Paritarias
encargados de edificios 2024
Finalmente
se homologaron las famosas paritarias
No
sólo se homologó el famoso aumento del 45% para el mes de febrero sino
también uno para marzo y otro para abril firmados una semana antes
Por fin se retomó el sendero de homologar las escalas salariales que
deben acompañar cada uno de los acuerdos.
[BPN-15/04/24]
El pasado domingo 14 de abril la directora nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo homologó dos acuerdos salariales para los
encargados de edificios: el rubricado el 23 de enero con un aumento del
45% para febrero y uno nuevo firmado el 8 de abril con un aumento del 10%
para marzo y un 4% para abril.
En
todos los casos los acuerdos fueron acompañados por sus respectivas
escalas salariales que también fueron homologados. Esta modalidad
brindará la tan necesaria seguridad jurídica que precisan tanto...
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Paritarias
encargados de edificios 2024
Aún
sin
homologación se retiene la contribución solidaria y el 19º bis
En
febrero el SUTERH comenzó a recaudar la Contribución solidaria como si
el acuerdo del 45% hubiera sido homologado
Por otra parte, en marzo descontó a los trabajadores el 2% establecido
por el artículo 19º bis del convenio colectivo de trabajo de encargados
de edificios.
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SUTERH
Alberto
Fernández prestó un predio para hacer un complejo recreativo
El
por entonces presidente de la Argentina le otorgó al SUTERH un permiso de
uso precario y gratuito para la realización de un "Complejo
Recreativo y Deportivo SUTERH"
Deberá contar con "una adecuada infraestructura deportiva y de
esparcimiento donde el afiliado pueda pasar momentos recreativos con su
familia.
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Página/12
Si
no está homologado Santa María no paga
Durante
2018 y 2019 por lo menos en cinco oportunidades Santa María fue
denunciado por sus trabajadores por no pagar los aumentos salariales
acordados y firmados con el argumento de que no estaban homologados por el
Ministerio de Trabajo
Señalaron que en febrero de este año ni siquiera le dio adelantos para
paliar la inflación.
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Cámara
Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias
La
CAPHyAI denunció maniobras para llamar la atención
Señaló
que hay "individuos que siendo profesionales (en otras actividades)
se consideran con el conocimiento y derecho a criticar e injuriar a
nuestra Cámara y a sus directivos"
Destacó que son maniobras mediáticas para llamar la atención de quienes
carecen de reconocimiento.
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Paritarias
encargados de edificios 2024
Luciani
Otaño pidió dictaminar la falta de legitimidad de los paritarios
Solicitó
que se dictamine la falta de legitimidad de la FATERyH, el AIERH, la
CAPHyAI y la UADI
Propuso que se ocupe de las negociaciones con el sindicato una nueva
federación compuesta por una asociación de propietarios e inquilinos de
cada provincia.
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Registro
Nacional de Administradores de Condominios
Finalmente
se reglamentó el RPA chileno
Luego
de casi dos años se reglamentó en el país hermano la ley que creó el
nuevo Registro Nacional de Administradores de Condominios
En general, este registro es una versión mucho más liviana que la de sus
homólogos argentinos
En Chile nació a iniciativa del Colegio de Administradores.
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Puerto
Madryn (Chubut)
Primeras
Jornadas Patagónicas de Propiedad Horizontal
Las
jornadas se llevarán a cabo en forma híbrida (presencial y virtual) en
la sede de la Universidad Nacional de la Patagonia de Ciencias Jurídicas
San Juan Bosco.
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Índice
de escalas salariales de encargados de edificios
La
licuadora sigue triturando escalas salariales y jubilaciones
Aún
con la homologación de febrero, marzo y abril, las escalas salariales de
los encargados de edificios de este mes perderán nuevamente contra la
inflación mensual, la acumulada anual y la medición interanual
Por su parte, el haber mínimo de los jubilados que pagan expensas
perderá en el mensual, en el acumulado anual e interanual.
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Gacetillas
Comisión
de Consorcios de la Comuna 14
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Pequeñas
Noticias
Nosotros
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Registro
Público de Administradores porteño
El
RPA desconoce cuántos acuerdos conciliatorios homologó
Defensa
y Protección del Consumidor porteño informó que desconoce cuántos acuerdos
conciliatorios homologó por denuncias contra administradores de consorcios por
infracciones a la Ley 941 durante el año pasado
Quedó así, sin explicación el destino del 78% de las denuncias que realizaron
los vecinos ante el RPA.
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Carta
documento
Summa
intimó a Luciani Otaño a que se retracte
El
presidente de la CAPHyAI en forma personal intimó a Juan Martín Luciani
Otaño a ratificar o rectificar expresiones que consideró injuriosas,
difamadoras y descalificadoras respecto a su persona y que fueran
publicadas en la red social Instagram
Se reservó el derecho a iniciar acciones penales y civiles.
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Registro
Público de Administradores porteño
Fueron
sancionados dos directivos del AIERH
A
principios de enero el presidente y una vocal de la Asociación
Inmobiliaria de Edificios de Renta y Horizontal fueron sancionados por el
RPA por cinco infracciones a la Ley 941
Esta entidad es una de las tres que integran las paritarias de encargados
de edificios representando a los consorcios.
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Defensa
y Protección del Consumidor porteño
Brusca
caída de la publicación de sanciones en el Boletín Oficial
Durante
el primer trimestre de este año la cantidad de publicaciones de sanciones
ordenadas contra administradores de consorcios por infracciones a la Ley
941 descendió fuertemente con respecto al mismo período del año
pasado
El informe detallado completo.
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Registro
Público de Administradores porteños
La
Comuna 2 recibirá denuncias por infracciones a la Ley 941
Se
habilitó una oficina de Defensa al Consumidor porteño para tomar
denuncias presenciales por infracciones a la Ley 941 (RPA), a la Ley 24.240
(Defensa del Consumidor) y que brindará asistencia a los turistas.
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Sindicato
Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal
Pergolini
llevaría Vorterix al Grupo Octubre
El
propietario de Vorterix anunció que a partir del 30 de abril ésta
dejará de emitirse por la FM 92.1
Días después medios periodísticos adelantaron que la radio aterrizaría
en la FM 100.3 del Grupo Octubre.
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Gacetillas
Comisión
de Consorcios de la Comuna 3
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Bolsa
de Trabajo
Avisos
Clasificados
OFRECIDOS
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Paritarias
encargados de edificios 2024
Finalmente
se homologaron las famosas paritarias
Sede
del ex Ministerio de Trabajo y Seguridad Social [Fotoilustración sobre
fotos de Pequeñas Noticias]
[BPN-15/04/24]
El pasado domingo 14 de abril la directora nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo homologó dos acuerdos salariales para los
encargados de edificios: el rubricado el 23 de enero con un aumento del
45% para febrero y uno nuevo firmado el 8 de abril con un aumento del 10%
para marzo y un 4% para abril.
En
todos los casos los acuerdos fueron acompañados con sus respectivas
escalas salariales que también fueron homologados. Esta modalidad
brindará la tan necesaria seguridad jurídica que precisan tanto los
encargados que los deben cobrar como los consorcistas que los tendrán que
pagar y los administradores cuyo deber es liquidarlos.
Los
dos acuerdos se homologaron mediante la Disposición 82 que firmó la
directora nacional Mara Agata Mentoro.
El
último acuerdo (10%+4%)
El
lunes 8 de abril al mediodía se reunieron Osvaldo Bacigalupo (FATERyH),
Miguel Ángel Summa (CAPHyAI), Osvaldo Primavesi (UADI)
y Patricia Fernández (AIERH) [1] y acordaron:
Pactar
un incremento salarial consistente en un porcentaje del:
1.-
10% a calcular sobre el salario básico correspondiente al mes
de febrero del 2024 para la cuarta categoría establecida en
el art. 6 del CCT 589/10, aplicándose a los adicionales de
convenios y en forma proporcional las restantes categorías
establecidas en el referido artículo, en concepto de remuneración
del mes de marzo de 2024.
2.-
4% a calcular sobre el salario básico correspondiente al mes
de marzo de 2024 para la cuarta categoría establecida en el
art. 6 del CCT 589/10, aplicándose a los convenios y en forma
proporcional las restantes categorías establecidas en el referido
artículo, en concepto de remuneración del mes de abril de
2024.
