Sistema 9041 para la administración de consorcios.FM Flores (90.7 del dial)Todos los lunes en FM Flores (90.7) a las 18 hs.

El oficio de administrar consorcios esta lleno de Pequeñas Noticias....


Boletín de Pequeñas Noticias

l a   c o m u n i d a d    c o n s o r c i a l   c o m o   u n   e s p e j o   d e   l a  s o c i e d a d

25 de Noviembre del 2002 - Nº: 139

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Reuniones acaloradas...Administración de consorcios

Viñas de IRAM

Una cuestionadora carta que envía el Dr. Loisi, presidente de la Liga del Consorcista, al presidente de IRAM, Ing. Mario Giadorou,  desnuda conflictos profundos en el seno del subcomité para la Administración de Propiedad Horizontal del Instituto Argentino de Normalización.

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Contador Federico SalcinesImpuestos

IVA combinado

El hecho de que la alícuota del IVA cambió el 18 de noviembre puede causar confusión sobre su correcta implementación dado que hasta el día 17 es el 21% y luego se reduce al 19%.


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Ante un principio de incendio, tratar de sofocarlo con el extintor adecuado...Evacuación en caso de incendio

¿Qué hacer frente a un principio de incendio?

Tener claro qué actitudes tomar a la hora de enfrentar una situación de riesgo, como un principio de incendio, suele ser la diferencia entre vivir o morir.


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Claudio García de RivasNota de Autor

Cazabobos

Todos hemos visto en las viejas películas de combate que así se llamaba a las bombas que dejaba el enemigo y que con aspecto inocente tenían el ánimo de causar el mayor daño personal posible.


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Sr. Gonzalo AcuñaPalabras Comunes

La prepotencia, los hechos.

Hay quienes alegan que es valioso o deseable aquello de que "las cosas hay que hacerlas, mal, pero hay que hacerlas."

Eso implica de algún modo, dar prioridad o mayor valor al hacer, no importa como.


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Correo de Opinión

Quizás finalmente haya desistido


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Correo de Opinión

Apuntan a ser "intermediarios" 


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Correo de Opinión

La norma como una "ayuda memoria"


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Correo de Lectores

ISBN en los libros...


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Bolsa de trabajo

Ofrecidos


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Publicidad

Proveedores de bienes y servicios.


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Nosotros

Pequeñas Noticias

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Votando en plena sesión...Registro de administradores

Tiempos Legislativos

Quedó para el próximo jueves 28 a las 12 horas, luego de un cuarto intermedio, el tratamiento del proyecto de Ley del Registro de Administradores. 


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Curso de Sueldos por Internet

Tampoco el costo es una excusa...

Para facilitar aún más la posibilidad de realizar el Curso de Sueldos a Distancia a través de Internet, hemos bajado el costo del curso en un 30%.

Ahora el precio del curso para el Nivel Básico es de...


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Administrador Adolfo LolloGestión Profesional

Cómo subir las expensas y no morir en el intento

Desde esta nueva sección los administradores y profesionales participarán con sus conocimientos, opiniones y comentarios a los temas que ocupan y preocupan en la comunidad consorcial.


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Dra Elvira LuceroRincón Solidario  

La ropa sucia se lava en casa
Claudio: Vivo en un Country y tengo una pregunta que hacerte: El artículo 20 apartado 5) del Reglamento Interno sostiene; ...Queda expresamente prohibido, tender ropa a la vista, a cuyo efecto deberá contar cada propiedad con un tendedero o patio cerrado..."


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Correo de Lectores

No he obtenido respuesta alguna


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Correo de Lectores

Una preguntita


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Ascensores

Empresas conservadoras


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Bolsa de trabajo

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Impuestos

Vencimientos Mensuales


Reuniones acaloradas...Administración de consorcios

Viñas de IRAM

Una cuestionadora carta que envía el Dr. Loisi, presidente de la Liga del Consorcista, al presidente de IRAM, Ing. Mario Giadorou,  desnuda conflictos profundos en el seno del subcomité para la Administración de Propiedad Horizontal del Instituto Argentino de Normalización.

El 19 de octubre de este año el Dr. Osvaldo Loisi, presidente de Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal, envió una crítica carta <texto completo> al presidente del consejo Directivo del IRAM, Ing. Mario Giadorou, donde le expresa su profundo desagrado por la incursión del subcomité en materia profundamente polémica que, según él, debe ser tratado en otros ámbitos. Impugna fundamentalmente dos normas, le impone urgentemente su derogación y le pide una corrección en el enfoque de las futuras sesiones del comité.

Esta iniciativa del Dr. Loisi provocó, en principio, una inmediata y dura respuesta <texto completo> del presidente de Fundación Reunión de Administradores, Adm. Jorge Hernández, que también dirigiéndose al Presidente de IRAM, le respondió que "la nota de referencia debe ser rechazada de pleno por su manifiesta intencionalidad de desprestigiar, ya no sólo a los administradores, sino ahora también al lRAM". 

Por otra parte, en la última reunión del subcomité  que trata de administración de consorcios que se efectuó el día 13 de noviembre, la institución IRAM a través de la Lic. Marta Barbieri, jefa del departamento responsable, planteó la exigencia de responderle inmediatamente al presidente de Liga del Consorcista alterando la Orden del Día en los temas a tratar.  

Dr. Osvaldo Loisi Presidente  de la Fundación Liga del Consorcista

"...el buen sentido impone, urgentemente, la derogación inmediata de aquellas normas impugnadas..."

“Le vamos a pedir que nos diga exactamente qué puntos quiere modificar y cómo, porque no es que me opongo porque sí, porque no me gusta nada, señor díganos puntualmente qué está mal a su parecer. ” Estos mismos conceptos, que la Licenciada expresó a Pequeñas Noticias, fueron volcados en el subcomité y provocaron la reacción de algunos miembros que pacientemente esperaban el tratamiento de sus mociones ingresados por mesa de entrada a través del coordinador Jorge Waniewicz. El Contador Daniel Vicente Torres preguntó cándidamente si su solicitud de pedido de revisión de la norma IRAM 65008 debía ser dirigida también al presidente de la institución para que se le de la importancia que corresponde.

Al dirigirse directamente al presidente del IRAM, el Dr. Loisi involucra a la institución en los conflictos internos del subcomité, probablemente porque entendió que aquellos que crearon las controvertidas normas que tratan de los deberes y derechos del administrador no son un interlocutor válido para su cuestionamiento. Este tema es sumamente delicado teniendo en cuenta que en ese ámbito el Dr. Loisi representa a la única institución que nuclea a los propietarios. La decisión del Presidente de IRAM de que sea el mismo comité el que le de una respuesta deja en manos de aquellos que tienen "intereses corporativos y parciales" según palabras del Dr. Loisi, a la solución del conflicto.

En el subcomité, durante el tratamiento del pedido de contestar la polémica carta, surgieron varios corrientes de opinión: algunos coincidieron con IRAM en responderla inmediatamente mientras que a otros no les pareció correcto tratar el tema sin la presencia del involucrado directo. La licenciada Barbieri resumió la decisión del subcomité diciendo que “ ...la nota del señor Loisi va a ser considerada el día 11 de diciembre por el subcomité... le hemos mandado una nota diciéndole que por favor se haga presente ese día para fundamentar y escuchar la respuesta que le dan la gente que compone el subcomité..." aunque quedó claro que en caso de no asistir se trataría igual.

