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Convención Colectiva de Trabajo El nuevo Convenio Colectivo de Trabajo 378/04 cayó como un balde de agua fría a toda la comunidad consorcial Los dirigentes de las tres entidades que representan a los administradores de consorcios en negociaciones laborales consiguieron unir a casi todos los sectores de esta comunidad contra cuestiones de forma y fondo del nuevo convenio La Liga del Consorcista llama a crear un frente de todos aquellos que pagan expensas para negociar directamente las condiciones laborales con el SUTERH La queja generalizada de administradores, propietarios y encargados es que nunca fueron consultados por sus representantes sobre la existencia de las tratativas. El hecho –que fue el lunes pasado primicia exclusiva de Pequeñas Noticias- de que estaba a las puertas de ser homologado en el Ministerio de Trabajo un nuevo Convenio Colectivo de Trabajo cayó en la comunidad consorcial como un balde de agua fría. Este convenio había sido negociado por los dirigentes de la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI), la Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH), la Unión de Administradores de Inmuebles (UADI) y la Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y horizontal (FATERYH) -a la que pertenece el Sindicato Único de Trabajadores Renta y Horizontal (SUTERH)-. Ninguno de los actores de la comunidad consorcial consultado por este medio tenía conocimiento de que las entidades participantes (según una fuente reservada) habrían comenzado desde el mes de septiembre del año pasado (2003) las negociaciones para la suscripción de un nuevo Convenio Colectivo de Trabajo que se oficializó definitivamente en un acto realizado el pasado viernes 11 de abril en el Salón Islas Malvinas del Ministerio de Trabajo con la presencia del Ministro responsable de esa cartera, Dr. Carlos Tomada. Una de las entidad más importantes que representan a los administradores, CAPHyAI, distribuyó una circular firmada por el Consejo Directivo (sin especificar sus nombres) entre sus asociados convocando a una reunión de "una hora de duración", 48 hs. antes de ser homologado el convenio y a dos días de finalizar el mes donde se informaría sobre las características de un tratado que se suponía habría comenzado a regir a principio de ese mismo mes (abril/2004) <documento original>. Por su parte el Dr. Juan M. Acosta y Lara y la Dra. Patricia Fernández, en sus condiciones de presidente del AIERH y secretaria respectivamente, invitaban en primer término a asistir a la homologación del convenio y luego a una reunión en la sede de la institución "para una mejor aplicación de las reformas alcanzadas" <documento original>.
Como por arte de magia por primera vez todos los actores de la comunidad consorcial llegaron, en mayor o menos medida, a una cierta unidad de opiniones sobre algunos puntos de los cuales Pequeñas Noticias recabó testimonios: uno de ellos fue el disgusto por la falta de participación de los socios de las entidades de administradores en las decisiones que tomaron los dirigentes a las que pertenecen. Otro fue prácticamente el mismo pero por parte de los encargados: dos representantes de la lista 20 de diciembre -opositora a la dirigencia actual del SUTERH- se mostraron sorprendidos por la existencia de un nuevo CCT y revelaron que nunca fueron consultados ni informados sobre la existencia de tratativas sobre el mismo. Por último el Dr. Osvaldo Loisi, representando a la Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal (LCPH), reveló su disconformidad al convenio suscripto entre el SUTERH y las entidades que representan a los administradores de consorcios aclarando que "me parece que es muy sospechoso que los administradores puedan libremente pactar... porque ellos no [lo] pagan de su bolsillo". Explicando que se trataría del caso en que dos personas realizan una negociación que al final termina pagando un tercero, considerando que eso es totalmente antijurídico. Para sorpresa de este medio los administradores y letrados consultados por Pequeñas Noticias no se opusieron a que los propietarios participen en la mesa negociando las condiciones laborales de los encargados y demás empleados en relación de dependencia del consorcio. Como es costumbre ante temas de alto contenido polémico Pequeñas Noticias salió a la calle a recabar opiniones de los miembros más destacados de esta comunidad sobre el nuevo convenio que afectará a todos los administradores, por los cambios que significará su implementación; a la mayoría de los propietarios, por el aumento de expensas que traerá aparejado y a los encargados de edificios. Dr. Osvaldo Loisi Fundación Liga del Consorcista
"Yo creo que [los dirigentes de las entidades de administradores] no tienen ninguna representatividad. Al contrario, me parece que es muy sospechoso que los administradores puedan libremente pactar porque ellos no pagan [las consecuencias] de su bolsillo. Se trata de que dos personas hacen pagar a un tercero, eso es totalmente antijurídico... Como solución creo que tenemos que hacer un frente común todas las asociaciones, fundaciones y demás instituciones que estamos relacionados directamente con los que pagan expensas para ser acogidas en esa negociación (con el SUTERH) y eliminar directamente a las asociaciones que representan a los administradores. Yo directamente pediría que fueran eliminadas." Por su parte el Dr. Loisi aclara que siente el apoyo por parte de los administradores en esta idea y sobre este tema afirma que "sí... por supuesto... Yo hago la distinción: una cosa son los profesionales y otra cosa las corporaciones, una cosa son los abogados y otra cosa las corporaciones, una cosa son los médicos y otra las corporaciones. Todas las corporaciones, todas, tienen intereses de grupo. En muchos casos las corporaciones no tienen nada que ver o muy poco que ver con sus asociados. La peor de todas es, si usted me da a elegir, es la de los escribanos y usted si tiene algún escribano se va a dar cuenta que se quejan todos los días porque les inventan cosas..." Adm. Adrián Hilarza Fundación Administradores Independientes de Propiedad Horizontal Con respecto a su participación en las decisiones de las entidades a las que pertenece, el presidente de la Fundación AIPH expresó: "Yo soy socio de CAPHyAI y de la UADI y jamás recibí nada -hasta el lunes o martes que llegó la circular Nº 32- de la Cámara". Agregó que "en lo particular me hubiera gustado que me consideren... que me avisen... Creo que no tenemos que ser convidados de piedra en ese sentido. Me hubiese gustado que nos participen..." Por otra parte expresó que si bien no terminó de leer el nuevo CCT en forma completa cree que lo que más le preocupa es el 2% a cargo del empleador y el 1% a cargo del empleado en el tema de los seguros.... Para poder dar una opinión a mí me hubiese gustado tener más información porque creo que con los seguros de vida obligatorio y el CCT anterior alcanzaba..."
