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 Paritarias
encargados de edificios 2026
Habría
un nuevo acuerdo salarial para abril
Lo
anunció Víctor Santa María por YouTube
Se integrarían a las escalas salariales 20 mil de los 120 mil del bono
de marzo y se incrementaría el resultado en un 2%
De sus dichos no quedó claro si el bono de 120 mil pesos que se cobró
desde enero a marzo se abonará también en abril
Ninguna de las entidades que representan a los consorcios en su calidad
de empleadores comunicó la novedad.
[BPN-15/04/26]
El pasado 7 de abril, Víctor Santa María, titular del
Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal
(SUTERH), anunció que en abril se incorporarán 20 mil pesos a
las escalas salariales y se aplicará un aumento adicional del 2% sobre
el resultado final. Sin embargo, en sus declaraciones no quedó claro si
el bono de 120 mil pesos, que se percibió entre enero y marzo,
continuará vigente este mes.
Esta
incertidumbre genera...
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Federación
Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal
Estado
de los últimos cuatro acuerdos salariales
De
los cuatro acuerdos alcanzados durante los últimos 10 meses por la
Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal
solo uno ha sido homologado hasta la fecha
El resto permanece sin aprobación oficial por parte de la Secretaría de
Trabajo adolece de fallas formales y demoras burocráticas injustificadas.
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Trabajadores
de Edificios de Renta y Horizontal
Cuarto
año consecutivo de puestos de trabajo a la baja
En
2025 nuevamente disminuyeron los puestos de trabajo de los encargados de
edificios con respecto al año anterior
Se confirmó así la tendencia adelantada por las mediciones trimestrales
Por primera vez el mapa laboral completo de la propiedad horizontal en
todo el país.
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Registro
Público de Administradores porteño
Ya
se pueden presentar las DDJJ de 2025
Los
mandatarios de los consorcios dispondrán hasta noviembre para realizar
las declaraciones juradas de los edificios que administraron el año
pasado
La matrícula personal se deberá renovar anualmente según la fecha
indicada en el último certificado.
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Ciudad
Autónoma de Buenos Aires
El
Gobierno porteño creó la figura del facilitador para asambleas
Se
trata de profesionales capacitados para guiar la reunión, asegurar que
todas las voces sean escuchadas y asistir a las partes para que alcancen
consensos
Serán designados por sorteo y se establecieron honorarios mínimos para
el servicio.
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Medios
Ya
se está filmando la cuarta temporada de El Encargado
La
serie que puso su foco satírico y humorístico sobre diversos aspectos de
la vida consorcial ya está en marcha
Durante la nueva etapa, su planta carnívora tomaría un rol metafórico
crucial: si a su único afecto le sucede algo, ¿cómo reaccionará
Eliseo?
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Proyecto
de ley porteño
Nueve
legisladores buscan eliminar el IVC
La
Libertad Avanza presentó un proyecto de ley en la Legislatura porteña
que pretende eliminar el Instituto de la Vivienda de la Ciudad (IVC)
Proponen reasignar sus recursos presupuestarios a la Jefatura de Gabinete
de Ministros.
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Índice
de escalas salariales de encargados de edificios
A
las homologaciones faltantes se suma un nuevo acuerdo
Si
hasta fin de abril no se homologan los tres últimos acuerdos, las escalas
salariales de los encargados de edificios perderán contra la inflación
mensual, la acumulada anual y la interanual
El haber mínimo de los jubilados que pagan expensas también perderá en
esas tres mediciones.
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Bolsa
de Trabajo
Avisos
Clasificados
OFRECIDOS
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Paritarias
encargados de edificios 2026
Habría
un nuevo acuerdo salarial para abril

[BPN-15/04/26]
El pasado 7 de abril, Víctor Santa María, titular del
Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (SUTERH),
anunció que en abril se incorporarán 20 mil pesos a las escalas
salariales y se aplicará un aumento adicional del 2% sobre el resultado
final. Sin embargo, en sus declaraciones no quedó claro si el bono de 120
mil pesos, que se percibió entre enero y marzo, continuará vigente este
mes.
Esta
incertidumbre genera dos escenarios posibles para el bolsillo del
trabajador:
-
Si el bono de 120 mil pesos se mantiene: el aumento de la escala
salarial de abril respecto a marzo será del 4,4%. No obstante, al sumar
el sueldo básico y el bono, el incremento real en el bolsillo será del
3,9%.
-
Si el bono deja de pagarse: aunque la escala salarial técnicamente
suba un 4,4%, el ingreso total del trabajador caerá un 6,5% en
comparación con el mes anterior.
La
razón de esta caída es sencilla: para un encargado permanente con
vivienda de cuarta categoría (con un básico de $ 833.281), el bono de
120 mil pesos representaba una parte muy importante de su ingreso (el
12,6%). Como solo se pasan 20 mil pesos de ese bono al sueldo básico, el
aumento del 2% no alcanza a compensar la pérdida de los 100 mil pesos
restantes.
Silencio
de las entidades empleadoras
Ninguno
de los miembros paritarios que representan a los consorcios de
propietarios en su calidad de empleadores -la Cámara de Propiedad
Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI), la Asociación
Inmobiliaria de Edificios de Renta y Horizontal (AIERH) y la Unión
Administradores de Inmuebles (UADI)- ha emitido información
oficial sobre esta novedad gremial.

Este
gráfico muestra la evolución de los aumentos salariales si todos los
acuerdos pactados hubieran sido homologados.
Acuerdos
pendientes de homologación
Actualmente,
existen dos acuerdos previos que aún no han sido homologados por la
autoridad laboral:
Acuerdo
de septiembre de 2025: Estableció aumentos escalonados del 1,8%, 1,7%
y 1,6%, además de un bono de 50 mil pesos y viáticos para el trimestre
septiembre-noviembre. El trámite para su homologación fue elevado el 3
de diciembre.
Acuerdo
de diciembre de 2025: Otorgó incrementos del 2%, 1,8% y 1,7%, junto
al bono de 120 mil pesos para el periodo enero/marzo de 2026. El 16 de
marzo, un informe técnico solicitó a las partes acreditar su
personería, facultades de negociación y especificar las retenciones
salariales según el artículo 19 bis. El 30 de marzo se notificó
formalmente a los cuatro miembros paritarios.
De
haberse homologado todos los acuerdos y escalas pendientes, los haberes de
los encargados habrían perdido, en promedio, un 11,09% frente a la
inflación en el acumulado anual, aunque registrarían un crecimiento
interanual del 20,84%.
El
anuncio en redes sociales
Santa
María comunicó el nuevo acuerdo durante una transmisión en vivo
realizada en el canal de YouTube "SuterhOsperyh".
A las 21 horas de su publicación, el video contaba con 646
visualizaciones, 28 "me gusta" y dos comentarios  
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Federación
Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal
Estado
de los últimos cuatro acuerdos salariales

