió daños y se debe
liquidar. No es para nada aplicable al administrador de consorcio,
este registrado o no.
Hasta
ahora el RPAC jamás difundió nada para formar o esclarecer a los
propietarios y menos nos preguntó que podíamos aportar. Sin
embargo, sí lo hizo con cámaras de administradores, colegios de
abogados, de escribanos, etc.
¿Qué
culpa pueden tener los consorcistas, si cuando los propietarios le
solicitan a sus administradores que muestren la documentación del
consorcios, más de uno lo no hace?
Como
consorcista y presidente de la entidad que impulsó la Ley 14.701 no
acepto que se nos quieran hacer responsables de las obligaciones del
administrador. |
Eduardo
Awad
La
redacción del medio le preguntó: ¿Cuál es su posición sobre su frase
"los propietarios son solidaria e ilimitadamente responsables con los
administradores truchos si teniendo la posibilidad de evitar el accionar
ilegal no lo hacen"? ¿Jurídicamente son solidariamente
responsables?
Awad
respondió con dureza:
Mi
opinión es que hay puestos que caen en manos [...] de gente que no
conoce la ley y gente que cree tener poder como para legislar fuera
del Congreso. Está a las claras todo lo que estamos viviendo
actualmente. Mi opinión es decirles que vayan a estudiar si no
están capacitados para cumplir con las funciones que tienen los
cargos que están ocupando. A él y a los que están por debajo de
él. |
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Propiedad
horizontal
¡¡¡
El viernes 1º de marzo vuelve Consorcios 360 !!!
El
equipo completo de Consorcios 360 en el estudio de la radio [Foto
Consorcios 360]
[BPN-15/02/24]
El viernes 1º de marzo a las 17 hs. vuelve a la AM 1010 Onda Latina
la 2ª temporada de Consorcios 360, el programa periodístico más
escuchado (y visto) de la propiedad horizontal.
Consorcios
360 está siendo muy esperado porque durante estos meses de Javier
Milei como presidente de la Nación se anunciaron muchos cambios
estructurales y todo hace suponer que la propiedad horizontal no quedará
ajena.
El
año pasado Consorcios 360 fue el primero en anunciar la firma de acuerdos
paritarios, informar las novedades del Registro Público de
administradores bonaerense y presentar trabajos estadísticos exclusivos.
Se entrevistaron a 25 referentes de la propiedad horizontal entre los que
había encargados, propietarios/consorcistas, abogados, administradores,
funcionarios y abogados.
Este
año el equipo volverá a estar compuesto por un periodista (Claudio
García de Rivas) y representantes de los diversos actores que
componen la propiedad horizontal: un consorcista (Andrés Zulberti),
un administrador (Daniel Sánchez Rivera) y dos abogadas (Diana
Sevitz y Silvia Bercovsky). Cuando se traten temas laborales se
invitará a referentes del sector trabajador. Mariú Cáceres Quinde
será la diseñadora gráfica y asistente de producción.
Es
de recordar que en 2023 Consorcios 360 ganó el premio nacional
"Faro de Oro" Mar del Plata 2023 en la categoría
"Comunidad" [1]. La entrega del premio fue el 4 de
noviembre en Mar del Plata [2].
Durante
su primera temporada el programa tuvo 31.518 vistas en su canal de
YouTube. Lo acompañaron con publicidad la empresa de control de plagas ECOMAX
y el programa de radio "Profesionales
de Consorcios".
El
programa se pudo escuchar por radio todos los viernes a las 17 hs. en
AM1010 Onda Latina o seguirlo en vivo por Internet en http://www.am1010ondalatina.com/
Su
canal de YouTube está en https://www.youtube.com/@consorcios360-radio
y su página en Facebook en https://www.facebook.com/consorcios360/
---
[1]
BPN Nº 762 del 15/10/23: "Consorcios
360 ganó el ‘Faro de Oro’".
[2]
BPN Nº 764 del 15/11/23: "Consorcios
360 trajo a casa el premio Faro de Oro".
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ENRE
Los
consorcios deberán instalar correctores de factor de potencia
[BPN-15/02/24]
El pasado 2 de febrero el Ente Nacional Regulador de la Electricidad
(ENRE) estableció que los consorcios deberán instalar "correctores
de factor de potencia" para mejorar la eficiencia con la que
el edificio utiliza la energía eléctrica.
En
esta medida estarán incluidos los edificios incluidos en la categoría
tarifaria T1 (pequeñas demandas), T2 (medianas demandas) y T3 (grandes
demandas) de las áreas de concesión de EDENOR y EDESUR.
La
medida apunta a aliviar las cargas de los alimentadores eléctricos y
lograr un mejor desempeño en el sistema. El programa que estableció el
ENRE comenzará a aplicarse primeramente en lugares de demanda
concentrada, aunque el objetivo es extenderlo a toda la demanda
residencial.
Los
usuarios que no corrijan el factor de potencia podrían enfrentar un costo
adicional en sus facturas que oscila entre un 10% y 30% por las
anomalías.
La
norma en 5 puntos breves
La
Resolución
85/2024 del ENRE
sucintamente ordena:
1.
Subir el límite del Factor de Potencia de 0,85 a 0,95 para todas las
categorías tarifarias.
