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Convenio Colectivo de Trabajo 378/04 Ante la realidad económica que se vive en la Argentina la noticias de un nuevo Convenio Colectivo de Trabajo trajo en muchos casos angustia a propietarios y preocupación a los encargados Según un estudio realizado por Pequeñas Noticias la modificación en las escalas salariales de los encargados y el nuevo seguro obligatorio aumentarían los sueldos de bolsillo de los encargados en un 16% como máximo y las expensas comunes en un 3,2% Según este muestreo la incidencia del "costo laboral" en los consorcios treparía en muchos casos a más del 49% del total de los gastos de los edificios. Según un estudio realizado por Pequeñas Noticias sobre consorcios de Barrio Norte, Parque Centenario y Once los incrementos salariales que se desprenden del nuevo Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) Nº 378/04, que se homologó el pasado viernes 30 de abril en el salón Islas Malvinas en el Ministerio de Trabajo, los aumentos en las escalas salariales y el nuevo seguro que instauró haría trepar el costo laboral total a un 17,4% en promedio. Este porcentual incluye un incremento en el salario de bolsillo que va desde el 7% hasta poco más del 17% dependiendo de la función, categoría y horas extras que realiza el encargado. En cuanto a los aportes y contribuciones los propietarios abonarán aumentos que comienzan en un 14% trepando hasta un 19% en total. Mientras los empleados, dependiendo del tipo de aporte jubilatorio en el que estén inscripto (Régimen de Capitalización o Reparto), verán incrementados sus aportes en un 5% o un 6,25% más (el 1% de incremento sobre el sueldo bruto) los empleadores –o sea los consorcios- lo harán en sus contribuciones en un 8,16% más (el equivalente al 2% sobre los sueldos bruto) sumando entre ambos un total del 6,74% o del 7,4% de incremento según el caso (un 3% sobre el total del sueldo bruto). Los aumentos directos por actualización en las escalas salariales se van incrementando de acuerdo a las funciones y las categorías de los edificios. Para aquellos que quedan encuadrados en la cuarta categoría oscilan entre un 4,9% y un 5,1% mientras que para aquellos que trabajan en edificios de primera categoría, de acuerdo a su función puede llegar a un 12,4% de aumento con un mínimo de 4,9%
Dependiendo de muchos factores entre los cuales se encuentra el tipo de edificio, la cantidad de unidades funciones, cantidad de personal, si poseen o no seguridad y muchos otros, la incidencia de los gastos de sueldos, aportes y contribuciones rondaba el 46% promedio hasta antes de los aumentos dispuestos por el CCT 378/04. Ahora y teniendo en cuenta la incidencia en las horas extras, aportes y contribuciones la participación de este rubro en el total de los gastos del consorcio pasará al 49% con lo cual el total de las expensas se verá incrementada en un 3,2% aproximadamente que claro está, en el curso del año 2004, también tendrá una incidencia en el Sueldo Anual Complementario y en las futuras vacaciones. Estos aumentos los abonarán los propietarios que paguen sus expensas recién en los primeros días de junio cuando reciba las liquidaciones de mayo aunque es importante destacar que muchos copropietarios abonan sus expensas en forma fija de acuerdo a un presupuesto anual y no según los gastos que efectivamente se realizan mes a mes, por lo cual si este incremento no se refleja en las próximos meses es de esperar que los fondos con los que pudiera contar el consorcio vaya disminuyendo paulatinamente porque no hay otro lugar de donde se podrán afrontar los nuevos aumentos de haberes. Si bien es temprano para sacar conclusiones sobre la tendencia que seguirá el mercado, algunos administradores comentaron a Pequeñas Noticias que entre los propietarios de los consorcios de clase media más castigados por las sucesivas crisis económicas existe mucho descontento porque, aparte de aquellos que están pasando por etapas de desocupación, tienen la sensación de que el encargado gana más que ellos y tiene más beneficios sociales. Una administradora de Villa Madero comentó a este medio que en algunos de sus consorcios los propietarios evaluaban la posibilidad de retirarle al encargado las horas extras y otros la de contratar empresas externas de limpieza para achicar costos. Una conocida abogada especializada en Propiedad Horizontal comentó a este medio que muchos vecinos que viven en propiedad horizontal están en planes de pagos por morosidad en sus expensas –que en estos momentos rondaría en un 10%- y estos nuevos aumentos, junto a otros que se fueron aplicando a lo largo de los últimos meses, les podrían dificultar el cumplimiento de las obligaciones contraídas. Por otra parte esta situación también preocupa a parte de los encargados aunque consideran que ya hace más de 10 años que no recibían ningún aumento fuera de aquellos casos en que el Estado Nacional reguló condiciones para todo el mercado laboral privado. Dentro del universo del mundo de los trabajadores de edificios algunos sectores de oposición a la actual conducción del gremio opinan como un pinto negativo a destacar que no es la Federación Argentina de Trabajadores Renta y Horizontal (FATERYH) la que debería manejar los fondos devengados de la recaudación del nuevo seguro creado