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15 de Marzo de 2026 - Nº 820

Apertura de causas judiciales por expensas

En 2025 subieron fuertemente los juicios por expensas

Durante el año pasado se iniciaron casi 5 mil juicios por expensas mientras que durante 2023 se abrieron casi 3 mil El aumento fue de más del 60% Este es uno de los indicadores posibles del nivel de dificultades por las que puede está atravesando la clase media argentina.

[BPN-15/03/26] Durante el año pasado se iniciaron 4.806 juicios por ejecuciones de expensas, lo que representa un marcado contraste frente a las 2.961 causas abiertas durante 2024. Estas cifras revierten una tendencia bajista de tres años consecutivos con un incremento del 62,3% (1.845 casos adicionales).

Este fenómeno se posiciona como uno de los indicadores clave sobre las dificultades económicas que atraviesa la clase media argentina.

Análisis histórico por gestión de gobierno...



Encargados de edificios

La reforma laboral no afectará a los encargados de edificios

El juez nacional del Trabajo, Alejandro Aníbal Segura, descartó la implementación de paritarias por consorcio y reafirmó que, por el momento, no habrá modificaciones para los trabajadores de edificios Adelantó que el Gobierno podría presentar un proyecto para derogar el Estatuto del Encargado.

Corte Suprema de Justicia de la Nación

Quedó firme la personería gremial de SEARA

El máximo tribunal rechazó el último recurso extraordinario del Sindicato de Empleados de Comercio, ratificando la resolución del Ministerio de Trabajo que había reconocido al sindicato comandado por Gabriela Pilar Saldivia.



Registro Público de Administradores porteño

Tocco propone una serie de cambios al régimen de sanciones

Entre los cambios más sobresalientes se encuentran la imposición de una validación colectiva de la denuncia, sanciones por falsas denuncias, revisión de la cuantía de las multas y modificación de sus destinos.


Medios especializados

Consorcios 360 inauguró su 4ª temporada a todo vapor

El viernes 6 de marzo a las 17 hs comenzó formalmente la 4ª temporada de Consorcios 360, el popular programa periodístico sobre propiedad horizontal Se trasmite en vivo por YouTube, se puede sintonizar por la señal AM 1010 Onda Latina y ver por Spotify.


Proyecto de ley porteño

Ocaña busca que el curso del SERACARH sea cada cinco años

Las modificaciones que proponen dos legisladores porteños ahorrarían en cinco años a los consorcios porteños 10 mil millones de pesos o siete millones de dólares También pretenden que cualquier entidad educativa pública o privada este habilitada para dictarlo.


Ley Zago

Barroetaveña insiste en anualizar el Curso del SERACARH

Este cambio implicaría un incremento estimado de casi 7 mil millones de pesos o más de 7 millones de dólares cada dos años La iniciativa profundiza en la idea de sancionar a los administradores si los encargados no hacen el curso.


Proyecto de ley porteño

Tercer intento de financiar obras de mantenimiento en consorcios

Legisladores de Fuerza por Buenos Aires volvieron a presentar una iniciativa para que se subsidien o se otorguen créditos a consorcios Estará destinado a pequeñas obras de mantenimiento y de "puesta en valor" de los edificios La asistencia no podrá ser destinada a ampliaciones.


Gobierno de la provincia de Buenos Aires

El Grupo Octubre recibió 1.635 millones de pesos en publicidad

Durante 2025, el holding se ubicó en el noveno lugar entre los diez grupos con mayor asignación de fondos bonaerenses El 89% de la pauta recibida se concentró en sus cuatro medios principales.


Rincón Solidario

La rendición de cuenta antes de la asamblea

por la Dra. Silvia Bercovsky


Bolsa de Trabajo

Avisos Clasificados OFRECIDOS

Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Ya no se exige la firma de un contador para la rúbrica laboral

Los empleadores porteños quedaron eximidos de presentar la certificación de un profesional independiente como requisito para la rúbrica de la documentación laboral Esta obligación se mantenía vigente desde 2019.


Barajar y dar de nuevo

Fue apartado de su cargo Daniel Roque Vítolo

El inspector general de Justicia fue reemplazado por Alejandro Ramírez Su gestión cobró notoriedad ante la posibilidad de que los consorcios debieran llevar doble contabilidad y presentar balances anuales, una medida con fuerte impacto en las expensas.


Derrumbe en el complejo Estación Buenos Aires

Hubo que ordenar a la Ciudad garantizar alojamiento digno a los evacuados

Un fallo judicial de extrema urgencia prohibió el traslado de las familias a paradores y exigió al GCBA el pago integral de hoteles tras el colapso estructural que dejó a más de 700 personas fuera de sus hogares.


Agencia Gubernamental de Control

La cobertura de ascensores y calderas subió un 19%

En términos interanuales aumentó 0,23 puntos porcentuales por debajo de la inflación Este nuevo incremento se debe al cambio del valor de la unidad fija.


Mar del Plata

El modelo del encargado de edificio estaría recuperando terreno

El secretario general de SUTERyH sostuvo que existe una tendencia de retorno al modelo tradicional de encargados de edificios en Mar del Plata Se apoyó en tres argumentos: Servicio y seguridad, el análisis de su costo y que habría un recambio generacional.


Índice de escalas salariales de encargados de edificios

Las dos homologaciones faltantes no se mueven

Si hasta fin de marzo no se homologan los dos últimos acuerdo, las escalas salariales de los encargados de edificios perderán contra la inflación mensual, la acumulada anual y la interanual También el haber mínimo de los jubilados que pagan expensas perderán en esas tres mediciones.


Rincón Solidario

El reglamento establece que los gastos se dividen en partes iguales

por la Dra. Diana Sevitz


Gacetillas

Comuna 14

Vínculos a nuestras redes sociales


Apertura de causas judiciales por expensas

En 2025 subieron fuertemente los juicios por expensas

[BPN-15/03/26] Durante el año pasado se iniciaron 4.806 juicios por ejecuciones de expensas, lo que representa un marcado contraste frente a las 2.961 causas abiertas durante 2024. Estas cifras revierten una tendencia bajista de tres años consecutivos con un incremento del 62,3% (1.845 casos adicionales).

Este fenómeno se posiciona como uno de los indicadores clave sobre las dificultades económicas que atraviesa la clase media argentina.

Análisis histórico por gestión de gobierno

Considerando que la apertura de causas por expensas refleja la presión financiera sobre los propietarios, la redacción de Pequeñas Noticias analizó la evolución de estos procesos judiciales según la gestión de cada gobierno nacional desde 1989.

EXPEDIENTES INGRESADOS

Año

Cantidad

Diferencia

Diferencia %

2021

4.676

1.385

42,1 %

2022

3.466

-1.210

-25,9 %

2023

3.290

-176

-5,1 %

2024

2.961

-329

-10,0 %

2025

4.806

1.845

62,3 %

La cantidad de causas iniciadas en 2025 es la más alta desde 2019, último año de la gestión de Mauricio Macri. Al observar la serie histórica, se aprecia que el pico máximo de ejecuciones se alcanzó durante el mandato de Eduardo Duhalde (2001-2002), como consecuencia directa de la crisis de 2001. Por el contrario, el promedio más bajo se registró bajo la presidencia de Alberto Fernández (2019-2023), a pesar del contexto de la pandemia.

Presidente

Promedio

Gestión

Carlos Saúl Menem

4.112

(1989-1999)

Fernando de la Rúa

7.736

(1999-2001)

Eduardo Duhalde

9.042

(2001-2002)

Néstor Kirchner

4.865

(2003-2007)

Cristina Fernández de Kirchner

3.694

(2007-2015)

Mauricio Macri

4.453

(2015-2019)

Alberto Fernández

3.681

(2019-2023)

Javier Milei

3.884

(2024-2028)

Mientras durante el año pasado subía la cantidad de causas judiciales abierta para tratar de cobrar las expensas, los medios nacionales informaban -basándose en diversas fuentes- números dispares en la morosidad de sus pagos.