Se
adjuntan las escalas salariales correspondientes a las
categorías de convenio colectivo de trabajo, según importes que
surgen del presente acuerdo y correspondientes a los meses de marzo
y abril de 2024.
Las
partes se comprometen a reunirse durante el mes de mayo
del año 2024 con el objeto de establecer una recomposición y/o
incremento salarial por los períodos siguientes. |
Por
último y como curiosidad, agregaron un párrafo que –como todo el
documento- al quedar sujeto a la homologación por la autoridad de
aplicación, el compromiso asumido quedaría en un plano declamativo
porque no tendría fuerza de ley.
Las
partes manifiestan que someten el presente acuerdo al acto de
homologación de autoridad administrativa. Asimismo, si al
vencimiento del plazo de pago de las remuneraciones de los meses de
marzo y abril del año 2024 aún no se dicta el acto de
homologación, convienen que el pago de la remuneración se deberá
realizar bajo el concepto "a cuenta del acuerdo del mes de
marzo y abril del año 2024". |
Luego
de una hora y media de reunión firmaron lo convenido
El
acuerdo del 45%
La
Secretaría de Trabajo homologó también el tan mentado acuerdo del 45%
para febrero aunque tuvieron que agregar escalas salariales de enero y
febrero que reflejen los incrementos pretendidos. Al quedar homologados
por la autoridad competente todas las interpretaciones, vicios y errores
que se venían arrastrando desde el mes de octubre quedarán purgadas a
partir del mes de enero [2].
Por
último, el acuerdo había establecido para los trabajadores un aporte del
2% del total de los conceptos remuneratorios de su sueldo destinado al
fondo de educación y comunicación administrado por la FATERyH e
instituido en el artículo 19º bis [3].
---
[1]
La Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal
(FATERyH), la Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal
(AIERH), la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades
Inmobiliarias (CAPHyAI) y la Unión Administradores de Inmuebles (UADI).
[2]
BPN Nº 771 del 22/02/23: "En
febrero el 45%, en marzo vemos...".
[3]
BPN Nº 750 del 15/04/23: "¡¡¡ Poniéndo
estaba la gansa !!!".
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Paritarias
encargados de edificios 2024
Aún
sin
homologación se retuvo la contribución solidaria y el 19º bis
[BPN-15/04/24]
La Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y
Horizontal (FATERyH) desde febrero actualizó en un 45% la
Contribución Solidaria que deben pagar los consorcios a pesar de que el
último acuerdo paritario que estableció este aumento sobre la escala
salarial de enero todavía no había sido homologado.
En
esta misma sintonía y sin esperar la homologación, en marzo el sindicato
comenzó también a descontar a los encargados de edificios el 2% de su
salario (artículo 19º bis del Convenio Colectivo de Trabajo) para un
fondo para educación y comunicación.
Es
de recordar que el pasado 23 de enero las tres entidades de
administradores de consorcios que representan en paritarias a los
consorcios [1] y la FATERyH firmaron un acuerdo salarial que
otorgó un aumento del 45% de aumento en las escalas salariales de febrero
y un aporte a los trabajadores del 2% del total de los conceptos
remuneratorios de su sueldo destinado a un fondo de educación y
comunicación administrado por la FATERyH y establecido en el artículo
19º bis [2].
La
Contribución Solidaria
A
modo de antecedente se recuerda que el 1º de febrero del 2022 las tres
entidades de administradores que representan a los consorcios y la FATERyH
establecieron que la contribución solidaria a la obra social de los
encargados de edificios "se incrementará en el mismo
porcentaje que el incremento establecido para los salarios de la actividad".
Ese acuerdo fue homologado el 7 de ese mes por el Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social mediante la Resolución Nº 243.
En
enero de este año su monto estaba fijado en 4.000 pesos por trabajador de
jornada completa por mes pero en febrero –sin la homologación del
acuerdo firmado el 23 de enero- se lo aumentaron a 5.800 pesos. O sea que
los consorcios aunque a sus encargados les estén pagando "adelantos
a cuenta de futuros aumentos" deberán abonar al sindicato la
Contribución Solidaria como si el acuerdo hubiera sido homologado.
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$
4.000 |
$
5.800 |
$
1.800 |
Puestos
de
Trabajo |
Total
$ |
Total
u$s |
Total
$ |
Total
u$s |
Diferencia
$ |
Diferencia
u$s |
Febrero |
54.386 |
163.156.500 |
191.471 |
236.576.925 |
277.633 |
73.420.425 |
86.162 |
Marzo |
54.386 |
163.156.500 |
188.372 |
236.576.925 |
273.139 |
73.420.425 |
84.767 |
En
febrero, si se mantienen los números informados por la Secretaría de
Trabajo para 2023, el promedio de más de 54 mil puestos de trabajo –a
razón de 4 mil pesos cada uno- le hubieran costado a los consorcios 163
millones de pesos o casi 200 mil dólares.
Sin
embargo, como ese monto se aumentó a 5.800 pesos costó a los edificios
236 millones de pesos o 277 mil dólares. Durante el segundo mes del año
la diferencia fue de 86 mil dólares.
En
marzo el sindicato mantuvo el incremento del 45% y en pesos los números
deberían ser los mismos aunque la recaudación en dólares decreció por
la variación de la cotización del dólar oficial. Si el dólar sube, con
los mismos pesos se compran menos billetes.
O
sea que los consorcios durante estos dos meses llevan acumulados pagos por
171 mil dólares (147 millones de pesos) sin ningún respaldo legal.
El
artículo 19º bis
Para
calcular a grandes rasgos cuánto representó en total para los
trabajadores ese 2% acordado el 23 de enero según lo establecido por el
artículo 19º bis se tomaron dos datos que proporcionó el por entonces
Ministerio de Trabajo: la cantidad de puestos de trabajo de noviembre y la
remuneración promedio de cada uno. Se tomó noviembre porque en la
remuneración de diciembre se incluye el medio aguinaldo y eso no
representa la realidad del mes en estudio que es marzo de este año.
Cálculos
sobre datos de noviembre de 2023 |
Puestos
de Trabajo: |
52.729 |
Remuneración
promedio $: |
349.776 |
Remuneración
total bruto $: |
18.443.338.704 |
2%
del bruto en $: |
368.866.774 |
Valor
dólar marzo de 2024: |
866 |
Remuneración
total bruto u$s: |
21.293.703 |
2%
del bruto en u$s: |
425.874 |
En
noviembre había 53 mil puestos de trabajo que cobró en promedio- 350 mil
pesos. O sea que el bruto total de todo el sector rondaría los 18 mil
millones de pesos o 21 millones de dólares. El 2% de esa cifra son 369
millones de pesos o 426 mil dólares a valor oficial.
Estos
datos pueden cambiar si los trabajadores están mal encuadrados en la
AFIP, si cambió la cantidad de puestos de trabajo o cambiaron los
ingresos brutos promedio. Sin embargo, da una idea general de qué valores
se están manejando.
Los
cálculos
Teniendo
en cuenta que ni el SUTERH ni la FATERyH proporcionan datos estadísticos
sobre la cantidad de trabajadores del sector ni las características de
sus tareas, para realizar estos cálculos se tomó el valor de la
contribución de cada mes y se multiplicó por la cantidad de puestos de
trabajo de ese período informados por el Ministerio de Trabajo,
promediando cada puesto de trabajo entre un trabajador de jornada completa
y uno de media jornada. O sea que a los efectos de este cálculo se
asumió que por cada trabajador de jornada completa hay uno de media
jornada
---
[1]
La Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH), la
Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias
(CAPHyAI) y la Unión Administradores de Inmuebles (UADI).
[2]
BPN Nº del 15/04/23: "¡¡¡ Poniendo
estaba la gansa !!!".
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SUTERH
Alberto
Fernández prestó un predio para hacer un complejo recreativo
En
rojo, la hubicación exacta del predio cedido tal cual figura en los mapas
de la resolución [Fotoilustración Pequeñas Noticias]
[BPN-15/04/24]
El pasado 8 de septiembre el por entonces presidente de la Argentina, Alberto
Fernández, otorgó al SUTERH (Sindicato Único de
Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal) un permiso de
uso precario y gratuito para la realización de un "Complejo
Recreativo y Deportivo SUTERH", que deberá contar con "una
adecuada infraestructura deportiva y de esparcimiento -creando un ambiente
acogedor y de descanso- donde el afiliado y cualquier miembro de la
comunidad pueda pasar momentos recreativos con su familia y sus pares en
un ámbito natural y con la comodidad que sus instalaciones
brindarán".
