Boletín de Pequeñas
Noticias
19 de Junio del 2001 - Nº: 61
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Editorial: Las
puntocom locales se extinguen.
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Humor en la Red
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Concurso Nº 2: ¿Qué
sabe Ud. sobre Administración de Consorcios?
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Cursos & Seminarios:
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Centro
de Formación Profesional Nº 1: Administración de Consorcios
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Eventos
Culturales en nuestra Ciudad
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Recital
de Canto Lírico y de Cámara
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Keco
Tasat y su bandoneón en Música de Tango
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Vencimientos Impositivos Mensuales
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Proveedores de bienes y
servicios
Editorial: Las
puntocom locales se extinguen.
Se
llaman puntocom, en la jerga informática, a aquellas empresas que,
desde Internet, brindan servicios de noticias, ventas de artículos
(desde libros y compactos de música hasta electrodomésticos),e-mail,
chateo (conversación por medio de la PC) y entretenimiento. Según esta
noticia aparecida en el diario vespertino Publimetro días pasados, de
las 485 empresas que existían hace siete meses, quedan menos de cien.
"Las
acciones de El Sitio están a punto de ser excluidas del Nasdaq porque
hace más de un mes que cotizan por debajo de un dólar.
Las
cifras son elocuentes: en noviembre de 2000 existían en Internet 485
puntocom argentinas con planteles que contaban con más de tres
personas, y hoy, siete meses después, quedan algo menos de cien.
Estos
datos, publicados por la consultora Prince&Cooke, indican que en el
último semestre al menos ochenta por ciento de los emprendimientos
"on line" nacionales cerraron sus puertas y despidieron a todo
su personal.
De
acuerdo con esa investigación, sesenta por ciento de estas empresas se
encontraban, al momento de desaparecer, en la etapa del seed capital
(esto significa que apenas se mantuvo el aporte mínimo inicial para
arrancar con el negocio., muchas veces proveniente de los mismos
fundadores).
La
enorme mayoría jamás logró pasar la primera ronda de financiación
con inversores privados y dejó de operar por falta de efectivo.
En los
últimos años,. este sector recibió capitales por seiscientos millones
de pesos y creó mil puestos de trabajo.
La
crisis provoca despidos. La Web fue el escenario de una importante
cantidad de sonoros fracasos comerciales, como la del portal financiero
Latinstocks, propiedad del grupo Exxel, que tras perder veinte millones
de pesos despidió a ochenta personas.
Además,
en los últimos días, Noticias de Internet y Datos en la Web, dos
sitios especializados en información sobre tecnología, dejaron de
actualizarse. El periodista Jorge Lanata también dio por finalizada la
trayectoria noticiosa de Data 54, tras perder cerca de un millón de dólares
en un año.
Actualmente,
El Sitio, una de las principales empresas del sector, atraviesa serios
problemas financieros: sus acciones están a punto de ser excluidas del
Nasdaq porque hace más de un mes cotizan por debajo de un dólar. Como
consecuencia, ya se desprendió de una importante cantidad de empleados
en dos rondas de despidos y su futuro económico es realmente
incierto."
Este breve epitafio concluye un capítulo
muy importante de nuestra historia tecnológica contemporánea. Por
supuesto que Internet no está terminada, las que se murieron fueron las
fantasías desmedidas que se tejieron alrededor de la manera que iba a
transformar nuestras vidas.
1.- "El que
no esté en Internet no va a existir".
2.- "Es el
fin de los comercios, a partir de ahora todo se va a comprar por la
red".
3.- "La
necesidad de comprar a precios exorbitantes los sitios existentes
obedece a que el negocio le va a pertenecer a los primeros que entren en
él"
4.- "No van
a existir más PC´s. Las computadoras se van a conectar a mega
servidores desde donde se va a poder usar el software que se
necesite".
Si leyéramos algunos de los
comentarios que los medios y algunos científicos, en su entusiasmo,
hicieron cuando apareció la electricidad, el teléfono, la radio, la
televisión, etc... nos sorprendería lo parecidos que son a los
vertidos durante el "fenómeno Internet".
