Boletín de Pequeñas Noticias la comunidad consorcial como espejo de la sociedad Martes 14 de Noviembre de 2006 - Nº: 304 |
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¿Qué significan las siglas?: Las abreviaturas más frecuentes |
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Se suma un nuevo actor Hernández se sentaría en paritarias El 7 de noviembre se presentó oficialmente la Federación Económica de la Ciudad de Buenos Aires y entre sus objetivos está el participar de las negociaciones de los Convenios Colectivos de Trabajo de la Propiedad Horizontal El secretario de FECIBA, Adm. Jorge Hernández, aseguró que este pedido ya se lo hizo personalmente al ministro de Trabajo El Dr. Tomada contestó que estaba de acuerdo en que se amplíe la base de representación y les pidió que se pongan a trabajar en proyectos concretos. [BPN-14/11/06] El martes 7 de noviembre en la sede de la Asociación de Distribuidores de Golosinas y Afines (ADGyA), se presentó oficialmente la Federación Económica de la Ciudad de Buenos Aires (FECIBA), una entidad que según sus integrantes nació por "la necesidad de recrear una institución representativa del Comercio, de la Industria, de los Servicios y de la Producción PyME de esta ciudad". En una entrevista exclusiva concedida a Pequeñas Noticias, el presidente de Fundación Reunión de Administradores (FRA) y secretario de FECIBA, Adm. Jorge Hernández, aseguró que uno de los objetivos de esta federación será participar en calidad de empleadores de los Convenios Colectivos de Trabajo (CCT) con su contraparte, la Federación de Trabajadores Edificios Renta y Horizontal (FATERyH).
En este sentido, aseguró que ya tuvo oportunidad de manifestarle este pedido y de dialogar personalmente sobre este tema con el ministro de Trabajo, Dr. Carlos Tomada, en un desayuno de trabajo en la Federación Argentina de Municipios (FAM) y en el que participaron más de 50 dirigentes de la entidades asociadas –entre las que está adherida FECIBA- a la Confederación General Económica (CGE). "Con el ministro planteábamos la necesidad de ampliar la base de discusión y replantear todo el esquema laboral de los encargados", subrayó. El presidente de FRA le propuso al Dr. Tomada, la necesidad de ampliar la base de representación de los empleadores de los consorcios de propietarios en las próximas negociaciones de los convenios colectivos de trabajo con el personal de portería "a través de la presencia en la mesa de negociaciones de las legítimas organizaciones de administradores, copropietarios, proveedores y profesionales de la comunidad consorcial federados en FECIBA". Según él, el ministro manifestó su predisposición a analizar su proyecto: "nos dijo que estaba de acuerdo en que había que ampliar la base de representación y nos pidió que nos pusiéramos a trabajar con equipos para elevar posturas concretas y proyectos definidos". "Tomada es conocedor del tema..." En diálogo con el medio, Hernández destacó que el desayuno de trabajo con el Dr. Tomada "fue muy interesante porque él es muy conocer del tema de la propiedad horizontal, sabe lo que pasa y lo tiene bien claro". Es más, aseguró que Tomada considera que hay falta de representatividad de los actores fundamentales de la sociedad consorcial.
El secretario de FECIBA precisó que durante el encuentro los dirigentes hablaron sobre diversas cuestiones superadoras del conflicto social que hay con respecto a los encargados, los consorcistas y los administradores. "El ministro escuchó 40 propuestas distintas y los comentarios de cada dirigente... Contestó 5 y una de ellas era justamente el tema que le planteó FRA", señaló. También resaltó que, en un aparte, estuvo conversando diez minutos con el ministro sobre "la necesidad de ampliar la base de negociación patronal pero con actores racionales, lógicos y que vayan con propuestas, no con palos y capuchas. Es necesario que estén presentes los consorcistas, los proveedores y también los profesionales". Según él, actualmente participan de los CCT "instituciones satélites que representan a un mismo lado o entidades que están agotadas en su proyecto institucional y que no representan la realidad de la comunidad consorcial". Profundizar la federalización La idea del presidente de FRA es que en las negociaciones de los CCT haya representatividad plena. "Nosotros nos sentaríamos con los administradores, entendemos que deben estar los propietarios sí o sí y que también tienen que estar presentes los proveedores y los profesionales", explicó. Uno de los objetivos de la FECIBA será "hacer una apertura a todas las instituciones que están dando vuelta. El lunes próximo [13/11] tenemos una reunión plenaria en FRA sobre este tema". Por otra parte, señaló que quiere que haya un convenio general para todo el país en el que figuren las condiciones mínimas de los trabajadores y que después "cada región le sume o le reste de acuerdo a la negociación entre el sindicato y los representantes". |
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Elecciones de la CAPHyAI "Todos queremos el bien de la cámara" A pocos días de las elecciones, el candidato a presidente de la CAPHyAI, Lic. Horacio Bielli, aseguró que hay dos buenos postulantes y que son los socios los que tienen que decidir qué camino quieren para la institución No quiso entrar en polémica sobre el cruce de acusaciones vía mail. [BPN-14/11/06] A pocos días de las elecciones, el candidato a presidente de la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI), Lic. Horacio Bielli, no quiso entrar en polémicas sobre el cruce de acusaciones que se hicieron por mails y aseguró que son los socios los que deberán elegir quién quieren que sea el nuevo presidente de la institución.
