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Boletín de Pequeñas Noticias
19 de Junio del 2001 - Nº: 61


Editorial: Las puntocom locales se extinguen.
Se llaman puntocom, en la jerga informática, a aquellas empresas que, desde Internet, brindan servicios de noticias, ventas de artículos (desde libros y compactos de música hasta electrodomésticos),e-mail, chateo (conversación por medio de la PC) y entretenimiento. Según esta noticia aparecida en el diario vespertino Publimetro días pasados, de las 485 empresas que existían hace siete meses, quedan menos de cien.
"Las acciones de El Sitio están a punto de ser excluidas del Nasdaq porque hace más de un mes que cotizan por debajo de un dólar.
Las cifras son elocuentes: en noviembre de 2000 existían en Internet 485 puntocom argentinas con planteles que contaban con más de tres personas, y hoy, siete meses después, quedan algo menos de cien.
Estos datos, publicados por la consultora Prince&Cooke, indican que en el último semestre al menos ochenta por ciento de los emprendimientos "on line" nacionales cerraron sus puertas y despidieron a todo su personal.
De acuerdo con esa investigación, sesenta por ciento de estas empresas se encontraban, al momento de desaparecer, en la etapa del seed capital (esto significa que apenas se mantuvo el aporte mínimo inicial para arrancar con el negocio., muchas veces proveniente de los mismos fundadores).
La enorme mayoría jamás logró pasar la primera ronda de financiación con inversores privados y dejó de operar por falta de efectivo.
En los últimos años,. este sector recibió capitales por seiscientos millones de pesos y creó mil puestos de trabajo.
La crisis provoca despidos. La Web fue el escenario de una importante cantidad de sonoros fracasos comerciales, como la del portal financiero Latinstocks, propiedad del grupo Exxel, que tras perder veinte millones de pesos despidió a ochenta personas.
Además, en los últimos días, Noticias de Internet y Datos en la Web, dos sitios especializados en información sobre tecnología, dejaron de actualizarse. El periodista Jorge Lanata también dio por finalizada la trayectoria noticiosa de Data 54, tras perder cerca de un millón de dólares en un año.
Actualmente, El Sitio, una de las principales empresas del sector, atraviesa serios problemas financieros: sus acciones están a punto de ser excluidas del Nasdaq porque hace más de un mes cotizan por debajo de un dólar. Como consecuencia, ya se desprendió de una importante cantidad de empleados en dos rondas de despidos y su futuro económico es realmente incierto."
 
Este breve epitafio concluye un capítulo muy importante de nuestra historia tecnológica contemporánea. Por supuesto que Internet no está terminada, las que se murieron fueron las fantasías desmedidas que se tejieron alrededor de la manera que iba a transformar nuestras vidas.
 
1.- "El que no esté en Internet no va a existir".
2.- "Es el fin de los comercios, a partir de ahora todo se va a comprar por la red".
3.- "La necesidad de comprar a precios exorbitantes los sitios existentes obedece a que el negocio le va a pertenecer a los primeros que entren en él"
4.- "No van a existir más PC´s. Las computadoras se van a conectar a mega servidores desde donde se va a poder usar el software que se necesite".
 
Si leyéramos algunos de los comentarios que los medios y algunos científicos, en su entusiasmo, hicieron cuando apareció la electricidad, el teléfono, la radio, la televisión, etc... nos sorprendería lo parecidos que son a los vertidos durante el "fenómeno Internet".
 
Me gustaría en este momento analizar dos conceptos que, en su momento me molestaron un poco: "Es el fin de los comercios, a partir de ahora todo se va a comprar por la red"
La venta por Internet se puede comparar a la que se hace por catálogo de productos que tuvo su auge en los EEUU con el desarrollo de las comunicaciones: el ferrocarril y el correo. Los argumentos que se esgrimieron en ese momento fueron los mismos: ¿Qué mejor que elegir desde la comodidad del hogar un producto y recibirlo a vuelta de correo? Pero no cumplió con las expectativas depositadas en él. Los viajantes de comercio tuvieron que llegar a los lugares más lejanos contactarse con los dueños de los negocios locales, tratar de establecer un vínculo humano y mantenerlo con visitas mensuales, semestrales o anuales. Solo de esta manera el catálogo de productos tuvo utilidad apoyando el trabajo de estas personas.
Gracias a Dios la gente todavía quiere ver y tocar la mercadería que va a comprar. Quiere escuchar a un vendedor explicarle las bondades del producto. Quiere ver el local dónde está comprando, dónde está ubicado, cuánta mercadería tiene y de acuerdo a eso, entre otras cosas, tomará sus decisiones. Algunos compran en determinados negocios porque son amigos del dueño o de un vendedor. Otros se asesoran allí mismo sobre marcas y precios. El contacto humano es, por el momento, irremplazable.
 
