|
 Apertura
de causas judiciales por expensas
En
2025 subieron fuertemente los juicios por expensas
Durante
el año pasado se iniciaron casi 5 mil juicios por expensas mientras que
durante 2023 se abrieron casi 3 mil
El aumento fue de más del 60%
Este es uno de los indicadores posibles del nivel de dificultades por
las que puede está atravesando la clase media argentina.
[BPN-15/03/26]
Durante el año pasado se iniciaron 4.806 juicios por ejecuciones de
expensas, lo que representa un marcado contraste frente a las 2.961
causas abiertas durante 2024. Estas cifras revierten una tendencia
bajista de tres años consecutivos con un incremento del 62,3% (1.845
casos adicionales).
Este
fenómeno se posiciona como uno de los indicadores clave sobre las
dificultades económicas que atraviesa la clase media argentina.
Análisis
histórico por gestión de gobierno...
|
|
|
|
|
Encargados
de edificios
‘La
reforma laboral no afectará a los encargados de edificios’
El
juez nacional del Trabajo, Alejandro Aníbal Segura, descartó la
implementación de paritarias por consorcio y reafirmó que, por el
momento, no habrá modificaciones para los trabajadores de edificios
Adelantó que el Gobierno podría presentar un proyecto para
derogar el Estatuto del Encargado.
|
Corte
Suprema de Justicia de la Nación
Quedó
firme la personería gremial de SEARA
El
máximo tribunal rechazó el último recurso extraordinario del Sindicato
de Empleados de Comercio, ratificando la resolución del Ministerio de
Trabajo que había reconocido al sindicato comandado por Gabriela Pilar
Saldivia.
|
|
|
|
Registro
Público de Administradores porteño
Tocco
propone una serie de cambios al régimen de sanciones
Entre
los cambios más sobresalientes se encuentran la imposición de una
validación colectiva de la denuncia, sanciones por falsas denuncias,
revisión de la cuantía de las multas y modificación de sus destinos.
|
|
|
Medios
especializados
Consorcios
360 inauguró su 4ª temporada a todo vapor
El
viernes 6 de marzo a las 17 hs comenzó formalmente la 4ª temporada de
Consorcios 360, el popular programa periodístico sobre propiedad
horizontal
Se trasmite en vivo por YouTube, se puede sintonizar por la señal AM 1010
Onda Latina y ver por Spotify.
|
|
|
Proyecto
de ley porteño
Ocaña
busca que el curso del SERACARH sea cada cinco años
Las
modificaciones que proponen dos legisladores porteños ahorrarían en
cinco años a los consorcios porteños 10 mil millones de pesos o siete
millones de dólares
También pretenden que cualquier entidad educativa pública o privada este
habilitada para dictarlo.
|
|
|
Ley
Zago
Barroetaveña
insiste en anualizar el Curso del SERACARH
Este
cambio implicaría un incremento estimado de casi 7 mil millones de pesos
o más de 7 millones de dólares cada dos años
La iniciativa profundiza en la idea de sancionar a los administradores si
los encargados no hacen el curso.
|
|
|
Proyecto
de ley porteño
Tercer
intento de financiar obras de mantenimiento en consorcios
Legisladores
de Fuerza por Buenos Aires volvieron a presentar una iniciativa para que
se subsidien o se otorguen créditos a consorcios
Estará destinado a pequeñas obras de mantenimiento y de "puesta en
valor" de los edificios
La asistencia no podrá ser destinada a ampliaciones.
|
|
|
Gobierno
de la provincia de Buenos Aires
El
Grupo Octubre recibió 1.635 millones de pesos en publicidad
Durante
2025, el holding se ubicó en el noveno lugar entre los diez grupos con
mayor asignación de fondos bonaerenses
El 89% de la pauta recibida se concentró en sus cuatro medios
principales.
|
|
|
Rincón
Solidario
La rendición de cuenta antes de la asamblea
por
la Dra. Silvia Bercovsky
|
|
|
Bolsa
de Trabajo
Avisos
Clasificados
OFRECIDOS
|
|
|
|
|
|
|
Apertura
de causas judiciales por expensas
En
2025 subieron fuertemente los juicios por expensas

[BPN-15/03/26]
Durante el año pasado se iniciaron 4.806 juicios por ejecuciones de
expensas, lo que representa un marcado contraste frente a las 2.961 causas
abiertas durante 2024. Estas cifras revierten una tendencia bajista de
tres años consecutivos con un incremento del 62,3% (1.845 casos
adicionales).
Este
fenómeno se posiciona como uno de los indicadores clave sobre las
dificultades económicas que atraviesa la clase media argentina.
Análisis
histórico por gestión de gobierno
Considerando
que la apertura de causas por expensas refleja la presión financiera
sobre los propietarios, la redacción de Pequeñas Noticias
analizó la evolución de estos procesos judiciales según la gestión de
cada gobierno nacional desde 1989.
|
EXPEDIENTES
INGRESADOS |
|
Año |
Cantidad |
Diferencia |
Diferencia
% |
|
2021 |
4.676 |
1.385 |
42,1
% |
|
2022 |
3.466 |
-1.210 |
-25,9
% |
|
2023 |
3.290 |
-176 |
-5,1
% |
|
2024 |
2.961 |
-329 |
-10,0
% |
|
2025 |
4.806 |
1.845 |
62,3
% |
La
cantidad de causas iniciadas en 2025 es la más alta desde 2019, último
año de la gestión de Mauricio Macri. Al observar la serie
histórica, se aprecia que el pico máximo de ejecuciones se alcanzó
durante el mandato de Eduardo Duhalde (2001-2002), como
consecuencia directa de la crisis de 2001. Por el contrario, el promedio
más bajo se registró bajo la presidencia de Alberto Fernández
(2019-2023), a pesar del contexto de la pandemia.

|
Presidente |
Promedio |
Gestión |
|
Carlos
Saúl Menem |
4.112 |
(1989-1999) |
|
Fernando
de la Rúa |
7.736 |
(1999-2001) |
|
Eduardo
Duhalde |
9.042 |
(2001-2002) |
|
Néstor
Kirchner |
4.865 |
(2003-2007) |
|
Cristina
Fernández de Kirchner |
3.694 |
(2007-2015) |
|
Mauricio
Macri |
4.453 |
(2015-2019) |
|
Alberto
Fernández |
3.681 |
(2019-2023) |
|
Javier
Milei |
3.884 |
(2024-2028) |
Mientras
durante el año pasado subía la cantidad de causas judiciales abierta
para tratar de cobrar las expensas, los medios nacionales informaban
-basándose en diversas fuentes- números dispares en la morosidad de sus
pagos.
|
Fecha |
Medio |
Fuente |
Promedio |
Picos |
|
07/10/2025 |
Perfil |
Empresa
privada (software) |
17
% |
|
|
17/10/2025 |
La
Nación |
Empresa
privada (software) |
17
% |
|
|
17/02/2026 |
Clarín |
Laura
Colucci (AIERH) |
20
% |
25
% |
|
18/02/2026 |
BAE
Negocios |
Sin
fuentes |
20
% |
31
% |
|
18/02/2026 |
Eduardo
Awad |
Sin
fuentes |
10
% |
|
|
19/02/2026 |
Pura
Ciudad |
Sin
fuentes |
20
% |
30
% |
|
19/02/2026 |
Prensa
Mercosur |
Cámaras
de administradores |
31
% |
|
|
21/02/2026 |
El
Día (La Plata) |
Sin
fuentes |
20
% |
22
% |
|
21/02/2026 |
Telefe
Noticias |
Sin
fuentes |
31
% |
|
|
23/02/2026 |
Mercado |
Empresa
privada (software) |
31
% |
|
|
24/02/2026 |
Continental
AM 590 |
Armando
Pepe (inmobiliario) |
40
% |
|
|
24/02/2026 |
Grupo
La Provincia |
Sin
fuentes |
20
% |
42
% |
|
28/02/2026 |
Diario
El Norte |
Distintas
administraciones |
10/15
% |
|
Metodología
de los datos
Los
datos corresponden a las primeras asignaciones registradas en primera
instancia del Fuero Nacional en lo Civil, bajo el objeto de juicio
"Ejecución de expensas". La información fue suministrada por
la Oficina de Estadísticas de la Dirección General de
Planificación del Consejo de la Magistratura  
|
|
|
|
|
|
Encargados
de edificios
‘La
reforma laboral no afectará a los encargados de edificios’