"La verdad es que no sé por qué hay gente que tiene tiempo para perder en escribir esas cosas... yo creo que tanto el Dr. Ruano como yo somos dos buenos candidatos", destacó. En una entrevista exclusiva concedida a Pequeñas Noticias, el Lic. Bielli subrayó que el miércoles 29 de noviembre a las 17 hs. los socios deberán elegir entre una lista o la otra, "el tema no da para más. Esto no es ni el fin del mundo ni la danza de la fortuna. Es una cámara donde hay dos buenos postulantes que tienen diferentes formas de pensar acerca de cómo conducirla". Según él, más allá de que representen dos posturas diferentes "en el fondo supongo que, por lo menos quiero creer, todos queremos a la cámara y en alguna medida, luchamos por su bien y el de sus socios". Es para trabajar En diálogo con el medio, el Lic. Bielli reiteró que decidió postularse como candidato por un pedido de los socios. "Si yo tengo el honor de que me designen presidente voy a tener más trabajo y si no me designan, siempre voy a desear el bien de la cámara y que a las personas que les toque conducir les vaya lo mejor posible porque está en juego su patrimonio. La CAPHyAI es una institución que todos queremos", reflexionó. Y finalizó: "esto no es un club de fútbol o un partido político donde uno está buscando un sillón para tener un sueldo, una beca o poder pasear por el mundo. Esto es para trabajar". |
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Sorteo de Los Viejos Ombúes: el ganador de esta semana es la Sra. Aida Petruccio |
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Legislatura Porteña Problemática de los consorcistas de Bs. As. Todos los disertantes del encuentro "Problemática de los consorcistas de la ciudad de Buenos Aires" coincidieron en que uno de los principales problemas de los propietarios es la baja participación y su falta de interés Argumentaron que ninguna ley ni decreto es mejor que el control que nace del propio consorcio Consideraron que el Registro Público de Administradores no funciona. [BPN-14/11/06] Muchos aseguran que a la hora de hacer una crítica no hay nada mejor que empezar por uno mismo, y eso fue justamente lo que hicieron los disertantes del encuentro sobre "Problemática de los consorcistas de la ciudad de Buenos Aires" que se realizó el lunes 30 de octubre en el Salón San Martín de la Legislatura Porteña. El Dr. Mariano Sirito, Dr. Jorge Maldonado, Dr. Ricardo Geler, la ex diputada de la Nación Inés Pérez Suárez, el contador Rafael Ianover (asesor del Partido Socialista) y los legisladores Mario Morando (Juntos por Buenos Aires) y Jorge San Martino (Recrear) coincidieron en que si bien el Estado puede ejercer un control sobre la actividad que realizan los administradores, ninguna ley, decreto o normativa puede sustituir la vigilancia personal y responsable por parte de los vecinos.
"Durante más de 50 años los consorcistas no tuvimos necesidad de salir a defender nuestros derechos. Hoy estamos solicitando la atención de nuestros legisladores para que mediante leyes actualizadas y más acordes con los tiempos que corren determinen los derechos y obligaciones de cada uno de los actores de la sociedad consorcial", destacó la fundadora y coordinadora de la Comisión de "Consorcistas" del Consejo Consultivo Honorario del Centro de Gestión y Participación Nº 2 (CGP) Recoleta, Sra. Teresa Villanueva. Ella desde el barrio, junto a San Martino desde la legislatura, fueron los organizadores y convocantes del encuentro. Según la Sra. Villanueva, la máxima aspiración de los propietarios -para no tener un perjuicio en la economía del consorcio- es estar legalmente representados en la mesa de negociaciones en las que se firman los Convenios Colectivos de Trabajo. El vecino no participa "Todos sabemos de la baja participación ciudadana en las asambleas. Los vecinos no tienen ganas de ir a defender su propiedad privada", destacó el Leg. Morando y advirtió que esto "políticamente, es algo terrible porque si una persona no defiende su propiedad, qué ganas podrá tener de defender su pedazo de propiedad pública en manos de los políticos". La falta de participación en las asambleas y el bajo interés que demuestran los consorcistas fueron dos de los principales problemas que resaltaron todos los disertantes de la jornada. El Dr. Maldonado consideró que no existe ninguna posibilidad de control efectivo que no surja del seno del propio consorcio: "éste tiene los elementos legales y reglamentarios para ejercer ese control".
Por su parte, el Dr. Geler, presidente de la Asociación Civil de Defensa del Consumidor de Productos y Servicios como Propietario de Inmueble de la RA (API), consideró que "el consorcista -si bien actualmente tiene muchas dificultades para hacer valer sus derechos- es quien se tiene que defender y hacer oír". El registro no funciona "El Registro Público de Administradores no funciona. Hoy, es un cementerio de papeles. Creo que tiene dos o tres empleados que lógicamente no pueden realizar todas las tareas", aseguró el Leg. Mario Morando. Según él, para mejorar esta situación habría que eliminar la entrega de informes en papel e instaurar un sitio de Internet donde el administrador ingrese directamente su DD.JJ. Por su parte, el Leg. San Martino señaló que una auditoría del Gobierno de la Ciudad descubrió que existen una serie de problemas en el funcionamiento del RPA. "El 78 por ciento de las denuncias que se realizan hacen referencia a administradores que no están inscriptos", precisó.
Asimismo, según ese informe "en la mayor parte de los expedientes auditados por la ciudad no se encontraron constancias de que se habían cumplimentado con los requisitos; la documentación acompañada por los administradores no estaba visado, sellada ni supervisada por los agentes del registro". Las reformas a la Ley 941 El Dr. Sirito, mediador comunitario y asesor de distintos legisladores de la ciudad, analizó aquello que quedó pendiente de la Ley 941 y subrayó que las reformas que se están planteando "no dejan de ser un paliativo aunque tenemos que encontrar todo hueco en la pirámide jurídica que nos permita mejorar la calidad de los vecinos". Según él, actualmente muchos consorcios "terminan siendo rehenes de los administradores" y advirtió que pudo comprobar que algunos suelen especular con el desinterés, el desconocimiento y la inexperiencia de sus administrados.
