Boletín de Pequeñas Noticias p a r a l a a d m i n i s t r a c i ó n d e c o n s o r c i o s 22 de Abril del 2002 - Nº: 106
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Novedades
para nuestros suscriptores
La gran cantidad de suscripciones nuevas que hemos tenido en los últimos tiempos nos han obligado a cambiar algunos aspectos en la distribución de nuestro boletín.
Por otra parte, las grandes compañías
de Internet de todo el mundo han tomado una serie muy compleja de medidas
defensivas, a raíz de los sucesivos ataques que han sufrido en las últimas
semanas de una nueva generación de virus especialmente dañinos. Estos se
alojan en los servidores de correo y se reenvían como mensajes aparentemente
inofensivos, tomando como remitentes a cada uno de los integrantes de las
listas de direcciones que encuentre y enviándose al resto de los integrantes.
O sea que si encuentra una lista con 100 direcciones de correo electrónico
genera, 100 x 100 igual a... ¡¡¡10.000 mensajes!!!. Esta sobreactividad es
mucho más grave que la natural molestia que tiene el usuario común de
recibir mensajes “indeseados” e infectados de virus: en las proporciones
que maneja el servidor de correo de una empresa dedicada a proporcionar servicios de Internet
llega a paralizar virtualmente todo el tráfico de mails que maneja,
incomunicando a los usuarios totalmente hasta la eliminación del virus.
En otro orden de cosas nosotros
hemos implementado un sistema mucho más complejo y sofisticado para el manejo
y mantenimiento de nuestra lista de suscriptos y puede resultar que en algunos
casos no se reciba el boletín o se reciba mal. Esto se puede deber, entre
otros motivos a algunas de esas medidas contra posibles virus que comentáramos
a modo de prólogo.
Ahora
se puede elegir la forma de recibir el boletín.
Pensando en posibles soluciones hemos abierto a nuestros lectores las siguientes posibilidades:
1.- |
Como venía sucediendo hasta ahora, el boletín es un mensaje de tipo HTM. |
2.- |
Como archivo adjunto de tipo HTM que se puede abrir con cualquier navegador. |
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Como archivo plano (sólo texto) que contiene sólo el índice del boletín donde cada título está vinculado al cuerpo de la nota en nuestro sitio www.PequenasNoticias.com.ar |
Como siempre, se puede acceder a los boletines ya publicados en el ítem
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Pequeñas Noticias dentro del menú principal Servicios varios.
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Debido a la gran cantidad de
suscriptores que tenemos, en aquellos casos que recibimos “rechazado” el
envío del Boletín de Pequeñas Noticias se da de baja al usuario del sistema
de suscriptores en forma temporaria para evitar el congestionamiento que
produce el “doble tráfico”: una vez al despacharlo y otra al recibir de
vuelta el rechazo. Una de principales causas de rechazo de los mails es que la
casilla del usuario está llena (mailbox full) y la segunda que la dirección
del usuario es inválida (The user's email name is not found), generalmente
producto de algún error de tipeo en la dirección electrónica a la hora de
suscribirse.
Para darse de alta puede mandarnos un mail a suscribir@PequenasNoticias.com.ar
con nombre y apellido
y dirección de e-mail
a la que estaba suscripto.
Queremos aclarar que el Boletín de Pequeñas Noticias: es totalmente libre y gratuito,
está al servicio de todos los
actores de la vida consorcial (administradores, propietarios, encargados y
proveedores ) a quienes invitamos cordialmente a participar activamente con
sus opiniones, inquietudes y preguntas de este medio que, de alguna forma, es
un poquito de todos.
La
morosidad en la práctica
En el boletín anterior de Pequeñas Noticias, el Nº 105, comentamos el tema de la morosidad en el pago de las expensas desde los distintos puntos de vista de algunos autores especializados en el tema de la propiedad horizontal.
