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15 de Abril de 2026 - Nº 822

Paritarias encargados de edificios 2026

Habría un nuevo acuerdo salarial para abril

Lo anunció Víctor Santa María por YouTube Se integrarían a las escalas salariales 20 mil de los 120 mil del bono de marzo y se incrementaría el resultado en un 2% De sus dichos no quedó claro si el bono de 120 mil pesos que se cobró desde enero a marzo se abonará también en abril Ninguna de las entidades que representan a los consorcios en su calidad de empleadores comunicó la novedad.

[BPN-15/04/26] El pasado 7 de abril, Víctor Santa María, titular del Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (SUTERH), anunció que en abril se incorporarán 20 mil pesos a las escalas salariales y se aplicará un aumento adicional del 2% sobre el resultado final. Sin embargo, en sus declaraciones no quedó claro si el bono de 120 mil pesos, que se percibió entre enero y marzo, continuará vigente este mes.

Esta incertidumbre genera...



 Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal 

Estado de los últimos cuatro acuerdos salariales

De los cuatro acuerdos alcanzados durante los últimos 10 meses por la Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal solo uno ha sido homologado hasta la fecha El resto permanece sin aprobación oficial por parte de la Secretaría de Trabajo adolece de fallas formales y demoras burocráticas injustificadas.

 Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal 

Cuarto año consecutivo de puestos de trabajo a la baja

En 2025 nuevamente disminuyeron los puestos de trabajo de los encargados de edificios con respecto al año anterior Se confirmó así la tendencia adelantada por las mediciones trimestrales Por primera vez el mapa laboral completo de la propiedad horizontal en todo el país.


CONSORCIOS 360º: La brújula informativa de la propiedad horizontal


Registro Público de Administradores porteño

Ya se pueden presentar las DDJJ de 2025

Los mandatarios de los consorcios dispondrán hasta noviembre para realizar las declaraciones juradas de los edificios que administraron el año pasado La matrícula personal se deberá renovar anualmente según la fecha indicada en el último certificado.


Ciudad Autónoma de Buenos Aires

El Gobierno porteño creó la figura del facilitador para asambleas

Se trata de profesionales capacitados para guiar la reunión, asegurar que todas las voces sean escuchadas y asistir a las partes para que alcancen consensos Serán designados por sorteo y se establecieron honorarios mínimos para el servicio.


Medios

Ya se está filmando la cuarta temporada de El Encargado

La serie que puso su foco satírico y humorístico sobre diversos aspectos de la vida consorcial ya está en marcha Durante la nueva etapa, su planta carnívora tomaría un rol metafórico crucial: si a su único afecto le sucede algo, ¿cómo reaccionará Eliseo?


Proyecto de ley porteño

Nueve legisladores buscan eliminar el IVC

La Libertad Avanza presentó un proyecto de ley en la Legislatura porteña que pretende eliminar el Instituto de la Vivienda de la Ciudad (IVC) Proponen reasignar sus recursos presupuestarios a la Jefatura de Gabinete de Ministros.


Índice de escalas salariales de encargados de edificios

A las homologaciones faltantes se suma un nuevo acuerdo

Si hasta fin de abril no se homologan los tres últimos acuerdos, las escalas salariales de los encargados de edificios perderán contra la inflación mensual, la acumulada anual y la interanual El haber mínimo de los jubilados que pagan expensas también perderá en esas tres mediciones.


Bolsa de Trabajo

Avisos Clasificados OFRECIDOS

Consorcios de propietarios

Se oficializó la bonificación del 40% del Impuesto Inmobiliario

El beneficio alcanzará a edificios con al menos un encargado en relación de dependencia Aún resta la reglamentación de la norma, que parece orientada a desincentivar la tercerización del servicio de limpieza.


Administración Gubernamental de Ingresos Públicos

Se formalizó la prórroga del uso obligatorio de la miBA

A mediados de marzo, la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) oficializó la prórroga del uso obligatorio de la clave miBA (nivel 3) para acceder a sus servicios Hasta ese momento, el organismo solo había notificado la medida a través de su sitio web oficial.


Ciudad de Rosario

Buscan poner un medidor de agua en cada unidad funcional

Una concejala de Iniciativa Popular presentó un proyecto para que los edificios nuevos cuenten con medidores individuales, mientras que las edificaciones existentes deberán instalar un medidor general por inmueble.


Laborales

La Ley de Modernización Laboral y las empresas de limpieza

La Dra. Mercedes Albisu, especialista en derecho laboral, analizó uno de los aspectos que introdujo la Ley de Modernización Laboral Analizó los riesgos de este nuevo paradigma legal que aún espera definiciones en los tribunales.


Rincón Solidario

Nos acabamos de enterar de que hay un conflicto judicial

por la Dra. Silvia Marcela Bercovsky


Gacetillas

Encuentro en la Comuna 14


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Paritarias encargados de edificios 2026

Habría un nuevo acuerdo salarial para abril

[BPN-15/04/26] El pasado 7 de abril, Víctor Santa María, titular del Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (SUTERH), anunció que en abril se incorporarán 20 mil pesos a las escalas salariales y se aplicará un aumento adicional del 2% sobre el resultado final. Sin embargo, en sus declaraciones no quedó claro si el bono de 120 mil pesos, que se percibió entre enero y marzo, continuará vigente este mes.

Esta incertidumbre genera dos escenarios posibles para el bolsillo del trabajador:

- Si el bono de 120 mil pesos se mantiene: el aumento de la escala salarial de abril respecto a marzo será del 4,4%. No obstante, al sumar el sueldo básico y el bono, el incremento real en el bolsillo será del 3,9%.

- Si el bono deja de pagarse: aunque la escala salarial técnicamente suba un 4,4%, el ingreso total del trabajador caerá un 6,5% en comparación con el mes anterior.

La razón de esta caída es sencilla: para un encargado permanente con vivienda de cuarta categoría (con un básico de $ 833.281), el bono de 120 mil pesos representaba una parte muy importante de su ingreso (el 12,6%). Como solo se pasan 20 mil pesos de ese bono al sueldo básico, el aumento del 2% no alcanza a compensar la pérdida de los 100 mil pesos restantes.

Silencio de las entidades empleadoras

Ninguno de los miembros paritarios que representan a los consorcios de propietarios en su calidad de empleadores -la Cámara de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI), la Asociación Inmobiliaria de Edificios de Renta y Horizontal (AIERH) y la Unión Administradores de Inmuebles (UADI)- ha emitido información oficial sobre esta novedad gremial.

Este gráfico muestra la evolución de los aumentos salariales si todos los acuerdos pactados hubieran sido homologados.