Otra verdad bíblica de los últimos tiempos fue "La necesidad de comprar a precios exorbitantes los sitios existentes obedece a que el negocio le va a pertenecer a los primeros que entren en él". Bueno, parece que no es así. ¿Henry Ford fue el primero en entrar al negocio de los automóviles? Probablemente fue el que mejor entendió sus reglas y el más capaz en convertirlo en una gran industria, pero de ninguna manera el primero en entrar en él. En estos momentos EEUU está luchando denodadamente para no perder la supremacía del mercado automotriz a manos de los japoneses que desarrollaron su participación en esta industria recién en las últimas décadas.
Los "gurues" siguen haciendo vaticinios, porque de eso viven. A mi no me parece mal. Ahora sostienen que Internet no sirve más, que se terminó y eso tampoco es verdad. Sigue siendo una poderosa herramienta de comunicación y de transmisión de información junto con el teléfono, la radio, la televisión y el fax, por nombrar algunos.
Lo que nunca va a hacer es reemplazar la calidez de un ser humano acercándose a otro, con una sonrisa, a darle un apretón de manos aunque sólo sea para hacer negocios.

Jurisprudencia: Consultorios en edificios apto profesional.
El tema de la instalación de consultorios en edificios aptos para profesionales cuando perjudica y restringe el derecho de los demás es de constante preocupación en los consorcios. Para aclarar un poco este tema acercamos el fallo de Primera Instancia del juez nacional de Apelaciones en lo Civil - sala A-, doctor Castaños Zemborain y la sentencia de la Cámara.
1- El Consorcio de Propietarios Avenida Cabildo... de la Capital Federal, por apoderado, promueve demanda contra IRF, BW y AMS, por cesación de las actividades abusivas que se desarrollan en tres unidades del inmueble.
Manifiesta que, a partir de 1993, el edificio comenzó a recibir un desproporcionado número de personas que concurrían diariamente a las unidades de los demandados, para atenderse en los consultorios que allí fueron instalados.
Añade, que si bien es posible la instalación de consultorios médicos en las distintas unidades del edificio, la extraordinaria afluencia de público que los demandados han provocado, no solo ha significado la alteración en los costos consorciales, sino también en el orden, el decoro, la moral, las buenas costumbres, etc. hasta entonces imperantes.
Funda su derecho en lo establecido por las cláusulas 2a. inciso b) y 4° del Reglamento de Copropiedad y los artículos 3, 6, 15 y concurrentes de la ley 13.512, y solicita se haga lugar a la demanda, con costas.
2- AMS, por apoderado, contesta la demanda y solicita su rechazo con costas. Si bien admite ser la propietaria del departamento y haberlo dado en locación para consultorio, niega que en él se haya producido actividad abusiva alguna. Por lo demás, agrega, al comenzar las audiencias de mediación, por requerimiento de la administradora que decidió no renovar el contrato y suscribir un convenio de desocupación.
3- A su vez, BW, contesta la demanda y solicita su rechazo, con costas. Manifiesta en primer lugar que, en razón de no vivir ni ocupar ninguna de las unidades que son de su propiedad, no se le pueden imputar los supuestos abusos, anomalías y violaciones al reglamento de copropiedad, que sus ocupantes eventualmente puedan haber cometido.
Por lo demás, niega todo que al respecto se expone en la demanda, y sostiene que, según las constataciones arrimadas por el actor, son otras las unidades que provocan una mayor afluencia de público.
4- Ante la incomparencia de IRF, no obstante estar debidamente notificado, se lo declaró rebelde.
En los considerandos del fallo se indica: I. "Hace a la esencia del denominado sistema de propiedad horizontal, la restricción de los derechos de cada propietario en beneficio o interés de los demás.
Estas restricciones al dominio, establecidas en la ley 13.512 y en los reglamentos particulares, desempeñan un papel fundamental en el régimen de la propiedad por piso o departamentos, y deben ser más estrictamente observadas, si cabe, que las que nacen de las relaciones habituales entre propietarios vecinos, toda vez que su acatamiento por los copropietarios es condición esencial para asegurar el buen funcionamiento de las casas divididas por pisos o departamentos (conf. Cámara Nacional Civil en fallos publicados en "El Derecho" 22-765, 16-323, 16-315, 22-758, 33-660, etc.).
Las exigencias de la vida en común, en el régimen de la propiedad horizontal, someten el derecho de cada uno de los copropietarios a limitaciones mayores que las ya admitidas en el proceso evolutivo de la noción de propiedad, que es cada vez menos derecho absoluto e ilimitado.
Por ello, las restricciones recíprocas que impone a los comuneros el sistema de propiedad horizontal deben ser escrupulosamente observadas, así como deben aplicarse estrictamente las sanciones establecidas para los casos de infracción, pues la finalidad de estas y de aquellas es mantener la pacífica convivencia de los copropietarios. (conf. E.D. 25-673 y L.L. 102-450).