Fecha

Medio

Fuente

Promedio

Picos

07/10/2025

Perfil

Empresa privada (software)

17 %

 

17/10/2025

La Nación

Empresa privada (software)

17 %

 

17/02/2026

Clarín

Laura Colucci (AIERH)

20 %

25 %

18/02/2026

BAE Negocios

Sin fuentes

20 %

31 %

18/02/2026

Eduardo Awad

Sin fuentes

10 %

 

19/02/2026

Pura Ciudad

Sin fuentes

20 %

30 %

19/02/2026

Prensa Mercosur

Cámaras de administradores

31 %

 

21/02/2026

El Día (La Plata)

Sin fuentes

20 %

22 %

21/02/2026

Telefe Noticias

Sin fuentes

31 %

 

23/02/2026

Mercado

Empresa privada (software)

31 %

 

24/02/2026

Continental AM 590

Armando Pepe (inmobiliario)

40 %

 

24/02/2026

Grupo La Provincia

Sin fuentes

20 %

42 %

28/02/2026

Diario El Norte

Distintas administraciones

10/15 %

 

Metodología de los datos

Los datos corresponden a las primeras asignaciones registradas en primera instancia del Fuero Nacional en lo Civil, bajo el objeto de juicio "Ejecución de expensas". La información fue suministrada por la Oficina de Estadísticas de la Dirección General de Planificación del Consejo de la Magistratura Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Contadora Viviana B. Grinberg

Administración Bernetti SRL


Encargados de edificios

La reforma laboral no afectará a los encargados de edificios

Foto archivo Pequeñas Noticias

Foto archivo Pequeñas Noticias


[BPN-15/03/26] El pasado 25 de febrero, el juez nacional del Trabajo, Alejandro Aníbal Segura, afirmó que la recientemente aprobada Ley de Modernización Laboral no afectará a los encargados de edificios y descartó que puedan ponerse en marcha paritarias individuales por consorcio.

Segura explicó que el sector se rige por el Estatuto del Encargado (Ley 12.981) y que la nueva reforma no derogó ni modificó las condiciones específicas de la actividad, aunque admitió que algunos aspectos podrían requerir juicios de compatibilidad. Con una mirada técnica, el magistrado sostuvo que la norma no constituye una reforma, sino una "ley de regresión" que colisiona con el espíritu progresivo de la Constitución Nacional, y advirtió sobre los riesgos que el "banco de horas" representa para la vida del trabajador.

Estas declaraciones fueron realizadas en una entrevista para el programa de streaming "Segunda convocatoria", donde fue invitado por los abogados Jorge Resqui Pizarro, Gustavo Alejandro Griffith y Juan Martín Luciani Otaño.

Alejandro Aníbal Segura cuenta con una extensa trayectoria: se desempeñó como juez subrogante en los juzgados nacionales de Primera Instancia del Trabajo N° 2 y N° 41, y fue vocal de la Cámara Federal de San Justo. Además, es docente universitario, autor de obras jurídicas y fue asesor legal del SUTERH durante 18 años.

La entrevista

Durante el intercambio, Gustavo Alejandro Griffith recordó el pasado de Segura como jefe del área de legales del sindicato. El magistrado aclaró que se desvinculó de dicha entidad hace 20 años y procedió a analizar el nuevo marco normativo.

"No se trata de una ley de modernización ni de reforma, sino de una norma de regresión laboral que viola ostensiblemente la Constitución Nacional", señaló Segura. El juez detalló haber identificado 35 aspectos peyorativos para el sector trabajador solo en lo referido al contrato individual, además de puntos negativos en materia de derecho colectivo, procesal y respecto al rol del Ministerio de Trabajo.

Segura fundamentó su postura citando el artículo 14 bis de la Constitución: "El uso del tiempo futuro, 'gozará', indica un programa progresivo. No puede existir una ley que disminuya la protección, porque entonces el artículo debería leerse en pasado". Asimismo, criticó que la ley excluya a los trabajadores de aplicaciones y a los no registrados, quitando a los independientes la posibilidad de articular el fraude laboral.

El impacto en el trabajo en edificios

Respecto a la actividad específica, el juez explicó que la Constitución Nacional delega en el poder central la facultad de dictar códigos de fondo. Al no haberse redactado un Código del Trabajo, rige la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) junto a estatutos especiales.

"Cuando la LCT se encuentra con estatutos como el del encargado (Ley 12.981), no puede derogarlos automáticamente; debe realizarse un juicio de compatibilidad. Por eso, esta ley de modernización no toca el estatuto especial", afirmó.

La jornada y el "banco de horas"

Segura definió la jornada como la institución emblemática del movimiento obrero. Respecto al "régimen de banco de horas", lo calificó como una maniobra para utilizar el excedente de tiempo de trabajo sin pagar compensación alguna.

Remarcó además la naturaleza "no empresaria" del trabajo en edificios: "A diferencia de una fábrica, el consorcio no puede derivar el costo laboral al precio de un producto. El empleador es un consorcio de propietarios y las medidas actuales golpean a la clase media a través de tarifas, alquileres y expensas".

Derecho colectivo y rol judicial

En cuanto al derecho colectivo, Segura vaticinó que no habrá grandes dificultades pues la negociación seguirá siendo por actividad. "No habrá convenios por provincias ni negociaciones consorcio por consorcio. Se mantiene la negociación colectiva como el piso de irrenunciabilidad; nadie puede negociar por debajo del CCT", enfatizó.

Finalmente, concluyó que, si bien por el momento no hay modificaciones en el régimen de edificios, el Gobierno pretendería introducir otro proyecto para derogar los estatutos específicos Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


 


Corte Suprema de Justicia de la Nación

Quedó firme la personería gremial de SEARA

[BPN-15/03/26] El pasado 5 de marzo la Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó el último recurso presentado por el Sindicato de Empleados de Comercio de Capital Federal (SEC), liderado por Armando Cavalieri, en su disputa contra el Sindicato de Empleados de Administradoras (SEARA). Con esta decisión, el máximo tribunal dejó firme la resolución del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social que había otorgado la personería gremial a SEARA, consolidando su facultad para representar formalmente a los trabajadores del sector de administración de consorcios y propiedad horizontal.

El 6 y 7 de marzo SEARA informó la novedad en sus redes sociales.

La aplicación del artículo 280

Los magistrados de la Corte aplicaron el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, una herramienta jurídica que les permite rechazar recursos extraordinarios sin necesidad de dar fundamentos adicionales cuando consideran que la cuestión planteada carece de "agravio federal suficiente" o trascendencia.

Al invocar esta norma, la Corte decidió no revisar la sentencia previa de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, la cual ya había validado la legalidad de la personería otorgada a SEARA frente a las impugnaciones del gremio mercantil.

El origen del conflicto

La disputa comenzó el 4 de octubre de 2022 cuando el Ministerio de Trabajo otorgó la personería gremial a SEARA (Resolución 1496), permitiéndole negociar convenios colectivos y representar los intereses específicos de los empleados de administradoras.

En febrero de 2023 el SEC impugnó esta decisión alegando una superposición de representación, bajo el argumento de que dichos trabajadores ya se encontraban encuadrados en el ámbito de actuación del sindicato de comercio.

Sin embargo, las instancias judiciales posteriores determinaron que la especificidad de las tareas en las administradoras justificaba la existencia de una representación gremial propia, criterio que ahora queda sellado definitivamente tras el rechazo del máximo tribunal.

Implicancias para el sector

Con el fallo de la Corte, se agotan todas las instancias de apelación para el gremio de Cavalieri. Esto otorga a SEARA la espalda jurídica necesaria para:

1.- Afianzar su rol en las negociaciones paritarias del sector.

2.- Administrar los fondos que surjan de las cuotas sindicales y aportes y contribuciones que le correspondieran.

3.- Representar de manera exclusiva a los empleados de los administradores de consorcios en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Por otra parte, la resolución marca un precedente importante en el mapa sindical porteño, donde la fragmentación por especificidad de tareas continúa ganando terreno frente a los grandes gremios de actividad Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice



Registro Público de Administradores porteño.

Tocco propone una serie de cambios al régimen de sanciones

[BPN-15/03/26] El pasado 26 de febrero el Adm. Daniel Tocco, vicepresidente 3° de la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI), propuso ocho cambios al sistema de sanciones del Registro Público de Administradores (RPA) porteño.