Acuerdos pendientes de homologación

Actualmente, existen dos acuerdos previos que aún no han sido homologados por la autoridad laboral:

Acuerdo de septiembre de 2025: Estableció aumentos escalonados del 1,8%, 1,7% y 1,6%, además de un bono de 50 mil pesos y viáticos para el trimestre septiembre-noviembre. El trámite para su homologación fue elevado el 3 de diciembre.

Acuerdo de diciembre de 2025: Otorgó incrementos del 2%, 1,8% y 1,7%, junto al bono de 120 mil pesos para el periodo enero/marzo de 2026. El 16 de marzo, un informe técnico solicitó a las partes acreditar su personería, facultades de negociación y especificar las retenciones salariales según el artículo 19 bis. El 30 de marzo se notificó formalmente a los cuatro miembros paritarios.

De haberse homologado todos los acuerdos y escalas pendientes, los haberes de los encargados habrían perdido, en promedio, un 11,09% frente a la inflación en el acumulado anual, aunque registrarían un crecimiento interanual del 20,84%.

El anuncio en redes sociales

Santa María comunicó el nuevo acuerdo durante una transmisión en vivo realizada en el canal de YouTube "SuterhOsperyh". A las 21 horas de su publicación, el video contaba con 646 visualizaciones, 28 "me gusta" y dos comentarios Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Contadora Viviana B. Grinberg

Administración Bernetti SRL


 Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal 

Estado de los últimos cuatro acuerdos salariales

[BPN-15/04/26] De los cuatro acuerdos alcanzados durante los últimos 10 meses por la Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (FATERyH), solo uno ha sido homologado hasta la fecha. El resto permanece sin aprobación oficial por parte de la Secretaría de Trabajo, afectado por fallas formales y demoras burocráticas injustificadas.

Los acuerdos fueron pactados por el gremio con el sector patronal representado por la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI), la Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH) y la Unión Administradores de Inmuebles (UADI).

Resumen de la situación de los expedientes

- Aumento de junio 2025: Se podría considerar homologado tácitamente.

- Aumentos para julio y agosto 2025: Homologado.

- Aumentos para septiembre, octubre y noviembre 2025: El expediente no presenta avances.

- Aumentos para enero, febrero y marzo 2026: Detenido por fallas formales.

A continuación, presentamos un relevamiento detallado y exclusivo realizado por Pequeñas Noticias sobre el derrotero de cada expediente en la Secretaría de Trabajo. La investigación revela que factores como faltas administrativas y omisiones de personería mantienen frenadas las validaciones, lo que genera incertidumbre en el sector. Este "mapa de ruta" administrativo permite entender la realidad a través de sus documentos.

El acuerdo del 20 de mayo (sueldo de junio)

Este acuerdo otorgó un incremento del 1,1% y un bono de $ 50.000 a pagar en el mes de junio.

- 21 de mayo: Presentación para homologar.

- 23 de junio: Giro a Asesoría Técnico Legal.

- 30 de junio: Se ordena la ratificación de los paritarios (Dictamen 5927/25).

- 1º de julio: Ratificación de los paritarios.

- 2 de julio: Regreso a Asesoría Técnico Legal para indicar el trámite a seguir.

Desde ese punto, el expediente permanece "frizado". Se trata de una demora gubernamental inexplicable. No obstante, dado que los paritarios cumplieron con todos los requisitos exigidos, podría considerarse homologado tácitamente, aunque ni las entidades de administradores ni el sindicato se han expedido al respecto.

El acuerdo del 22 de julio (sueldos de julio y agosto)

Este convenio estableció aumentos del 1,5% y 1,4%, más un bono de $ 50.000 para los meses de julio y agosto.

- 22 de julio: Presentación para homologar.

- 5 de septiembre: La Secretaría de Trabajo señala defectos formales.

- 29 de septiembre: Recomendación de homologación.

- 7 de noviembre: Homologación mediante la Disposición 2569.

Es notable que la aprobación de los sueldos de julio y agosto llegara recién en noviembre. Por otra parte, al homologarse las escalas salariales que acompañaban el acuerdo -incluida la del mes anterior- se reafirmó la homologación tácita del acuerdo de junio.

El acuerdo del 9 de septiembre (sueldos de septiembre, octubre y noviembre)

Se pactaron incrementos del 1,8%, 1,7% y 1,6%, además de un bono de $ 50.000 y viáticos.

- 11 de septiembre: Presentación para su homologación.

- 3 de noviembre: La Secretaría de Trabajo ordena la ratificación.

- 3 de diciembre: Tras cumplirse las formalidades, se eleva a la Dirección Nacional para su consideración.

A pesar de que los sueldos ya fueron liquidados, el expediente no presenta movimientos desde diciembre.

El acuerdo del 30 de diciembre (sueldos de enero, febrero y marzo)

Otorgó aumentos del 2%, 1,8% y 1,7%, junto a un bono de $ 120.000.

- 30 de diciembre: Presentación y derivación a la Dirección de Gestión Documental.

- 5 de enero: Intervención de Asesoría Legal.

- 16 de enero: Ratificación de FATERyH y CAPHyAI; se ausentan las de AIERH y UADI.

- 16 de marzo: Un informe técnico requiere que las partes acrediten su personería y facultades para negociar, además de precisar las sumas a retener por el artículo 19 bis.

- 30 de marzo: Notificación a las partes.

En abril, con los sueldos del trimestre ya vencidos, el expediente continúa detenido Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


 


 Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal 

Cuarto año consecutivo de puestos de trabajo a la baja

[BPN-15/04/26] Durante 2025, la cantidad de puestos de trabajo en el sector de la propiedad horizontal disminuyó un 1,44% con respecto al año anterior. Esta caída confirmó la tendencia adelantada por las mediciones trimestrales y consolidó el cuarto año consecutivo de descenso en el empleo del sector.

En términos concretos, el año pasado se perdieron 778 puestos de trabajo. Desde 2021 hasta fines de 2025, la reducción total alcanzó los 3.853 empleos, lo que representa una contracción del 6,74% en la fuerza laboral de los encargados de edificios.

PROMEDIO ANUAL PUESTOS DE TRABAJO

Año

Puestos de trabajo

Variación

2014

49.635

 

2015

50.316

1,37 %

2016

52.870

5,07 %

2017

55.538

5,05 %

2018

55.385

-0,28 %

2019

56.003

1,12 %

2020

56.831

1,48 %

2021

57.143

0,55 %

2022

56.279

-1,51 %

2023

54.841

-2,56 %

2024

54.068

-1,41 %

2025

53.290

-1,44 %

Distribución por provincia

Al analizar los datos geográficamente, se advierte que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires concentra el 70,18% de los puestos del país. Le siguen los partidos del Gran Buenos Aires con un 10,39%, sumando entre ambos distritos el 80,57% del total nacional.