Me gustaría en este momento
analizar dos conceptos que, en su momento me molestaron un poco: "Es
el fin de los comercios, a partir de ahora todo se va a comprar por la
red"
La venta por Internet se puede
comparar a la que se hace por catálogo de productos que tuvo su auge en
los EEUU con el desarrollo de las comunicaciones: el ferrocarril y el
correo. Los argumentos que se esgrimieron en ese momento fueron los
mismos: ¿Qué mejor que elegir desde la comodidad del hogar un producto
y recibirlo a vuelta de correo? Pero no cumplió con las expectativas
depositadas en él. Los viajantes de comercio tuvieron que llegar a los
lugares más lejanos contactarse con los dueños de los negocios
locales, tratar de establecer un vínculo humano y mantenerlo con
visitas mensuales, semestrales o anuales. Solo de esta manera el catálogo
de productos tuvo utilidad apoyando el trabajo de estas personas.
Gracias a Dios la gente todavía
quiere ver y tocar la mercadería que va a comprar. Quiere escuchar a un
vendedor explicarle las bondades del producto. Quiere ver el local dónde
está comprando, dónde está ubicado, cuánta mercadería tiene y de
acuerdo a eso, entre otras cosas, tomará sus decisiones. Algunos
compran en determinados negocios porque son amigos del dueño o de un
vendedor. Otros se asesoran allí mismo sobre marcas y precios. El
contacto humano es, por el momento, irremplazable.
Otra verdad bíblica de los últimos
tiempos fue "La necesidad de comprar a precios exorbitantes
los sitios existentes obedece a que el negocio le va a pertenecer a los
primeros que entren en él". Bueno, parece que no es así.
¿Henry Ford fue el primero en entrar al negocio de los automóviles?
Probablemente fue el que mejor entendió sus reglas y el más capaz en
convertirlo en una gran industria, pero de ninguna manera el primero en
entrar en él. En estos momentos EEUU está luchando denodadamente para
no perder la supremacía del mercado automotriz a manos de los japoneses
que desarrollaron su participación en esta industria recién en las últimas
décadas.
Los "gurues" siguen
haciendo vaticinios, porque de eso viven. A mi no me parece mal. Ahora
sostienen que Internet no sirve más, que se terminó y eso tampoco es
verdad. Sigue siendo una poderosa herramienta de comunicación y de
transmisión de información junto con el teléfono, la radio, la
televisión y el fax, por nombrar algunos.
Lo
que nunca va a hacer es reemplazar la calidez de un ser humano acercándose
a otro, con una sonrisa, a darle un apretón de manos aunque sólo sea
para hacer negocios.
El tema
de la instalación de consultorios en edificios aptos para profesionales
cuando perjudica y restringe el derecho de los demás es de constante
preocupación en los consorcios. Para aclarar un poco este tema acercamos el
fallo de Primera Instancia del juez nacional de Apelaciones en lo Civil
- sala A-, doctor Castaños Zemborain y
la sentencia de la Cámara.
1- El Consorcio de Propietarios
Avenida Cabildo... de la Capital Federal, por apoderado, promueve
demanda contra IRF, BW y AMS, por cesación de las actividades abusivas
que se desarrollan en tres unidades del inmueble.
Manifiesta que, a partir de 1993, el
edificio comenzó a recibir un desproporcionado número de personas que
concurrían diariamente a las unidades de los demandados, para atenderse
en los consultorios que allí fueron instalados.
Añade, que si bien es posible la
instalación de consultorios médicos en las distintas unidades del
edificio, la extraordinaria afluencia de público que los demandados han
provocado, no solo ha significado la alteración en los costos
consorciales, sino también en el orden, el decoro, la moral, las buenas
costumbres, etc. hasta entonces imperantes.
Funda su derecho en lo establecido
por las cláusulas 2a. inciso b) y 4° del Reglamento de Copropiedad y
los artículos 3, 6, 15 y concurrentes de la ley 13.512, y solicita se
haga lugar a la demanda, con costas.
2- AMS, por apoderado, contesta la
demanda y solicita su rechazo con costas. Si bien admite ser la
propietaria del departamento y haberlo dado en locación para
consultorio, niega que en él se haya producido actividad abusiva
alguna. Por lo demás, agrega, al comenzar las audiencias de mediación,
por requerimiento de la administradora que decidió no renovar el
contrato y suscribir un convenio de desocupación.