2.-
Corrección conjunta del Factor de Potencia de la demanda conjunta del
inmueble, mediante equipos apropiados según el nivel de consumo general
del edificio.
3.-
Las empresas distribuidoras medirán el Factor de Potencia y el contenido
armónico, determinarán la cantidad de corrección capacitiva necesaria e
informarán al usuario o consorcio.
4.-
Las empresas distribuidoras podrán ofrecer la provisión e instalación
de equipos de corrección de Factor de Potencia, mediante licitaciones
nacionales e internacionales. Este servicio será con cargo al consumidor.
5.-
Habrá penalidades por un bajo Factor de Potencia inductivo y se
calculará sobre la sumatoria de la facturación de todos los usuarios
copropietarios.
6.-
EDESUR y EDENOR deberán presentar mensualmente al ENRE un informe sobre
los avances del programa.
Costos
El
costo de un corrector de factor de potencia de tipo domiciliario varía
según la potencia reactiva (kvar) que necesita corregir, la marca, el
tipo (manual o automático) y el lugar donde se compre.
Un
resumen de precios aproximados:
1.-
Correctores de baja potencia (hasta 2 kvar): Entre 15 y 30 mil pesos.
2.-
Correctores de potencia media (2 a 5 kvar): Entre 30 y 50 mil pesos.
3.-
Correctores de alta potencia (más de 5 kvar): A partir de los 50 mil
pesos.
Beneficios:
1.-
Recuperación de la capacidad de energía que pueden transportar las reden
sin fallar.
2.-
Menor tasa de cortes por averías.
3.-
Reducción de las pérdidas de potencia y energía en las redes.
4.-
Menores caídas de tensión en las redes.
Plazos:
1.-
Las medidas entran en vigencia a partir de la publicación de la
resolución en el Boletín Oficial.
2.-
Plazo de 180 días para usuarios de Tarifa 1 y consorcios para regularizar
las instalaciones.
3.-
Plazo de 120 días para usuarios de Tarifas 2 y 3 individuales.
4.-
Las empresas distribuidoras podrán aplicar las penalidades previstas en
el contrato de concesión a partir de los plazos establecidos.
El
factor de potencia
El
factor de potencia es una medida de la eficiencia con la que se utiliza la
energía eléctrica en un circuito de corriente alterna (CA). Se define
como la relación entre la potencia activa y la potencia aparente. Su
nivel óptimo es 1 y el peor posible es 0.
El
factor de potencia representa la división entre la potencia
efectivamente utilizada por el usuario, denominada potencia
activa, y la potencia total suministrada al mismo,
denominada potencia aparente.
La
diferencia vectorial entre ambas potencias se denomina potencia reactiva,
y tiene su origen en la utilización de dispositivos que utilizan campos
magnéticos para su funcionamiento, generalmente motores. La
potencia reactiva inductiva puede ser compensada o generada localmente en
el punto de consumo mediante el uso de capacitores que
generen potencia reactiva capacitiva, reduciendo sustantivamente
la corriente que se toma de la red de distribución
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Propiedad
horizontal
El
Registro Automotor de Acosta y Lara estaría en riesgo
Juan
Manuel Acosta y Lara, actual CEO de Umbra e Imber SA, empresas del Grupo
Octubre [Sobre foto de Pequeñas Noticias]
[BPN-15/02/24]
El pasado 26 de enero el gobierno nacional inició un procedimiento para
revocar las intervenciones vigentes o nombrar nuevos interventores en más
de un centenar de registros automotores del país [1].
Entre
éstos podría estar el denominado "Capital Federal Nº 0422" del
que es responsable el Dr. Juan Manuel Acosta y Lara, quien durante
los 17 años que estuvo al frente del AIERH (Asociación
Inmobiliaria de Edificios de Renta y Horizontal) firmó las paritarias
del sector de la propiedad horizontal en nombre de los consorcios de
propietarios.
El
Registro Automotor del cual Acosta y Lara es encargado se encuentra en el
2º piso de la calle Tacuarí 163 de esta ciudad [2].
El
19 de junio de 2022 un medio nacional develó que finalmente Acosta y Lara
fue nombrado director y presidente de las empresas Umbra e Imber SA
nuevas adquisiciones del Grupo Octubre que pertenece al SUTERH
y cuyo titular es Víctor Santa María [6]. El dato
nunca fue desmentido.
Según
Infobae, desde hace tiempo los registros son cuestionados no sólo por ser
parte de un sistema burocrático, poco eficiente, costoso y muy complejo
sino también porque se lo sindica como una caja política, ya que una
parte de las asignaciones están relacionadas con exfuncionarios o
familiares directos o indirectos [1].
Su
última participación
Es
de recordar que gracias a un informe de Acosta y Lara señalando que los
empleados en relación de dependencia de las administradoras de consorcios
fueron entre 259 y 263 trabajadores, Gabriela Pilar Saldivia con
poco más de 53 afiliados fue habilitada para solicitar y obtener la
personería gremial para SEARA (Sindicato Empleados de
Administradoras). Poco después la AFIP informó a Pequeñas
Noticias que durante el primer semestre de 2023 los puestos de trabajo
relacionados con el sector fueron en promedio 4.563 [7].