por el CCT 378/04. Este gremio es muy particular: probablemente sea el único donde los trabajadores (los encargados) son mucho menos que los empleadores (los copropietarios), quienes en una buena parte de los casos pertenecen a su misma clase social, en otros a una inferior y en una proporción menor a una clase social de mayor poder adquisitivo. Si bien en la mayoría de los casos se asocia a los propietarios con un cierto nivel adquisitivo no siempre se tiene en cuenta que hay una población importante que vive en consorcios construidos por la Comisión Municipal de la Vivienda (CMV) que sufre un alto índice de desocupación entre sus habitantes que se refleja en importantes niveles de morosidad en el pago de expensas y que no permite el mantenimiento mínimo necesario de los complejos habitacionales para no crear situaciones de riesgo a sus habitantes como, por ejemplo, la falta de mantenimiento de los ascensores. |
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Aumentos de expensas El 28 de abril pasado (2004) el Consejo Directivo de la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias aprobó luego de cuatro años "nuevas pautas de honorarios" para los administradores de consorcios Este incremento se produce al mismo tiempos que suscribía con los encargados un nuevo Convenio Colectivo de Trabajo que produjo un incremento en los costos laborales. El mismo día 28 de abril de 2004 en el que la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) invitaba a los administradores a una reunión de una hora de duración para aclarar puntos sobre el nuevo Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) que firmó junto a los dirigentes de la Unión de Administradores de Inmuebles (UADI) y de la Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH) con la Federación Argentina de Trabajadores de Renta y Horizontal (FATERYH), aprobaba nuevas pautas de honorarios para los administradores de consorcios en una reunión del Consejo Directivo. Los aumentos sugeridos este mes a través de la circular Nº 38 por CAPHyAI son de más de un 30% que los sugeridos por la circular Nº 16 de mayo de 2000 que en su momento firmó el Ing. Ricardo Pérez Centeno en su calidad de presidente y el Dr. Cristobal O. Ruano como secretario. Hace exactamente 4 años que CAPHyAI no sugería nuevos honorarios para los profesionales que representa, los cuales estaban "congelados" desde el 27 de abril del año 2000. Lamentablemente tomó la decisión de hacerlo mientras firmaba el polémico CCT que según algunas fuentes reportará a los edificios de propiedad horizontal incrementos en las expensas de hasta un 20% restándoles a los profesionales del sector la oportunidad de plantear con éxito en sus consorcios un pedido de ajuste para sus propios honorarios. Estos se verían justificados porque, como plantea la entidad, "el tiempo ha pasado y existe otro escenario en la Argentina, los insumos de computación han variado sensiblemente su valor, se han incrementado los sueldos del personal administrativo... y hoy debemos afrontar con los mismos honorarios de entonces mayor cantidad de gastos..." Según el Adm. Juan Carlos Brath de RB Administraciones y socio de CAPHyAI, los aumentos sugeridos por la institución a la que pertenece son de muy poca posibilidad de aplicación porque considera que frente a los incrementos salariales y a las constantes amenazas de aumento en el gas pueden terminar irritando a los consorcistas que tienen que aprobarlo y, según declaró a Pequeñas Noticias, hay que ser muy cuidadoso al momento de plantearlos en las asambleas. Por su parte el Adm. Marcelo Ruiz, miembro fundador de la Fundación de Administradores Independientes de Propiedad Horizontal (AIPH) y socio de CAPHyAI, considera que aunque el aumento de los honorarios de los administradores va por cuerdas separadas que el de los encargados, el momento oportuno para sugerirlo hubiese sido antes. Opinó que tal vez la entidad con esta medida le "tiró a los administradores una de tierra y otra de azúcar" (en referencia a la firma del Convenio Colectivo de Trabajo) reflexionando que sobre el tema de los honorarios de los administradores todavía hay mucho que discutir. En esta oportunidad los aumentos sugeridos por CAPHyAI a sus asociados son:
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La Boutique del Consorcio Según la "Boutique del Consorcio", una iniciativa de Reunión de Administradores, un "simpático souvenir" que venden con forma de simio evitaría a sus propietarios "los conflictos consorciales y el aumento de expensas comunes" Propietarios y administradores, existiendo desde marzo de este año esta herramienta de prevención, no habrían tomado las medidas adecuadas para evitar el aumento en las expensas comunes que resultó de la sorpresiva y nueva Convención Colectiva de Trabajo. Desde marzo de este año en la Galería Armenia funciona por iniciativa de Reunión de Administradores, dirigida por el Sr. Jorge Hernández, "La Boutique del Consorcio". Allí se venden al módico precio de $5 una cajita con la forma de un "pequeño simio de la edad medieval" que, como mascota de la propiedad horizontal, augura a sus propietarios desde la leyenda de su envase una heroica "lucha contra los conflictos consorciales, la falta de amor en las relaciones vecinales y el aumento de las expensas comunes".