Si bien a la hora de votar una decisión la mayoría de administradores que existen en el comité definirían claramente su voluntad, el debate probablemente sea amplio porque algunos actores, entre ellos profesionales, plantearon ciertos coincidencia con los conceptos vertidos por el Dr. Loisi.

   

Garantías constituciones

En su carta el Dr. Osvaldo Loisi, haciendo referencia a la norma 65008 que trata sobre los derechos del administrador, expresó que: “...consagrar derechos específicos para el administrador, que es un simple mandatario de los propietarios que administra, más allá de aquellos que consagran taxativamente el Código Civil y la ley de Propiedad Horizontal 13.512, implica incursionar en el campo de las garantías constitucionales y profundizó sus conceptos agregando: ...afecta directamente el derecho al uso y goce de la propiedad privada, tema que está reservado a los órganos naturales del Estado.” El presidente de Liga del Consorcista agregó, por otra parte, que aunque las normas "aprobadas" no sean consideradas más que propuestas legislativas elaboradas desde el llano, comprometen indebidamente la autoridad, imparcialidad, profesionalidad y prestigio del que goza el IRAM". 

Administrador Jorge Hernández

"...no compartimos ningunos de los conceptos vertidos por el Dr. Loisi... en su habitual prédica discriminatoria y ofensiva contra la profesión del administrador..."

A estos conceptos el administrador Jorge Hernández de FRA (Fundación Reunión de Administradores) le contestó aduciendo que el subcomité en ningún momento se ha dedicado a "consagrar derechos específicos para el administrador" al contrario lo que ha realizado es un arduo trabajo de ordenamiento de las pautas que en tal sentido surgen del Código Civil Argentino, la Ley 13.512 de Propiedad Horizontal y de los miles de Reglamentos de Copropiedad y Administración que rigen en los distintos Consorcios de Propietarios.

Por otra parte el Dr. Loisi, haciendo referencia a la norma 65008 en el punto que expresa que el administrador tiene derecho a ejercer la retención sobre fondos y documentación si existiera saldo a su favor en concepto de honorarios, dijo que: "...tampoco es admisible que vía "derechos del administrador" se cercene a los propietarios administrados el derecho constitucional a disponer de los dineros del consorcio como lo resuelvan en asamblea", coincidiendo en este punto con el contador Daniel Vicente Torres. Este expresó que: "...contraviene el artículo 173 inc 2 del CÓDIGO PENAL ya que el administrador no puede retener documentación que pertenece al consorcio. Si analizamos el origen del punto nos daremos cuenta del error conceptual ya que el administrador no debe convertirse en prestamista del consorcio. Su función dentro del mandato se circunscribe a la simple administración de las cosas comunes y en caso de no contar con los fondos necesarios llamará a Asamblea General Extraordinaria, para crear  cuotas extras a cargo de los copropietarios."

El Contador Torres amplía sus dicho expresando que en la misma norma 65008 el artículo que dice que el administrador tiene derecho a no rendir cuentas individuales a los propietarios obligatoriamente "...menoscaba el derecho del copropietario de conocer la realidad económica y financiera del consorcio del cual él forma parte, y subordina este derecho al derecho que pretende otorgar al administrador (la norma IRAM)."

    

El socio estratégico

Ante las reiteradas afirmaciones del administrador Hernández en el seno del subcomité sobre su calidad de socio estratégico del IRAM, preguntamos a la Licenciada Marta Barbieri, Jefa de departamento de la institución. Ella afirmó sus dichos expresando que: "El (Hernández) es un socio de IRAM y tenemos un convenio de cooperación mutuo..." aclarando a continuación que "...somos socios recíprocos, el IRAM esta asociado a la Fundación Reunión de Administradores y él esta como socio recíproco nuestro ”.

Sin embargo, en su opinión, la carta que FRA mandó al Ing. Mario Giardou, presidente de la institución, “ ...lo contestó a título personal o de la Fundación Reunión de Administradores y lo firmó como tal. Lo que le va contestar el subcomité es otra cosa ...   yo no me quiero prender a las palabras de Hernández, por empezar no se que le contesto, y eso corre por cuenta y riesgo de él, lo que vaya a salir  firmado por el subcomité nuestro sí, eso lo vamos a respaldar, porque va a ser la opinión de los que vinieron, con el señor Loisi presente...”

    

Instituto Argentino de Normalización

Licenciada Marta Barbieri: "...el presidente del IRAM no trata problemas técnicos... baja las notas al subcomité para contestarlos..."

Representatividad

Una de las cuestiones más ríspidas que enfrenta el subcomité es quién debe ser el encargado de crear y discutir las normas IRAM sobre el tema de administración de consorcios. Algunos integrantes consideran que siendo las normas sobre administración de consorcios, son los profesionales en el tema quienes deben discutirlas. Otros piensan que, en realidad, las normas están dirigidas a los propietarios pues es el destinatario final de este trabajo. El secretario del subcomité, con el reglamento en la mano sostiene que “el consumidor tiene que estar... y lo dice la reglamentación (del IRAM)”. No había muchos problemas cuando se trataron temas técnicos del tipo qué datos y qué forma debe tener un recibo de expensas o un informe mensual de gastos pero cuando lo que está en discusión son los derechos y deberes del administrador las cosas cambian. El Dr. Loisi, autor de la carta que desnudó los conflictos por los que atraviesa el subcomité como reflejo de la sociedad misma, dijo que: "no debe confundirse la actividad de normalizar, que quiere decir consensuar, ordenar, estandarizar  o sistematizar procedimientos, que entiendo es el objeto propio del IRAM, con la discusión y elaboración de proyectos de normas de derecho sobre temas que son objeto de gran disenso. En todo caso, si así lo fuera, debiera preverse una justa representación de los sectores afectados, quienes a su vez debieran contar con el asesoramiento legal pertinente. "

Sin embargo hay otros sectores que no opinan lo mismo y el administrador Hernández le contesta que "Para el dictado de las Normas lRAM serie 65.000 se ha contado, desde la formación del subcomité para la administración de la propiedad horizontal, con valiosos aportes y colaboración no sólo de representantes de entidades de Administradores de Propiedad Horizontal, sino también de abogados, contadores, ingenieros, copropietarios, proveedores...". Y descalifica los dichos de Dr. Loisi agregando que éste "...sólo ha asistido en los dos últimos años a un par de reuniones, en las cuales no hizo ningún aporte técnico ni profesional, sino por el contrario, casi siempre intentó utilizar ese ámbito para plantear cuestiones ideológicas con marcada tendencia política."

Sobre este tema el Ingeniero Gogosch, que asiste a las reuniones en calidad de socio especialista, concluye diciendo "En un consorcio...  cualquiera que lo mira (las normas IRAM) dice: no... esto es tendencioso... acá no hay  ninguna representación de propietarios... son todos administradores... y tienen razón...”

   

Ingeniero Ricardo Gogosh

"...que se cumpla la reglamentación ... y no la  estamos cumpliendo..."

Formas reglamentarias

“ La Liga del Consorcista es rechazada, no les gusta” expresó el Ingeniero Gogosch, que es uno de los pocos propietarios presentes en el subcomité para la Administración de Propiedad Horizontal de IRAM, y que también cumple tareas de secretario en las reuniones. Este socio es sumamente prolijo y puntilloso en que los reglamentos de la institución se cumplan en el ámbito del subcomité y su preocupación central está dirigida a que "...tiene que ser un representante por institución y estar balanceado entre las partes, o sea la representatividad tiene que ser los administradores, los copropietarios, los inquilinos, los proveedores, los que intervienen en un edificio, ¿y dónde están ?”