Ante
una intimación formal del Sindicato de Comercio, el AIERH aclaró que el
informe "se basó en una estimación realizada sobre el universo de
los asociados de AIERH resultado de una compulsa ordenada por el
presidente de ese momento [Acosta y Lara] a pedido de la institución
mencionada [SEARA] y relativizó sustancialmente su contenido: "No
surge en lugar alguno que los datos allí vertidos representen a la
totalidad de la Capital Federal, dato que está fuera de nuestro alcance y
por ende jamás podríamos haber informado".
Los
registros de propiedad automotor
Según
informó Infobae en Argentina existen 1.557 registros de la
propiedad automotor para un mercado que mensualmente realiza unas 180.000
transferencias o inscripciones entre automóviles, motocicletas,
transporte pesado y maquinaria agrícola. En 2022 hubo 407.532 operaciones
de 0 km, 1.589.000 de usados, 410.955 de motos nuevas y 401.562 de motos
usadas.
Agregaron
que el sector suma 2.809.049 trámites, un promedio de 150 por mes por
cada oficina. Claro que hay registros con mucho mayor volumen por su
ubicación y jurisdicción.
Ya
en el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) del presidente Javier Milei
llamado "Bases para la Reconstrucción de la Economía Argentina"
se estableció que los trámites de inscripción y transferencia de un
vehículo se puedan hacer de manera digital y simplificada -con el
objetivo de agilizar todo el proceso- directamente ante la Dirección
Nacional del Registro de la Propiedad Automotor (DNRPA) que
funciona y bajo la órbita del Ministerio de Justicia [3].
Dentro
de los ejes de su campaña electoral, La Libertad Avanza había
puesto en lo más alto de la consideración pública la existencia de los
registros automotores al cuestionar el modo de nombramiento de sus
titulares incluyéndolos dentro de los privilegios de la "casta
política" y enfatizar que forman parte de un sistema que el nuevo
gobierno desmantelaría como parte de su reorganización de los organismos
públicos. En reiteradas oportunidades, Javier Milei dijo que
cerraría los registros automotores y anularía el impuesto de
sellos y los aranceles de patentamiento y transferencia de vehículos
[4].
Raúl
Rassadore, titular de un registro y delegado de AAERPA (Asociación
Argentina de Encargados) de la regional Santa Fe –defendiendo su
fuente de trabajo- explicó a Perfil: "El registro es un ente
público de gestión privada. Los encargados accedemos por concurso,
tenemos que ser contadores, abogados o escribanos. Y nosotros nos hacemos
cargo del personal, de sus aportes, de los gastos de gestión y del
material. También prestamos servicio, sin emolumento alguno, a las
provincias y municipalidades" [5]
---
[1]
Infobae del 22/12/23: "El
Gobierno se dispone a intervenir todos los registros automotores del país".
[2]
Buscador
de Registros de la Propiedad Automotor.
[3]
La Nación del 22/12/23: "Registro
Automotor: qué dice el decreto de Milei y qué pasará con las
transferencias de autos".
[4]
Infobae del 14/12/23: "Registros
del automotor, en la mira: cómo funcionan, por qué se los critica y los
motivos que tiene Milei para eliminarlos".
[5]
Perfil del 28/12/23: "Los
registros automotores se defienden del DNU de Milei: ‘Hay mucho
desconocimiento’".
[6]
BPN Nº 732 del 15/07/22: "Ahora
Acosta y Lara dirige empresas de Santa María".
[7]
BPN Nº 758 del 15/08/23: "‘Jefe,
fallé por un tantito así’".
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Gobierno
de la Ciudad de Buenos Aires
Otro
año con más más ascensores, calderas e instalaciones fijas
[BPN-15/02/24]
Durante el 2023 subió levemente la cantidad de ascensores (+1,86%) en la
Ciudad de Buenos Aires, un poco más fuerte la cantidad de calderas
(+6,06%) y pegaron un salto las instalaciones fijas contra incendios
(+14,11%).
Ascensores
Durante
el año pasado la cantidad de ascensores, montacargas, montavehículos,
escaleras mecánicas, rampas móviles, artificios especiales, guardas
mecanizadas y otros sumaron 86.122 máquinas mientras que durante el 2022
habían sido 84.553 máquinas. La diferencia de 1.569 unidades representó
un incremento del 1,86% [1].
Los
cuatro tipos de máquinas con más unidades fueron los ascensores
(79.580), los montacargas (3.623), montavehículos (1.610) y escaleras
mecánicas (776).
Calderas
Por
su parte, durante el año pasado la cantidad de instalaciones térmicas
creció en 1.567 unidades, un incremento del 6,06% con respecto al 2022
[2]. Al 31 de diciembre del año pasado había registradas 27.432
instalaciones térmicas.
Instalaciones
fijas
Por
ultimo durante el 2023 la cantidad de instalaciones fijas contra incendio
fue de 26.204, unas 3.204 más que durante el año anterior. El incremento
de un año a otro fue mínimo un 14,11% [3].
Las
obleas
Este
año 2024 el valor de la ‘oblea del ascensor’ está fijado en 10,080
pesos que multiplicado por las más de 86 mil máquinas representará una
erogación para los porteños de 868 millones de pesos o un millón de
dólares (1.055.180). Desde que se creó este gravamen hasta ahora ya
costó casi 28 millones de dólares (27.858.531).
La
oblea de las calderas e instalaciones fijas contra incendio fue fijado en
9.960 pesos que multiplicados por las 27.432 calderas y 26.204
instalaciones fijas sumará casi 518 millones de pesos o casi 630 mil
dólares.
