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22 de Septiembre de 2024 - Nº 785

Fabiana LizarraldeEncargados de edificios

Sueldos septiembre de 2024

Septiembre con escala nueva… ¿y agosto? El colmo de los colmos Revisar y controlar Para tener en cuenta a la hora de liquidar Y ahora, a cargo del empleador.

[BPN-22/09/24] Por fin, los recibos de sueldo del mes de la primavera se harán correctamente con una nueva escala homologada el pasado 6 de septiembre mediante la Disposición 2058/2024. Si solo esa fuera la noticia todo estaría en tiempo y forma, pero no. Esa misma disposición homologó dos escalas salariales: una para agosto con un 4.5% de aumento y otra para septiembre con un 4% más.

Claro que los tiempos hacen imposible trabajar como corresponde y los haberes de agosto -como se viene haciendo desde enero de este mismo año- habrá que ajustarlos a destiempo con lo que eso implica para el trabajador -que no recibe su dinero cuando corresponde-, para el administrador -que tiene que explicar a trabajadores...




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Encargados de edificios

Sueldos septiembre de 2024

Fabiana Lizarralde

[BPN-22/09/24] Por fin, los recibos de sueldo del mes de la primavera se harán correctamente con una nueva escala homologada el pasado 6 de septiembre mediante la Disposición 2058/2024. Si solo esa fuera la noticia todo estaría en tiempo y forma, pero no. Esa misma disposición homologó dos escalas salariales: una para agosto con un 4.5% de aumento y otra para septiembre con un 4% más.

Claro que los tiempos hacen imposible trabajar como corresponde y los haberes de agosto -como se viene haciendo desde enero de este mismo año- habrá que ajustarlos a destiempo con lo que eso implica para el trabajador -que no recibe su dinero cuando corresponde-, para el administrador -que tiene que explicar a trabajadores y administrados por qué no se liquidan los haberes con las escalas "correspondientes"- y para quienes confeccionan lo sueldos que tienen que explicar -a mes vencido- por qué no se liquidaron los haberes con escalas que no existían en el momento de confeccionarlos. ¿Complicado, no?

Es oportuno volver a recordar que normalmente la liquidación de haberes comienza a realizarse el 20 de cada mes si no antes para poder llegar en tiempo y forma con el pago del mismo (por ley se debe abonar hasta el 4° día hábil del mes siguiente), la confección de las cargas sociales (que vencen entre el 9 y el 11 del mes siguiente) y las boletas sindicales (que se han adelantado desde hace ya varios meses y vencen el 12 de cada mes). En el caso de septiembre, los haberes deben abonarse antes del 4 de octubre, las cargas sociales se deberán abonar entre el 9 y el 11 de octubre y las boletas sindicales probablemente el 14 de octubre ya que el 12 de octubre es sábado y todos los vencimientos se corren si hay días feriados, sábados o domingos en el medio.

Pregunta: ¿Cómo se pudo haber liquidado el mes de agosto con una escala homologada para ese mes el día 6 de septiembre? La bola de cristal sigue sin llegar…

El colmo de los colmos

Para que no haya dudas, se resume a continuación cuándo se homologaron las escalas salariales desde enero 2024 a la fecha:

Las escalas de enero, febrero, marzo y abril 2024 se homologaron el 14 de abril de 2024 mediante la Disposición 82/2024 [1].

La escala de junio 2024 se homologó el 26 de junio mediante la Resolución 1.532/2024 [2].

La escala salarial de julio 2024 se homologó el 6 de agosto mediante la Disposición 1.929/2024 [3].

La escala de agosto y septiembre 2024 se homologaron el 6 de septiembre con la Disposición 2.058/2024 [4].

Y como si todo este descalabro de homologaciones fuera culpa de quienes liquidan sueldos, de los administradores, de los encargados o de los propietarios, ahora el sindicato ignora los pagos realizados desde enero 2024 -en algunos casos, antes también- y dice que están impagos o incompletos.