Por último aclaró que "como administrador tengo que hacer cumplir las normas y las leyes. Yo soy propietario y me duele. Yo soy administrador y profesionalmente también me duele porque uno le tiene que explicar a la gente que nuestras instituciones negocian cosas sin permitirnos participar, conversar, discutir y debatir ideas. Lamentablemente parece que hay gente que mira para un lado y otros que miramos para otro. Evidentemente el nexo es en lo que tenemos que trabajar. Las negociaciones paritarias las discuten los empleados y los empleadores. El empleador en este caso fue el representante legal de los consorcios. En esta negociación han sido las instituciones pero creo que esto hay que modificarlo en beneficio de más transparencia y debate." Tony Asociación 20 de diciembre Este encargado miembro de la lista 20 de diciembre, opositora a la conducción actual del SUTERH, tampoco se sintió muy satisfecho por algunos aspectos relacionados con las negociaciones que sostuvo la dirigencia gremial con las de los administradores. Sobre la participación de los afiliados al gremio en las negociaciones sobre la nueva CCT declaró que "lógicamente en una paritaria participan los delegados de los trabajadores que supuestamente serían los dirigentes del gremio pero de todas maneras yo creo que no estamos representados ahí. Aparte ni siquiera se comentó [nada], ni en la revista ni en el programa del SUTERH que se da por cable. Más allá de que nosotros somos oposición tampoco a la gente adicta a Santa María se le informó sobre esto...." Sobre el nuevo seguro que estarían obligados a contratar los consorcios según el nuevo CCT Tony aventuró que sería "otro negocio más" preguntándose si no "¿será en complicidad con las cámaras? porque el 3% sobre [el sueldo de] casi 80.000 afiliados es mucha plata." |
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Asociación Brasileña del Mercado Inmobiliario por José "Pepe" GutiérrezDurante la semana del 22 al 24 de abril la poderosa Asociación Brasileña del Mercado Inmobiliario (ABMI), integrada por administradores de consorcios e inmobiliarios, realizó su XXVIII reunión cuatrimestral en la ciudad de Gramado en Brasil Su objetivo fue generar intercambio de experiencias, conocimiento del mercado y tendencias inmobiliarias entre los responsables de área de cada empresa así como sus presidente y/o directores generales. La semana del 22 al 24 de Abril la Asociación Brasileña de Mercado Inmobiliario (ABMI) organizó su encuentro XXVIII BENCHMARKING Nacional en la ciudad de Gramado/RS con la participación de ponentes nacionales e internacionales así como workshops sobre las diferentes áreas de negocio (compraventa, alquileres y gestión). Dicha práctica habitual en ABMI genera el intercambio de experiencias, conocimiento del mercado, tendencias inmobiliarias entre los responsables de área de cada empresa así como sus presidente y/o directores generales. La ABMI aglutina a las 20 mayores empresas Brasileñas del Mercado Inmobiliario con presencia en 13 Estados Brasileños entre los que se encuentran de norte a sur: Roraima, Maranhao, Río Grande del Norte, Goias, San Pablo, Paraná, Santa Catalina y Río Grande do Sul. Por otra parte también cuenta entre sus miembros con empresas uruguayas y argentinas. Fue creada por un grupo de empresarios del sector inmobiliario (incluyendo la administración de condominios) tratando de integrar a las empresas del sector para intercambiar información, oportunidades, mercados, como así también posibilitar la discusión sobre las áreas de compra, venta, alquiler, administración de consorcios, nuevos emprendimientos y loteos. Proporciona servicios diferenciados de alta calidad como por ejemplo: fiador interestadual, busca inmuebles, tasaciones e información sobre indicadores inmobiliarios y hacia el futuro planifica su expansión al mercado de América Latina. En esta oportunidad, la empresa Auxiliadora Predial con sede en Porto Alegre, orgullo del mundo inmobiliario y del personal que configura su staff, actuó como anfitriona y mostró a todos los participantes sus instalaciones de la oficina central así como de las diferentes agencias que la componen. El jueves 22 por la mañana tuvo lugar en la sede de Auxiliadora la presentación de la empresa. Uno de sus representantes Ingo Voelcker así como de los diferentes responsables de área (comercialización, recursos humanos, financiero, estratégico, condominios, etc...) mostraron y compartieron con los participantes la base del desarrollo y éxito de su empresa, reconocida en el mercado inmobiliario como fuente de atracción del personal que en ella trabaja, así como una de las mayores empresas de gestión del país, con áreas nuevas de negocio (compra-venta y mantenimiento) con un crecimiento espectacular aunque manteniendo su carácter de empresa familiar. Se visitaron la totalidad de sus áreas de negocio, compartiendo en todo momento con sus anfitriones las dudas, estrategias, dificultades, limitaciones del mercado y sobre todo el entusiasmo que con calidad y responsabilidad en una empresa que ha perdurado durante más de 70 años (data del 10/7/31) y ha supuesto la publicación de su revista denominada "Síndico" (figura del representante de los Consorcios por Ley) con publicación ininterrumpida por más de 25 años. Una vez desplazados a la preciosa ciudad de Gramado, con un entorno propio de las montañas Europeas, dio inicio el programa previsto con la apertura por parte de su presidente D. Paulo Roberto, el cual tras agradecer la masiva asistencia a la jornada, dio las pautas de trabajo y desarrollo de las mismas, que por su interés precisaban de una atención especial a los diferentes ponentes traídos para su desarrollo. Se dio inicio con la presentación de la web corporativa de ABMI y el conocimiento de las posibilidades que la misma ofrece a sus miembros, pensada como un instrumento de intercambio y colaboración inmediato y como imagen de grupo frente a potenciales clientes. La presentación a continuación fue desarrollada por la empresa que ha introducido en el sistema operativo Pocket PC todas las tareas de control y seguimiento de arrendamientos para ser utilizado en una Palm y con la experiencia ya demostrada del análisis y utilización posterior por parte del personal de Auxiliadora Predial. En todas las presentaciones y jornadas de trabajos se puso de manifiesto las diferencias en algunos casos mínimas y en otras significativas que nos encontramos en la ejecución de tareas de gestión inmobiliarias, propiciadas por la falta de estandarización de las mismas dentro del sector y por lo tanto posterior adaptación a la realidad de cada ciudad/país por parte de cada empresa e incluso departamento. Esta puesta en práctica significa un avance en el intercambio de los integrantes de ABMI y un desafío de continuidad y mejora para todos. Ya por la tarde me correspondió la intervención como único invitado palestrante internacional, para disertar sobre las tendencias del mercado inmobiliario mundial en el área de alquileres y administración de inmuebles por temporada. Con una presentación audiovisual traducida al portugués para facilitar su comprensión, traté de transmitir a los asistentes las tendencias que el mercado nos lleva en el mundo de la gestión y sobre todo el minucioso análisis realizado en USA sobre la reinvención de las empresas inmobiliarias, su futuro, los cambios necesarios, la tendencias