Entre las más importantes se destacan una validación colectiva de las denuncias, modificación de su destino, sanciones por falsas denuncias, modificación del destino de las multas y revisión de la cuantía y aplicación de multas.

Así lo hizo público en una detallada nota titulada "Denuncias en el RPA: ¿A quién beneficia? Publicada por la revista Propiedad Horizontal –órgano oficial de la CAPHyAI- número 388.

Punto por punto

Una por una las ocho propuestas realizadas por el expresidente de la entidad de administradores:

Validación colectiva de denuncias: Establecer como obligatorio que el vecino denunciante deba ser acompañado por otros propietarios en la presentación de su denuncia, con el fin de evitar el uso del sistema como una herramienta de venganza o problema personal.

Aplicación de sanciones por falsas denuncias: Ejecutar las penalidades previstas en la Ley para quienes realicen denuncias infundadas o actúen como denunciadores "seriales".

Modificación del destino de las multas: Establecer que los fondos recaudados por las sanciones aplicadas no ingresen a las arcas del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, sino que se destinen al consorcio afectado, por ser este el damnificado real. Tocco señaló que no escuchó que ninguna entidad de consorcistas realizara algún reclamo en este sentido.

Revisión de la cuantía y aplicación de multas: Ajustar los montos de las sanciones para que no resulten abusivos en relación con los honorarios del administrador y evitar la duplicidad de multas íntegras cuando existen coadministradores que perciben un solo honorario.

Evaluación de la capacidad financiera del consorcio: Considerar la realidad económica del consorcio, la falta de fondos o la morosidad en el pago de expensas antes de imputar al administrador por tareas no realizadas, entendiendo que este solo administra recursos limitados.

Jerarquización del proceso administrativo: Dotar de mayor rigor técnico al área legal y a las audiencias de conciliación para evitar pases automáticos a la instancia legal cuando no existe un reclamo actual o el denunciante no acepta explicaciones técnicas.

Fomento del apercibimiento: Recuperar el uso de la figura del apercibimiento como alternativa a la sanción económica directa.

Participación institucional: Lograr que los diversos poderes del Estado local incorporen la visión de las instituciones del sector para evitar legislaciones aisladas y sanciones meramente recaudatorias, garantizando un sistema equilibrado que proteja tanto al vecino como al administrador Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice



Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Ya no se exige la firma de un contador para la rúbrica laboral

[BPN-15/03/26] El pasado 14 de febrero, el director general de Relaciones del Trabajo porteño dispuso eximir a los empleadores de la presentación de una certificación de profesional independiente para la rúbrica de la documentación laboral. La Disposición 293, firmada por Adrián Alfonso Jalife, entró en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial el 24 de ese mismo mes.

Jalife fundamentó la medida señalando que la implementación de herramientas tecnológicas permite suplir la información de dichos informes en la actualidad. Según el funcionario, la eliminación del requisito -que calificó como innecesario- busca simplificar los trámites administrativos para que resulten más eficientes, rápidos y económicos, mejorando así la interacción entre los ciudadanos, las empresas y la Administración Pública. "Se considera pertinente eximir de la presentación de informes de profesionales a los empleadores como requisito para la correspondiente rúbrica de la documentación laboral", resumió en el texto normativo.

El desarrollo en el tiempo

La evolución normativa de este registro cuenta con hitos clave desde hace más de dos décadas:

14 de octubre de 1999: La Legislatura porteña sancionó la Ley 265, que facultó a la Autoridad Administrativa del Trabajo de la CABA para llevar un registro de empleadores e instrumentar la rúbrica de documentación laboral, bajo el artículo 52 de la Ley Nacional 20.744.

26 de agosto de 2002: La Secretaría de Trabajo de la Nación aprobó un protocolo adicional sobre rúbrica y reciprocidad, estableciendo que los elementos de contralor deben ser rubricados por la autoridad de la jurisdicción donde se encuentre el establecimiento.

3 de noviembre de 2017: Se ordenó la puesta en marcha, a partir de 2018, del "Sistema para la Rúbrica de Documentación Laboral en forma digital de la CABA".

15 de agosto de 2019: La Disposición 473 fijó la obligatoriedad de subir a la plataforma digital, de forma semestral, una certificación emitida por un contador o abogado, legalizada por su respectivo consejo o colegio profesional.

1 de octubre de 2019: Se modificó la norma anterior para eliminar la posibilidad de que los abogados emitieran dicho certificado, otorgando exclusividad a los contadores públicos.

28 de octubre de 2024: La Resolución 803 incorporó la rúbrica obligatoria mediante la plataforma de Tramitación a Distancia (TAD) para empleadores con hasta nueve trabajadores.

10 de noviembre de 2025: La obligación se extendió a empleadores con hasta 49 trabajadores y pymes Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice



Medios especializados

Consorcios 360 inauguró su 4ª temporada a todo vapor

[BPN-15/03/26] El pasado viernes 6 de marzo a las 17 hs. comenzó formalmente la cuarta temporada de Consorcios 360, el popular programa periodístico sobre propiedad horizontal que se transmite en vivo por YouTube, se sintoniza por la señal AM 1010 Onda Latina y puede verse a través de Spotify.

En esta primera emisión, el equipo abordó dos de los temas más candentes de la semana: el derrumbe de parte de las cocheras del Complejo Estación Buenos Aires, en Parque Patricios, y el análisis del juez nacional del Trabajo, Alejandro Aníbal Segura, sobre el impacto de la recientemente aprobada Ley de Modernización Laboral en los encargados de edificios.

También se analizaron las propuestas de modificación al sistema de sanciones del Registro Público de Administradores (RPA) porteño, realizadas por el administrador Daniel Tocco, vicepresidente de la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI).

"Es increíble que el tiempo no nos alcance para nada", bromeó Claudio García de Rivas ante la consulta de la redacción de Pequeñas Noticias. "Nunca podemos completar toda la hoja de ruta; siempre nos quedan noticias en parrilla", concluyó.

Novedades para este año

Respecto a las innovaciones del ciclo, García de Rivas señaló: "Vamos a tratar de aprovechar al máximo las posibilidades del streaming, allí está el futuro de la comunicación. Cada vez que podamos, incluiremos fotos, gráficos, tablas y videos para complementar la palabra". El objetivo, según explicó, es que la información para la comunidad sea lo más clara y amena posible.

Asimismo, el programa continuará con los sorteos de libros sobre propiedad horizontal. "La intención es colaborar con el desarrollo del conocimiento en nuestra comunidad. Actualmente contamos con cinco ejemplares escritos por la Dra. Diana Sevitz y la Cra. Liliana Corzo, y esperamos más donaciones de otros autores", detalló.

Duración del ciclo y producción

Al ser consultado sobre la extensión del programa, el conductor confirmó que, al igual que en años anteriores, finalizarán el último viernes de noviembre. "Cada programa exige mucho trabajo y el equipo termina agotado. Hay una producción periodística importante detrás; a diferencia de otras épocas, hoy no se puede improvisar. Todo debe estar preparado para que el espectador reciba un material de primer nivel", afirmó.

Agradecimientos y plataformas

García de Rivas dedicó un espacio para agradecer a Julia, Leandro y Fabricio, de AM 1010 Onda Latina, y especialmente a sus anunciantes: Alejandro (Matafuegos Orlando) y Omar (Ecomax). "Su apoyo concreto nos permite concentrarnos en lo que más nos gusta: el periodismo especializado", destacó, extendiendo el reconocimiento a su equipo de trabajo compuesto por Silvia Marcela Bercovsky, Andrés Zulberti, Alex Lavielle y Diana Sevitz.