En tercer lugar, con un 9,88%, se ubica el resto de la provincia de Buenos Aires, que incluye ciudades de relevancia como La Plata, Mar del Plata, Bahía Blanca, San Nicolás de los Arroyos y Tandil.

PUESTOS DE TRABAJO

Provincia

2025

Capital Federal

37.397

Partidos GBA

5.538

Resto de PBA

5.266

Córdoba

1.476

Santa Fe

789

Tucumán

602

Mendoza

442

Salta

337

Neuquén

204

Corrientes

176

Río Negro

159

Chaco

127

Entre Ríos

117

San Juan

110

Misiones

103

Chubut

102

La Pampa

82

Jujuy

62

Santiago del Estero

61

San Luis

42

Formosa

35

Catamarca

27

La Rioja

23

Tierra del Fuego

8

Santa Cruz

6

Total

53.290

En el extremo opuesto de la tabla se encuentran nueve provincias con menos de 100 puestos de trabajo en el sector. Entre ellas destacan Tierra del Fuego y Santa Cruz, que proporcionaron menos de 10 empleos cada una.

Evolución de las remuneraciones

Durante 2025, la remuneración promedio anual informada por el Ministerio de Trabajo subió de $ 784.915,32 mensuales a $ 1.311.309,48, lo que significó un incremento del 67,1% respecto a 2024.

REMUNERACIÓN PROMEDIO

Provincia

2025

Capital Federal

1.199.589

Partidos GBA

1.247.610

Resto de PBA

1.395.024

Córdoba

1.258.392

Santa Fe

1.407.220

Tucumán

1.300.665

Mendoza

1.170.772

Salta

1.149.845

Neuquén

1.667.301

Corrientes

1.081.277

Río Negro

1.623.710

Chaco

1.372.708

Entre Ríos

1.278.981

San Juan

1.291.726

Misiones

1.298.684

Chubut

1.424.671

La Pampa

1.486.576

Jujuy

1.294.377

Santiago del Estero

1.167.949

San Luis

1.064.281

Formosa

1.532.456

Catamarca

1.132.312

La Rioja

1.088.546

Tierra del Fuego

1.161.430

Santa Cruz

1.686.639

Promedio

1.311.309

El comportamiento salarial a lo largo del año mostró que la remuneración mensual comenzó en enero en $ 1.072.976 y finalizó en diciembre en $ 2.122.097. Esto representó un aumento interanual, medido de diciembre a diciembre, del 50,81%.

La fuente de los datos

Para la confección de este informe se consideró a los trabajadores alcanzados por los Convenios Colectivos de Trabajo 589/10 y 590/10. Cabe aclarar que el relevamiento no contempla al personal de las empresas de limpieza.

Los datos provienen del Observatorio de Empleo y Dinámica Empresarial (OEDE), dependiente de la Dirección General de Estudios y Estadísticas Laborales (DGEyEL) del Ministerio de Trabajo de la Nación Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


MM Insumos y maquinarias para limpieza y mantenimiento de piscinas.


Registro Público de Administradores porteño

Ya se pueden presentar las DDJJ de 2025

Edificio Cruz de Malta, sede de Defensa y Protección del Consumidor porteño y el Registro Público de Administradores.

Edificio Cruz de Malta, sede de Defensa y Protección del Consumidor porteño y el Registro Público de Administradores.


[BPN-15/04/26] El pasado 7 de abril, Carlos Traboulsi, director general de Defensa y Protección al Consumidor porteño, dispuso que los administradores de consorcios que hayan ejercido la actividad durante 2025 tendrán tiempo hasta el 30 de noviembre inclusive para realizar las Declaraciones Juradas (DDJJ) anuales de los edificios que administran (artículo 3º).

Al respecto, la normativa advierte:

Finalizado el plazo estipulado [...] los administradores que no hayan dado inicio a la presentación allí establecida serán considerados infractores del artículo 12º de la Ley N° 941 y 12º del Decreto Reglamentario N° 551/2010, conforme artículo 15º, inciso f) de la Ley N° 941 (artículo 4º).

Es importante recordar que cada administrador debe continuar renovando anualmente su matrícula personal según la fecha indicada en el último certificado expedido por el Registro Público de Administradores (RPA) porteño.

Asimismo, se destacó la obligación de transparencia en los edificios:

Los administradores de consorcios de propiedad horizontal deberán exhibir en el hall de entrada del edificio que administran, y a la vista de los propietarios, el certificado otorgado por el Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal conforme artículo 3° de la presente y poner a disposición de los consorcistas el certificado expedido por el [RPA] en los términos del artículo 2° de la presente (artículo 6º).

Esta medida fue ordenada mediante la Disposición 2615, publicada en el Boletín Oficial el 10 de abril. La norma incorporó tres anexos: el instructivo para los trámites ante el RPA, el modelo oficial de constancia de actualización del administrador y el modelo oficial de certificado para cada consorcio administrado el año anterior.

Declaraciones juradas del administrador

Según la disposición, al administrador que deba renovar su matrícula se le exigirá:

- Completar el formulario con datos de la administración (persona física o jurídica).

- Completar el formulario de los consorcios que administra.

- Certificado del Registro de Juicios Universales, expedido durante los seis meses anteriores al trámite.

- Certificado del Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal, con una vigencia no mayor a seis meses. El documento debe cargarse digitalmente al sistema.

- Certificado de actualización del curso de capacitación en administración de consorcios. La fecha debe corresponder al año del trámite o haber sido expedido en los últimos seis meses.

- Constancia de CUIT actualizada.

- Certificado del curso de Basura Cero. Quienes hayan renovado su matrícula en tiempo y forma entre 2019 y 2022 y lo hayan presentado oportunamente, no necesitan repetir el curso.

- Certificado de libre deuda del Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

Declaraciones juradas de los consorcios administrados

Para completar el trámite anual de los edificios, los mandatarios deberán presentar por cada uno de ellos:

- Todas las declaraciones juradas del formulario 931 de la AFIP y sus correspondientes pagos (escaneados en un solo archivo por todos los empleados).

- Comprobante de pago del curso de SERACARH de cada encargado.

- Acta de asamblea donde conste su designación o renovación, la rendición de cuentas y el punto específico donde esta fue aprobada.

- Seguro de Responsabilidad Profesional del período declarado o el acta de asamblea donde se aprobó que el patrimonio del administrador sirva como garantía de su gestión.

- Constancia de CUIT o Código de Identificación Tributaria (CDI) del consorcio.