Foto
archivo Pequeñas Noticias
[BPN-15/03/26]
El pasado 25 de febrero, el juez nacional del Trabajo, Alejandro
Aníbal Segura, afirmó que la recientemente aprobada Ley de
Modernización Laboral no afectará a los encargados de edificios y
descartó que puedan ponerse en marcha paritarias individuales por
consorcio.
Segura
explicó que el sector se rige por el Estatuto del Encargado (Ley
12.981) y que la nueva reforma no derogó ni modificó las condiciones
específicas de la actividad, aunque admitió que algunos aspectos
podrían requerir juicios de compatibilidad. Con una mirada técnica, el
magistrado sostuvo que la norma no constituye una reforma, sino una
"ley de regresión" que colisiona con el espíritu progresivo de
la Constitución Nacional, y advirtió sobre los riesgos que el
"banco de horas" representa para la vida del trabajador.
Estas
declaraciones fueron realizadas en una entrevista para el programa de streaming
"Segunda convocatoria", donde fue invitado por los
abogados Jorge Resqui Pizarro, Gustavo Alejandro Griffith y Juan
Martín Luciani Otaño.
Alejandro
Aníbal Segura cuenta con una extensa trayectoria: se desempeñó como
juez subrogante en los juzgados nacionales de Primera Instancia del
Trabajo N° 2 y N° 41, y fue vocal de la Cámara Federal de San Justo.
Además, es docente universitario, autor de obras jurídicas y fue asesor
legal del SUTERH durante 18 años.
La
entrevista
Durante
el intercambio, Gustavo Alejandro Griffith recordó el pasado de Segura
como jefe del área de legales del sindicato. El magistrado aclaró que se
desvinculó de dicha entidad hace 20 años y procedió a analizar el nuevo
marco normativo.
"No
se trata de una ley de modernización ni de reforma, sino de una norma de
regresión laboral que viola ostensiblemente la Constitución
Nacional", señaló Segura. El juez detalló haber identificado 35
aspectos peyorativos para el sector trabajador solo en lo referido al
contrato individual, además de puntos negativos en materia de derecho
colectivo, procesal y respecto al rol del Ministerio de Trabajo.
Segura
fundamentó su postura citando el artículo 14 bis de la Constitución:
"El uso del tiempo futuro, 'gozará', indica un programa progresivo.
No puede existir una ley que disminuya la protección, porque entonces el
artículo debería leerse en pasado". Asimismo, criticó que la ley
excluya a los trabajadores de aplicaciones y a los no registrados,
quitando a los independientes la posibilidad de articular el fraude
laboral.
El
impacto en el trabajo en edificios
Respecto
a la actividad específica, el juez explicó que la Constitución Nacional
delega en el poder central la facultad de dictar códigos de fondo. Al no
haberse redactado un Código del Trabajo, rige la Ley de Contrato de
Trabajo (LCT) junto a estatutos especiales.
"Cuando
la LCT se encuentra con estatutos como el del encargado (Ley 12.981), no
puede derogarlos automáticamente; debe realizarse un juicio de
compatibilidad. Por eso, esta ley de modernización no toca el estatuto
especial", afirmó.
La
jornada y el "banco de horas"
Segura
definió la jornada como la institución emblemática del movimiento
obrero. Respecto al "régimen de banco de horas", lo calificó
como una maniobra para utilizar el excedente de tiempo de trabajo sin
pagar compensación alguna.
Remarcó
además la naturaleza "no empresaria" del trabajo en edificios:
"A diferencia de una fábrica, el consorcio no puede derivar el costo
laboral al precio de un producto. El empleador es un consorcio de
propietarios y las medidas actuales golpean a la clase media a través de
tarifas, alquileres y expensas".
Derecho
colectivo y rol judicial
En
cuanto al derecho colectivo, Segura vaticinó que no habrá grandes
dificultades pues la negociación seguirá siendo por actividad. "No
habrá convenios por provincias ni negociaciones consorcio por consorcio.
Se mantiene la negociación colectiva como el piso de irrenunciabilidad;
nadie puede negociar por debajo del CCT", enfatizó.
Finalmente,
concluyó que, si bien por el momento no hay modificaciones en el régimen
de edificios, el Gobierno pretendería introducir otro proyecto para
derogar los estatutos específicos  
|
|
|
|
|
|
|
Corte
Suprema de Justicia de la Nación
Quedó
firme la personería gremial de SEARA

[BPN-15/03/26]
El pasado 5 de marzo la Corte Suprema de Justicia de la Nación
desestimó el último recurso presentado por el Sindicato de Empleados
de Comercio de Capital Federal (SEC), liderado por Armando
Cavalieri, en su disputa contra el Sindicato de Empleados de
Administradoras (SEARA). Con esta decisión, el máximo
tribunal dejó firme la resolución del Ministerio de Trabajo, Empleo y
Seguridad Social que había otorgado la personería gremial a SEARA,
consolidando su facultad para representar formalmente a los trabajadores
del sector de administración de consorcios y propiedad horizontal.
El
6 y 7 de marzo SEARA informó la novedad en sus redes sociales.
La
aplicación del artículo 280
Los
magistrados de la Corte aplicaron el artículo 280 del Código Procesal
Civil y Comercial de la Nación, una herramienta jurídica que les
permite rechazar recursos extraordinarios sin necesidad de dar fundamentos
adicionales cuando consideran que la cuestión planteada carece de
"agravio federal suficiente" o trascendencia.
Al
invocar esta norma, la Corte decidió no revisar la sentencia previa de la
Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, la cual ya había
validado la legalidad de la personería otorgada a SEARA frente a las
impugnaciones del gremio mercantil.
El
origen del conflicto
La
disputa comenzó el 4 de octubre de 2022 cuando el Ministerio de
Trabajo otorgó la personería gremial a SEARA (Resolución 1496),
permitiéndole negociar convenios colectivos y representar los intereses
específicos de los empleados de administradoras.
En
febrero de 2023 el SEC impugnó esta decisión alegando una superposición
de representación, bajo el argumento de que dichos trabajadores ya se
encontraban encuadrados en el ámbito de actuación del sindicato de
comercio.
Sin
embargo, las instancias judiciales posteriores determinaron que la
especificidad de las tareas en las administradoras justificaba la
existencia de una representación gremial propia, criterio que ahora queda
sellado definitivamente tras el rechazo del máximo tribunal.
Implicancias
para el sector
Con
el fallo de la Corte, se agotan todas las instancias de apelación para el
gremio de Cavalieri. Esto otorga a SEARA la espalda jurídica necesaria
para:
1.-
Afianzar su rol en las negociaciones paritarias del sector.
2.-
Administrar los fondos que surjan de las cuotas sindicales y aportes y
contribuciones que le correspondieran.
3.-
Representar de manera exclusiva a los empleados de los administradores de
consorcios en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Por
otra parte, la resolución marca un precedente importante en el mapa
sindical porteño, donde la fragmentación por especificidad de tareas
continúa ganando terreno frente a los grandes gremios de actividad  
|
|
|
|
|
|
Registro
Público de Administradores porteño.
Tocco
propone una serie de cambios al régimen de sanciones

[BPN-15/03/26]
El pasado 26 de febrero el Adm. Daniel Tocco, vicepresidente 3° de
la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades
Inmobiliarias (CAPHyAI), propuso ocho cambios al sistema de
sanciones del Registro Público de Administradores (RPA)
porteño.
Entre
las más importantes se destacan una validación colectiva de las
denuncias, modificación de su destino, sanciones por falsas denuncias,
modificación del destino de las multas y revisión de la cuantía y
aplicación de multas.
Así
lo hizo público en una detallada nota titulada "Denuncias en el
RPA: ¿A quién beneficia? Publicada por la revista Propiedad
Horizontal –órgano oficial de la CAPHyAI- número 388.
Punto
por punto
Una
por una las ocho propuestas realizadas por el expresidente de la entidad
de administradores:
Validación
colectiva de denuncias: Establecer como obligatorio que el vecino
denunciante deba ser acompañado por otros propietarios en la
presentación de su denuncia, con el fin de evitar el uso del sistema como
una herramienta de venganza o problema personal.
Aplicación
de sanciones por falsas denuncias: Ejecutar las penalidades previstas
en la Ley para quienes realicen denuncias infundadas o actúen como
denunciadores "seriales".
Modificación
del destino de las multas: Establecer que los fondos recaudados por
las sanciones aplicadas no ingresen a las arcas del Gobierno de la Ciudad
de Buenos Aires, sino que se destinen al consorcio afectado, por ser este
el damnificado real. Tocco señaló que no escuchó que ninguna entidad de
consorcistas realizara algún reclamo en este sentido.
Revisión
de la cuantía y aplicación de multas: Ajustar los montos de las
sanciones para que no resulten abusivos en relación con los honorarios
del administrador y evitar la duplicidad de multas íntegras cuando
existen coadministradores que perciben un solo honorario.
Evaluación
de la capacidad financiera del consorcio: Considerar la realidad
económica del consorcio, la falta de fondos o la morosidad en el pago de
expensas antes de imputar al administrador por tareas no realizadas,
entendiendo que este solo administra recursos limitados.
Jerarquización
del proceso administrativo: Dotar de mayor rigor técnico al área
legal y a las audiencias de conciliación para evitar pases automáticos a
la instancia legal cuando no existe un reclamo actual o el denunciante no
acepta explicaciones técnicas.
Fomento
del apercibimiento: Recuperar el uso de la figura del apercibimiento
como alternativa a la sanción económica directa.
Participación
institucional: Lograr que los diversos poderes del Estado local
incorporen la visión de las instituciones del sector para evitar
legislaciones aisladas y sanciones meramente recaudatorias, garantizando
un sistema equilibrado que proteja tanto al vecino como al administrador  
|
|
|
|
|
|
|
Ciudad
Autónoma de Buenos Aires
Ya
no se exige la firma de un contador para la rúbrica laboral