3- A su vez, BW, contesta la demanda
y solicita su rechazo, con costas. Manifiesta en primer lugar que, en
razón de no vivir ni ocupar ninguna de las unidades que son de su
propiedad, no se le pueden imputar los supuestos abusos, anomalías y
violaciones al reglamento de copropiedad, que sus ocupantes
eventualmente puedan haber cometido.
Por lo demás, niega todo que al
respecto se expone en la demanda, y sostiene que, según las
constataciones arrimadas por el actor, son otras las unidades que
provocan una mayor afluencia de público.
4- Ante la incomparencia de IRF, no
obstante estar debidamente notificado, se lo declaró rebelde.
En los considerandos del fallo se
indica: I. "Hace a la esencia del denominado sistema de propiedad
horizontal, la restricción de los derechos de cada propietario en
beneficio o interés de los demás.
Estas restricciones al dominio,
establecidas en la ley 13.512 y en los reglamentos particulares, desempeñan
un papel fundamental en el régimen de la propiedad por piso o
departamentos, y deben ser más estrictamente observadas, si cabe, que
las que nacen de las relaciones habituales entre propietarios vecinos,
toda vez que su acatamiento por los copropietarios es condición
esencial para asegurar el buen funcionamiento de las casas divididas por
pisos o departamentos (conf. Cámara Nacional Civil en fallos publicados
en "El Derecho" 22-765, 16-323, 16-315, 22-758, 33-660, etc.).
Las exigencias de la vida en común,
en el régimen de la propiedad horizontal, someten el derecho de cada
uno de los copropietarios a limitaciones mayores que las ya admitidas en
el proceso evolutivo de la noción de propiedad, que es cada vez menos
derecho absoluto e ilimitado.
Por ello, las restricciones recíprocas
que impone a los comuneros el sistema de propiedad horizontal deben ser
escrupulosamente observadas, así como deben aplicarse estrictamente las
sanciones establecidas para los casos de infracción, pues la finalidad
de estas y de aquellas es mantener la pacífica convivencia de los
copropietarios. (conf. E.D. 25-673 y L.L. 102-450).
II. Así las cosas, cabe destacar
que el artículo tercero del reglamento que rige en la especie la vida
consorcial establece que "los departamentos o unidades 2 al 47 serán
destinados a vivienda familiar o consultorios o estudios
profesionales..." Y no cabe duda, ante tan claros términos que,
por disposición estatutaria se ha querido asegurar que, con excepción
de la unidad número uno ubicada en la planta baja, todas las restantes
sean destinadas exclusivamente a vivienda familiar o consultorios, o
estudios profesionales, sin la menor concesión a posibilitar una
actividad empresaria, por parte de sus moradores.
III. Ahora bien, según resulta de
la ponderación en conjunto de las actas notariales levantadas con ocasión
de establecerse el destino de las personas que ingresaban al edificio
(conf. fs. 145/55), las declaraciones testimoniales aquí obtenidas
(conf. fs. 402/12), las actas de constatación levantadas por el Oficial
de Justicia (conf. fs. 428/30) y el informe suministrado por la empresa
que atiende a los ascensores, es indudables que en las unidades señaladas,
no se desarrolla una simple actividad profesional sino que coordinada
por una férrea administración ejercida desde el departamento A del 4°
piso, en forma estrechamente relacionada, se prestaba atención médica
a un número cada vez mayor de pacientes. Con el agravante de que estos
no se limitan a asistir a un consultorio determinado, sino que se
trasladan por el edificio para poder pasar por la administración ya
referida.
IV. Como consecuencia de lo expuesto
en los apartados precedentes, el suscripto estima que el destino dado a
las unidades citadas, resulta ser francamente violatorio de la voluntad
estatutaria. Por tanto, no cabe otra decisión que acoger favorablemente
a la demanda.
Por estos fundamentos y
disposiciones legales, tanto implícita como explícitamente citadas, el
fallo hizo lugar a la demanda, con costas. En consecuencia, se condenó
a levantar los consultorios y oficinas instaladas en las unidades, y
cesar allí toda actividad profesional que supere los limites de su
ejercicio en forma individual, bajo apercibimiento de aplicar las
sanciones conminatorias previstas por los artículos 666 bis del Codigo
Civil y 37 del Codigo Procesal.