Ante la suba generalizada de las expensas desde la firma del nuevo Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) que rige para los encargados de edificios que el matutino Clarín[1] estimó en un 12% y el mismísimo presidente de Fundación de Reunión de Administradores (FRA) desde su programa de radio[2] en un 20%, más los nuevos aranceles que pautó la CAPHyAI[3] para los administradores de consorcios sólo nos queda preguntarnos si los propietarios no habrán incurrido en algún tipo de fatal negligencia al no protegerse masivamente de estos indeseados aumentos adquiriendo el mágico souvenir. Cualquiera sean las cifras exactas de este incremento derivado del nuevo acuerdo entre la FATERYH[4] y los dirigentes de las entidades de administradores lo cierto, al día de hoy, es que los afectados serán los inquilinos -cuando así esté pactado- y los propietarios que son quienes pagan las expensas. Según fuentes de este medio, las negociaciones para la firma de este nuevo CCT habrían comenzado en septiembre del año pasado (2003). Lamentablemente sólo desde marzo de 2004 el Montesco -como así se llama la mascota que La Boutique del Consorcio presenta como un "protector y luchador incansable"- habría estado disponible su venta a los propietarios para proteger sus edificios, no pudiendo evitar -tal vez por esta razón- la tan temida suba en las expensas comunes. Según el matutino Clarín este emprendimiento comenzó el 5 de marzo de este año (2004) como una iniciativa del Sr. Jorge Hernández, presidente de FRA y la revista Reunión de Administradores, de la cual él es su director y Tesco SA su propietaria.
En este pequeño negocio de la Galería Armenia en la Av. Sta. Fé 1556/64 de esta Capital Federal, también se pueden encontrar a la venta libros del conocido Dr. Alberto Aníbal Gabás y el Dr. Enrique Abattí, cuadernillos de cursos de FRA para la capacitación de administradores de consorcios, normas IRAM para la administración de consorcios en CD, cursos en video sobre ART, ediciones anteriores de la Revista Reunión de Administradores. También se ofrecen cursos en CD y video de la empresa ILVEM sobre métodos de estudio, concentración, lectura, dactilografía veloz y hasta de guitarra eléctrica pudiéndose encontrar, por otra parte, útiles aparatos espantamosquitos para el invierno y otros artículos. Según Natalia, la simpática señorita que se encuentra a cargo del local, el horario de atención al público sería de lunes a viernes de 10 a 19:30 hs y los sábados de 10 a 13:30 hs. --- [1] Clarín del 7 de mayo de 2004 - Página 14 - "Aumentan las expensas hasta un..." [2] Programa Reunión de Administradores del sábado 1 de mayo en FM 89.5. [3] Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias [4] Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal |
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Humor Días atrás fui a ver a mi médico y le dije muy preocupado: -Doctor, mi esposa me tiene angustiado; creo que se está quedando sorda. Cuando le hablo, sólo responde si estoy cerca de ella. -Bueno, hagamos una cosa: usted se le va a poner a cuatro metros de distancia y le va a hacer una pregunta. Si no le escucha, acérquese un poco y repita la pregunta. Vuelva a hacerlo hasta que ella le conteste y así podremos tener una idea de la gravedad del problema. Esa noche, mientras mi esposa ve televisión, me paré detrás de ella a cuatro metros de distancia y pregunté: -Amor, ¿qué hay de cenar? Silencio. Me coloqué a tres metros de mi esposa y repetí: -Amor, ¿qué hay de cenar? No hay respuesta. Me acerqué hasta quedar a dos metros de mi mujer y volví a preguntar: -Amor, ¿qué hay de cenar? Al no recibir respuesta me acerqué hasta quedar a un metro de ella y volví a preguntar: -Amor, ¿qué hay de cenar? Ella se volvió molesta y me dice: -¿Qué te pasa mi vida...? ¡Es la cuarta vez que te digo que hay pollo! |
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Administración Estrugo Atención personalizada Buenos Aires - San Bernardo Tel: (02257)46-8866/(011)4443-2466 E-mail: info@administracion.net.ar |