Finalmente, recordó que el público puede seguir el programa a través de su canal de YouTube (@consorcios360-radio), su canal de WhatsApp, Facebook y los podcasts disponibles en Spotify Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Bolsa de trabajo: Avisos Clasificados - Ofrecidos

EMPLEDADA ADMINISTRATIVA: Amplia experiencia en el rubro y mi busqueda es para tareas administrativas con referencias comprobables y disponibilidad (part time). Soy jubilada de CABA - Nombre: Susana Ramos - Llamar al teléfono: (11) 6059-9887 - Correo electrónico: olga22su@yahoo.com  [20/01/26]

EMPLEADO ADMINISTRATIVO: Tengo experiencia en el rubro, disponibilidad inmediata, preferentemente modalidad part time aunque escucho oferta full time - Nombre: Pablo Isasmendi -  WhatsApp: (11) 5823-5200 desde las 12 hs. - Localidad: Flores / CABA - Correo electrónico: pabl5151@gmail.com [04/11/25]

ENCARGADO PERMANENTE CON VIVIENDA, SUPLENTE DE FIN DE SEMANA: Busco trabajo en Capital Federal - Nombre: Ramiro Ezequiel Lera - Llamar al teléfono: (11) 5750-4076 - Localidad: Palermo / CABA - Correo electrónico: cleopatramses0@gmail.com [28/10/25]

ENCARGADO DE EDIFICIO TITULAR Y/O SUPLENTE, AYUDANTE: Cuento con recomendación de varios administradores y algunos miembros de la Cámara de Administradores - 25 años de experiencia en el oficio - CV a disposición con referencias comprobables en CABA Y GBA - Nombre: Carlos Facundo Rios González - Llamar al teléfono: (11) 6597-4834 durante todo el día - Localidad: Capital Federal - Correo electrónico: cfacundo06@hotmail.com [08/10/25]

ENCARGADA DE EDIFICIOS: Cualquier modalidad, con o sin vivienda, media jornada o completa, suplente o jornalizada. 4 años de experiencia y referencias comprobables de administradores, propietarios y empresas de limpieza. - Nombre: Tamara Ricatti - Llamar al teléfono: (11) 2467-5574 todo el dia - Localidad: Parque Patricios / CABA - Correo electrónico: tamararicatti2015@hotmail.com [23/08/25]

ADMINISTRATIVA: Busco empleo en el área administrativa, recepcionista o analista de cuentas por cobrar. Tengo disponibilidad inmediata. Desde ya muchas gracias. - Nombre: Natalia Sancandi - Llamar al teléfono: (11) 5911-5299 - Después de las 15 - Localidad: Ituzaingo / Buenos Aires - Correo electrónico: sancandinatalia@gmail.com [08/09/25]

EMPLEADA PARA ADMINISTRACION DE CONSORCIO: Poseo más de 25 años de experiencia en el área administrativa de distintas empresas realizando tareas con sistemas propios de cada compañía. En los últimos 13 años he trabajado en administraciones de consorcios. Soy una persona responsable, organizada y en busca de tareas administrativas para realizar desde mi domicilio - Nombre: Miriam El Hasi - Llamar al teléfono: (11) 2835-6246 de 9 a 19 hs - Localidad: CABA / Bs.As. - Correo electrónico: mirilatur@hotmail.com [21/08/25]

ENCARGADO DE EDIFICIO O AYUDANTE: Me postulo para dicho puesto en la zona de Capital Federal. Soy responsable, trabajador y cumplidor, aparte cuento con referencias comprobables y experiencia - Nombre: Héctor Fernando Arriola Torres - Llamar al teléfono: (11) 2637-7686 de 7 A 21 hs. - Localidad: Capital Federal / CABA - Correo electrónico: ferchumetal@gmail.com [02/09/25]

EMPLEADO PARA ADMINISTRACION DE CONSORCIOS: Poseo casi 20 años de experiencia en el sector administrativo, especializado en administraciones de consorcios en CABA donde he desarrollado una amplia experiencia en el sector habiéndome incluso matriculado oportunamente como administrador de consorcios - Nombre: Javier Darío Vallata - Llamar al teléfono: (11) 6872-2983 todo el día - Localidad: Ciudadela / Buenos Aires - Correo electrónico: jvallata@gmail.com [11/08/25]

ENCARGADO DE PORTERÍA PERMANENTE: Buenos días! Me postulo para dicho puesto por la zona de Capital Federal, cuento con referencias comprobables, soy una persona trabajadora, puntual y responsable, cualquier otra duda estoy a disposición para responder - Nombre: HÉCTOR FERNANDO ARRIOLA TORRES - Llamar al teléfono: (11) 3006-5195 de 7 a 21 hs. - Localidad: Capital Federal / CABA - Correo electrónico: romi_sakura@hotmail.com

En caso de encontrar trabajo o desear dar de baja/modificar el aviso notificar al correo pequenasnoticias@gmail.com


Barajar y dar de nuevo

Fue apartado de su cargo Daniel Roque Vítolo

[BPN-15/03/26] El pasado 6 de marzo, el inspector general de Justicia, Daniel Roque Vítolo, renunció a su cargo luego de que el nuevo ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, le solicitara su alejamiento. Fue reemplazado en sus funciones por Alejandro Ramírez.

La gestión de Vítolo cobró especial relevancia para la comunidad consorcial a partir del 21 de julio de 2025, cuando el Poder Ejecutivo Nacional, mediante el Decreto 487/2025, instó a las provincias a reglamentar el registro contable de los consorcios.

Tras la medida, diversos sectores advirtieron que se buscaba imponer a los consorcios la obligatoriedad de llevar una doble contabilidad y presentar balances anuales. Esto hubiera derivado en un incremento directo de las expensas debido a los costos operativos y profesionales adicionales.

A pesar de la controversia en este sector, el desplazamiento del funcionario no habría estado vinculado al tema de los consorcios, sino a su intervención contra la AFA y su solicitud de incorporar veedores en dicha entidad deportiva.

En ningún caso será obligatorio

El 5 de agosto, durante una reunión con representantes de la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI), Vítolo aclaró categóricamente que "en ningún caso" sería obligatoria la confección de balances ni la rúbrica de libros distintos a los ya previstos por la legislación vigente. Esta declaración buscó frenar la incertidumbre sobre el potencial aumento de costos en las liquidaciones mensuales.

Para discutir las complejidades

Posteriormente, el 2 de octubre, el exfuncionario mantuvo un encuentro con la Comisión de Propiedad Horizontal del Consejo Profesional de Ciencias Económicas (CPCE). Allí se analizaron los alcances de la obligación de llevar contabilidad y presentar estados contables según el Código Civil y Comercial de la Nación (CCyCN).

La reunión fue encabezada por Jorge Scampini, contador y presidente de dicha comisión, quien ratificó su postura en redes sociales: "La contabilidad consorcial es una obligación legal; los administradores deben coordinar con profesionales en Ciencias Económicas para asegurar la transparencia y evitar sanciones".

La mesa de diálogo

Aunque el 3 de noviembre Vítolo anunció a la CAPHyAI que convocaría a una mesa de diálogo con las entidades del sector para analizar la normativa del CCyCN, el encuentro nunca se concretó.

Según estimaciones del sector, si esta obligación se hubiera aplicado en la Ciudad de Buenos Aires —sobre un universo de 70 mil consorcios—, el costo anual solo por la rúbrica profesional ante el Consejo habría ascendido a unos 3.500 millones de pesos. A esto se sumarían los honorarios profesionales mensuales, proyectados en torno a los 10.500 millones de pesos para la totalidad de los edificios afectados Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice



Proyecto de ley porteño

Ocaña busca que el curso del SERACARH sea cada cinco años

[BPN-15/03/26] El pasado 2 de marzo, los legisladores María Graciela Ocaña y Sebastián Nagata (Confianza y Desarrollo) presentaron en la Legislatura porteña un proyecto de ley para que el curso del SERACARH se realice únicamente cada cinco años. La iniciativa también propone habilitar a cualquier entidad educativa, ya sea pública o privada, para el dictado de dicha capacitación.

Según los autores, la modificación de la frecuencia representará un ahorro para los consorcistas de 10 mil millones de pesos o 7 millones de dólares cada cinco años, a valores actuales. Para calcular esta cifra, se multiplicó el promedio de puestos de trabajo en la CABA durante 2025 por el costo de cada curso. El resultado se anualizó y se contrastó el costo del esquema de cinco años propuesto frente al esquema actual de dos años.