¿Qué
hacer en la práctica cuando un copropietario entra en mora? ¿Cuál sería el
camino más correcto a seguir? ¿Por dónde empezar? ¿Cuánto tiempo
esperarlo?... Consultando
bibliografía al respecto, nos gustó las opciones y explicaciones del autor
Eduardo L. Lapa en su libro titulado “Administración de propiedad
horizontal y propiedad vertical. Locaciones. Manual práctico.”.
Allí
dedica un generoso espacio a la forma de tratar a los deudores morosos en una
primera etapa que llama “Gestión extrajudicial a deudores morosos”,
luego, de ser necesario, durante un juicio que denomina “Gestión
judicial” y en la
posterior etapa de control del mismo que definió como “Control del
juicio”.
En
la primera etapa llamada “Gestión extrajudicial a deudores morosos”,
cuenta el autor que es oportuno que el administrador ponga en conocimiento de
la morosidad al consorcista pasado un tiempo prudencial, para informarlo del
monto adeudado y al mismo tiempo poder escuchar los motivos que el deudor
exponga por la falta de pago, y de ser posible, fijar una fecha para el
posible cumplimiento de sus obligaciones.
El
autor también nos dice que las citaciones que se realicen deben ser
efectuadas por nota, fehacientemente recibidas para tener los antecedentes
correspondientes.
La
etapa de “Gestión Judicial”, es
la transcurrida después de dos o tres meses desde la mora o si el reglamento
de copropiedad y administración dispone sobre este tema en particular, sobre
todo si el monto adeudado de expensas más intereses es de importancia, se le
notificará en forma fehaciente al deudor que la gestión de cobro será
realizada por vía judicial.
Una
vez iniciada la acción judicial, aconseja el autor no desligarse del
seguimiento de la misma. Esta sería la etapa de “Control de juicios” . Es
necesario conocer la carátula del juicio, número de expediente, actor y
demandado, índole de la causa, juzgado y secretaría en la que se tramita la
acción. Se debe tener contacto permanente con el letrado para poder informar
correctamente al consejo de administración sobre el estado procesal. Se debe
llevar una carpeta especial donde constará todo lo relativo al juicio,
provista por el letrado patrocinante.
A
estos conceptos nos queda por agregar que el buen criterio del administrador
es un factor determinante para controlar el porcentual de la morosidad del
consorcio. En estos tiempos que corren debe saber discernir entre quienes
tienen problemas reales y quienes se escudan en la situación por la que pasa
el país para eludir sus compromisos. También es muy importante su capacidad
de negociar y allanar el camino a aquellos que tienen una tradición de
conducta y voluntad de pagar y exigir cumplimiento a los que simplemente
ignoran sus obligaciones perjudicando a sus vecinos. Porque existe la idea
(falsa por cierto) que las expensas se le pagan al “administrador”, cuando
en realidad es dinero que se aporta para afrontar los gastos del total de los
vecinos que componen el consorcio y que cuando alguien no paga... lo deberán
hacer los demás por él.
La
renovación de la Convención Colectiva de Trabajo
Habiendo vencido la vigencia de la Convención Colectiva de Trabajo Nº 306/98 que regula la actividad de los encargados, se reunieron los representantes de las principales asociaciones patronales y la gremial para su tratamiento y renovación.
El 4 de abril del 2002 se reunieron
en la Dirección Nacional de negociación Colectiva del Ministerio de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social representantes de la Federación Argentina de
Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (FATERYH), de la Asociación
Inmobiliaria de Edificios de Renta y Horizontal (AIERH), de la Unión de
Administradores de Inmuebles (UADI) y de la Cámara Argentina de la Propiedad
Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHAI) para la apertura del
tratamiento para la renovación de la Convención Colectiva de Trabajo Nº
306/98 dado que la vigencia del mismo está vencida.