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Correo de Opinión ¿Por qué aumentarán las expensas? por la Dra. Diana Sevitz Hoy en día estamos preocupados por las noticias que nos dan los medios de comunicación acerca de los aumentos desmedidos que sufrirán las tarifas de luz y gas que por supuesto impactarán en todos los que vivimos en un consorcio, countries o clubes de campo. Pero esta información fue de público conocimiento y todas los organizaciones de consumidores y diputados están haciendo oír sus voces protestando por este brutal atropello. Pero lo que no ha tenido una mínima difusión fue la firma del nuevo convenio colectivo para el personal de encargados de edificios de propiedad horizontal que, como la luz y el gas, también traerá aparejado un aumento significativo sobre los gastos comunes que deberemos asumir a partir del mes de junio. Si bien el consorcio de propietarios es el empleador de todas las personas que en él trabajan no podemos siquiera compararlo a una empresa, a un comercio, a una industria, pues su fin no persigue un lucro y en realidad somos un conjunto de vecinos con espacios comunes a mantener. Pero a la luz de las disposiciones del nuevo convenio colectivo ya vislumbramos que el costo de las expensas aumentará y los propietarios deberán soportar sobre sus flacos bolsillos mayores costos.- Me pregunto: ¿por qué no se hizo difusión del mismo, quiénes fueron los responsables de su redacción y su firma? Del texto que ha ido circulando, cuya primicia la tuvo el diario digital Pequeñas Noticias de donde he recogido la fuente, me sorprende que haya sido suscrito por organizaciones de administradores, que no ostentan tener la representación de todos los administradores ya que, como sabemos, los mismos no poseen un colegio que los agrupe, una matrícula que los avale y todos los requisitos que se necesita para ser profesionales.- La mayoría de los administradores se encontraron ausentes y desconocían estas negociaciones, pero aún esta circunstancia hará que implícitamente se los haga responsables de este aumento y que muchos tengan que dar largas explicaciones de las modificaciones que sufrirán los gastos en los consorcios.- Se aclara que el mismo se aplica a todos los encargados del país, destacando que solamente entre el Gran Buenos Aires y la Capital Federal trabajan unos 75.000.- encargados, un 80% de los encargados de todo el país.- Los principales aspectos a destacar en este convenio son los siguientes:
A grandes rasgos son algunas de las reformas que a partir del 1º de junio los edificios bajo el régimen de Propiedad Horizontal estaremos sometidos. Me queda una pregunta: ¿por qué no fuimos consultados los propietarios? En definitiva ¿quién abona los sueldos de los porteros?, ¿por qué hay que pagar más seguros si todas las contingencias están cubiertas con los seguros obligatorios? Preguntas sin respuestas. Solo nos queda rogar que nuestros administradores con los recursos que tengan los optimicen y que no haya morosidad en el pago de expensas .-
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Correo de Opinión Estoy en contra de todas las cosas que se hacen mal por Yoli Delgado Estimado señor director: Pequeñas Noticias me ha desasnado en numerosas oportunidades desde que pertenezco al Consejo de Propietarios hace unos meses. Mis
inquietudes son muchas. No tengo nada en función del aumento que reciben
los encargados. Me parece injusto como proceden los dirigentes y que en
nuestro país la Ética haya pasado al olvido. Buscar siempre el bien, ser responsables, respetuosos, amar el trabajo y no perder el tiempo, ha sido un poco el don que he tenido en la vida. Lo he trasmitido a lo largo de más de 25 años a cientos de niños en la docencia. Hace tiempo que estoy en contra de todas las cosas que se hacen mal, en los servicios y prestaciones mediocres, en reglamentaciones que no tienen ningún sentido práctico y solamente hacen erogar dinero en vano como son los servicios obligatorios y que sirven para llenar los bolsillos de empresas que cobran solo por la visita. Es tan fácil trabajar bien pensando que es la gran satisfacción de sentirse bien con uno mismo, por la grandeza de nuestra querida Patria y de todos nuestros conciudadanos. Es vergonzoso que las empresas pasen un presupuesto que no siempre es controlado por los administradores y después es otra la cifra. Cobran por las sumas y restas y no buscan el beneficio de sus administrados. En nuestro caso vivimos en un edificio antiguo considerado "A" con muchos propietarios de avanzada edad y ambos con el deterioro propio de los años sumado al famoso corralito. Estamos pagando las cañerías que se han deteriorado. Tuvimos que anular la caldera. No podemos levantar las expensas y las exigencias del Gobierno de la Ciudad nos agobian. Anteriormente también envié un e-mail dirigido al Vice-Jefe del Gobierno de la Ciudad. Pero fue rechazado. Espero que ustedes que constituyen una empresa que muestra un punto justo para todas las partes encuentren un solución para tantos millones de personas que están sufriendo la falta de justicia. Tal vez se debería elevar un petitorio al estilo Blumberg y que lo firmemos entre todos para sensibilizar a las autoridades y sean justos con sus contribuyentes. Muchas gracias por su atención.