Cada cinco años

Para alcanzar este objetivo, los legisladores pretenden modificar el artículo 3° de la Ley 4.803 (Ley Zago). El nuevo texto ordenaría que los administradores de consorcios "deberán arbitrar las medidas conducentes para exhortar al personal dependiente [...] a que concurra a las capacitaciones dispuestas por la presente cada cinco años".

Los autores del proyecto señalaron que la Ley 4.803 —actualmente consolidada por la Ley 6.764— impone una carga innecesaria al exigir capacitaciones cada 24 meses. Explicaron que los conocimientos impartidos y las normas de seguridad no presentan cambios significativos anuales que justifiquen una frecuencia tan corta. "Consideramos que cinco años es un plazo suficiente para los fines que establece la norma", argumentaron. Asimismo, destacaron que el cambio aliviaría los costos operativos de los edificios sin comprometer la integridad física de propietarios, ocupantes ni del personal.

Entidades habilitadas

La segunda modificación impulsada busca reformar el artículo 7° de la misma norma. El texto propuesto establece que la autoridad de aplicación deberá habilitar a diversas instituciones especializadas (públicas, privadas, asociaciones profesionales de empleadores o de trabajadores) para dictar la capacitación, previa evaluación de su idoneidad técnica y trayectoria.

"Introducimos esta modificación con el objetivo de que más instituciones puedan dictar la capacitación y exista una mayor oferta disponible de sitios habilitados", explicaron los legisladores.

El proyecto, ingresado bajo el número de expediente 24-D-2026, consta de cuatro artículos y fue girado a la comisión de Legislación General Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice



Derrumbe en el complejo Estación Buenos Aires

Hubo que ordenar a la Ciudad garantizar alojamiento digno a los evacuados

Resultó insólito que la Justicia haya tenido que ordenar al Jefe de Gobierno a garantizar a las víctimas una solución que respete la unidad familiar y la dignidad habitacional.

Resultó insólito que la Justicia haya tenido que ordenar al Jefe de Gobierno a garantizar a las víctimas una solución que respete la unidad familiar y la dignidad habitacional.


[BPN-15/03/26] En una resolución dictada este 5 de marzo, el Juzgado de 1ª Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 23 de la Ciudad ordenó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA) garantizar de manera inmediata y adecuada el derecho a la vivienda de las familias afectadas por el derrumbe en el Sector 2 del Complejo Habitacional Procrear "Estación Buenos Aires". La medida precautelar, de cumplimiento efectivo e irrestricto, prohibió que los damnificados sean derivados a paradores nocturnos, exigiendo en su lugar soluciones que respeten la unidad familiar y la dignidad habitacional.

La orden judicial y el "No" a los paradores

El magistrado a cargo de la causa, tras analizar el amparo colectivo presentado por la Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad, determinó que el Estado local debe hacerse cargo del alojamiento integral de los evacuados. Un punto clave del fallo es la exclusión de los dispositivos del Programa Buenos Aires Presente (BAP) como solución, debido a que no cumplen con los estándares de "vivienda adecuada".

La justicia no estableció topes económicos ni límites de tiempo específicos para esta asistencia, indicando que la medida mantendrá su vigencia hasta que se resuelva la cuestión de fondo o cese el peligro estructural que motivó la evacuación.

El hecho: Madrugada de pánico

El siniestro que originó la causa judicial se produjo el pasado 3 de marzo de 2026, entre las 04:30 y las 04:45 horas. El colapso de la losa portante del patio central interno del Sector 2 provocó el derrumbe de la estructura hacia el subsuelo, afectando el área de cocheras y destruyendo aproximadamente 65 vehículos.

Si bien no se registraron víctimas fatales ni heridos de gravedad, la magnitud del daño estructural obligó al corte total de suministros (luz, gas y agua) y a la evacuación preventiva de unas 300 familias, lo que representa un total de más de 700 personas desplazadas.

Grupos de riesgo y exigencias al Ejecutivo

La resolución judicial pone especial énfasis en la situación de vulnerabilidad de los afectados. Entre los evacuados se encuentran niños, adolescentes, adultos mayores de 60 años y personas con patologías crónicas que requieren asistencia médica constante.

Como próximo paso procesal, el juez le otorgó un plazo al GCBA para presentar:

1.- Un relevamiento sociohabitacional detallado de todos los grupos familiares afectados.

2.- Un informe sobre la asistencia que se ha brindado hasta el momento y su duración prevista.

3.- La acreditación de un protocolo o censo especial para que los desplazados puedan gestionar su asistencia de manera formal.

Contexto del Amparo

La demanda, impulsada por el Dr. Jonatan Baldiviezo en representación del Observatorio del Derecho a la Ciudad, denunció que tras el derrumbe muchas familias quedaron pernoctando a la intemperie. El fallo actual busca mitigar el riesgo de daño irreparable a la salud y la vida, mientras se peritan las causas del colapso en uno de los desarrollos inmobiliarios más importantes de la zona sur de la Ciudad Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Ley Zago

Barroetaveña insiste en anualizar el Curso del SERACARH

[BPN-15/03/26] El pasado 5 de marzo, el legislador porteño Matías Barroetaveña (Unión por la Patria) volvió a presentar un proyecto de ley que propone establecer la obligatoriedad anual del curso del SERACARH [1] para todos los trabajadores de edificios, sin excepciones. La iniciativa profundiza en la idea de sancionar a los administradores si los encargados no realizan dicha capacitación.

El proyecto, que consta de cinco artículos, ingresó por mesa de entradas bajo el número 653/2026. Previamente, el legislador había presentado una propuesta similar el 13 de noviembre del año pasado, registrada con el número de expediente 2931/2025.

Periodicidad anual y temas de estudio

La propuesta busca modificar el artículo 2º de la Ley 4.803 (conocida como Ley Zago) para que el curso, actualmente bienal, pase a realizarse cada año. De ser aprobado, este cambio implicaría para los consorcios porteños una erogación anual estimada en casi 7 mil millones de pesos ($ 6.882.303.800) o más de 7 millones de dólares (u$s 7.494.695).

Este cálculo surge de los datos de la Secretaría de Trabajo, que el año pasado registró un promedio de 53.626 puestos de trabajo en el sector a nivel nacional, de los cuales la Ciudad Autónoma de Buenos Aires representa el 71,3%. Actualmente, el costo de cada curso asciende a 180 mil pesos.

En esta nueva versión, se suprimieron del programa obligatorio los temas de Reanimación Cardiopulmonar (RCP) y la Asistencia a Personas Mayores. No obstante, se mantuvo la capacitación en separación de residuos, a pesar de que la normativa vigente establece que el responsable de dicha tarea es el ocupante de la unidad funcional y que el encargado solo debe disponer las bolsas ya clasificadas en el contenedor.

Sanciones por faltas ajenas

El proyecto de Barroetaveña establece que los administradores que no acrediten la asistencia del personal a los cursos sean sancionados. Para ello, propone agregar un segundo párrafo a la Ley 4.803 que dicta:

"Los responsables de la administración de cada consorcio deben acreditar la asistencia del personal a la capacitación referida, bajo apercibimiento de las sanciones previstas en el artículo 16 de la Ley 941. A tal efecto, deben acompañar el certificado de acreditación al presentar la declaración jurada correspondiente al año en que se haya realizado la capacitación".

De este modo, se busca sancionar al administrador no por una falta propia, sino por el incumplimiento de un tercero, en este caso, el empleado del consorcio.

Se mantiene el monopolio educativo

La propuesta actual elimina la posibilidad de que otras entidades educativas dicten el curso. Esto mantiene las restricciones que limitan la habilitación únicamente al SERACARH, organismo integrado por el SUTERH, AIERH, CAPHyAI y UADI [2], los mismos actores que suscriben los convenios colectivos del sector.

Cabe destacar que el autor del proyecto también se desempeña como director del Centro de Estudios Metropolitano (CEM). Dicho centro está integrado por tres universidades, entre ellas la Universidad Metropolitana para la Educación y el Trabajo (UMET), institución perteneciente al SUTERH, sindicato directamente beneficiado por la aprobación de esta ley Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] SERACARH: Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal.

[2] Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal (SUTERH), Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH), Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) y Unión Administradores de Inmuebles (UADI).