Ampliando estos conceptos y coincidiendo con el Dr. Loisi expresa que todas las normas "...tienen irregularidades... cuando vos mirás y agarrás las primeras normas, Fundación Reunión de Administradores tienen 8 personas, el Consejo Profesional de Ciencias Económicas tiene 5 personas y no pueden ser más que uno por institución..."

   

Conclusiones

En nuestra opinión la institución IRAM podía haber tomado varios cursos de acción sobre el problema que levantó el Dr. Loisi. Uno de ellos era aplicar el reglamento que, según el Ingeniero Gogosch, exige una amplia representatividad de todos los sectores involucrados en la confección de las normas. Ricardo Gogosch resumió excelentemente esta idea cuando expresó a Pequeñas Noticias que “...el IRAM tiene que regular el funcionamiento ...  hacer una auditoría interna, por ejemplo (a) este subcomité a ver cómo esta balanceado (porque) según lo que dice el artículo tal de la reglamentación del IRAM, esto no puede seguir así, ... acá hay que balancearlo porque son todos administradores, ¿cómo puede ser ?..."

Por el momento, hasta que el subcomité se expida, la única respuesta que queda es la de una institución, y en este caso la de un socio estratégico, que dice que "...entendemos que la intención obstruccionista y destructora del autor de la nota, obedece a que la gran aceptación de la comunidad consorcial sobre las Normas lRAM para la Administración de la Propiedad Horizontal, le ha restado un importante caudal de "clientes" a su Fundación (Liga del Consorcista) en razón de que muchos consorcistas y Administradores ya no necesitan recurrir a su sabio asesoramiento, por el cual percibía suculentos honorarios profesionales, debido a que la transparencia y simpleza de los procedimientos aprobados aleja muchas de las dudas e incertidumbres que antes existían en la comunidad consorcial."

Mientras tanto el único cliente de IRAM en Capital Federal en el tema consorcios, el Licenciado Roumie, sigue esperando que se lo invite al subcomité para aportar su experienciaEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


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Votando en plena sesión...Registro de administradores

Tiempos Legislativos

Quedó para el próximo jueves 28 a las 12 horas, luego de un cuarto intermedio, el tratamiento del proyecto de Ley del Registro de Administradores. 

Con una asistencia casi perfecta la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires se reunió para nombrar autoridades internas. Los cargos en juego era los de vicepresidente 1º, 2º y 3º de este cuerpo legislativo. Si bien se votó por la continuación en el cargo de los legisladores que ya venían ejerciéndolo el debate fue, tal vez, innecesariamente extenso. Se concentró por partes en formas que nos parecieron de tipo burocrático interno como una reacción a los acuerdos que existían entre los bloques mayoritarios. Alguna legisladora,  exaltada por la polémica generalizada, exigió que se cumpliera el cupo femenino del 30% sobre la base de que si son tres vicepresidentes uno tiene que ser mujer. El hecho de que no existieran candidatos del genero propuesto, no pareció molestarle a la hora de argumentar su idea. Como resultado de más de un par de horas dedicadas a este tema quedaron firmes los diputados Christian Diego  CARAM (UCR) para vicepresidente 1º, Julio Fernando VITOBELLO  (Bloque Justicialista) para vicepresidente 2º y Ricardo Oscar BUSACCA (Partido Popular Cristiano) como vicepresidente 3º. 

El resto de la jornada se trataron diversos temas de que tal vez sean muy importantes para la Ciudad pero por causa de los agotadores debates que se provocaban entre los diferentes legisladores a la hora de votar los artículos de las leyes, el tiempo se fue diluyendo hasta que inmediatamente antes de tratar el proyecto del Registro de Administradores el legislador Fernández (Bloque Justicialista), co-autor del proyecto, propuso un cuarto intermedio hasta el jueves 28 de este mes a las 12 horas. Esto provocó las risas e intervenciones de algunos que dijeron que a esa hora no iba a haber nadie, en alusión que las reuniones ordinarias programadas para las 14 hs., en el mejor estilo argentino, en general comienzan largamente después de las 15 hs.

En esta sesión en la que se esperaba que se tratara el proyecto no se vieron manifestaciones ruidosas de administradores y propietarios haciendo presión para defender sus intereses. Mas bien la presencia de tan pocos asistentes relacionados con el tema hace pensar en una actitud indiferente de los actores que tal vez, como estrategia, piensen rasgarse las vestiduras a la vista de los hechos consumados.

Por otra parte un representante de los encargados (FATERYH) sorprendió a Pequeñas Noticias comentando que su institución estaba a favor de que el proyecto prosperara en esta casa legislativa Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


¡¡¡ Participe de nuestro sorteo !!!

Envíenos un mail con sus datos y participe...

Dos entradas dobles para la obra

"...y sus pies tocaron la tierra"

por la Compañía Periplo  en el Teatro Astrolabio

(Gaona 1360 - Capital Federal)

2 pares de entradas para el viernes


Participarán todos aquellos que manden un mail a sorteo@PequenasNoticias.com.ar antes del jueves 28 de noviembre del 2002 a las 12:00 con los siguientes datos: nombre y apellido completo, tipo y número de documento y número de teléfono. Todos los correos electrónicos incompletos serán excluidos del sorteo sin excepción. El resultado del sorteo se comunicará hasta las 12:00 hs. del viernes siguiente a los ganadores por e-mail y el lunes siguiente se publicará en nuestro boletín


Contador Federico SalcinesImpuestos

IVA combinado

El hecho de que la alícuota del IVA cambió el 18 de noviembre puede causar confusión sobre su correcta implementación dado que hasta el día 17 es el 21% y luego se reduce al 19%.

Si en el transcurso del tiempo contratamos un servicio o compramos un bien ¿qué alícuota del IVA deberemos pagar? ¿Se tomará en cuenta para saber si corresponde el 21% la fecha de la contratación o deberá considerarse la del pago de la factura? Los expertos de la AFIP desarrollaron una solución a este tema que consiste en dos tablas donde la primera se llama perfeccionamiento del hecho imponible y la segunda operaciones realizadas. 

Para empezar vamos a explicar lo que significa "perfeccionamiento o nacimiento del hecho imponible" tal cual lo nombra el decreto Nº 2312/02. En palabras sencillas, se trata del momento en que se produce una de las acciones que vamos a describir en la siguiente tabla, a partir de la cual el contribuyente tiene la obligación de ingresar el impuesto.

Aquí se describen los modos en que se puede perfeccionar (nacer) el hecho imponible.

Tabla 1

i)  Entrega del bien.
ii)  Finalización de la ejecución o prestación.
iii)  Emisión de la factura.
iv)  Percepción total o parcial del precio.
v) Vencimiento del plazo fijado para el pago del precio.
vi) Aceptación del certificado de obra, parcial o total.
vii) Emisión de la póliza o suscripción del contrato de seguro.
viii) Transferencia a título oneroso del inmueble (escritura, posesión, etc.).
ix) Importación definitiva.

Esta tabla toma singular importancia porque de la relectura del artículo 5º de la ley del IVA y con relación a la fecha del "perfeccionamiento del hecho imponible" surgen algunas inquietudes dado que, en el mes de Noviembre convivirán dos alícuotas: la del 21% hasta el día 17 y la del 19% desde el 18 inclusive durante dos meses.