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Unión de Medios Independientes de Propiedad Horizontal |
Si te interesan los temas o problemas de tu consorcio y querés encontrarles solución escuchá CONSORCIO el programa del Dr. Awad. Desde el 19 de Marzo todos los viernes a las 12 hs. por Radio Cultura F.M 97.9 mhz o por www.fmradiocultura.com.ar |
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Correo de Opinión Han sido explícitas, amplias y reveladoras Estimado Dr. Brailovky: Debo agradecer su contestación a mis inquietudes de "Tengo algunas dudas" en el Boletín Nº 210 y manifestarle que en contraposición a su referencia de que las mismas puedan ser "oscuras", lo han sido explícitas, amplias y reveladoras, así como los ejemplos que ha expresado. Por lo tanto: "las dudas.... aclaradas". Y debo afirmar que felicito a "Pequeñas Noticias" por poseer colaboradores tan eficientes e idóneos en el desarrollo de los temas consorciales.
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Los ganadores del sorteo pueden comunicarse con la producción al TE 4581-3906 en horario de oficina para concertar día y fecha para retirar el premio correspondiente. - Los premios estarán disponibles en la redacción por 30 días corridos - |
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Rincón Solidario Yo
quisiera verificar el permiso Auto-administro el edificio donde vivo y quiero cambiar el service de mantenimiento de ascensores. El Ing. que hacía la inspección para esa firma se desvincula de ellos y forma su propia empresa. Yo quisiera verificar el permiso correspondiente ante la municipalidad. ¿Cómo
o dónde tengo que hacer ese trámite? Desde ya les agradezco la información que puedan darme. Saludos Hay dos formas fáciles de averiguar si una persona está registrada:
Le envío un cordial saludo. --- EL Ing. Osvaldo Meghinasso es socio de la empresa Maiom Ascensores. Para cualquier consulta se le puede llamar al teléfono 4864-1864, escribirle a Av. Pueyrredón 480 13º Of: 85 de esta Capital Federal o enviar un e-mail a ventas@maiom.com.ar |
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Participarán todos los lectores que nos manden un e-mail a GranConcurso@PequenasNoticias.com.ar con sus datos completos(*) antes del próximo lunes 17 de mayo a las 08:00 am y los resultados del sorteo serán publicados en el próximo número de Pequeñas Noticias.
(*) El mail debe ser dirigido a GranConcurso@PequenasNoticias.com.ar con nombre y apellido completo, teléfono, dirección, tipo de documento y los tres últimos números de ese documento de identidad. Todos los premios están sujetos a las condiciones impuestas por la empresa Solo Premios. Los premios gastronómicos pueden no incluir derecho al espectáculo (si lo hubiera) que en general tiene un cargo mínimo, uso del servicio, postres o bebidas y pueden tener una consumición mínima de una gaseosa o agua mineral por invitado. Los términos del premio están detallados con valores en el reverso de cada tarjeta de invitación y son inapelables por no depender de la producción de Pequeñas Noticias. Estos premios están auspiciados por www.administradoresPH.com.ar. Los premios se entregarán en las oficinas de Pequeñas Noticias a todos los participantes con domicilio en Capital Federal y Gran Buenos Aires y por correo postal a nuestro cargo a los habitantes del interior del país. En caso de inconvenientes con un premio determinado por razones ajenas a la producción de Pequeñas Noticias se canjeará por otro similar de sus mismas características no dando lugar a reclamo alguno. La participación en este sorteo implica la aceptación de las condiciones del mismo. |
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Rincón Solidario El portero se dio por despedido Cuándo un portero se da por despedido: ¿cuánto tiempo tiene para abandonar el departamento que habita? Horacio B (6/5/2004) Sr. Horacio: Gracias por consultarme. Lamentablemente, no alcanzo a entender lo que Ud. llama "un portero se da por despedido". ¿Fue despedido por el empleador? ¿Renunció? Y todas son formas distintas de ocurrir un distracto laboral. La ley 12981 establece que la indemnización por DESPIDO es de 3 sueldos, y el fundamento de ello, es que los legisladores entendieron que, con dicho monto el empleado podría salir a alquilar el departamento que quisiera para mudarse. Así que justamente por eso, el empleado carece de excusa alguna. De cualquier manera, mas allá de la forma en que se efectuó el despido, es de práctica (y fundado en derecho) conceder 30 días a partir del distracto (o ruptura), para el desalojo de la vivienda. Claro que hay que INTIMAR al empleado a que desaloje en dicho plazo, porque si incumple esa intimación fehaciente hará prueba en el juicio de DESALOJO que se le inicie al ex-empleado. El DESALOJO se tramitará ante el fuero LABORAL y NO CIVIL porque el origen de la ocupación es LABORAL y no contractual -civil-. Y afortunadamente, el fuero laboral hoy por hoy, es sumamente rápido, debido al "vaciamiento" de juicios que provocaron las leyes que el Congreso sancionó. Saludo a Ud. atentamente. --- El Dr. Eduardo Brailovsky es un abogado que cuenta con amplia experiencia en temas de propiedad horizontal y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a ceo@eb-asoc.com.ar, llamarlo a su teléfono 4862-5390/4867-0712 o escribirle a Perón 4243 - Buenos Aires (1199) Argentina |