[BPN-15/04/26]
De los cuatro acuerdos alcanzados durante los últimos 10 meses por la Federación
Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (FATERyH),
solo uno ha sido homologado hasta la fecha. El resto permanece sin
aprobación oficial por parte de la Secretaría de Trabajo,
afectado por fallas formales y demoras burocráticas injustificadas.
Los
acuerdos fueron pactados por el gremio con el sector patronal representado
por la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades
Inmobiliarias (CAPHyAI), la Asociación Inmobiliaria
Edificios Renta y Horizontal (AIERH) y la Unión
Administradores de Inmuebles (UADI).
Resumen
de la situación de los expedientes
-
Aumento de junio 2025: Se
podría considerar homologado tácitamente.
-
Aumentos para julio y agosto 2025: Homologado.
-
Aumentos para septiembre, octubre y noviembre 2025: El expediente no
presenta avances.
-
Aumentos para enero, febrero y marzo 2026: Detenido por fallas
formales.
A
continuación, presentamos un relevamiento detallado y exclusivo realizado
por Pequeñas Noticias sobre el derrotero de cada expediente en la
Secretaría de Trabajo. La investigación revela que factores como faltas
administrativas y omisiones de personería mantienen frenadas las
validaciones, lo que genera incertidumbre en el sector. Este "mapa de
ruta" administrativo permite entender la realidad a través de sus
documentos.
El
acuerdo del 20 de mayo (sueldo de junio)
Este
acuerdo otorgó un incremento del 1,1% y un bono de $ 50.000 a pagar en el
mes de junio.
-
21 de mayo: Presentación para homologar.
-
23 de junio: Giro a Asesoría Técnico Legal.
-
30 de junio: Se ordena la ratificación de los paritarios (Dictamen
5927/25).
-
1º de julio: Ratificación de los paritarios.
-
2 de julio: Regreso a Asesoría Técnico Legal para indicar el
trámite a seguir.
Desde
ese punto, el expediente permanece "frizado". Se trata de una
demora gubernamental inexplicable. No obstante, dado que los paritarios
cumplieron con todos los requisitos exigidos, podría considerarse
homologado tácitamente, aunque ni las entidades de administradores ni el
sindicato se han expedido al respecto.
El
acuerdo del 22 de julio (sueldos de julio y agosto)
Este
convenio estableció aumentos del 1,5% y 1,4%, más un bono de $ 50.000
para los meses de julio y agosto.
-
22 de julio: Presentación para homologar.
-
5 de septiembre: La Secretaría de Trabajo señala defectos formales.
-
29 de septiembre: Recomendación de homologación.
-
7 de noviembre: Homologación mediante la Disposición 2569.
Es
notable que la aprobación de los sueldos de julio y agosto llegara
recién en noviembre. Por otra parte, al homologarse las escalas
salariales que acompañaban el acuerdo -incluida la del mes anterior- se
reafirmó la homologación tácita del acuerdo de junio.
El
acuerdo del 9 de septiembre (sueldos de septiembre, octubre y noviembre)
Se
pactaron incrementos del 1,8%, 1,7% y 1,6%, además de un bono de $ 50.000
y viáticos.
-
11 de septiembre: Presentación para su homologación.
-
3 de noviembre: La Secretaría de Trabajo ordena la ratificación.
-
3 de diciembre: Tras cumplirse las formalidades, se eleva a la
Dirección Nacional para su consideración.
A
pesar de que los sueldos ya fueron liquidados, el expediente no presenta
movimientos desde diciembre.
El
acuerdo del 30 de diciembre (sueldos de enero, febrero y marzo)
Otorgó
aumentos del 2%, 1,8% y 1,7%, junto a un bono de $ 120.000.
-
30 de diciembre: Presentación y derivación a la Dirección de
Gestión Documental.
-
5 de enero: Intervención de Asesoría Legal.
-
16 de enero: Ratificación de FATERyH y CAPHyAI; se ausentan las de
AIERH y UADI.
-
16 de marzo: Un informe técnico requiere que las partes acrediten su
personería y facultades para negociar, además de precisar las sumas a
retener por el artículo 19 bis.
-
30 de marzo: Notificación a las partes.
En
abril, con los sueldos del trimestre ya vencidos, el expediente continúa
detenido  
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Trabajadores
de Edificios de Renta y Horizontal
Cuarto
año consecutivo de puestos de trabajo a la baja

[BPN-15/04/26]
Durante 2025, la cantidad de puestos de trabajo en el sector de la
propiedad horizontal disminuyó un 1,44% con respecto al año anterior.
Esta caída confirmó la tendencia adelantada por las mediciones
trimestrales y consolidó el cuarto año consecutivo de descenso en el
empleo del sector.
En
términos concretos, el año pasado se perdieron 778 puestos de trabajo.
Desde 2021 hasta fines de 2025, la reducción total alcanzó los 3.853
empleos, lo que representa una contracción del 6,74% en la fuerza laboral
de los encargados de edificios.
|
PROMEDIO
ANUAL PUESTOS DE TRABAJO |
|
Año |
Puestos
de trabajo |
Variación |
|
2014 |
49.635 |
|
|
2015 |
50.316 |
1,37
% |
|
2016 |
52.870 |
5,07
% |
|
2017 |
55.538 |
5,05
% |
|
2018 |
55.385 |
-0,28
% |
|
2019 |
56.003 |
1,12
% |
|
2020 |
56.831 |
1,48
% |
|
2021 |
57.143 |
0,55
% |
|
2022 |
56.279 |
-1,51
% |
|
2023 |
54.841 |
-2,56
% |
|
2024 |
54.068 |
-1,41
% |
|
2025 |
53.290 |
-1,44
% |
Distribución
por provincia
Al
analizar los datos geográficamente, se advierte que la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires concentra el 70,18% de los puestos del país. Le siguen
los partidos del Gran Buenos Aires con un 10,39%, sumando entre ambos
distritos el 80,57% del total nacional.

En
tercer lugar, con un 9,88%, se ubica el resto de la provincia de Buenos
Aires, que incluye ciudades de relevancia como La Plata, Mar del Plata,
Bahía Blanca, San Nicolás de los Arroyos y Tandil.
|
PUESTOS
DE TRABAJO |
|
Provincia |
2025 |
|
Capital
Federal |
37.397 |
|
Partidos
GBA |
5.538 |
|
Resto
de PBA |
5.266 |
|
Córdoba |
1.476 |
|
Santa
Fe |
789 |
|
Tucumán |
602 |
|
Mendoza |
442 |
|
Salta |
337 |
|
Neuquén |
204 |
|
Corrientes |
176 |
|
Río
Negro |
159 |
|
Chaco |
127 |
|
Entre
Ríos |
117 |
|
San
Juan |
110 |
|
Misiones |
103 |
|
Chubut |
102 |
|
La
Pampa |
82 |
|
Jujuy |
62 |
|
Santiago
del Estero |
61 |
|
San
Luis |
42 |
|
Formosa |
35 |
|
Catamarca |
27 |
|
La
Rioja |
23 |
|
Tierra
del Fuego |
8 |
|
Santa
Cruz |
6 |
|
Total |
53.290 |
En
el extremo opuesto de la tabla se encuentran nueve provincias con menos de
100 puestos de trabajo en el sector. Entre ellas destacan Tierra del Fuego
y Santa Cruz, que proporcionaron menos de 10 empleos cada una.