Actualmente, el RPA está coordinado por Diego Sarrabayrouse y depende de Defensa y Protección del Consumidor, cuya dirección general está a cargo de Carlos Traboulsi. La estructura jerárquica se completa con la Subsecretaría de Servicios al Ciudadano (Facundo Bargalló Benegas) y la Secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano (César Ángel Torres) Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice



Consorcios de propietarios

Se oficializó la bonificación del 40% del Impuesto Inmobiliario

[BPN-15/04/26] El pasado 10 de abril, el jefe de Gobierno porteño aprobó el texto ordenado del Código Fiscal, el cual establece una bonificación del 40% del Impuesto Inmobiliario de los espacios comunes para los consorcios de propietarios (destinados a vivienda u oficina) que cuenten con, al menos, un empleado en relación de dependencia.

El Decreto 147/26 y sus anexos fueron publicados en el Boletín Oficial el 13 de abril. La norma, que había sido aprobada el 27 de noviembre por la Legislatura porteña, parece orientada a evitar la tercerización de las tareas de limpieza. No obstante, una futura reglamentación fijará las condiciones y los requisitos definitivos para acceder al beneficio.

Esta iniciativa fue impulsada por el Ejecutivo local (Ley 6.929), e incorporó el artículo 415 bis al Código Fiscal, que en esta nueva versión pasó a ser el 412. Bajo el título "Bonificación consorcio de propiedad horizontal", el artículo dispone:

Bonificar el cuarenta por ciento (40%) del Impuesto Inmobiliario respecto de los espacios comunes de uso común en consorcios de propiedad horizontal destinados a vivienda u oficina que registren, como mínimo, un empleado en relación de dependencia, conforme las condiciones y requisitos que fije la reglamentación.

Al momento de redactar esta nota, el artículo aún no ha sido reglamentado, por lo que se desconocen las exigencias técnicas que se aplicarán para validar el beneficio.

Entre el alivio fiscal y los cabos sueltos

Aunque el texto original es breve, su contenido permite proyectar un análisis preliminar sobre el impacto de la medida. Por ahora, determinar el ahorro exacto en pesos para los consorcios porteños es complejo. Dado que el Impuesto Inmobiliario suele estar integrado en la liquidación de ABL, es probable que el alivio fiscal alcance únicamente a los edificios que reciben la facturación de sus partes comunes por separado.

La "letra chica" de la iniciativa —que exige mantener personal en relación de dependencia— sugiere una posible gestión del SUTERH para frenar la creciente tercerización del sector. Si bien la medida apunta en la dirección correcta, su éxito real dependerá del impacto final del descuento en las expensas.

La reglamentación tendrá la tarea de despejar las dudas que hoy circulan en la comunidad consorcial:

El factor permanencia: ¿Qué sucede si un consorcio paga el ABL anual con un encargado en nómina y luego contrata una empresa externa?

La carga burocrática: Para quienes opten por el pago mensual, ¿será necesario acreditar periódicamente ante la AGIP la continuidad del empleado?

Gestión y honorarios: ¿Se convertirá este trámite en una nueva carga administrativa que recaiga sobre los administradores y sus honorarios?

Por ahora, las expectativas están puestas en la reglamentación, cuya redacción final tendrá la última palabra Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Consorcios 360, el programa periodístico más completo y popular sobre propiedad horizontal.


Ciudad Autónoma de Buenos Aires

El Gobierno porteño creó la figura del facilitador para asambleas

[BPN-15/04/26] El pasado 3 de julio, la Dirección General de Mediación y Convivencia Vecinal reglamentó un nuevo servicio privado para los consorcios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: los "Facilitadores para Asambleas de Copropietarios". La función de estos profesionales es brindar apoyo técnico a los vecinos para el desarrollo de las reuniones y gestionar los conflictos que puedan surgir durante el debate.

Los facilitadores podrán ser contratados por administradores o copropietarios para colaborar en la conducción de las asambleas, con el fin de promover el diálogo constructivo y la búsqueda de acuerdos. En caso de que un consorcio decida contratar este servicio, la Dirección General designará al profesional mediante un sorteo, procedimiento que busca garantizar la transparencia y neutralidad en su actuación.

Desde el Gobierno porteño aclararon que estos facilitadores no actúan como jueces ni inspectores. Se trata de profesionales capacitados para guiar la reunión, asegurar que todas las voces sean escuchadas y asistir a las partes para que alcancen consensos en un clima de respeto, transformando la asamblea en un espacio constructivo en lugar de un foco de conflicto.

Requisitos para la inscripción

La disposición establece que la Dirección General de Mediación y Convivencia Vecinal creará un registro público de facilitadores habilitados. Los aspirantes a integrar dicho registro deberán cumplir con los siguientes requisitos:

- Tener al menos 18 años de edad.

- Contar con título secundario completo.

- Residir y tener domicilio constituido en la CABA.

- Poseer capacitación formal en resolución de conflictos, comunicación, derecho o administración de consorcios.

- Acreditar experiencia comprobable en facilitación de grupos o mediación comunitaria.

- Aprobar el curso de capacitación oficial implementado por la Dirección General.

- No poseer antecedentes penales ni sanciones administrativas relacionadas con la propiedad horizontal.

- No figurar en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

- Estar inscripto en la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) y en la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

Honorarios mínimos

Al tratarse de un servicio privado supervisado por el Estado local, la resolución establece los aranceles mínimos que deben percibir estos profesionales, los cuales estarán a cargo del consorcio y deberán abonarse dentro de los 10 días hábiles posteriores a la asamblea.

Para consorcios de hasta 20 unidades funcionales, el honorario mínimo se fijó en 97 unidades tarifarias ($858,32 cada una), lo que arroja un total de$ 83.257. A partir de allí, el esquema de incrementos se aplica según la cantidad de unidades:

Unidades

 

Mínimo

Máximo

Incremento

Pesos

1

20

0 %

83.257

21

30

10 %

91.583

31

40

10 %

91.583

41

50

10 %

91.583

51

60

15 %

95.746

61

70

15 %

95.746

71

80

15 %

95.746

81

90

15 %

95.746

91

100

15 %

95.746

101

110

15 %

95.746

111

120

20 %

99.908

De 21 a 50 unidades: Se suma un 10% al monto mínimo por cada 10 unidades adicionales ($ 91.583).

De 51 a 100 unidades: Se adiciona un 15% al monto mínimo por cada 10 unidades adicionales ($ 95.746).

Más de 100 unidades: Se adiciona un 20% por cada 10 unidades adicionales ($ 99.908 para el primer tramo).