A
pesar de los casi 1.700 millones de pesos (32.534.420 millones de
dólares) que llevarán recaudadas estas obleas desde que se crearon hasta
fin de este año sigue sin haber estadísticas oficiales
sobre la cantidad de siniestros que se produjeron por ascensores o
calderas en mal estado ni la cantidad de veces que la fuerza de bomberos
utilizó las instalaciones fijas contra incendio
---
[1]
Calderas: Información provista el 30/01/24 por el subgerente operativa de
la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras del Ministerio
de Justicia.
[2]
Información provista el 5/02/24 por el subgerente operativo de la
Dirección General de Fiscalización y Control de Obras del Ministerio de
Justicia
[3]
Información provista el 13/01/23 por el subgerente operativo de la
Dirección General de Fiscalización y Control de Obras.
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ASISTENTE ADMINISTRACION CON MUCHA
EXPERIENCIA: Disponibilidad part-time, permanente o temporaria. Amplia experiencia administrativa-contable, conciliaciones bancarias, carga de datos, paquete Office, ctas. ctes., seguimientos de reclamos, trato con contratistas, liq.sueldos, c. sociales. V. Crespo, Almagro, Centro, Palermo,
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Crespo / Buenos Aires - Correo electrónico: sarileuco@gmail.com
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comprobables - Tengo experiencia en el rubro y estoy a disposición para responder cualquier
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ENCARGADA: Estoy en búsqueda de empleo. Actualmente trabajo en una empresa de limpieza 4 horas pero por cuestiones
económicas necesito algo mejor. Realizo limpieza en oficinas y en consorcios,
así que se manejarme en edificios - Nombre: Andrea Lugo - Llamar al
teléfono: (11) 5059-4272 en horas de la mañana - Localidad: Ciudad
Autónoma de Buenos Aires / Buenos Aires - Correo electrónico: andre-rmm@hotmail.com
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ASISTENTE /
ADMINISTRATIVA: Busco trabajo como asistente/administrativa en zona CABA
(Lugano - Mataderos - Floresta - Flores - Devoto y alrededores) Amplia experiencia en consorcios (atencion/pago a
proveedores - cobro de expesas - cargas de fc. sueldos - cargas sociales y sindicato a
liquidaciones - etc) Preferentemente home ofice, presencial a conversar - Nombre:
Patricia Rizzo - Llamar al teléfono: (11) 3609-4190 en el
horario de 10 a 18 hs - Localidad: CABA / Ciudad de Buenos Aires - Correo electrónico:
todocambia_@hotmail.com
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Banco
de la Ciudad de Buenos Aires
Las
cuentas consorcio crecen a un ritmo parejo
[BPN-15/02/24]
Durante el 2023 se abrieron en promedio en todo el país 1.455 ‘cuentas
consorcio’ en el Banco Ciudad de Buenos Aires. Durante ese año
este tipo de cuentas creció un 20,3% con respecto al mismo período del
año pasado.
ANUAL |
Año |
Total |
Incremento |
Crecimiento |
2017 |
1.395 |
|
|
2018 |
2.106 |
711 |
51,0 |
2019 |
4.200 |
2.094 |
99,4 |
2020 |
4.680 |
480 |
11,4 |
2021 |
6.000 |
1.320 |
28,2 |
2022 |
7.185 |
1.185 |
19,8 |
2023 |
8.640 |
1.455 |
20,3 |
Para
completar el panorama del nivel de bancarización de los consorcios, esa
misma información se le solicitó al Banco Provincia de Buenos Aires
tanto mediante la ley de información pública como en forma directa a un
directivo de la entidad. El primer canal nunca respondió y el segundo
contestó que no tienen evolución ni de las cuentas consorcios ni de los
seguros y para más datos remitió al sitio web del banco.
Los
números finos
En
diciembre de 2021 el Banco de la Ciudad de Buenos Aires informó que
contaba con 6 mil cuentas consorcio y en diciembre de 2022 esa cantidad se
había elevado a 7.185 lo que representó un crecimiento interanual del
19,75%, un valor no muy lejano al incremento ya informado del 20,3% para
el 2023.
Provincia |
2023 |
% |
CABA |
8.389 |
97,1 |
PBA |
202 |
2,3 |
Tucumán |
23 |
0,3 |
Mendoza |
8 |
0,1 |
Salta |
10 |
0,1 |
Córdoba |
8 |
0,1 |
Total |
8.640 |
100,0 |
Desagregando
ese total por jurisdicción, se aprecia que –como era de esperar- el
banco tiene el 97% de esas cuentas en la CABA, el 2% en provincia de
Buenos Aires y el 0,6% restante se reparten entre Tucumán, Mendoza, Salta
y Córdoba.
El
gasto bancario
En
su sitio web institucional el Banco Ciudad destaca la existencia de dos
tipos de beneficios para sus cuentas consorcio: para el consorcio y para el
administrador.
Para
el consorcio
Cuenta
corriente bonificada al 100% [1]
Comisión
de chequeras bonificadas [2]
Transferencias
bonificadas sin tope
Préstamos
Ciudad Consorcios [3]
Servicio
de plan sueldo 100% bonificado
Banca
electrónica de empresas para el pago de haberes, pago de proveedores,
impuestos y servicios.