Además, el mismo artículo 5º menciona dos operaciones típicas, con sus salvedades, más seis operaciones de otras características, todas las cuales las describe la Tabla 2, a continuación:

Tabla 2

a) Venta de bienes.
b) Provisión de agua, energía eléctrica o gas por medidor.
c) Provisión de agua por medidor, a consumidores finales, en domicilios destinados exclusivamente a vivienda.
d) Prestación de servicios y de locación de obras y servicios.
e) Operación del punto d) aplicada sobre bienes.
f) Servicios cloacales, de desagüe o de provisión de agua corriente, regulados por tasas fijas, con independencia de su intensidad o efectiva prestación.
g) Servicios de telecomunicaciones regulados por tasas fijas, con independencia de su intensidad o efectiva prestación.
h) Contraprestaciones fijadas judicialmente.
i) Operaciones de seguros
j) Colocaciones o prestaciones financieras
k) Locaciones de inmuebles
l) Trabajos sobre inmuebles de terceros
m) Locación de cosas y arriendo de circuitos o sistemas de telecomunicaciones, y locaciones de servicios y prestaciones descriptas en el apartado 21),inc.e), del art. 3) de la ley.
n) Obras realizadas directamente, o por 3ros. sobre inmueble propio.
o) Importaciones.
p) Locación de cosas muebles con opción a compra
q) Prestaciones referidas en el inciso d) del art. 1) de la ley.

De estas dos tablas nace una tercera formada por filas y columnas. Las filas de la nueva tabla (Tabla 3) son las operaciones (Tabla 2) y las columnas son las distintas formas de perfeccionar el hecho imponible (Tabla 1). El casillero pintado indica para cada tipo de operación, cuál o cuáles son los modos de perfeccionar la operación. O sea qué fecha se debe tomar en cuenta para determinar si el IVA es del 21% o del 19%.

Esta tabla deberá ser tenida en cuenta al momento de la recepción de los comprobantes de nuestros proveedores durante estos meses para controlar si la alícuota retenida es la correcta.  Para ello se considera la fecha de perfeccionamiento de la operación y la operación misma, para saber si la misma debe ser considerada antes o después del 18/11/2002.

Por ejemplo:

Si se vende un bien (a) el hecho imponible se perfecciona con la entrega del bien (i) o con la emisión de la factura (iii). En este caso, como en otros, tendrá validez el hecho que primero ocurre. O sea que la fecha a tener en cuenta en nuestro ejemplo para saber si se paga el 19% o el 21% será la fecha de emisión de la factura o entrega del bien dependiendo de lo que ocurra primero.

   

 

i

ii

iii

iv

v

vi

vii

viii

ix

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j

 

 

 

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q

 

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X

 

 

 

 

 

    

Somos concientes de que este tema no es sencillo y por lo tanto nos ofrecemos a aclarar cualquier duda que pudiera surgir escribiéndonos un mail utilizando la arroba que gira, al final de esta notaEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


El portal de los administradores y consorcistas.

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Ante un principio de incendio, tratar de sofocarlo con el extintor adecuado...Evacuación en caso de incendio

¿Qué hacer frente a un principio de incendio?

Tener claro qué actitudes tomar a la hora de enfrentar una situación de riesgo, como un principio de incendio, suele ser la diferencia entre vivir o morir.

¿Alguna vez pensamos qué es lo que debemos hacer ante la presencia de fuego en nuestra propia vivienda o en cualquier establecimiento donde nos encontremos? Me atrevería a responder que muy pocas veces lo pensamos, si es que alguna vez lo hicimos.

Por eso, es muy importante tener en cuenta algunas actitudes a realizar, sobre todo pensando en que alguna de ellas nos puede permitir salvar vidas y hasta la nuestra propia.

Algunas instrucciones a tener en cuenta y poner en práctica:

-

Ante un principio de incendio, procurar sofocarlo con el extintor adecuado, dar aviso y pedir ayuda.

-

Si no se lo puede controlar, salir inmediatamente del lugar.

-

Si el humo lo sorprende, salir gateando con la boca y la nariz cubierta con un pañuelo preferentemente mojado y respirando por la nariz.

-

Si tiene que descender, utilizar siempre las escaleras más cercanas, nunca los ascensores.

-

Si las puertas o picaportes estuvieran calientes, no abrirlas y buscar otras salidas.

-

Si las salidas estuvieran bloqueadas, abrir las ventanas, pedir auxilio y luego colocarse debajo de ellas.

-

Si hubiera pánico en la salida, no se sume al tumulto, trate de ubicar salidas de emergencia o siga las indicaciones.

-

Nunca saltar al vacío si es un riesgo para la propia vida, se debe esperar el rescate.

-

Una vez fuera del edificio, no volver a entrar. Llamar a los bomberos de forma inmediata.

Es una buena práctica comentar estas instrucciones en familia para tener herramientas al alcance de la mano en el momento de enfrentar este tipo de difíciles situaciones que una vez presentadas no se pueden ignorar y no hay mucho tiempo para pensar.

En futuros boletines iremos dando más información para ir aprendiendo más cosas que nunca sabemos en qué momento deberemos utilizar.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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Agradecemos a Matafuegos DICAR S.R.L. el habernos proporcionado toda la información necesaria para poder confeccionar esta nota.


Curso de Sueldos por Internet

Tampoco el costo es una excusa.

Para facilitar aún más la posibilidad de realizar el Curso de Sueldos a Distancia a través de Internet, hemos bajado el costo del curso en un 30%.

Ahora el precio del curso para el Nivel Básico es de $60 con una matrícula de $28 y para el Nivel Avanzado es de $52 con una matrícula de $20. El costo de la matrícula se abonará una sola vez. El pago del mismo es sencillo y fácil. Mediante un depósito en una cuenta de cualquier sucursal del país del Banco de la Provincia de Buenos Aires, que la informaremos a aquellos interesados en realizar el curso.

Recordamos que el curso ya está disponible para todos los interesados que se encuentren en cualquier lugar del país.

En el curso le damos mucha importancia a la práctica y lo hemos dividido en módulos, cada uno integrado por conceptos teóricos y mucha ejercitación. Es condición más que necesaria para avanzar de módulo en módulo, confeccionar los ejercicios correspondientes y enviarlos por mail o fax para que los podamos corregir y seguir aprendiendo.

Si están bien, inmediatamente enviamos todo el material del siguiente módulo y así sucesivamente.

Si encontramos errores en los ejercicios enviados, se corrigen y se agregan más ejercicios para poder entender los errores y volver a practicar hasta que no queden dudas. Otra vez se volverán a enviar para ser corregidos hasta que no haya errores y así poder pasar al siguiente módulo con los conocimientos sólidos como para avanzar y agregar los nuevos temas.

Esto permite avanzar sólo si quedó claro el tema anterior y al mismo tiempo permite que cada alumno maneje los tiempos del curso según su disponibilidad. El objetivo es que cada uno regule el tiempo de acuerdo a sus necesidades, pero al mismo tiempo hacer que el avance del mismo dependa del entendimiento y la ejercitación de cada uno de los módulos.

El curso está orientado a administradores, empleados, propietarios y encargados, ya que todos tienen motivos más que importantes para estar interesados en conocer las vueltas que hay detrás de la confección de una liquidación mensual, de la liquidación de las vacaciones, de las horas extras, las asignaciones familiares, de los aguinaldos y hasta de las liquidaciones finales.

Ahora sí, ya no quedan más excusas: ni las distancias a recorrer, ni el tiempo disponible, ni el costo del curso serán motivos válidos para no realizarlo.

Por lo tanto... ¡A estudiar!Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Claudio García de RivasNota de Autor

Cazabobos

Todos hemos visto en las viejas películas de combate que así se llamaba a las bombas que dejaba el enemigo y que con aspecto inocente tenían el ánimo de causar el mayor daño personal posible.

