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15 de Abril de 2024 - Nº 774

Paritarias encargados de edificios 2024

Finalmente se homologaron las famosas paritarias

No sólo se homologó el famoso aumento del 45% para el mes de febrero sino también uno para marzo y otro para abril firmados una semana antes Por fin se retomó el sendero de homologar las escalas salariales que deben acompañar cada uno de los acuerdos.

[BPN-15/04/24] El pasado domingo 14 de abril la directora nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo homologó dos acuerdos salariales para los encargados de edificios: el rubricado el 23 de enero con un aumento del 45% para febrero y uno nuevo firmado el 8 de abril con un aumento del 10% para marzo y un 4% para abril.

En todos los casos los acuerdos fueron acompañados por sus respectivas escalas salariales que también fueron homologados. Esta modalidad brindará la tan necesaria seguridad jurídica que precisan tanto...


Administración Global


Paritarias encargados de edificios 2024

Aún sin homologación se retiene la contribución solidaria y el 19º bis

En febrero el SUTERH comenzó a recaudar la Contribución solidaria como si el acuerdo del 45% hubiera sido homologado Por otra parte, en marzo descontó a los trabajadores el 2% establecido por el artículo 19º bis del convenio colectivo de trabajo de encargados de edificios.

SUTERH

Alberto Fernández prestó un predio para hacer un complejo recreativo

El por entonces presidente de la Argentina le otorgó al SUTERH un permiso de uso precario y gratuito para la realización de un "Complejo Recreativo y Deportivo SUTERH" Deberá contar con "una adecuada infraestructura deportiva y de esparcimiento donde el afiliado pueda pasar momentos recreativos con su familia.



Página/12

Si no está homologado Santa María no paga

Durante 2018 y 2019 por lo menos en cinco oportunidades Santa María fue denunciado por sus trabajadores por no pagar los aumentos salariales acordados y firmados con el argumento de que no estaban homologados por el Ministerio de Trabajo Señalaron que en febrero de este año ni siquiera le dio adelantos para paliar la inflación.


Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias

La CAPHyAI denunció maniobras para llamar la atención

Señaló que hay "individuos que siendo profesionales (en otras actividades) se consideran con el conocimiento y derecho a criticar e injuriar a nuestra Cámara y a sus directivos" Destacó que son maniobras mediáticas para llamar la atención de quienes carecen de reconocimiento.


Paritarias encargados de edificios 2024

Luciani Otaño pidió dictaminar la falta de legitimidad de los paritarios

Solicitó que se dictamine la falta de legitimidad de la FATERyH, el AIERH, la CAPHyAI y la UADI Propuso que se ocupe de las negociaciones con el sindicato una nueva federación compuesta por una asociación de propietarios e inquilinos de cada provincia.


Registro Nacional de Administradores de Condominios

Finalmente se reglamentó el RPA chileno

Luego de casi dos años se reglamentó en el país hermano la ley que creó el nuevo Registro Nacional de Administradores de Condominios En general, este registro es una versión mucho más liviana que la de sus homólogos argentinos En Chile nació a iniciativa del Colegio de Administradores.


Puerto Madryn (Chubut)

Primeras Jornadas Patagónicas de Propiedad Horizontal

Las jornadas se llevarán a cabo en forma híbrida (presencial y virtual) en la sede de la Universidad Nacional de la Patagonia de Ciencias Jurídicas San Juan Bosco.


Índice de escalas salariales de encargados de edificios

La licuadora sigue triturando escalas salariales y jubilaciones

Aún con la homologación de febrero, marzo y abril, las escalas salariales de los encargados de edificios de este mes perderán nuevamente contra la inflación mensual, la acumulada anual y la medición interanual Por su parte, el haber mínimo de los jubilados que pagan expensas perderá en el mensual, en el acumulado anual e interanual.


Gacetillas

Comisión de Consorcios de la Comuna 14


Pequeñas Noticias

Nosotros

Registro Público de Administradores porteño

El RPA desconoce cuántos acuerdos conciliatorios homologó

Defensa y Protección del Consumidor porteño informó que desconoce cuántos acuerdos conciliatorios homologó por denuncias contra administradores de consorcios por infracciones a la Ley 941 durante el año pasado Quedó así, sin explicación el destino del 78% de las denuncias que realizaron los vecinos ante el RPA.


Adm. Miguel Ángel Summa, presidente de la CAPHyAI (Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias) [Foto archivo Pequeñas Noticias]Carta documento

Summa intimó a Luciani Otaño a que se retracte

El presidente de la CAPHyAI en forma personal intimó a Juan Martín Luciani Otaño a ratificar o rectificar expresiones que consideró injuriosas, difamadoras y descalificadoras respecto a su persona y que fueran publicadas en la red social Instagram Se reservó el derecho a iniciar acciones penales y civiles.


Registro Público de Administradores porteño

Fueron sancionados dos directivos del AIERH

A principios de enero el presidente y una vocal de la Asociación Inmobiliaria de Edificios de Renta y Horizontal fueron sancionados por el RPA por cinco infracciones a la Ley 941 Esta entidad es una de las tres que integran las paritarias de encargados de edificios representando a los consorcios.


Defensa y Protección del Consumidor porteño

Brusca caída de la publicación de sanciones en el Boletín Oficial

Durante el primer trimestre de este año la cantidad de publicaciones de sanciones ordenadas contra administradores de consorcios por infracciones a la Ley 941 descendió fuertemente con respecto al mismo período del año pasado El informe detallado completo.


Registro Público de Administradores porteños

La Comuna 2 recibirá denuncias por infracciones a la Ley 941

Se habilitó una oficina de Defensa al Consumidor porteño para tomar denuncias presenciales por infracciones a la Ley 941 (RPA), a la Ley 24.240 (Defensa del Consumidor) y que brindará asistencia a los turistas.


Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal

Pergolini llevaría Vorterix al Grupo Octubre

El propietario de Vorterix anunció que a partir del 30 de abril ésta dejará de emitirse por la FM 92.1 Días después medios periodísticos adelantaron que la radio aterrizaría en la FM 100.3 del Grupo Octubre.


Gacetillas

Comisión de Consorcios de la Comuna 3


Bolsa de Trabajo

Avisos Clasificados OFRECIDOS

Vínculos a nuestras redes sociales


Paritarias encargados de edificios 2024

Finalmente se homologaron las famosas paritarias

Sede del ex Ministerio de Trabajo y Seguridad Social [Fotoilustración sobre fotos de Pequeñas Noticias]

Sede del ex Ministerio de Trabajo y Seguridad Social [Fotoilustración sobre fotos de Pequeñas Noticias]


[BPN-15/04/24] El pasado domingo 14 de abril la directora nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo homologó dos acuerdos salariales para los encargados de edificios: el rubricado el 23 de enero con un aumento del 45% para febrero y uno nuevo firmado el 8 de abril con un aumento del 10% para marzo y un 4% para abril.

En todos los casos los acuerdos fueron acompañados con sus respectivas escalas salariales que también fueron homologados. Esta modalidad brindará la tan necesaria seguridad jurídica que precisan tanto los encargados que los deben cobrar como los consorcistas que los tendrán que pagar y los administradores cuyo deber es liquidarlos.

Los dos acuerdos se homologaron mediante la Disposición 82 que firmó la directora nacional Mara Agata Mentoro.

El último acuerdo (10%+4%)

El lunes 8 de abril al mediodía se reunieron Osvaldo Bacigalupo (FATERyH), Miguel Ángel Summa (CAPHyAI), Osvaldo Primavesi (UADI) y Patricia Fernández (AIERH) [1] y acordaron:

Pactar un incremento salarial consistente en un porcentaje del:

1.- 10% a calcular sobre el salario básico correspondiente al mes de febrero del 2024 para la cuarta categoría establecida en el art. 6 del CCT 589/10, aplicándose a los adicionales de convenios y en forma proporcional las restantes categorías establecidas en el referido artículo, en concepto de remuneración del mes de marzo de 2024.