Todo hace pensar que el motivo es que no se liquidaron los recibos de haberes con las escalas correspondientes, pero ¿cómo se podría haber hecho esa tarea con escalas que en ese momento no existían o no estaban homologadas? Tampoco notaron que todos los ajustes se confeccionaron posteriormente a las homologaciones con los correspondientes pagos de cargas sociales y boletas sindicales.

En todo caso, podrían estar reclamando intereses por el pago fuera de término de los meses correspondientes porque ellos no hicieron su trabajo en tiempo y forma. El problema no es que no se abonaron las cargas sociales y las boletas sindicales sino que ellos no hicieron su trabajo de una forma seria. ¿Su mal desempeño lo tienen que abonar los propietarios, aguantar los encargados, explicarlo quienes liquidan sueldos y sufrirlo los administradores? ¿Así funciona? Lo que deberían hacer es trabajar como corresponde y después sí, exigir que se abone lo que corresponde. Solo deberían hacer su trabajo en el momento justo para que todos podamos hacer el nuestro, también como corresponde.

Y no es imposible trabajar bien: La Unió Obrera de la Construcción y la Cámara Argentina de la Industria del Plástico ya publicaron las escalas salariales desde septiembre 2024 a marzo 2025 mientras que Camioneros publicó lo aumentos para el trimestre septiembre/noviembre 2024 por no seguir enumerando otros ejemplos.

¿Pedimos mucho?

Revisar y controlar

Septiembre 2024: Varios

1)

Escala salarial vigente (Res. 2058/2024)

Septiembre 24

2)

Sueldo Mínimo Vital y Móvil

(Resolución 13/2024)

* A partir del 1° de julio de 2024: $254.231,91 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo y $1.271,16 por hora para los trabajadores jornalizados.

* A partir del 1° de agosto de 2024: $ 262.432,93 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo y $ 1.312,16 por hora para los trabajadores jornalizados.

* A partir del 1° de septiembre de 2024: $ 268.056,50 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo y $ 1.340,28 por hora para los trabajadores jornalizados.

* A partir del 1° de octubre de 2024: $ 271.571,22 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo y $ 1.357,86 por hora para los trabajadores jornalizados.

 

 

3)

Asignaciones familiares

A partir del 1º de julio de 2010 la Administración Nacional de la Seguridad Social liquidará en forma directa las Asignaciones Familiares de los trabajadores. De esta forma, el Estado Nacional efectúa los controles sobre las asignaciones familiares de los trabajadores y quita a los empleadores la carga financiera a través del pago anticipado del beneficio.

4)

Feriados de septiembre: -

(Fuente)

Feriados inamovibles

Feriados trasladables

Feriados Turisticos

5)

Días no laborables de septiembre: -

(Fuente)

Días no laborables

6)

Formulario 931

(Res. 2407/08 y Dto. 1448/08)

Según la cantidad de empleados y las notificaciones de AFIP, se debe utilizar el aplicativo "Declaración en línea", el Libro de Sueldos Digital (LSD) o la versión vigente del SICOSS.

Para tener en cuenta a la hora de liquidar

Septiembre 2024: Sueldos (Aportes del empleado 21.75%)

1)

Aporte Jubilatorio: (Dto. 22/2007 – BO 24/1/2007)

11%

2)

INSSJP (Ley 19032)

3%

3)

Aporte sindical

2%

4)

Aporte Obra social (Obra Social 2,55% + ANSSAL 0,45%)

3%

5)

Caja de Protección a la familia

1%

6)

Fondo para la Maternidad, Vida, Desempleo y Discapacidad (FMVDD)

1%

7)

Seguro Vitalicio (Artículo 27º bis CCT 589/10)

0,75%

8)

Fondo de Educación y Comunicación (Res. 547/2023) Tope máximo: lo que se descuenta por la cuota sindical. Se aplica una vez al año en el mes que se llevan a cabo las paritarias del sector.

-

Y ahora, a cargo del empleador

Septiembre 2024: Contribuciones patronales = 30,75% + ART + Etc...