Asimismo, se aplicará un recargo del 20% sobre el total de los honorarios por cada hora adicional si la asamblea se extiende más de tres horas. El cómputo del tiempo comenzará a partir de la hora fijada para la primera convocatoria Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice



Administración Gubernamental de Ingresos Públicos

Se formalizó la prórroga del uso obligatorio de la miBA

[BPN-15/04/26] El pasado 13 de marzo, la AGIP formalizó, mediante la Resolución 105, la extensión hasta el próximo 30 de abril del plazo para adoptar de forma obligatoria la clave miBA (nivel 3) como método de acceso a sus servicios.

Antecedentes

Originalmente, el Gobierno porteño había dispuesto que, a partir del 31 de diciembre de 2025, todos los trámites ante la AGIP debían gestionarse exclusivamente mediante esta plataforma digital. Desde dicha fecha, los contribuyentes están obligados a validar su identidad a través de este perfil único para acceder a los servicios y documentos emitidos por la Ciudad.

Si bien la desactivación de la Clave Ciudad estaba prevista inicialmente para el 27 de octubre de 2025, la Resolución 442/AGIP -firmada por el administrador Germán Krivocapich el 3 de octubre de ese año- permitió el uso indistinto de ambas claves hasta finales de diciembre. El objetivo de esta transición es eliminar la duplicidad de accesos y simplificar las gestiones ante el Gobierno de la Ciudad.

A fines de enero, la AGIP había informado una prórroga inicial hasta el fin del mes corriente. Sin embargo, no se había dictado una norma específica al respecto, sino que la decisión se comunicó únicamente en su sitio web con el mensaje: "Hasta el 30/04/2026 podés ingresar con Clave Ciudad" Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Bolsa de trabajo: Avisos Clasificados - Ofrecidos

EMPLEDADA ADMINISTRATIVA: Amplia experiencia en el rubro y mi busqueda es para tareas administrativas con referencias comprobables y disponibilidad (part time). Soy jubilada de CABA - Nombre: Susana Ramos - Llamar al teléfono: (11) 6059-9887 - Correo electrónico: olga22su@yahoo.com  [20/01/26]

EMPLEADO ADMINISTRATIVO: Tengo experiencia en el rubro, disponibilidad inmediata, preferentemente modalidad part time aunque escucho oferta full time - Nombre: Pablo Isasmendi -  WhatsApp: (11) 5823-5200 desde las 12 hs. - Localidad: Flores / CABA - Correo electrónico: pabl5151@gmail.com [04/11/25]

ENCARGADO PERMANENTE CON VIVIENDA, SUPLENTE DE FIN DE SEMANA: Busco trabajo en Capital Federal - Nombre: Ramiro Ezequiel Lera - Llamar al teléfono: (11) 5750-4076 - Localidad: Palermo / CABA - Correo electrónico: cleopatramses0@gmail.com [28/10/25]

ENCARGADO DE EDIFICIO TITULAR Y/O SUPLENTE, AYUDANTE: Cuento con recomendación de varios administradores y algunos miembros de la Cámara de Administradores - 25 años de experiencia en el oficio - CV a disposición con referencias comprobables en CABA Y GBA - Nombre: Carlos Facundo Rios González - Llamar al teléfono: (11) 6597-4834 durante todo el día - Localidad: Capital Federal - Correo electrónico: cfacundo06@hotmail.com [08/10/25]

ENCARGADA DE EDIFICIOS: Cualquier modalidad, con o sin vivienda, media jornada o completa, suplente o jornalizada. 4 años de experiencia y referencias comprobables de administradores, propietarios y empresas de limpieza. - Nombre: Tamara Ricatti - Llamar al teléfono: (11) 2467-5574 todo el dia - Localidad: Parque Patricios / CABA - Correo electrónico: tamararicatti2015@hotmail.com [23/08/25]

ADMINISTRATIVA: Busco empleo en el área administrativa, recepcionista o analista de cuentas por cobrar. Tengo disponibilidad inmediata. Desde ya muchas gracias. - Nombre: Natalia Sancandi - Llamar al teléfono: (11) 5911-5299 - Después de las 15 - Localidad: Ituzaingo / Buenos Aires - Correo electrónico: sancandinatalia@gmail.com [08/09/25]

EMPLEADA PARA ADMINISTRACION DE CONSORCIO: Poseo más de 25 años de experiencia en el área administrativa de distintas empresas realizando tareas con sistemas propios de cada compañía. En los últimos 13 años he trabajado en administraciones de consorcios. Soy una persona responsable, organizada y en busca de tareas administrativas para realizar desde mi domicilio - Nombre: Miriam El Hasi - Llamar al teléfono: (11) 2835-6246 de 9 a 19 hs - Localidad: CABA / Bs.As. - Correo electrónico: mirilatur@hotmail.com [21/08/25]

ENCARGADO DE EDIFICIO O AYUDANTE: Me postulo para dicho puesto en la zona de Capital Federal. Soy responsable, trabajador y cumplidor, aparte cuento con referencias comprobables y experiencia - Nombre: Héctor Fernando Arriola Torres - Llamar al teléfono: (11) 2637-7686 de 7 A 21 hs. - Localidad: Capital Federal / CABA - Correo electrónico: ferchumetal@gmail.com [02/09/25]

EMPLEADO PARA ADMINISTRACION DE CONSORCIOS: Poseo casi 20 años de experiencia en el sector administrativo, especializado en administraciones de consorcios en CABA donde he desarrollado una amplia experiencia en el sector habiéndome incluso matriculado oportunamente como administrador de consorcios - Nombre: Javier Darío Vallata - Llamar al teléfono: (11) 6872-2983 todo el día - Localidad: Ciudadela / Buenos Aires - Correo electrónico: jvallata@gmail.com [11/08/25]

ENCARGADO DE PORTERÍA PERMANENTE: Buenos días! Me postulo para dicho puesto por la zona de Capital Federal, cuento con referencias comprobables, soy una persona trabajadora, puntual y responsable, cualquier otra duda estoy a disposición para responder - Nombre: HÉCTOR FERNANDO ARRIOLA TORRES - Llamar al teléfono: (11) 3006-5195 de 7 a 21 hs. - Localidad: Capital Federal / CABA - Correo electrónico: romi_sakura@hotmail.com

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Medios

Ya se está filmando la cuarta temporada de El Encargado

[BPN-15/04/26] El pasado 13 de marzo se confirmó el inicio del rodaje de la cuarta temporada de El encargado, la serie que aborda con sátira y humor la vida en los edificios porteños. Este año, Guillermo Francella volverá a personificar a Eliseo a lo largo de los siete capítulos que compondrán la entrega.