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Rincón Solidario Nos retiene una suma de dinero Quisiera que me informaran sobre las siguientes dudas que se me plantean. El mes pasado el Administrador (contratado) renunció a sus funciones. Este nos retiene una suma de dinero, supuestamente por una deuda que el Consorcio mantendría con él. Con relación a la misma es conveniente hacer un poco de historia: desde el año 99, el Administrador no realizó las Asambleas Anuales obligatorias ni la correspondiente rendición de gastos. Además el resumen de expensas nunca (hasta Diciembre del 2002), reflejó los ingresos, saldos de caja ni datos que reflejaran el estado de cuenta del consorcio y además éste carece de cuenta en algún banco (Yo compré en Abril del 2001). En Marzo del 2002, pregunté cuándo era la Asamblea Anual a lo que me respondieron que no se realizaban nunca (?). A partir de ese momento comencé a requerirlas, recién obtuve respuesta en Diciembre del 2002, donde se presenta el Administrador informando que el Consorcio le adeuda aproximadamente $8300. El resto de los consorcistas le piden que informe sobre la misma y que brinde explicaciones de por qué no informó en el momento que se iba produciendo. Resumiendo, a más de un año, nos encontramos que en forma intempestiva (luego que en la reunión anual no se le aceptara la rendición anual y debiera reintegrar gastos indebidamente cargados al consorcio) renunció en forma indeclinable. Ahora bien, quiero saber lo siguiente: Una vez que reintegre los libros y documentos respaldatorios, nosotros podemos controlar las gestiones que no presentó rendición de gastos?, como él a su vez administra los alquileres de varios departamentos del edificio y sugestivamente son las unidades que más reparaciones han tenido en los últimos años. ¿De comprobarse que realizó reparaciones que cargó al consorcio siendo responsabilidad de los propietarios de las unidades es esto un abuso de confianza?. ¿Cómo
debemos proceder si la deuda no fuera tal y debiera reintegrarnos alguna
suma de lo que retiene? Estimada Verónica: el administrador renunciante debe hacer entrega de toda suma de dinero correspondiente al consorcio que aún posea en su poder, como asimismo de toda la documentación (libros reglamentarios, facturas, etc.), al momento de renunciar. Al recibírsele tanto el dinero como la documentación debe levantarse, por parte del nuevo administrador o del grupo de propietarios provisionalmente a cargo del consorcio, un minucioso inventario que refleje exactamente qué y cómo se está recibiendo. Este acto por supuesto que no releva al administrador renunciante de la rendición de cuentas que debe cumplir, en los términos que prevea el Reglamento de Copropiedad. De no hacerlo en tiempo y forma, el consorcio quedará habilitado para intimarlo fehacientemente por carta documento bajo el apercibimiento de promoverle el juicio de rendición de cuentas pertinente. En este juicio se determinará si las cuentas deben o no ser aprobadas; en caso negativo y de surgir diferencias dinerarias faltantes o cualquier tipo de perjuicio para el consorcio, se deberá luego entablar juicio de daños y perjuicios contra el administrador en cuestión. Saludo a Ud. atentamente. --- El Dr. Jorge Armando Maldonado es abogado y está especializado en propiedad horizontal. Para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a valthulemaldonado@ciudad.com.ar o comunicarse con él a los teléfonos 4632-5381 y (15)4169-4574. |
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Correo de Lectores Lamentablemente estaré ausente Estimado Sr. García de Rivas: Durante algunos meses próximos, me veo obligado a estar ausente de las reuniones de los miércoles, debido a obligaciones asumidas que recaen en el mismo día y horario. No obstante sigo con atención el Boletín de Pequeñas Noticias y los comentarios sobre temas que nos importan a los que estamos en el tema de la administración de consorcios. Lamentablemente estaré ausente de los debates que seguramente se darán a raíz de la firma del nuevo Convenio Colectivo de Trabajo que me sorprende como administrador y como consorcista. Quería hacerle llegar este comentario para hacerle saber que no los olvido. Considero obvio e innecesario repetir que tanto el boletín como las reuniones de los miércoles merecen el mayor aplauso. Reciban un gran abrazo.