mundiales a la globalización y una cambio latente de percepción, basado en los clientes sobre sus propiedades. Interés especial tomaron los asistentes con alquileres de temporada ante la exposición sobre el negocio mundial de Interhome, que con más de 30.000 unidades en todo el mundo y unos 600.000 clientes anuales se ha convertido en la empresa de referencia en el arrendamiento turístico. Para finalizar las intervenciones tomaron la palabra D. Segio Kouri y D. Paulos Bastos para disertar sobre la administración de centros comerciales. Ambos, como especialistas del sector y con sede en Río de Janeiro, supieron transmitir la dificultad que supone la gestión de centros comerciales y la especialización necesaria al efecto, con tal de generar un negocio basado en la atracción de clientes a esos espacios comerciales y su satisfacción posterior. La tendencia mundial a desparecer los shopping en copropiedad y basados en Negocios con un propietario único que arrienda los espacios del shopping y gestiona sus recursos de marketing para transmitir a sus arrendatarios las posibilidades del máximo rendimiento posible. Las exposiciones estuvieron basadas en la participación de todos los asistentes ya que por la extensión de las mismas (más de 3 horas) se pudo entrar a debatir en detalle los diferentes puntos de vista. El sábado 24 estaba programado como workshop con la información y tareas facilitadas en las jornadas anteriores y una sinergia de grupos entre todas las empresas participantes, con unas conclusiones adoptadas y basadas en el Futuro del Negocio Inmobiliario que con toda seguridad produjeron cambios inmediatos, en algunos casos drásticos, en la filosofía y estrategia de algunas de las empresas participantes |
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Medios Desde hace un año en la web existe un sitio dedicado especialmente a trabajos en altura Su organizadora Valeria Álvarez contó a Pequeñas Noticias cuáles son los objetivos de este nuevo emprendimiento mediático y qué servicios le están ofreciendo a los profesionales del sector. PN: ¿Qué es www.EnAltura.com.ar?Valeria Álvarez: EnAltura es un sitio de Internet, específico para las empresas y los rubros que realizan trabajos en altura. Es un sitio mucho más acotado que otros existentes sobre construcción. La idea era a apuntar a estos trabajos que no pueden realizarse con métodos ni con materiales convencionales y que necesitan además muchos otros elementos que para un trabajo común de albañilería, de pintura o de reparaciones en un hogar o en una fábrica no son necesarios. Cuando el trabajo es en altura no es tan sencillo.La idea es congregar a empresas que realizan servicios de pintura integral, impermeabilizaciones, que hacen reparaciones, elementos de seguridad y mucho más, es decir, todo lo relacionado con los trabajos en altura. Por ejemplo andamios, herramientas o elementos específicos como son los hidrolavados, la reposición y limpieza de vidrios en altura, etc. Todos estos trabajos necesitan métodos y cuidados especiales. Desde las leyes y normas existentes hasta el mismo obrero son diferentes a los relacionados con las tareas convencionales. Un trabajador en altura puede ser un silletero y no cualquier persona está acostumbrado o sabe realizar estos trabajos con todo lo que ello implica. Hay normas específicas para estos trabajos, normas de seguridad que ellos mismos tienen que tomar con su propia vestimenta, cómo se tienen que colgar, el tema de los seguros, etc.
Hacer trabajos en altura no es cualquier trabajo. No es un trabajo más y además tiene incidencia en muchas otras áreas, es decir, que para este tipo de trabajos existen normas de la Ciudad de Buenos Aires, otras a nivel nacional, seguros, indumentaria, ART, etc... Intervienen muchos aspectos que tienen que ser tomados en cuenta para conocer este tipo de trabajos. Los sitios que se encuentran actualmente en Internet son mucho más amplios y algunos están dedicados netamente a la industria, otros a los administradores pero con un carácter más global y no tan específico como lo nuestro. Nosotros lo acotamos especialmente a lo que es trabajar en altura. PN: ¿Por qué el interés en este tema?Valeria Álvarez: Primero porque a medida que la construcción avanzó fue especializando y esto lo contamos en la página principal. Además cumple un papel especial ya que es una actividad que tiene mucho que ver con la ciudad en la que vivimos, netamente edilicia, con muchos edificios que tienen que ser mantenidos y que se trabaja en altura. Aquí en la Ciudad de Buenos Aires no hay tantas casas bajas y creemos que es un rubro o un sector que no estaban tan cuidado desde el punto de vista de brindar información. Sobre todos estos tema la gente hace preguntas específicas. Por ejemplo sobre la Ley 257 (fachadas y balcones), cuáles son los vencimientos para los trabajos en las fachadas y todo esto me parece que es interesante para las empresas que quieran publicar y para los empleados que buscan específicamente esos trabajos. Una empresa que publica en www.EnAltura.com.ar es una empresa que está apta para hacer un trabajo con altura con todo lo que eso significa. No es un simple maestro mayor de obra que puede hacer sólo algunas tareas porque desde alquilar andamios -que son andamios motorizados y que tienen que ver con este tipo de trabajo- hasta el profesional que está a cargo, tienen que estar un poco en este nivel.PN: ¿Quiénes son los impulsores de esta idea?Valeria Álvarez: El arquitecto Cristhian Correa, la diseñadora Marina Moshini, el diseño web está a cargo de Damián y yo estoy en la parte organizacional.PN: ¿Qué servicios brinda www.EnAltura.com.ar al visitante?Valeria Álvarez: En principio está todo dividido por rubros. Algunas empresas están en la página principal como algunas pinturerías que son bastantes importantes y otras las van a encontrar en los distintos rubros según se destaquen.Hay muchas empresas que, por ejemplo, se especializan en impermeabilización, otras en pinturas, hay algunas que hacen todo, hay un técnico de seguridad e higiene, hay una parte que está dedicada a la arquitectura legal donde se pueden hacer consultas... Mi idea es ir poniendo y renovando las noticias sobre esta actividad específica. Van a encontrar métodos relacionados con los trabajos del sector, información sobre materiales nuevos, sobre algunos insumos que son específicos, ya sea en higiene y seguridad como en impermeabilizaciones, en pintura, en nuevas técnicas que se están utilizando. La idea es ir actualizando y reflejar todo lo nuevo en lo referido a los trabajos en altura. Eso va a ser como una guía. PN: ¿Cada cuanto se renueva el sitio?Valeria Álvarez: Tengo previsto una renovación todos los meses en lo relacionado a las notas de actualidad y a la del mes. Queremos actualizar el sitio a principios de mes para que la gente pueda consultar lo anterior en la base de datos y que también pueda acceder a las novedades para mantenerse informados. Ambas cosas son importantes.PN: ¿Cuándo comenzó el proyecto?Valeria Álvarez: El proyecto comenzó el año pasado y ahora estamos a full. Fue mucho trabajo todo lo relacionado con el armado, el diseño y los contenidos. Está muy cuidado el tema de la estética... Se apuntó a la sencillez pero con mucho cuidado.PN: ¿Qué proyectos tienen para el futuro...? ¿Si este micro-emprendimiento sale bien con qué sueñan, qué piensan seguir haciendo...?