Para
el administrador
Tarjeta
de crédito 100% bonificada [4]
Servicio
de plan sueldo 100% bonificado
Atención
preferencial en sucursales comerciales
La
fuente
La
información fue provista el pasado 17 de enero por la Secretaría de
Directorio de esa entidad financiera estatal local ante un pedido de
información pública que se le realizara en el marco de la Ley 104.
Textualmente se le solicitó que informen la cantidad de cuentas
corrientes activas "Consorcio de propietarios" durante el
segundo semestre de 2022, en forma mensual
---
[1]
Cuenta corriente en pesos para consorcios de propietarios radicados en las
zonas de influencia del Banco de la Ciudad de Buenos Aires. Para
consorcios propietarios de edificios de la provincia de Buenos Aires e
interior del país donde el banco posea sucursales, la bonificación de la
cuenta corriente es por 24 meses desde su apertura. Para consorcios de
propietarios de edificios de la CABA, la bonificación de la cuenta
corriente es de por vida.
[2]
Oferta válida para cartera comercial. Válido según cumplimiento a la
Ley 5.983 del GCABA para los consorcios de los edificios sometidos al
régimen de propiedad horizontal en el ámbito de la ciudad autónoma de
buenos aires. Incluye la gratuidad de la emisión de chequeras y
transferencias bancarias.
[3]
La propuesta corresponde al producto préstamos ciudad consorcios. Sujeto
a evaluación crediticia y a las condiciones de contratación del Banco de
la Ciudad de Buenos Aires. Oferta vigente en zonas de influencia de banco
ciudad hasta el 31/12/2023 inclusive.
[4]
Sujeto a evaluación crediticia y condiciones de contratación del Banco
Ciudad de Buenos Aires. Comisión de emisión y de renovación anual
bonificada 100% para administradores de consorcios que adquieran la cuenta
consorcio.
[1][2][3][4]
El producto ofrecido corresponde a cartera de consumo.
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Salario
Mínimo Vital y Móvil
Se
convocó el Consejo del SMVM para hoy jueves
Sandra
Pettovello ministra de Capital Humano [Sobre foto Argentina.gov.ar]
[BPN-15/02/24]
El pasado 6 de febrero la ministra de Capital Humano, Sandra
Pettovello, resolvió convocar a los integrantes del Consejo
Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil
a reunirse en sesión plenaria el jueves 15 de este mes Resolución
27/2024). Poco después,
estableció que la sesión se llevará a cabo de manera virtual utilizando
una plataforma adecuada para tal fin. En sus fundamentos explicó que es
"por cuestiones operativas" (Resolución
2/2024).
Se
espera que la CGT pida una actualización de al menos 85%, "debido a
la devaluación y la inflación acumulada entre los meses de diciembre
2023 y febrero 2024", adelantó la central obrera en una publicación
en su cuenta oficial de X (Twitter).
El
26 de enero la CTA Autónoma había intimado mediante una carta documento
a la Secretaría de Trabajo a convocar de forma urgente al Consejo del
Salario Mínimo. Días después la Confederación General del Trabajo
(CGT) y las dos fracciones de la CTA aumentaron la presión
demandando la convocatoria urgente al Consejo del Salario.
Héctor
Daer, cotitular de la CGT afirmó luego del paro general con
movilización al Congreso que el próximo objetivo será lograr la
convocatoria al Consejo ante la necesidad de "compensar el
ajuste" aludiendo a la disparada de la inflación que se produjo a
partir de diciembre.
La
última actualización se ordenó el 29 de agosto del año pasado cuando
se aumentó el SMVM de octubre, noviembre y diciembre de este año a
132.000 pesos, 146.000 pesos y 156.000 pesos mensuales respectivamente[1].
¿Cómo
incide el SMVM en la vida consorcial?
Jubilaciones
mínimas (consorcistas) :
Jubilados y pensionados que se hayan retirado sin moratorias y con 30
años o más de servicios con aportes efectivos reciben el complemento del
82% del SMVM. Se calcula restando el 82% del SMVM del haber jubilatorio.
Si la diferencia es positiva se les paga a los jubilados un complemento
hasta alcanzar ese 82%.
Monotributo
(consorcistas y administradores): Según el SMVM se determinan las
categorías del monotributo, el monto de la cuota mensual y las
posibilidades de acceder al monotributo porque no puede ser monotributista
el trabajador que se encuentre en relación de dependencia con un
empleador que les paga un salario superior al SMVM.
Aportes
jubilatorios (consorcios y encargados): Los aportes jubilatorios de
los trabajadores se calculan sobre la base del SMVM. Esto significa que el
monto de la jubilación futura de un trabajador está directamente
relacionado con el SMVM que haya percibido durante su vida laboral.
Prestaciones
por desempleo (encargados): El monto de la prestación por desempleo
se calcula en base al SMVM. Los trabajadores que se encuentren
desempleados pueden acceder a un beneficio equivalente al 50% del SMVM.
Asignaciones
familiares (encargados): El monto de las asignaciones familiares se
actualiza en base al SMVM. Las familias con hijos menores de edad o con
discapacidad pueden acceder a un beneficio mensual que se calcula en base
al SMVM.
Montos
inembargables (encargados y administradores): Por último, el SMVM se
utiliza en el cálculo de los montos inembargables de los sueldos.