Durante esta nueva etapa, su planta carnívora desempeñará un papel fundamental. Cabe recordar que este ejemplar es el único ser vivo al que el protagonista cuida con devoción genuina y casi ritual. Alimentarla representa uno de los pocos momentos en los que se observa a un Eliseo atento y cariñoso, evidenciando una empatía mayor hacia ella que hacia los vecinos del edificio.

Los avances y el tráiler han mostrado a la planta marchita, lo que podría simbolizar que el imperio construido por Eliseo -especialmente tras los eventos de la convención de encargados en la tercera temporada- se encuentra bajo una amenaza real. El deterioro del ejemplar sugeriría que el protagonista está perdiendo su "toque" o que un competidor más fuerte ha irrumpido en su ecosistema.

No obstante, la información disponible indica que Eliseo se encuentra en una posición de poder tras su victoria frente al sindicato. Pese a ello, la paz en el consorcio sería breve: se gestaría una nueva conspiración interna liderada por su eterno rival, Zambrano (interpretado por el "Puma" Goity), quien intentará desestabilizarlo y exponer sus métodos.

A la dupla Francella-Goity se sumarán actores de trayectoria para elevar el nivel de la producción. En los nuevos episodios participarán figuras como Arturo Puig y Luis Brandoni, además de las actuaciones especiales de Darío Barassi y Mirta Busnelli. Se trata de un elenco diseñado para profundizar en las tensiones de poder entre los copropietarios y el personal.

Aunque Disney+ aún no ha confirmado una fecha exacta de estreno, los rumores del sector señalan que los capítulos podrían lanzarse durante el mes de mayo. Por el momento, las tres temporadas anteriores permanecen disponibles en la plataforma para repasar las tácticas de Eliseo antes del estreno. Esta ficción, además de ser un éxito de audiencia, permite a Pequeñas Noticias analizar los mitos y las realidades de la vida en propiedad horizontal Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice



Ciudad de Rosario

Buscan poner un medidor de agua en cada unidad funcional

[BPN-15/04/26] El pasado 5 de marzo, la concejala María Fernanda Gigliani (Iniciativa Popular) presentó un proyecto de ordenanza para que las unidades funcionales de los nuevos edificios en Rosario cuenten con medidores de agua particulares. La iniciativa propone, además, la instalación de un medidor general ("macro medidor") en aquellos edificios ya construidos dentro del Distrito Centro de la ciudad.

Para implementar la medida, el proyecto busca modificar el inciso 4.10.1.1 del Reglamento de Edificación local. La normativa establecería que toda nueva construcción bajo el régimen de propiedad horizontal deberá disponer de las instalaciones técnicas para colocar medidores en cada unidad, ya sean residenciales u oficinas. En áreas sin servicio de Aguas Santafesinas S.A., las instalaciones deberán preverse para futuras conexiones sin afectar la estructura interna.

La iniciativa ingreso al Concejo Deliberante de la Ciudad de Rosario bajo el número 278538-P-2026 y consta de 2 artículos de los cuales uno es de forma.

Fundamentos del proyecto

La legisladora argumentó que es imperativo concientizar sobre el consumo responsable, dado que el agua dulce representa solo el 2,5% del total mundial. El objetivo es reemplazar progresivamente el sistema de "consumo asignado" -basado en la superficie de la propiedad- por uno donde cada usuario abone efectivamente lo que utiliza.

Gigliani señaló que, en las zonas de Rosario donde ya existen medidores, el consumo es entre un 30% y un 50% menor que el promedio local. Esto garantizaría que la producción alcance para abastecer a toda la población con niveles de presión aceptables.

Finalmente, la concejala advirtió que la falta de inversión en redes de distribución desde la década de 1990 provoca que entre un 40% y un 50% del agua potabilizada se pierda antes de llegar al consumidor. El uso de macro medidores permitiría obtener estadísticas de producción y distribución para optimizar la operatividad del sistema ante la creciente demanda poblacional Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice



Proyecto de ley porteño

Nueve legisladores buscan eliminar el IVC

[BPN-15/04/26] El pasado 16 de marzo, nueve legisladores de La Libertad Avanza presentaron un proyecto de ley en la Legislatura porteña para disolver el Instituto de la Vivienda de la Ciudad (IVC), organismo creado en 2003 mediante la Ley 1251. La iniciativa propone transferir sus recursos a la Jefatura de Gabinete de Ministros con el fin de financiar políticas de acceso a la vivienda de manera directa.

En su cláusula transitoria, el proyecto establece que el Poder Ejecutivo deberá informar semestralmente a la Legislatura el destino de las partidas presupuestarias originalmente asignadas al IVC, hasta que se agote la totalidad de los fondos previstos para dicho organismo. No obstante, el texto no especifica de qué forma el Gobierno local atenderá las necesidades habitacionales de la ciudadanía una vez cumplido este proceso administrativo.

La propuesta busca reducir la estructura del Estado porteño mediante la eliminación de organismos que considera burocráticos. Según los fundamentos, se busca transicionar hacia un modelo orientado a resolver problemas vecinales, eliminando costos operativos que no se traducen en soluciones concretas.

La iniciativa, ingresada bajo el número 775-D-2026, consta de tres artículos y será girada a las comisiones de "Vivienda" y de "Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria". Sus autores son Nicolás Pakgojz, Marcelo Gregorio Ernst, Juan Ignacio Fernández, Rebeca Fleitas, Silvia Imas, Marina Kienast, María del Pilar Ramírez, Sandra Mónica Rey y Diego Vartabedian.

Fundamentos del proyecto

Los legisladores cuestionaron la existencia de un Directorio con rango de secretario y directores ejecutivos con mandatos de cuatro años, calificando la estructura como un esquema político permanente de elevado costo. Señalaron que el organismo posee aproximadamente 1.000 empleados según su sitio web, mientras que el Presupuesto 2026 registra 493 cargos escalafonarios, además de autoridades superiores y contratos.

En términos financieros, destacaron que de los 110.280 millones de pesos asignados para 2026, casi un tercio —33.630 millones de pesos— se destina al funcionamiento general y la estructura administrativa (Programa 9). Asimismo, subrayaron que el gasto previsto para el "Gabinete de autoridades superiores", de 935 millones de pesos, supera en 2,5 veces el presupuesto del programa "Planes de Alquileres BA", que cuenta con solo 371 millones de pesos.