1)

Jubilación

10,77%

2)

Ley 19032 / INSSJP

1,58%

4)

FNE

0,95%

3)

Obra Social + ANSSAL

6,00%

5)

Asignaciones Familiares

4,70%

6)

CPF (Boletas del sindicato)

1,50%

7)

FMVDD (Boletas del sindicato)

4,00%

8)

Contribución Solidaria OS CCT 589/10 por cada trabajador mensualizado de 8 horas por día (Según boletas sindicato 08/2023 confeccionadas a la fecha de esta publicación)

$7.278

9)

SERACARH (Boletas del sindicato)

0,50%

10)

Seguro Vitalicio (Art.27º bis CCT 589/10)

0,75%

11)

Valor de la suma fija de ART - FFEP para el devengado 8/2024 (Disposición SRT 8/2024). Desde el mes 08/2024 el aplicativo de AFIP lo modifica de manera automática y no hay que hacerlo manualmente

$928

12)

Seguro Colectivo de Vida Obligatorio

$175.89

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[1] BPN Nº 774 del 15/04/24: "Finalmente se homologaron las famosas paritarias".

[2] BPN Nº 780 del 15/07/24: "Se acordó un 4,4% para junio".

[3] BPN Nº 782 del 15/08/24: "Se acordó un 5% para julio y ya se homologó".

[4] BPN Nº 784 del 15/0/2024: "Se acordaron aumentos para agosto y septiembre".


Administración Bernetti SRL

Contadora Viviana B. Grinberg






Marta Granados - Administraciones




Administración Silvia Losada

Administración Liliana Silvia Bo


Administración López.

Rodriguez y Asociados, Bienes Raícesy administración de consorcios


Administrador Adolfo Tami

Administración Mared


Servicios informáticos para administradores y consorcios.


Bolsa de trabajo: Avisos Clasificados - Ofrecidos

ADMINISTRATIVO DE ADMINISTRACIÓN DE CONSORCIOS: Mi colaboración para con la empresa sería part-time. Cuento con experiencia en el rubro. Mis tareas fueron tanto dentro como fuera de las administraciones (trámites bancarios, pagos varios, atención telefónica a los consorcistas y encargados,etc.) - Nombre: Pablo Isasmendi - Llamar al teléfono: (11) 5823-5200 al mediodia - Localidad: CABA - Correo electrónico: pabl5151@gmail.com

PORTERA / ENCARGADA: Estoy en búsqueda de trabajo como encargada o portera de consorcio con o sin vivienda. Actualmente trabajo en una empresa de limpieza que proporciona servicio a diferentes consorcio así que tengo experiencia - Nombre: Andrea Lugo - Llamar al teléfono: (11) 5059-4272 de 14 a 21 hs. - Localidad: La Boca / Capital Federal - Correo electrónico: andre-rmm@hotmail.com

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ENCARGADO DE PORTERÍA/ TRABAJO DE LIMPIEZA: ¡Buenas tardes! Me postulo para dicho puesto. Soy una persona responsable y trabajadora. Cuento con referencias comprobables y a la vez realizo limpieza completas. Cualquier duda y/o consulta estoy para servirles - Nombre: Héctor Fernando Arriola Torres - Llamar al teléfono: (+54)(9)(11) 3006-5195 de 7 a 22 hs. - Localidad: CABA - Correo electrónico: ferchumetal@gmail.com

ENCARGADO PERMANENTE CON O SIN VIVIENDA: En CABA - Referencias comprobables - Más de 23 años de experiencia - Nombre: Roberto Nicolás Forte - Llamar al teléfono: (11) 3319-2945 de 8 a 12 hs. y 17 hs. en adelante - Localidad: Balvanera / Capital Federal - Correo electrónico: forterobertonicolas@gmail.com

ENCARGADO DE EDIFICIO/CABA: Soy Jorge Alejandro Garibotti, 57 años, casado y vivo en Belgrano/CABA. Busco empleo como encargado preferiblemente en CABA, tiempo completo, media jornada, etc. Tengo experiencia referencias y CV actualizado - Nombre: Jorge Alejandro Garibotti - Llamar al teléfono: (11) 3814-0928 o (11) 5415-4882 (esposa) a partir de las 13 hs. - Localidad: CABA - Correo electrónico: avui1967@gmail.com o griludi62@gmail.com (mi esposa).