El
terreno cuenta con una superficie total aproximada de 120.000 m2 (unas
doce manzanas de 100 x 100 m) y está ubicado en el kilómetro 33,5 de
autopista Teniente General Pablo Ricchieri en la localidad y partido de
Ezeiza de la provincia de Buenos Aires. Para más datos está identificado
catastralmente como Partido 130 – Circunscripción II, Parcela 144
(parte), correspondiente al CIE (Código de Identificación del
Edificio) 0600027174/17.
Si
bien el terreno está flojo de papeles se puede subsanar. En 1946 la
parcela 144 fue expropiada por el Estado Nacional a un grupo de
particulares y en 2010 su escritura fue inscripta en Ezeiza pero según la
cedula catastral y la matrícula de Esteban Echeverría aún consta
inscripto a nombre de los expropiados, situación que deberá ser
regularizada.
En
2023 se constató que el terreno estaba afectado al Estado Mayor General
de la Fuerza Aérea Argentina pero sin un uso específico y ese mismo año
el Ministerio de Defensa informó que no encontraba objeciones para
autorizar la medida que Alberto Fernández propiciaba.
El
permiso de uso precario y gratuito se oficializó mediante la Resolución
firma conjunta Nº 232 del 8/09/2023 [ ver
original].
El
contrato
El
Estado Argentino y el SUTERH suscribieron un contrato en el que éste
último se comprometió a no modificar el destino del sector del inmueble
en uso excepto que medie [una] autorización previa y expresa emitida por
la ‘AABE’ (Agencia de Administración de Bienes del Estado).
El
sindicato deberá realizar la delimitación definitiva del sector del
inmueble y presentarla ante la "AABE" en un plazo de 60 días a
contar desde la suscripción del permiso de uso.
También
deberá colocar una placa identificatoria, dentro del sector del inmueble
en una posición que permita su completa y correcta visualización
peatonal y vehicular de acuerdo a las especificaciones establecidas.
Entre
las decenas de trámites a los que se comprometió, el SUTERH deberá
presentar en un plazo máximo de 60 días, contados a partir de la
suscripción del contrato para la revisión y análisis por parte de la
"AABE" y en forma previa al inicio de las obras toda la
documentación técnica del proyecto ejecutivo de las obras, incluyendo
planos, planillas y detalles, en cantidad, alcance y escalas que resulten
necesarias y suficientes de acuerdo a las condiciones de las obras, y de
modo de permitir una adecuada visualización y comprensión de la
propuesta arquitectónica y de ingeniería a desarrollar, debiendo
ajustarse dicho proyecto a la geometría de la superficie de los inmuebles
cedidos por medio del presente; memoria descriptiva de las obras;
presupuesto con detalle de los rubros y tareas de obra abarcados; y
cronograma o plan de trabajos, indicando plazo de ejecución y fechas de
inicio, finalización y de habilitación al uso de los distintos
sectores/espacios, según corresponda.
Por
otra parte, la "AABE" se reserva el derecho a inspeccionar el
sector del inmueble otorgado cada vez que lo estime conveniente, a fin de
verificar el cumplimiento de las obligaciones que emergen del permiso.
También
queda expresamente prohibido al SUTERH transferir o ceder total o
parcialmente los derechos emergentes del presente permiso, alquilar o
subalquilar los sectores del inmueble otorgado o modificar el destino,
salvo autorización previa y por escrito de la "AABE".
Por
último, la "AABE", podrá revocar el permiso, en cumplimiento
de los fines establecidos en el Decreto Nº 1.382/12, sus normas
complementarias y modificatorias, y/o ante el requerimiento expreso de la
jurisdicción de origen fundado en razones de cumplimiento de sus fines
específicos. La simple comunicación al SUTERH de la decisión de
revocar, es suficiente para que el mismo se considere extinguido de pleno
derecho, debiendo el SUTERH restituir el sector del inmueble cedido dentro
de los 10 días de ser notificado
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Página/12
Si
no está homologado Santa María no paga
Una
de las ilustraciones que encabezaron sus denuncias durante el 2023 [Foto
blog Trabajadores de Página/12]
[BPN-15/04/24]
Durante el 2018 y 2019 Víctor Santa María, titular del Grupo
Octubre y del Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de
Renta y Horizontal (SUTERH)- fue denunciado por los
trabajadores de Página/12 por lo menos en cinco oportunidades por
no pagar los aumentos salariales acordados y firmados con el argumento de
que no estaban homologados por el Ministerio de Trabajo.
Así
surgió de un estudio realizado por la redacción de Pequeñas Noticias
sobre las notas publicadas en el blog "Trabajadores de
Página/12" [1] que reflejan en particular la actividad
gremial especifíca de ese medio y en general la relacionada con todo el
sector de los medios de comunicación y sus trabajadores.
Actualmente
los conflictos gremiales entre Santa María y los trabajadores de
Página/12 se mantienen en ese mismo tono alto de 2019. El 27 de marzo de
este año anunciaron un paro de 24 hs. y denunciaron: "La ‘crueldad
de esta empresa’ de no adelantar ni un peso a cuenta de
la paritaria en un contexto inflacionario sin precedentes y con salarios
que están por debajo de la línea de indigencia ‘no nos deja otro
camino’".
En
febrero resaltaron otra contradicción del sindicalista: "La empresa
que encabeza Víctor Santa María -titular del SUTERH y secretario de
Estadísticas y Registros de la CGT- anunció que en adelante descontará
los días de huelga, decisión que contraría la prédica
histórica del diario y el discurso público de su propietario y sus
directivos".
En
detalle
El
18 de septiembre de 2018
bajo el título "Comunicado de la Comisión Interna de
Página/12" informaron: "...llevamos a cabo un paro total de
actividades durante 24 horas [...] como respuesta al no pago del acuerdo
paritario de este año por parte del Grupo Octubre, que como excusa alega
la falta de homologación del acuerdo por la actual secretaría
de Trabajo..." [2].
O
sea que –tal cual sucede actualmente en el sector de la propiedad
horizontal- el acuerdo había sido firmado entre la patronal y el gremio
pero no fue homologado. Sin embargo, Santa María consideró que hasta que
no se cumpla este último paso legal no debía ser abonado.
El
7 de noviembre de 2018 bajo el título "Paro de 24 horas en
Página/12" explicaron: "La causa invocada para incumplir el
acuerdo (falta de homologación de la Secretaría de
Trabajo) no es más que una maniobra dilatoria y evasiva, ya que Editorial
La Página SA nunca condicionó un pago a esa gestión
burocrática..." [3].
Este
párrafo devela que en gestiones anteriores una vez firmado el acuerdo se
pagaba el aumento en la confianza de que la autoridad de aplicación lo
homologaría sin mayores problemas, al punto que los trabajadores lo
consideraban una mera "gestión burocrática".
El
17 de mayo de 2019 bajo el título "Cuatro paros en Página/12 y
Edición de los Trabajadores" denunciaron: "... ni siquiera
pagó el magro porcentaje acordado por la cámara empresaria que integra.
Sólo abonó "sumas fijas a cuenta" de la homologación
de la Secretaría de Trabajo que encabeza Dante Sica [Ministro de
Producción bajo la gestión de Mauricio Macri]..." [4].
En
este caso tampoco pagó el aumento firmado pero aceptó pagar adelantos a
cuenta de futuros aumentos. Otra vez se repite lo que está sucediendo
actualmente en muchos consorcios que ven que la homologación del acuerdo
se demora, hay que liquidar los sueldos y no hay fecha de resolución de
este tironeo entre el sindicato y el Gobierno Nacional.
El
22 de mayo de 2019 bajo el título "Sobre la falta de Página/12
en los quioscos" los trabajadores del medio denunciaron: "...en
segundo lugar, Página/12 es la única empresa periodística de prensa
escrita de toda Capital Federal que no pagó el acuerdo. En efecto, que el
Grupo Octubre pretenda justificar su incumplimiento invocando que la
paritaria "aún no fue homologada" por el gobierno
de Macri demuestra únicamente..." [5].