Si bien el artículo 2º de dicha
convención establecía para la misma una vigencia de 2 años a partir de su
homologación y aunque este plazo ya está vencido, no habiendo otra que la
sustituya, queda vigente hasta su renovación siendo obligatorio, desde el
punto de vista legal, de estricto cumplimiento. Es de suponer que con el
tratamiento de la renovación de la Convención cada uno de los actores
tratará de modificar aquellos artículos que piensa que lo perjudica o donde
considera que puede beneficiarse, por lo que estimo que en ella habrán
cambios que tal vez se reflejen en la forma misma de confeccionar los sueldos.
A continuación la trascripción del acta correspondiente a dicha reunión:
EXPEDIENTE Nº 1.053.932/02
En la Ciudad de Buenos Aires, a los 4 días del mes de Abril de 2002, comparecen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - DIRECCION NACIONAL NEGOCIACION COLECTIVA, por ante mí Luis E. BENITEZ Secretario de Relaciones Laborales del Departamento nº 3, el Sr. Osvaldo BACIGALUPO en su carácter de Secretario de Actas de la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL, la Dra. Patricia FERNÁNDEZ en representación de la ASOCIACIÓN INMOBILIARIA DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL, el Sr. Daniel Oscar CASATI en representación de la UNION DE ADMINISTRADORES DE INMUEBLES y el Dr. Carlos Francisco ECHEZARRETA en representación de la CAMARA ARGENTINA DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL Y ACTIVIDADES INMOBILIARIAS.
Declarado abierto el acto por el Funcionario Actuante y cedida la palabra a la entidad sindical, manifiesta: Que ampliando la presentación de fojas 1, se viene a solicitar la apertura de tratamiento para la renovación de la Convención Colectiva de Trabajo nº 306/98 ya que la vigencia del mismo se encuentra vencida.
Cedida la palabra al sector empresario, manifiesta: Que tratándose de un convenio vencido le asiste derecho a la parte sindical a solicitar la renovación del mismo, no hace objeción a lo solicitado, somentiéndose a lo que disponga la Autoridad de Aplicación.
Visto lo sustentado por las partes signatarias y a fin de ordenar debidamente el procedimiento, se requiere del Sector Empresario, la presentación para su agregación a estas actuaciones, de la siguiente documentación: a) Copia certificada del Estatuto de la entidad. b) Acta de designación de Autoridades con mandato vigente. c) Nómina de designación de Miembros Paritarios para integrar la Comisión Negociadora, suscripta por el Presidente en ejercicio legal del mandato. Y al Sector Sindical: a) Certificación de Autoridades con mandato vigente. b) Nómina de Miembros Paritarios que integren la Comisión Negociadora, avalada por el representante legal de la entidad. c) Copia certificada del Estatuto Asociacional. Todo ello dentro del plazo de 15 días.
Con lo que se dio por terminado el acto firmando los comparecientes: por ante mi para constancia.
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Confeccionar
y abonar el F.931 original o F.931 rectificativa o F.801/C
Esta
semana la estrella ha sido el F.931 (Original, Rectificativas y F.801/C),
debido a las múltiples consultas que hemos recibido. Entre todos los cambios
que trata de hacer el gobierno y su pésima implementación, siempre quedamos
en el medio, sin saber muy bien qué hacer, ya que lo que nos indican las
distintas leyes y decretos reglamentarios son imposibles de implementar en la
práctica. Casi, casi... una “Misión Imposible”.
Uno
trata de entender cómo completar los formularios para cumplir con lo que se
manda, y cuando logramos hacerlo (tarea para nada sencilla), juntamos todos
los papeles de turno, nos dirigimos a la entidad que “supuestamente” se
encuentra habilitada para poder pagar, hacemos la cola de rigor y al
encontrarnos frente a frente al cajero, después de varios minutos de espera,
y a punto de decir “Misión Cumplida”, el cajero impávido nos dirá:
“Ese código no existe, no puedo ingresar su pago” “El que sigue, por
favor!” y absolutamente nada más. Uno se siente, cómo explicarlo, cómo
decirlo... bueno, en realidad no necesito ni explicarlo ni decirlo... ¿ustedes
me entienden, no?