Por su parte, el contador Ianover –el asesor que elaboró el proyecto para modificar la Ley 941 que presentó el Leg. Norberto La Porta- señaló que ésta no cumple con los elementos necesarios para considerar los graves problemas que se presentan en la administración de los consorcios. "Desgraciadamente, a raíz de las disposiciones de esta ley –esto a criterio personal- los administradores se han convertido en dueños de la propiedad", reflexionó. Una ley buena y bien pensada El Dr. Maldonado, especialista en derecho de la Propiedad Horizontal, aseguró que hay que reconocer que la Ley 13.512 con una antigüedad de 60 años y sólo 20 artículos reguló la vida de muchos argentinos. "Técnicamente era una ley buena y estuvo bien pensada", destacó el Dr. Maldonado. Al mismo tiempo, explicó que esa ley tuvo la previsión de contar con otra ley particular que rige la vida del consorcio: el reglamento de copropiedad, pero que "lamentablemente éste es ignorado por, aproximadamente, el 80 por ciento de la gente". Respecto a los diferentes proyectos para modificar la Ley 13.512, el Dr. Maldonado resaltó que de todos los que él analizó elogia el proyecto presentado por la diputada Inés Pérez Suárez en cuya redacción intervino el Dr. Osvaldo Loisi y del que opinó que es un excelente especialista y profundo conocedor del tema. |
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Modificación a la Ley 941 Las autoridades de la CAPHyAI analizaron el proyecto de modificación de la Ley 941 que presentó el Leg. Mario Morando En una carta que le enviaron al presidente de la Comisión de Legislación General y de Trabajo de la Legislatura Porteña, denunciaron que Morando tiene un desconocimiento importante sobre las cuestiones relacionadas con la administración de un consorcio. [BPN-14/11/06] Las autoridades de la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) le enviaron una carta al presidente de la Comisión Legislación General y del Trabajo de la Legislatura Porteña, Dr. Jorge Enríquez, con el objetivo de hacerle llegar la opinión de la entidad sobre el proyecto que presentó el Leg. Mario Morando (Juntos por Buenos Aires) para modificar la Ley 941 que creó el Registro Público de Administradores (RPA). En esa carta, firmada por el presidente, Néstor Pirosanto; el vicepresidente 1º, Daniel Tocco y el prosecretario, Pablo Taquini, le expresaron al Dr. Enríquez que si bien los objetivos que plantea son plenamente compartidos por la CAPHyAI "entendemos que tanto el diputado Morando, como sus asesoras y asesores, tienen un desconocimiento importante sobre las cuestiones relacionadas con la administración de un consorcio". En principio, expresan que el Leg. Morando en sus fundamentos asegura que en el monto de expensas que pagan los vecinos se hallan incluidos sobreprecios y que, en este sentido, su proyecto apunta a "tratar de reducirlos" como así mejorar "la administración de ciertos riesgos económicos". Si bien la CAPHyAI subraya que coincide en la finalidad de esa propuesta, aclara que de existir sobreprecios el fin debería ser eliminarlos y no reducirlos. Y no solo eso, para "colaborar con todas nuestras capacidades al cumplimiento de los mismos" solicitan al diputado que defina con toda claridad qué se debe entender por sobreprecio y si se está en presencia de un delito. "Le requerimos nos permita acompañarlo en las pertinentes denuncias penales que seguramente el diputado habrá realizado ante la Justicia", señalan.
Según manifestaron en ese documento que tiene fecha del 12 de octubre, si el Leg. Morando no responde a este pedido, entenderán que "la base en que ha fundado su proyecto carece de sentido y valor en lo que respecta a evitar sobreprecios". Auto administrados al registro Otra de las reformas con la que no están de acuerdo es en dejar excluidas del contralor oficial aquellas personas que ejerzan la actividad en forma no onerosa debido a que consideran que proceder de tal forma "sería eximir a un considerable número de administradores del cumplimiento de la ley, dejando a una gran cantidad de consorcistas desamparados". De esta forma, se entendería que la CAPHyAI estaría apoyando que la modificación de la Ley 941 incluya la inscripción de los administradores de los consorcios auto administrados. Por otra parte, en cuanto a los inscriptos, la cámara quiere que se agreguen sanciones de tipo administrativo para aquellos responsables del registro que incorporen información falsa o errónea sobre un administrador. Contratar seguros. Respecto a la obligatoriedad de contratar seguros que protejan al consorcio ante eventuales riesgos como accidentes personales, la CAPHyAI explicó que el Leg. Morando omitió establecer que el beneficiario de los seguros debe ser el consorcio dado que ante un eventual caso será quien afronte los gastos que los daños causados demanden. En cuanto a la obligatoriedad de conservación de la documentación consorcial, proponen que la misma sea conservada en poder de la administración hasta el momento en que resulte aprobada la gestión. La documentación que exceptúan es aquella que respalde los salarios pagados y las cargas sociales, que según ellos, deben ser conservadas siempre por la administración. Toda persona es inocente... Otro punto que la CAPHyAI quiere modificar es que la información relacionada a los juicios civiles y comerciales en los que el administrador haya sido demandado personalmente solo resulta útil "luego de haber recaído sentencia firme sobre la cuestión". Al mismo tiempo, las autoridades de la cámara entienden que los administradores deben declarar solo los fallos pronunciados con posterioridad a la puesta en vigencia a la ley. La reelección del auditor La CAPHyAI no coincide en que los consorcistas no puedan contratar por más de dos períodos consecutivos a un auditor: "no debe tener ningún tipo de limitación para elegir en quién confiar la labor de control". Refacciones de urgencia Según la CAPHyAI, la propuesta de Morando sobre cómo contratar personal para realizar refacciones de urgencia es "impracticable desde el punto de vista fáctico" y ponen un ejemplo de qué sucedería y cuánto tiempo llevaría realizar la obra si se actuara de esa forma. La opinión final "Sr. Presidente como usted habrá podido apreciar, la materia sobre la cual se pretende legislar parece ser desconocida por el legislador, lo cual lo llevó a cometer una gran cantidad de errores", destacaron las autoridades de la CAPHyAI aunque resaltaron que no deja de ser elogiable la intencionalidad del diputado Morando. Por otra parte, advirtieron la importancia de crear –al igual que otras profesiones- un Colegio Público de Administradores, "dejando bajo su órbita, no solo el control de la matrícula que deberá ser obligatoria para el ejercicio de la profesión, sino la creación de normas que deberán aplicar sus matriculados para una mejor administración consorcial". En la carta que le enviaron al Dr. Enríquez, sostuvieron que en el 2004 la CAPHyAI y otras entidades presentaron un proyecto de colegiatura que lleva adelante el Leg. Diego Santilli y el cual consideran debería transformarse en ley. |
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Proyecto de reducción de expensas La diputada Adriana del Carmen Marino presentó un proyecto de ley para reducir en un 50 por ciento las expensas comunes de los jubilados Si bien es optimista, aclaró que en el Congreso no hay una voluntad política expresa para tratar cuestiones vinculadas a la tercera edad. [BPN-14/11/06] La diputada Adriana del Carmen Marino (Frente Producción y Trabajo) -con mandato hasta el 2009- presentó en el Congreso de la Nación un proyecto de ley que apunta a que los jubilados paguen un 50 por ciento menos de expensas. En estos momentos, la iniciativa se encuentra en las comisiones "Legislación General" y "Previsión y Seguridad Social": "ya se está tratando en comisión y tiene que ser evaluado por presupuestos", aseguró la diputada pero aclaró que "evidentemente, no es una prioridad del Congreso tratar el tema de la tercera edad". En una entrevista exclusiva concedida a Pequeñas Noticias, consideró que si bien este tema puede ser una preocupación y una política del Ejecutivo, "es vergonzoso que uno esté plateando una fuerza para lograr consensos; no deberíamos estar exigiéndolo por medio de una ley". En diálogo con el medio, reflexionó que la tercera edad debería estar francamente tan bien económicamente que no necesite "de estos auxilios o chalecos salvavidas. En honor a la verdad, todas estas cuestiones no son ni más ni menos que paliativos para ayudarlos a transitar la última etapa de sus vidas". Este no es el único proyecto que presentó la diputada destinado a ayudar a la tercera edad. Hace unos meses, propuso que se eliminara el pago del IVA en los pasajes aéreos. A ella le preocupa que estos temas no representan la voluntad de la mayoría. "Hoy, la agenda la deciden la mayoría del bloque Frente para la Victoria", subrayó.