Agencia Gubernamental de Control

La cobertura de ascensores y calderas subió un 19%

[BPN-15/03/26] Desde el pasado 2 de marzo, la cobertura de los seguros para ascensores y calderas en los consorcios aumentó un 18,97%. Si se mide el incremento en términos interanuales, el alza fue del 29,81%, cifra levemente inferior a la inflación del 30,08% estimada por fuentes oficiales para ese periodo.

El motivo de este nuevo incremento radica en la actualización del valor de la unidad fija (UF) determinada por la Dirección General de Estadística y Censos. Según publicó el organismo porteño en su sitio web, el valor de la UF pasó de $798,51 a$ 949,99.

Los nuevos montos para ascensores

Hasta febrero, el monto mínimo de cobertura por el primer ascensor era de 240 millones de pesos (300.000 UF) y de 40 millones de pesos (50.000 UF) por cada elevador adicional. Desde el 2 de marzo, dichos valores escalaron a 285 millones de pesos para el primer caso y 47 millones de pesos para el segundo.

 

COBERTURA MÍNIMA

 

UF

febrero/2026

marzo/2026

Diferencia

Ascensor 1º o único

300.000

239.553.000

284.997.000

45.444.000

Ascensor adicional

50.000

39.925.500

47.499.500

7.574.000

Cobertura en calderas y termotanques

En cuanto a los artefactos térmicos, los montos mínimos también sufrieron ajustes significativos. A partir de marzo, las coberturas subieron a 380 millones de pesos para calderas de alta presión y a 190 millones de pesos para las de baja presión.

 

COBERTURA MÍNIMA

 

UF

febrero/2026

marzo/2026

Diferencia

Caldera de vapor de agua a alta presión

400.000

319.404.000

379.996.000

60.592.000

Caldera de vapor de agua a baja presión

200.000

159.702.000

189.998.000

30.296.000

Caldera de agua caliente o de fluido térmico

100.000

79.851.000

94.999.000

15.148.000

Acumulador de agua (termotanque)

50.000

39.925.500

47.499.500

7.574.000

La unidad fija pierde contra la inflación

En los registros estadísticos se observa que el Índice de Precios al Consumidor (IPC) medido por el INDEC supera el valor de la unidad fija. La evolución de los precios informada por el INDEC y las estimaciones del Relevamiento de Expectativas de Mercado (REM) del Banco Central muestra una brecha creciente respecto a la UF.

Cabe recordar que el Decreto 64/22 dispuso que, desde agosto de 2021, el valor de la UF equivalga al precio promedio de medio litro de nafta de mayor octanaje en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Anteriormente, este valor se determinaba semestralmente según los informes del Automóvil Club Argentino.

Marco legal para ascensores y calderas

La obligación de contratar una póliza de responsabilidad civil para cubrir daños a personas y bienes surge de la Resolución 412 de la Agencia Gubernamental de Control (AGC).

La normativa exige que la compañía aseguradora cuente con solvencia patrimonial y esté inscripta en la Superintendencia de Seguros de la Nación. Además, al contratar la póliza, el consorcio debe presentar la validación (oblea con código QR) que certifique que la instalación es apta para su uso y cumple con las condiciones de seguridad vigentes. Desde este año esa oblea es gratuita Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Proyecto de ley porteño

Tercer intento de financiar obras de mantenimiento en consorcios

[BPN-15/03/26] El pasado 6 de marzo, dos legisladores porteños del bloque Fuerza por Buenos Aires (ex ex Unión por la Patria) presentaron un proyecto de ley para otorgar subsidios o créditos a consorcios de más de 20 años de antigüedad. La iniciativa alcanza a edificios de hasta 20 unidades funcionales y de vivienda pública promocional, con el fin de realizar pequeñas obras de mantenimiento y "puesta en valor".

La asistencia financiera tiene una restricción estricta: bajo ninguna circunstancia podrá destinarse a la realización de ampliaciones.

Esta propuesta representa una versión actualizada de un proyecto similar presentado por el Frente de Todos el 6 de marzo de 2024, y de otra iniciativa impulsada por seis legisladores el 5 de junio de 2020, durante la pandemia.

El programa

Para cumplir con este objetivo, los legisladores proponen crear el "Programa de puesta en valor de edificios de propiedad horizontal", bajo la órbita del Instituto de la Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires (IVC).

En este sentido, el proyecto sugiere modificar la Ley 1.251 para añadir dos nuevas obligaciones al IVC: fomentar el fortalecimiento de la práctica consorcial en edificios de pequeña y mediana escala mediante asesoramiento legal y técnico, y proveer financiamiento para la ejecución de obras de mediana y baja complejidad.

La iniciativa, presentada por Matías Barroetaveña y Claudia Neira, ingresó a la Legislatura bajo el expediente 684-D-2026. El texto consta de 24 artículos y actualmente se encuentra en mesa de entradas a la espera de ser girado a las comisiones correspondientes.

La ayuda económica

De aprobarse el proyecto, los consorcios podrán acceder a tres modalidades de asistencia:

Un subsidio de hasta el 50% del costo de las tareas, donde el consorcio deberá cubrir el resto de la inversión.

Un crédito a tasa fija con un plazo máximo de 5 años por el 80% del costo de la obra.

Un subsidio por el 100% del costo total.

Cabe destacar que los propietarios de los edificios incluidos en el programa deberán abonar, durante dos años, una alícuota adicional del 5% sobre el ABL (Alumbrado, Barrido y Limpieza). Estos fondos se destinarán exclusivamente al IVC para ser reinvertidos en la ampliación del programa. Únicamente quienes reciban el subsidio del 100% estarán exentos de este pago adicional.

Las obras autorizadas

La iniciativa contempla 16 tipos de intervenciones, entre las que se destacan la impermeabilización de azoteas y fachadas, el reemplazo de cañerías de gas natural y la reparación de sistemas pluviales o cloacales. Si un consorcio requiere una obra no tipificada en la ley, su aprobación quedará a criterio del IVC.

Un cambio relevante en esta versión es la modificación del artículo 8: ahora el financiamiento también podrá utilizarse para tramitar planos de final de obra, eliminando el tope del 70% que establecían las versiones anteriores para este concepto.

Los proveedores

Los trabajos solo podrán ser ejecutados por cooperativas de trabajo con domicilio en el AMBA, pymes de hasta 30 empleados con sede en la CABA, o profesionales de la construcción con domicilio en el AMBA que acrediten una experiencia mínima de tres años en el rubro.

Fundamentos del proyecto

Los autores argumentaron que, ante el deterioro de los ingresos, muchos residentes de edificios pequeños se ven imposibilitados de realizar tareas de mantenimiento esenciales para la habitabilidad. "El Estado debe cumplir un rol trascendental para brindar herramientas que ayuden a la conservación de los edificios y generen trabajo para los sectores no concentrados de la construcción", señalaron.

Finalmente, destacaron que la inclusión de viviendas públicas promocionales busca prevenir deterioros estructurales que podrían derivar en incidentes graves, daños materiales o víctimas fatales Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Mar del Plata

El modelo del encargado de edificio estaría recuperando terreno

[BPN-15/03/26] El pasado 26 de febrero, el secretario general del Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (SUTERyH) de Mar del Plata, Mario Fernández, afirmó que existe una tendencia de retorno al modelo tradicional de encargados de edificios en dicha localidad.

Fernández fundamentó su análisis en tres pilares: la integralidad del servicio, la seguridad que brinda un empleado estable, la relación de costo frente a las empresas de limpieza y un cambio de mentalidad en los nuevos propietarios.

Servicio y seguridad

En primer término, el dirigente afirmó que el trabajo del encargado es más complejo y completo que el ofrecido por prestadoras externas. Consideró que el personal propio brinda una atención personalizada y mayor seguridad, ya que los copropietarios prefieren interactuar con una figura estable ante emergencias o gestiones con proveedores.

Asimismo, indicó que la rotación constante de personal en las empresas de limpieza impide que los habitantes del edificio cuenten con un referente claro para la resolución de problemas específicos.