Pero,
para que no crea que algo ha sido simplificado, esta nota es para complicarlo
un poquito más, pero con un poco de humor. Todo se hace un poquito más fácil
con un poco de humor... Y ahora sí, nos ponemos serios y les hago un
comentario del Aplicativo S.I.J.P. (Sistema Integrado de Jubilaciones y
Pensiones).
A
partir de Enero de 2002, los aportes correspondientes a los trabajadores
jubilados en actividad fueron modificados del 5% al 11%, pero el aplicativo
S.I.J.P. versión 18 de ese momento, no permitía ingresar el adicional del 6%
en la solapa correspondiente a Seguridad Social, % Adicional, por lo tanto el
aporte se hizo por el 5% sin poder de ninguna forma modificar tal situación.
Este
inconveniente en el aplicativo, se resolvió con al versión 18 release 2 del
S.I.J.P. que se encuentra en nuestro sitio www.pequenasnoticias.com.ar o en
www.afip.gov.ar desde donde se puede descargar e instalar en la computadora.
Con
este aplicativo sí, se puede implementar el 6% demás que se necesita
informar en caso de que el trabajador sea jubilado y esté en actividad. Por
lo tanto habrá que hacer la declaración rectificativa correspondiente al mes
de Enero de 2002 y de Febrero si correspondiera.
Además
estas rectificativas deberán ser acompañadas por una nota para presentar
ante el A.F.I.P. confeccionada mediante el Formulario Multinota Fº 206/1 que
se confecciona con el aplicativo “Formulario Multinota” que también se
encuentra disponible para instalar en nuestro sitio
www.pequenasnoticias.com.ar y en www.afip.gov.ar
Bueno, estimados lectores, deseo con todo mi corazón que vivir en este país y cumplir las leyes que en nombre de él se crean, no siga siendo... UNA MISION IMPOSIBLE.
María
Fabiana
Lizarralde
Reinventando
el teclado
Una empresa israelí inventó un teclado virtual: las letras son proyectadas sobre cualquier superficie, y al tocar su imágen aparecen en la pantalla.
En
el espacio de un cubo del tamaño de un atado de cigarrillos, como el que se
ve en la imágen, se puede llevar el teclado íntegro de una PC. Se trata del próximo
avance de la tecnología con respecto a los accesorios para computación, en
este caso un teclado que, sencillamente, no existe. Fabricado por la empresa
israelí Virtual Keyboard (Teclado Virtual), se trata de un
pequeño proyector láser que emite luces con la forma de cada letra y
cada signo tipográfico sobre cualquier superficie: cuando los dedos se posan
sobre la imágen elegida un procesador traduce la acción introduciendo el carácter
elegido en la pantalla de la PC. Los creadores del accesorio, Amihai Turm y
Boarz Amon, aseguran que con el mismo principio pronto reemplazarán a los
mouses y hasta las llaves de luz, A pesar que algunos especialistas dudan de
que los usuarios logren acostumbrarse a perder el llamado “key
travelling” (el trayecto que recorren las teclas), y otros dudan del
resultado sobre superficies reflectantes. Sin embargo este pequeño accesorio abre un camino muy prometedor e
interesante para todos aquellos que posean una PC portátil (laptop) o una
Palm, aparatos estos que en general poseen teclados muy comprimidos y difíciles de usar con
eficiencia y comodidad.
Pagando de más
Amigos:
¿Cómo hago si un mes, por error, aboné dos veces las cargas sociales con el F.931?