Estimado Mario: Para nosotros es un placer contar contigo tanto como lector de Pequeñas Noticias, tanto como miembro de la Comisión de Consorcios[1]. Las puertas de ambos sitios están abiertas para vos y cuando tus nuevas obligaciones te lo permitan va a ser un gusto volver a contar con tus opiniones y tu participación activa.
--- 1.- La Comisión de Consorcios funciona todos los miércoles en el Centro de Gestión y Participación Nº 7 sito en Rivadavia 7202, 3º piso de 19:30 a 20:30 |
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Correo de Lectores Dos adherentes a la obra social Como siempre me es grato poder consultarlos y lo que es mejor siempre me han dado las respuestas justas y en tiempo: eso es tener calidad en el servicio que nos brindan. Ahora quisiera preguntarles si un encargado tiene a sus dos (2) hijos como adherentes en la obra social, ¿en el recibo de sueldo se les debe aclarar y descontarle 1,5% por cada uno, además de asentarlo en el formulario 931? Muchas gracias por su colaboración y dedicación. Julio (5/5/2004) Julio nos alegra mucho que podamos ayudarte justo a tiempo ya que sin ustedes, los lectores, no tendría sentido este Boletín. Pero ahora, nos ponemos a trabajar y vamos a tu consulta. Como bien decís, por cada adherente a la obra social el trabajador deberá aportar el 1,5% de su sueldo por lo tanto en su recibo deberá quedar claro que para la obra social su aporte será del 6% (3% más 1,5% por cada adherente). En el recibo puede ir el 6% todo junto o separar el 3% por un lado y los dos adherentes por el otro. Esto no tiene mayor importancia. En el Formulario 931 también se debe indicar, como vos los mencionás, que el trabajador tiene dos adherentes. Esto se realiza en la solapa "Obra Social" del trabajador en cuestión cuando se ingresa al ítem "Nómina de empleados" del aplicativo SIJyP de la AFIP. Mucha suerte. |
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Correo de Lectores Que tal Claudio, te comento que por algún motivo he dejado de recibir los boletines informativos que también ustedes elaboran. Hasta ahora los vengo leyendo por los envíos que recibe mi hermano. Si no es mucha molestia me gustaría recibir de nuevo estas publicaciones. Sin más los saludo atentamente. Juan Manuel H. (4/5/2004) Juan Manuel ¿cómo estas vos, tanto tiempo? En cuanto a tu consulta te voy a pedir que vuelvas a suscribirte, pero antes verificá si por algún motivo tu servidor no está realizando alguna restricción en los mensajes que recibís por cuestiones de seguridad (léase ataque de virus) o si la capacidad de la casilla es limitada y cuando enviamos el boletín vuelve al remitente por falta de espacio. Si nada de esto ocurre, ingresá al sitio www.PequenasNoticias.com.ar y volvé a suscribirte. Si pensas en abrir alguna cuenta gratuita tené presente que Yahoo ofrece más capacidad en las cuentas que Hotmail. Manteneme al tanto sobre tu suscripción. Un saludo cordial |
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Correo de Lectores ¿Cuándo comienza a regir el nuevo convenio? Ante quien corresponda: Quisiera saber algo sobre el convenio colectivo de trabajo (sus Modificaciones por ejemplo) como así también las nuevas escalas salariales. ¿Cuándo comienzan a regir? Gracias. Atentamente. Andrea (4/5/2004) Andrea, justamente en la nota de tapa de este boletín se habla de la nueva escala salarial (vigente al mes de abril de 2004) y la incidencia que tendrán los aumentos en los sueldos de los encargados y el las expensas. Por otra parte en lo boletines de Pequeñas Noticias Nº 210 y 209 se le ha dado mucha cobertura al tema. Para que puedas acceder a estos boletines si entrás a nuestro sitio www.PequenasNoticias.com.ar encontrarás en el centro de la pantalla inicial y en la parte superior un icono con el dibujo de un diario donde al hacer clic llegarás a la lista de todos los boletines publicados. Por otra parte en el mismo sitio pero en la sección Legislación encontrarás Legislación Laboral y allí el nuevo convenio colectivo. Si no recibís el Boletín en tu casilla de correo podés suscribirte desde el mismo sitio para que a partir de la semana próxima puedas recibir Pequeñas Noticias todas las semanas y te sea más cómodo su acceso. Un saludo cordial. |
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En nuestro sitio www.PequenasNoticias.com.ar están publicados los vencimientos impositivos correspondientes a este mes, a los que se puede acceder picando con el mouse en el ítem vencimientos del menú que aparece a la izquierda de la ventana principal |