Lobby social "Este proyecto es un viejo anhelo de un numeroso grupo de personas que persigue la ayuda para los abuelos", sostuvo la diputada Marino. Ellos se lo presentaron en marzo y luego de que lo analizara su equipo de asesores y le realizaran algunas modificaciones en sus fundamentos, Marino decidió presentarlo en el Congreso. Según ella, desde que publicó la iniciativa en Internet, diariamente les llegan una gran cantidad de llamados de jubilados que le preguntan en qué estado parlamentario se encuentra el proyecto y qué perspectivas tiene de que sea aprobado. La legisladora expresó al medio que sus ganas de ayudar a este sector tan necesitado de la sociedad hicieron que se acercara personalmente a cada diputado y les entregara una copia del proyecto para que lo evaluaran: "he intentado interesar a cada miembro. Evidentemente si logro que tomen conciencia me va a resultar mucho más fácil viabilizarlo". Por el momento, las respuestas fueron buenas: "he tenido un muy buen contacto. Pero reitero que si no hay una voluntad política expresa de este Congreso para que sea tratado vamos a tener problemas para sancionarlo". En las próximas semanas, hará un acto de presentación del proyecto en el que citará a todas las asociaciones reconocidas que actúan en el medio y que tienen personería jurídica con el objetivo de "interesarlas y para que también me ayuden, aunque parezca extraño, a hacer una especie de lobby social". Un sistema colapsado "Lo más vergonzoso de todo esto es que en el país seguimos de mal en peor con el tema de la jubilación", señaló la Dip. Marino. Según ella, el sistema previsional argentino es un sistema que está colapsado: "las víctimas son todas las personas de la tercera edad que sinceramente quedaron atrapados en un neoliberalismo, en un snobismo capitalista donde todos fuimos saqueados, tanto los pasivos como los activos". Por otra parte, explicó que si bien en su provincia son muy pocos los que viven bajo el régimen de propiedad horizontal, como diputada de la nación tiene la obligación de analizar el total de la problemática de la gente: "si fuese senadora lo hubiese pensado dos veces pero soy diputada; el senador representa exclusivamente a su provincia pero el diputado a todos los ciudadanos argentinos". ¿Cómo se accederá al beneficio? De aprobarse esta iniciativa, los requisitos para acceder a este beneficio serían: percibir un haber igual o menor al doble del salario mínimo vital o al doble de la jubilación mínima, ser propietarios; condóminos, usufructuarios o beneficiarios del derecho de uso de un único bien inmueble sometido al régimen de la propiedad horizontal cuya valuación fiscal no exceda individualmente el diez por ciento de la valuación fiscal total del inmueble que integran; no ser titulares de dominio o condominios de otros inmuebles urbanos y rurales en el ámbito nacional y destinar a vivienda propia y ocupar en forma permanente las unidades funcionales. Al mismo tiempo, también podrán contar con este descuento los jubilados y pensionados que alquilen una única vivienda y tengan por contrato el pago de las expensas comunes de la unidad alquilada. Las personas que quieran contar con la reducción del 50 por ciento deberán acreditárselo al administrador del consorcio y anualmente todos los 31 de diciembre deberán notificar que continúan encuadrados en los requisitos que prevé este beneficio. ¿Quién paga la diferencia? El proyecto estipula que los consorcios de propietarios, reunidos en asamblea, podrán optar por dos medidas a fin de recuperar los porcentuales de expensas descontados a los beneficiarios. La primera es recaudar los importes correspondientes a los beneficios otorgados por este decreto a los jubilados mediante un porcentual diferencial aplicado al resto de las unidades funcionales. La segunda es decidir que los administradores liquiden las expensas conforme a la norma IRAM 65.006 obteniendo así el derecho a descontar los importes que por aplicación del decreto, hayan descontado a los jubilados directamente de los aportes y contribuciones que por el personal dependiente del inmueble realicen mensualmente al sistema de seguridad social. |
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Dr. Marcos Bergenfeld El presidente de la Federación Argentina de Consorcios, Dr. Marcos Bergenfeld, aseguró que no tiene indicios de que hayan sido los administradores los que sabotearon el primer acto de la FAC En el programa Reflexiones a la Medianoche, explicó que ante un ataque sorpresivo uno no se da cuenta cómo reacciona Destacó que están tratando por todos los medios de no ir al choque con el SUTERH. [BPN-14/11/06] "No tengo indicios [de que hayan sido los administradores los que sabotearon el acto]. Cuando uno es atacado sorpresivamente, como nos atacaron a nosotros, se reacciona de cualquier manera. Por más experiencia que se tenga, uno no deja de quedar shoqueado", reconoció el presidente de la Federación Argentina de Consorcios (FAC), Dr. Marcos Bergenfeld. Recordemos que el miércoles 6 de septiembre, pocos minutos antes de que comenzara la primera conferencia de prensa de la FAC, un grupo de entre 10 y 12 personas con bombos y carteles irrumpió en el salón de la Universidad de Ciencias Empresariales y Sociales (UCES) e impidió que se pudiera realizar el acto (BPN Nº 299 del 8/9/06: "Juegos de guerra"). "Diez muchachos pagos impidieron que se hiciera