Evolución
de las remuneraciones
Durante
2025, la remuneración promedio anual informada por el Ministerio de
Trabajo subió de $ 784.915,32 mensuales a $ 1.311.309,48, lo que
significó un incremento del 67,1% respecto a 2024.
|
REMUNERACIÓN
PROMEDIO |
|
Provincia |
2025 |
|
Capital
Federal |
1.199.589 |
|
Partidos
GBA |
1.247.610 |
|
Resto
de PBA |
1.395.024 |
|
Córdoba |
1.258.392 |
|
Santa
Fe |
1.407.220 |
|
Tucumán |
1.300.665 |
|
Mendoza |
1.170.772 |
|
Salta |
1.149.845 |
|
Neuquén |
1.667.301 |
|
Corrientes |
1.081.277 |
|
Río
Negro |
1.623.710 |
|
Chaco |
1.372.708 |
|
Entre
Ríos |
1.278.981 |
|
San
Juan |
1.291.726 |
|
Misiones |
1.298.684 |
|
Chubut |
1.424.671 |
|
La
Pampa |
1.486.576 |
|
Jujuy |
1.294.377 |
|
Santiago
del Estero |
1.167.949 |
|
San
Luis |
1.064.281 |
|
Formosa |
1.532.456 |
|
Catamarca |
1.132.312 |
|
La
Rioja |
1.088.546 |
|
Tierra
del Fuego |
1.161.430 |
|
Santa
Cruz |
1.686.639 |
|
Promedio |
1.311.309 |
El
comportamiento salarial a lo largo del año mostró que la remuneración
mensual comenzó en enero en $ 1.072.976 y finalizó en diciembre en $
2.122.097. Esto representó un aumento interanual, medido de diciembre a
diciembre, del 50,81%.
La
fuente de los datos
Para
la confección de este informe se consideró a los trabajadores alcanzados
por los Convenios Colectivos de Trabajo 589/10 y 590/10. Cabe aclarar que
el relevamiento no contempla al personal de las empresas de limpieza.
Los
datos provienen del Observatorio de Empleo y Dinámica Empresarial (OEDE),
dependiente de la Dirección General de Estudios y Estadísticas Laborales
(DGEyEL) del Ministerio de Trabajo de la Nación  
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Registro
Público de Administradores porteño
Ya
se pueden presentar las DDJJ de 2025

Edificio
Cruz de Malta, sede de Defensa y Protección del Consumidor porteño y el
Registro Público de Administradores.
[BPN-15/04/26]
El pasado 7 de abril, Carlos Traboulsi, director general de Defensa
y Protección al Consumidor porteño, dispuso que los administradores
de consorcios que hayan ejercido la actividad durante 2025 tendrán tiempo
hasta el 30 de noviembre inclusive para realizar las Declaraciones Juradas
(DDJJ) anuales de los edificios que administran (artículo 3º).
Al
respecto, la normativa advierte:
|
Finalizado
el plazo estipulado [...] los administradores que no hayan dado
inicio a la presentación allí establecida serán considerados
infractores del artículo 12º de la Ley N° 941 y 12º del Decreto
Reglamentario N° 551/2010, conforme artículo 15º, inciso f) de la
Ley N° 941 (artículo 4º). |
Es
importante recordar que cada administrador debe continuar renovando
anualmente su matrícula personal según la fecha indicada en el último
certificado expedido por el Registro Público de Administradores (RPA)
porteño.
Asimismo,
se destacó la obligación de transparencia en los edificios:
|
Los
administradores de consorcios de propiedad horizontal deberán
exhibir en el hall de entrada del edificio que administran, y a la
vista de los propietarios, el certificado otorgado por el Registro
Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal
conforme artículo 3° de la presente y poner a disposición de los
consorcistas el certificado expedido por el [RPA] en los términos
del artículo 2° de la presente (artículo 6º). |
Esta
medida fue ordenada mediante la Disposición 2615, publicada en el
Boletín Oficial el 10 de abril. La norma incorporó tres anexos: el instructivo
para los trámites ante el RPA, el modelo
oficial de constancia de actualización del administrador
y el modelo
oficial de certificado para cada consorcio administrado el año
anterior.
Declaraciones
juradas del administrador
Según
la disposición, al administrador que deba renovar su matrícula se le
exigirá:
-
Completar el formulario con datos de la administración (persona física o
jurídica).
-
Completar el formulario de los consorcios que administra.
-
Certificado del Registro de Juicios Universales, expedido durante los seis
meses anteriores al trámite.
-
Certificado del Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal,
con una vigencia no mayor a seis meses. El documento debe cargarse
digitalmente al sistema.
-
Certificado de actualización del curso de capacitación en
administración de consorcios. La fecha debe corresponder al año del
trámite o haber sido expedido en los últimos seis meses.
-
Constancia de CUIT actualizada.
-
Certificado del curso de Basura Cero. Quienes hayan renovado su matrícula
en tiempo y forma entre 2019 y 2022 y lo hayan presentado oportunamente,
no necesitan repetir el curso.
-
Certificado de libre deuda del Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
Declaraciones
juradas de los consorcios administrados
Para
completar el trámite anual de los edificios, los mandatarios deberán
presentar por cada uno de ellos:
-
Todas las declaraciones juradas del formulario 931 de la AFIP y sus
correspondientes pagos (escaneados en un solo archivo por todos los
empleados).
-
Comprobante de pago del curso de SERACARH de cada encargado.
-
Acta de asamblea donde conste su designación o renovación, la rendición
de cuentas y el punto específico donde esta fue aprobada.
-
Seguro de Responsabilidad Profesional del período declarado o el acta de
asamblea donde se aprobó que el patrimonio del administrador sirva como
garantía de su gestión.
-
Constancia de CUIT o Código de Identificación Tributaria (CDI) del
consorcio.
Actualmente,
el RPA está coordinado por Diego Sarrabayrouse y depende de Defensa
y Protección del Consumidor, cuya dirección general está a cargo de
Carlos Traboulsi. La estructura jerárquica se completa con la Subsecretaría
de Servicios al Ciudadano (Facundo Bargalló Benegas) y la Secretaría
de Gobierno y Vínculo Ciudadano (César Ángel Torres)  
|
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Consorcios
de propietarios
Se
oficializó la bonificación del 40% del Impuesto Inmobiliario