2.- 4% a calcular sobre el salario básico correspondiente al mes de marzo de 2024 para la cuarta categoría establecida en el art. 6 del CCT 589/10, aplicándose a los convenios y en forma proporcional las restantes categorías establecidas en el referido artículo, en concepto de remuneración del mes de abril de 2024.

Se adjuntan las escalas salariales correspondientes a las categorías de convenio colectivo de trabajo, según importes que surgen del presente acuerdo y correspondientes a los meses de marzo y abril de 2024.

Las partes se comprometen a reunirse durante el mes de mayo del año 2024 con el objeto de establecer una recomposición y/o incremento salarial por los períodos siguientes.

Por último y como curiosidad, agregaron un párrafo que –como todo el documento- al quedar sujeto a la homologación por la autoridad de aplicación, el compromiso asumido quedaría en un plano declamativo porque no tendría fuerza de ley.

Las partes manifiestan que someten el presente acuerdo al acto de homologación de autoridad administrativa. Asimismo, si al vencimiento del plazo de pago de las remuneraciones de los meses de marzo y abril del año 2024 aún no se dicta el acto de homologación, convienen que el pago de la remuneración se deberá realizar bajo el concepto "a cuenta del acuerdo del mes de marzo y abril del año 2024".

Luego de una hora y media de reunión firmaron lo convenido

El acuerdo del 45%

La Secretaría de Trabajo homologó también el tan mentado acuerdo del 45% para febrero aunque tuvieron que agregar escalas salariales de enero y febrero que reflejen los incrementos pretendidos. Al quedar homologados por la autoridad competente todas las interpretaciones, vicios y errores que se venían arrastrando desde el mes de octubre quedarán purgadas a partir del mes de enero [2].

Por último, el acuerdo había establecido para los trabajadores un aporte del 2% del total de los conceptos remuneratorios de su sueldo destinado al fondo de educación y comunicación administrado por la FATERyH e instituido en el artículo 19º bis [3]. Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] La Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal (FATERyH), la Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH), la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) y la Unión Administradores de Inmuebles (UADI).

[2] BPN Nº 771 del 22/02/23: "En febrero el 45%, en marzo vemos...".

[3] BPN Nº 750 del 15/04/23: "¡¡¡ Poniéndo estaba la gansa !!!".


Administración Bernetti SRL

Contadora Viviana B. Grinberg


Paritarias encargados de edificios 2024

Aún sin homologación se retuvo la contribución solidaria y el 19º bis

[BPN-15/04/24] La Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (FATERyH) desde febrero actualizó en un 45% la Contribución Solidaria que deben pagar los consorcios a pesar de que el último acuerdo paritario que estableció este aumento sobre la escala salarial de enero todavía no había sido homologado.

En esta misma sintonía y sin esperar la homologación, en marzo el sindicato comenzó también a descontar a los encargados de edificios el 2% de su salario (artículo 19º bis del Convenio Colectivo de Trabajo) para un fondo para educación y comunicación.

Es de recordar que el pasado 23 de enero las tres entidades de administradores de consorcios que representan en paritarias a los consorcios [1] y la FATERyH firmaron un acuerdo salarial que otorgó un aumento del 45% de aumento en las escalas salariales de febrero y un aporte a los trabajadores del 2% del total de los conceptos remuneratorios de su sueldo destinado a un fondo de educación y comunicación administrado por la FATERyH y establecido en el artículo 19º bis [2].

La Contribución Solidaria

A modo de antecedente se recuerda que el 1º de febrero del 2022 las tres entidades de administradores que representan a los consorcios y la FATERyH establecieron que la contribución solidaria a la obra social de los encargados de edificios "se incrementará en el mismo porcentaje que el incremento establecido para los salarios de la actividad". Ese acuerdo fue homologado el 7 de ese mes por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social mediante la Resolución Nº 243.

En enero de este año su monto estaba fijado en 4.000 pesos por trabajador de jornada completa por mes pero en febrero –sin la homologación del acuerdo firmado el 23 de enero- se lo aumentaron a 5.800 pesos. O sea que los consorcios aunque a sus encargados les estén pagando "adelantos a cuenta de futuros aumentos" deberán abonar al sindicato la Contribución Solidaria como si el acuerdo hubiera sido homologado.

 

 

 

$ 4.000

$ 5.800

$ 1.800

Puestos

de Trabajo

Total $

Total u$s

Total $

Total u$s

Diferencia $

Diferencia u$s

Febrero

54.386

163.156.500

191.471

236.576.925

277.633

73.420.425

86.162

Marzo

54.386

163.156.500

188.372

236.576.925

273.139

73.420.425

84.767

En febrero, si se mantienen los números informados por la Secretaría de Trabajo para 2023, el promedio de más de 54 mil puestos de trabajo –a razón de 4 mil pesos cada uno- le hubieran costado a los consorcios 163 millones de pesos o casi 200 mil dólares.

Sin embargo, como ese monto se aumentó a 5.800 pesos costó a los edificios 236 millones de pesos o 277 mil dólares. Durante el segundo mes del año la diferencia fue de 86 mil dólares.

En marzo el sindicato mantuvo el incremento del 45% y en pesos los números deberían ser los mismos aunque la recaudación en dólares decreció por la variación de la cotización del dólar oficial. Si el dólar sube, con los mismos pesos se compran menos billetes.

O sea que los consorcios durante estos dos meses llevan acumulados pagos por 171 mil dólares (147 millones de pesos) sin ningún respaldo legal.

El artículo 19º bis

Para calcular a grandes rasgos cuánto representó en total para los trabajadores ese 2% acordado el 23 de enero según lo establecido por el artículo 19º bis se tomaron dos datos que proporcionó el por entonces Ministerio de Trabajo: la cantidad de puestos de trabajo de noviembre y la remuneración promedio de cada uno. Se tomó noviembre porque en la remuneración de diciembre se incluye el medio aguinaldo y eso no representa la realidad del mes en estudio que es marzo de este año.

Cálculos sobre datos de noviembre de 2023

Puestos de Trabajo:

52.729

Remuneración promedio $:

349.776

Remuneración total bruto $:

18.443.338.704

2% del bruto en $:

368.866.774

Valor dólar marzo de 2024:

866

Remuneración total bruto u$s:

21.293.703

2% del bruto en u$s:

425.874

En noviembre había 53 mil puestos de trabajo que cobró en promedio- 350 mil pesos. O sea que el bruto total de todo el sector rondaría los 18 mil millones de pesos o 21 millones de dólares. El 2% de esa cifra son 369 millones de pesos o 426 mil dólares a valor oficial.

Estos datos pueden cambiar si los trabajadores están mal encuadrados en la AFIP, si cambió la cantidad de puestos de trabajo o cambiaron los ingresos brutos promedio. Sin embargo, da una idea general de qué valores se están manejando.

Los cálculos

Teniendo en cuenta que ni el SUTERH ni la FATERyH proporcionan datos estadísticos sobre la cantidad de trabajadores del sector ni las características de sus tareas, para realizar estos cálculos se tomó el valor de la contribución de cada mes y se multiplicó por la cantidad de puestos de trabajo de ese período informados por el Ministerio de Trabajo, promediando cada puesto de trabajo entre un trabajador de jornada completa y uno de media jornada. O sea que a los efectos de este cálculo se asumió que por cada trabajador de jornada completa hay uno de media jornada Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] La Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH), la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) y la Unión Administradores de Inmuebles (UADI).

[2] BPN Nº del 15/04/23: "¡¡¡ Poniendo estaba la gansa !!!".



SUTERH

Alberto Fernández prestó un predio para hacer un complejo recreativo

En rojo, la hubicación exacta del predio cedido tal cual figura en los mapas de la resolución [Fotoilustración Pequeñas Noticias]

En rojo, la hubicación exacta del predio cedido tal cual figura en los mapas de la resolución [Fotoilustración Pequeñas Noticias]


[BPN-15/04/24] El pasado 8 de septiembre el por entonces presidente de la Argentina, Alberto Fernández, otorgó al SUTERH (Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal) un permiso de uso precario y gratuito para la realización de un "Complejo Recreativo y Deportivo SUTERH", que deberá contar con "una adecuada infraestructura deportiva y de esparcimiento -creando un ambiente acogedor y de descanso- donde el afiliado y cualquier miembro de la comunidad pueda pasar momentos recreativos con su familia y sus pares en un ámbito natural y con la comodidad que sus instalaciones brindarán".