En caso de encontrar trabajo o desear dar de baja/modificar el aviso notificar al correo pequenasnoticias@gmail.com



¿Qué significan las siglas?

ACCABA: Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ACAPPH: Asociación Civil Administradores Profesionales Propiedad Horizontal.

ACoPH: Asoc. Civil de Consorcistas de la Propiedad Horizontal (Mar del Plata).

ACRA: Arbitros de Consumo de la República Argentina.

ADEPROH: Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la Propiedad Horizontal RA.

AFIP: Administración Federal de Ingresos Públicos.

AGIP: Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.

AIERH: Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal.

AIPH: Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal AIPH.

APARA: Asociación de Profesionales Administradores de la República Argentina.

APH: Asociación Civil de Propietarios de inmuebles de Renta y Horizontal.

APCCRA: Asociación de Propietarios, Consorcios y Consorcistas de la RA.

API: Asocición Propietarios de Inmuebles.

APIPH: Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal.

APBR: Asociación de Propietarios de Bienes Raíces.

APROPHMAR: Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata.

CAAC: Confederación Argentina de Administradores de Consorcios.

CABA: Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

CACCyC: Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas.

CaFACA: Cámara Federal de Administradores de Consorcios de Argentina.

CAPHBByZ: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de Bahía Blanca y Zona.

CAPHPBA: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires.

CAPHyAI: Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.

CAPRA: Cámara de Propietarios de la República Argentina.

CASIPH: Cámara Argentina de Sistemas Informáticos de Propiedad Horizontal.

CCT: Convenio Colectivo de Trabajo.

CDI: Clave de Identificación.

CECAF: Cámara Empresaria de Conservadores de Ascensores y Afines.

CEDDDA: Camara Empresarial de Desinsectacion, Desrodentizacion y Desinfeccion Ambiental.

CGPC: Centro de Gestión y Participación Comunal de la Ciudad Autónoma de Bs. As.

CIA: Cámara Inmobiliaria Argentina.

COAPLA: Empresas de Control de Plagas de la Republica Argentina.

CEPRARA: Cámara de Empresarios Pintores y Restauraciones Afines de la República Argentina

CUCICBA: Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA.

CUIL: Clave Única de Identificación Laboral.

CUIT: Clave Única de Identificación Tributaria.

FAC: Federación Argentina de Consorcios.

FACARA: Federación de Asociaciones y Cámaras de Ascensores de la República Argentina.
FAPHRA: Federación Nacional de Cámaras y Asociaciones de Administradores de Propiedad Horizontal de la República Argentina

FATERyH: Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal.

FECIBA: Federación Económica de la Ciudad de Buenos Aires.

FEDECO: Federación de Asociaciones de Consorcios.

FRA: Fundación Reunión de Administradores.

ICI: Instituto de Capacitación Inmobiliaria.

INADI: Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo.

IxE: Indignados por expensas.

LCPH: Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal.

RCD: Red de Consorcistas Damnificados.

ReDeCo: Reafirmación de los Derechos del Consorcista.

SEARA: Sindicato Empleados de Administradoras de la República Argentina.

SERACARH: Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal.

SiPreBA: Sindicato de Prensa de Buenos Aires.

SUTERH: Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal.

UADI: Unión Administradores de Inmuebles.

UCRA: Unión de Consorcistas de la República Argentina.

UITEC: Unión Iberoamericana de Trabajadores de Edificios y Condominios.

ULAI: Unión Latinoamericana de Administradores e Inmobiliarias.

UMIPH: Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal.

UPA - Unión Porteña de Administradores.


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2º Edición Nº DCCLXXXV

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