II. Así las cosas, cabe destacar que el artículo tercero del reglamento que rige en la especie la vida consorcial establece que "los departamentos o unidades 2 al 47 serán destinados a vivienda familiar o consultorios o estudios profesionales..." Y no cabe duda, ante tan claros términos que, por disposición estatutaria se ha querido asegurar que, con excepción de la unidad número uno ubicada en la planta baja, todas las restantes sean destinadas exclusivamente a vivienda familiar o consultorios, o estudios profesionales, sin la menor concesión a posibilitar una actividad empresaria, por parte de sus moradores.
III. Ahora bien, según resulta de la ponderación en conjunto de las actas notariales levantadas con ocasión de establecerse el destino de las personas que ingresaban al edificio (conf. fs. 145/55), las declaraciones testimoniales aquí obtenidas (conf. fs. 402/12), las actas de constatación levantadas por el Oficial de Justicia (conf. fs. 428/30) y el informe suministrado por la empresa que atiende a los ascensores, es indudables que en las unidades señaladas, no se desarrolla una simple actividad profesional sino que coordinada por una férrea administración ejercida desde el departamento A del 4° piso, en forma estrechamente relacionada, se prestaba atención médica a un número cada vez mayor de pacientes. Con el agravante de que estos no se limitan a asistir a un consultorio determinado, sino que se trasladan por el edificio para poder pasar por la administración ya referida.
IV. Como consecuencia de lo expuesto en los apartados precedentes, el suscripto estima que el destino dado a las unidades citadas, resulta ser francamente violatorio de la voluntad estatutaria. Por tanto, no cabe otra decisión que acoger favorablemente a la demanda.
Por estos fundamentos y disposiciones legales, tanto implícita como explícitamente citadas, el fallo hizo lugar a la demanda, con costas. En consecuencia, se condenó a levantar los consultorios y oficinas instaladas en las unidades, y cesar allí toda actividad profesional que supere los limites de su ejercicio en forma individual, bajo apercibimiento de aplicar las sanciones conminatorias previstas por los artículos 666 bis del Codigo Civil y 37 del Codigo Procesal.
La sentencia de Cámara, con fecha 5 de octubre de 2000, que firman Ana María Luaces, Jorge Escuti Pizarro y Mario de la Puerta Echeverria, quedo firme. En los considerandos se tuvo en cuenta la opinión de la Cámara Argentina de la Propiedad H.orizontal acerca que "el uso de los sectores o servicios comunes se practicara de acuerdo con el sentido y las limitaciones que indica el artículo tercero de la ley 13.512, con sujeción a los detalles que se establezcan en el reglamento interno del edificio. Así, pues, cada propietario podrá usar de los bienes comunes conforme a su destino, pero sin perjudicar o restringir el legítimo derecho de los demás".
También se hizo uso de las actas notariales que reflejaron que de 151 personas ingresadas al edificio en tres horas de la tarde, entre un 17 y un 30% del total de ingresantes se dirigieron a los dos consultorios y un salón de quinesiología, y que era posible tomar el ascensor que todo el tiempo estaba ocupado.
Resultaron concordantes los diversos testimonios aportados a la causa por copropietarios, que describieron como una verdadera "multitud" la cantidad de pacientes que ingresaban al edificio.
En síntesis, de las consecuencias enunciadas surge que la tranquilidad de los integrantes del consorcio se ha visto seriamente afectada por la actividad descripta, la cual ha superado las previsiones tenidas en cuenta por el Reglamento de Copropiedad y Administración, y ha justificado, entonces la promoción de la presente acción.
Por consiguiente, si bien no podría ordenarse en estas actuaciones el cese liso y llano de las actividades profesionales de los consultorios - habría de confirmarse la sentencia en tanto pone a cargo de los propietarios la adopción de las medidas necesarias para evitar el abuso con que se llevan a cabo sus actividades los inquilinos de las unidades demandadas. Con costas.
Humor en la red
Se encuentran De la Rua, Bush y la Reina de Inglaterra en el infierno. Bush le contaba a la Reina de Inglaterra que había un teléfono en el infierno y que iba a hablar con el diablo para usarlo. Rápidamente fue y le pidió al diablo hacer una llamada a los EE.UU. para saber cómo se quedó el país después de su partida. El diablo le concedió la llamada y habló por 2 minutos. Colgando, el diablo le dijo que la llamada era 3 millones de dólares y Bush le hizo un cheque y la pago. 
Al enterarse de esto la Reina de Inglaterra quiso hacer lo mismo y  llamó a Inglaterra por 5 minutos y el diablo le pasó la cuenta de 10 millones.
De la Rua también sintió ganas de llamar a Argentina para ver cómo había dejado el país y habló por 3 horas. Cuando colgó, el diablo le dijo que eran 35 centavos. De la Rua se quedó atónito, pues había visto el costo de las llamadas de los demás y le preguntó por qué era tan barato llamar a Argentina...
Y el diablo le respondió: "De infierno a infierno, llamada local".