En la última semana hemos visto que el gobierno a través de su ministro de economía ha, después de casi un año, abierto el corralito financiero para las cuentas a la vista: cajas de ahorro y cuentas corrientes.

Sin embargo no se revisó el sistema financiero, no se analizaron las causas de la debacle causada, ni se estudiaron formas serias para evitar que en un futuro los ahorristas y clientes de los bancos no vuelvan a sufrir las consecuencias de nuevos saqueos.

Sólo se abrió el corralito. Ahora la gente puede sacar de sus cuentas a la vista SU dinero. No el dinero del banco, ni del estado. No subsidios para su empresa o negocio. Tampoco sus ahorros si ya fueron reprogramados. Sólo puede retirar lo que es suyo, si le quedó algo....

Días pasado, en el mismo banco que se quedó con los ahorros que tanto me costaron juntar y que estaban destinados a cubrir una emergencia que pudiera surgir en lo laboral o personal, tuve que realizar un trámite. Me llamó la atención verlo, como un catafalco de lujo, vacío, triste y silencioso... Había sólo una fila de clientes que tenían que pagar algunas cuenta y un puñado de jubilados haciendo sus trámites.

Ya el año pasado se me había ocurrido la idea que si expropiarle a la gente sus fondos fuese una buena idea tal vez países más adelantados que el nuestro ya lo hubieran hecho.

Sin embargo me sorprendió cuando algún amigo me contó en secreto que ahora se podía hacer plata fácil poniendo los restos del saqueo en plazos fijo y que se podrían obtener pingues ganancias en un país que no tiene ni plata ni forma ni voluntad de dar de comer a sus propios hijos... 

¡¡¡¡¡¡¡¡¡ Booooooooom !!!!!!!!!Otra vez sopa....

Otra vez plata fácil...

Otra vez intereses usurarios que nos van a permitir vivir bien, comprando importados sin necesidad de trabajar ni de hacer grandes esfuerzos....

Otra vez los argentinos se acercan a aquellos que aprovechándose de la codicia y la ingenuidad les ofrecen en negocios que sólo pueden terminar con lo poco que tienen. Nadie piensa que no hay negocio en este país que por medio del trabajo honrado pueda dejar semejantes tasas de rentabilidad y que la única solución que podría quedar es simplemente expropiándole los bienes al incauto a la hora de tener que cumplir.

¿Dentro de cuanto tiempo nuevos damnificados saldrán a golpear con sus martillitos las puertas de los bancos?

Y la pregunta más difícil: ¿culpa de quien va a ser...?Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


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Gestión Profesional

Hoy: Adm. Adolfo Lollo

Administrador Adolfo LolloDesde esta nueva sección los administradores y profesionales participarán con sus conocimientos, opiniones y comentarios a los temas que ocupan y preocupan en la comunidad consorcial.

Gestión profesional

Cómo subir las expensas y no morir en el intento

Qué difícil resulta para el administrador poder mantener los actuales niveles de expensas sin tener que aumentarlas.

Cómo explicamos a los propietarios que todos aquellos insumos del consorcio aumentaron al ritmo de la devaluación, considerando a la vez que los salarios de los mismos ha permanecido inamovibles.

Los elementos de limpieza, como el detergente, aromatizadores, ceras, jabones, bolsas para residuos y otros se han ido al doble de su valor antes de la devaluación.

Lo mismo ocurre en las compras de elementos eléctricos, ya se trate de simples lámparas de 40w o de las halogenadas que han llegado a triplicar sus precios.-

La ropa del personal se ha incrementado. Igualmente los accesorios para realizar trabajos, como son los guantes, botas, calzados, etc.

Lo mismo ocurre con la recarga de los matafuegos, ya que los productos utilizados para ello han aumentado.-

Con respecto a los contratistas que realizan los trabajos de mantenimiento y conservación el precio de los trabajos se han visto incrementado, no tanto por la mano de obra sino por el aumento de los materiales utilizados par ello.

Los utilizados en los trabajos de plomería, el plomo, el hidrobronz, flexibles, el estaño, la plata para soldar y el gas en garrafa sufrieron fuertes aumentos. Lo mismo sucedió con las membranas y elementos impermeabilizantes.

Los elementos de pintura para las reparaciones de unidades y partes comunes siguieron igual suerte. La pintura, fijadores, enduidos , lijas, yeso, solventes, aguarrás, etc, etc... Y las herramientas como los pinceles, rodillos y otros se incrementaron de la misma forma.

El mantenimiento eléctrico también se ha encarecido. Cables, cintas, térmicas, apliques, enchufes, reactancias, zócalos, tubos, lámparas, por nombrar algunos.

Lo mismo ha ocurrido con los elementos utilizados para el mantenimiento de los ascensores, como son los cables de acero, patines, cerraduras eléctricas, pulsadores y cuantos más.

Los gastos bancarios por utilización de cuentas corrientes y/o cajas de ahorro también se incrementaron.-

A todos esto tenemos que sumarles el aumentos de los $ 100,00 para el personal otorgados por el decretos 1273/02 más el aporte sobre esos montos.-

Todo esto nos lleva a la realidad que hoy ya resulta imposible mantener el nivel de expensas de un año atrás sin que tengamos que recurrir a la inevitable aumento de las mismas para poder continuar prestando una calidad de servicio medianamente aceptable, al menos desde mi punto de vista Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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El administrador Adolfo H Lollo es el titular de la administración Lollo ubicada en la calle Libertad 942 7ºC de esta Capital.. Para comunicarse con el se puede llamar al teléfono 4816-0451, o mandar un mail a adolfolollo@ciudad.com.ar


Palabras Comunes

Hoy: Sr. Gonzalo Acuña

Sr. Gonzalo AcuñaDesde esta nueva sección los inquilinos, propietarios y miembros de los consejos de administración se incorporarán con sus opiniones comentarios y reflexiones a aquellos problemas comunes que ocupan a toda la comunidad consorcial.

Palabras Comunes

La prepotencia, los hechos.

Hay quienes alegan que es valioso o deseable aquello de que "las cosas hay que hacerlas, mal, pero hay que hacerlas."

Eso implica de algún modo, dar prioridad o mayor valor al hacer, no importa cómo.

Y ahí aparece aquello de que "el fin justifica los medios. . ."

Y de ahí para adelante todo es posible.

Y todo es posible significa desde hacer (y cobrar) dentro de un consorcio cualquier cosa y saltarse olímpicamente las disposiciones legales y reglamentarias hasta en otros ámbitos, cortar la energía eléctrica a 12.000.000 de personas y luego explicar, con cara y voz de póquer, que esto no fue intencional y que este tipo de cortes pueden llegar a reproducirse, mismo aumentar su frecuencia y duración, sino se recuperan las tarifas. . .

Estos son, en buen criollo, ejemplos de actitudes mafiosas que hoy por hoy están DEMASIADO extendidas y que no tienen perspectiva de disminuir, mejor dicho han de continuar aumentando, en la medida que los Consorcistas, es decir, los consumidores no se pongan las pilas y se interesen en sus cosas.

Muchos se enojaron conmigo cuando hablé de "vacas mirando el tren. . ." para definir a quienes creen "cumplir" con el sólo pago de las expensas en término.

Con el tema de la energía eléctrica tenemos el mismo caso, pagamos y pensamos que con eso estamos hechos.

Grave error, si no nos interesamos y actuamos para reclamar contra esas actitudes y contra quienes "alegremente" cierran aumentos que han de agravar aún más la cantidad de gente que estará privada de esos servicios, la vamos a pasar cada día peor.