Así
fue establecido por el Decreto 484/87 del 26 de marzo de 1987 que
reglamentó los artículos 120º, 147º y 147º de la Ley de Contrato de
Trabajo Nº 20.744.
Las
remuneraciones devengadas por los trabajadores en cada período
mensual, así como cada cuota del sueldo anual complementario son
inembargables hasta una suma equivalente al importe mensual del
Salario Mínimo Vital fijado de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 116 y siguientes del Régimen de Contrato de Trabajo
(LCT-TO por Decreto Nº 390/76). Las remuneraciones superiores a ese
importe serán embargables en la siguiente proporción:
1.-
Remuneraciones no superiores al doble del Salario Mínimo Vital
mensual, hasta el diez por ciento (10%) del importe que excediere de
este último.
2.-
Retribuciones superiores al doble del Salario Mínimo Vital mensual,
hasta el veinte por ciento (20%). |
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[1]
BPN Nº 762 del 15/10/23: "El
SMVM aumentará en octubre, noviembre y diciembre".
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Comisión
Interna de Página/12
Año
nuevo con problemas viejos
Concentración
en mayo de 2023 por los mismos motivos: contra el ajuste, por recomposición
salarial y en defensa del oficio. [Foto SiPreBA]
[BPN-15/02/24]
El pasado 31 de enero la Comisión Interna Página/12 llamó a un cese de
tareas en ese medio exigiendo en lo inmediato una suma de emergencia. Buscan
también la apertura de una negociación paritaria en la que se puedan analizar
propuestas que compensen el deterioro de sus salarios.
Días
después, el 9 de febrero denunciaron que la patronal de Página/12 es
"empobrecedora y antisindical", y explicaron: "El Grupo Octubre y
Editorial La Página SA volvieron a otorgar aumentos discrecionales mientras
mantiene congelados los sueldos de la inmensa mayoría de su planta. Sabemos que
la actitud, antisindical y discriminatoria pretende quebrar el plan de lucha que
desde hace un mes sostiene la asamblea de trabajadores en reclamo de mejoras
salariales en medio de la brutal inflación de los últimos meses".
Página/12
es propiedad –junto con Canal 9, AM750 y otros medios- del Grupo
Octubre [1] que a su vez pertenece al Sindicato Único de
Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (SUTERH) cuyo único
titular es Víctor Santa María quien es presidente del Congreso
Metropolitano de Partido Justicialista.
La
medida de fuerza había sido votada el 19 de enero en la última asamblea de
trabajadores [2] de Página/12 y se llevaría a cabo de no contar con
respuestas satisfactorias al petitorio de emergencia que fue presentado a la
patronal como consecuencia de los tiempos de emergencia económica que se
atraviesan.
Los
trabajadores de Página/12 informaron textualmente: "Mientras nuestros
salarios siguen alejándose de las canastas básicas de pobreza e indigencia, la
empresa se niega a pagar una suma fija a cuenta del acuerdo paritario que viene
demorado por las cámaras empresarias y -si bien ha actualizado los pagos por
colaboraciones y teletrabajo- los aumentos están lejos de lo que requerimos
para afrontar mínimamente el encarecimiento exorbitante que sufrió nuestro
[costo de] vida durante las últimas semanas".
Explicaron
por qué las cifras son alarmantes:
El
salario básico de redactor durante diciembre de 2023 fue de 217.380
pesos.
Ese
mes una familia necesitó 495.798 pesos para no ser pobre y 240.679 pesos
para no ser indigente.
Seguimos
reclamando a la empresa su aporte a una negociación paritaria con nuestro
Sindicato de Trabajadores de Prensa que recomponga esta situación de
emergencia y respuestas que ayuden a la subsistencia de sus trabajadores
[2] mientras aquello se lleva a cabo. |
Es de
recordar que estos reclamos no son nuevos. Los trabajadores pasaron las pasadas
fiestas de Navidad y Año Nuevo luchando por sus salarios.
El 26
de diciembre informaron su plan de lucha: "Asambleas, ceses de tareas y
diversas acciones de reclamo en las redacciones y lugares de trabajo para exigir
urgente reapertura de paritarias en nuestro sector".
Más
atrás en el tiempo, el 2 de septiembre del año pasado realizaron una jornada
de huelga exigiendo dos cosas: una recomposición salarial y el fin de su
"política antisindical". Ésta consistió en otorgarle mayores
aumentos a quienes no se suman a las medidas de fuerza con el objetivo de
debilitar su organización gremial.
Explicaron
que "desde que el Grupo Octubre tomó el control del diario en 2016, los
salarios se deterioraron muy por debajo del promedio de la economía"
[3]
---
[1]
Grupo Octubre.
[2]
La redacción de Pequeñas Noticias promueve el uso de un lenguaje que no
discrimine y que permita visibilizar todas las identidades de género. Sin
embargo, a fin de facilitar la lectura se siguen las reglas establecidas por la
Real Academia Española y no se incluyen recursos como la 'e', la "@"
o la "x".
[3]
BPN Nº 760 del 15/09/23: "Siguen
las huelgas en Página/12".