La
sentencia de Cámara, con fecha 5 de octubre de 2000, que firman Ana María
Luaces, Jorge Escuti Pizarro y Mario de la Puerta Echeverria, quedo
firme. En los considerandos se tuvo en cuenta la opinión de la Cámara
Argentina de la Propiedad H.orizontal acerca que "el uso de
los sectores o servicios comunes se practicara de acuerdo con el sentido
y las limitaciones que indica el artículo tercero de la ley 13.512, con
sujeción a los detalles que se establezcan en el reglamento interno del
edificio. Así, pues, cada propietario podrá usar de los bienes comunes
conforme a su destino, pero sin perjudicar o restringir el legítimo
derecho de los demás".
También se hizo uso de las actas
notariales que reflejaron que de 151 personas ingresadas al edificio en
tres horas de la tarde, entre un 17 y un 30% del total de ingresantes se
dirigieron a los dos consultorios y un salón de quinesiología, y que
era posible tomar el ascensor que todo el tiempo estaba ocupado.
Resultaron concordantes los diversos
testimonios aportados a la causa por copropietarios, que describieron
como una verdadera "multitud" la cantidad de pacientes que
ingresaban al edificio.
En síntesis, de las consecuencias
enunciadas surge que la tranquilidad de los integrantes del consorcio se
ha visto seriamente afectada por la actividad descripta, la cual ha
superado las previsiones tenidas en cuenta por el Reglamento de
Copropiedad y Administración, y ha justificado, entonces la promoción
de la presente acción.
Por
consiguiente, si bien no podría ordenarse en estas actuaciones el cese
liso y llano de las actividades profesionales de los consultorios - habría
de confirmarse la sentencia en tanto pone a cargo de los propietarios la
adopción de las medidas necesarias para evitar el abuso con que se
llevan a cabo sus actividades los inquilinos de las unidades demandadas.
Con costas.
Humor en la red
Se encuentran De la Rua, Bush y la
Reina de Inglaterra en el infierno. Bush le contaba a la Reina de
Inglaterra que había un teléfono en el infierno y que iba a hablar
con el diablo para usarlo. Rápidamente fue y le pidió al diablo
hacer una llamada a los EE.UU. para saber cómo se quedó el país
después de su partida. El diablo le concedió la llamada y habló por
2 minutos. Colgando, el diablo le dijo que la llamada era 3 millones
de dólares y Bush le hizo un cheque y la pago.
Al enterarse de esto la Reina de Inglaterra quiso hacer lo mismo y
llamó a Inglaterra por 5 minutos y el diablo le pasó la cuenta de 10
millones.
De la Rua también sintió ganas
de llamar a Argentina para ver cómo había dejado el país y
habló por 3 horas. Cuando colgó, el diablo le dijo que eran 35
centavos. De la Rua se quedó atónito, pues había visto el costo de
las llamadas de los demás y le preguntó por qué era tan barato
llamar a Argentina...
Y el diablo le respondió: "De infierno a infierno, llamada
local".
Concurso
Nº 2: ¿Qué sabe Ud. sobre Administración de Consorcios?
En
este nuevo concurso hay una novedad importante y es que todas las
respuestas a las preguntas hechas se encuentran en nuestro sitio www.Sistema9041.com.ar.
Las preguntas han sido extraídas de notas publicadas en las
diferentes secciones que lo componen, por ejemplo: Legislación, ¿Dónde
está escrito?, ¿Sabía que...?, Correo, etc... Por supuesto, para
aquellos que los coleccionan, todo el material fue publicado, en su
oportunidad, (excepto Legislación) en los diferentes Boletines de Pequeñas
Noticias.
Hay tiempo de enviar las respuestas hasta
el lunes 25 de junio del 2001 a las 24:00
hs y entre las respuestas correctas se sorteará el
martes 26 de junio del 2001 el excelente libro de Eduardo L.
Lapa "Administración de propiedad horizontal y propiedad vertical.