el acto. Decían que [estaba vinculado con] la ESMA, yo justamente nunca pisé la ESMA, así que no me di por aludido", destacó el Dr. Bergenfeld en el programa televisivo "Reflexiones a la Medianoche"[1], desmintiendo así haber tenido vinculación con la última dictadura militar argentina. Bergenfeld señaló que tiene actividad política desde los 16 años: "primero actué en el Radicalismo y después en el Justicialismo y estoy afiliado a este partido". Sin embargo, aclaró que decidió retirarse cuando su hija, Sandra Bergenfeld, asumió como legisladora porteña: "entendí que habían muchos Bergenfeld en la política, entonces me retiré totalmente". Antes de fines de noviembre El presidente y la vicepresidenta de la FAC, Sra. Alicia Giménez, aseguraron que, a pesar del sabotaje al primer acto de su asociación, continuarán con la lucha y que tienen previsto realizar el acto antes de fines de noviembre. Con el SUTERH no. "Estoy tratando por todos los medios de no ir al choque con el Sindicato Único de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal (SUTERH), no es un problema de miedo es simplemente que hay que [buscar] el momento oportuno para ir al choque", advirtió Bergenfeld. Al mismo tiempo, señaló que hace 4 años que un equipo de abogados penalistas muy importante "está siguiendo el tema [del SUTERH] y les aseguro que en el momento que esto vea la luz va a templar un poquito todo el ambiente, por lo que pasó en el Banco Patricios y por todo lo demás". Consorcios en crisis Según el Dr. Bergenfeld, la propiedad horizontal está atravesando una crisis terminal: "los llantos de la gente, los intentos de suicidio y todos los que nos vienen a ver están demostrando un panorama muy duro". Y agregó: "todos los que vienen me besan la mano y me dicen que están haciendo una cadena de rezos por mí, por lo que estoy haciendo por ellos", pero aclaró que "nosotros no somos gente iluminada ni nada por el estilo, estamos ocupando un lugar que lo ocupó otra gente en beneficio propio". La vicepresidenta de la FAC y presidenta de la Unión de Consorcistas de la República Argentina (UCRA), aseguró que la federación está tratando de buscar filiales en el interior para tener más fuerzas: "nos estamos asentando en forma muy importante porque hay un boca a boca que nos ha puesto en el punto álgido". Cuando Jorge Ferrera –columnista del programa Reflexiones a la Medianoche que conduce Edgardo Siancha- le preguntó cuáles eran los principales objetivos que se proponía la FAC, su presidente destacó que: "lo primero que tenemos que hacer es tomar las riendas de todo esto porque nosotros no vamos a las paritarias y son las que objetamos desde el principio al fin". Y no solo eso, advirtió que, según lo que dicen sus abogados, las paritarias "son truchas completamente, no tienen ninguna razón de ser". Asimismo, sostuvo que miembros muy cercanos al gobierno les dijeron "off de record" que esta batalla la ganan por el número: "éste puede definir cualquier cosa". --- [1] Reflexiones a la Medianoche es un programa televisivo que se emite los miércoles y viernes a las 00:30 por Cablevisión en el Canal 61 y por Multicanal en el Canal 77 |
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Dr. Daniel Enrique Butlow El especialista en Arquitectura Legal, Dr. Enrique Butlow, aseguró que la Justicia no debió haber impedido la construcción de más de 350 edificios en la zona de Caballito Argumentó que las empresas constructoras habían cumplido con todos los requisitos y que no se pueden detener las obras por un amparo de los vecinos. [BPN-14/11/06] Hace unos días, la Justicia decidió que se detenga la construcción de más de 350 edificios de Caballito después de que un grupo de vecinos presentara un amparo para impedir que continuaran las obras argumentando que una mayor cantidad de habitantes llevarían al colapso los servicios públicos. En una entrevista exclusiva concedida a Pequeñas Noticias, el Dr. Enrique Daniel Butlow, especialista en arquitectura legal y abogado de una de las partes (un sector de las empresas constructoras), aseguró que este tema es gravísimo y que no hay motivos que justifiquen que las obras se detengan porque las empresas compraron sus lotes con legítimo derecho y cumplieron con todos los requisitos exigidos. "Hoy en día aunque tengas todo en regla, los vecinos vienen, te hacen un amparo y no podés construir", subrayó el Dr. Butlow. Si bien reconoció que "la gente tiene toda la razón del mundo porque –por ejemplo- las cloacas son de 1911", advirtió que la ciudad no está preparada para muchísimas otras cosas: "por año, por ejemplo, se vende más de un millón de autos ¿está el pavimento preparado teniendo en cuenta que las calles fueron hechas en 1915?". Sin embargo, consideró que en la medida en que estas torres comiencen a construirse no solo les dará la posibilidad de vivienda a muchos más argentinos sino que además puede ser que la situación obligue al Jefe de Gobierno a reparar todo el régimen cloacal, tal como se hizo en la zona de Vicente López. En diálogo con el medio, explicó que hubiera sido muy importante que directamente no le hubiesen dado la autorización: "ahora si le dan autorización, quién le va a pagar [los daños a las empresas], a quién demandan. El verdadero problema va a ser quién le paga a las constructoras". ¿Quién tiene derecho? Si se analiza en profundidad el tema, se pueden descubrir razones justas