[BPN-15/03/26]
El pasado 14 de febrero, el director general de Relaciones del Trabajo
porteño dispuso eximir a los empleadores de la presentación de una
certificación de profesional independiente para la rúbrica de la
documentación laboral. La Disposición 293, firmada por Adrián
Alfonso Jalife, entró en vigor tras su publicación en el Boletín
Oficial el 24 de ese mismo mes.
Jalife
fundamentó la medida señalando que la implementación de herramientas
tecnológicas permite suplir la información de dichos informes en la
actualidad. Según el funcionario, la eliminación del requisito -que
calificó como innecesario- busca simplificar los trámites
administrativos para que resulten más eficientes, rápidos y económicos,
mejorando así la interacción entre los ciudadanos, las empresas y la
Administración Pública. "Se considera pertinente eximir de la
presentación de informes de profesionales a los empleadores como
requisito para la correspondiente rúbrica de la documentación
laboral", resumió en el texto normativo.
El
desarrollo en el tiempo
La
evolución normativa de este registro cuenta con hitos clave desde hace
más de dos décadas:
14
de octubre de 1999: La Legislatura porteña sancionó la Ley 265,
que facultó a la Autoridad Administrativa del Trabajo de la CABA para
llevar un registro de empleadores e instrumentar la rúbrica de
documentación laboral, bajo el artículo 52 de la Ley Nacional 20.744.
26
de agosto de 2002: La Secretaría de Trabajo de la Nación aprobó
un protocolo adicional sobre rúbrica y reciprocidad, estableciendo que
los elementos de contralor deben ser rubricados por la autoridad de la
jurisdicción donde se encuentre el establecimiento.
3
de noviembre de 2017: Se ordenó la puesta en marcha, a partir de
2018, del "Sistema para la Rúbrica de Documentación Laboral en
forma digital de la CABA".
15
de agosto de 2019: La Disposición 473 fijó la obligatoriedad de
subir a la plataforma digital, de forma semestral, una certificación
emitida por un contador o abogado, legalizada por su respectivo consejo o
colegio profesional.
1
de octubre de 2019: Se modificó la norma anterior para eliminar
la posibilidad de que los abogados emitieran dicho certificado, otorgando
exclusividad a los contadores públicos.
28
de octubre de 2024: La Resolución 803 incorporó la rúbrica
obligatoria mediante la plataforma de Tramitación a Distancia (TAD)
para empleadores con hasta nueve trabajadores.
10
de noviembre de 2025: La obligación se extendió a empleadores
con hasta 49 trabajadores y pymes  
|
|
|
|
|
|
Medios
especializados
Consorcios
360 inauguró su 4ª temporada a todo vapor

[BPN-15/03/26]
El pasado viernes 6 de marzo a las 17 hs. comenzó formalmente la cuarta
temporada de Consorcios 360, el popular programa periodístico
sobre propiedad horizontal que se transmite en vivo por YouTube, se
sintoniza por la señal AM 1010 Onda Latina y puede verse a través
de Spotify.
En
esta primera emisión, el equipo abordó dos de los temas más candentes
de la semana: el derrumbe de parte de las cocheras del Complejo
Estación Buenos Aires, en Parque Patricios, y el análisis del juez
nacional del Trabajo, Alejandro Aníbal Segura, sobre el impacto de
la recientemente aprobada Ley de Modernización Laboral en los encargados
de edificios.
También
se analizaron las propuestas de modificación al sistema de sanciones del Registro
Público de Administradores (RPA) porteño, realizadas por el
administrador Daniel Tocco, vicepresidente de la Cámara
Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI).
"Es
increíble que el tiempo no nos alcance para nada", bromeó Claudio
García de Rivas ante la consulta de la redacción de Pequeñas
Noticias. "Nunca podemos completar toda la hoja de ruta; siempre
nos quedan noticias en parrilla", concluyó.
Novedades
para este año
Respecto
a las innovaciones del ciclo, García de Rivas señaló: "Vamos a
tratar de aprovechar al máximo las posibilidades del streaming,
allí está el futuro de la comunicación. Cada vez que podamos,
incluiremos fotos, gráficos, tablas y videos para complementar la
palabra". El objetivo, según explicó, es que la información para
la comunidad sea lo más clara y amena posible.
Asimismo,
el programa continuará con los sorteos de libros sobre propiedad
horizontal. "La intención es colaborar con el desarrollo del
conocimiento en nuestra comunidad. Actualmente contamos con cinco
ejemplares escritos por la Dra. Diana Sevitz y la Cra. Liliana
Corzo, y esperamos más donaciones de otros autores", detalló.

Duración
del ciclo y producción
Al
ser consultado sobre la extensión del programa, el conductor confirmó
que, al igual que en años anteriores, finalizarán el último viernes de
noviembre. "Cada programa exige mucho trabajo y el equipo termina
agotado. Hay una producción periodística importante detrás; a
diferencia de otras épocas, hoy no se puede improvisar. Todo debe estar
preparado para que el espectador reciba un material de primer nivel",
afirmó.
Agradecimientos
y plataformas
García
de Rivas dedicó un espacio para agradecer a Julia, Leandro
y Fabricio, de AM 1010 Onda Latina, y especialmente a sus
anunciantes: Alejandro (Matafuegos Orlando) y Omar (Ecomax).
"Su apoyo concreto nos permite concentrarnos en lo que más nos
gusta: el periodismo especializado", destacó, extendiendo el
reconocimiento a su equipo de trabajo compuesto por Silvia Marcela
Bercovsky, Andrés Zulberti, Alex Lavielle y Diana
Sevitz.
Finalmente,
recordó que el público puede seguir el programa a través de su canal de
YouTube (@consorcios360-radio), su canal de WhatsApp, Facebook
y los podcasts disponibles en Spotify  
|
|
|
|
EMPLEDADA
ADMINISTRATIVA: Amplia experiencia en el rubro y mi busqueda es para
tareas administrativas con referencias comprobables y disponibilidad (part
time). Soy jubilada de CABA - Nombre: Susana Ramos - Llamar al teléfono:
(11) 6059-9887 - Correo electrónico: olga22su@yahoo.com
[20/01/26]
|
|
EMPLEADO
ADMINISTRATIVO: Tengo experiencia en el rubro, disponibilidad
inmediata, preferentemente modalidad part time aunque escucho oferta full
time
- Nombre: Pablo Isasmendi - WhatsApp: (11) 5823-5200
desde las 12 hs. - Localidad: Flores / CABA - Correo electrónico: pabl5151@gmail.com
[04/11/25]
|
|
ENCARGADO PERMANENTE CON VIVIENDA, SUPLENTE DE FIN DE
SEMANA: Busco trabajo en Capital Federal - Nombre: Ramiro Ezequiel Lera - Llamar al teléfono:
(11) 5750-4076 - Localidad: Palermo / CABA - Correo electrónico:
cleopatramses0@gmail.com
[28/10/25]
|
|
ENCARGADO DE EDIFICIO TITULAR Y/O SUPLENTE,
AYUDANTE: Cuento con recomendación de varios administradores y algunos miembros de la Cámara de
Administradores - 25 años de experiencia en el oficio - CV a disposición con referencias
comprobables en CABA Y GBA - Nombre: Carlos Facundo Rios González - Llamar al teléfono:
(11) 6597-4834 durante todo el día - Localidad: Capital Federal - Correo electrónico:
cfacundo06@hotmail.com
[08/10/25]
|
|
ENCARGADA DE
EDIFICIOS: Cualquier modalidad, con o sin vivienda, media jornada o completa, suplente o jornalizada. 4 años de experiencia y referencias comprobables de administradores, propietarios y empresas de limpieza. - Nombre:
Tamara Ricatti - Llamar al teléfono: (11) 2467-5574 todo el dia - Localidad:
Parque Patricios / CABA - Correo electrónico:
tamararicatti2015@hotmail.com
[23/08/25]
|
|
ADMINISTRATIVA:
Busco empleo en el área administrativa, recepcionista o analista de cuentas por cobrar. Tengo disponibilidad inmediata. Desde ya muchas gracias. - Nombre:
Natalia Sancandi - Llamar al teléfono: (11) 5911-5299 - Después de las 15 - Localidad:
Ituzaingo / Buenos Aires - Correo electrónico: sancandinatalia@gmail.com
[08/09/25]
|
|
EMPLEADA PARA ADMINISTRACION DE
CONSORCIO: Poseo más de 25 años de experiencia en el área administrativa de distintas empresas realizando tareas con sistemas propios de cada compañía. En los últimos 13 años he trabajado en administraciones de consorcios. Soy una persona responsable, organizada y en busca de tareas administrativas para realizar desde mi domicilio - Nombre:
Miriam El Hasi - Llamar al teléfono: (11) 2835-6246 de 9 a 19 hs - Localidad:
CABA / Bs.As. - Correo electrónico: mirilatur@hotmail.com
[21/08/25]
|
|
ENCARGADO DE EDIFICIO O
AYUDANTE: Me postulo para dicho puesto en la zona de Capital Federal.
Soy responsable, trabajador y cumplidor, aparte cuento con referencias comprobables y
experiencia - Nombre: Héctor Fernando Arriola Torres - Llamar al teléfono:
(11) 2637-7686 de 7 A 21 hs. - Localidad: Capital Federal / CABA - Correo electrónico:
ferchumetal@gmail.com
[02/09/25]
|
|
EMPLEADO PARA ADMINISTRACION DE
CONSORCIOS: Poseo casi 20 años de experiencia en el sector administrativo, especializado en
administraciones de consorcios en CABA donde he desarrollado una amplia experiencia en el
sector habiéndome incluso matriculado oportunamente como administrador de
consorcios - Nombre: Javier Darío Vallata - Llamar al teléfono:
(11) 6872-2983 todo el día - Localidad: Ciudadela / Buenos Aires - Correo electrónico:
jvallata@gmail.com
[11/08/25]
|
|
ENCARGADO DE PORTERÍA
PERMANENTE: Buenos días! Me postulo para dicho puesto por la zona de Capital Federal, cuento con referencias comprobables, soy una persona trabajadora, puntual y responsable, cualquier otra duda estoy a disposición para
responder - Nombre: HÉCTOR FERNANDO ARRIOLA TORRES - Llamar al teléfono:
(11) 3006-5195 de 7 a 21 hs. - Localidad: Capital Federal / CABA - Correo electrónico:
romi_sakura@hotmail.com
|
|
|
Barajar
y dar de nuevo
Fue
apartado de su cargo Daniel Roque Vítolo