Locaciones" de editorial Depalma. Podrán
participar todas aquellas personas mayores de 21 años que sean
argentinas, nativas o por opción y residan en la Republica Argentina. Sólo
se tomará en cuenta una sola participación por persona y en
caso de recibir más de una participación por persona se considerará válida
la primera y las demás serán descartadas. Se tomarán como válidas
las participaciones de diferentes miembros de una familia o de varios
empleados de una administración siempre y cuando se envíen de cada uno
por separado. En caso de no recibir ninguna participación con
todas las respuestas correctas el premio se declarará desierto. Para
participar se puede utilizar el formulario especialmente diseñado que
se encuentra en
nuestro sitio,enviando un e-mail a: PequenasNoticias@Sistema9041.com.ar,
un fax al 4581-3906 o una carta a:
Sres:
Pequeñas Noticias
Concurso Nº 2
Gral Cesar Díaz 2761
(1416) Capital Federal
con la filiación del/de los
remitente(s) según el modelo adjunto y la respuesta a las cuatro
preguntas que figuran más adelante. Debe tenerse en cuenta que sólo
existe una respuesta correcta para cada pregunta. En la
carta, el e-mail o el fax deben figurar los siguientes datos:
Asunto: Concurso Nº 2
En el texto:
Empresa:
<si pertenece a alguna>
Apellido
y nombre: <del participante>
Dirección,
código postal y localidad del participante
Teléfono del participante
e-mail
de aquel participante que lo posea
Respuesta
1ª: <letra elegida>
Respuesta
2º <letra elegida>
Respuesta
3º <letra elegida>
Respuesta
4º <letra elegida>
Las cartas, los e-mails o fax
que se envíen en forma incompleta no serán tomados en cuenta y de
ser posible se notificará a los remitentes para su corrección.
Preguntas
del concurso Nº 2
1)
Conforme a las ordenanzas vigentes, ¿qué sistema de
señalización necesita la salida de vehículos de una cochera de 15
(quince) automóviles?
a) Señalamiento
de luz verde y roja.
b) Alarma
sonora.
c) Señalamiento
de luz roja y alarma sonora de día.
d) Señalamiento
de luz verde y roja y alarma sonora.
2)
¿Qué antigüedad en el empleo se requiere para percibir la asignación
prenatal?
a) No
se requiere antigüedad.
b) Una
vez confirmado en su puesto de trabajo (60 días).
c) 3
meses de antigüedad mínima y continuada.
d) 6
meses de antigüedad mínima.
3)
¿Cuándo el encargado de un edificio es considerado de tercera
categoría?
a) Cuando
un edificio tiene tres o más servicios centrales en uso.
b) Cuando
un encargado tiene más de diez años de antigüedad.
c) Cuando
un edificio está ubicado en una zona determinada.
d) Cuando
un edificio tiene un servicio central.
4)
¿Qué ropa se debe entregar anualmente a un encargado (masculino)
permanente con vivienda de un edificio con caldera?
a) Una
camisa y un pantalón.
b) Dos
camisas y dos pantalones y un par de botas.
c) Dos
camisas, dos pantalones, dos pares de botas de goma, dos pares de
guantes de trabajo, un equipo antiflama.
d) Una
muda completa cada vez que se le dañe la anterior.
Los datos del ganador, junto con
las respuestas correctas, se publicarán en Pequeñas Noticias que
aparece los primeros días de julio del 2001 y en el Boletín de
Pequeñas Noticias que se publica el lunes 2 de julio del 2001.
¡ ¡
¡ S U E R T E P A R A T O D O S ! ! !
Eventos Culturales
en nuestra Ciudad
En este rincón
presentaremos algunas de las actividades culturales gratuitas o de
bajo costo que amigos nuestros con gran esfuerzo y dedicación llevan
a cabo. El cronograma de estas actividades también se pueden
consultar en nuestro
sitio.
Altura
Rivadavia al 6200 - Flores
"Centro
Cultural de Flores"
Keco
Tasat y su bandoneon en
"De
regreso en Argentina"
viernes
29 de junio del 2001 a las 21.00 hs.
Entrada
Libre y Gratuita
Reservar
mesa al 4631-3973/5700
a
partir de las 17:00 hs.
|
El
Club Hípico Argentino
lo
invita al
Gran
Recital de Canto Lírico y de Cámara
el
jueves 21 de junio a las 20 hs.