y argumentos valederos por parte de los vecinos y de las constructoras. Cuando Pequeñas Noticias le preguntó al Dr. Butlow quién tendría derecho en este caso, respondió que en derecho siempre todos tienen la razón aunque aclaró que "se le da la razón al que tiene más razón". Consideró que el derecho es una aspiración legítima y que en estos momentos se cumple solo entre un 20 y 25 por ciento: "es muy bajo el nivel de cumplimiento de las cosas. En un país donde le robaron la plata a la gente, muchos deciden aferrarse al amparo. Le dicen a los jueces que los protejan y los jueces no saben qué hacer". El Dr. Butlow, que se enorgullece de llevar adelante el 90 por ciento de los casos de arquitectura legal del país, reflexionó que "los funcionarios son los que dejaron arruinar las cosas". Y fue aún más duro, aseguró que en los últimos años, "hubo políticas malas, desordenadas, falta de planificación, políticos que no llamaron al urbanista correcto y legisladores que no tuvieron abogados en serio para hacer las leyes". Sin amparo "Me parece que estamos al borde de un gobierno de jueces, la dictadura del Ejecutivo es difícil, la legislativa también, pero la de los jueces es terrible", advirtió el Dr. Butlow. Y consideró que la única forma de contener al poder es limitarlo: "eso lo dijo Montesquieu en su obra "El Espíritu de las leyes", no hay otra forma, sino el poder tiende a crecer cada vez más como un tumor". En el caso de los edificios de Caballito y de los amparos que presentaron los vecinos, explicó que se da una situación particular porque cuando a alguien le hacen un amparo y el juez da lugar, la persona o la empresa no cuenta con otra herramienta para defenderse: "le tengo miedo a la dictadura administrativa y a la legislativa pero por lo menos contra ambas hay un amparo. Sin embargo, si yo tengo que defenderme del amparo no tengo nada: no hay amparo contra el amparo". |
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Sueldos Noviembre/06 En el mes 11, solo cambia el SMVM En el mes de noviembre solo habrá que tener en cuenta que el Salario Mínimo Vital y Móvil trepa al último escalón y se ubicará en los $800 por mes En la confección de los haberes no habrá modificaciones salvo que se deban retener embargos. [BPN-14/11/06] Los haberes del mes de noviembre no presentarán cambios en los básicos pero, en caso de tener que hacer descuentos por causa de embargos, hay que recordar que desde el 1º de noviembre de 2006 el Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) es de $800 pesos para los trabajadores mensualizados y el valor de la hora de trabajo es de 4 pesos. La Resolución 2/2006 –que se publicó en el Boletón Oficial el 31 de julio de 2006- fue la que modificó el SMVM y lo aumentó en tres etapas. Sobre el embargo de los sueldos trata el decreto Nº 484/87 del 26/03/87 que reglamentó los artículos 120, 147 y 149 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744. El 1º artículo del decreto dice: "Las remuneraciones devengadas por los trabajadores en cada período mensual, así como cada cuota del sueldo anual complementario son inembargables hasta una suma equivalente al importe mensual del Salario Mínimo Vital fijado de conformidad con lo dispuesto en los Art. 116 y siguientes del Régimen de Contrato de Trabajo (L.C.T. - t.o. por Decreto Nº 390/76). Las remuneraciones superiores a ese importe serán embargables en la siguiente proporción: 1. Remuneraciones no superiores al doble del Salario Mínimo Vital mensual, hasta el diez por ciento (10%) del importe que excediere de este último. 2. Retribuciones superiores al doble del Salario Mínimo Vital mensual, hasta el veinte (20%) del importe de que excediere este último". Noviembre 2006
Es importante recordar que próximamente empieza el período donde más trabajadores gozarán de sus vacaciones y habrá que dar el Alta Temprana a los distintos suplentes. Este trámite se hace a través del sitio de la AFIP, www.afip.gov.ar, y en tiempo real por lo tanto es necesario tener las Claves Fiscales de los consorcio de propietarios donde se necesite dar de alta un nuevo trabajador. |
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Pequeñas Noticias La redacción de Pequeñas Noticias consideró que la noticia más importante de octubre fue que la CAPHyAI –en ese momento – todavía no había oficializado las fechas de sus elecciones Por tradición, debieron haberse realizado el 25 de octubre Por primera vez en la historia de la institución, el 29 de noviembre competirán dos listas. [BPN-14/11/06] "La urnas están bien guardadas" (BPN 302 del 18 de octubre de 2006) fue para la redacción de este medio la noticia más importante de octubre. Por tradición la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) realizaba la elección de sus autoridades el último miércoles de octubre pero hasta el cierre de esa edición aún no habían oficializado la fecha. En esa nota, se analizó en detalle el procedimiento que establece el reglamento interno y el estatuto de la CAPHyAI para la elección del nuevo Consejo Directivo. Por primera vez en la historia de la entidad, el miércoles 29 de noviembre –hace unos días finalmente oficializaron las fechas- se presentarán más de una lista. Hasta el momento, las únicas dos son las del Dr. Cristóbal Orlando Ruano, "Inmobiliarios y Administradores Unidos por la Acción", y la del Lic. Horacio Bielli "Cambio y profesionalización".