[BPN-15/03/26]
El pasado 6 de marzo, el inspector general de Justicia, Daniel Roque
Vítolo, renunció a su cargo luego de que el nuevo ministro de
Justicia, Juan Bautista Mahiques, le solicitara su alejamiento. Fue
reemplazado en sus funciones por Alejandro Ramírez.
La
gestión de Vítolo cobró especial relevancia para la comunidad
consorcial a partir del 21 de julio de 2025, cuando el Poder Ejecutivo
Nacional, mediante el Decreto
487/2025, instó a las provincias a reglamentar el registro
contable de los consorcios.
Tras
la medida, diversos sectores advirtieron que se buscaba imponer a los
consorcios la obligatoriedad de llevar una doble contabilidad y presentar
balances anuales. Esto hubiera derivado en un incremento directo de las
expensas debido a los costos operativos y profesionales adicionales.
A
pesar de la controversia en este sector, el desplazamiento del funcionario
no habría estado vinculado al tema de los consorcios, sino a su
intervención contra la AFA y su solicitud de incorporar veedores
en dicha entidad deportiva.
En
ningún caso será obligatorio
El
5 de agosto, durante una reunión con representantes de la Cámara
Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI),
Vítolo aclaró categóricamente que "en ningún caso" sería
obligatoria la confección de balances ni la rúbrica de libros distintos
a los ya previstos por la legislación vigente. Esta declaración buscó
frenar la incertidumbre sobre el potencial aumento de costos en las
liquidaciones mensuales.
Para
discutir las complejidades
Posteriormente,
el 2 de octubre, el exfuncionario mantuvo un encuentro con la Comisión
de Propiedad Horizontal del Consejo Profesional de Ciencias
Económicas (CPCE). Allí se analizaron los alcances de la obligación
de llevar contabilidad y presentar estados contables según el Código
Civil y Comercial de la Nación (CCyCN).
La
reunión fue encabezada por Jorge Scampini, contador y presidente
de dicha comisión, quien ratificó su postura en redes sociales: "La
contabilidad consorcial es una obligación legal; los administradores
deben coordinar con profesionales en Ciencias Económicas para asegurar la
transparencia y evitar sanciones".
La
mesa de diálogo
Aunque
el 3 de noviembre Vítolo anunció a la CAPHyAI que convocaría a una mesa
de diálogo con las entidades del sector para analizar la normativa del
CCyCN, el encuentro nunca se concretó.
Según
estimaciones del sector, si esta obligación se hubiera aplicado en la
Ciudad de Buenos Aires —sobre un universo de 70 mil consorcios—, el
costo anual solo por la rúbrica profesional ante el Consejo habría
ascendido a unos 3.500 millones de pesos. A esto se sumarían los
honorarios profesionales mensuales, proyectados en torno a los 10.500
millones de pesos para la totalidad de los edificios afectados  
|
|
|
|
|
|
Proyecto
de ley porteño
Ocaña
busca que el curso del SERACARH sea cada cinco años

[BPN-15/03/26]
El pasado 2 de marzo, los legisladores María Graciela Ocaña y Sebastián
Nagata (Confianza y Desarrollo) presentaron en la Legislatura
porteña un proyecto de ley para que el curso del SERACARH se
realice únicamente cada cinco años. La iniciativa también propone
habilitar a cualquier entidad educativa, ya sea pública o privada, para
el dictado de dicha capacitación.
Según
los autores, la modificación de la frecuencia representará un ahorro
para los consorcistas de 10 mil millones de pesos o 7 millones
de dólares cada cinco años, a valores actuales. Para calcular esta
cifra, se multiplicó el promedio de puestos de trabajo en la CABA durante
2025 por el costo de cada curso. El resultado se anualizó y se contrastó
el costo del esquema de cinco años propuesto frente al esquema actual de
dos años.
Cada
cinco años
Para
alcanzar este objetivo, los legisladores pretenden modificar el artículo
3° de la Ley 4.803 (Ley Zago). El nuevo texto ordenaría que los
administradores de consorcios "deberán arbitrar las medidas
conducentes para exhortar al personal dependiente [...] a que concurra a
las capacitaciones dispuestas por la presente cada cinco años".
Los
autores del proyecto señalaron que la Ley 4.803 —actualmente
consolidada por la Ley 6.764— impone una carga innecesaria al exigir
capacitaciones cada 24 meses. Explicaron que los conocimientos impartidos
y las normas de seguridad no presentan cambios significativos anuales que
justifiquen una frecuencia tan corta. "Consideramos que cinco años
es un plazo suficiente para los fines que establece la norma",
argumentaron. Asimismo, destacaron que el cambio aliviaría los costos
operativos de los edificios sin comprometer la integridad física de
propietarios, ocupantes ni del personal.
Entidades
habilitadas
La
segunda modificación impulsada busca reformar el artículo 7° de la
misma norma. El texto propuesto establece que la autoridad de aplicación
deberá habilitar a diversas instituciones especializadas (públicas,
privadas, asociaciones profesionales de empleadores o de trabajadores)
para dictar la capacitación, previa evaluación de su idoneidad técnica
y trayectoria.
"Introducimos
esta modificación con el objetivo de que más instituciones puedan dictar
la capacitación y exista una mayor oferta disponible de sitios
habilitados", explicaron los legisladores.
El
proyecto, ingresado bajo el número de expediente
24-D-2026, consta de cuatro
artículos y fue girado a la comisión de Legislación General  
|
|
|
|
|
|
Derrumbe
en el complejo Estación Buenos Aires
Hubo
que ordenar a la Ciudad garantizar alojamiento digno a los evacuados