Al evaluar la gestión del IVC, los autores sostuvieron que el déficit habitacional ha aumentado: los asentamientos pasaron de 23 en 2001 a 45 en 2022. También mencionaron que los "préstamos a largo plazo" otorgados representan menos del 1% del presupuesto total del instituto, sumando apenas 1.045 millones de pesos. Por último, argumentaron que, si bien la Constitución de la Ciudad reconoce el derecho a la vivienda, esto no obliga a la existencia de un organismo autárquico específico para garantizarlo Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Laborales

La Ley de Modernización Laboral y las empresas de limpieza

[BPN-15/04/26] El pasado 7 de abril la Dra. Mercedes Albisu, especialista en temas laborales, señaló que la reforma impulsada por la Ley de Modernización Laboral busca limitar la responsabilidad solidaria de los consorcios al contratar servicios de limpieza. Sin embargo, aclaró que la reciente suspensión judicial de artículos clave y los fallos de inconstitucionalidad generan un escenario de incertidumbre. Analizamos los riesgos de un nuevo paradigma legal que aún espera definiciones en los tribunales.

Pequeñas Noticias: ¿En qué cambió la contratación de empresas de limpieza y maestranza con la nueva ley de Modernización Laboral?

Mercedes Albisu: La contratación de estos servicios era posible antes y después de la promulgación de la Ley 27.802 (publicada el 06/03/26). No obstante, toda decisión de este tipo conlleva riesgos. La cuestión central radica en la extensión de la responsabilidad que asumen los consorcios al subcontratar, especialmente bajo las nuevas normativas de la Ley de Modernización Laboral.

Resultan complejos los supuestos de interposición de personal (artículo 29) y de subcontratación o delegación (artículo 30) de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT). Sintéticamente, las nuevas redacciones buscan reducir la responsabilidad del contratante.

En el caso del artículo 29, el camino hacia la limitación comenzó con la Ley de Bases n° 27.742 (08/07/24), que buscó neutralizar el plenario n° 323 de la CNAT ("Vázquez c/ Telefónica"). Allí se limitó la responsabilidad solidaria por obligaciones laborales y de seguridad social exclusivamente al tiempo de prestación efectiva para la empresa usuaria. La Ley 27.802 ratifica este cambio y agrega que la empresa usuaria puede repetir contra la obligada principal.

Respecto al artículo 30, que es el que generalmente aplica a las empresas de maestranza, la nueva ley cambia el paradigma de la responsabilidad. Antes del 6 de marzo de 2026, existía una responsabilidad "cuasi objetiva" y amplia que alcanzaba incluso a actividades accesorias. El contratante debía exigir documentación rigurosa: CUIL, constancias de pago de sueldos y aportes, y cobertura de ART de cada empleado.

El "nuevo" artículo 30 de la Ley 27.802 exige a los contratantes únicamente un deber de control sobre los trabajadores que prestan servicios en su establecimiento, excluyendo las actividades accesorias. Además, introduce una limitación clave: los contratantes principales no serán responsables en casos de falsedad de la información brindada por el contratista.

PN: ¿Qué solucionó esta nueva ley?

MA: En el ámbito judicial no hay respuestas categóricas. Desde el 30 de marzo de 2026, debido a un planteo de la CGT, se encuentran suspendidos más de 80 artículos de la Ley 27.802, incluyendo las modificaciones a los artículos 29 y 30 de la LCT.

Dada la proliferación de fallos que declaran la inconstitucionalidad de diversos puntos de la reforma, hoy no podemos asesorar a las partes con total seguridad. Por el momento, es prudente "desensillar hasta que aclare", ya que el panorama legal tras la reforma aún no es definitivo.

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Índice de escalas salariales de encargados de edificios

A las homologaciones faltantes se suma un nuevo acuerdo

[BPN-15/04/26] Si no se homologa el acuerdo salarial para abril anunciado por Víctor Santa María, titular del SUTERH, durante la segunda quincena de este mes, el promedio de las escalas salariales de los encargados de edificios perderá -2,6 puntos porcentuales (pp) contra la inflación mensual, -29 pp contra el acumulado anual y -28,56 pp en la medición interanual.

Para comparar las escalas salariales del sector, se promediaron las funciones de encargado permanente con y sin vivienda en sus cuatro categorías de cada mes. En los casos que correspondió, se sumaron los bonos acordados en paritarias o por el Poder Ejecutivo nacional, incluyendo los bonos del 20% que ahora se pagan en junio y diciembre.

Acuerdos salariales pendientes de homologación

De meses anteriores quedan dos homologaciones faltantes. Para los cálculos de este mes no se tomaron en cuenta los siguientes acuerdos:

1.- Acuerdo del 9 de septiembre: Otorgó un aumento del 1,8% para septiembre, 1,7% para octubre, y 1,6% para noviembre, más un bono de 50 mil pesos para esos meses, viáticos para las funciones sin vivienda (con excepciones) y la integración del bono de 50 mil pesos a las escalas salariales.

2.- Acuerdo anunciado el 30 de diciembre: Otorgó un aumento del 2% para enero, 1,8% para febrero, y 1,7% para marzo, más un bono de 120 mil pesos para cada uno de esos meses. El expediente no avanzó porque adolece de faltas formales.

El incremento mensual

En abril el promedio de las escalas salariales no presentará cambios. Este mes el promedio de las escalas será de 900.237 pesos mensuales.

El acumulado anual

En abril, el promedio de las escalas salariales se mantendrá en un -16,67% menor con respecto a diciembre del año pasado.

Esto se debe a que, como todos los años, en enero no se cobró el bono del 20% que se pagó en diciembre, lo que provocó una baja brusca en los promedios de las escalas salariales durante el primer mes del año. Durante el último mes del año pasado, el promedio era de 1.080.284 pesos mensuales.

La medición interanual

El incremento interanual de las escalas salariales desde abril del año pasado hasta el mismo mes de este año volverá a ser del 3,82%. El promedio de las escalas salariales de abril de 2025 fue de 867.118 pesos.

Inflación (INDEC y BCRA)

Según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC, la inflación de marzo fue del 3,4% y para el Relevamiento de Expectativas del Mercado (REM) del Banco Central de la República Argentina (BCRA), la inflación de abril será del 2,6%.

Con base en estos números, la inflación interanual de abril será del 31,87%.

Jubilados

Haber mínimo

El haber mínimo de un jubilado que paga expensas en febrero será de 450.319,31 pesos brutos, a los que se les debe descontar la "Obra social s/haberes PAMI".

Este monto se debe a tres razones:

1.- Se estableció en marzo del año pasado que el haber mínimo a partir de julio se actualizaría todos los meses según la inflación del IPC del INDEC (Decreto 274 del 22/03/24). Como la inflación de febrero fue del 2,9%, las jubilaciones de marzo aumentarán un 2,9% (Resolución 74 del 27 de marzo).

2.- Se volvió a otorgar un "Bono Extraordinario Previsional" de hasta 70 mil pesos mediante el Decreto 213 del 29 de marzo.