El
2 de septiembre de 2019 con una inflación interanual del 53,5%, bajo
el título "Una deuda devaluada" señalaron: "El grupo que
preside Víctor Santa María incumple desde 2017 y por partida triple con
sus responsabilidades patronales: primero, al alegar una excusa formal -la
no homologación de la paritaria- para no pagar el acuerdo
colectivo que él mismo firma como parte de AEDBA" [6]
---
[1]
Blog Trabajadores
de Página/12
[2]
Blog Trabajadores de Página/12 del 18/09/18: "Comunicado
de la Comisión Interna de Página/12".
[3]
Blog Trabajadores de Página/12 del 7/11/18: "Paro
de 24 horas en Página/12".
[4]
Blog Trabajadores de Página/12 del 17/05/19: "Cuatro
paros en Página/12 y Edición de los Trabajadores".
[5]
Blog Trabajadores de Página/12 del 22/05/19: "Sobre
la falta de Página/12 en los quioscos".
[6]
Blog Trabajadores de Página/12 del 2/09/19: "Una
deuda devaluada".
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Registro
Público de Administradores porteño
El
RPA desconoce cuántos acuerdos conciliatorios homologó
Edificio
Cruz de Malta, sede de Defensa y Protección del Consumidor porteño y el
Registro Público de Administradores [Foto Pequeñas Noticias]
[BPN-15/04/24]
El pasado 28 de marzo la Dirección General de Defensa y Protección al
Consumidor (DGDyPC) porteño reconoció que desconoce cuántos
acuerdos conciliatorias por denuncias contra administradores de consorcios por
infracciones a la Ley 941 (Registro Público de Administradores porteño)
fueron homologados durante el 2023.
Esta
respuesta dejó sin explicación el destino de 1.658 denuncias. La diferencia entre
las 2.115 denuncias recibidas contra los mandatarios durante el año pasado y
las 457 disposiciones ordenadas durante 2023 (2.115-457=1.658).
En
otras palabras, el año pasado la DGDyPC recibió más de 2 mil denuncias contra
administradores por infracciones a la Ley 941 pero ordenó sólo menos de 500
disposiciones sancionatorias por lo que no se sabe qué pasó con las más de
1.500 denuncias restantes.
Una
posibilidad es que una parte de éstas hayan concluido en un acuerdo
conciliatorio entre el administrador denunciado y el consorcista denunciante, el
que debería haber sido homologado por la autoridad de aplicación. Sin embargo,
el Registro Público de Administradores no puede decir cuántas fueron.
Pedido
de información pública
Teniendo
en cuenta que se desconocer el destino del 78,4% de las denuncias contra
administradores durante el 2023, el 13 de marzo la redacción de Pequeñas
Noticias realizó una solicitud de información pública (Ley 104) en la que
textualmente preguntó:
Por
favor, informe la cantidad de disposiciones homologatorias de acuerdos
conciliatorios realizadas por denuncias contra administradores de
consorcios por infracciones a la Ley 941 del año 2023. Gracias. |
El 28
de marzo Ariel Urwicz, subgerente operativo de la DGDyPC respondió:
...el
sistema informático solo permite brindar la información solicitada sin
discriminar entre homologaciones efectuadas en el marco de las Leyes 24.240 y
941. No obstante ello, se informa que han sido homologadas durante el año 2023
un total de 4.452 disposiciones.
Esto
motivó que el 3 de abril la redacción del medio se dirigiera en queja al
Órgano Garante de la Ley 104 argumentando:
...para
tener una idea de la importancia del tema, es de señalar que la Ley 941
afecta a unos 10 mil administradores y 2 millones de consorcistas que
viven en 120 mil edificios. Por otra parte, durante el año pasado -según
datos oficiales- se presentaron 2.115 denuncias contra administradores
ente al Registro Público de Administradores (RPA) porteño (Ley 941)
quedando en el segundo lugar de los rubros más denunciados del año.
Es
de interés del público saber cuántas de estas denuncias arribaron a
acuerdos conciliatorios y fueron homologados por la autoridad de
aplicación de la mencionada Ley 941. El número informado por Defensa del
Consumidor es totalmente irrelevante a los efectos de aclarar el punto
precedentemente explicado.
Entendemos
que el hecho de que un sistema informático no arroje la respuesta no es
una razón válida para no brindar el dato preciso. Nos cuesta creer que
el Registro Público de Administradores -una repartición que fue creada
especialmente con este objetivo- no pueda saber, de la cantidad de
denuncias recibidas, cuantas fueron a conciliación y cuantas de éstas se
presentaron a su superior jerárquico -el Director General de Defensa y
Protección del Consumidor- para su homologación. |
El 9 de
abril el reclamo se consideró pertinente y se le dio curso bajo el número de
expediente EX-2024-13785186-GCABA-OGDAI
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Cámara
Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias
La
CAPHyAI denunció maniobras para llamar la atención
Sede
de la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades
Inmobiliarias (CAPHyAI) [Foto archivo Pequeñas Noticias]
[BPN-15/04/24]
El pasado 15 de abril la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y
Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) denunció que hay
"individuos que siendo profesionales (en otras actividades) se
consideran con el conocimiento y derecho a criticar e injuriar a nuestra
Cámara y a sus directivos cuando realmente recién están
interiorizándose en el tema", y agregó que estas personas
"tratan de confundir a la gente poniendo en duda la honestidad del
presidente o expresidentes, denunciando en Instagram acuerdos oscuros y
desmereciendo la representatividad que tenemos, como si existieran otras
entidades que tengan tanta representatividad como la nuestra".
Si
bien la CAPHyAI en su comunicado no mencionó nombres en su introducción
se infiere que las agresiones denunciadas serían por su participación en
las últimas paritarias. Destacaron enfáticamente que ésta es una
maniobra mediática para llamar la atención: "No existe ningún tipo
de planteo o denuncia ante la justicia o a través de una simple carta
documento, ni una mediación donde se hayan planteado este tipo de
cuestiones, lo cual demuestra que evidentemente, al no haber nada
formalizado, es solamente una maniobra a través de las redes para captar
la atención de las personas".
Finalmente
remataron: "Sabemos que los que buscan este tipo de situaciones, lo
hacen por la necesidad de existir ya que, si fuera por su verdadera
actividad o profesión, carecen de reconocimiento".
Así
lo hicieron saber mediante un comunicado titulado "Es más fácil
criticar que hacer!!!" y firmado por el Consejo Directivo que
distribuyeron entre sus asociados por correo electrónico
En
palabras textuales:
Buenos
Aires, abril 2024
Es
más fácil criticar que hacer!!!
Tras
casi 73 años de historia vivida por esta Cámara, ocupando un lugar
de importancia en la comunidad consorcial, siendo la pionera en
muchos temas relacionados con la propiedad horizontal. Hemos
promovido la figura del Consejo de Administración para darle cabida
a los propietarios - hoy Consejo de Propietarios según el C.C.C.N.
Hemos
colaborado en la adecuación de los reglamentos de propiedad
horizontal, estuvimos implicados en la necesidad de implementar un
reglamente interno para la sana convivencia en los consorcios, entre
tantas otras cosas.
Atenta
a la representatividad de la Cámara, el 21 de diciembre de 1972
fuimos designados miembros paritarios por la Exma. Cámara de
Apelaciones del Trabajo y fuimos inscriptos en el Registro de
Asociaciones Gremiales de Empleadores, el 09 de abril de 1980.
Nuestro objetivo, "ser lo más equitativos posibles", más
aun considerando la cantidad de consorcios asociados que
representamos y que no debemos olvidar que son "nuestros
clientes".
A
pesar de ello, nos encontramos con individuos que siendo
profesionales (en otras actividades), se consideran con el
conocimiento y derecho a criticar e injuriar a nuestra Cámara y a
sus Directivos, cuando realmente recién están interiorizándose en
el tema.
Tratan
de confundir a la gente poniendo en duda la honestidad del
presidente o ex presidentes, denunciando en Instagram acuerdos
oscuros y desmereciendo la representatividad que tenemos, como si
existieran otras entidades que tengan tanta representatividad como
la nuestra, las cuales no llegan ni al 10% de la que tenemos.