[BPN-15/04/26]
El pasado 10 de abril, el jefe de Gobierno porteño aprobó el texto
ordenado del Código Fiscal, el cual establece una bonificación del 40%
del Impuesto Inmobiliario de los espacios comunes para los consorcios de
propietarios (destinados a vivienda u oficina) que cuenten con, al menos,
un empleado en relación de dependencia.
El
Decreto
147/26 y sus anexos
fueron publicados en el Boletín Oficial el 13 de abril. La norma, que
había sido aprobada el 27 de noviembre por la Legislatura porteña,
parece orientada a evitar la tercerización de las tareas de limpieza. No
obstante, una futura reglamentación fijará las condiciones y los
requisitos definitivos para acceder al beneficio.
Esta
iniciativa fue impulsada por el Ejecutivo local (Ley 6.929), e incorporó
el artículo 415 bis al Código Fiscal, que en esta nueva versión pasó a
ser el 412. Bajo el título "Bonificación consorcio de propiedad
horizontal", el artículo dispone:
|
Bonificar
el cuarenta por ciento (40%) del Impuesto Inmobiliario respecto de
los espacios comunes de uso común en consorcios de propiedad
horizontal destinados a vivienda u oficina que registren, como
mínimo, un empleado en relación de dependencia, conforme las
condiciones y requisitos que fije la reglamentación. |
Al
momento de redactar esta nota, el artículo aún no ha sido reglamentado,
por lo que se desconocen las exigencias técnicas que se aplicarán para
validar el beneficio.
Entre
el alivio fiscal y los cabos sueltos
Aunque
el texto original es breve, su contenido permite proyectar un análisis
preliminar sobre el impacto de la medida. Por ahora, determinar el ahorro
exacto en pesos para los consorcios porteños es complejo. Dado que el
Impuesto Inmobiliario suele estar integrado en la liquidación de ABL, es
probable que el alivio fiscal alcance únicamente a los edificios que
reciben la facturación de sus partes comunes por separado.
La
"letra chica" de la iniciativa —que exige mantener personal en
relación de dependencia— sugiere una posible gestión del SUTERH para
frenar la creciente tercerización del sector. Si bien la medida apunta en
la dirección correcta, su éxito real dependerá del impacto final del
descuento en las expensas.
La
reglamentación tendrá la tarea de despejar las dudas que hoy circulan en
la comunidad consorcial:
El
factor permanencia: ¿Qué sucede si un consorcio paga el ABL anual
con un encargado en nómina y luego contrata una empresa externa?
La
carga burocrática: Para quienes opten por el pago mensual, ¿será
necesario acreditar periódicamente ante la AGIP la continuidad del
empleado?
Gestión
y honorarios: ¿Se convertirá este trámite en una nueva carga
administrativa que recaiga sobre los administradores y sus honorarios?
Por
ahora, las expectativas están puestas en la reglamentación, cuya
redacción final tendrá la última palabra  
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Ciudad
Autónoma de Buenos Aires
El
Gobierno porteño creó la figura del facilitador para asambleas

[BPN-15/04/26]
El pasado 3 de julio, la Dirección General de Mediación y Convivencia
Vecinal reglamentó un nuevo servicio privado para los consorcios de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: los "Facilitadores para
Asambleas de Copropietarios". La función de estos profesionales
es brindar apoyo técnico a los vecinos para el desarrollo de las
reuniones y gestionar los conflictos que puedan surgir durante el debate.
Los
facilitadores podrán ser contratados por administradores o copropietarios
para colaborar en la conducción de las asambleas, con el fin de promover
el diálogo constructivo y la búsqueda de acuerdos. En caso de que un
consorcio decida contratar este servicio, la Dirección General designará
al profesional mediante un sorteo, procedimiento que busca garantizar la
transparencia y neutralidad en su actuación.
Desde
el Gobierno porteño aclararon que estos facilitadores no actúan como
jueces ni inspectores. Se trata de profesionales capacitados para guiar la
reunión, asegurar que todas las voces sean escuchadas y asistir a las
partes para que alcancen consensos en un clima de respeto, transformando
la asamblea en un espacio constructivo en lugar de un foco de conflicto.
Requisitos
para la inscripción
La
disposición establece que la Dirección General de Mediación y
Convivencia Vecinal creará un registro público de facilitadores
habilitados. Los aspirantes a integrar dicho registro deberán cumplir con
los siguientes requisitos:
-
Tener al menos 18 años de edad.
-
Contar con título secundario completo.
-
Residir y tener domicilio constituido en la CABA.
-
Poseer capacitación formal en resolución de conflictos, comunicación,
derecho o administración de consorcios.
-
Acreditar experiencia comprobable en facilitación de grupos o mediación
comunitaria.
-
Aprobar el curso de capacitación oficial implementado por la Dirección
General.
-
No poseer antecedentes penales ni sanciones administrativas relacionadas
con la propiedad horizontal.
-
No figurar en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
-
Estar inscripto en la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos
(AGIP) y en la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
Honorarios
mínimos
Al
tratarse de un servicio privado supervisado por el Estado local, la
resolución establece los aranceles mínimos que deben percibir estos
profesionales, los cuales estarán a cargo del consorcio y deberán
abonarse dentro de los 10 días hábiles posteriores a la asamblea.
Para
consorcios de hasta 20 unidades funcionales, el honorario mínimo se fijó
en 97 unidades tarifarias ($858,32 cada una), lo que arroja un total de$
83.257. A partir de allí, el esquema de incrementos se aplica según la
cantidad de unidades:
|
Unidades |
|
|
Mínimo |
Máximo |
Incremento |
Pesos |
|
1 |
20 |
0
% |
83.257 |
|
21 |
30 |
10
% |
91.583 |
|
31 |
40 |
10
% |
91.583 |
|
41 |
50 |
10
% |
91.583 |
|
51 |
60 |
15
% |
95.746 |
|
61 |
70 |
15
% |
95.746 |
|
71 |
80 |
15
% |
95.746 |
|
81 |
90 |
15
% |
95.746 |
|
91 |
100 |
15
% |
95.746 |
|
101 |
110 |
15
% |
95.746 |
|
111 |
120 |
20
% |
99.908 |
De
21 a 50 unidades: Se suma
un 10% al monto mínimo por cada 10 unidades adicionales ($ 91.583).
De
51 a 100 unidades: Se adiciona un 15% al monto mínimo por cada 10
unidades adicionales ($ 95.746).
Más
de 100 unidades: Se adiciona un 20% por cada 10 unidades adicionales
($ 99.908 para el primer tramo).
Asimismo,
se aplicará un recargo del 20% sobre el total de los honorarios por cada
hora adicional si la asamblea se extiende más de tres horas. El cómputo
del tiempo comenzará a partir de la hora fijada para la primera
convocatoria  
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Administración
Gubernamental de Ingresos Públicos
Se
formalizó la prórroga del uso obligatorio de la miBA