Si bien por tradición las elecciones siempre coincidieron con la última reunión semanal de la Comisión Directiva del mes de octubre, desde el punto de vista legal el estatuto de la CAPHyAI establece que la asamblea general ordinaria se debe convocar "dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del ejercicio anual de la cámara que vencerá el 30 de junio de cada año". Es decir, que aplicando estrictamente la definición de la palabra "convocar", las elecciones no necesariamente se debían realizar en el mes de octubre pero sí debían citar –paso que sí cumplieron- a los socios a la asamblea dentro de ese plazo. El sitio de Pequeñas Noticias en números Según el programa estadístico que desarrolló la empresa de "hosting" donde Pequeñas Noticias aloja su sitio, este medio recibió durante el mes pasado –octubre- casi 17 mil (16.971) visitantes diferentes que consultaron más de 116 mil (116.640) páginas. Esto significa que cada visitante realizó –en promedio- 1,63 visitas en el mes y que en cada visita consultó 4,21 páginas. En un promedio general del mes, los martes son los días en que se realizaron la mayor cantidad de visitas (más de 7.700), seguido por los jueves y los lunes con más de 3.700 y 3.600 visitas por hora respectivamente. Los días en que el sitio es menos consultado son los domingos con casi 2.200 visitas horarias. Con respecto a la franja horaria en que los internautas prefieren visitar el sitio se advirtió que a partir de las 9 hasta las 22 hs. la cantidad de visitas horarias fluctuó entre las 4 mil y las 6 mil. Es de destacar que entre las 5 y las 7 de la mañana las visitas se incrementaron notablemente llegando a las 6 de la mañana a las 9800 visitas, lo que indicaría que los lectores prefieren consultar las novedades antes de comenzar sus actividades laborales cotidianas. |
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Gestión Profesional ¿Va a vender su vivienda? por la Cra. Viviana Grinberg Resoluciones Generales (AFIP) 2141 Y 2153 [BPN-14/11/06] La transferencia a título oneroso de inmuebles efectuada por personas físicas o sucesiones indivisas, está alcanzada por el Impuesto a la Transferencia de Inmuebles -conocido como ITI- gravando el monto de la operación con una tasa del 1,5% (la ley dice 15 por mil). El cuerpo legal, en su artículo 14, exceptúa de este impuesto a las operaciones de venta de la única vivienda y/o terrenos del contribuyente con el fin de adquirir o construir otra destinada a casa-habitación propia, o cuando se ceda la única vivienda y/o terrenos con el propósito de destinarlos a la construcción de un edificio bajo el régimen de la ley 13512 y se reciba como compensación por el bien cedido hasta un máximo de una unidad funcional de la nueva propiedad destinada a casa-habitación propia y siempre que ambas operaciones se efectúen dentro del término de un año. Hasta el 31 de octubre de 2006, en caso de optarse por no pagar el impuesto, los escribanos debían dejar constancia de dicha opción al extender las escrituras traslativas de dominio. El 1º de noviembre entró en vigencia la Resolución General (AFIP) 2141, en la cual se establece que el vendedor que haga uso de la opción del art. 14 de la Ley deberá obtener de la AFIP el certificado de no retención, correspondiendo a los escribanos verificar –previo a su aceptación- la autenticidad, vigencia y alcance del mismo. La resolución prevé dos procedimientos diferentes para solicitar este certificado:
El plazo que fija la resolución para que la AFIP se expida es de 15 días corridos desde la presentación de los elementos, que se extiende a 20 para el caso de los sujetos residentes en el exterior. Si se aceptare la solicitud, el Organismo Recaudador publicará en su sitio Web los datos del solicitante, así como el plazo de vigencia del certificado. En caso de denegatoria, la dependencia interviniente lo notificará y se podrá manifestar disconformidad adjuntando al formulario 206/I o al formulario 206/M las pruebas que considere procedentes. La AFIP podrá requerir el aporte de otros elementos dentro de los 20 días corridos de la presentación y tendrá 20 días corridos para resolver la disconformidad. Cuidado entonces si va a vender su vivienda, ya que los trámites para evitar pagar el 1,5% del monto de la operación en concepto de impuesto a la transferencia de inmuebles, pueden llevar más plazo que el fijado para la escrituración. |
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Correo de Opinión Gracias Victoria!!! por Daniel Muchas gracias a Pequeñas Noticias y a la Dra. Victoria Loisi, en particular por su respuesta y la celeridad de la misma.
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de los administradores y consorcistas. ADMINISTRADORESph.com.ar Para encontrar todos los datos de la propiedad horizontal en un solo lugar. Visítelo aquí. |
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Rincón Solidario Por favor quisiera preguntarles pasado cuánto tiempo hay que cobrar punitorio a un propietario que paga mensualmente y a tiempo. Un mes pagó a destiempo -el 27 de mes en curso cosa que debería haberlo hecho el día 10 como máximo- pero cumple sistemáticamente. ¿Puedo aplicarle punitorios? Desde ya muchas gracias por su respuesta. Mónica (19/9/2006) Estimada lectora: Su inquietud tiene una doble lectura. Desde el punto de vista estrictamente técnico legal no cabe duda que, salvo que el reglamento de propiedad establezca intimación previa, la mora en el pago de las expensas se produce de pleno derecho en los términos del art. 509 del C.P.C. Por ello una vez vencido el plazo de pago es factible la aplicación de punitorios por los días subsiguientes. Desde un punto de vista de política del administrador, podría ser contraproducente el cobro de punitorios por los pocos días de demora a que ud. alude, si es que se trata de un propietario cumplidor. Lo aconsejable en estas hipotesis y a los fines de evitar la rispidez del diálogo en el momento del pago, por el tema punitorios, es confeccionar los recibos con una leyenda al final que indique que el cobro realizado no libera al propietario de intereses por la mora y en esta hipotesis sería más cómodo que el sistema computarizado emita la próxima liquidación de expensas con los intereses por los días de atraso en el pago de la precedente, de la misma forma que operan en las liquidación de pago de empresas de telefonía celular, empresas prestatarias del servicio de gas y otras empresas públicas o privadas que cobran periódicamente la prestación de un servicio. Saluda a Ud. muy atte. --- El Dr. Juan Antonio Costantino se desempeña como Profesor Titular de la cátedra "Derecho Procesal Civil" de la Facultad de Abogacía de la Universidad Nacional de Mar del Plata, es autor de varios libros de Propiedad Horizontal y de Derecho Procesal Civil y para cualquier consulta se le puede mandar un e-mail a phcostantino@arnet.com.ar |