Cabe
destacar que no existe ningún tipo de planteo o denuncia ante la
justicia, o a través de una simple carta documento, ni una
mediación donde se hayan planteado este tipo de cuestiones, lo cual
demuestra que evidentemente, al no haber nada formalizado, es
solamente una maniobra a través de las redes para captar la
atención de las personas.
Sabemos
que los que buscan este tipo de situaciones, lo hacen por la
necesidad de existir ya que, si fuera por su verdadera actividad o
profesión, carecen de reconocimiento.
También
sabemos que es muy difícil trabajar en equipo, porque a través del
tiempo y de los conocimientos adquiridos, en la fogosidad de la
búsqueda de lo legal, podemos confundirnos con una postura
inflexible sobre algo que originalmente se acordó, que más allá
de no dejar de ser la correcta, simplemente genera confusión y
desmedro ante una situación que, a la larga o a la corta, se
aplicará tal cual se acordó.
No
siempre podemos marcar claramente el rumbo a seguir en el momento
justo, pero no debemos olvidar que esta Cámara está dirigida por
administradores que buscan facilitar la actividad de tantos colegas
socios y no socios que participan de todas las actividades que
desarrollamos día tras día y que al ver el resultado nos da la
tranquilidad de saber que estamos en el buen camino.
Estas
críticas no son constructivas, ni hacen bien a la actividad,
solamente tratan de opacar la imagen de la entidad.
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Carta
documento
Summa
intimó a Luciani Otaño a que se retracte
Adm. Miguel Ángel Summa, presidente de la
CAPHyAI (Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias)
[Foto archivo Pequeñas Noticias]
[BPN-16/04/24]
En el día de hoy el Adm. Miguel Ángel Summa, presidente de la CAPHyAI
(Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias),
en forma personal intimó a Juan Martín Luciani Otaño a ratificar o
rectificar expresiones que consideró injuriosas, difamadoras y descalificadoras
respecto a su persona y que fueran publicadas en la red social Instagram.
Dejó
abierta también la posibilidad de iniciar acciones penales (artículos 110º,
113º y 114º del Código Penal) y civiles "por el injusto descredito
causado a quien suscribe y la reputación de mi persona física".
La
intimación la realizó mediante una carta documento de la cual se transcribe su
texto:
Por
la presente en carácter personal, y a partir de la publicación a través
de la aplicación "Instagram", de la que surge que un usuario
bajo el nombre de "abogado.propiedad.horizontal (el que coincide con
el receptor de la presente misiva) ha publicado una foto que me pertenece
en fecha 02/04/2024, haciendo las siguientes expresiones en comentarios a
través del aplicativo:
1)
Respondió a un comentario que reza: "Ya verlo creo que dice
todo" con la siguiente frase "Delincuentes de Guantes
Blancos"
2)
Respondió al usuario claudia.monica.pereyra que comentó "Soy adm. y
tampoco abone el aumento, ya que no estaba homologado, algunos encargados
reclamaron y expliqué que estaba tácitamente o sea no homologado, no les
agrado, pero hasta que no salga el aumento, no lo abonare. Espero no
traiga" con la siguiente frase: "Hola Monica! Me pongo a tu
disposición si te llegan a intimar avísame y te ayudo de manera
GRATUITA! No hay que dejarse intimidar por estos mafiosos"
Los
términos citados expuestos por usted revisten la calidad de injuriosos,
difamadores y descalificadores respecto a mi persona. Dicho accionar
denostando a quien suscribe, quien siempre ha actuado con rectitud y
transparencia afectando usted con la comunicación a un público
determinado o indeterminado la moral ejerciendo una conducta dolosa
castigada por nuestro Código Penal y ordenamiento civil. Sus dichos no
solo son descalificadores y difamadores, sino que no guarda relación con
gestión alguna que haya realizado. Por ello lo INTIMO para que en el
término de cuarenta y ocho (48) horas, ratifique o rectifique las
afirmaciones efectuadas en la página de INSTAGRAM transcripta. Para el
caso que rectifiquen lo manifestado, EXIJO que publiquen dicha
rectificación y se haga en el mismo portal citado. Sin perjuicio de lo
expuesto, hago expreso apercibimiento de incoar querella criminal por el
delito de injurias (artículos 110, 113 y 114 del Código Penal), como
así también de ejercer las acciones civiles que el derecho privado me
confiere, por el injusto descredito causado a quien suscribe y la
reputación de mi persona física. |
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Registro
Público de Administradores porteño
Fueron
sancionados dos directivos del AIERH
[BPN-15/04/24]
El pasado 15 de enero la Dirección General de Defensa y Protección al
Consumidor (DyPC) porteño sancionó al presidente y a una de
las vocales de la Asociación Inmobiliaria de Edificios de Renta y
Horizontal (AIERH), el Dr. Raúl Marcelo Costa y la Cra.
Beatriz Laura Colucci, por la infracción a cuatro incisos del
artículo 9º (Obligaciones del administrador) y un inciso del 10º
(Liquidaciones de expensas) de la Ley 941.
Los
incisos sancionados del artículo 9º fueron el ‘a’ (ejecutar las
decisiones adoptadas por la asamblea...), el ‘b’ (atender a la
conservación de las partes comunes...), el ‘f’ (conservar la
documentación del consorcio y garantizar su libre acceso...) y el ‘p’
(notificar a todos los propietarios de modo inmediato [...] la existencia
de reclamos, sanciones administrativas y presentaciones judiciales que
afecten al consorcio).
El
inciso del artículo 10º fue el ‘h’: "En caso que existieran
juicios por cobro de expensas o por otras causas en los que el consorcio
sea parte se indicará en la liquidación mensual todos los datos del
mismo (número de juzgado interviniente y expediente, carátula, objeto y
estado) y capital reclamado".
Luego
de recibida la denuncia DyPC corrió traslado a la parte denunciada y el
12 de marzo de 2023 promovió una instancia conciliatoria que concluyó 9
días después sin haberse arribado a una "amigable
composición".
Luego
de evaluar los testimonios y el material probatorio aportado por el
denunciante y los administradores y teniendo en cuenta que los denunciados
no eran reincidentes, cada administrador fue sancionado con una multa de
184.660 pesos (2.800 unidades fijas).
La
Disposición 115 que ordenó la sanción se publicó en el Boletín
Oficial Nº 6.821 del 26/02/2024 [ texto
original].
Los
argumentos
Defensa
y Protección al Consumidor –a los efectos de graduar la sanción y su
cuantía- argumentó:
...corresponde
destacar que la asamblea es el espacio natural que tienen los
consorcistas para establecer los lineamientos que regirán la vida
consorcial, arreglando allí los problemas que se hayan suscitado e
intentando prevenir inconvenientes futuros. Por tal motivo, la no
observancia de lo resuelto en dicho ámbito ultraja la vida
consorcial, por lo que en la ponderación de la sanción a imponerse
se deberá tener en cuenta que la infracción a las disposiciones
del artículo 9 inciso a) de la Ley 941, afecta no solo al
denunciante sino al consorcio en pleno;
Que
a su vez, la inobservancia del deber de atender a la conservación
de las partes comunes del edificio que se administra -inciso b)-,
importa un incumplimiento de las obligaciones que la normativa
impone a los administradores y que resulta insoslayable para el
adecuado ejercicio de la administración, lo que constituye un hecho
grave que significa un perjuicio actual o potencial para los
copropietarios del consorcio administrado. Lo expuesto se evidencia,
en el caso concreto, ante la existencia de daños en el techo del
hall, cimientos de hierro y vidrios de la planta baja;
Que
por su parte, el quebrantamiento al inciso f), dificulta a los
consorcistas velar por la integridad de las finanzas comunes, así
como garantizar el correcto desarrollo del consorcio y el adecuado
control por parte de los consorcistas y/o autorizados por éstos. De
este modo, si no pueden acceder a los documentos que hacen a la vida
consorcial, les será imposible adoptar las medidas y verificar
aquellas decisiones que resulten de su interés, así como comprobar
la correcta liquidación de las expensas, las obras contratadas,
entre otras cuestiones;
Que
en cuanto al incumplimiento del inciso p), ello imposibilita que los
consorcistas puedan tomar conocimiento en tiempo y forma acerca de
la existencia de reclamos, sanciones administrativas y
presentaciones judiciales que afecten al consorcio y que puedan
comprometer su patrimonio;
Que
por último, la inobservancia de las formalidades exigidas por el
artículo 10 para la conformación de las liquidaciones de expensas,
restringe a los consorcistas tener certeza acerca de la
justificación de los importes cobrados y su asociación al detalle
reflejado en las liquidaciones de gastos, como así también
obstaculiza el control de la gestión del administrador del
edificio; |
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Paritarias
encargados de edificios 2024
Luciani
Otaño pidió dictaminar la falta de legitimidad de los paritarios
Dr.
y Adm. Juan Martín Luciani Otaño
[BPN-15/04/24]
El pasado 18 de marzo el Dr. y Adm. Juan Martín Luciani Otaño
solicitó a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del
Trabajo que dictamine la falta de legitimidad de los participantes de
las paritarias, tanto de la Federación Argentina de Trabajadores de
Edificios Renta y Horizontal (FATERyH) como de la Asociación
Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH), la Cámara
Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI)
y la Unión Administradores de Inmuebles (UADI).