El terreno cuenta con una superficie total aproximada de 120.000 m2 (unas doce manzanas de 100 x 100 m) y está ubicado en el kilómetro 33,5 de autopista Teniente General Pablo Ricchieri en la localidad y partido de Ezeiza de la provincia de Buenos Aires. Para más datos está identificado catastralmente como Partido 130 – Circunscripción II, Parcela 144 (parte), correspondiente al CIE (Código de Identificación del Edificio) 0600027174/17.

Si bien el terreno está flojo de papeles se puede subsanar. En 1946 la parcela 144 fue expropiada por el Estado Nacional a un grupo de particulares y en 2010 su escritura fue inscripta en Ezeiza pero según la cedula catastral y la matrícula de Esteban Echeverría aún consta inscripto a nombre de los expropiados, situación que deberá ser regularizada.

En 2023 se constató que el terreno estaba afectado al Estado Mayor General de la Fuerza Aérea Argentina pero sin un uso específico y ese mismo año el Ministerio de Defensa informó que no encontraba objeciones para autorizar la medida que Alberto Fernández propiciaba.

El permiso de uso precario y gratuito se oficializó mediante la Resolución firma conjunta Nº 232 del 8/09/2023 [ver original].

El contrato

El Estado Argentino y el SUTERH suscribieron un contrato en el que éste último se comprometió a no modificar el destino del sector del inmueble en uso excepto que medie [una] autorización previa y expresa emitida por la ‘AABE’ (Agencia de Administración de Bienes del Estado).

El sindicato deberá realizar la delimitación definitiva del sector del inmueble y presentarla ante la "AABE" en un plazo de 60 días a contar desde la suscripción del permiso de uso.

También deberá colocar una placa identificatoria, dentro del sector del inmueble en una posición que permita su completa y correcta visualización peatonal y vehicular de acuerdo a las especificaciones establecidas.

Entre las decenas de trámites a los que se comprometió, el SUTERH deberá presentar en un plazo máximo de 60 días, contados a partir de la suscripción del contrato para la revisión y análisis por parte de la "AABE" y en forma previa al inicio de las obras toda la documentación técnica del proyecto ejecutivo de las obras, incluyendo planos, planillas y detalles, en cantidad, alcance y escalas que resulten necesarias y suficientes de acuerdo a las condiciones de las obras, y de modo de permitir una adecuada visualización y comprensión de la propuesta arquitectónica y de ingeniería a desarrollar, debiendo ajustarse dicho proyecto a la geometría de la superficie de los inmuebles cedidos por medio del presente; memoria descriptiva de las obras; presupuesto con detalle de los rubros y tareas de obra abarcados; y cronograma o plan de trabajos, indicando plazo de ejecución y fechas de inicio, finalización y de habilitación al uso de los distintos sectores/espacios, según corresponda.

Por otra parte, la "AABE" se reserva el derecho a inspeccionar el sector del inmueble otorgado cada vez que lo estime conveniente, a fin de verificar el cumplimiento de las obligaciones que emergen del permiso.

También queda expresamente prohibido al SUTERH transferir o ceder total o parcialmente los derechos emergentes del presente permiso, alquilar o subalquilar los sectores del inmueble otorgado o modificar el destino, salvo autorización previa y por escrito de la "AABE".

Por último, la "AABE", podrá revocar el permiso, en cumplimiento de los fines establecidos en el Decreto Nº 1.382/12, sus normas complementarias y modificatorias, y/o ante el requerimiento expreso de la jurisdicción de origen fundado en razones de cumplimiento de sus fines específicos. La simple comunicación al SUTERH de la decisión de revocar, es suficiente para que el mismo se considere extinguido de pleno derecho, debiendo el SUTERH restituir el sector del inmueble cedido dentro de los 10 días de ser notificado Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice



Página/12

Si no está homologado Santa María no paga

Una de las ilustraciones que encabezaron sus denuncias durante el 2023 [Foto blog Trabajadores de Página/12]

Una de las ilustraciones que encabezaron sus denuncias durante el 2023 [Foto blog Trabajadores de Página/12]


[BPN-15/04/24] Durante el 2018 y 2019 Víctor Santa María, titular del Grupo Octubre y del Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (SUTERH)- fue denunciado por los trabajadores de Página/12 por lo menos en cinco oportunidades por no pagar los aumentos salariales acordados y firmados con el argumento de que no estaban homologados por el Ministerio de Trabajo.

Así surgió de un estudio realizado por la redacción de Pequeñas Noticias sobre las notas publicadas en el blog "Trabajadores de Página/12" [1] que reflejan en particular la actividad gremial especifíca de ese medio y en general la relacionada con todo el sector de los medios de comunicación y sus trabajadores.

Actualmente los conflictos gremiales entre Santa María y los trabajadores de Página/12 se mantienen en ese mismo tono alto de 2019. El 27 de marzo de este año anunciaron un paro de 24 hs. y denunciaron: "La ‘crueldad de esta empresa’ de no adelantar ni un peso a cuenta de la paritaria en un contexto inflacionario sin precedentes y con salarios que están por debajo de la línea de indigencia ‘no nos deja otro camino’".

En febrero resaltaron otra contradicción del sindicalista: "La empresa que encabeza Víctor Santa María -titular del SUTERH y secretario de Estadísticas y Registros de la CGT- anunció que en adelante descontará los días de huelga, decisión que contraría la prédica histórica del diario y el discurso público de su propietario y sus directivos".

En detalle

El 18 de septiembre de 2018 bajo el título "Comunicado de la Comisión Interna de Página/12" informaron: "...llevamos a cabo un paro total de actividades durante 24 horas [...] como respuesta al no pago del acuerdo paritario de este año por parte del Grupo Octubre, que como excusa alega la falta de homologación del acuerdo por la actual secretaría de Trabajo..." [2].

O sea que –tal cual sucede actualmente en el sector de la propiedad horizontal- el acuerdo había sido firmado entre la patronal y el gremio pero no fue homologado. Sin embargo, Santa María consideró que hasta que no se cumpla este último paso legal no debía ser abonado.

El 7 de noviembre de 2018 bajo el título "Paro de 24 horas en Página/12" explicaron: "La causa invocada para incumplir el acuerdo (falta de homologación de la Secretaría de Trabajo) no es más que una maniobra dilatoria y evasiva, ya que Editorial La Página SA nunca condicionó un pago a esa gestión burocrática..." [3].

Este párrafo devela que en gestiones anteriores una vez firmado el acuerdo se pagaba el aumento en la confianza de que la autoridad de aplicación lo homologaría sin mayores problemas, al punto que los trabajadores lo consideraban una mera "gestión burocrática".

El 17 de mayo de 2019 bajo el título "Cuatro paros en Página/12 y Edición de los Trabajadores" denunciaron: "... ni siquiera pagó el magro porcentaje acordado por la cámara empresaria que integra. Sólo abonó "sumas fijas a cuenta" de la homologación de la Secretaría de Trabajo que encabeza Dante Sica [Ministro de Producción bajo la gestión de Mauricio Macri]..." [4].

En este caso tampoco pagó el aumento firmado pero aceptó pagar adelantos a cuenta de futuros aumentos. Otra vez se repite lo que está sucediendo actualmente en muchos consorcios que ven que la homologación del acuerdo se demora, hay que liquidar los sueldos y no hay fecha de resolución de este tironeo entre el sindicato y el Gobierno Nacional.

El 22 de mayo de 2019 bajo el título "Sobre la falta de Página/12 en los quioscos" los trabajadores del medio denunciaron: "...en segundo lugar, Página/12 es la única empresa periodística de prensa escrita de toda Capital Federal que no pagó el acuerdo. En efecto, que el Grupo Octubre pretenda justificar su incumplimiento invocando que la paritaria "aún no fue homologada" por el gobierno de Macri demuestra únicamente..." [5].