Y atención que no hablo de las villas o los pueblitos lejanos, hablo de nuestros consorcios, donde ya comienzan a pulular las garrafas entre aquellos vecinos que ya no tienen más servicio de gas. . y quizás las velas o faroles para los que se quedan sin luz!

Por eso invito a que nos interesemos vivamente en las cosas comunes y de ahí en las cosas que nos pasan a TODOS.

Es nuestro desinterés el que da "piedra libre" a quienes nos "curran" con aumentos injustificados o gastos excesivos, inflados o simples inventos.

Cómo puede ser aquello de los "gastos de procesamiento" de nuestras expensas, un curro más de tantos con que nos atacan.

Gonzalo AcuñaEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

gacuna@cotelnet.com.ar

Teléfono: 4635-9123

Donizetti 41, Torre B , 4to. Piso "D"


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El espacio que Ud. no ocupa....

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Rincón Solidario

Contesta la Dra. Elvira Lucero

Dra Elvira LuceroDesde este rincón los profesionales contestan a propietarios y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas.

Rincón Solidario

La ropa sucia se lava en casa
Claudio: Vivo en un Country y tengo una pregunta que hacerte: El artículo 20 apartado 5) del Reglamento Interno sostiene; ...Queda expresamente prohibido, tender ropa a la vista, a cuyo efecto deberá contar cada propiedad con un tendedero o patio cerrado..."
No contando mi propiedad con patio cerrado, poseo un tendedero (en los términos del artículo trascripto con antelación), ubicado en la terraza de mi propiedad. Al colocar dicho tendedero, lo hicimos a una altura aproximada de 1,60; (medida justa para que el peso de la ropa y especialmente las sábanas no roce el piso) y lo establecimos contra el cerco perimetral para que resultara aún menos visible. Hace 1 año y medio que vivimos en Las Brisas y siempre hemos secado nuestra ropa de esta manera. Por otra parte, salvo en el sector ubicado sobre nuestra cochera, la ropa sólo es visible si se intenta divisar por la calle a través de los balaustres que decoran nuestro frente.
Entiendo, atendiendo al espíritu de la norma, que ella no tiene por objeto impedir a los socios que carecemos de patio cerrado, que nos abstengamos de lavar nuestra ropa en el ámbito de nuestra propiedad, sino que lo que busca es que la misma no sea tendida a la vista de los transeúntes en el frente de nuestras propiedades o en el límite que divide una propiedad de otra molestando a nuestros vecinos linderos. 
Es razonable que si poseo un tendedero en la terraza, siempre existirá algún ángulo desde el que será visible, sobre todo al alejarnos; lo mismo pasaría si poseyera un patio cerrado (sin techo) y mi vecino lindero una propiedad de dos plantas, seguramente no podría esconder mi ropa como si secar la ropa fuera un delito.
Cabe destacar que la ropa de nuestra familia se lava y plancha durante la semana en su totalidad. Excepcionalmente o cuando tenemos períodos de lluvia puede haberse encontrado colgada durante un fin de semana, pero a pesar de ello procuramos no hacerlo con el ánimo de favorecer la vista (aún en la última parte de nuestra cuadra).
El problema surge porque integro la Comisión directiva y hace poco llamamos la atención de mi vecino de enfrente porque hizo ingresar gente indocumentada al country. Lo que hizo en consecuencia fue salir a buscar infracciones y denunciar a 6 socios por pavadas que no atentan contra la seguridad ni le causan problemas.
Qué hago? me llegó la notificación y voy a ofrecer descargo. Espero tu respuesta.
Gracias. 

Karina
(7/10/2002)

Estimada Karina:

Analizando el Art. 20 del apartado 5) del Reglamento Interno del Barrio Cerrado o Country donde vives, tenemos que analizar lo siguiente:

1) Considero que al no cumplimiento sobre el tema de la vista o servidumbre de vista (hace que otras personas tengan el derecho de continuar viendo, por ejemplo, un paisaje), se le puede aplicar no más allá de una sanción disciplinaria, ya que el Reglamento Interno tiene carácter disciplinario o de convivencia. Se puede llegar inclusive a sancionar al condómino a la prohibición del uso y goce de las partes comunes, pero lo que no pueden es incursionar en el uso y goce de su parte privativa de dominio (dentro de su casa), no obstante el condómino debe respetar el derecho del resto de los condóminos o vecinos. Al respecto yo considero que tu falta no es para nada grave habiendo puesto empeño para no afectar la vista.

2) En cuanto al incumplimiento del condómino que introdujo al country personas indocumentadas, sí es realmente un tema para tener en cuenta, pues está atentando contra la seguridad de todos los ocupantes del lugar. Sobre todo y dado los momentos que se están viviendo es que justamente ese tema, el de la seguridad, es el motivo por el cual la gente se volcó a los barrios cerrados anteponiéndolo a cualquier otro.

Por último y según tu pedido de asesoramiento, debés poner énfasis en el segundo punto de la respuesta.

Hasta pronto, te saluda cordialmente 

Elvira LuceroEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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La Dra. Elvira Lucero es abogada y administradora de consorcios. Para cualquier comentario sobre esta nota se pueden dirigir al teléfono 9999-9999,  por carta a Xxxxxx Xxxxxx 99999 o al mail xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx.xx


En tiempos de crisis los gastos son fundamentales...       ...y el Sistema 9041 es la solución más eficiente y al mejor costo.


Correo de Opinión

Quizás finalmente haya desistido

Hola Claudio, como estás...
He leído tu respuesta a: 

"Mi primer departamento"
Sres:
... En pocos momentos más firmaré ... compraventa ... en ph. Es una esquina que tiene 5 dptos. abajo independientes y 4 arriba (uno de los que adquirí yo)
es una construcción vieja.

...y me atrevo a comentar la casi segura posibilidad de una ingenuidad, pensar que de la propiedad aludida existan los Reglamentos de copropiedad y mucho menos el "interno".
Justamente, me hallo representando a un 3º, en la búsqueda de un inmueble similar, y en propiedades que superan los 30/35 años es casi imposible conseguir la exhibición de esa documentación..
Frente a la posible adquisición de un PH, te hallás frente a cosas increíbles. Patios totalmente cubiertos; espacios de uso común que han dejado de serlo; accesos (donde no existían) a azoteas comunes convirtiéndolas en terrazas con cuartos adicionales, lavadero, quincho, parrilla y pileta de natación, todo de uso exclusivo del departamento cubierto, el Ph del frente que modificó el Living y lo transformó en cochera o local de negocio, algunos que tenían jardín y construyeron, etc.
He hallado hasta profesionales instalados hace más de 15 años en donde supuestamente no era apto a tal uso. Asimismo, es difícil hallar una liquidación de expensas. pues "no hay consorcio" . Tampoco quien pase una escoba a los pasillos o la vereda, siendo los viejos vecinos que cuando se les ocurre lo hacen ... (para no gastar... vio?) las lamparitas del hall?... y... las cambiamos una vez cada uno (pero el que tiene salida también por el frente, no quiere pagar... etc. etc. etc.
En fin, la mayor cantidad de irregularidades que te podrías imaginar. ¿Inspecciones del GCBA ? ... ¿qué es eso ...? -dicen ...
Si Gastón se tomó estrictamente de tu consejo, quizás finalmente haya desistido.
Alberto Saltari
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(19/11/2002) 


Correo de Opinión

Apuntan a ser "intermediarios" 