Resultó
insólito que la Justicia haya tenido que ordenar al Jefe de Gobierno a
garantizar a las víctimas una solución que respete la unidad familiar y
la dignidad habitacional.
[BPN-15/03/26]
En una resolución dictada este 5 de marzo, el Juzgado de 1ª Instancia
en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 23 de la Ciudad
ordenó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA)
garantizar de manera inmediata y adecuada el derecho a la vivienda de las
familias afectadas por el derrumbe en el Sector 2 del Complejo
Habitacional Procrear "Estación Buenos Aires". La medida
precautelar, de cumplimiento efectivo e irrestricto, prohibió que los
damnificados sean derivados a paradores nocturnos, exigiendo en su lugar
soluciones que respeten la unidad familiar y la dignidad habitacional.
La
orden judicial y el "No" a los paradores
El
magistrado a cargo de la causa, tras analizar el amparo colectivo
presentado por la Asociación Civil Observatorio del Derecho a la
Ciudad, determinó que el Estado local debe hacerse cargo del
alojamiento integral de los evacuados. Un punto clave del fallo es la
exclusión de los dispositivos del Programa Buenos Aires Presente (BAP)
como solución, debido a que no cumplen con los estándares de
"vivienda adecuada".
La
justicia no estableció topes económicos ni límites de tiempo
específicos para esta asistencia, indicando que la medida mantendrá su
vigencia hasta que se resuelva la cuestión de fondo o cese el peligro
estructural que motivó la evacuación.
El
hecho: Madrugada de pánico
El
siniestro que originó la causa judicial se produjo el pasado 3 de marzo
de 2026, entre las 04:30 y las 04:45 horas. El colapso de la losa portante
del patio central interno del Sector 2 provocó el derrumbe de la
estructura hacia el subsuelo, afectando el área de cocheras y destruyendo
aproximadamente 65 vehículos.
Si
bien no se registraron víctimas fatales ni heridos de gravedad, la
magnitud del daño estructural obligó al corte total de suministros (luz,
gas y agua) y a la evacuación preventiva de unas 300 familias, lo que
representa un total de más de 700 personas desplazadas.
Grupos
de riesgo y exigencias al Ejecutivo
La
resolución judicial pone especial énfasis en la situación de
vulnerabilidad de los afectados. Entre los evacuados se encuentran niños,
adolescentes, adultos mayores de 60 años y personas con patologías
crónicas que requieren asistencia médica constante.
Como
próximo paso procesal, el juez le otorgó un plazo al GCBA para
presentar:
1.-
Un relevamiento sociohabitacional detallado de todos los grupos familiares
afectados.
2.-
Un informe sobre la asistencia que se ha brindado hasta el momento y su
duración prevista.
3.-
La acreditación de un protocolo o censo especial para que los desplazados
puedan gestionar su asistencia de manera formal.
Contexto
del Amparo
La
demanda, impulsada por el Dr. Jonatan Baldiviezo en representación
del Observatorio del Derecho a la Ciudad, denunció que tras el derrumbe
muchas familias quedaron pernoctando a la intemperie. El fallo actual
busca mitigar el riesgo de daño irreparable a la salud y la vida,
mientras se peritan las causas del colapso en uno de los desarrollos
inmobiliarios más importantes de la zona sur de la Ciudad  
|
|
|
Ley
Zago
Barroetaveña
insiste en anualizar el Curso del SERACARH

[BPN-15/03/26]
El pasado 5 de marzo, el legislador porteño Matías Barroetaveña
(Unión por la Patria) volvió a presentar un proyecto de ley que
propone establecer la obligatoriedad anual del curso del SERACARH
[1] para todos los trabajadores de edificios, sin excepciones.
La iniciativa profundiza en la idea de sancionar a los administradores si
los encargados no realizan dicha capacitación.
El
proyecto, que consta de cinco artículos, ingresó por mesa de entradas
bajo el número 653/2026. Previamente, el legislador había presentado una
propuesta similar el 13 de noviembre del año pasado, registrada con el
número de expediente 2931/2025.
Periodicidad
anual y temas de estudio
La
propuesta busca modificar el artículo 2º de la Ley 4.803 (conocida como
Ley Zago) para que el curso, actualmente bienal, pase a realizarse cada
año. De ser aprobado, este cambio implicaría para los consorcios
porteños una erogación anual estimada en casi 7 mil millones de pesos ($
6.882.303.800) o más de 7 millones de dólares (u$s 7.494.695).
Este
cálculo surge de los datos de la Secretaría de Trabajo, que el año
pasado registró un promedio de 53.626 puestos de trabajo en el sector a
nivel nacional, de los cuales la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
representa el 71,3%. Actualmente, el costo de cada curso asciende a 180
mil pesos.
En
esta nueva versión, se suprimieron del programa obligatorio los temas de Reanimación
Cardiopulmonar (RCP) y la Asistencia a Personas Mayores.
No obstante, se mantuvo la capacitación en separación de residuos, a
pesar de que la normativa vigente establece que el responsable de dicha
tarea es el ocupante de la unidad funcional y que el encargado solo debe
disponer las bolsas ya clasificadas en el contenedor.
Sanciones
por faltas ajenas
El
proyecto de Barroetaveña establece que los administradores que no
acrediten la asistencia del personal a los cursos sean sancionados. Para
ello, propone agregar un segundo párrafo a la Ley 4.803 que dicta:
"Los
responsables de la administración de cada consorcio deben acreditar la
asistencia del personal a la capacitación referida, bajo apercibimiento
de las sanciones previstas en el artículo 16 de la Ley 941. A tal efecto,
deben acompañar el certificado de acreditación al presentar la
declaración jurada correspondiente al año en que se haya realizado la
capacitación".
De
este modo, se busca sancionar al administrador no por una falta propia,
sino por el incumplimiento de un tercero, en este caso, el empleado del
consorcio.
Se
mantiene el monopolio educativo
La
propuesta actual elimina la posibilidad de que otras entidades educativas
dicten el curso. Esto mantiene las restricciones que limitan la
habilitación únicamente al SERACARH, organismo integrado por el SUTERH,
AIERH, CAPHyAI y UADI [2], los mismos
actores que suscriben los convenios colectivos del sector.
Cabe
destacar que el autor del proyecto también se desempeña como director
del Centro de Estudios Metropolitano (CEM). Dicho centro
está integrado por tres universidades, entre ellas la Universidad
Metropolitana para la Educación y el Trabajo (UMET),
institución perteneciente al SUTERH, sindicato directamente beneficiado
por la aprobación de esta ley  
---
[1]
SERACARH: Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad
de Rentas y Horizontal.
[2]
Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal (SUTERH),
Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH), Cámara
Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) y
Unión Administradores de Inmuebles (UADI).
|
|
|
Agencia
Gubernamental de Control
La
cobertura de ascensores y calderas subió un 19%

[BPN-15/03/26]
Desde el pasado 2 de marzo, la cobertura de los seguros para ascensores y
calderas en los consorcios aumentó un 18,97%. Si se mide el incremento en
términos interanuales, el alza fue del 29,81%, cifra levemente inferior a
la inflación del 30,08% estimada por fuentes oficiales para ese periodo.
El
motivo de este nuevo incremento radica en la actualización del valor de
la unidad fija (UF) determinada por la Dirección
General de Estadística y Censos. Según publicó el organismo
porteño en su sitio web, el valor de la UF pasó de $798,51 a$ 949,99.
Los
nuevos montos para ascensores
Hasta
febrero, el monto mínimo de cobertura por el primer ascensor era de 240
millones de pesos (300.000 UF) y de 40 millones de pesos (50.000 UF) por
cada elevador adicional. Desde el 2 de marzo, dichos valores escalaron a
285 millones de pesos para el primer caso y 47 millones de pesos para el
segundo.
|
|
COBERTURA
MÍNIMA |
|
|
UF |
febrero/2026 |
marzo/2026 |
Diferencia |
|
Ascensor
1º o único |
300.000 |
239.553.000 |
284.997.000 |
45.444.000 |
|
Ascensor
adicional |
50.000 |
39.925.500 |
47.499.500 |
7.574.000 |
Cobertura
en calderas y termotanques
En
cuanto a los artefactos térmicos, los montos mínimos también sufrieron
ajustes significativos. A partir de marzo, las coberturas subieron a 380
millones de pesos para calderas de alta presión y a 190 millones de pesos
para las de baja presión.
|
|
COBERTURA
MÍNIMA |
|
|
UF |
febrero/2026 |
marzo/2026 |
Diferencia |
|
Caldera
de vapor de agua a alta presión |
400.000 |
319.404.000 |
379.996.000 |
60.592.000 |
|
Caldera
de vapor de agua a baja presión |
200.000 |
159.702.000 |
189.998.000 |
30.296.000 |
|
Caldera
de agua caliente o de fluido térmico |
100.000 |
79.851.000 |
94.999.000 |
15.148.000 |
|
Acumulador
de agua (termotanque) |
50.000 |
39.925.500 |
47.499.500 |
7.574.000 |
La
unidad fija pierde contra la inflación
En
los registros estadísticos se observa que el Índice de Precios al
Consumidor (IPC) medido por el INDEC supera el valor de
la unidad fija. La evolución de los precios informada por el INDEC y las
estimaciones del Relevamiento de Expectativas de Mercado (REM)
del Banco Central muestra una brecha creciente respecto a la UF.
Cabe
recordar que el Decreto 64/22 dispuso que, desde agosto de 2021, el valor
de la UF equivalga al precio promedio de medio litro de nafta de mayor
octanaje en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Anteriormente, este valor
se determinaba semestralmente según los informes del Automóvil Club
Argentino.
Marco
legal para ascensores y calderas
La
obligación de contratar una póliza de responsabilidad civil para cubrir
daños a personas y bienes surge de la Resolución 412 de la Agencia
Gubernamental de Control (AGC).
La
normativa exige que la compañía aseguradora cuente con solvencia
patrimonial y esté inscripta en la Superintendencia de Seguros de la
Nación. Además, al contratar la póliza, el consorcio debe presentar
la validación (oblea con código QR) que certifique que la instalación
es apta para su uso y cumple con las condiciones de seguridad vigentes.
Desde este año esa oblea es gratuita  
|
|
|
Proyecto
de ley porteño
Tercer
intento de financiar obras de mantenimiento en consorcios