Valeria Alvarez: Poder sostener el proyecto. Que realmente sea un instrumento para el sector de los trabajos en altura y que sea útil... Muchas veces hablo con las empresas y me dicen: "Yo quiero tener trabajo", también queremos fomentar esto, que la gente pueda buscar y que haya trabajo para todos.Somos un sitio que está focalizado donde se pueden encontrar determinadas cosas en este lugar y no en otro. Me parece que el proyecto es que funcione bien y le estamos poniendo todos los cuidados. Ahora estamos en los principales buscadores y en los primeros lugares porque invertimos mucho en lo que es en la difusión de la página para que aparezca primera. No es solo hacerla, sino difundirla y publicitarla. Para nosotros es importantísimo que te conozcan... Estos son los primeros pasos. PN: ¿Qué opinas de lo que pasó con las empresas punto com y el sobre el futuro de estos emprendimientos?Valeria Álvarez: Hubo muchas experiencias que estuvieron mal guiadas y por ser algo nuevo mucha gente no tenía experiencia. Era algo inexplorado y se entremezclaron muchas cosas. Me parece que lo bueno es especializarse en lo que uno sabe: tocar todos los instrumentos a la vez no se puede, tenés que ser bueno en uno, me parece que la clave está en eso.Conozco empresas donde los sitios no dieron resultado porque, por ejemplo, embarcaba demasiados rubros, demasiadas cosas. Los primeros meses la gente los visitaba pero luego empezaban a caerse. No se reflejaba la especialización al encontrar 10 mil rubros en un mismo lugar |
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Pequeñas Noticias Sin lugar a dudas la nota de tapa del boletín Nº 209 fue la más importante no sólo de este mes sino de todo el año 2004 Pequeñas Noticias accedió en forma exclusiva al contenido de lo que sería el texto de un nuevo Convenio Colectivo para los Encargados de Consorcios Por otra parte en el boletín Nº 208 se reflejó la prohibición del nuevo Régimen Laboral a brindar servicios eventuales a las cooperativas de trabajo, lo que provocó distintas miradas sobre el tema. El lunes 26 de abril, faltando solo 4 días para terminar el mes, Pequeñas Noticias publicó como primicia en su boletín Nº 209 el contenido de lo que sería la nueva Convención Colectiva de Trabajo que reemplazaría a la antigua convención Nº 306 del año 1998 en la nota de tapa llamada "Entre gallos y medianoche". El nuevo convenio tendría 31 artículos y en la copia se pueden observar lo que serían las firmas de los distintos directivos de las entidades con personería gremial que participaron en las negociaciones y que firmaron el ejemplar. Se puede leer el nombre del Dr. Juan M. Acosta y Lara (Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal - AIERH) y del Sr. Daniel R. Tocco (Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias - CAPHyAI). Se distingue también un garabato debajo del cual sólo está escrito el apellido "Bacigalupo" que correspondería al Sr. Osvaldo Bacigalupo, Secretario Gremial del Sindicato Unico de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (SUTERH). Por último se puede observar otra firma que, según el 1º artículo correspondiente a las partes intervinientes sería la de algún representante de la Unión de Administradores de Inmuebles (UADI). El sorpresivo convenio colectivo presentaría algunas diferencias con el 306/98 y uno de los puntos que seguramente más polémicas traerá, además de un aumento de entre el 5 y el 12% en las escalas salariales, es el que implementaría una nueva contribución del 2% a cargo de los empleadores (el consorcio) y un 1% a descontarle a los trabajadores para un nuevo seguro con el objeto de "proteger la maternidad, la vida, el desempleo y la discapacidad" según se lee de lo que sería el artículo 27 del nuevo convenio. Por otra parte en el boletín Nº 208 la nota de tapa que se tituló "La insoportable ambigüedad del ser" trató la polémica prohibición del artículo 40 de la Ley 25.877 que implementó un nuevo régimen laboral. La prohibición recae en las cooperativas de trabajo no permitiéndoles proveer servicios eventuales. Dejaron escuchar sus opiniones la doctora Mónica Rissotto, especialista en derecho laboral, el Sub-Gerente de Asuntos Legales del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) y el Sr. Miguel miembro de una cooperativa de trabajo que provee de personal de portería a los consorcios de propietarios.