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Índice
de escalas salariales de encargados de edificios
Las
escalas siguen perdiendo
[BPN-15/02/24]
Durante el segundo mes de 2024 el promedio de las escalas salariales de los
encargados de edificios [1] perderá fuertemente contra la inflación
en todos los frentes: -18 puntos porcentuales con respecto al mes pasado, -43,95
puntos en lo que va del año y -193,21 puntos en el cálculo interanual.
El
incremento mensual
En
febrero el promedio de las escalas salariales no variará con
respecto al mes pasado. Esto se debe porque hasta ahora no trascendió que se
haya firmado algún acuerdo paritario durante febrero tal cual había prometido Víctor
Santa María el 31 de enero en sus redes sociales.
Durante
el segundo mes de este año el promedio de las escalas salariales seguirá
siendo de 316.838 pesos mensuales.
El
acumulado anual
El
incremento acumulado anual de las escalas salariales desde enero de este año
hasta febrero será de -1,64%. Esto se debe a que no se percibirá el bono de 20
mil pesos
El
promedio de las escalas salariales de febrero del 2023 fue de 159.440 pesos.
El
interanual
El
incremento interanual de las escalas salariales desde febrero del año pasado
hasta el mismo mes de éste será de un 98,72%.
El
promedio de las escalas salariales de febrero del 2023 fue de 159.440 pesos.
INDEC
Según
el Índice de Precios de Consumidor que mide el INDEC la
inflación de enero fue de un 20,6% y para el Relevamiento de Expectativas
del Mercado (REM) que estima el Banco Central de la República
Argentina (BCRA) la inflación febrero será del 18,2%.
Según
estos números, la inflación interanual de este mes será de un 291,93%.
Jubilados
Mientras
tanto, el haber mínimo de un jubilado que paga expensas en febrero volverá a
ser de 182.919,61 pesos bruto a los que se deben descontar 4.503,82 pesos en
concepto de "Obra social s/haberes PAMI".
En
dólares, este haber mínimo representa 214,94 dólares al precio oficial o
167,82 dólares según el mercado blue [5].
En
febrero del año pasado ese haber estuvo en 60.124,24 pesos.
Lamentablemente
este mes el incremento del haber mínimo de la clase pasiva fue negativo contra
la inflación mensual (-18 puntos), la acumulada anual (-42,31 puntos) y contra
la medición interanual (-87,69 puntos).
En
enero de 2016 la jubilación mínima estaba establecida en 4.299,06 (u$s
312,98). Si ese haber hubiera aumentado al ritmo de la inflación este mes
debería ser de 288.267 pesos mensuales (u$s 216,28 promedio a valor oficial).
Si
calculamos, mes a mes, lo que debió ganar un jubilado siguiendo el ritmo de la
inflación y lo que realmente percibió incluidos los bonos extras, observamos
que en total lo perdido desde enero de 2016 hasta febrero de 2024 fueron
-445.374,84 pesos (u$s -2.059,29) incluida la incidencia de los medios
aguinaldos
---
[1]
Para comparar escalas salariales del sector se promediaron las funciones de
encargado permanente con y sin vivienda en sus cuatro categorías de cada mes.
En los casos que correspondió se sumaron los bonos, tanto los acordados en
paritarias como por el Poder Ejecutivo nacional incluido el bono no
remunerativo del 20% que se paga en diciembre.
[2] La
Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH), la Cámara
Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) y la
Unión Administradores de Inmuebles (UADI).
[3]
Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal.
[4] BPN
Nº 591 del 20/12/16: "12%
de aumento para diciembre, bono del 20%, 2º SAC y 5 feriados"
[5]
14/02/2024.
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Correo de Opinión
Al
más puro estilo argento por
el Sr. Juan Mauricio Araujo
Estimado
Sr. Director:
A pesar
de que las paritarias de la propiedad horizontal no son las más difíciles del
mundo laboral argentino, últimamente sus acuerdos se comunican tarde y mal,
aún en los casos en que se firmaron en tiempo y forma. Otra vez parece ser que
los miembros paritarios están dejando para el último minuto la comunicación
de las novedades en los salarios de los encargados.
A esto
se le debe agregar que las tres entidades de administradores que conforman la
mesa paritaria y la FATERyH comunican las interpretaciones de los clausulas
acordadas en forma poco clara y en muchos casos se contradicen entre ellos
mismos.
Esto
causa malestar entre los encargados, duplica el trabajo de los administradores y
genera tensiones gratuitas entre encargados, consorcistas y administradores.
Un
ejemplo fue el acuerdo del 6 de noviembre del año pasado que realizó una
"recomposición salarial" de un 8% para octubre, un 7% para noviembre
y otro 7% para diciembre.
En
primer lugar, ese acuerdo incluía un porcentaje retroactivo para el mes
anterior o sea que se debieron realizar rectificativas o complementos a las
liquidaciones de sueldos con el consiguiente gasto en tiempo y dinero para los
consorcios. Otra opción pudo haber sido dejar los aumentos para el mes
siguiente y trasladar el malestar a los encargados pero la mayor parte de los
administradores prefirieron hacer un esfuerzo a su propia costa y pagar cada mes
lo que correspondía.
En
segundo lugar, a pesar de que el acuerdo se había firmado a principios de mes y
se homologó once días después, el día 22 todavía no había sido difundido
por los miembros paritarios tal cual es su obligación. O sea que
a fines de noviembre la comunidad consorcial se desayunó que había
retroactivos a octubre y que llegaban justo para liquidar las actualizaciones de
noviembre. De esto son responsables todos los miembros paritarios,
tanto los que dicen representar a los consorcios como a los encargados.