[BPN-15/03/26]
El pasado 6 de marzo, dos legisladores porteños del bloque Fuerza por
Buenos Aires (ex ex Unión por la Patria) presentaron un
proyecto de ley para otorgar subsidios o créditos a consorcios de más de
20 años de antigüedad. La iniciativa alcanza a edificios de hasta 20
unidades funcionales y de vivienda pública promocional, con el fin de
realizar pequeñas obras de mantenimiento y "puesta en valor".
La
asistencia financiera tiene una restricción estricta: bajo ninguna
circunstancia podrá destinarse a la realización de ampliaciones.
Esta
propuesta representa una versión actualizada de un proyecto similar
presentado por el Frente de Todos el 6 de marzo de 2024, y de otra
iniciativa impulsada por seis legisladores el 5 de junio de 2020, durante
la pandemia.
El
programa
Para
cumplir con este objetivo, los legisladores proponen crear el "Programa
de puesta en valor de edificios de propiedad horizontal", bajo la
órbita del Instituto de la Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires (IVC).
En
este sentido, el proyecto sugiere modificar la Ley 1.251 para añadir dos
nuevas obligaciones al IVC: fomentar el fortalecimiento de la práctica
consorcial en edificios de pequeña y mediana escala mediante
asesoramiento legal y técnico, y proveer financiamiento para la
ejecución de obras de mediana y baja complejidad.
La
iniciativa, presentada por Matías Barroetaveña y Claudia Neira,
ingresó a la Legislatura bajo el expediente
684-D-2026. El texto consta
de 24 artículos y actualmente se encuentra en mesa de entradas a la
espera de ser girado a las comisiones correspondientes.
La
ayuda económica
De
aprobarse el proyecto, los consorcios podrán acceder a tres modalidades
de asistencia:
Un
subsidio de hasta el 50% del costo de las tareas, donde el consorcio
deberá cubrir el resto de la inversión.
Un
crédito a tasa fija con un plazo máximo de 5 años por el 80% del costo
de la obra.
Un
subsidio por el 100% del costo total.
Cabe
destacar que los propietarios de los edificios incluidos en el programa
deberán abonar, durante dos años, una alícuota adicional del 5% sobre
el ABL (Alumbrado, Barrido y Limpieza). Estos fondos se destinarán
exclusivamente al IVC para ser reinvertidos en la ampliación del
programa. Únicamente quienes reciban el subsidio del 100% estarán
exentos de este pago adicional.
Las
obras autorizadas
La
iniciativa contempla 16 tipos de intervenciones, entre las que se destacan
la impermeabilización de azoteas y fachadas, el reemplazo de cañerías
de gas natural y la reparación de sistemas pluviales o cloacales. Si un
consorcio requiere una obra no tipificada en la ley, su aprobación
quedará a criterio del IVC.
Un
cambio relevante en esta versión es la modificación del artículo 8:
ahora el financiamiento también podrá utilizarse para tramitar planos de
final de obra, eliminando el tope del 70% que establecían las versiones
anteriores para este concepto.
Los
proveedores
Los
trabajos solo podrán ser ejecutados por cooperativas de trabajo con
domicilio en el AMBA, pymes de hasta 30 empleados con sede en la CABA, o
profesionales de la construcción con domicilio en el AMBA que acrediten
una experiencia mínima de tres años en el rubro.
Fundamentos
del proyecto
Los
autores argumentaron que, ante el deterioro de los ingresos, muchos
residentes de edificios pequeños se ven imposibilitados de realizar
tareas de mantenimiento esenciales para la habitabilidad. "El Estado
debe cumplir un rol trascendental para brindar herramientas que ayuden a
la conservación de los edificios y generen trabajo para los sectores no
concentrados de la construcción", señalaron.
Finalmente,
destacaron que la inclusión de viviendas públicas promocionales busca
prevenir deterioros estructurales que podrían derivar en incidentes
graves, daños materiales o víctimas fatales  
|
|
|
Mar
del Plata
El
modelo del encargado de edificio estaría recuperando terreno

[BPN-15/03/26]
El pasado 26 de febrero, el secretario general del Sindicato Único de
Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (SUTERyH) de Mar del
Plata, Mario Fernández, afirmó que existe una tendencia de
retorno al modelo tradicional de encargados de edificios en dicha
localidad.
Fernández
fundamentó su análisis en tres pilares: la integralidad del servicio, la
seguridad que brinda un empleado estable, la relación de costo frente a
las empresas de limpieza y un cambio de mentalidad en los nuevos
propietarios.
Servicio
y seguridad
En
primer término, el dirigente afirmó que el trabajo del encargado es más
complejo y completo que el ofrecido por prestadoras externas. Consideró
que el personal propio brinda una atención personalizada y mayor
seguridad, ya que los copropietarios prefieren interactuar con una figura
estable ante emergencias o gestiones con proveedores.
Asimismo,
indicó que la rotación constante de personal en las empresas de limpieza
impide que los habitantes del edificio cuenten con un referente claro para
la resolución de problemas específicos.
Análisis
de costos
El
referente gremial aseguró que no existe una diferencia económica
significativa que justifique la tercerización del servicio. Según las
cifras presentadas, una empresa de limpieza puede presupuestar 1,2
millones de pesos por una jornada de cuatro horas, mientras que un
encargado sin vivienda, por ocho horas de labor, representa un costo de 1,1
millones de pesos.
Recambio
generacional
Para
el secretario general, si bien la mayoría de las nuevas contrataciones se
realizan bajo la modalidad sin vivienda, el esquema con vivienda podría
recuperarse gradualmente. Atribuyó este fenómeno a un recambio
generacional en los consorcios, donde el público más joven comienza a
revalorizar la confianza y la estabilidad que aporta un trabajador de
planta.
Como
datos estadísticos, Fernández informó que actualmente el padrón en Mar
del Plata supera los 1.300 trabajadores, entre encargados y ayudantes  
|
|
|
Gobierno
de la provincia de Buenos Aires
El
Grupo Octubre recibió 1.635 millones de pesos en publicidad