El 2 de septiembre de 2019 con una inflación interanual del 53,5%, bajo el título "Una deuda devaluada" señalaron: "El grupo que preside Víctor Santa María incumple desde 2017 y por partida triple con sus responsabilidades patronales: primero, al alegar una excusa formal -la no homologación de la paritaria- para no pagar el acuerdo colectivo que él mismo firma como parte de AEDBA" [6] Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] Blog Trabajadores de Página/12

[2] Blog Trabajadores de Página/12 del 18/09/18: "Comunicado de la Comisión Interna de Página/12".

[3] Blog Trabajadores de Página/12 del 7/11/18: "Paro de 24 horas en Página/12".

[4] Blog Trabajadores de Página/12 del 17/05/19: "Cuatro paros en Página/12 y Edición de los Trabajadores".

[5] Blog Trabajadores de Página/12 del 22/05/19: "Sobre la falta de Página/12 en los quioscos".

[6] Blog Trabajadores de Página/12 del 2/09/19: "Una deuda devaluada".



Registro Público de Administradores porteño

El RPA desconoce cuántos acuerdos conciliatorios homologó

Edificio Cruz de Malta, sede de Defensa y Protección del Consumidor porteño y el Registro Público de Administradores [Foto Pequeñas Noticias]

Edificio Cruz de Malta, sede de Defensa y Protección del Consumidor porteño y el Registro Público de Administradores [Foto Pequeñas Noticias]


[BPN-15/04/24] El pasado 28 de marzo la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor (DGDyPC) porteño reconoció que desconoce cuántos acuerdos conciliatorias por denuncias contra administradores de consorcios por infracciones a la Ley 941 (Registro Público de Administradores porteño) fueron homologados durante el 2023.

Esta respuesta dejó sin explicación el destino de 1.658 denuncias. La diferencia entre las 2.115 denuncias recibidas contra los mandatarios durante el año pasado y las 457 disposiciones ordenadas durante 2023 (2.115-457=1.658).

En otras palabras, el año pasado la DGDyPC recibió más de 2 mil denuncias contra administradores por infracciones a la Ley 941 pero ordenó sólo menos de 500 disposiciones sancionatorias por lo que no se sabe qué pasó con las más de 1.500 denuncias restantes.

Una posibilidad es que una parte de éstas hayan concluido en un acuerdo conciliatorio entre el administrador denunciado y el consorcista denunciante, el que debería haber sido homologado por la autoridad de aplicación. Sin embargo, el Registro Público de Administradores no puede decir cuántas fueron.

Pedido de información pública

Teniendo en cuenta que se desconocer el destino del 78,4% de las denuncias contra administradores durante el 2023, el 13 de marzo la redacción de Pequeñas Noticias realizó una solicitud de información pública (Ley 104) en la que textualmente preguntó:

Por favor, informe la cantidad de disposiciones homologatorias de acuerdos conciliatorios realizadas por denuncias contra administradores de consorcios por infracciones a la Ley 941 del año 2023. Gracias.

El 28 de marzo Ariel Urwicz, subgerente operativo de la DGDyPC respondió:

...el sistema informático solo permite brindar la información solicitada sin discriminar entre homologaciones efectuadas en el marco de las Leyes 24.240 y 941. No obstante ello, se informa que han sido homologadas durante el año 2023 un total de 4.452 disposiciones.

Esto motivó que el 3 de abril la redacción del medio se dirigiera en queja al Órgano Garante de la Ley 104 argumentando:

...para tener una idea de la importancia del tema, es de señalar que la Ley 941 afecta a unos 10 mil administradores y 2 millones de consorcistas que viven en 120 mil edificios. Por otra parte, durante el año pasado -según datos oficiales- se presentaron 2.115 denuncias contra administradores ente al Registro Público de Administradores (RPA) porteño (Ley 941) quedando en el segundo lugar de los rubros más denunciados del año.

Es de interés del público saber cuántas de estas denuncias arribaron a acuerdos conciliatorios y fueron homologados por la autoridad de aplicación de la mencionada Ley 941. El número informado por Defensa del Consumidor es totalmente irrelevante a los efectos de aclarar el punto precedentemente explicado.

Entendemos que el hecho de que un sistema informático no arroje la respuesta no es una razón válida para no brindar el dato preciso. Nos cuesta creer que el Registro Público de Administradores -una repartición que fue creada especialmente con este objetivo- no pueda saber, de la cantidad de denuncias recibidas, cuantas fueron a conciliación y cuantas de éstas se presentaron a su superior jerárquico -el Director General de Defensa y Protección del Consumidor- para su homologación.

El 9 de abril el reclamo se consideró pertinente y se le dio curso bajo el número de expediente EX-2024-13785186-GCABA-OGDAI Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice



Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias

La CAPHyAI denunció maniobras para llamar la atención

Sede de la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) [Foto archivo Pequeñas Noticias]

Sede de la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) [Foto archivo Pequeñas Noticias]


[BPN-15/04/24] El pasado 15 de abril la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) denunció que hay "individuos que siendo profesionales (en otras actividades) se consideran con el conocimiento y derecho a criticar e injuriar a nuestra Cámara y a sus directivos cuando realmente recién están interiorizándose en el tema", y agregó que estas personas "tratan de confundir a la gente poniendo en duda la honestidad del presidente o expresidentes, denunciando en Instagram acuerdos oscuros y desmereciendo la representatividad que tenemos, como si existieran otras entidades que tengan tanta representatividad como la nuestra".

Si bien la CAPHyAI en su comunicado no mencionó nombres en su introducción se infiere que las agresiones denunciadas serían por su participación en las últimas paritarias. Destacaron enfáticamente que ésta es una maniobra mediática para llamar la atención: "No existe ningún tipo de planteo o denuncia ante la justicia o a través de una simple carta documento, ni una mediación donde se hayan planteado este tipo de cuestiones, lo cual demuestra que evidentemente, al no haber nada formalizado, es solamente una maniobra a través de las redes para captar la atención de las personas".

Finalmente remataron: "Sabemos que los que buscan este tipo de situaciones, lo hacen por la necesidad de existir ya que, si fuera por su verdadera actividad o profesión, carecen de reconocimiento".

Así lo hicieron saber mediante un comunicado titulado "Es más fácil criticar que hacer!!!" y firmado por el Consejo Directivo que distribuyeron entre sus asociados por correo electrónico

En palabras textuales:

Buenos Aires, abril 2024

Es más fácil criticar que hacer!!!

Tras casi 73 años de historia vivida por esta Cámara, ocupando un lugar de importancia en la comunidad consorcial, siendo la pionera en muchos temas relacionados con la propiedad horizontal. Hemos promovido la figura del Consejo de Administración para darle cabida a los propietarios - hoy Consejo de Propietarios según el C.C.C.N.

Hemos colaborado en la adecuación de los reglamentos de propiedad horizontal, estuvimos implicados en la necesidad de implementar un reglamente interno para la sana convivencia en los consorcios, entre tantas otras cosas.

Atenta a la representatividad de la Cámara, el 21 de diciembre de 1972 fuimos designados miembros paritarios por la Exma. Cámara de Apelaciones del Trabajo y fuimos inscriptos en el Registro de Asociaciones Gremiales de Empleadores, el 09 de abril de 1980. Nuestro objetivo, "ser lo más equitativos posibles", más aun considerando la cantidad de consorcios asociados que representamos y que no debemos olvidar que son "nuestros clientes".

A pesar de ello, nos encontramos con individuos que siendo profesionales (en otras actividades), se consideran con el conocimiento y derecho a criticar e injuriar a nuestra Cámara y a sus Directivos, cuando realmente recién están interiorizándose en el tema.

Tratan de confundir a la gente poniendo en duda la honestidad del presidente o ex presidentes, denunciando en Instagram acuerdos oscuros y desmereciendo la representatividad que tenemos, como si existieran otras entidades que tengan tanta representatividad como la nuestra, las cuales no llegan ni al 10% de la que tenemos.