Carlos
Por lo general lo que sucede es que se abona de menos y para resolver esta situación basta con presentar una rectificativa del mes en cuestión ingresando en la columna “A Ingresar” los montos que surgen de la diferencia entre la declaración rectificativa y la abonada con error. También se debe confeccionar un formulario (F.801/C) para abonar los intereses del 3% mensual que corresponden (0,1% por día) de la diferencia no abonada en el día del vencimiento. Pero para esta situación especial se debe realizar lo siguiente:
1º) Se debe hacer una nota mediante el aplicativo Multinota provisto por la A.F.I.P., explicando tal situación. Te recordamos que este aplicativo lo podés encontrar en nuestro sitio www.PequenasNoticias.com.ar o en www.afip.gov.ar.
2º) Se hace la DDJJ del nuevo mes que se debe abonar y luego en la columna “A Ingresar” se informa 0 (cero) o la diferencia que surja a favor entre lo que deposité demás y lo que debo pagar.
3º) Luego, se debe ir a la delegación de la A.F.I.P. correspondiente (por si acaso con copias de la declaración jurada del nuevo mes, más las que aboné por error dos veces), a la sección RECAUDACION y hablar con un responsable para que la imputación al mes que se depositó dos veces, se cambie para el mes que corresponda.
Espero que esta información te sea de utilidad y nos cuentes si realmente fue este el camino que seguiste para regularizar esta situación.
Suerte!
Un saludo cordial
CGdeR
AFIP: Dos temitas más
Hola Claudio, gracias por tu respuesta de la semama pasada, y por la claridad en responder las consultas!
Esta vez tengo 2 temitas más
1) Cómo confeccionar correctamente DDJJ rectificativa F.931 período 3/2002 (nunca armé una)
Te cuento brevemente,se pagó el 931 periodo 3/02 solo con el 6% adicional en la solapa de seguridad social por ser trabajador que aporta su jubilación al estado. Faltó pagar el 1% de la remuneración bruta en la solapa de obra social como importe adicional calculado manualmente y tampoco se hizo el F.801/C correspondiente al INSSJP.
Debo entonces pagar esto más los intereses del 3%mensual por:
- el 1% para obra social con el F801/C
- del 1% remuneración bruta del trabajador para INSJP F.801/C (acá debo confeccionar 2 formularios uno por el 1% y el otro por los intereses o se puede hacer todo junto?)
2) la otra consulta es si se debe usar algún formulario en especial o algún modelo de presentación para armar una certificación de servicio de un encargado de un edificio, ya q se deja la administración del consorcio.
Un saludo para vos y hasta la próxima.
Muchas gracias!
Silvia B
¡Hola Silvia B.!
Me alegro de que la respuesta de la semana pasada te haya sido clara y de utilidad. Ahora vamos a ver si estas respuestas te resultan igual de claras... prometo hacer todo lo posible...
1) Muy bien, como vos decís, tenés que hacer una DDJJ Rectificativa. Para ello, vas como siempre al lugar donde generalmente hacés las nuevas declaraciones juradas. Haces un clic en el botón “Agregar” que tiene por dibujo una hoja blanca con líneas azuladas. A continuación, en “Período” ingresas el mismo mes del cual tenés que hacer la rectificativa (en tu caso 03-2002). El sistema solo te dirá que estás a punto de realizar la Rectificativa 1. Luego hacés un clic en el tilde del Botón Verde. Luego, también como siempre, hacés un clic en el botón “Copiar” que tiene el dibujito de dos hojitas con líneas azules y elegís para copiar la DDJJ del mes 03-2002 que has confeccionado como tu DDJJ Original.
A continuación, vas a la Nómina de Empleados y chequeas la remuneración, luego en la solapa Obra Social, en el ítem correspondiente a Importe Adicional en la sección Contribuciones (Ojo!!! Porque hay dos secciones casi iguales, una que dice Aportes y la de abajo que dice Contribuciones) calculás a mano el 1% de la remuneración de este trabajador y lo ingresas manualmente. Luego Aceptás con un clic en el botón del Tilde Verde y salís hacia la DDJJ.