[BPN-15/04/26]
El pasado 13 de marzo, la AGIP formalizó, mediante la Resolución
105, la extensión hasta el
próximo 30 de abril del plazo para adoptar de forma obligatoria la clave
miBA (nivel 3) como método de acceso a sus servicios.
Antecedentes
Originalmente,
el Gobierno porteño había dispuesto que, a partir del 31 de diciembre de
2025, todos los trámites ante la AGIP debían gestionarse exclusivamente
mediante esta plataforma digital. Desde dicha fecha, los contribuyentes
están obligados a validar su identidad a través de este perfil único
para acceder a los servicios y documentos emitidos por la Ciudad.
Si
bien la desactivación de la Clave Ciudad estaba prevista inicialmente
para el 27 de octubre de 2025, la Resolución
442/AGIP -firmada por el
administrador Germán Krivocapich el 3 de octubre de ese año-
permitió el uso indistinto de ambas claves hasta finales de diciembre. El
objetivo de esta transición es eliminar la duplicidad de accesos y
simplificar las gestiones ante el Gobierno de la Ciudad.
A
fines de enero, la AGIP había informado una prórroga inicial hasta el
fin del mes corriente. Sin embargo, no se había dictado una norma
específica al respecto, sino que la decisión se comunicó únicamente en
su sitio web con el mensaje: "Hasta el 30/04/2026 podés ingresar con
Clave Ciudad"  
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EMPLEDADA
ADMINISTRATIVA: Amplia experiencia en el rubro y mi busqueda es para
tareas administrativas con referencias comprobables y disponibilidad (part
time). Soy jubilada de CABA - Nombre: Susana Ramos - Llamar al teléfono:
(11) 6059-9887 - Correo electrónico: olga22su@yahoo.com
[20/01/26]
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EMPLEADO
ADMINISTRATIVO: Tengo experiencia en el rubro, disponibilidad
inmediata, preferentemente modalidad part time aunque escucho oferta full
time
- Nombre: Pablo Isasmendi - WhatsApp: (11) 5823-5200
desde las 12 hs. - Localidad: Flores / CABA - Correo electrónico: pabl5151@gmail.com
[04/11/25]
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ENCARGADO PERMANENTE CON VIVIENDA, SUPLENTE DE FIN DE
SEMANA: Busco trabajo en Capital Federal - Nombre: Ramiro Ezequiel Lera - Llamar al teléfono:
(11) 5750-4076 - Localidad: Palermo / CABA - Correo electrónico:
cleopatramses0@gmail.com
[28/10/25]
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ENCARGADO DE EDIFICIO TITULAR Y/O SUPLENTE,
AYUDANTE: Cuento con recomendación de varios administradores y algunos miembros de la Cámara de
Administradores - 25 años de experiencia en el oficio - CV a disposición con referencias
comprobables en CABA Y GBA - Nombre: Carlos Facundo Rios González - Llamar al teléfono:
(11) 6597-4834 durante todo el día - Localidad: Capital Federal - Correo electrónico:
cfacundo06@hotmail.com
[08/10/25]
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ENCARGADA DE
EDIFICIOS: Cualquier modalidad, con o sin vivienda, media jornada o completa, suplente o jornalizada. 4 años de experiencia y referencias comprobables de administradores, propietarios y empresas de limpieza. - Nombre:
Tamara Ricatti - Llamar al teléfono: (11) 2467-5574 todo el dia - Localidad:
Parque Patricios / CABA - Correo electrónico:
tamararicatti2015@hotmail.com
[23/08/25]
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ADMINISTRATIVA:
Busco empleo en el área administrativa, recepcionista o analista de cuentas por cobrar. Tengo disponibilidad inmediata. Desde ya muchas gracias. - Nombre:
Natalia Sancandi - Llamar al teléfono: (11) 5911-5299 - Después de las 15 - Localidad:
Ituzaingo / Buenos Aires - Correo electrónico: sancandinatalia@gmail.com
[08/09/25]
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EMPLEADA PARA ADMINISTRACION DE
CONSORCIO: Poseo más de 25 años de experiencia en el área administrativa de distintas empresas realizando tareas con sistemas propios de cada compañía. En los últimos 13 años he trabajado en administraciones de consorcios. Soy una persona responsable, organizada y en busca de tareas administrativas para realizar desde mi domicilio - Nombre:
Miriam El Hasi - Llamar al teléfono: (11) 2835-6246 de 9 a 19 hs - Localidad:
CABA / Bs.As. - Correo electrónico: mirilatur@hotmail.com
[21/08/25]
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ENCARGADO DE EDIFICIO O
AYUDANTE: Me postulo para dicho puesto en la zona de Capital Federal.
Soy responsable, trabajador y cumplidor, aparte cuento con referencias comprobables y
experiencia - Nombre: Héctor Fernando Arriola Torres - Llamar al teléfono:
(11) 2637-7686 de 7 A 21 hs. - Localidad: Capital Federal / CABA - Correo electrónico:
ferchumetal@gmail.com
[02/09/25]
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EMPLEADO PARA ADMINISTRACION DE
CONSORCIOS: Poseo casi 20 años de experiencia en el sector administrativo, especializado en
administraciones de consorcios en CABA donde he desarrollado una amplia experiencia en el
sector habiéndome incluso matriculado oportunamente como administrador de
consorcios - Nombre: Javier Darío Vallata - Llamar al teléfono:
(11) 6872-2983 todo el día - Localidad: Ciudadela / Buenos Aires - Correo electrónico:
jvallata@gmail.com
[11/08/25]
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ENCARGADO DE PORTERÍA
PERMANENTE: Buenos días! Me postulo para dicho puesto por la zona de Capital Federal, cuento con referencias comprobables, soy una persona trabajadora, puntual y responsable, cualquier otra duda estoy a disposición para
responder - Nombre: HÉCTOR FERNANDO ARRIOLA TORRES - Llamar al teléfono:
(11) 3006-5195 de 7 a 21 hs. - Localidad: Capital Federal / CABA - Correo electrónico:
romi_sakura@hotmail.com
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Medios
Ya
se está filmando la cuarta temporada de El Encargado