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Correo de Opinión Señores de Pequeñas Noticias: Ante todo FELlCITACIONES por tener la primicia de la información; eso es PERIODISMO DE INVESTIGACIÓN. Lo que me molesta (en realidad estoy caliente) con estos crápulas dirigentes de las instituciones de administradores (CAPHyAI[1], UADI[2], AIERH[3]) que creen -todavía- y se arrogan el derecho de ser los representantes de los empleadores: el consorcio, los copropietarios. Sin embargo, los consorcistas -nosotros- no hemos sabido "sindicalizarnos" para poder ser uno más en la mesa de las negociaciones. ¿Por qué? Porque estamos preocupados por lo que pasa en nuestras "celdas" (la unidad funcional, el departamentito) que por lo que pasa en la "colmena" (el edificio, el consorcio o la propiedad horizontal). Si en nuestra propia "casa" no participamos, no tenemos tiempo o no queremos, no le echemos la culpa a otros por nuestra propia ignorancia o estupidez; en realidad, son los administradores -meros recaudadores- que se aprovechan de ello. El resto de las representaciones (FRA[4], AIPH[5], CADAPH[6], ADEPROH[7], LCPH[8] y otros más) son meros espectadores porque no "cortan el bacalao". Y, al SUTERH, debo reconocerles que desde el Decreto PEN[9] 29.945/1944, la ley 12.981/1947 y sus modificaciones, la Resolución ST[10] 137/2000 y los CCT[11], el sindicato ha sabido moverse muy bien; mis respetos. Es lo que quería decir. Saludos
--- [1] Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias [2] Unión de Administradores de Inmuebles [3] Asociación Inmobiliaria de Edificios Renta y Horizontal [4] Fundación Reunión de Administradores [5] Administradores Independientes de Propiedad Horizontal [6] Consejo Argentino de Administradores de Propiedad Horizontal [7] Asocición Civil de Defensa del Consumidor para la Propiedad Horizontal [8] Fundación Liga de Consorcista de Propiedad Horizontal [9] Poder Ejecutivo Nacional [10] Secretaría de Trabajo [11] Convenio Colectivo de Trabajo |
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Correo de Opinión Amablemente me aclaró las dudas Estimado Claudio: deseo agradecerle haya dado curso a mi inquietud en Pequeñas Noticias Nº 209, y hacer extensivo mi agradecimiento a la Dra. Victoria Loisi, quien amablemente me aclaró las dudas que tenía y me dió información muy valiosa para mí. Aprovecho para felicitarlo por la calidad de Pequeñas Noticias. Le hago llegar un cordial saludo.
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Unión de Medios Independientes de Propiedad Horizontal |
Si te interesan los temas o problemas de tu consorcio y querés encontrarles solución escuchá CONSORCIO el programa del Dr. Awad. Desde el 19 de Marzo todos los viernes a las 12 hs. por Radio Cultura F.M 97.9 mhz o por www.fmradiocultura.com.ar |
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Rincón Solidario Quería agradecerles la respuesta a mi consulta sobre indemnizaciones. Quisiera consultarte ahora sobre una pérdida de agua correspondiente a un baño de una UF cuyo titular efectuó modificaciones, introduciendo una bañera (donde no estaba prevista ya que es un baño de recepción) y cambiando de lugar el lavatorio. ¿Corresponde en ese caso que el consorcio se haga cargo de la reparación? En oportunidad de las modificaciones el consorcio no emitió ninguna autorización ya que no fue notificado. ¿Cómo debemos proceder? Muchísimas gracias. Patricia A (20/4/2004) Estimada Patricia: Toda
modificación a la estructura original del edificio, la cuál se halla
plasmada en los planos Consecuentemente, en el caso puntual de la pregunta, si de resultas de una modificación de estas características -ilegítima-, realizada por un consorcista, se produce una filtración, dicho condómino deberá responder por todos los gastos que se originen por la reparación de la filtración mentada, como asimismo, las secuelas que la misma produzca en otras unidades o espacios comunes del consorcio, esto es, deberá abonar los gastos por daños en pintura, yesería, revestimientos etc. Le envío un cordial saludo. --- EL Dr. Juan Iglesias es abogado especializado en propiedad horizontal, derecho penal y es conductor del programa de radio "La Voz del Consorcista". Para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a consorcistas@hotmail.com |
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Los ganadores del sorteo pueden comunicarse con la producción al TE 4581-3906 en horario de oficina para concertar día y fecha para retirar el premio correspondiente. - Los premios estarán disponibles en la redacción por 30 días corridos - |
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Rincón Solidario Estimado Claudio: Tengo algunas dudas -raro en mí- sobre la interpretación de trabajos realizados en el consorcio en que habito. Por lo que necesito el asesoramiento de los profesionales idóneos sobre el tema. Primero quiero aclarar en forma suscinta que en nuestro Reglamento de Co-propiedad y Administración se establece que todo lo que se encuentra dentro de las paredes, son a cargo del Consorcio (se entiende arreglos, reparación, etc.). Sin embargo hay casos que deseo saber si son OBJETABLES ya sea por MAL USO de las instalaciones o por FALTA DE USO y si el Administrador puede o no rechazar trabajos que usualmente son a cargo del Consorcio. Y paso a detallar: Caso 1- Se está reemplazando toda la cañería de gas de una unidad que durante muchísimos años no ha sido utilizada, con la excusa de que están pinchadas. Esa falta de uso, que sabemos atenta contra la integridad de los materiales... ¿no es imputable al propietario?. Caso 2: Hemos observado que en tantísimas ocasiones en que una unidad es desocupada, ya sea por vencimiento de contrato de renta o por venta de la misma, se producen tareas de reparación, pintura, etc. etc. a cargo del Consorcio que suponemos no correspondería. ¿No es imputable también a su propietario por mal uso?.