Boletín de Pequeñas Noticias
24 de Enero del 2000 - Nº: 7


¿Dónde está escrito?: Clasificación de los Edificios y La ropa de Trabajo.
Todos los administradores saben que los edificios se dividen en cuatro categorías, pero no siempre se recuerda que servicios son los que se toman en cuenta para determinar las mismas. Por ello, el artículo nº 6 de la convención colectiva de trabajo nº 306/98, establece que a los fines de constituir las cuatro categorías en que se clasifican los edificios, se toman como servicios centrales los siguientes: Agua caliente; calefacción; compactador y/o incinerador de residuos; servicio central de gas envasado (donde no hubiere gas natural); desagote de cámara séptica (circunscripto a las zonas donde existe para uso común del edificio); ablandador de agua (circunscripto a las zonas donde existe para uso común del edificio). La supresión del antiguo servicio central de las heladeras, no implicará el bajar de categoría al trabajador.
Por lo tanto, las categorías quedarán determinadas de la siguiente manera: 
1º Categoría: Los edificios con tres o más servicios centrales;
2º Categoría: Los edificios con dos servicios centrales;
3º Categoría: Los edificios con un servicio central;
4º Categoría: Los edificios sin servicios centrales.
En líneas generales siempre es discutido la calidad y ropa que se le debe entregar al encargado de un edificio por año calendario.
El artículo decimoquinto de la convención colectiva de trabajo nº 306/98 es claro y establece:
El personal, tanto sean estos permanentes o no permanentes, tendrán derecho a que el empleador le suministre ropa de trabajo consistente en dos pantalones y dos camisas al personal masculino y dos guardapolvos al personal femenino, como así también botas de goma y guantes para el manipuleo de leña, carbón, tacho de residuos, etc, los que serán suministrados a los sesenta días de haber ingresado en el empleo. La entrega será de un conjunto cada seis (6) meses, también proveerá de un equipo antiflama y un extinguidor de incendios, que estará en el sótano, específicamente destinado para el uso del encargado, en los inmuebles en donde exista compactador y/o caldera, y los útiles de limpieza, lámparas portátiles y demás herramientas de conformidad a lo dispuesto por la ley 12981.
El empleador tiene un plazo de noventa (90) días para la provisión de los elementos de seguridad enunciados precedentemente, a partir de la fecha de homologación del presente convenio. Al no cumplirse este requisito, el trabajador quedara liberado de la prestación del servicio.

¿Sabía que la AFIP... ?
...debe evacuar las consultas y atender las denuncias que los contribuyentes y usuarios realicen en forma personal, telefónica o vía E-Mail en las Regiones, Agencias y Aduanas de todo el país.
Las consultas técnico impositivas y de la seguridad social se puede consultar a través del centro de Atención Telefónica (011) 4345-9000 o vía e-mail a través de la opción "Consultas Tributarias" o "Consultas Previsionales" en la página de Internet www.afip.gov.ar. Los grandes contribuyentes nacionales se deben comunicar al (011) 4347-2363/66/68 y grandes contribuyentes individuales al (011) 4347-3240.
Las consultas de carácter impositivo y provisional sobre obligaciones de presentación y pago de los contribuyentes, pueden realizarse al (011) 4347-2416/19/30.
Las denuncias de evasión, falsos inspectores y falsas inspecciones y reclamos por incumplimiento de inspectores a través del Centro de Atención de denuncias 0800-222-2222.
Las consultas sobre devolución de impuestos al (011) 4347-2630.
Asistencia técnica sobre sistemas aplicativos: instalación, configuración del equipo, carga de tablas generales para la liquidación de tributos al (011) 4347-3208/10/3956/38589/3152.
Análisis de requerimientos de información sobre el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP) formulados por Obras Sociales o por la Superintendencia de Servicios de Salud a través del (011) 4347/2783/84/2749.
Análisis de requerimientos de información formulados por AFJP, ANSeS, Superintendencia de AFJP, ART, Superintendencia de ART, organismos de control y demás usuarios externos del SIJP a través del (011) 4434-3103/04.
Por último, ¿sabía que se encuentra a disposición del público la Biblioteca de la DGI, de lunes a viernes de 10 a 17,50 horas en Avenida de Mayo 1317, 2º piso, Oficina 209, Capital Federal?

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