Entre
sus argumentos señaló que estas entidades se rigen por un sistema
antiguo en el que faltan elecciones democráticas, que permite que
solamente haya una lista única y que tolera las reelecciones indefinidas.
Añadió que en esta mesa de negociaciones falta la representación de
quienes efectivamente pagan los salarios que son los propietarios e
inquilinos.
Explicó
también que hoy en los acuerdos paritarios no hay una representación
federal porque por un lado hay una federación que representa a 24
sindicatos jurisdiccionales y del otro lado hay tres entidades de
administradores de consorcios cuyos socios son mayoritariamente porteños.
Como
solución propuso que para negociar con la FATERyH se cree una federación
compuesta por asociaciones de propietarios e inquilinos de las 24
jurisdicciones argentinas en la que se garanticen elecciones de manera
democrática y federal y en las que no se permita más de una reelección.
De esta forma consideró que no sólo podrían negociar en igualdad de
condiciones una federación contra otra sino que también quienes pagan
los aumentos salariales podrán ser escuchados y tendrán derecho a voto.
La
presentación realizada ingresó bajo el número de expediente
EX-2024-28453512-APN-DGD#MT
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Defensa
y Protección del Consumidor porteño
Brusca
caída de la publicación de sanciones en el Boletín Oficial
[BPN-15/04/24]
Durante el primer trimestre de este año la cantidad de publicaciones de
sanciones ordenadas contra administradores de consorcios por infracciones
a la Ley 941 (Registro Público de Administradores porteño)
descendieron en un 57,6% con respecto al mismo período del año pasado.
Mientras que durante los tres primeros meses de 2023 se publicaron 118
disposiciones sancionando 122 administradores, desde enero hasta marzo de
este año se publicaron sólo 50 contra 52 mandatarios.
Año |
Disposiciones |
Sancionados |
Pesos |
u$s |
2023 |
118 |
122 |
9.335.556 |
69.283 |
2024 |
50 |
52 |
6.022.944 |
15.565 |
De
las 50 disposiciones publicadas este año 34 fueron ordenadas por la
anterior directora general de Defensa y Protección al Consumidor, Vilma
Bouza, mientras que sólo 16 las dispuso su actual director, Carlos
Lionel Traboulsi.
Las
multas del medio centenar de sanciones publicadas durante los tres
primeros meses de este año totalizaron 6 millones de pesos o unos 16 mil
dólares. Un descenso de un -35,5% en pesos y un -77,5% en dólares con
respecto a lo publicado el año pasado.
MULTA
PROMEDIO |
Año |
Sancionados |
Pesos |
u$s |
2023 |
122 |
76.521 |
568 |
2024 |
52 |
115.826 |
299 |
Por
otra parte se observa que el valor promedio en dólares de las multas
también bajó. Este año una multa promedio en dólares bajó un -47,3% y
en pesos subió un 51,5%, mucho menos que el 254,2% de inflación
interanual informada para el mes de enero y el 296,23% estimada para
marzo.
Un
problema que arrastra
Desde
el año 2014 se publicaron en el Boletín Oficial 2.305 disposiciones
sancionatorias contra 2.383 administradores.
Director |
Disposiciones |
Pesos |
Dólares |
Gallo |
1 |
24.528 |
4.616 |
Aoun |
97 |
3.029.733 |
324.653 |
Bouza |
2.191 |
141.711.931 |
1.792.654 |
Traboulsi |
16 |
2.317.045 |
2.759 |
Total |
2.305 |
147.083.237 |
2.124.682 |
Es
de destacar que la mayor cantidad de publicaciones se realizó durante la
gestión de Bouza, más de 2 mil publicaciones por multas que superaron
los 141 millones de pesos o casi 1,8 millones de dólares.
Sin
embargo, a Bouza se le criticó reiteradamente que del total de las 2.940
disposiciones ordenadas desde 2018 hasta 2023 sólo publicaron en el
Boletín Oficial 1.895 lo que representó un 64,5% del total [1]. Sobre
las disposiciones sancionatorias que nunca se publicaron no pudo dar una
respuesta convincente.
Por
su parte, Traboulsi en enero había prometido a los porteños que estaba
cambiando la metodología en la redacción de las disposiciones y de
sanciones para que sean más ejecutables y se puedan llegar a cobrar. En
una entrevista concedida a Pequeñas Noticias había señalado:
"[queremos] que sean efectivamente publicadas para que el consumidor
tome conocimiento de las sanciones que se les aplica a los
administradores. Que esa sanción de publicación sea efectiva, o sea que
el vecino pueda verla directamente". Su objetivo era buscar el
control social de la actividad [2].
¿Qué
se necesita para estar al día?
Desde
2018 hasta el año pasado Defensa y Protección al Consumidor ordenó un
promedio de 490 sanciones contra administradores. O sea que debería
publicar 41 disposiciones por mes y durante el primer trimestre debió
haber publicado 123. Cómo sólo publicó 50 arrastra un déficit de 73
disposiciones sobre las que los consorcistas porteños no podrán ejercer
el tan mentado control social
---
[1]
BPN Nº 770 del 15/02/24: "El
año pasado bajó levemente la cantidad de sanciones dispuestas".
[2]
BPN Nº 768 del 15/01/24: "Defensa
del Consumidor tiene nuevo director general".
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Registro
Nacional de Administradores de Condominios
Finalmente
se reglamentó el RPA chileno
[BPN-15/04/24]
El pasado 22 de marzo finalmente se reglamentó la Ley
21.442 que creó un Registro
Nacional de Administradores de Condominios (RNAC) en el hermano
país de Chile. El poder Ejecutivo tardó en reglamentar el Decreto
5 (BO: 26/03/24) más de un
año y once meses.
En
diálogo con Pequeñas Noticias el administrador chileno Aníbal
Ahumada Álvarez, a grandes rasgo se mostró satisfecho con la
reglamentación porque este registro era una propuesta hecha por los
mandatarios al Congreso en el año 2007. Recalcó que era necesario que
haya exigencias mínimas para quienes quieran ser administradores y que
también debían existir regulaciones y controles más estrictos de esta
actividad.
El
Adm. Álvarez ocupó altos cargos directivos en el Colegio de Gestión
y Administración Inmobiliaria (CGAI) mientras se impulsó la
ley que finalmente creó el Registro y fue presidente de la entidad desde
2011 hasta 2015 y desde 2017 hasta 2021
La
entrevista completa en detalle:
¿Está
conforme con la reglamentación publicada?
En
general sí porque era una propuesta hecha por los administradores
al congreso desde el año 2007, es una gran necesidad que exista
este registro para que haya exigencias mínimas para quienes quieran
ser administradores y también era necesario que existan
regulaciones y controles más estrictos en esta actividad
¿Qué
aspectos le parecen más negativos?
Nos
parece muy negativo que la actual autoridad haya transgredido el
espíritu de la ley y establezca que los datos personales de los
administradores sean públicos, como la dirección, teléfono,
correo electrónico, cantidad de condominios que administramos con
sus direcciones incluidas. Con esto el Ministerio de la vivienda quien controlará este registro, está violando la ley de
protección de datos y también nuestra propia constitución que
establece la privacidad individual como un derecho humano.