Marisol
Ariadna Rojas - Soprano
Manuel
Felipe Luna - Tenor
Interpretarán
Arias y Canciones de:
Bizet
- Leoncavallo - Haendel - Puccini - Pergolesi - Schubert -
Schuman - Fauré Lopez de la Rosa - Lopez Buchardo - Arizaga -
Guastavino.
Acompañados
por Cynthia Wainz - piano.
Entrada
Libre y Gratuita
Av
Figueroa Alcorta 7285
Con
el auspicio de la Embajada de Francia
cultura@hipico.org.ar
|
Cursos: Centro
de Formación Profesional Nº 1
Curso de
Administración de Consorcios
El Centro de Formación Profesional Nº 1
anuncia que a principios de junio comienza la inscripción para su
curso de administración de consorcios que durará 4 meses. La misma
se mantendrá abierta hasta completar vacantes y es libre y
gratuita. Para participar del curso se debe ser mayor
de 18 años y poseer DNI.
Los títulos que se emiten son oficiales y
para informes comunicarse al teléfono: 4301-8678.
Vencimientos
Impositivos del Mes
Para brindar un mejor servicio, hacer
más "liviano" el Boletín de Pequeñas Noticias y
por seguridad (léase virus) abandonamos la modalidad de adjuntar un
archivo con los vencimientos semanales e implementamos otra
nueva: sólo se debe hacer click en la palabra Vencimientos
Impositivos mientras se está
conectado a Internet y cuando, al abrirse el navegador, aparezca
la página de vencimientos, elija la semana deseada que luego podrá
imprimirla o grabarla en el disco rígido utilizando las opciones
previstas por el navegador.
Proveedores
de Bienes y Servicios
Dra Ana María
Lopez
Contador
Ronaldo G. Tebbit
Subprefecto
Edgardo Antonio Fernandez
Asesoramiento
Jurídico, impositivo y contable. Auditorías.
Liquidaciones
de sueldos, previsionales e impositivas.
Moratorias
y planes de pago.
Asesoramiento
inmobiliario.
Servicios
de seguridad, vigilancia y asesoramiento.
Teléfonos:
4786-9224 ó 4781-3455
Email:
contador_rt@ciudad.com.ar
ó amlneg@uol.com.ar
Marcelo Bonino
Servicio integral del
automóvil
Inyección electrónica en vehiculos nacionales
e importados.
Diagnóstico computarizado
Potenciación
y rectificación de motores
Reparación
de embragues nacionales e importados
Tren
delantero - Frenos
Zañartú
616 - Capital Federal
Teléfono:
4925-0799
E-mail:
BoninoRacing@hotmail.com
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Masaje corporal, descontracturante y relax.
Servicio a
domicilio - Concertar entrevista al 5399-4371
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capitalización.
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PB "F". (1636) Olivos. Buenos Aires
Tel/Fax:
4795-7792 - Móvil: (15)4403-9162
Si quiere suscribir, en forma
gratuita a un amigo al Boletín de
Pequeñas Noticias tiene que mandarnos un e-mail a: Claudio@Sistema9041.com.ar con
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el asunto del mensaje y en el texto: la razón social de la empresa (si
existiera), su nombre, su dirección, su teléfono, la forma en que nos
conoció y por supuesto, su e-mail. En caso de querer cancelar la
suscripción envíenos un e-mail con las palabras CANCELAR
SUSCRIPCION en el asunto del mensaje.
Boletín de
Pequeñas Noticias
Número de Edición: 61
Fecha de publicación: 19 de Junio del 2001
Director: Claudio
García de Rivas
Propietario: Pewen
Investigación y Desarrollo
de Sistemas Informáticos
Dirección: Gral
César Díaz 2761
Localidad: (1416)
Capital Federal
Teléfono/Fax: 4581-3906 -
Móvil: (15) 4449-8137
Radios: 4527-7674
y 4527-6669
Las notas firmadas
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es marca en trámite de registración (Actas Nº: 2198663 y 2198664) de
Claudio García de Rivas, todas las demás marcas registradas que
pudieran ser nombradas en el presente boletín, son propiedad de sus
respectivos dueños y/o representantes legales.