- Caso 3: Es posible que a una misma unidad se le realice, casi todos los meses "destapación de boca de acceso" , también a cargo del Consorcio? En este caso no puede suponerse que se están arrojando elementos inconvenientes. Es decir por MAL USO o uso indebido, ¿no se puede limitar el pago de esos trabajos a un término tolerable y el excedente a cargo del propietario? Al agradecer vuestra atención, es oportuno para saludarles muy cordialmente Raúl G. (29/04/04) Estimado Raúl G. En primer lugar, debo comentarle que compadezco a Ud. que deba ser yo el que conteste sus dudas. Porque la complejidad de su cuestión traerá aparejada irremediablemente la complejidad de la respuesta. Y tengo miedo que me tilden de "oscuro", como en la antigua Grecia le decían a un filósofo que respondía tan "en difícil", tal elípticamente, nadie comprendía. Pues bien, a la tarea encomendada. Ya tiempo atrás, hube escrito algún artículo sobre la reparación de caños en los consorcios. Porque aunque el tema parezca sencillo, NO LO ES, porque caños hay muchos, y de diverso tipo y/o uso, y distinta es su instalación y servicio, y consecuente propiedad del caño o de lo que corre dentro de él. (vé que comenzamos "en difícil"?) Hay caños: cloacales, pluviales, de agua potable, y de electricidad. Hay caños de plástico, de plomo, de hidrobronce, de chapa galvanizada, de hierro fundido, y algún otro que sólo los expertos en construcción saben. Hay caños de diferentes grosores, espesores y distintos largos, con más o con menos conexiones, pasos, bocas de inspección, cajas de ... , y mil términos más que todavía desconozco. Eso nos dá alguna pauta: Según el Código Civil de la Nación, el constructor, el arquitecto y el ingeniero, SON RESPONSABLES por los materiales que usan en la construcción. Así que, si lo que falló es el material del cual están construidos los caños, y si no ha prescripto el plazo de ley, al arquitecto o ingeniero o constructor, o a todos juntos, puede reclamársele el daño y perjuicio, hacerlos responsables, y por supuesto, cobrarles TODO. También responderá en este caso, solidariamente con el constructor, el fabricante de esos defectuosos caños. En algún otro caso, puede haber (y lo he visto personalmente) lo que los abogados llamamos "mal praxis" del arquitecto o ingeniero, por el defectuoso diseño del recorrido de los caños. Me explico: el profesional de la construcción (que teóricamente sabe todo sobre la construcción porque lo estudió en una Universidad que afirma que sus programas capacitan profesionales en la construcción), DEBE SABER que no puede hace correr un caño de luz (de chapa), al lado de caños de agua; porque cuando estos pierdan líquido, los de luz se oxidarán irremediablemente. En estos casos, a ellos se enderezará el reclamo, la mediación, el juicio. Y el cobro del dinero gastado en la reparación, por supuesto. Harina de otro costal es, el USO de los caños. Y a la explicación concreta vamos. Lo normal, es que el Reglamento de copropiedad establezca que "LOS CAÑOS EMPOTRADOS SON DE PROPIEDAD DEL CONSORCIO" (o cosa similar -puede variar la redacción-), porque claro, si algún propietario no tiene dinero para efectuar reparaciones, por el principio de solidaridad que debe regir en los consorcios, todos los propietarios tienen que pagar la reparación, y porque además, una rotura de caños indefectiblemente afectará a TODOS los propietarios. En esos casos, lo evidente, son los caños de agua y los cloacales: si hay una filtración de líquido, afectará a los propietarios donde ha ocurrido la pérdida del líquido, y de allí para abajo en el edificio, afectará a todos, incluso pudiendo afectar a fincas linderas. Con las pérdidas de agua potable, el caso es simple y creo que todos los que vivimos en Consorcios, hemos sufrido alguna vez alguna filtración proveniente del piso de arriba: "la de arriba" siempre dice: "pero si yo no veo que exista filtración de agua" (y claro, si el agua va para abajo). Y "el de abajo", tendrá que sufrir hasta que "la de arriba" deja romper su piso o su pared, etc. En general, siempre son del consorcio los caños de subida de agua al tanque general del edificio Esto, porque es el Consorcio, el único que usa de dichos caños de subida de agua. Los de "bajada" de agua potable, y HASTA la llave de paso, también son del consorcio. Porque el caño de bajada, es UNO, hasta la derivación para cada unidad funcional. Y por un problema práctico: si se cierra la llave de paso general (la del tanque) TODOS se quedan sin agua. En cambio, si el propietario cierra SU llave de paso individual, solo él se queda sin agua, y puede hacer las reparaciones que le venga en gana. ¿Y los caños cloacales? Las cloacas SIEMPRE son comunes, en toda su extensión (generalmente desde el "codo yola" según términos técnicos), porque su obstrucción hará la vida imposible a los propietarios (líquidos que pueden llegar a contaminar, infectar, y no hablemos de los malos olores, etc.). Y porque el propietario no tiene acceso a dichos caños, porque para ello debe romper el piso por donde corren. Y en la destapación de la cloaca, está claro que la regla que dice que "el que causa un daño debe repararlo" (Art. 1113 y cctes. del Código Civil, reflejado en la ley 13.512 y reglamentos de copropiedad que se acuerden en su contexto), ES BÁSICO. Evidentemente, si el personal idóneo enviado para destapar una cañería cloacal, encuentra en el CODO del inodoro un juguete o paños íntimos femeninos, ESA OBSTRUCCIÓN no se debe al normal uso de la cañería, sino a una indolencia o negligencia (CULPA, y no hablemos de DOLO) del propietario que usa esa instalación sanitaria. Entonces sí, se debería hacer responsable al propietario que usa esa cañería cloacal. Empero, el problema SIEMPRE estará condicionado a PROBAR que realmente esa era la causa: se necesitará documentar fehacientemente la existencia del objeto que obstruía, llamar testigos del hecho (de la destapación, del encuentro del objeto y su retiro, así como que, después de ese evento todo funcionó normalmente), para que, si el propietario se niega a reconocer su responsabilidad, se pueda hacer valer judicialmente el derecho del consorcio de "repetir" la suma pagada. Y señalo especialmente: "repetir", significa cobrarle lo que el consorcio ya pagó. Y "hacer valer judicialmente el derecho del consorcio" significa JUICIO, JUEZ y ABOGADOS, PERITO, declaraciones de testigos, etc. etc., y que debe traducirse en otros gastos más para el consorcio. (Y por que monto original?) Además recuerde que si un propietario reclama "daños y perjuicios" al consorcio, no solo reclamará el valor de la reparación que "le hicieron pagar", sino también reclamará el "daño moral", el "lucro cesante", "la desvalorización" del inmueble, y los gastos que tuvo que hacer en pintura, decoración, alfombra, etc. etc. etc. Por otro lado, debo señalarle: ¿qué pasaría si un propietario que tiene obstruida su cloaca, para no pagar de su peculio, mete un cable de destapación y "empuja" el objeto que obstruye hasta la cañería central de bajada cloacal. En este caso, NADIE podría probar la autoría del hecho, y seguramente el consorcio deberá pagar MAS CARO la destapación de TODA la bajada cloacal. Saque Ud. sus conclusiones, respecto