Foto
redes sociales del Gobernador.
[BPN-15/03/26]
El Grupo Octubre, conglomerado de medios administrado por el Sindicato
Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (SUTERH) y
conducido por Víctor Santa María, recibió un total de 1.635
millones de pesos (u$s 1.248.900) en concepto de publicidad oficial por
parte del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires durante el año 2025.
La
cifra surge de un relevamiento publicado el pasado 21 de febrero por el
medio Chequeado, basado en casi 90 resoluciones de la Secretaría
de Medios provincial. De acuerdo con este análisis, el gasto total de la
administración de Axel Kicillof en pauta publicitaria ascendió a
58,3 mil millones de pesos (u$s 44,5 millones) en 2025, lo que representó
un incremento real del 63% respecto al año anterior.
Desglose
de la pauta por medio
Dentro
de la inversión destinada al holding, la mayor parte de los fondos se
concentró en sus señales de televisión y prensa escrita. Los cuatro
medios centrales del grupo (Canal 9, Página 12 -en su versión digital y
papel- y la AM 750) captaron el 89% de los recursos asignados.
La
distribución de los 1.635 millones de pesos se detalló de la siguiente
manera:
|
Grupo
Octubre |
Pesos |
Dólares |
% |
|
Canal
9 |
$
506.000.000 |
u$s
386.510 |
30,9
% |
|
Página
12 Digital |
$
483.000.000 |
u$s
368.941 |
29,5
% |
|
Página
12 Papel |
$
235.000.000 |
u$s
179.506 |
14,4
% |
|
AM
750 |
$
232.000.000 |
u$s
177.214 |
14,2
% |
|
Masa
Ideas |
$
122.000.000 |
u$s
93.190 |
7,5
% |
|
El
Diario Norte |
$
9.000.000 |
u$s
6.875 |
0,6
% |
|
Estación
Vial |
$
8.000.000 |
u$s
6.111 |
0,5
% |
|
OTROS |
$
40.000.000 |
u$s
30.554 |
2,4
% |
|
Total |
$
1.635.000.000 |
u$s
1.248.900 |
100,0
% |
Entre
las empresas menores se encuentran Masa Ideas, firma creada en 2006
que comercializa publicidad en vía pública mediante carteles y
medianeras , y Estación Vial, una red de información de tránsito
con sede en La Plata.
Distribución
y ranking de medios
El
grupo vinculado al sindicato de encargados de edificios se posicionó en
el noveno lugar entre los holdings con mayor asignación de fondos
públicos bonaerenses. Según los datos publicados, el ranking fue
encabezado por el Grupo Indalo (6.960 millones de pesos), seguido por el
Grupo Olmos (3.617 millones de pesos) y el Grupo América (3.094 millones
de pesos).
|
Puesto |
Medio |
Pesos |
Dólares |
% |
|
1 |
Grupo
Indalo |
$
6.960.000.000 |
u$s
5.316.420 |
24,5
% |
|
2 |
Grupo
Olmos |
$
3.617.000.000 |
u$s
2.762.858 |
12,7
% |
|
3 |
Grupo
América |
$
3.094.000.000 |
u$s
2.363.363 |
10,9
% |
|
4 |
Grupo
Clarín |
$
2.940.000.000 |
u$s
2.245.729 |
10,3
% |
|
5 |
El
Destape |
$
2.868.000.000 |
u$s
2.190.732 |
10,1
% |
|
6 |
Infobae |
$
2.248.000.000 |
u$s
1.717.143 |
7,9
% |
|
7 |
Editorial
Perfil |
$
1.858.000.000 |
u$s
1.419.240 |
6,5
% |
|
8 |
Grupo
Alter |
$
1.853.000.000 |
u$s
1.415.420 |
6,5
% |
|
9 |
Grupo
Octubre |
$
1.635.000.000 |
u$s
1.248.900 |
5,8
% |
|
10 |
Grupo
Elías |
$
1.361.000.000 |
u$s
1.039.605 |
4,8
% |
|
|
Total |
$
28.434.000.000 |
u$s
21.719.409 |
100,0
% |
Por
encima del Grupo Octubre también se ubicaron el Grupo Clarín (2.940
millones de pesos), El Destape (2.868 millones de pesos), Infobae (2.248
millones de pesos), Editorial Perfil (1.858 millones de pesos) y el Grupo
Alter (1.853 millones de pesos).
Mecanismos
de adjudicación y criterios oficiales
La
investigación destaca que la asignación de estos recursos se realizó
mediante la modalidad de contratación directa, dado que la
provincia no posee una ley que regule criterios específicos para el
reparto de pauta.
Ante
la consulta de los autores del informe, el Ministerio de Comunicación
bonaerense señaló que la distribución se decide según la naturaleza de
las campañas, su alcance y el público objetivo. Asimismo, indicaron que
el 50% de la inversión total respondió a campañas sobre seguridad,
reclutamiento policial e información relativa a las elecciones
legislativas  
|
|
|
Índice
de escalas salariales de encargados de edificios
Las
dos homologaciones faltantes no se mueven

[BPN-15/03/26]
Si no hay novedades salariales durante la segunda quincena de marzo de
2026, el promedio de las escalas salariales de los encargados de edificios
perderá contra la inflación mensual -2,5 puntos porcentuales (pp),
contra el acumulado anual -25,2 pp y -27,66 pp en la medición interanual.
Para
comparar las escalas salariales del sector, se promediaron las funciones
de encargado permanente con y sin vivienda en sus cuatro categorías de
cada mes. En los casos que correspondió, se sumaron los bonos acordados
en paritarias o por el Poder Ejecutivo nacional, incluyendo los bonos del
20% que ahora se pagan en junio y diciembre.
Acuerdos
salariales pendientes de homologación
Quedan
dos homologaciones faltantes. Para los cálculos de este mes no se tomaron
en cuenta los siguientes acuerdos:
1.-
Acuerdo del 9 de septiembre: Otorgó un aumento del 1,8%
para septiembre, 1,7% para octubre, y 1,6% para noviembre, más un bono de
50 mil pesos para esos meses, viáticos para las funciones sin vivienda
(con excepciones) y la integración del bono de 50 mil pesos a las escalas
salariales. En este caso tampoco las entidades de administradores ni el
SUTERH anunciaron si el acuerdo se podría considerar homologado
tácitamente. El último movimiento del expediente fue el 4 de diciembre.
2.-
Acuerdo anunciado el 30 de diciembre: Otorgó un aumento del
2% para enero, 1,8% para febrero, y 1,7% para marzo, más un bono de 120
mil pesos para cada uno de esos meses. Fue anunciado por Víctor Santa
María (SUTERH) el último día hábil del año por YouTube. El
último movimiento del expediente fue el 5 de enero.
El
incremento mensual
En
marzo el promedio de las escalas salariales no presentará cambios. Este
mes el promedio de las escalas será de 900.237 pesos mensuales.
El
acumulado anual
En
marzo, el promedio de las escalas salariales se mantendrá en un -16,67%
menor con respecto a diciembre del año pasado.
Esto
se debe a que, como todos los años, en enero no se cobró el bono del 20%
que se pagó en diciembre, lo que provocó una baja brusca en los
promedios de las escalas salariales durante el primer mes del año.
Durante el último mes del año pasado, el promedio era de 1.080.284 pesos
mensuales.
La
medición interanual
El
incremento interanual de las escalas salariales desde marzo del año
pasado hasta el mismo mes de este año será del 3,82%. El promedio de las
escalas salariales de marzo de 2025 fue de 867.118 pesos.
Inflación
(INDEC y BCRA)
Según
el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC,
la inflación de febrero fue del 2,9% y para el Relevamiento de
Expectativas del Mercado (REM) del Banco Central de la
República Argentina (BCRA), la inflación de marzo será del
2,5%.
Con
base en estos números, la inflación interanual de marzo será del
31,48%.
Jubilados
Haber
mínimo
El
haber mínimo de un jubilado que paga expensas en febrero será de
439.600,87 pesos brutos, a los que se les debe descontar la "Obra
social s/haberes PAMI".
Este
monto se debe a tres razones:
1.-
Se estableció en marzo del año pasado que el haber mínimo a partir de
julio se actualizaría todos los meses según la inflación del IPC del
INDEC (Decreto 274 del 22/03/24). Como la inflación de enero fue del
2,9%, las jubilaciones de marzo aumentarán un 2,88% (Resolución 38 del
18 de febrero).
2.-
Se volvió a otorgar un "Bono Extraordinario Previsional" de
hasta 70 mil pesos mediante el Decreto 109 del 25 de febrero.

En
dólares y contra la inflación
●
En dólares, este haber mínimo
representa 316,06 dólares al precio oficial o 312,.88 dólares según el
mercado blue.
●
En marzo del año pasado, ese
haber fue de 349.121,71 pesos.
●
Este mes, el incremento del
haber mínimo de la clase pasiva fue negativa contra la inflación del mes
pasado (-0,09 pp), contra el acumulado anual (-1,54 pp) y la medición
interanual (-5,57 pp).
●
Si el haber mínimo de enero de
2016 (4.299,06 pesos o 312,98 dólares) hubiera aumentado al ritmo de la
inflación, este mes debería haber sido de 629.211,59 pesos mensuales
(u$s 449,34 promedio a valor oficial).
●
La pérdida total de un
jubilado desde enero de 2016 hasta enero de 2026 (siguiendo el ritmo de la
inflación y restando lo realmente percibido, incluidos los bonos y la
incidencia de los medios aguinaldos) es de -3.827.807,2 pesos (u$s
-2.733,53)  
|
|
|
Rincón
Solidario
La
rendición de cuenta antes de la asamblea por
la Dra. Silvia Bercovsky