Sobre la nota Consorcium del Boletín de Pequeñas Noticias Nº 133:
Aunque entiendo que apuntan a ser "intermediarios" y no a "administrar", no veo que en la entrevista digan cuál es el costo de esa "capa intermedia", de ese "puente" entre el propietario y las supuestas empresas ya elegidas... (algo que incrementaría ese importe a pagar)
Asimismo, en muchos casos no pasa por "pagar menos", sino porque el servicio sea eficiente, los profesionales contratados sean idóneos y que el respaldo de una garantía real exista....
Tampoco logro discernir quién será el responsable ante una eventualidad... si será sólo de la empresa que brindo el servicio o si será solidaria entre esta y el intermediario...
Asimismo, para lograr evaluar un buen numero de empresas de servicios y saber si estas realmente son lo que parecen, no creo que alcancen 4 meses... y mucho menos, que lo pueda hacer un grupo reducido de personas; ya que deberían tener en su plantel (por dar ejemplos) a una persona que sepa de ascensores para evaluar a este tipo de empresas, a un abogado; que evalúe a doctores y/o licenciados a aprobar, a un contador, a un arquitecto o un ingeniero civil o un.... como verán, "no cualquiera" puede evaluar a empresas sin saber de qué habla (claro está, que solo evalúen por costo) 

Seguramente será una buena idea, seguramente lo harán con toda honestidad.... pero a mí no me termina de cerrar... (es solo una opinión personal)
Marcelo Montenegro
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(19/11/2002)


Correo de Opinión

La norma como una "ayuda memoria"

Sobre "Lo que IRAM parece desconocer":
Marcelo, tal vez me equivoque en lo que estoy diciendo, ya alguien me ha de corregir. :o)
No creo que IRAM te "imponga" nada, simplemente se han agrupado personas y entidades que conocen el tema de administración y juntos pensaron en armar un texto que indique cuál sería lo mínimo a tener en cuenta al realizar ciertas tareas o informes.... (*)
No es obligación tuya certificarte, ahora bien... si quieres hacerlo obviamente deberás respetar estas normas, pero bien puedes cumplirlas sin necesidad de certificación alguna....solo leyendo lo que el cuadernillo con la norma indica.
En tu mensaje hablas del "modelo IRAM"... y que cada consorcio y/o administración tiene el suyo... si has leído la norma 65006 verás que ahí no te habla de ningún "modelo" sino; como dice en el primer párrafo de la misma norma: "Establecer los contenidos mínimos en la liquidación de expensas comunes de los Consorcios de Propietarios sometidos al régimen de Propiedad Horizontal"... después vos, basado en lo que la norma indica como información a brindar, crearas tu modelo de liquidación... 

Un consejo mío... tomá la norma como un "ayuda memoria" para saber qué información pedir y qué información brindar, eso te servirá para que si algún día lo necesitas o puedas hacerlo, te certifiques.
(*) En cada norma, al final del cuadernillo encontraras quiénes son esos "idóneos" que tu buscas... :o)
Marcelo Montenegro
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(19/11/2002)


¡¡ Participaron de nuestro sorteo

del Nº 138 del 18/11/2002...

...y ganaron !!

Dos entradas dobles para la obra

"...y sus pies tocaron la tierra"

por la Compañía Periplo en el Teatro Astrolabio

(Gaona 1360 - Capital Federal)

2 pares para el viernes

Y los ganadores fueron...

Rafael Helguer (DNI ...522)

Tomás Mineti (DNI ...701)

Participaron todos aquellos que mandaron un mail a sorteo@PequenasNoticias.com.ar antes del jueves 21 de noviembre del 2002 a las 12:00 con los siguientes datos: nombre y apellido completo, tipo y número de documento y número de teléfono. Todos los correos electrónicos incompletos fueron excluidos del sorteo sin excepción. El resultado del sorteo se comunicó durante la tarde  del viernes a los ganadores por e-mail y teléfono.


Correo de Lectores

No he obtenido respuesta alguna

Por favor, necesitaría asesoramiento con respecto a dónde me puedo dirigir para averiguar si el portero de mi edificio tiene iniciado los trámites jubilatorios y si es así en qué situación se encuentra, ya que lo he tratado de consultar con el administrador varias veces, pero no he obtenido respuesta alguna. 

Por tal motivo, me interesaría averiguarlo por mis medios. 

Muchas gracias

Federico R

(15/11/2002)

 

Hola Federico.

El organismo que se ocupa de los temas de la jubilación, entre otros, es la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) y haciendo uso de las herramientas que brinda Internet, cuenta con un sitio cuya dirección es www.anses.gov.ar que brinda mucha información.

Desde el mismo sitio, se puede acceder a variada información como imprimir la constancia del CUIL o del CUIT; las direcciones y teléfonos de todas las oficinas de ANSES en el país; el acceso a muchos formularios necesarios para distintos tipos de presentaciones y trámites; sentencias dictadas en distintos meses y años; indicaciones para tramitar seguros de desempleo y la misma jubilación; distintos cronogramas de pagos, etc.

También brinda el número de teléfono 0800-333-1200 y otros, para hacer consultas sobre el estado de los expedientes de los distintos trámites para la obtención de la jubilación.

Sería bueno, que para empaparse un poco en el tema, primero se de una vueltita por el sitio y mire la distinta información disponible on line y luego llame por teléfono al número indicado para poder plantear su inquietud, que seguramente es la de muchos lectores del Boletín.

Esperamos que tenga mucha suerte.

Un saludo cordial

CGdeREnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Correo de Lectores

Una preguntita

Claudio:
Tengo una duda.
La jubilación por edad avanzada es 70 años tanto para hombres como para mujeres?
Agradezco tu respuesta a la brevedad. Atte.
Rosana

(21/11/2002)

     

Hola Rosana.

Te cuento que la ley que trata sobre los temas de Jubilaciones y Pensiones es la Ley 24.241. Posteriormente la Ley 24.347 modifica muchos artículos y agrega, por ejemplo, el artículo 34 bis indicando, entre otras muchas cosas, que la edad para beneficiarse con la prestación por edad avanzada es de setenta (70) años para ambos sexos, como vos decís en tu pregunta.

Ahondando más en la ley 24.347, bajo el título de "Capítulo V Disposiciones comunes (artículos 31 al 36)", entre paréntesis indica los artículos que de alguna manera modifica, encontramos el párrafo del artículo 34 bis, que se agrega a la ley 24.241 que dice: "Prestación por edad avanzada. artículo 34: ARTICULO 34 Bis.- 1. Institúyese la prestación por edad avanzada para trabajadores que presten servicios en relación de dependencia y para trabajadores autónomos. 2. Tendrán derecho a esta prestación los afiliados que: a) Hubieran cumplido setenta (70) años, cualquiera sea su sexo; b) Acrediten diez (10) años de servicios con aportes computables en uno o más regímenes jubilatorios comprendidos en el sistema de reciprocidad, con una prestación de servicios de por lo menos cinco (5) años durante el período de ocho (8) inmediatamente anteriores al cese en la actividad; c) Los trabajadores autónomos deberán acreditar, además, una antigüedad en la afiliación no inferior a cinco (5) años, en las condiciones que establezcan las normas reglamentarias. 3. El haber mensual de la prestación por edad avanzada será equivalente al setenta por ciento (70 %) de la prestación establecida en el inciso a) del artículo 17 de la presente ley, más la prestación compensatoria y la prestación adicional por permanencia o jubilación ordinaria en su caso. El haber de la pensión por fallecimiento del beneficiario se determinará según las pautas que establecen los artículos 28 y 98 de esta ley y su reglamentación. 4. El goce de la prestación por edad avanzada es incompatible con la percepción de toda jubilación, pensión o retiro civil o militar, nacional, provincial o municipal, sin perjuicio del derecho del beneficiario a optar por percibir únicamente la prestación mencionada en primer término. 5. Las prestaciones de retiro por invalidez y/o pensión por fallecimiento del afiliado en actividad se otorgarán a los afiliados cuya edad no exceda de sesenta y cinco (65) años. Si el afiliado mayor de sesenta y cinco (65) años se incapacitare, tendrá derecho a la prestación por edad avanzada: en caso de fallecimiento, el haber de pensión de los causahabientes será equivalente al setenta por ciento (70%) del que le hubiera correspondido percibir al causante."