En dólares y contra la inflación

En dólares, este haber mínimo representa 330,2 dólares al precio oficial o 321,66 dólares según el mercado blue.

En abril del año pasado, ese haber fue de 355.820,64 pesos.

Este mes, el incremento del haber mínimo de la clase pasiva fue negativa contra la inflación del mes pasado (-0,16 pp), contra el acumulado anual (-2,3 pp) y la medición interanual (-5,31 pp).

Si el haber mínimo de enero de 2016 (4.299,06 pesos o 312,98 dólares) hubiera aumentado al ritmo de la inflación, este mes debería haber sido de 651.239,52 pesos mensuales (u$s 469,58 promedio a valor oficial).

La pérdida total de un jubilado desde enero de 2016 hasta abril de 2026 (siguiendo el ritmo de la inflación y restando lo realmente percibido, incluidos los bonos y la incidencia de los medios aguinaldos) es de -4.034.252,20 pesos (u$s -2.908,92) Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Rincón Solidario

Nos acabamos de enterar de que hay un conflicto judicial por la Dra. Silvia Marcela Bercovsky

Dra. Silvia Marcela Bercovsky

¡Hola! Soy Mario de Parque Patricios.
Hace poco compramos un departamento en Capital y nos acabamos de enterar de que hay un conflicto judicial en el edificio: un propietario reclama un arreglo en su baño que la administración se niega a hacer.
Mi gran miedo es que estas acciones legales contra la administración terminen involucrando al Consejo y que las expensas se nos vayan por las nubes.
¿Podrían explicarme cómo funcionan estos procesos, cuánto suelen tardar y quién es el responsable final de pagar?
Gracias
Mario [CABA]
(20/03/2026)

Estimado Mario:

En primer lugar, debemos diferenciar un conflicto judicial en el consorcio de una denuncia efectuada por un propietario contra el administrador.

Si un propietario reclama por daños en su unidad funcional, quien se los debe es la persona jurídica consorcio (que es a quien el propietario le hace el juicio). El administrador, como mandatario, eventualmente podrá tener responsabilidad solidaria por el artículo 160 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC), dependiendo del caso. El consejo de propietarios no está involucrado en estos temas porque no coadministra, sino que es quien ejerce el control económico y financiero (establecido en el artículo 2064 de dicho Código).

Si los daños de una unidad funcional están originados en partes o cosas comunes, el consorcio debe pagar las reparaciones. En cuanto a los juicios, las costas las paga el vencido (quien pierde el proceso) y estos, lamentablemente, duran años.

La denuncia en el GCBA que puede hacer un propietario contra el administrador por incumplimientos a la Ley 941 no es un juicio, sino una denuncia en sede administrativa. En este caso, el consorcio no es parte, ni tampoco lo es el consejo de propietarios. Ante una sanción del GCBA, el administrador debe abonarla con su patrimonio personal, debido a que son penalidades por incumplimientos a la ley que regula su actividad en la CABA.

Lo saluda atentamente.

Silvia Marcela Bercovsky Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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La Dra. Silvia Marcela Bercovsky (UBA) es abogada especializada en propiedad horizontal y es parte del equipo del programa de radio Consorcios 360. Por cualquier consulta se le puede enviar un correo a estusmb@gmail.com o llamarla al teléfono (11) 5049-8440 en el horario de 9 a 20 hs.


¿Qué significan las siglas?

ACCABA: Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ACAPPH: Asociación Civil Administradores Profesionales Propiedad Horizontal.

ACoPH: Asoc. Civil de Consorcistas de la Propiedad Horizontal (Mar del Plata).

ACRA: Arbitros de Consumo de la República Argentina.

ADEPROH: Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la Propiedad Horizontal RA.

AFIP: Administración Federal de Ingresos Públicos.

AGIP: Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.

AIERH: Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal.

AIPH: Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal AIPH.

APARA: Asociación de Profesionales Administradores de la República Argentina.

APH: Asociación Civil de Propietarios de inmuebles de Renta y Horizontal.

APCCRA: Asociación de Propietarios, Consorcios y Consorcistas de la RA.

API: Asocición Propietarios de Inmuebles.

APIPH: Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal.

APBR: Asociación de Propietarios de Bienes Raíces.

APROPHMAR: Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata.

CAAC: Confederación Argentina de Administradores de Consorcios.

CABA: Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

CACCyC: Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas.

CaFACA: Cámara Federal de Administradores de Consorcios de Argentina.

CAPHBByZ: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de Bahía Blanca y Zona.

CAPHPBA: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires.

CAPHyAI: Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.

CAPRA: Cámara de Propietarios de la República Argentina.

CASIPH: Cámara Argentina de Sistemas Informáticos de Propiedad Horizontal.

CCT: Convenio Colectivo de Trabajo.

CDI: Clave de Identificación.

CECAF: Cámara Empresaria de Conservadores de Ascensores y Afines.

CEDDDA: Camara Empresarial de Desinsectacion, Desrodentizacion y Desinfeccion Ambiental.

CGPC: Centro de Gestión y Participación Comunal de la Ciudad Autónoma de Bs. As.

CIA: Cámara Inmobiliaria Argentina.

COAPLA: Empresas de Control de Plagas de la Republica Argentina.

CEPRARA: Cámara de Empresarios Pintores y Restauraciones Afines de la República Argentina

CUCICBA: Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA.

CUIL: Clave Única de Identificación Laboral.

CUIT: Clave Única de Identificación Tributaria.

FAC: Federación Argentina de Consorcios.

FACARA: Federación de Asociaciones y Cámaras de Ascensores de la República Argentina.
FAPHRA: Federación Nacional de Cámaras y Asociaciones de Administradores de Propiedad Horizontal de la República Argentina

FATERyH: Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal.

FECIBA: Federación Económica de la Ciudad de Buenos Aires.

FEDECO: Federación de Asociaciones de Consorcios.

FRA: Fundación Reunión de Administradores.

ICI: Instituto de Capacitación Inmobiliaria.

INADI: Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo.

IxE: Indignados por expensas.

LCPH: Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal.

RCD: Red de Consorcistas Damnificados.

ReDeCo: Reafirmación de los Derechos del Consorcista.

SEARA: Sindicato Empleados de Administradoras de la República Argentina.

SERACARH: Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal.

SiPreBA: Sindicato de Prensa de Buenos Aires.

SUTERH: Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal.

UADI: Unión Administradores de Inmuebles.

UCRA: Unión de Consorcistas de la República Argentina.

UITEC: Unión Iberoamericana de Trabajadores de Edificios y Condominios.

ULAI: Unión Latinoamericana de Administradores e Inmobiliarias.

UMIPH: Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal.

UPA - Unión Porteña de Administradores.


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1º Edición Nº DCCCXXII

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