[BPN-15/04/26]
El pasado 13 de marzo se confirmó el inicio del rodaje de la cuarta
temporada de El encargado, la serie que aborda con sátira y humor
la vida en los edificios porteños. Este año, Guillermo Francella
volverá a personificar a Eliseo a lo largo de los siete capítulos
que compondrán la entrega.
Durante
esta nueva etapa, su planta carnívora desempeñará un papel fundamental.
Cabe recordar que este ejemplar es el único ser vivo al que el
protagonista cuida con devoción genuina y casi ritual. Alimentarla
representa uno de los pocos momentos en los que se observa a un Eliseo
atento y cariñoso, evidenciando una empatía mayor hacia ella que hacia
los vecinos del edificio.
Los
avances y el tráiler han mostrado a la planta marchita, lo que podría
simbolizar que el imperio construido por Eliseo -especialmente tras los
eventos de la convención de encargados en la tercera temporada- se
encuentra bajo una amenaza real. El deterioro del ejemplar sugeriría que
el protagonista está perdiendo su "toque" o que un competidor
más fuerte ha irrumpido en su ecosistema.
No
obstante, la información disponible indica que Eliseo se encuentra en una
posición de poder tras su victoria frente al sindicato. Pese a ello, la
paz en el consorcio sería breve: se gestaría una nueva conspiración
interna liderada por su eterno rival, Zambrano (interpretado por el
"Puma" Goity), quien intentará desestabilizarlo y
exponer sus métodos.
A
la dupla Francella-Goity se sumarán actores de trayectoria para elevar el
nivel de la producción. En los nuevos episodios participarán figuras
como Arturo Puig y Luis Brandoni, además de las actuaciones
especiales de Darío Barassi y Mirta Busnelli. Se trata de
un elenco diseñado para profundizar en las tensiones de poder entre los
copropietarios y el personal.
Aunque
Disney+ aún no ha confirmado una fecha exacta de estreno, los rumores del
sector señalan que los capítulos podrían lanzarse durante el mes de
mayo. Por el momento, las tres temporadas anteriores permanecen
disponibles en la plataforma para repasar las tácticas de Eliseo antes
del estreno. Esta ficción, además de ser un éxito de audiencia, permite
a Pequeñas Noticias analizar los mitos y las realidades de la vida
en propiedad horizontal  
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Ciudad
de Rosario
Buscan
poner un medidor de agua en cada unidad funcional

[BPN-15/04/26]
El pasado 5 de marzo, la concejala María Fernanda Gigliani (Iniciativa
Popular) presentó un proyecto de ordenanza para que las unidades
funcionales de los nuevos edificios en Rosario cuenten con
medidores de agua particulares. La iniciativa propone, además, la
instalación de un medidor general ("macro medidor") en aquellos
edificios ya construidos dentro del Distrito Centro de la ciudad.
Para
implementar la medida, el proyecto busca modificar el inciso 4.10.1.1 del
Reglamento de Edificación local. La normativa establecería que toda
nueva construcción bajo el régimen de propiedad horizontal deberá
disponer de las instalaciones técnicas para colocar medidores en cada
unidad, ya sean residenciales u oficinas. En áreas sin servicio de Aguas
Santafesinas S.A., las instalaciones deberán preverse para futuras
conexiones sin afectar la estructura interna.
La
iniciativa ingreso al Concejo Deliberante de la Ciudad de Rosario bajo el
número 278538-P-2026
y consta de 2 artículos de los cuales uno es de forma.
Fundamentos
del proyecto
La
legisladora argumentó que es imperativo concientizar sobre el consumo
responsable, dado que el agua dulce representa solo el 2,5% del total
mundial. El objetivo es reemplazar progresivamente el sistema de
"consumo asignado" -basado en la superficie de la propiedad- por
uno donde cada usuario abone efectivamente lo que utiliza.
Gigliani
señaló que, en las zonas de Rosario donde ya existen medidores, el
consumo es entre un 30% y un 50% menor que el promedio local. Esto
garantizaría que la producción alcance para abastecer a toda la
población con niveles de presión aceptables.
Finalmente,
la concejala advirtió que la falta de inversión en redes de
distribución desde la década de 1990 provoca que entre un 40% y un 50%
del agua potabilizada se pierda antes de llegar al consumidor. El uso de
macro medidores permitiría obtener estadísticas de producción y
distribución para optimizar la operatividad del sistema ante la creciente
demanda poblacional  
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Proyecto
de ley porteño
Nueve
legisladores buscan eliminar el IVC

[BPN-15/04/26]
El pasado 16 de marzo, nueve legisladores de La Libertad Avanza
presentaron un proyecto de ley en la Legislatura porteña para disolver el
Instituto de la Vivienda de la Ciudad (IVC), organismo
creado en 2003 mediante la Ley 1251. La iniciativa propone transferir sus
recursos a la Jefatura de Gabinete de Ministros con el fin de
financiar políticas de acceso a la vivienda de manera directa.
En
su cláusula transitoria, el proyecto establece que el Poder Ejecutivo
deberá informar semestralmente a la Legislatura el destino de las
partidas presupuestarias originalmente asignadas al IVC, hasta que se
agote la totalidad de los fondos previstos para dicho organismo. No
obstante, el texto no especifica de qué forma el Gobierno local atenderá
las necesidades habitacionales de la ciudadanía una vez cumplido este
proceso administrativo.
La
propuesta busca reducir la estructura del Estado porteño mediante la
eliminación de organismos que considera burocráticos. Según los
fundamentos, se busca transicionar hacia un modelo orientado a resolver
problemas vecinales, eliminando costos operativos que no se traducen en
soluciones concretas.
La
iniciativa, ingresada bajo el número 775-D-2026, consta de tres
artículos y será girada a las comisiones de "Vivienda" y de
"Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política
Tributaria". Sus autores son Nicolás Pakgojz, Marcelo
Gregorio Ernst, Juan Ignacio Fernández, Rebeca Fleitas,
Silvia Imas, Marina Kienast, María del Pilar Ramírez,
Sandra Mónica Rey y Diego Vartabedian.
Fundamentos
del proyecto
Los
legisladores cuestionaron la existencia de un Directorio con rango de
secretario y directores ejecutivos con mandatos de cuatro años,
calificando la estructura como un esquema político permanente de elevado
costo. Señalaron que el organismo posee aproximadamente 1.000 empleados
según su sitio web, mientras que el Presupuesto 2026 registra 493 cargos
escalafonarios, además de autoridades superiores y contratos.
En
términos financieros, destacaron que de los 110.280 millones de pesos
asignados para 2026, casi un tercio —33.630 millones de pesos— se
destina al funcionamiento general y la estructura administrativa (Programa
9). Asimismo, subrayaron que el gasto previsto para el "Gabinete de
autoridades superiores", de 935 millones de pesos, supera en 2,5
veces el presupuesto del programa "Planes de Alquileres BA", que
cuenta con solo 371 millones de pesos.
Al
evaluar la gestión del IVC, los autores sostuvieron que el déficit
habitacional ha aumentado: los asentamientos pasaron de 23 en 2001 a 45 en
2022. También mencionaron que los "préstamos a largo plazo"
otorgados representan menos del 1% del presupuesto total del instituto,
sumando apenas 1.045 millones de pesos. Por último, argumentaron que, si
bien la Constitución de la Ciudad reconoce el derecho a la vivienda, esto
no obliga a la existencia de un organismo autárquico específico para
garantizarlo  
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Laborales
La
Ley de Modernización Laboral y las empresas de limpieza