Análisis de costos

El referente gremial aseguró que no existe una diferencia económica significativa que justifique la tercerización del servicio. Según las cifras presentadas, una empresa de limpieza puede presupuestar 1,2 millones de pesos por una jornada de cuatro horas, mientras que un encargado sin vivienda, por ocho horas de labor, representa un costo de 1,1 millones de pesos.

Recambio generacional

Para el secretario general, si bien la mayoría de las nuevas contrataciones se realizan bajo la modalidad sin vivienda, el esquema con vivienda podría recuperarse gradualmente. Atribuyó este fenómeno a un recambio generacional en los consorcios, donde el público más joven comienza a revalorizar la confianza y la estabilidad que aporta un trabajador de planta.

Como datos estadísticos, Fernández informó que actualmente el padrón en Mar del Plata supera los 1.300 trabajadores, entre encargados y ayudantes Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Gobierno de la provincia de Buenos Aires

El Grupo Octubre recibió 1.635 millones de pesos en publicidad

Foto redes sociales del Gobernador.

Foto redes sociales del Gobernador.


[BPN-15/03/26] El Grupo Octubre, conglomerado de medios administrado por el Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (SUTERH) y conducido por Víctor Santa María, recibió un total de 1.635 millones de pesos (u$s 1.248.900) en concepto de publicidad oficial por parte del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires durante el año 2025.

La cifra surge de un relevamiento publicado el pasado 21 de febrero por el medio Chequeado, basado en casi 90 resoluciones de la Secretaría de Medios provincial. De acuerdo con este análisis, el gasto total de la administración de Axel Kicillof en pauta publicitaria ascendió a 58,3 mil millones de pesos (u$s 44,5 millones) en 2025, lo que representó un incremento real del 63% respecto al año anterior.

Desglose de la pauta por medio

Dentro de la inversión destinada al holding, la mayor parte de los fondos se concentró en sus señales de televisión y prensa escrita. Los cuatro medios centrales del grupo (Canal 9, Página 12 -en su versión digital y papel- y la AM 750) captaron el 89% de los recursos asignados.

La distribución de los 1.635 millones de pesos se detalló de la siguiente manera:

Grupo Octubre

Pesos

Dólares

%

Canal 9

$ 506.000.000

u$s 386.510

30,9 %

Página 12 Digital

$ 483.000.000

u$s 368.941

29,5 %

Página 12 Papel

$ 235.000.000

u$s 179.506

14,4 %

AM 750

$ 232.000.000

u$s 177.214

14,2 %

Masa Ideas

$ 122.000.000

u$s 93.190

7,5 %

El Diario Norte

$ 9.000.000

u$s 6.875

0,6 %

Estación Vial

$ 8.000.000

u$s 6.111

0,5 %

OTROS

$ 40.000.000

u$s 30.554

2,4 %

Total

$ 1.635.000.000

u$s 1.248.900

100,0 %

Entre las empresas menores se encuentran Masa Ideas, firma creada en 2006 que comercializa publicidad en vía pública mediante carteles y medianeras , y Estación Vial, una red de información de tránsito con sede en La Plata.

Distribución y ranking de medios

El grupo vinculado al sindicato de encargados de edificios se posicionó en el noveno lugar entre los holdings con mayor asignación de fondos públicos bonaerenses. Según los datos publicados, el ranking fue encabezado por el Grupo Indalo (6.960 millones de pesos), seguido por el Grupo Olmos (3.617 millones de pesos) y el Grupo América (3.094 millones de pesos).

Puesto

Medio

Pesos

Dólares

%

1

Grupo Indalo

$ 6.960.000.000

u$s 5.316.420

24,5 %

2

Grupo Olmos

$ 3.617.000.000

u$s 2.762.858

12,7 %

3

Grupo América

$ 3.094.000.000

u$s 2.363.363

10,9 %

4

Grupo Clarín

$ 2.940.000.000

u$s 2.245.729

10,3 %

5

El Destape

$ 2.868.000.000

u$s 2.190.732

10,1 %

6

Infobae

$ 2.248.000.000

u$s 1.717.143

7,9 %

7

Editorial Perfil

$ 1.858.000.000

u$s 1.419.240

6,5 %

8

Grupo Alter

$ 1.853.000.000

u$s 1.415.420

6,5 %

9

Grupo Octubre

$ 1.635.000.000

u$s 1.248.900

5,8 %

10

Grupo Elías

$ 1.361.000.000

u$s 1.039.605

4,8 %

 

Total

$ 28.434.000.000

u$s 21.719.409

100,0 %

Por encima del Grupo Octubre también se ubicaron el Grupo Clarín (2.940 millones de pesos), El Destape (2.868 millones de pesos), Infobae (2.248 millones de pesos), Editorial Perfil (1.858 millones de pesos) y el Grupo Alter (1.853 millones de pesos).

Mecanismos de adjudicación y criterios oficiales

La investigación destaca que la asignación de estos recursos se realizó mediante la modalidad de contratación directa, dado que la provincia no posee una ley que regule criterios específicos para el reparto de pauta.

Ante la consulta de los autores del informe, el Ministerio de Comunicación bonaerense señaló que la distribución se decide según la naturaleza de las campañas, su alcance y el público objetivo. Asimismo, indicaron que el 50% de la inversión total respondió a campañas sobre seguridad, reclutamiento policial e información relativa a las elecciones legislativas Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Índice de escalas salariales de encargados de edificios

Las dos homologaciones faltantes no se mueven

[BPN-15/03/26] Si no hay novedades salariales durante la segunda quincena de marzo de 2026, el promedio de las escalas salariales de los encargados de edificios perderá contra la inflación mensual -2,5 puntos porcentuales (pp), contra el acumulado anual -25,2 pp y -27,66 pp en la medición interanual.

Para comparar las escalas salariales del sector, se promediaron las funciones de encargado permanente con y sin vivienda en sus cuatro categorías de cada mes. En los casos que correspondió, se sumaron los bonos acordados en paritarias o por el Poder Ejecutivo nacional, incluyendo los bonos del 20% que ahora se pagan en junio y diciembre.

Acuerdos salariales pendientes de homologación

Quedan dos homologaciones faltantes. Para los cálculos de este mes no se tomaron en cuenta los siguientes acuerdos:

1.- Acuerdo del 9 de septiembre: Otorgó un aumento del 1,8% para septiembre, 1,7% para octubre, y 1,6% para noviembre, más un bono de 50 mil pesos para esos meses, viáticos para las funciones sin vivienda (con excepciones) y la integración del bono de 50 mil pesos a las escalas salariales. En este caso tampoco las entidades de administradores ni el SUTERH anunciaron si el acuerdo se podría considerar homologado tácitamente. El último movimiento del expediente fue el 4 de diciembre.

2.- Acuerdo anunciado el 30 de diciembre: Otorgó un aumento del 2% para enero, 1,8% para febrero, y 1,7% para marzo, más un bono de 120 mil pesos para cada uno de esos meses. Fue anunciado por Víctor Santa María (SUTERH) el último día hábil del año por YouTube. El último movimiento del expediente fue el 5 de enero.

El incremento mensual

En marzo el promedio de las escalas salariales no presentará cambios. Este mes el promedio de las escalas será de 900.237 pesos mensuales.

El acumulado anual

En marzo, el promedio de las escalas salariales se mantendrá en un -16,67% menor con respecto a diciembre del año pasado.

Esto se debe a que, como todos los años, en enero no se cobró el bono del 20% que se pagó en diciembre, lo que provocó una baja brusca en los promedios de las escalas salariales durante el primer mes del año. Durante el último mes del año pasado, el promedio era de 1.080.284 pesos mensuales.

La medición interanual

El incremento interanual de las escalas salariales desde marzo del año pasado hasta el mismo mes de este año será del 3,82%. El promedio de las escalas salariales de marzo de 2025 fue de 867.118 pesos.

Inflación (INDEC y BCRA)

Según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC, la inflación de febrero fue del 2,9% y para el Relevamiento de Expectativas del Mercado (REM) del Banco Central de la República Argentina (BCRA), la inflación de marzo será del 2,5%.

Con base en estos números, la inflación interanual de marzo será del 31,48%.