Cabe destacar que no existe ningún tipo de planteo o denuncia ante la justicia, o a través de una simple carta documento, ni una mediación donde se hayan planteado este tipo de cuestiones, lo cual demuestra que evidentemente, al no haber nada formalizado, es solamente una maniobra a través de las redes para captar la atención de las personas.

Sabemos que los que buscan este tipo de situaciones, lo hacen por la necesidad de existir ya que, si fuera por su verdadera actividad o profesión, carecen de reconocimiento.

También sabemos que es muy difícil trabajar en equipo, porque a través del tiempo y de los conocimientos adquiridos, en la fogosidad de la búsqueda de lo legal, podemos confundirnos con una postura inflexible sobre algo que originalmente se acordó, que más allá de no dejar de ser la correcta, simplemente genera confusión y desmedro ante una situación que, a la larga o a la corta, se aplicará tal cual se acordó.

No siempre podemos marcar claramente el rumbo a seguir en el momento justo, pero no debemos olvidar que esta Cámara está dirigida por administradores que buscan facilitar la actividad de tantos colegas socios y no socios que participan de todas las actividades que desarrollamos día tras día y que al ver el resultado nos da la tranquilidad de saber que estamos en el buen camino.

Estas críticas no son constructivas, ni hacen bien a la actividad, solamente tratan de opacar la imagen de la entidad.

Consejo Directivo

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Marta Granados - Administraciones


Carta documento

Summa intimó a Luciani Otaño a que se retracte

Adm. Miguel Ángel Summa, presidente de la CAPHyAI (Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias) [Foto archivo Pequeñas Noticias]

Adm. Miguel Ángel Summa, presidente de la CAPHyAI (Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias) [Foto archivo Pequeñas Noticias]


[BPN-16/04/24] En el día de hoy el Adm. Miguel Ángel Summa, presidente de la CAPHyAI (Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias), en forma personal intimó a Juan Martín Luciani Otaño a ratificar o rectificar expresiones que consideró injuriosas, difamadoras y descalificadoras respecto a su persona y que fueran publicadas en la red social Instagram.

Dejó abierta también la posibilidad de iniciar acciones penales (artículos 110º, 113º y 114º del Código Penal) y civiles "por el injusto descredito causado a quien suscribe y la reputación de mi persona física".

La intimación la realizó mediante una carta documento de la cual se transcribe su texto:

Por la presente en carácter personal, y a partir de la publicación a través de la aplicación "Instagram", de la que surge que un usuario bajo el nombre de "abogado.propiedad.horizontal (el que coincide con el receptor de la presente misiva) ha publicado una foto que me pertenece en fecha 02/04/2024, haciendo las siguientes expresiones en comentarios a través del aplicativo:

1) Respondió a un comentario que reza: "Ya verlo creo que dice todo" con la siguiente frase "Delincuentes de Guantes Blancos"

2) Respondió al usuario claudia.monica.pereyra que comentó "Soy adm. y tampoco abone el aumento, ya que no estaba homologado, algunos encargados reclamaron y expliqué que estaba tácitamente o sea no homologado, no les agrado, pero hasta que no salga el aumento, no lo abonare. Espero no traiga" con la siguiente frase: "Hola Monica! Me pongo a tu disposición si te llegan a intimar avísame y te ayudo de manera GRATUITA! No hay que dejarse intimidar por estos mafiosos"

Los términos citados expuestos por usted revisten la calidad de injuriosos, difamadores y descalificadores respecto a mi persona. Dicho accionar denostando a quien suscribe, quien siempre ha actuado con rectitud y transparencia afectando usted con la comunicación a un público determinado o indeterminado la moral ejerciendo una conducta dolosa castigada por nuestro Código Penal y ordenamiento civil. Sus dichos no solo son descalificadores y difamadores, sino que no guarda relación con gestión alguna que haya realizado. Por ello lo INTIMO para que en el término de cuarenta y ocho (48) horas, ratifique o rectifique las afirmaciones efectuadas en la página de INSTAGRAM transcripta. Para el caso que rectifiquen lo manifestado, EXIJO que publiquen dicha rectificación y se haga en el mismo portal citado. Sin perjuicio de lo expuesto, hago expreso apercibimiento de incoar querella criminal por el delito de injurias (artículos 110, 113 y 114 del Código Penal), como así también de ejercer las acciones civiles que el derecho privado me confiere, por el injusto descredito causado a quien suscribe y la reputación de mi persona física.

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Registro Público de Administradores porteño

Fueron sancionados dos directivos del AIERH

[BPN-15/04/24] El pasado 15 de enero la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor (DyPC) porteño sancionó al presidente y a una de las vocales de la Asociación Inmobiliaria de Edificios de Renta y Horizontal (AIERH), el Dr. Raúl Marcelo Costa y la Cra. Beatriz Laura Colucci, por la infracción a cuatro incisos del artículo 9º (Obligaciones del administrador) y un inciso del 10º (Liquidaciones de expensas) de la Ley 941.

Los incisos sancionados del artículo 9º fueron el ‘a’ (ejecutar las decisiones adoptadas por la asamblea...), el ‘b’ (atender a la conservación de las partes comunes...), el ‘f’ (conservar la documentación del consorcio y garantizar su libre acceso...) y el ‘p’ (notificar a todos los propietarios de modo inmediato [...] la existencia de reclamos, sanciones administrativas y presentaciones judiciales que afecten al consorcio).

El inciso del artículo 10º fue el ‘h’: "En caso que existieran juicios por cobro de expensas o por otras causas en los que el consorcio sea parte se indicará en la liquidación mensual todos los datos del mismo (número de juzgado interviniente y expediente, carátula, objeto y estado) y capital reclamado".

Luego de recibida la denuncia DyPC corrió traslado a la parte denunciada y el 12 de marzo de 2023 promovió una instancia conciliatoria que concluyó 9 días después sin haberse arribado a una "amigable composición".

Luego de evaluar los testimonios y el material probatorio aportado por el denunciante y los administradores y teniendo en cuenta que los denunciados no eran reincidentes, cada administrador fue sancionado con una multa de 184.660 pesos (2.800 unidades fijas).

La Disposición 115 que ordenó la sanción se publicó en el Boletín Oficial Nº 6.821 del 26/02/2024 [texto original].

Los argumentos

Defensa y Protección al Consumidor –a los efectos de graduar la sanción y su cuantía- argumentó:

...corresponde destacar que la asamblea es el espacio natural que tienen los consorcistas para establecer los lineamientos que regirán la vida consorcial, arreglando allí los problemas que se hayan suscitado e intentando prevenir inconvenientes futuros. Por tal motivo, la no observancia de lo resuelto en dicho ámbito ultraja la vida consorcial, por lo que en la ponderación de la sanción a imponerse se deberá tener en cuenta que la infracción a las disposiciones del artículo 9 inciso a) de la Ley 941, afecta no solo al denunciante sino al consorcio en pleno;

Que a su vez, la inobservancia del deber de atender a la conservación de las partes comunes del edificio que se administra -inciso b)-, importa un incumplimiento de las obligaciones que la normativa impone a los administradores y que resulta insoslayable para el adecuado ejercicio de la administración, lo que constituye un hecho grave que significa un perjuicio actual o potencial para los copropietarios del consorcio administrado. Lo expuesto se evidencia, en el caso concreto, ante la existencia de daños en el techo del hall, cimientos de hierro y vidrios de la planta baja;

Que por su parte, el quebrantamiento al inciso f), dificulta a los consorcistas velar por la integridad de las finanzas comunes, así como garantizar el correcto desarrollo del consorcio y el adecuado control por parte de los consorcistas y/o autorizados por éstos. De este modo, si no pueden acceder a los documentos que hacen a la vida consorcial, les será imposible adoptar las medidas y verificar aquellas decisiones que resulten de su interés, así como comprobar la correcta liquidación de las expensas, las obras contratadas, entre otras cuestiones;

Que en cuanto al incumplimiento del inciso p), ello imposibilita que los consorcistas puedan tomar conocimiento en tiempo y forma acerca de la existencia de reclamos, sanciones administrativas y presentaciones judiciales que afecten al consorcio y que puedan comprometer su patrimonio;

Que por último, la inobservancia de las formalidades exigidas por el artículo 10 para la conformación de las liquidaciones de expensas, restringe a los consorcistas tener certeza acerca de la justificación de los importes cobrados y su asociación al detalle reflejado en las liquidaciones de gastos, como así también obstaculiza el control de la gestión del administrador del edificio;

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Paritarias encargados de edificios 2024

Luciani Otaño pidió dictaminar la falta de legitimidad de los paritarios

Dr. y Adm. Juan Martín Luciani Otaño

Dr. y Adm. Juan Martín Luciani Otaño


[BPN-15/04/24] El pasado 18 de marzo el Dr. y Adm. Juan Martín Luciani Otaño solicitó a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo que dictamine la falta de legitimidad de los participantes de las paritarias, tanto de la Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal (FATERyH) como de la Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH), la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) y la Unión Administradores de Inmuebles (UADI).