La
plata de los sueldos sale de los consorcistas y el administrador la debe
recaudar. La imposibilidad de comunicar y recaudar el dinero en forma ordenada
trae tensiones gratuitas entre los propietarios y sus administradores que
padecen este desorden tanto como ellos.
En
tercer lugar los paritarios interpretaron que los porcentajes del 8%, 7% y 7% se
debían calcular sobre las escalas de agosto, luego se desdijeron y aclararon
que se calculaban sobre el total de los ingresos excluido el bono de 20 mil
pesos en los casos que correspondía. Todo genera incertidumbre y trabajo que no
paga nadie.
Uno
supone que la FATERyH sabe lo que quiere al momento de firmar un acuerdo,
entonces, ¿por qué no lo explica claramente? Hasta ahora nadie se opuso a sus
exigencias cuando fueron claras y concisas. Después se quejan que sindicatos y
sindicalistas tienen mala prensa. Hasta lo que es gratis hacen mal.
Ahora
estamos al día 15 del mes. Hace mucho tiempo se había adelantado que en a
fines de enero se recompondrían los salarios y –como si esto fuera poco- hace
poco Víctor Santa María informó por video a los encargados que el miércoles
7 de este mes habría novedades. Sin embargo, hasta hoy viernes... nada.
Todo
hace creer que a fin de mes o principios del mes que viene se firmara un acuerdo
–si no se firmó ya- que establecerá porcentajes o sumas retroactivas a
febrero que -otra vez en forma totalmente innecesaria- generará doble trabajo y
malestar en la comunidad consorcial
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ACCABA:
Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ACAPPH:
Asociación Civil Administradores Profesionales Propiedad Horizontal.
ACoPH:
Asoc. Civil de Consorcistas de la Propiedad Horizontal (Mar del Plata).
ACRA:
Arbitros de Consumo de la República Argentina.
ADEPROH:
Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la
Propiedad Horizontal RA.
AFIP:
Administración Federal de Ingresos Públicos.
AGIP:
Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.
AIERH:
Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal.
AIPH:
Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal
AIPH.
APARA:
Asociación de Profesionales Administradores de la República Argentina.
APH:
Asociación Civil de Propietarios de inmuebles de Renta y Horizontal.
APCCRA: Asociación de Propietarios, Consorcios y Consorcistas de la RA.
API:
Asocición Propietarios de Inmuebles.
APIPH:
Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal.
APBR:
Asociación de Propietarios de Bienes Raíces.
APROPHMAR:
Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata.
CAAC:
Confederación Argentina de
Administradores de Consorcios.
CABA:
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
CACCyC:
Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas.
CaFACA: Cámara Federal de Administradores de Consorcios de Argentina.
CAPHBByZ:
Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de Bahía Blanca y
Zona.
CAPHPBA:
Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires.
CAPHyAI:
Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.
CAPRA:
Cámara de Propietarios de la República Argentina.
CASIPH:
Cámara Argentina de Sistemas Informáticos de Propiedad Horizontal.
CCT:
Convenio Colectivo de Trabajo.
CDI:
Clave de Identificación.
CECAF:
Cámara Empresaria de Conservadores de Ascensores y Afines.
CEDDDA:
Camara Empresarial de Desinsectacion, Desrodentizacion y Desinfeccion Ambiental.
CGPC:
Centro de Gestión y Participación Comunal de la Ciudad Autónoma de Bs. As.
|
CIA:
Cámara Inmobiliaria Argentina.
COAPLA:
Empresas de Control de Plagas de la Republica Argentina.
CEPRARA:
Cámara de Empresarios Pintores y Restauraciones Afines de la República Argentina
CUCICBA:
Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA.
CUIL:
Clave Única de Identificación Laboral.
CUIT:
Clave Única de Identificación Tributaria.
FAC:
Federación Argentina de Consorcios.
FACARA:
Federación de Asociaciones y Cámaras de Ascensores de la República Argentina.
FAPHRA:
Federación Nacional de Cámaras y Asociaciones de Administradores de Propiedad Horizontal de la República Argentina
FATERyH:
Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal.
FECIBA:
Federación Económica de la Ciudad de Buenos Aires.
FEDECO:
Federación de Asociaciones de Consorcios.
FRA:
Fundación Reunión de Administradores.
ICI:
Instituto de Capacitación Inmobiliaria.
INADI:
Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo.
IxE:
Indignados por expensas.
LCPH:
Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal.
RCD:
Red de Consorcistas Damnificados.
ReDeCo:
Reafirmación de los Derechos del Consorcista.
SEARA:
Sindicato Empleados de Administradoras de la República Argentina.
SERACARH:
Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal.
SiPreBA: Sindicato de Prensa de Buenos Aires.
SUTERH:
Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal.
UADI:
Unión Administradores de Inmuebles.
UCRA:
Unión de Consorcistas de la República Argentina.
UITEC:
Unión Iberoamericana de Trabajadores de Edificios y Condominios.
ULAI:
Unión Latinoamericana de Administradores e Inmobiliarias.
UMIPH:
Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal.
UPA - Unión Porteña de Administradores.
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Boletín
de Pequeñas Noticias
1º
Edición
Nº DCCLXX
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