Concurso Nº 2: ¿Qué sabe Ud. sobre Administración de Consorcios?
En este nuevo concurso hay una novedad importante y es que todas las respuestas a las preguntas hechas se encuentran en nuestro sitio www.Sistema9041.com.ar. Las preguntas han sido extraídas de notas publicadas en las diferentes secciones que lo componen, por ejemplo: Legislación, ¿Dónde está escrito?, ¿Sabía que...?, Correo, etc... Por supuesto, para aquellos que los coleccionan, todo el material fue publicado, en su oportunidad, (excepto Legislación) en los diferentes Boletines de Pequeñas Noticias.
Hay tiempo de enviar las respuestas hasta el lunes 25 de junio del 2001 a las 24:00 hs y entre las respuestas correctas se sorteará el martes 26 de junio del 2001 el excelente libro de Eduardo L. Lapa "Administración de propiedad horizontal y propiedad vertical. Locaciones" de editorial Depalma. Podrán participar todas aquellas personas mayores de 21 años que sean argentinas, nativas o por opción y residan en la Republica Argentina. Sólo se tomará en cuenta una sola participación por persona y en caso de recibir más de una participación por persona se considerará válida la primera y las demás serán descartadas. Se tomarán como válidas las participaciones de diferentes miembros de una familia o de varios empleados de una administración siempre y cuando se envíen de cada uno por separado. En caso de no recibir ninguna participación con todas las respuestas correctas el premio se declarará desierto. Para participar se puede utilizar el formulario especialmente diseñado que se encuentra en nuestro sitio,enviando un e-mail a: PequenasNoticias@Sistema9041.com.ar, un fax al 4581-3906 o una carta a:
    Sres:
    Pequeñas Noticias
    Concurso Nº 2
    Gral Cesar Díaz 2761
    (1416) Capital Federal
con la filiación del/de los remitente(s) según el modelo adjunto y la respuesta a las cuatro preguntas que figuran más adelante. Debe tenerse en cuenta que sólo existe una respuesta correcta para cada pregunta. En la carta, el e-mail o el fax deben figurar los siguientes datos:
 
Para: PequenasNoticias@Sistema9041.com.ar
Asunto: Concurso Nº 2
En el texto:
Empresa: <si pertenece a alguna>
Apellido y nombre: <del participante>
Dirección, código postal y localidad del participante
Teléfono del participante
e-mail de aquel participante que lo posea
Respuesta 1ª: <letra elegida>
Respuesta 2º <letra elegida>
Respuesta 3º <letra elegida>
Respuesta 4º <letra elegida>
 
Las cartas, los e-mails o fax que se envíen en forma incompleta no serán tomados en cuenta y de ser posible se notificará a los remitentes para su corrección.
 