¿Qué
otros le parecen los más positivos?
Que,
para inscribirse en el Registro, se debe tener un curso aprobado con
los ramos establecidos en la ley ya que esto tenderá hacia la
profesionalización de la actividad y la posibilidad que los malos
elementos sean sacados del mercado.
¿Cuándo
estima que estará operativo?
De
acuerdo a la misma Ley 21.442, en 18 meses a contar del pasado 26 abril. |
Finalmente
agregó que como Unión Nacional de Administradores de Condominios
ya están en campaña para proteger a sus colegas de los abusos que
considera están incurriendo las autoridades. Por último, adelantó que
presentarán recursos ante los tribunales de justicia y el tribunal
constitucional
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Registro
Público de Administradores porteños
La
Comuna 2 recibirá denuncias por infracciones a la Ley 941
[Foto
Gobierno de la CABA]
[BPN-15/04/24]
La secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano habilitó en la
sede de la Comuna 2 una nueva oficina de Defensa y Protección
al Consumidor porteño para brindar atención presencial a los
vecinos, tomar denuncias por infracciones a la Ley 941 (Registro
Público de Administradores de Consorcios), la Ley 24.240 (Defensa al
Consumidor) y otras normativas vigentes. También habilitó la posibilidad
de que en ese lugar se puedan celebrar las audiencias de conciliación.
Para
presentar denuncias en forma presencial, los vecinos deben solicitar turno
a través del siguiente enlace o en la misma isla digital ubicada en la
sede comunal, donde pueden requerir asistencia personalizada. Desde
Defensa al consumidor recomiendan siempre asesorarse en forma previa.
Estas gestiones también pueden resolverse a través de la web de Defensa
del Consumidor.
Entre
otros servicios en la nueva oficina los vecinos pueden realizar todo tipo
de consultas referidas a la compra de bienes o la contratación de
servicios en el ámbito de la Ciudad. La oficina ofrecerá asesoramiento
tanto a los residentes locales como a los turistas.
"Tenemos
el objetivo de facilitarle a los vecinos el acceso a los trámites y
servicios que provee la Ciudad y sabemos que hay personas que requieren
atención presencial, por eso proponemos una nueva mirada, más amplia,
que incluye a todos, a los que manejan la tecnología y a los que no, con
el propósito de resolver las problemáticas de manera real y
cercana", afirmó César Torres, secretario de Gobierno y
Vínculo Ciudadano.
La
Sede Comunal 2 atiende de lunes a viernes en horario de 8.30 a 14.30 horas
en la calle José E. Uriburu 1022.
El
procedimiento para denuncias
Según
explicaron, el procedimiento de denuncia previsto por Defensa al
Consumidor habilita la realización de una audiencia entre las partes
involucradas -es decir entre el consumidor y la empresa denunciada- con el
objetivo de llegar a un acuerdo que resuelva el problema. Este espacio es
moderado por un abogado.
Una
vez efectuada la denuncia se fija día y horario para la celebración de
una audiencia. El vecino puede acercarse a la Comuna y participar de ella
de forma presencial junto al audiencista de Defensa al Consumidor que se
conecta a través de videollamada con la empresa denunciada. También el
vecino puede elegir participar de las audiencias de forma remota por
medios digitales desde el espacio que prefiera (su casa, trabajo, etc.).
Atención
al turista
La
Comuna 2 del barrio de la Recoleta es una de las más visitadas por
turistas nacionales y extranjeros. Por este motivo, en la misma sede de
Defensa al Consumidor en la Comuna 2 se dispuso la asistencia a los
turistas. El servicio ofrece asesoramiento bilingüe en inglés tanto para
asesorar sobre el problema planteado como en la recepción de la denuncia
correspondiente. Se pone énfasis en la celeridad para que en un plazo no
mayor a las 48 horas hábiles se pueda resolver el reclamo y evitar
iniciar el trámite de audiencia conciliatoria.
Este
procedimiento express es de vital importancia porque en general un turista
que visita la Ciudad lo hace por un plazo breve de tiempo y no puede
esperar más allá de su estadía
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Puerto
Madryn (Chubut)
Primeras
Jornadas Patagónicas de Propiedad Horizontal
Entrada
a la ciudad de Puerto Madryn [Foto Ministerio de Turismo y Deportes]
[BPN-15/04/24]
Los próximos viernes 26 y sábado 27 de abril se realizarán las
"Primeras Jornadas Patagónicas de Propiedad Horizontal" en Puerto
Madryn (Chubut).
Las
jornadas se llevarán a cabo en forma híbrida (presencial y virtual) en
la sede de la Universidad Nacional de la Patagonia de Ciencias
Jurídicas San Juan Bosco.
Según
informaron sus organizadores: Para estas jornadas se "reunirá a
destacados disertantes académicos que abordarán todos los temas
relevantes del sector de la propiedad horizontal, por primera vez reunidos
en la Patagonia argentina", y destacaron: "Su participación
sería de suma importancia para el éxito de esta iniciativa, brindando
una valiosa contribución al intercambio de conocimientos y experiencias
en un ámbito tan crucial para nuestra comunidad".
Serán
disertantes: la Dra. Diana Sevitz, el martillero José Yona,
el Dr. Federico Chiesa, el martillero Alberto Loyarte, el
Dr. Ariel Giménez, el martillero Juan Pablo Baca, la Dra. Mariela
Valle, el martillero Bernardo Giles, el Cr. Gabriel Aubiña,
el Cr. Leonardo Ríos Llovera y la Arq. Alba Di Scala.
Invitan:
la Dra. Diana Sevitz (Dirección Académica), la martillera Vanina
Olivera (Coordinación General) y la Dra. Mariela Valle
(Coordinación Académica).
Informes
e inscripción por correo electrónico: congresoph24@gmail.com
o por teléfono al (+54)(9)(28) 046-8847 o al (+54)(9)(22)3602-2223
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Sindicato
Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal
Pergolini
llevaría Vorterix al Grupo Octubre
[Fotoilustración
sobre material propio y un fotograma de un video de Vorterix https://www.youtube.com/@VorterixOficial]
[BPN-15/04/24]
El pasado 5 de abril Mario Pergolini conduciendo el programa "Maldición
va a ser un día hermoso" anunció que a partir del 30 de abril Vorterix
dejará de emitirse por la FM 92.1 de la que es propietario. A pesar de
que con posterioridad aclaró que era un chiste, explicó que tomó esa
decisión por el alto costo de la factura de la luz y por la baja
audiencia de que tiene su emisora.
Días
después, gente allegada a Pergolini informó a La Nación que Vorterix se
mudará entre el 1 y 2 de mayo a la FM 100.3 que pertenece al Grupo
Octubre y cuyo titular es el Sindicato Único de Trabajadores de
Edificios de Renta y Horizontal (SUTERH) comandado por Víctor
Santa María. Hasta ahora en esa frecuencia funciona la FM Arpeggio
que dejó de trasmitir hace aproximadamente 5 años.
Es
de recordar que en octubre de 2021 trascendió que el Grupo Octubre había
hecho una alianza estratégica con Pergolini con el objetivo de innovar en
los contenidos de su empresa multimediática. Pergolini lideró el
proyecto GO LAB cuyo objetivo fue crear una especie de laboratorio para
desarrollar ideas y nuevas formas de conectarse [1].
Por
otra parte, la FM 100.3 es una frecuencia que pertenece al pool de radios
que Santa María adquirió a finales de 2019. Esto sucedió cuando
Telearte SA (propietaria de "ElNueve") y el Grupo Octubre firmaron un
acuerdo para trabajar en conjunto.
Ahora
Pergolini y Santa María serán socios en el nuevo dial de Vorterix.
Mario
Pergolini
En
2011 abandonó Rock & Pop (FM 95.9) luego de 25 años y arrancó con
su radio FM Vorterix. Al poco tiempo se asoció primero con Sergio
Szpolski el empresario que armó el Grupo Veintitrés durante los
gobiernos de Néstor y Cristina Kirchner que se disolvió a principios de
2016.
Luego
asoció Vorterix a los empresarios Cristóbal López y Fabián de Sousa,
dueños de C5N, MinutoUno, Radio 10 y Ámbito Financiero hasta que
decidió hacerse cargo personalmente del programa.