Entre sus argumentos señaló que estas entidades se rigen por un sistema antiguo en el que faltan elecciones democráticas, que permite que solamente haya una lista única y que tolera las reelecciones indefinidas. Añadió que en esta mesa de negociaciones falta la representación de quienes efectivamente pagan los salarios que son los propietarios e inquilinos.

Explicó también que hoy en los acuerdos paritarios no hay una representación federal porque por un lado hay una federación que representa a 24 sindicatos jurisdiccionales y del otro lado hay tres entidades de administradores de consorcios cuyos socios son mayoritariamente porteños.

Como solución propuso que para negociar con la FATERyH se cree una federación compuesta por asociaciones de propietarios e inquilinos de las 24 jurisdicciones argentinas en la que se garanticen elecciones de manera democrática y federal y en las que no se permita más de una reelección. De esta forma consideró que no sólo podrían negociar en igualdad de condiciones una federación contra otra sino que también quienes pagan los aumentos salariales podrán ser escuchados y tendrán derecho a voto.

La presentación realizada ingresó bajo el número de expediente EX-2024-28453512-APN-DGD#MT Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice



Defensa y Protección del Consumidor porteño

Brusca caída de la publicación de sanciones en el Boletín Oficial

[BPN-15/04/24] Durante el primer trimestre de este año la cantidad de publicaciones de sanciones ordenadas contra administradores de consorcios por infracciones a la Ley 941 (Registro Público de Administradores porteño) descendieron en un 57,6% con respecto al mismo período del año pasado. Mientras que durante los tres primeros meses de 2023 se publicaron 118 disposiciones sancionando 122 administradores, desde enero hasta marzo de este año se publicaron sólo 50 contra 52 mandatarios.

Año

Disposiciones

Sancionados

Pesos

u$s

2023

118

122

9.335.556

69.283

2024

50

52

6.022.944

15.565

De las 50 disposiciones publicadas este año 34 fueron ordenadas por la anterior directora general de Defensa y Protección al Consumidor, Vilma Bouza, mientras que sólo 16 las dispuso su actual director, Carlos Lionel Traboulsi.

Las multas del medio centenar de sanciones publicadas durante los tres primeros meses de este año totalizaron 6 millones de pesos o unos 16 mil dólares. Un descenso de un -35,5% en pesos y un -77,5% en dólares con respecto a lo publicado el año pasado.

MULTA PROMEDIO

Año

Sancionados

Pesos

u$s

2023

122

76.521

568

2024

52

115.826

299

Por otra parte se observa que el valor promedio en dólares de las multas también bajó. Este año una multa promedio en dólares bajó un -47,3% y en pesos subió un 51,5%, mucho menos que el 254,2% de inflación interanual informada para el mes de enero y el 296,23% estimada para marzo.

Un problema que arrastra

Desde el año 2014 se publicaron en el Boletín Oficial 2.305 disposiciones sancionatorias contra 2.383 administradores.

Director

Disposiciones

Pesos

Dólares

Gallo

1

24.528

4.616

Aoun

97

3.029.733

324.653

Bouza

2.191

141.711.931

1.792.654

Traboulsi

16

2.317.045

2.759

Total

2.305

147.083.237

2.124.682

Es de destacar que la mayor cantidad de publicaciones se realizó durante la gestión de Bouza, más de 2 mil publicaciones por multas que superaron los 141 millones de pesos o casi 1,8 millones de dólares.

Sin embargo, a Bouza se le criticó reiteradamente que del total de las 2.940 disposiciones ordenadas desde 2018 hasta 2023 sólo publicaron en el Boletín Oficial 1.895 lo que representó un 64,5% del total [1]. Sobre las disposiciones sancionatorias que nunca se publicaron no pudo dar una respuesta convincente.

Por su parte, Traboulsi en enero había prometido a los porteños que estaba cambiando la metodología en la redacción de las disposiciones y de sanciones para que sean más ejecutables y se puedan llegar a cobrar. En una entrevista concedida a Pequeñas Noticias había señalado: "[queremos] que sean efectivamente publicadas para que el consumidor tome conocimiento de las sanciones que se les aplica a los administradores. Que esa sanción de publicación sea efectiva, o sea que el vecino pueda verla directamente". Su objetivo era buscar el control social de la actividad [2].

¿Qué se necesita para estar al día?

Desde 2018 hasta el año pasado Defensa y Protección al Consumidor ordenó un promedio de 490 sanciones contra administradores. O sea que debería publicar 41 disposiciones por mes y durante el primer trimestre debió haber publicado 123. Cómo sólo publicó 50 arrastra un déficit de 73 disposiciones sobre las que los consorcistas porteños no podrán ejercer el tan mentado control social Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] BPN Nº 770 del 15/02/24: "El año pasado bajó levemente la cantidad de sanciones dispuestas".

[2] BPN Nº 768 del 15/01/24: "Defensa del Consumidor tiene nuevo director general".


Administradora Rosa Matilde Núñez

Servicios informáticos para administradores y consorcios.


Registro Nacional de Administradores de Condominios

Finalmente se reglamentó el RPA chileno

[BPN-15/04/24] El pasado 22 de marzo finalmente se reglamentó la Ley 21.442 que creó un Registro Nacional de Administradores de Condominios (RNAC) en el hermano país de Chile. El poder Ejecutivo tardó en reglamentar el Decreto 5 (BO: 26/03/24) más de un año y once meses.

En diálogo con Pequeñas Noticias el administrador chileno Aníbal Ahumada Álvarez, a grandes rasgo se mostró satisfecho con la reglamentación porque este registro era una propuesta hecha por los mandatarios al Congreso en el año 2007. Recalcó que era necesario que haya exigencias mínimas para quienes quieran ser administradores y que también debían existir regulaciones y controles más estrictos de esta actividad.

El Adm. Álvarez ocupó altos cargos directivos en el Colegio de Gestión y Administración Inmobiliaria (CGAI) mientras se impulsó la ley que finalmente creó el Registro y fue presidente de la entidad desde 2011 hasta 2015 y desde 2017 hasta 2021

La entrevista completa en detalle:

¿Está conforme con la reglamentación publicada?

En general sí porque era una propuesta hecha por los administradores al congreso desde el año 2007, es una gran necesidad que exista este registro para que haya exigencias mínimas para quienes quieran ser administradores y también era necesario que existan regulaciones y controles más estrictos en esta actividad

¿Qué aspectos le parecen más negativos?

Nos parece muy negativo que la actual autoridad haya transgredido el espíritu de la ley y establezca que los datos personales de los administradores sean públicos, como la dirección, teléfono, correo electrónico, cantidad de condominios que administramos con sus direcciones incluidas. Con esto el Ministerio de la vivienda quien controlará este registro, está violando la ley de protección de datos y también nuestra propia constitución que establece la privacidad individual como un derecho humano.

¿Qué otros le parecen los más positivos?

Que, para inscribirse en el Registro, se debe tener un curso aprobado con los ramos establecidos en la ley ya que esto tenderá hacia la profesionalización de la actividad y la posibilidad que los malos elementos sean sacados del mercado.

¿Cuándo estima que estará operativo?