Preguntas del concurso Nº 2
1) Conforme a las ordenanzas vigentes, ¿qué sistema de señalización necesita la salida de vehículos de una cochera de 15 (quince) automóviles?
a) Señalamiento de luz verde y roja.
b) Alarma sonora.
c) Señalamiento de luz roja y alarma sonora de día.
d) Señalamiento de luz verde y roja y alarma sonora.
 
2) ¿Qué antigüedad en el empleo se requiere para percibir la asignación prenatal?
a) No se requiere antigüedad.
b) Una vez confirmado en su puesto de trabajo (60 días).
c) 3 meses de antigüedad mínima y continuada.
d) 6 meses de antigüedad mínima.
 
3) ¿Cuándo el encargado de un edificio es considerado de tercera categoría?
a) Cuando un edificio tiene tres o más servicios centrales en uso.
b) Cuando un encargado tiene más de diez años de antigüedad.
c) Cuando un edificio está ubicado en una zona determinada.
d) Cuando un edificio tiene un servicio central.
 
4) ¿Qué ropa se debe entregar anualmente a un encargado (masculino) permanente con vivienda de un edificio con caldera?
a) Una camisa y un pantalón.
b) Dos camisas y dos pantalones y un par de botas.
c) Dos camisas, dos pantalones, dos pares de botas de goma, dos pares de guantes de trabajo, un equipo antiflama.
d) Una muda completa cada vez que se le dañe la anterior.
 
Los datos del ganador, junto con las respuestas correctas, se publicarán en Pequeñas Noticias que aparece los primeros días de julio del 2001 y en el Boletín de Pequeñas Noticias que se publica el lunes 2 de julio del 2001.
Para cualquier consulta sobre las bases del concurso o las preguntas dirigirse a PequenasNoticias@Sistema9041.com.ar
¡ ¡ ¡   S U E R T E   P A R A   T O D O S   ! ! !

Eventos Culturales en nuestra Ciudad
En este rincón presentaremos algunas de las actividades culturales gratuitas o de bajo costo que amigos nuestros con gran esfuerzo y dedicación llevan a cabo. El cronograma de estas actividades también se pueden consultar en nuestro sitio.  

Contacto

Pub/Café

Bacacay 1715

Altura Rivadavia al 6200 - Flores

"Centro Cultural de Flores"

presenta a:

Keco Tasat y su bandoneon en

Musica de Tango:

"De regreso en Argentina" 

viernes 29 de junio del 2001 a las 21.00 hs.

Entrada Libre y Gratuita

Reservar mesa al 4631-3973/5700

a partir de las 17:00 hs.

El Club Hípico Argentino

lo invita al

Gran Recital de Canto Lírico y de Cámara

el jueves 21 de junio a las 20 hs.

Marisol Ariadna Rojas - Soprano

Manuel Felipe Luna - Tenor

Interpretarán Arias y Canciones de:

Bizet - Leoncavallo - Haendel - Puccini - Pergolesi - Schubert - Schuman - Fauré Lopez de la Rosa - Lopez Buchardo - Arizaga - Guastavino.

Acompañados por Cynthia Wainz - piano.

Entrada Libre y Gratuita

Av Figueroa Alcorta 7285

Con el auspicio de la Embajada de Francia

cultura@hipico.org.ar


Cursos: Centro de Formación Profesional Nº 1
Curso de Administración de Consorcios
El Centro de Formación Profesional Nº 1 anuncia que a principios de junio comienza la inscripción para su curso de administración de consorcios que durará 4 meses. La misma se mantendrá abierta hasta completar vacantes y es libre y gratuita. Para participar del curso se debe ser mayor de 18 años y poseer DNI.
Los títulos que se emiten son oficiales y para informes comunicarse al teléfono: 4301-8678.

Vencimientos Impositivos del Mes
Para brindar un mejor servicio, hacer más "liviano" el Boletín de Pequeñas Noticias y por seguridad (léase virus) abandonamos la modalidad de adjuntar un archivo  con los vencimientos semanales e implementamos otra nueva: sólo se debe hacer click en la palabra Vencimientos Impositivos mientras se está conectado a Internet y cuando, al abrirse el navegador, aparezca la página de vencimientos, elija la semana deseada que luego podrá imprimirla o grabarla en el disco rígido utilizando las opciones previstas por el navegador.

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Boletín de Pequeñas Noticias
Número de Edición: 61
Fecha de publicación: 19 de Junio del 2001
Director: Claudio García de Rivas
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