qué es lo más barato, conveniente y rápido. Pero ahora avancemos a los casos más complejos: ¿Y el caño de cables eléctricos? Porque el caño que conduce cables de electricidad, si se avería, podría no traer ninguna consecuencia. O podría traer cortocircuito que afecte solo al propietario que use los cables, el destinatario del servicio eléctrico, propietario de los cables y pagador del servicio eléctrico que la compañía eléctrica le brinda. ¿Pero qué daños podría acarrear a los restantes co-propietarios? La respuesta es que, si el caño eléctrico se rompe, podrían dañarse los cables que en su interior corren, y podría acarrear hasta la electrocución de la persona que se tome contacto con la pared donde se produzca la perdida eléctrica, o incluso del personal del edificio, aún por tomar contacto con el tablero eléctrico general del edificio donde están los medidores, etc. Y para este caso particular, personalmente creo que se aplicará la siguiente regla: LOS CAÑOS eléctricos, SÍ SON DEL CONSORCIO. Pero los cables que corren en su interior, NO SON DEL CONSORCIO, sino del propietario a quien benefician, o a quien los usa. Porque los cables son modificables (o "cambiables") a voluntad o uso del propietario a quien sirven, y están "después" del medidor que provee la compañía. de suministro eléctrico. Y el servicio eléctrico es de la compañía que lo suministra "hasta" el medidor, y "después" del medidor, es del propietario (que paga la electricidad que usa), pero nunca es del consorcio, que jamás usa "esa" electricidad (y no la paga, por supuesto). Ahora que, generalmente, los caños eléctricos, salvo filtraciones de agua, NO SE ROMPEN. Y entonces allí deberemos vincular varios problemas en uno solo, como al comienzo de esta respuesta comenté. Y la cañería de gas??? Esto es similar a los de electricidad, más complejo aún. Porque normalmente el caño de gas no tiene por qué romperse. Y entonces, si se rompió por filtraciones de agua, o por su mala instalación, remito a la responsabilidad del constructor, del arquitecto, del ingeniero, del director de obra, etc. Empero, lo grave del asunto, es que si hay pérdidas de gas por alguna de esas causales señaladas, el que explotará será el edificio consorcial TODO, y el CONSORCIO deberá pagar las consecuencias de la reconstrucción de lo dañado. Porque la explosión comenzará en una instalación común: EN EL HUECO por donde corren los caños, que sin lugar a dudas, es propiedad del consorcio. Y porque jamás he sabido que el estallido de gas comience DENTRO del caño, porque eso es imposible. Aplicando las reglas de la responsabilidad, entonces el consorcio deberá pagar $$$$$. Además, sin perjuicio del peligro al edificio y a las vidas de las personas que habitan en el edificio (y seguramente alguna vida humana se dañará o perderá si se llega a una explosión) la lógica me dice que será más barato que el Consorcio repare la cañería completa de gas, a reparar todos los daños y perjuicios que provoque una explosión de gas. Evalúe Ud. que en una explosión originada en exceso de presión en cañería de vapor (una caldera propiedad particular), ocurrida hace muy poco en un Consorcio de la Av. Santa Fé, hubieron tres personas fallecidas y una persona con quemaduras tan severas que necesitó/necesitará quince operaciones quirúrgicas para quedar "más o menos" presentable. (Y traduzca eso a $$$$ en un juicio). Claro que el uso del caño de gas es solo para el consorcista, claro que el gas es del consorcista desde que pasó por el medidor. Pero el riesgo es tan serio para todo el consorcio, que merece seriamente ser compartida cualquier reparación de la subida de caños de gas, por todos los copropietarios. El hecho de NO USARSE la cañería de gas, no estoy tan seguro que "atente" contra su propia existencia. La corrosión del caño no se da por la existencia de gas o no, sino por la existencia de agua en su interior o exterior, que oxida los materiales. Además, el hecho de estar la cañería instalada en forma vertical, si hubiese agua en el interior del caño de gas, irremediablemente el liquido se deslizaría hacia abajo del caño, oxidándose solo la parte inferior de la cañería o cercana al medidor o a algún codo horizontal. Empero, si la corrosión es exterior (lo mas común): ¿de dónde vino el líquido oxidante? (tal vez de la filtración de caños de agua del edificio?) ¿o no será que el caño era de mala calidad, bajo espesor, etc?. Creo que sobre caños y cañerías, hemos dicho mucho. Ojalá sirva para algo. Ahora analicemos las reparaciones de pintura, etc. que menciona. En principio, no creo que las reparaciones de pintura y yeso que señala, deban ser sufragados por el Consorcio, porque generalmente los reglamentos de copropiedad ponen a cargo del propio propietario (valga la redundancia) estas reparaciones. De cualquier forma, sugiero ESTUDIAR el reglamento de copropiedad al respecto. En cambio, sí corresponderían ser reparadas, cuando el ORIGEN de las reparaciones, se deben a HUMEDADES O FILTRACIONES imputables a partes comunes Y/O del consorcio. Y fíjese que si estas filtraciones son imputables al consorcio, y por desidia del inquilino no fueron denunciadas "a tiempo" de aparecer, nada se le podrá reclamar al inquilino ni al propietario de la u.f. locada, y el consorcio deberá SI O SI efectuar la reparación de TODOS los daños INMEDIATOS (los ocurridos o provocados por la filtración de líquidos en cuestión). Según Código Civil, los daños MEDIATOS (la muerte del gato porque la comida de él estaba en mal estado por haber sido estacionada en lugar con humedad proveniente de lugar común propiedad del Consorcio, por ejemplo), en principio, no son indemnizables. Ahora que, fíjese qué curioso: si existen humedades que provenían del consorcio y que causaron daños en unidades funcionales, ¿no serán esas las filtraciones las que causaron daños en los caños de gas?. Le sugiero estudiar el tema. Bueno, esperando no haber sido tan oscuro, saludo a Ud. atentamente. --- El Dr. Eduardo Brailovsky es un abogado que cuenta con amplia experiencia en temas de propiedad horizontal y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a ceo@eb-asoc.com.ar, llamarlo a su teléfono 4862-5390/4867-0712 o escribirle a Perón 4243 - Buenos Aires (1199) Argentina |
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Participarán todos los lectores que nos manden un e-mail a GranConcurso@PequenasNoticias.com.ar con sus datos completos(*) antes del próximo lunes 10 de mayo a las 08:00 am y los resultados del sorteo serán publicados en el próximo número de Pequeñas Noticias.