Si te interesa tener el texto completo de ambas leyes, próximamente las encontrarás en nuestro sitio www.PequenasNoticias.com.ar, en la sección dedicada a Legislación y dentro de ésta en Legislación Laboral.

Un saludo cordial.

CGdeREnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Correo de Lectores

ISBN en los libros.
Quisiera pedirles un favor, de no ser mucha molestia.
Cuando nombren libros, de ser posible también agreguen el numero de ISBN y en caso que ustedes mismos los proporcionen o vendan (creo haberlo visto en la página) no estaría demás que sobre el nombre del libro se coloque un link a la página donde ustedes lo tienen...
Un abrazo.
Marcelo Montenegro

(19/11/2002)

 

Te agradezco la sugerencia y vamos a tratar de implementarla pero nos gustaría que le expliques a los lectores y a nosotros mismos en qué consiste y cuál es la importancia del número ISBN que figura en los libros...

Un saludo cordial

CGdeR Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


La peor opinión es el silencio...

produccion@PequenasNoticias.com.ar


Listado Completo de Empresas Conservadoras de Ascensores

con permiso anual según el Decreto 578/01 y con permiso provisorio por falta de constancia de habilitación (falencia de la G. C. B. A.)

Listado proporcionado por la D.G.F.O.C.

Empresas Auspiciantes

Empresa

Teléfono

Localidad

Ascensores Eleczel S.R.L. 

4961-5907/4962-0400

Capital Federal

Ascensores Hispano S.R.L 

4302-0612/4303-7895

Capital Federal

Ascensores Ocel S.R.L 

4504-8116/25

Capital Federal

Ascensores Vertirod de Sanabria, Felisa Caceres

4867-2209

Capital Federal

Elepar S.R.L. 

4433-4043/2568

Capital Federal

Glob S.R.L. 

4542-2780

Capital Federal

Lifschitz, Carlos Alberto 

4585-1790 / 4585-4001

Capital Federal

Liftec S.A. 

4342-9195/6612

Capital Federal

Logica Electromecanica S.R.L.

4303-7461

Capital Federal

M. S. B. S.R.L. 

4554-5721

Capital Federal

Listado completo de empresas


Bolsa de trabajo

Pedidos

Para limpieza de un edificio de cinco pisos, con jardín en el barrio de Belgrano

La empresa:

Bosio Administración

busca:

Personal de limpieza

dirigirse al Sr/Sra:

Marcela Greco

llamando al teléfono:

4552-4704

en el horario:

8:00 a 20:00

o escribiendo al e-mail

marcelagreco@sinectis.com.ar

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Encargado/Suplente portería edificios de vivienda u oficinas. Amplia experiencia y referencias. Hombre disponibilidad full time. Conocimientos de electricidad - Plomería - Pintura - etc.-

Apellido, Nombre:

Saul Pais

Teléfono:

4911-5814 mensajes

Horario:

----

Dirección:

Caseros 3227 

Localidad:

Capital Federal

E-mail:

andreapais@yahoo.com.ar

Fecha: 29/8/2002


Encargado de edificio con experiencia: También realizo trabajos de electicidad,pintura,soy chofer profesional, etc. Tengo 46 años, soy casado,tengo 1 hija y muchas ganas de coseguir empleo.

Apellido, Nombre:

Raul Eduardo Leguizamon 

Teléfono:

4981-2994

Horario:

Todo el día

Dirección:

Pringles 328 1º B

Localidad:

Ciudad Autónoma de Buenos Aires

E-mail:

cemdgi@yahoo.com.ar

Fecha: 1/8/2002


Impuestos

Vencimientos Mensuales

En nuestro sitio www.PequenasNoticias.com.ar están publicados los vencimientos impositivos correspondientes a este mes, a los que se puede acceder picando con el mouse en el ítem vencimientos del menú que aparece a la izquierda de la ventana principalEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Proveedores de Bienes y Servicios

Avisos destacados

   

En tiempos de crisis

los gastos son fundamentales...

 

....y el Sistema 9041

(para la Administración de Consorcios)

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Multi-administrador y multi-consorcio
Legajos del personal. Fichas de sueldo. Control de inasistencias, de entrega de ropa reglamentaria, controles médicos, etc...


Ingreso, control de facturas y pago a proveedores. Posibilidad de efectuar la retención del Impuesto a las Ganancias, emisión del comprobante correspondiente, resumen quincenal de las retenciones efectuadas para informar a la AFIP, etc... Control de próximos vencimientos de impuestos, servicios y prestaciones de mantenimiento.
Cuenta corriente consolidada de proveedores.


Opción de cambiar para uno o más propietarios, el interés por mora, entre dos períodos.


Cuenta corriente de propietarios.
Control del saldo de caja y financiero a través del detalle de sus movimientos para cada consorcio y consolidado. Registro de provisiones y deducciones.
Emisión de los libros obligatorios en hojas móviles: Libro de Caja (Administración) y Libro de Sueldos (Ley Nº 20.744, Art. Nº: 52).
Balance entre períodos de egresos, ingresos y movimientos de fondos, detallados ó resumidos, clasificados por rubro o concepto.


Control de ingreso y restricciones a los diferentes módulos que componen el sistema por medio de claves de usuario y niveles de acceso.
Seguimiento y control de obras y reparaciones que se realizan en cada consorcio.

Liquidación de sueldos y jornales, vacaciones, aguinaldos, asignaciones familiares, antigüedad, etc... Posibilidad de imprimir los comprobante en formulario preimpreso.


Detalle de todos los trabajos realizados para cada unidad entre dos períodos. 
Confección de la liquidación mensual, la distribución de gastos y el estado financiero por pantalla y en forma impresa.


Impresión de los recibos de expensas con único vencimiento, con segundo vencimiento con recargo ó en dos cuotas. Opción de impresión en papel blanco o formulario preimpreso.
Control exhaustivo de la composición del saldo de los propietarios, posibilidad de cálcular el interés de la deuda de más de una forma, cobranza rápida, cobranza de deuda y cobranza adelantada.


Registro de obras y reparaciones pendientes y finalizadas en lugares comunes y particulares.
Registro de las actas comunes y extraordinarias con su texto completo.
Emisión y control de cartas documento e índice telefónico.
Posibilidad de diferentes configuraciones de acuerdo a las preferencias o necesidades de cada consorcio.


Seguimiento y control de los seguros del consorcio.


Auditor de datos con control de errores lógicos.

Seguimiento y control de los juicios del consorcio (en construcción)


Gral. César Díaz 2761

(1416) Capital Federal

Argentina

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Boletín de Pequeñas Noticias

para la administración de consorcios

Número de Edición: 139

Fecha de publicación: 25 de Noviembre del 2002

Director: Claudio García de Rivas

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