Con el F.931 correspondiente al mes que abonaste con error en la mano (en tu caso el original del mes de 03-2002), te dirigís a la solapa Totales Generales y en la columna “A Ingresar” vas a informar la diferencia entre el total que te arroja la rectificativa menos el importa que ya pagaste en tu DDJJ original. O sea que por cada ítem de los Totales Generales, ingresarás lo que no pagaste en su debido vencimiento. Habrá algunos que coinciden, por lo que dejarás con importe 0 (cero) y otros con una pequeña diferencia que es la que deberás abonar en el banco.
En conclusión si sumás los montos que abonaste el la DDJJ Original más los que abonarás en la DDJJ Rectificativa, sumarán los importes correctos que deberías haber abonado desde un principio. Aquí termina el tema del F.931.
Por otro lado, deberás completar el F.801/C para abonar el 1% de todas las remuneraciones del consorcio (NO por cada empleado del consorcio, sino por TODOS juntos en el mismo formulario) correspondiente, como vos muy bien decís, al INSSJP (Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados). En el Rubro I, se debe indicar el código 351. En el Rubro II, el código 019 y en el Rubro III, el subconcepto 027. Este subconcepto merece un comentario. Los bancos y lugares de pago no tenían en sus sistemas el subsoncepto 027 y en muchísimos casos se reemplazó por el 019. No se si será el caso del lugar donde vayas a abonarlo vos, pero tenelo en cuenta.
Por último, también vos lo decís, tenés que confeccionar otro F.801/C donde abonar el interés correspondiente a los importes abonados fuera de término (los abonás juntos) calculando el 0,1% diario de dichos importes desde la fecha de vencimiento hasta la fecha en que lo abonarás. Este interés es el equivalente al 3% mensual. Si bien utilizás el mismo formulario F.801/C para el 1% del INSSJP y para el pago del interés por pago fuera de término, los debés confeccionar en formularios separados.
2) Ya que tocás el tema del certificado de prestación de servicios de un trabajador en el consorcio, recordamos que esta es una de las varias obligaciones del administrador y no se puede negar a hacerlo.
Haciendo un resumen sobre este tema te ampliamos con la redacción de la siguiente obligación: “El empleador deberá dar al trabajador, cuando éste lo requiriese a la época de la extinción de la relación, constancia documentada de ello. Durante el tiempo de la relación deberá otorgar tal constancia cuando medien causas razonables. Cuando el contrato de trabajo se extinguiere por cualquier causa, el empleador estará obligado a entregar al trabajador un certificado de trabajo, conteniendo las indicaciones sobre el tiempo de prestación de servicios, naturaleza de éstos y de los aportes y contribuciones efectuados con destino a los organismos de la seguridad social.”
Acá te dejamos un modelo para tal certificación:
CERTIFICO que el día _ _ _ _ _ del mes _ _ _ _ __ _ _ _ _ del año _ _ _ _ _ingresó a este consorcio el Sr_ _ _ _ __ _ _ _ __ _ _ _ _D.N.I. Nº _ _ _ _ __ _ _ _ _como el encargado permanente _ _ _ _ __ _ _ _ __ _ _ _ _ desempeñándose en ese puesto hasta el día_ _ _ _ _ del mes de_ _ _ _ _ _ _ _ _ _ del año_ _ _ _ _ siendo su última remuneración de $ _ _ _ _ _ _ _ _ _ __ _ _ _ _.
Se deja constancia de que los aportes y contribuciones con destino a los organismos de seguridad social fueron depositados oportunamente,
__________________________________ Firma del administrador en representacióndel consorcio |
Un saludo cordial
CGdeR
Herramientas
de marketing para pelear la crisis
En
la Universidad de Flores
se dictará una
conferencia seguida de un pequeño taller donde se intentará dotar a los
participantes de un mayor manejo de herramientas de marketing y ventas, se
tratará de detectar
cuáles son aplicables para cada empresa, se trabajará sobre su implementación
práctica, habrá un espacio para generar nuevos contactos de negocios y se
aspirará a desarrollar nuevos proyectos o emprendimientos.