De acuerdo a la misma Ley 21.442, en 18 meses a contar del pasado 26 abril.

Finalmente agregó que como Unión Nacional de Administradores de Condominios ya están en campaña para proteger a sus colegas de los abusos que considera están incurriendo las autoridades. Por último, adelantó que presentarán recursos ante los tribunales de justicia y el tribunal constitucional Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Administración Silvia Losada

Administración Liliana Silvia Bo


Registro Público de Administradores porteños

La Comuna 2 recibirá denuncias por infracciones a la Ley 941

[Foto Gobierno de la CABA]

[Foto Gobierno de la CABA]


[BPN-15/04/24] La secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano habilitó en la sede de la Comuna 2 una nueva oficina de Defensa y Protección al Consumidor porteño para brindar atención presencial a los vecinos, tomar denuncias por infracciones a la Ley 941 (Registro Público de Administradores de Consorcios), la Ley 24.240 (Defensa al Consumidor) y otras normativas vigentes. También habilitó la posibilidad de que en ese lugar se puedan celebrar las audiencias de conciliación.

Para presentar denuncias en forma presencial, los vecinos deben solicitar turno a través del siguiente enlace o en la misma isla digital ubicada en la sede comunal, donde pueden requerir asistencia personalizada. Desde Defensa al consumidor recomiendan siempre asesorarse en forma previa. Estas gestiones también pueden resolverse a través de la web de Defensa del Consumidor.

Entre otros servicios en la nueva oficina los vecinos pueden realizar todo tipo de consultas referidas a la compra de bienes o la contratación de servicios en el ámbito de la Ciudad. La oficina ofrecerá asesoramiento tanto a los residentes locales como a los turistas.

"Tenemos el objetivo de facilitarle a los vecinos el acceso a los trámites y servicios que provee la Ciudad y sabemos que hay personas que requieren atención presencial, por eso proponemos una nueva mirada, más amplia, que incluye a todos, a los que manejan la tecnología y a los que no, con el propósito de resolver las problemáticas de manera real y cercana", afirmó César Torres, secretario de Gobierno y Vínculo Ciudadano.

La Sede Comunal 2 atiende de lunes a viernes en horario de 8.30 a 14.30 horas en la calle José E. Uriburu 1022.

El procedimiento para denuncias

Según explicaron, el procedimiento de denuncia previsto por Defensa al Consumidor habilita la realización de una audiencia entre las partes involucradas -es decir entre el consumidor y la empresa denunciada- con el objetivo de llegar a un acuerdo que resuelva el problema. Este espacio es moderado por un abogado.

Una vez efectuada la denuncia se fija día y horario para la celebración de una audiencia. El vecino puede acercarse a la Comuna y participar de ella de forma presencial junto al audiencista de Defensa al Consumidor que se conecta a través de videollamada con la empresa denunciada. También el vecino puede elegir participar de las audiencias de forma remota por medios digitales desde el espacio que prefiera (su casa, trabajo, etc.).

Atención al turista

La Comuna 2 del barrio de la Recoleta es una de las más visitadas por turistas nacionales y extranjeros. Por este motivo, en la misma sede de Defensa al Consumidor en la Comuna 2 se dispuso la asistencia a los turistas. El servicio ofrece asesoramiento bilingüe en inglés tanto para asesorar sobre el problema planteado como en la recepción de la denuncia correspondiente. Se pone énfasis en la celeridad para que en un plazo no mayor a las 48 horas hábiles se pueda resolver el reclamo y evitar iniciar el trámite de audiencia conciliatoria.

Este procedimiento express es de vital importancia porque en general un turista que visita la Ciudad lo hace por un plazo breve de tiempo y no puede esperar más allá de su estadía Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Administración López.

Rodriguez y Asociados, Bienes Raícesy administración de consorcios


Puerto Madryn (Chubut)

Primeras Jornadas Patagónicas de Propiedad Horizontal

Entrada a la ciudad de Puerto Madryn [Foto Ministerio de Turismo y Deportes]

Entrada a la ciudad de Puerto Madryn [Foto Ministerio de Turismo y Deportes]


[BPN-15/04/24] Los próximos viernes 26 y sábado 27 de abril se realizarán las "Primeras Jornadas Patagónicas de Propiedad Horizontal" en Puerto Madryn (Chubut).

Las jornadas se llevarán a cabo en forma híbrida (presencial y virtual) en la sede de la Universidad Nacional de la Patagonia de Ciencias Jurídicas San Juan Bosco.

Según informaron sus organizadores: Para estas jornadas se "reunirá a destacados disertantes académicos que abordarán todos los temas relevantes del sector de la propiedad horizontal, por primera vez reunidos en la Patagonia argentina", y destacaron: "Su participación sería de suma importancia para el éxito de esta iniciativa, brindando una valiosa contribución al intercambio de conocimientos y experiencias en un ámbito tan crucial para nuestra comunidad".

Serán disertantes: la Dra. Diana Sevitz, el martillero José Yona, el Dr. Federico Chiesa, el martillero Alberto Loyarte, el Dr. Ariel Giménez, el martillero Juan Pablo Baca, la Dra. Mariela Valle, el martillero Bernardo Giles, el Cr. Gabriel Aubiña, el Cr. Leonardo Ríos Llovera y la Arq. Alba Di Scala.

Invitan: la Dra. Diana Sevitz (Dirección Académica), la martillera Vanina Olivera (Coordinación General) y la Dra. Mariela Valle (Coordinación Académica).

Informes e inscripción por correo electrónico: congresoph24@gmail.com o por teléfono al (+54)(9)(28) 046-8847 o al (+54)(9)(22)3602-2223 Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Administrador Adolfo Tami

Administración Mared


Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal

Pergolini llevaría Vorterix al Grupo Octubre

[Fotoilustración sobre material propio y un fotograma de un video de Vorterix https://www.youtube.com/@VorterixOficial]

[Fotoilustración sobre material propio y un fotograma de un video de Vorterix https://www.youtube.com/@VorterixOficial]


[BPN-15/04/24] El pasado 5 de abril Mario Pergolini conduciendo el programa "Maldición va a ser un día hermoso" anunció que a partir del 30 de abril Vorterix dejará de emitirse por la FM 92.1 de la que es propietario. A pesar de que con posterioridad aclaró que era un chiste, explicó que tomó esa decisión por el alto costo de la factura de la luz y por la baja audiencia de que tiene su emisora.

Días después, gente allegada a Pergolini informó a La Nación que Vorterix se mudará entre el 1 y 2 de mayo a la FM 100.3 que pertenece al Grupo Octubre y cuyo titular es el Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (SUTERH) comandado por Víctor Santa María. Hasta ahora en esa frecuencia funciona la FM Arpeggio que dejó de trasmitir hace aproximadamente 5 años.

Es de recordar que en octubre de 2021 trascendió que el Grupo Octubre había hecho una alianza estratégica con Pergolini con el objetivo de innovar en los contenidos de su empresa multimediática. Pergolini lideró el proyecto GO LAB cuyo objetivo fue crear una especie de laboratorio para desarrollar ideas y nuevas formas de conectarse [1].

Por otra parte, la FM 100.3 es una frecuencia que pertenece al pool de radios que Santa María adquirió a finales de 2019. Esto sucedió cuando Telearte SA (propietaria de "ElNueve") y el Grupo Octubre firmaron un acuerdo para trabajar en conjunto.

Ahora Pergolini y Santa María serán socios en el nuevo dial de Vorterix.

Mario Pergolini

En 2011 abandonó Rock & Pop (FM 95.9) luego de 25 años y arrancó con su radio FM Vorterix. Al poco tiempo se asoció primero con Sergio Szpolski el empresario que armó el Grupo Veintitrés durante los gobiernos de Néstor y Cristina Kirchner que se disolvió a principios de 2016.

Luego asoció Vorterix a los empresarios Cristóbal López y Fabián de Sousa, dueños de C5N, MinutoUno, Radio 10 y Ámbito Financiero hasta que decidió hacerse cargo personalmente del programa.