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Correo de Lectores Mi nombre es Daniel U. y mi pregunta es: ¿qué importes variaron en la liquidación del sueldo de abril que se paga en mayo para un encargado de 3º categoría? y si variaron los coeficientes por favor hágamelo saber, es urgente. Gracias y felicitaciones por el boletín. (8/5/2004) Daniel, justamente en el presente boletín, la nota de tapa está dedicada al tema de los aumentos en las distintas categorías y funciones de los trabajadores de edificios. Para los encargados permanentes con vivienda de 3º categoría y según el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) Nº 378/04 el básico correspondiente al mes de abril es de $652 y para la misma función y categoría pero sin vivienda es de $710. Los adicionales se modificaron todos: el escalafón por un año de antigüedad es de $6,25; retiro de residuos por cada unidad destinada a vivienda u oficina es de $1,32; el plus por movimiento de coches hasta 20 unidades es de $27,09; el plus por jardín y por la limpieza de cocheras es de $17,82 y el valor vivienda subió a $5. Entiendo que por "coeficientes" querés decir porcentuales de aportes y contribuciones con lo cual el nuevo CCT no modifica los ya existentes pero agrega un 1% a cargo del trabajador y un 2% a cargo del empleador. Este nuevo 3% surge del artículo 27 que crea un seguro para la protección de la maternidad, vida, desempleo y discapacidad. Todavía falta saber mediante qué formulario se deberá hacer efectivo este pago y qué entidades quedarán habilitadas para cobrarlo. Un saludo grande y muchas gracias por las felicitaciones. |
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En tiempos de crisis los gastos son fundamentales...
....y el Sistema 9041 (para la Administración de Consorcios) es la solución más eficiente y al mejor costo.
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Correo de Lectores Hola chicos!!! Hace mucho que no hago preguntas... así es que ahí va una!!!!!!!! Tuve una auditoría y me dijeron que estaba liquidando mal los feriados a los encargados. Yo lo hago pagando el sueldo completo más el feriado y según el auditor no debería pagar mes completo, sino restar los días feriados y luego sumarlos. ¿Cómo es? GRACIAS MILLLLLLLLLL!!!!!!!!!!!!!! Besos. Mariana (5/5/2004) Hola Mariana, tanto tiempo que no andabas por estas páginas...!!! El tema de los feriados tiene dos posturas desde el punto de vista de su liquidación y eso se debe, como verás, a la posibilidad de interpretar el texto de una ley de formas diferentes. La Ley de Contrato de Trabajo en el artículo 166 dice que: "En los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical. En dichos días los trabajadores que no gozaren de la remuneración respectiva percibirán el salario correspondiente a los mismos aún cuando coincidan con domingo. En caso que presten servicios en tales días, cobrarán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual". Esto significa que las horas o la jornada trabajada en día feriado se abonará al 100%, o sea que percibiría un sueldo completo más otra jornada por día feriado trabajado o lo que es lo mismo, descontarle un día de trabajo y pagárselo al doble. En resumen el empleado percibiría en caso de haber trabajado el feriado, 1 jornada de trabajo más 1 jornada extra lo que es igual a 2 jornadas de trabajo. Pero a lo anterior se agrega la posición del SUTERH (Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal) sobre el tema. En algunos casos han reclamado a administradores que liquidaron los días feriados de acuerdo a lo explicado, una diferencia a favor del trabajador. Según ellos los días feriados trabajados se deben liquidar como horas extras al 100%, pero percibiendo además el mes completo de sueldo. De esta manera el cómputo quedaría así: 1 jornada que no se descontó más 1 jornada liquidada como horas extras al 100% (2 jornadas) = 3 jornadas. No sé cómo has liquidado vos el día feriado, por lo cual tanto vos como el auditor pueden llegar a tener razón si es que han aplicado estos criterios. ¿Se entendió la diferencia entre liquidar el feriado como 1 día laborable más o como 8 hs al 100%? Espero que sí... Un saludo muy grande. |
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para la administración de consorcios Número de Edición: 211 Fecha de publicación: 10 de Mayo de 2004 Director y propietario: Claudio García de Rivas Columnista especial: M Fabiana Lizarralde Colaboradores: Dra. Victoria Loisi, Adm. León Estrugo, Sr. Raúl Guinzburg, Dr. Jorge Maldonado, Cdor. Sebastián Wolkowicz y Dr. Juan Iglesias Dirección: Gral. César Díaz 2761 (1416) Capital Federal - República Argentina Teléfono/Fax: 4581-3906 Móvil: (15)5248-3906 Radios: 4527-7674 y 4527-6669 E-mail: director@PequenasNoticias.com.ar URL´s: www.PequenasNoticias.com.ar Datos personales del suscripto: Empresa: !*COMPANY_NAME*! Nombre y apellido: !*LAST_NAME*!, !*FIRST_NAME*! E-mail: !*EMAIL*! |
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