Vorterix
no se trataba sólo de una FM sino también de un conglomerado que incluye
un sitio web desde donde se transmiten recitales, música en HD y una sala
de conciertos para alrededor de mil personas en Federico Lacroze y
Álvarez Thomas donde antiguamente funcionó el Teatro Argos, luego El
Teatro y ahora Vorterix.
Esta
frecuencia será la tercera que tendrá la emisora desde que se creó, en
enero de 2012
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[1]
BPN Nº 714 del 15/10/21: "Santa
María suma una agencia de noticias a su holding".
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Índice
de escalas salariales de encargados de edificios
La
licuadora sigue triturando escalas salariales y jubilaciones
En
este gráfico se incluyeron los acuerdos del 45%, 10% y 4% ya homologados
[Fotoilustración Pequeñas Noticias]
[BPN-15/04/24]
Durante el cuarto mes de 2024 el promedio de las escalas salariales de los
encargados de edificios [2] perderán -6,8 con respecto a marzo
perderán, -14,46 puntos en lo que va del año y -76,66 puntos en el
cálculo interanual.
Estos
cálculos se realizan sobre los acuerdos salariales y la escalas
homologados por la Secretaría de Trabajo y no tiene en cuentas los
adelantos a cuenta de futuros aumentos que pudieran haber sido otorgados
por los consorcios para paliar la situación de los trabajadores.
El
incremento mensual
Si
no hay novedades durante la segunda quincena de este mes, en abril el
promedio de las escalas salariales variará en un 4% con respecto al mes
pasado. Esto se debe a que se homologaron las escalas salariales de
febrero (45%), marzo (10%) y abril (4%) [ver
nota].
Durante
el cuarto mes de este año el promedio de las escalas salariales seguirá
siendo de 611.143 pesos mensuales.
El
acumulado anual
En
abril el promedio de las escalas salariales será de un 53,44% con
respecto al último mes del año pasado.
Durante
diciembre del año pasado el promedio de las escalas salariales estaba en
398.298 pesos mensuales.
El
interanual
El
incremento anual de las escalas salariales desde abril del año pasado
hasta el mismo mes de éste será de un 219,42%.
El
promedio de las escalas salariales de abril de 2023 fue de 191.328 pesos.
INDEC
Según
el Índice de Precios de Consumidor que mide el INDEC la
inflación de marzo fue de un 11% y para el Relevamiento de
Expectativas del Mercado (REM) que estima el Banco Central
de la República Argentina (BCRA) la inflación de abril será
del 10.8%.
Según
estos números, la inflación interanual de este mes será de un
296,08%.
Jubilados
Mientras
tanto, el haber mínimo de un jubilado que paga expensas en abril será de
241.283 pesos bruto a los que se deben descontar la "Obra social
s/haberes PAMI".
Esto
se debe a dos razones:
1-
En abril se incrementaron los haberes en un 12,7% según el Decreto
274/2024 del 22 de marzo.
2.-
Se extendió la "ayuda económica previsional" de hasta 70 mil
pesos mediante el Decreto 282 del 27 de marzo.
Es
de destacar que el Gobierno decidió abonar los haberes en dos pagos: en
el primero se cobrará el mismo monto que en marzo y en el segundo, el
aumento y el bono. Si bien ANSeS ya anunció el calendario para el primer
tramo, todavía resta definir las fechas del segundo.
En
dólares, este haber mínimo representa 272,97 dólares al precio oficial
o 243,72 dólares según el mercado blue [3].
En
abril del año pasado ese haber estuvo en 73.665,41 pesos.
Lamentablemente
este mes el incremento del haber mínimo de la clase pasiva fue negativo
contra la inflación mensual (-16,54 puntos), la acumulada anual (-36
puntos) y contra la medición interanual (-68,54 puntos).
En
enero de 2016 la jubilación mínima estaba establecida en 4.299,06 (u$s
312,98). Si ese haber hubiera aumentado al ritmo de la inflación este mes
debería haber sido de 340.112,12 pesos mensuales (u$s 383,59 promedio a
valor oficial).
Si
calculamos, mes a mes, lo que debió ganar un jubilado siguiendo el ritmo
de la inflación y lo que realmente percibió incluidos los bonos extras,
observamos que en total lo perdido desde enero de 2016 hasta abril de 2024
fueron -583.462,94 pesos (u$s -658,05) incluida la incidencia de los
medios aguinaldos
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[1]
SUTERH: Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y
Horizontal
[2]
Para comparar escalas salariales del sector se promediaron las funciones
de encargado permanente con y sin vivienda en sus cuatro categorías de
cada mes. En los casos que correspondió se sumaron los bonos, tanto los
acordados en paritarias como por el Poder Ejecutivo nacional incluido
el bono no remunerativo del 20% que se paga en diciembre.
[3]
13/04/2024.
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ACCABA:
Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ACAPPH:
Asociación Civil Administradores Profesionales Propiedad Horizontal.
ACoPH:
Asoc. Civil de Consorcistas de la Propiedad Horizontal (Mar del Plata).
ACRA:
Arbitros de Consumo de la República Argentina.
ADEPROH:
Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la
Propiedad Horizontal RA.
AFIP:
Administración Federal de Ingresos Públicos.
AGIP:
Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.
AIERH:
Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal.
AIPH:
Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal
AIPH.
APARA:
Asociación de Profesionales Administradores de la República Argentina.
APH:
Asociación Civil de Propietarios de inmuebles de Renta y Horizontal.
APCCRA: Asociación de Propietarios, Consorcios y Consorcistas de la RA.
API:
Asocición Propietarios de Inmuebles.
APIPH:
Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal.
APBR:
Asociación de Propietarios de Bienes Raíces.
APROPHMAR:
Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata.
CAAC:
Confederación Argentina de
Administradores de Consorcios.
CABA:
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
CACCyC:
Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas.
CaFACA: Cámara Federal de Administradores de Consorcios de Argentina.
CAPHBByZ:
Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de Bahía Blanca y
Zona.
CAPHPBA:
Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires.
CAPHyAI:
Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.
CAPRA:
Cámara de Propietarios de la República Argentina.
CASIPH:
Cámara Argentina de Sistemas Informáticos de Propiedad Horizontal.
CCT:
Convenio Colectivo de Trabajo.
CDI:
Clave de Identificación.
CECAF:
Cámara Empresaria de Conservadores de Ascensores y Afines.
CEDDDA:
Camara Empresarial de Desinsectacion, Desrodentizacion y Desinfeccion Ambiental.
CGPC:
Centro de Gestión y Participación Comunal de la Ciudad Autónoma de Bs. As.
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CIA:
Cámara Inmobiliaria Argentina.
COAPLA:
Empresas de Control de Plagas de la Republica Argentina.
CEPRARA:
Cámara de Empresarios Pintores y Restauraciones Afines de la República Argentina
CUCICBA:
Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA.
CUIL:
Clave Única de Identificación Laboral.
CUIT:
Clave Única de Identificación Tributaria.
FAC:
Federación Argentina de Consorcios.
FACARA:
Federación de Asociaciones y Cámaras de Ascensores de la República Argentina.
FAPHRA:
Federación Nacional de Cámaras y Asociaciones de Administradores de Propiedad Horizontal de la República Argentina
FATERyH:
Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal.
FECIBA:
Federación Económica de la Ciudad de Buenos Aires.
FEDECO:
Federación de Asociaciones de Consorcios.
FRA:
Fundación Reunión de Administradores.
ICI:
Instituto de Capacitación Inmobiliaria.
INADI:
Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo.
IxE:
Indignados por expensas.
LCPH:
Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal.
RCD:
Red de Consorcistas Damnificados.
ReDeCo:
Reafirmación de los Derechos del Consorcista.
SEARA:
Sindicato Empleados de Administradoras de la República Argentina.
SERACARH:
Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal.
SiPreBA: Sindicato de Prensa de Buenos Aires.
SUTERH:
Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal.
UADI:
Unión Administradores de Inmuebles.
UCRA:
Unión de Consorcistas de la República Argentina.
UITEC:
Unión Iberoamericana de Trabajadores de Edificios y Condominios.
ULAI:
Unión Latinoamericana de Administradores e Inmobiliarias.
UMIPH:
Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal.
UPA - Unión Porteña de Administradores.
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