Vorterix no se trataba sólo de una FM sino también de un conglomerado que incluye un sitio web desde donde se transmiten recitales, música en HD y una sala de conciertos para alrededor de mil personas en Federico Lacroze y Álvarez Thomas donde antiguamente funcionó el Teatro Argos, luego El Teatro y ahora Vorterix.

Esta frecuencia será la tercera que tendrá la emisora desde que se creó, en enero de 2012 Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] BPN Nº 714 del 15/10/21: "Santa María suma una agencia de noticias a su holding".



Índice de escalas salariales de encargados de edificios

La licuadora sigue triturando escalas salariales y jubilaciones

En este gráfico se incluyeron los acuerdos del 45%, 10% y 4% ya homologados [Fotoilustración Pequeñas Noticias]


[BPN-15/04/24] Durante el cuarto mes de 2024 el promedio de las escalas salariales de los encargados de edificios [2] perderán -6,8 con respecto a marzo perderán, -14,46 puntos en lo que va del año y -76,66 puntos en el cálculo interanual.

Estos cálculos se realizan sobre los acuerdos salariales y la escalas homologados por la Secretaría de Trabajo y no tiene en cuentas los adelantos a cuenta de futuros aumentos que pudieran haber sido otorgados por los consorcios para paliar la situación de los trabajadores.

El incremento mensual

Si no hay novedades durante la segunda quincena de este mes, en abril el promedio de las escalas salariales variará en un 4% con respecto al mes pasado. Esto se debe a que se homologaron las escalas salariales de febrero (45%), marzo (10%) y abril (4%) [ver nota].

Durante el cuarto mes de este año el promedio de las escalas salariales seguirá siendo de 611.143 pesos mensuales.

El acumulado anual

En abril el promedio de las escalas salariales será de un 53,44% con respecto al último mes del año pasado.

Durante diciembre del año pasado el promedio de las escalas salariales estaba en 398.298 pesos mensuales.

El interanual

El incremento anual de las escalas salariales desde abril del año pasado hasta el mismo mes de éste será de un 219,42%.

El promedio de las escalas salariales de abril de 2023 fue de 191.328 pesos.

INDEC

Según el Índice de Precios de Consumidor que mide el INDEC la inflación de marzo fue de un 11% y para el Relevamiento de Expectativas del Mercado (REM) que estima el Banco Central de la República Argentina (BCRA) la inflación de abril será del 10.8%.

Según estos números, la inflación interanual de este mes será de un 296,08%.

Jubilados

Mientras tanto, el haber mínimo de un jubilado que paga expensas en abril será de 241.283 pesos bruto a los que se deben descontar la "Obra social s/haberes PAMI".

Esto se debe a dos razones:

1- En abril se incrementaron los haberes en un 12,7% según el Decreto 274/2024 del 22 de marzo.

2.- Se extendió la "ayuda económica previsional" de hasta 70 mil pesos mediante el Decreto 282 del 27 de marzo.

Es de destacar que el Gobierno decidió abonar los haberes en dos pagos: en el primero se cobrará el mismo monto que en marzo y en el segundo, el aumento y el bono. Si bien ANSeS ya anunció el calendario para el primer tramo, todavía resta definir las fechas del segundo.

En dólares, este haber mínimo representa 272,97 dólares al precio oficial o 243,72 dólares según el mercado blue [3].

En abril del año pasado ese haber estuvo en 73.665,41 pesos.

Lamentablemente este mes el incremento del haber mínimo de la clase pasiva fue negativo contra la inflación mensual (-16,54 puntos), la acumulada anual (-36 puntos) y contra la medición interanual (-68,54 puntos).

En enero de 2016 la jubilación mínima estaba establecida en 4.299,06 (u$s 312,98). Si ese haber hubiera aumentado al ritmo de la inflación este mes debería haber sido de 340.112,12 pesos mensuales (u$s 383,59 promedio a valor oficial).

Si calculamos, mes a mes, lo que debió ganar un jubilado siguiendo el ritmo de la inflación y lo que realmente percibió incluidos los bonos extras, observamos que en total lo perdido desde enero de 2016 hasta abril de 2024 fueron -583.462,94 pesos (u$s -658,05) incluida la incidencia de los medios aguinaldos Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] SUTERH: Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal

[2] Para comparar escalas salariales del sector se promediaron las funciones de encargado permanente con y sin vivienda en sus cuatro categorías de cada mes. En los casos que correspondió se sumaron los bonos, tanto los acordados en paritarias como por el Poder Ejecutivo nacional incluido el bono no remunerativo del 20% que se paga en diciembre.

[3] 13/04/2024.


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¿Qué significan las siglas?

ACCABA: Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ACAPPH: Asociación Civil Administradores Profesionales Propiedad Horizontal.

ACoPH: Asoc. Civil de Consorcistas de la Propiedad Horizontal (Mar del Plata).

ACRA: Arbitros de Consumo de la República Argentina.

ADEPROH: Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la Propiedad Horizontal RA.

AFIP: Administración Federal de Ingresos Públicos.

AGIP: Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.

AIERH: Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal.

AIPH: Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal AIPH.

APARA: Asociación de Profesionales Administradores de la República Argentina.

APH: Asociación Civil de Propietarios de inmuebles de Renta y Horizontal.

APCCRA: Asociación de Propietarios, Consorcios y Consorcistas de la RA.

API: Asocición Propietarios de Inmuebles.

APIPH: Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal.

APBR: Asociación de Propietarios de Bienes Raíces.

APROPHMAR: Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata.

CAAC: Confederación Argentina de Administradores de Consorcios.

CABA: Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

CACCyC: Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas.

CaFACA: Cámara Federal de Administradores de Consorcios de Argentina.

CAPHBByZ: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de Bahía Blanca y Zona.

CAPHPBA: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires.

CAPHyAI: Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.

CAPRA: Cámara de Propietarios de la República Argentina.

CASIPH: Cámara Argentina de Sistemas Informáticos de Propiedad Horizontal.

CCT: Convenio Colectivo de Trabajo.

CDI: Clave de Identificación.

CECAF: Cámara Empresaria de Conservadores de Ascensores y Afines.

CEDDDA: Camara Empresarial de Desinsectacion, Desrodentizacion y Desinfeccion Ambiental.

CGPC: Centro de Gestión y Participación Comunal de la Ciudad Autónoma de Bs. As.

CIA: Cámara Inmobiliaria Argentina.

COAPLA: Empresas de Control de Plagas de la Republica Argentina.

CEPRARA: Cámara de Empresarios Pintores y Restauraciones Afines de la República Argentina

CUCICBA: Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA.

CUIL: Clave Única de Identificación Laboral.

CUIT: Clave Única de Identificación Tributaria.

FAC: Federación Argentina de Consorcios.

FACARA: Federación de Asociaciones y Cámaras de Ascensores de la República Argentina.
FAPHRA: Federación Nacional de Cámaras y Asociaciones de Administradores de Propiedad Horizontal de la República Argentina

FATERyH: Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal.

FECIBA: Federación Económica de la Ciudad de Buenos Aires.

FEDECO: Federación de Asociaciones de Consorcios.

FRA: Fundación Reunión de Administradores.

ICI: Instituto de Capacitación Inmobiliaria.

INADI: Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo.

IxE: Indignados por expensas.

LCPH: Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal.

RCD: Red de Consorcistas Damnificados.

ReDeCo: Reafirmación de los Derechos del Consorcista.

SEARA: Sindicato Empleados de Administradoras de la República Argentina.

SERACARH: Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal.

SiPreBA: Sindicato de Prensa de Buenos Aires.

SUTERH: Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal.

UADI: Unión Administradores de Inmuebles.

UCRA: Unión de Consorcistas de la República Argentina.

UITEC: Unión Iberoamericana de Trabajadores de Edificios y Condominios.

ULAI: Unión Latinoamericana de Administradores e Inmobiliarias.

UMIPH: Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal.

UPA - Unión Porteña de Administradores.


Boletín de Pequeñas Noticias

2º Edición Nº DCCLXXIV

Director y propietario: Claudio García de Rivas

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Diseño gráfico: María Auxiliadora Caceres Quinde

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Socio fundador de la Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal (UMIPH)

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