La
actividad es libre y gratuita y se realizará el jueves 25 de abril del
2002,
de 18:00 a 21:00 hs., en la Universidad de Flores en la calle Camacuá 245
C. Federal
Al
comienzo de la conferencia se impartirán conceptos teóricos y luego una
actividad de tipo taller y se utilizarán técnicas con alta participación
grupal. Los desarrollos son a cargo de la empresa Marketing Tools y de la
Universidad de Flores por empresarios y docentes universitarios con vasta
experiencia empresarial en negocios sumada a la generación y desarrollo de
emprendimientos Pyme.
Se
extenderá a cada participante un certificado de la Universidad de Flores
Consultas
e inscripción en Camacuá 245 ó a los Teléfonos: 4328-8205, 4631-6243/8056,
(15)4474-9492 o por e-mail a contacto@mk-tools.com
Bolsa de trabajo
Ofrecidos
Cualquier empleo: En este momento estoy comenzando con un curso de preparación para ingresar a la carrera de locución, despues de un intento fallido en el I.S.E.R. Si el trabajo es de cadete en alguna radio o cualquier medio de comunicación mucho mejor. Desde ya muchas gracias. |
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Apellido, Nombre: |
Palomo, Carolina |
Teléfono: |
4833-5854 |
Horario: |
14:00 a 20:00 |
Direccion: |
Uriarte 1475 5º "B" |
Localidad: |
Capital Federal |
E-mail: |
caroramone@hotmail.com |
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Contadora Publica: Trabajos Part Time y en forma independiente: auditorías, DDJJ, impuestos, sueldos, conciliaciones bancarias, consultas, constitución de sociedades, abonos mensuales, etc |
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Apellido, Nombre: |
Caravias Nazar, Beatriz |
Teléfono: |
4812-5209 |
Horario: |
de 10 a 15 horas |
E-mail: |
bcaravias@fibertel.com.ar |
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Empleada administrativa con 4 años de experiencia en administracion de consorcios. Tareas realizadas: secretaria, atención al público, cobro de expensas, pago a proveedores, visitas a consorcios, confección de liquidación de expensas y sueldos, trabajos en computación, etc... |
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Apellido, Nombre: |
Lauretti, Valeria Paula |
Teléfono: |
4826-5433 y (15)5305-1620 |
Horario: |
a partir de las 18>00 hs. |
Direccion: |
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Localidad: |
Capital Federal |
E-mail: |
valeriaramone@hotmail.com |
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Abogado civil y penal con experiencia en materia civil 4 años de atención en Patrocinio Jurídico Palacio Tribunales |
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Apellido, Nombre: |
Fragnoli, Gabriel |
Teléfono: |
4855-8461 |
Horario: |
12 a 14 hs. |
Direccion: |
Bonpland 921 |
Localidad: |
Capital Federal |
E-mail: |
gfragnoli@hotmail.com |
En nuestro sitio www.PequenasNoticias.com.ar están publicados los vencimientos impositivos correspondientes a este mes, a los que se puede acceder picando con el mouse en el ítem vencimientos del menú que aparece a la izquierda de la ventana principal.
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En tiempos de crisis los gastos son fundamentales...
....y el Sistema 9041 (para la Administración de Consorcios) es la solución más eficiente y al mejor costo.
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Boletín de Pequeñas Noticias para la administración de consorcios Número de Edición: 106 Fecha de publicación: 22 de Abril del 2002 Director: Claudio García de Rivas Propietario: Pewen Investigación y Desarrollo de Sistemas Informáticos Dirección: Gral César Díaz 2761 Localidad: (1416) Capital Federal País: República Argentina Teléfono/Fax: 4581-3906 Móvil: (15) 4449-8137 Radios: 4527-7674 y 4527-6669 E-mail: director@PequenasNoticias.com.ar URL´s: www.PequenasNoticias.com.ar |
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