[BPN-15/04/26]
El pasado 7 de abril la Dra. Mercedes Albisu, especialista en temas
laborales, señaló que la reforma impulsada por la Ley de
Modernización Laboral busca limitar la responsabilidad solidaria de
los consorcios al contratar servicios de limpieza. Sin embargo, aclaró
que la reciente suspensión judicial de artículos clave y los fallos de
inconstitucionalidad generan un escenario de incertidumbre. Analizamos los
riesgos de un nuevo paradigma legal que aún espera definiciones en los
tribunales.
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Pequeñas
Noticias: ¿En qué cambió la contratación de empresas de limpieza
y maestranza con la nueva ley de Modernización Laboral?
Mercedes
Albisu : La
contratación de estos servicios era posible antes y después de la
promulgación de la Ley 27.802 (publicada el 06/03/26). No obstante,
toda decisión de este tipo conlleva riesgos. La cuestión central
radica en la extensión de la responsabilidad que asumen los
consorcios al subcontratar, especialmente bajo las nuevas normativas
de la Ley de Modernización Laboral.
Resultan
complejos los supuestos de interposición de personal (artículo 29)
y de subcontratación o delegación (artículo 30) de la Ley de
Contrato de Trabajo (LCT). Sintéticamente, las nuevas
redacciones buscan reducir la responsabilidad del contratante.
En
el caso del artículo 29, el camino hacia la limitación comenzó
con la Ley de Bases n° 27.742 (08/07/24), que buscó neutralizar el
plenario n° 323 de la CNAT ("Vázquez c/ Telefónica").
Allí se limitó la responsabilidad solidaria por obligaciones
laborales y de seguridad social exclusivamente al tiempo de
prestación efectiva para la empresa usuaria. La Ley 27.802 ratifica
este cambio y agrega que la empresa usuaria puede repetir contra la
obligada principal.
Respecto
al artículo 30, que es el que generalmente aplica a las empresas de
maestranza, la nueva ley cambia el paradigma de la responsabilidad.
Antes del 6 de marzo de 2026, existía una responsabilidad
"cuasi objetiva" y amplia que alcanzaba incluso a
actividades accesorias. El contratante debía exigir documentación
rigurosa: CUIL, constancias de pago de sueldos y aportes, y
cobertura de ART de cada empleado.
El
"nuevo" artículo 30 de la Ley 27.802 exige a los
contratantes únicamente un deber de control sobre los trabajadores
que prestan servicios en su establecimiento, excluyendo las
actividades accesorias. Además, introduce una limitación clave:
los contratantes principales no serán responsables en casos de
falsedad de la información brindada por el contratista.
PN:
¿Qué solucionó esta nueva ley?
MA:
En el ámbito judicial no hay respuestas categóricas. Desde el 30
de marzo de 2026, debido a un planteo de la CGT, se
encuentran suspendidos más de 80 artículos de la Ley 27.802,
incluyendo las modificaciones a los artículos 29 y 30 de la LCT.
Dada
la proliferación de fallos que declaran la inconstitucionalidad de
diversos puntos de la reforma, hoy no podemos asesorar a las partes
con total seguridad. Por el momento, es prudente "desensillar
hasta que aclare", ya que el panorama legal tras la reforma
aún no es definitivo. |
 
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Índice
de escalas salariales de encargados de edificios
A
las homologaciones faltantes se suma un nuevo acuerdo

[BPN-15/04/26]
Si no se homologa el acuerdo salarial para abril anunciado por Víctor
Santa María, titular del SUTERH, durante la segunda quincena
de este mes, el promedio de las escalas salariales de los encargados de
edificios perderá -2,6 puntos porcentuales (pp) contra la inflación
mensual, -29 pp contra el acumulado anual y -28,56 pp en la medición
interanual.
Para
comparar las escalas salariales del sector, se promediaron las funciones
de encargado permanente con y sin vivienda en sus cuatro categorías de
cada mes. En los casos que correspondió, se sumaron los bonos acordados
en paritarias o por el Poder Ejecutivo nacional, incluyendo los bonos del
20% que ahora se pagan en junio y diciembre.
Acuerdos
salariales pendientes de homologación
De
meses anteriores quedan dos homologaciones faltantes. Para los cálculos
de este mes no se tomaron en cuenta los siguientes acuerdos:
1.-
Acuerdo del 9 de septiembre: Otorgó un aumento del 1,8%
para septiembre, 1,7% para octubre, y 1,6% para noviembre, más un bono de
50 mil pesos para esos meses, viáticos para las funciones sin vivienda
(con excepciones) y la integración del bono de 50 mil pesos a las escalas
salariales.
2.-
Acuerdo anunciado el 30 de diciembre: Otorgó un aumento del
2% para enero, 1,8% para febrero, y 1,7% para marzo, más un bono de 120
mil pesos para cada uno de esos meses. El expediente no avanzó porque
adolece de faltas formales.
El
incremento mensual
En
abril el promedio de las escalas salariales no presentará cambios. Este
mes el promedio de las escalas será de 900.237 pesos mensuales.
El
acumulado anual
En
abril, el promedio de las escalas salariales se mantendrá en un -16,67%
menor con respecto a diciembre del año pasado.
Esto
se debe a que, como todos los años, en enero no se cobró el bono del 20%
que se pagó en diciembre, lo que provocó una baja brusca en los
promedios de las escalas salariales durante el primer mes del año.
Durante el último mes del año pasado, el promedio era de 1.080.284 pesos
mensuales.
La
medición interanual
El
incremento interanual de las escalas salariales desde abril del año
pasado hasta el mismo mes de este año volverá a ser del 3,82%. El
promedio de las escalas salariales de abril de 2025 fue de 867.118 pesos.
Inflación
(INDEC y BCRA)
Según
el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC,
la inflación de marzo fue del 3,4% y para el Relevamiento de
Expectativas del Mercado (REM) del Banco Central de la
República Argentina (BCRA), la inflación de abril será del
2,6%.
Con
base en estos números, la inflación interanual de abril será del
31,87%.