Jubilados

Haber mínimo

El haber mínimo de un jubilado que paga expensas en febrero será de 439.600,87 pesos brutos, a los que se les debe descontar la "Obra social s/haberes PAMI".

Este monto se debe a tres razones:

1.- Se estableció en marzo del año pasado que el haber mínimo a partir de julio se actualizaría todos los meses según la inflación del IPC del INDEC (Decreto 274 del 22/03/24). Como la inflación de enero fue del 2,9%, las jubilaciones de marzo aumentarán un 2,88% (Resolución 38 del 18 de febrero).

2.- Se volvió a otorgar un "Bono Extraordinario Previsional" de hasta 70 mil pesos mediante el Decreto 109 del 25 de febrero.

En dólares y contra la inflación

En dólares, este haber mínimo representa 316,06 dólares al precio oficial o 312,.88 dólares según el mercado blue.

En marzo del año pasado, ese haber fue de 349.121,71 pesos.

Este mes, el incremento del haber mínimo de la clase pasiva fue negativa contra la inflación del mes pasado (-0,09 pp), contra el acumulado anual (-1,54 pp) y la medición interanual (-5,57 pp).

Si el haber mínimo de enero de 2016 (4.299,06 pesos o 312,98 dólares) hubiera aumentado al ritmo de la inflación, este mes debería haber sido de 629.211,59 pesos mensuales (u$s 449,34 promedio a valor oficial).

La pérdida total de un jubilado desde enero de 2016 hasta enero de 2026 (siguiendo el ritmo de la inflación y restando lo realmente percibido, incluidos los bonos y la incidencia de los medios aguinaldos) es de -3.827.807,2 pesos (u$s -2.733,53) Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Rincón Solidario

La rendición de cuenta antes de la asamblea por la Dra. Silvia Bercovsky

Dra. Silvia Bercovsky

¡Buenos días amigos!

Consultas:

La primera pregunta, ¿se puede pedir al administrador que envíe la rendición de cuenta/balance unos días antes de realizar la Asamblea General Ordinaria para ir evaluando?

Y la segunda, ¿se puede solicitar aclaración ante una posible irregularidad ese mismo día?

¡Los escucho siempre!

Gabriela

(11/03/2026)

Estimada Gabriela:

El administrador debe enviar la convocatoria a asamblea anual ordinaria junto con la rendición de cuentas.

De esta manera, el propietario tendrá tiempo para analizarla y concurrir a la oficina del administrador a cotejar los datos que necesite de la rendición.

Se puede solicitar alguna aclaración durante la asamblea, pero le recomiendo que pida las aclaraciones que necesite antes del acto asambleario.

La saluda Atte.

Silvia Bercovsky Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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La Dra. Silvia Bercovsky (UBA) es abogada especializada en propiedad horizontal y es parte del equipo del programa de radio Consorcios 360. Por cualquier consulta se le puede enviar un correo a estusmb@gmail.com o llamarla al teléfono (11) 5049-8440 en el horario de 9 a 20 hs.


Rincón Solidario

El reglamento establece que los gastos se dividen en partes iguales por la Dra. Diana Sevitz

Dra Diana Sevitz

Hola, mi consulta es sobre un edificio de tres unidades funcionales. 

El reglamento de copropiedad establece que los gastos se dividen en partes iguales (33,33% cada uno). Sin embargo, una de las unidades ha realizado una ampliación en su terraza sin autorización de la asamblea ni actualización del plano de mensura. 

Mi duda es si esta situación afecta el cálculo de las expensas y si el consejo de propietarios puede exigir el pago de un porcentaje mayor debido al aumento de los metros cuadrados.

Marina (CABA)

(10/03/2026)

Estimada Marina: 

La modificación de la superficie de una unidad funcional no altera automáticamente el coeficiente de participación en las expensas. De acuerdo con el Código Civil y Comercial de la Nación, los porcentajes de incidencia se establecen en el reglamento de propiedad horizontal y solo pueden modificarse mediante una resolución de asamblea con una mayoría reglamentaria o judicialmente si el valor de la unidad ha variado sustancialmente.

No obstante, el propietario que realizó la obra en infracción es responsable por el mayor gasto que esa superficie pudiera generar (por ejemplo, en el mantenimiento de techos o impermeabilización). El administrador o el consejo de propietarios no tienen facultades para modificar unilateralmente el cobro; primero se debe intimar al propietario a regularizar la situación dominial y, de ser necesario, someter la reforma del reglamento a votación.

La saludo atte.

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La Dra. Diana Sevitz es abogada, mediadora y árbitro en propiedad horizontal y de los tribunales arbitrales de consumo, es co-conductora del programa de radio Consorcios Hoy, autora de varias publicaciones y docente sobre temas específicos de propiedad horizontal.Para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a dsevitz@estudiodianasevitz.com.ar o escribirle al WhatsApp +972 (55) 771-3909.


¿Qué significan las siglas?

ACCABA: Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ACAPPH: Asociación Civil Administradores Profesionales Propiedad Horizontal.

ACoPH: Asoc. Civil de Consorcistas de la Propiedad Horizontal (Mar del Plata).

ACRA: Arbitros de Consumo de la República Argentina.

ADEPROH: Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la Propiedad Horizontal RA.

AFIP: Administración Federal de Ingresos Públicos.

AGIP: Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.

AIERH: Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal.

AIPH: Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal AIPH.

APARA: Asociación de Profesionales Administradores de la República Argentina.

APH: Asociación Civil de Propietarios de inmuebles de Renta y Horizontal.

APCCRA: Asociación de Propietarios, Consorcios y Consorcistas de la RA.

API: Asocición Propietarios de Inmuebles.

APIPH: Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal.

APBR: Asociación de Propietarios de Bienes Raíces.

APROPHMAR: Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata.

CAAC: Confederación Argentina de Administradores de Consorcios.

CABA: Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

CACCyC: Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas.

CaFACA: Cámara Federal de Administradores de Consorcios de Argentina.

CAPHBByZ: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de Bahía Blanca y Zona.

CAPHPBA: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires.

CAPHyAI: Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.

CAPRA: Cámara de Propietarios de la República Argentina.

CASIPH: Cámara Argentina de Sistemas Informáticos de Propiedad Horizontal.

CCT: Convenio Colectivo de Trabajo.

CDI: Clave de Identificación.

CECAF: Cámara Empresaria de Conservadores de Ascensores y Afines.

CEDDDA: Camara Empresarial de Desinsectacion, Desrodentizacion y Desinfeccion Ambiental.

CGPC: Centro de Gestión y Participación Comunal de la Ciudad Autónoma de Bs. As.

CIA: Cámara Inmobiliaria Argentina.

COAPLA: Empresas de Control de Plagas de la Republica Argentina.

CEPRARA: Cámara de Empresarios Pintores y Restauraciones Afines de la República Argentina

CUCICBA: Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA.

CUIL: Clave Única de Identificación Laboral.

CUIT: Clave Única de Identificación Tributaria.

FAC: Federación Argentina de Consorcios.

FACARA: Federación de Asociaciones y Cámaras de Ascensores de la República Argentina.
FAPHRA: Federación Nacional de Cámaras y Asociaciones de Administradores de Propiedad Horizontal de la República Argentina

FATERyH: Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal.

FECIBA: Federación Económica de la Ciudad de Buenos Aires.

FEDECO: Federación de Asociaciones de Consorcios.

FRA: Fundación Reunión de Administradores.

ICI: Instituto de Capacitación Inmobiliaria.

INADI: Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo.

IxE: Indignados por expensas.

LCPH: Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal.

RCD: Red de Consorcistas Damnificados.

ReDeCo: Reafirmación de los Derechos del Consorcista.

SEARA: Sindicato Empleados de Administradoras de la República Argentina.

SERACARH: Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal.

SiPreBA: Sindicato de Prensa de Buenos Aires.

SUTERH: Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal.

UADI: Unión Administradores de Inmuebles.

UCRA: Unión de Consorcistas de la República Argentina.

UITEC: Unión Iberoamericana de Trabajadores de Edificios y Condominios.

ULAI: Unión Latinoamericana de Administradores e Inmobiliarias.

UMIPH: Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal.

UPA - Unión Porteña de Administradores.


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1º Edición Nº DCCCXX

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