(*) El mail debe ser dirigido a GranConcurso@PequenasNoticias.com.ar con nombre y apellido completo, teléfono, dirección, tipo de documento y los tres últimos números de ese documento de identidad. Todos los premios están sujetos a las condiciones impuestas por la empresa Solo Premios. Los premios gastronómicos pueden no incluir derecho al espectáculo (si lo hubiera) que en general tiene un cargo mínimo, uso del servicio, postres o bebidas y pueden tener una consumición mínima de una gaseosa o agua mineral por invitado. Los términos del premio están detallados con valores en el reverso de cada tarjeta de invitación y son inapelables por no depender de la producción de Pequeñas Noticias. Estos premios están auspiciados por www.administradoresPH.com.ar. Los premios se entregarán en las oficinas de Pequeñas Noticias a todos los participantes con domicilio en Capital Federal y Gran Buenos Aires y por correo postal a nuestro cargo a los habitantes del interior del país. En caso de inconvenientes con un premio determinado por razones ajenas a la producción de Pequeñas Noticias se canjeará por otro similar de sus mismas características no dando lugar a reclamo alguno. La participación en este sorteo implica la aceptación de las condiciones del mismo. |
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Rincón Solidario Hola, mi consulta es la siguiente: un propietario moroso (deuda importante) en una asamblea tiene vos y voto. Yo me estuve fijando en el reglamento pero no especifica nada. Este
impedimento de que un moroso tenga vos y voto y que además lleve poderes,
¿está escrito en algún lado? Fernando D. (28/4/2004) Sr. Fernando: El derecho a voto es de una importancia sustancial para todo consorcista, en algunos casos puede limitarse ese derecho a voto siempre y cuando se establezca en el reglamento que si un propietario es moroso tiene limitado su voz y voto en la asamblea. Es importante destacar que si el reglamento no establece la prohibición no puede impedírsele al consorcista moroso, emitir su voto. El consorcio podrá reclamarle por vía judicial que abone la deuda, pero no puede prohibirle el ejercicio de ese derecho.- La ley no establece ninguna clase de prohibiciones y si en su reglamento tampoco está normado, el moroso puede ejercer su derecho a participar en la asamblea y emitir su voto. Saludo a Ud. atte. --- La Dra. Diana Sevitz es abogada es especialista en Propiedad Horizontal y Mediación, es co-conductora del programa de radio Consorcios Hoy y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a dsevitz@velocom.com.ar o llamarla a los teléfonos 4784-8251 / 4784-8072. |
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Correo de Lectores Srta. Fabiana: He tenido un problema con mi PC y tuvieron que configurarme nuevamente el Windows, a consecuencia de lo cual, no se por qué razón me han borrado los mails de mi bandeja de entrada. Por lo tanto agradeceré quisieran reenviarme los Boletines de Pequeñas Noticias del N° 204 al 208 inclusive, que son los que realmente deseo recuperar. Desde ya agradecido por vuestra atención al presente le saluda cordialmente. Aurelio S. A. (28/4/2004) Estimado Aurelio, en nuestro sitio www.PequenasNoticias.com.ar tenemos publicados todos los boletines que hemos distribuido desde el número 0 hasta el último. Te invitamos a ingresar al sitio y una vez allí encontrarás en el centro de la pantalla inicial y en la parte superior un ícono con el dibujo de un diario donde al hacer clic llegarás a la lista de todos los boletines publicados. Un saludo grande. |
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Correo de Lectores No pude bajar la nueva Convención Boletín de Pequeñas Noticias Nº 206 Querido Claudio, soy Diana S. y no pude bajar el texto de la Convención Colectiva nueva. ¿Serías tan amable de informarme cómo hago? Gracias. Diana S. (29/4/2004) Estimada Diana, para bajar la Convención Colectiva de Trabajo a la que accedió Pequeñas Noticias, deberás ingresar a www.PequenasNoticias.com.ar, luego deberás hacer un clic en el ítem Legislación y una vez allí en Legislación Laboral. Allí la encontrarás bajo el nombre "Proyecto de Convención Colectiva de Trabajo/2004, no confirmada aún". Para tenerla en tu computadora, independientemente del sitio, podrás hacerlo de varias formas. Una de las más sencillas es pintar todo el texto, luego ir al menú Edición y seleccionar "Copiar". Después deberás ingresar a un procesador de texto y elegir la opción "Pegar" que también está en el menú Edición. Por último deberás grabar el archivo en el lugar que vos elijas dentro de tu disco rígido. Espero que puedas obtener la convención y no dudes en volverte a comunicar si te encontrás con algún inconveniente. Un saludo cordial. |
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Correo de Lectores Fabiana, otra vez yo. Tomamos un nuevo edificio que se entrega a los propietarios el mes que viene. En él tenemos que tomar un portero, me podrías decir qué trámites tenemos que hacer y ante quién para darlo de alta y qué tenemos que hacer para tomar un encargado, inscribirlo en el SUTERH o qué se necesita. Muchas gracias. Un beso Luis Ch. (20/4/2004) Hola Luis, antes que nada entiendo que el trabajador posee CUIL, luego deberás contactarte con una ART para luego poder solicitar la Clave de Alta Temprana (CAT) en www.afip.gov.ar. Una vez en el sitio, el menú que aparece a la derecha muestra una serie de opciones. Deberás elegir la que dice Trámites y dentro de esa opción Trámites en Línea. Aparecerá Clave de Alta Temprana y ese es el lugar indicado. En cuanto a la obra social, los trabajadores de renta y horizontal tiene la obra social OSPERYH aunque el trabajador tiene el derecho de elegir entre una serie de otras obras sociales determinadas. En cuanto a la ART, cuando se ingresan los datos del Alta Temprana, el programa solicita el número que la ART le ha dado al Consorcio, no al trabajador en particular, por lo tanto no sería necesario un dato determinado del trabajador, no así del Consorcio. Por lo tanto si el consorcio ya tenía el número solicitado no habrá que hacer nada antes de solicitar el Alta Temprana, si no tenía este número entonces sí. Además de esto deberás, como siempre, pedirle todos los documentos (propios y de los hijos si tiene), los exámenes de salud correspondientes, controlar los aportes y contribuciones para la futura jubilación y demás. Un saludo grande. |
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En nuestro sitio www.PequenasNoticias.com.ar están publicados los vencimientos impositivos correspondientes a este mes, a los que se puede acceder picando con el mouse en el ítem vencimientos del menú que aparece a la izquierda de la ventana principal |
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En tiempos de crisis los gastos son fundamentales...
....y el Sistema 9041 (para la Administración de Consorcios) es la solución más eficiente y al mejor costo.
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para la administración de consorcios Número de Edición: 210 Fecha de publicación: 3 de Mayo de 2004 Director y propietario: Claudio García de Rivas Columnista especial: M Fabiana Lizarralde Colaboradores: Dra. Victoria Loisi, Adm. León Estrugo, Sr. Raúl Guinzburg, Dr. Jorge Maldonado, Cdor. Sebastián Wolkowicz y Dr. Juan Iglesias Dirección: Gral. César Díaz 2761 (1416) Capital Federal - República Argentina Teléfono/Fax: 4581-3906 Móvil: (15)5248-3906 Radios: 4527-7674 y 4527-6669 E-mail: director@PequenasNoticias.com.ar URL´s: www.PequenasNoticias.com.ar Datos personales del suscripto: Empresa: !*COMPANY_NAME*! Nombre y apellido: !*LAST_NAME*!, !*FIRST_NAME*! E-mail: !*EMAIL*! |
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