¡Buenos
días amigos!
Consultas:
La
primera pregunta, ¿se puede pedir al administrador que envíe la
rendición de cuenta/balance unos días antes de realizar la Asamblea
General Ordinaria para ir evaluando?
Y
la segunda, ¿se puede solicitar aclaración ante una posible
irregularidad ese mismo día?
¡Los
escucho siempre!
Gabriela
(11/03/2026)
Estimada
Gabriela:
El
administrador debe enviar la convocatoria a asamblea anual ordinaria junto
con la rendición de cuentas.
De
esta manera, el propietario tendrá tiempo para analizarla y concurrir a
la oficina del administrador a cotejar los datos que necesite de la
rendición.
Se
puede solicitar alguna aclaración durante la asamblea, pero le recomiendo
que pida las aclaraciones que necesite antes del acto asambleario.
La
saluda Atte.
Silvia
Bercovsky  
---
La
Dra. Silvia Bercovsky (UBA) es abogada especializada en propiedad
horizontal y es parte del equipo del programa de radio Consorcios 360. Por
cualquier consulta se le puede enviar un correo a estusmb@gmail.com
o llamarla al teléfono (11) 5049-8440 en el horario de 9 a 20
hs.
|
|
|
Rincón
Solidario
El
reglamento establece que los gastos se dividen en partes iguales
por la Dra. Diana Sevitz

Hola,
mi consulta es sobre un edificio de tres unidades funcionales.
El
reglamento de copropiedad establece que los gastos se dividen en partes
iguales (33,33% cada uno). Sin embargo, una de las unidades ha realizado
una ampliación en su terraza sin autorización de la asamblea ni
actualización del plano de mensura.
Mi
duda es si esta situación afecta el cálculo de las expensas y si el
consejo de propietarios puede exigir el pago de un porcentaje mayor debido
al aumento de los metros cuadrados.
Marina
(CABA)
(10/03/2026)
Estimada
Marina:
La
modificación de la superficie de una unidad funcional no altera
automáticamente el coeficiente de participación en las expensas. De
acuerdo con el Código Civil y Comercial de la Nación, los porcentajes de
incidencia se establecen en el reglamento de propiedad horizontal y solo
pueden modificarse mediante una resolución de asamblea con una mayoría
reglamentaria o judicialmente si el valor de la unidad ha variado
sustancialmente.
No
obstante, el propietario que realizó la obra en infracción es
responsable por el mayor gasto que esa superficie pudiera generar (por
ejemplo, en el mantenimiento de techos o impermeabilización). El
administrador o el consejo de propietarios no tienen facultades para
modificar unilateralmente el cobro; primero se debe intimar al propietario
a regularizar la situación dominial y, de ser necesario, someter la
reforma del reglamento a votación.
La
saludo atte.
Dra.
Diana Sevitz  
---
La
Dra. Diana Sevitz es abogada, mediadora y árbitro en propiedad horizontal
y de los tribunales arbitrales de consumo, es co-conductora del programa
de radio Consorcios Hoy, autora de varias publicaciones y docente sobre
temas específicos de propiedad horizontal.Para cualquier consulta se le
puede enviar un e-mail a dsevitz@estudiodianasevitz.com.ar
o escribirle al WhatsApp +972 (55) 771-3909.
|
|
|
|
|
ACCABA:
Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ACAPPH:
Asociación Civil Administradores Profesionales Propiedad Horizontal.
ACoPH:
Asoc. Civil de Consorcistas de la Propiedad Horizontal (Mar del Plata).
ACRA:
Arbitros de Consumo de la República Argentina.
ADEPROH:
Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la
Propiedad Horizontal RA.
AFIP:
Administración Federal de Ingresos Públicos.
AGIP:
Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.
AIERH:
Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal.
AIPH:
Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal
AIPH.
APARA:
Asociación de Profesionales Administradores de la República Argentina.
APH:
Asociación Civil de Propietarios de inmuebles de Renta y Horizontal.
APCCRA: Asociación de Propietarios, Consorcios y Consorcistas de la RA.
API:
Asocición Propietarios de Inmuebles.
APIPH:
Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal.
APBR:
Asociación de Propietarios de Bienes Raíces.
APROPHMAR:
Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata.
CAAC:
Confederación Argentina de
Administradores de Consorcios.
CABA:
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
CACCyC:
Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas.
CaFACA: Cámara Federal de Administradores de Consorcios de Argentina.
CAPHBByZ:
Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de Bahía Blanca y
Zona.
CAPHPBA:
Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires.
CAPHyAI:
Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.
CAPRA:
Cámara de Propietarios de la República Argentina.
CASIPH:
Cámara Argentina de Sistemas Informáticos de Propiedad Horizontal.
CCT:
Convenio Colectivo de Trabajo.
CDI:
Clave de Identificación.
CECAF:
Cámara Empresaria de Conservadores de Ascensores y Afines.
CEDDDA:
Camara Empresarial de Desinsectacion, Desrodentizacion y Desinfeccion Ambiental.
CGPC:
Centro de Gestión y Participación Comunal de la Ciudad Autónoma de Bs. As.
|
CIA:
Cámara Inmobiliaria Argentina.
COAPLA:
Empresas de Control de Plagas de la Republica Argentina.
CEPRARA:
Cámara de Empresarios Pintores y Restauraciones Afines de la República Argentina
CUCICBA:
Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA.
CUIL:
Clave Única de Identificación Laboral.
CUIT:
Clave Única de Identificación Tributaria.
FAC:
Federación Argentina de Consorcios.
FACARA:
Federación de Asociaciones y Cámaras de Ascensores de la República Argentina.
FAPHRA:
Federación Nacional de Cámaras y Asociaciones de Administradores de Propiedad Horizontal de la República Argentina
FATERyH:
Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal.
FECIBA:
Federación Económica de la Ciudad de Buenos Aires.
FEDECO:
Federación de Asociaciones de Consorcios.
FRA:
Fundación Reunión de Administradores.
ICI:
Instituto de Capacitación Inmobiliaria.
INADI:
Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo.
IxE:
Indignados por expensas.
LCPH:
Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal.
RCD:
Red de Consorcistas Damnificados.
ReDeCo:
Reafirmación de los Derechos del Consorcista.
SEARA:
Sindicato Empleados de Administradoras de la República Argentina.
SERACARH:
Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal.
SiPreBA: Sindicato de Prensa de Buenos Aires.
SUTERH:
Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal.
UADI:
Unión Administradores de Inmuebles.
UCRA:
Unión de Consorcistas de la República Argentina.
UITEC:
Unión Iberoamericana de Trabajadores de Edificios y Condominios.
ULAI:
Unión Latinoamericana de Administradores e Inmobiliarias.
UMIPH:
Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal.
UPA - Unión Porteña de Administradores.
|
|
Boletín
de Pequeñas Noticias®
1º
Edición
Nº DCCCXX
Director
y propietario:
Claudio García de Rivas
Redes
sociales: Página
Facebook,
Grupo
Facebook Pequeñas Noticias, Grupo
Facebook Comunidad Consorcial, Twitter,
Instagram
Dirección:
Gral.
César Díaz 2761
(1416) Capital Federal - República Argentina - Teléfono:
3526-1806 - Móvil:
(11) 5981-3791 - E-mail:
pequenasnoticias@gmail.com
- URL´s:
www.pequenasnoticias.com.ar
- Horario: 10 a 17 hs.
Datos
personales del suscripto:
Nombre
y apellido: !*LAST_NAME*!,
!*FIRST_NAME*!
E-mail:
!*EMAIL*!
Los
suscriptos de Pequeñas Noticias están protegidos por la Ley 25.326 (Registro
Nacional de Bases de Datos)
|
Si quiere suscribir, en forma gratuita a un
amigo al Boletín de Pequeñas
Noticias tiene que mandarnos un e-mail a: suscripcion@PequenasNoticias.com.ar
con la palabra SUSCRIPCIÓN GRATUITA
en el asunto del mensaje y en el texto: la razón social de la empresa (si
existiera), su nombre, su dirección, su teléfono, la forma en que nos
conoció y, por supuesto, su e-mail. En caso de querer cancelar la
suscripción envíenos un e-mail desde el e-mail de su suscripción
con las palabras CANCELAR
SUSCRIPCIÓN en el asunto del mensaje.
Tanto
las
notas firmadas como los avisos publicitarios pagos y las gacetillas de prensa
son responsabilidad de sus autores y no necesariamente representan la
opinión del editor. Registro de Propiedad Intelectual en trámite.
9041 es marca registrada y Pewen es marca en trámite de registración (Actas
Nº: 2198663 y 2198664) de Claudio García de Rivas, todas las demás marcas
registradas que pudieran ser nombradas en el presente boletín, son propiedad
de sus respectivos dueños y/o representantes legales.
|
Socio
fundador de la Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal
(UMIPH)
|
|
|
En
este boletín se ha procurado utilizar un lenguaje inclusivo. Sin
embargo, a fin de facilitar la lectura no se incluyen recursos
como la “@”, la "e" o “x”.
Las
notas firmadas reflejan las opiniones de sus autores y no
necesariamente las de Pequeñas Noticias - La
presencia tanto de las publicidades como de las gacetillas de
prensa no implican juicio de valor sobre los productos y/o
servicios que puedan ofrecer
- Prohibida
la reproducción total o parcial sin la autorización escrita de Pequeñas
Noticias.
|
|
|
|
|