Jubilados
Haber
mínimo
El
haber mínimo de un jubilado que paga expensas en febrero será de
450.319,31 pesos brutos, a los que se les debe descontar la "Obra
social s/haberes PAMI".
Este
monto se debe a tres razones:
1.-
Se estableció en marzo del año pasado que el haber mínimo a partir de
julio se actualizaría todos los meses según la inflación del IPC del
INDEC (Decreto 274 del 22/03/24). Como la inflación de febrero fue del
2,9%, las jubilaciones de marzo aumentarán un 2,9% (Resolución 74 del 27
de marzo).
2.-
Se volvió a otorgar un "Bono Extraordinario Previsional" de
hasta 70 mil pesos mediante el Decreto 213 del 29 de marzo.
En
dólares y contra la inflación
●
En dólares, este haber mínimo
representa 330,2 dólares al precio oficial o 321,66 dólares según el
mercado blue.
●
En abril del año pasado, ese
haber fue de 355.820,64 pesos.
●
Este mes, el incremento del
haber mínimo de la clase pasiva fue negativa contra la inflación del mes
pasado (-0,16 pp), contra el acumulado anual (-2,3 pp) y la medición
interanual (-5,31 pp).
●
Si el haber mínimo de enero de
2016 (4.299,06 pesos o 312,98 dólares) hubiera aumentado al ritmo de la
inflación, este mes debería haber sido de 651.239,52 pesos mensuales
(u$s 469,58 promedio a valor oficial).
●
La pérdida total de un
jubilado desde enero de 2016 hasta abril de 2026 (siguiendo el ritmo de la
inflación y restando lo realmente percibido, incluidos los bonos y la
incidencia de los medios aguinaldos) es de -4.034.252,20 pesos (u$s
-2.908,92)  
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Rincón
Solidario
Nos acabamos de enterar de que hay un conflicto judicial
por la Dra.
Silvia Marcela Bercovsky

¡Hola!
Soy Mario de Parque Patricios.
Hace poco compramos un departamento en Capital y nos acabamos de enterar
de que hay un conflicto judicial en el edificio: un propietario reclama un
arreglo en su baño que la administración se niega a hacer.
Mi gran miedo es que estas acciones legales contra la administración
terminen involucrando al Consejo y que las expensas se nos vayan por las
nubes.
¿Podrían explicarme cómo funcionan estos procesos, cuánto suelen
tardar y quién es el responsable final de pagar?
Gracias
Mario [CABA]
(20/03/2026)
Estimado
Mario:
En
primer lugar, debemos diferenciar un conflicto judicial en el consorcio de
una denuncia efectuada por un propietario contra el administrador.
Si
un propietario reclama por daños en su unidad funcional, quien se los
debe es la persona jurídica consorcio (que es a quien el propietario le
hace el juicio). El administrador, como mandatario, eventualmente podrá
tener responsabilidad solidaria por el artículo 160 del Código Civil y
Comercial de la Nación (CCyC), dependiendo del caso. El consejo de
propietarios no está involucrado en estos temas porque no coadministra,
sino que es quien ejerce el control económico y financiero (establecido
en el artículo 2064 de dicho Código).
Si
los daños de una unidad funcional están originados en partes o cosas
comunes, el consorcio debe pagar las reparaciones. En cuanto a los
juicios, las costas las paga el vencido (quien pierde el proceso) y estos,
lamentablemente, duran años.
La
denuncia en el GCBA que puede hacer un propietario contra el administrador
por incumplimientos a la Ley 941 no es un juicio, sino una denuncia en
sede administrativa. En este caso, el consorcio no es parte, ni tampoco lo
es el consejo de propietarios. Ante una sanción del GCBA, el
administrador debe abonarla con su patrimonio personal, debido a que son
penalidades por incumplimientos a la ley que regula su actividad en la
CABA.
Lo
saluda atentamente.
Silvia
Marcela Bercovsky  
---
La
Dra. Silvia Marcela Bercovsky (UBA) es abogada especializada en
propiedad horizontal y es parte del equipo del programa de radio
Consorcios 360. Por cualquier consulta se le puede enviar un correo a estusmb@gmail.com
o llamarla al teléfono (11) 5049-8440 en el horario de 9 a 20
hs.
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ACCABA:
Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ACAPPH:
Asociación Civil Administradores Profesionales Propiedad Horizontal.
ACoPH:
Asoc. Civil de Consorcistas de la Propiedad Horizontal (Mar del Plata).
ACRA:
Arbitros de Consumo de la República Argentina.
ADEPROH:
Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la
Propiedad Horizontal RA.
AFIP:
Administración Federal de Ingresos Públicos.
AGIP:
Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.
AIERH:
Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal.
AIPH:
Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal
AIPH.
APARA:
Asociación de Profesionales Administradores de la República Argentina.
APH:
Asociación Civil de Propietarios de inmuebles de Renta y Horizontal.
APCCRA: Asociación de Propietarios, Consorcios y Consorcistas de la RA.
API:
Asocición Propietarios de Inmuebles.
APIPH:
Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal.
APBR:
Asociación de Propietarios de Bienes Raíces.
APROPHMAR:
Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata.
CAAC:
Confederación Argentina de
Administradores de Consorcios.
CABA:
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
CACCyC:
Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas.
CaFACA: Cámara Federal de Administradores de Consorcios de Argentina.
CAPHBByZ:
Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de Bahía Blanca y
Zona.
CAPHPBA:
Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires.
CAPHyAI:
Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.
CAPRA:
Cámara de Propietarios de la República Argentina.
CASIPH:
Cámara Argentina de Sistemas Informáticos de Propiedad Horizontal.
CCT:
Convenio Colectivo de Trabajo.
CDI:
Clave de Identificación.
CECAF:
Cámara Empresaria de Conservadores de Ascensores y Afines.
CEDDDA:
Camara Empresarial de Desinsectacion, Desrodentizacion y Desinfeccion Ambiental.
CGPC:
Centro de Gestión y Participación Comunal de la Ciudad Autónoma de Bs. As.
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CIA:
Cámara Inmobiliaria Argentina.
COAPLA:
Empresas de Control de Plagas de la Republica Argentina.
CEPRARA:
Cámara de Empresarios Pintores y Restauraciones Afines de la República Argentina
CUCICBA:
Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA.
CUIL:
Clave Única de Identificación Laboral.
CUIT:
Clave Única de Identificación Tributaria.
FAC:
Federación Argentina de Consorcios.
FACARA:
Federación de Asociaciones y Cámaras de Ascensores de la República Argentina.
FAPHRA:
Federación Nacional de Cámaras y Asociaciones de Administradores de Propiedad Horizontal de la República Argentina
FATERyH:
Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal.
FECIBA:
Federación Económica de la Ciudad de Buenos Aires.
FEDECO:
Federación de Asociaciones de Consorcios.
FRA:
Fundación Reunión de Administradores.
ICI:
Instituto de Capacitación Inmobiliaria.
INADI:
Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo.
IxE:
Indignados por expensas.
LCPH:
Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal.
RCD:
Red de Consorcistas Damnificados.
ReDeCo:
Reafirmación de los Derechos del Consorcista.
SEARA:
Sindicato Empleados de Administradoras de la República Argentina.
SERACARH:
Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal.
SiPreBA: Sindicato de Prensa de Buenos Aires.
SUTERH:
Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal.
UADI:
Unión Administradores de Inmuebles.
UCRA:
Unión de Consorcistas de la República Argentina.
UITEC:
Unión Iberoamericana de Trabajadores de Edificios y Condominios.
ULAI:
Unión Latinoamericana de Administradores e Inmobiliarias.
UMIPH:
Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal.
UPA - Unión Porteña de Administradores.
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Boletín
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1º
Edición
Nº DCCCXXII
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