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Rincón Solidario Hola, amigos de PN los molesto por dos preguntitas: La primera referente al libro de actas. La intención, por la comodidad que representa, es realizar las actas por computadora e imprimirlas, pero es medio difícil de hacer con los libros comunes. Se me ocurren las siguientes posibilidades y no sé cuál sería la más correcta: 1- Pegar las hojas impresas al libro (el problema es cuando haya muchas hojas pegadas). 2- Separar las hojas del encuadernado original y encarpetar las hojas (al terminar se podría anillar) 3- Habilitar hojas móviles (pero en una escribanía me dijeron que no se puede rubricar hojas sueltas sin utilizar). La segunda es cuál es el porcentaje de aumento de honorarios de administradores que fijó la CAPHyAI en su última escala con respecto a la anterior. Gracias como siempre. Claudio (14/10/2006) Estimado Claudio: En las librerías comerciales de la calle Talcahuano al 300, ZAFI es una de ellas, se hacen fotocopias de las actas a los libros comunes, nosotros lo hacemos así y es sumamente práctico. El sistema de pegar la hoja no es muy legal que digamos, algunos jueces pueden considerarlo precario porque se puede arrancar una hoja pegada y volver a pegar otra, sin que se puede detectar la simulación. Con respecto a los honorarios de la cámara amiga, no podemos informarle porque es política interna. Pero Ud. puede consultarlos en forma telefónica o por su página web. Saludos --- El Dr. Daniel Elizondo es abogado especializado en propiedad horizontal, administrador de consorcios y socio fundador de la Fundación Administradores Independientes de la Propiedad Horizontal (AIPH). Para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a daniel@orgelizondo.com.ar |
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Correo de Lectores Si un encargado que estuvo con lumbalgia fue dado de alta por la ART sin restricciones de ningún tipo, y luego entonces el encargado argumenta que le continúan los dolores y no puede retirar los residuos. Entonces el consorcio le abona a otra persona para que retire los residuos. Las preguntas son: 1.- Las horas extras que se le abonaban al encargado para retirar los residuos sábados y domingos ¿se le pueden dejar de pagar ya que no hace más ese trabajo y se le está pagando a otra persona para que lo haga? 2.- ¿Se continúa abonando el ítem "retiro de residuos" del CCT? Enrique M. (10/11/2006) Estimado Enrique, te voy a transcribir el artículo 208 de la Ley de Contrato de Trabajo que puede darte una pista al respecto. No obstante, como suelo decir en estos casos, sería mejor que le hagas la consulta a un abogado laboralista, ya que cada caso es especial y yo no soy profesional como para darte la solución. El artículo en cuestión dice al respecto: "Cada accidente o enfermedad inculpable que impida la prestación del servicio no afectará el derecho del trabajador a percibir su remuneración durante un período de tres (3) meses, si su antigüedad en el servicio fuere menor de cinco (5) años, y de seis (6) meses si fuera mayor. En los casos que el trabajador tuviere carga de familia y por las mismas circunstancias se encontrara impedido de concurrir al trabajo, los períodos durante los cuales tendrá derecho a percibir su remuneración se extenderán a seis (6) y doce (12) meses respectivamente, según si su antigüedad fuese inferior o superior a cinco (5) años. La recidiva de enfermedades crónicas no será considerada enfermedad, salvo que se manifestara transcurridos los dos (2) años. La remuneración que en estos casos corresponda abonar al trabajador se liquidará conforme a la que perciba en el momento de la interrupción de los servicios, con más los aumentos que durante el período de interrupción fueren acordados a los de su misma categoría por aplicación de una norma legal, convención colectiva de trabajo o decisión del empleador. Si el salario estuviere integrado por remuneraciones variables, se liquidará en cuanto a esta parte según el promedio de lo percibido en el último semestre de prestación de servicios, no pudiendo, en ningún caso, la remuneración del trabajador enfermo o accidentado ser inferior a la que hubiese percibido de no haberse operado el impedimento. Las prestaciones en especie que el trabajador dejare de percibir como consecuencia del accidente o enfermedad serán valorizadas adecuadamente. La suspensión por causas económicas o disciplinarias dispuestas por el empleador no afectará el derecho del trabajador a percibir la remuneración por los plazos previstos, sea que aquélla se dispusiera estando el trabajador enfermo o accidentado, o que estas circunstancias fuesen sobrevivientes". Con respecto a tu segunda pregunta, sin lugar a dudas, te puedo decir que no podrás quitárselas. Igual sería si se le abonara un plus por limpieza de cocheras o por jardín y no lo pudiera hacer porque sus dolencias se lo impiden. Un saludo grande. |
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Correo de Lectores Códigos de identificación en Mis Simplificaciones Ustedes podrían decirme cuál es el código de identificación solicitado por la AFIP en "Mi Simplificación" para consorcios de propietarios. Agradeciendo su ayuda, los saluda María Celia A. (7/11/2006) Estimada María Celia, son varios los códigos que pide pero entiendo que lo que vos necesitás es la actividad asociada a los consorcios que sería "Activades n.c.p." (no consignadas precedentemente - Código 919.900) y que es la actividad con que se da de alta en el aplicativo SIJyP de la AFIP a los consorcios de propietarios. Con respecto al trabajador, la denominación del Puesto que Desempeña, el único que encontré más acorde con la actividad es uno que dice "Porteros, seguridad y afines" que, como están ordenados alfabéticamente, lo encontrarás con facilidad. El código para el trabajador cambiará según el trabajo que desempeñe. En el caso de un suplente será 022 que es un trabajador por un tiempo determinado, otro si está a prueba, etc. Espero que "Mis Simplificaciones" no te traiga "complicaciones". Un saludo grande. |
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ganadores del sorteo pueden comunicarse con la producción al TE 4581-3906 en horario de oficina para concertar día y fecha para retirar el premio correspondiente. - Los premios estarán disponibles en la redacción por 30 días corridos - |
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Correo de Lectores Agradezco mucho vuestra intención de que reciba los boletines de Pequeñas Noticias, pero quisiera ponerlos en conocimiento de que el último que pude abrir fue el número 299, de ahí en más, al abrirlos estaban totalmente en blanco. Espero que se pueda solucionar este problema ya que me interesa vuestra información. Nuevamente muchas gracias. Lucía F. (05/11/2006) Estimada Lucía, desde ya te agradecemos por avisarnos de este inconveniente pero no hemos cambiado nada desde el punto de vista del envío ni de la confección. De todas maneras para que no te quedes sin los boletines que te faltan, podés ingresar a ellos desde nuestro sitio www.pequenasnoticias.com.ar. Una vez en la página inicial, verás que arriba y en el centro hay un ícono que tiene por dibujo un diario, desde donde podés hace un clic y acceder a todos los boletines publicados desde el 0 al último enviado. Los podrás imprimir, guardar o solo leer. De esta forma todos los lectores de Pequeñas Noticias pueden recurrir al sitio por cualquier motivo y ante la falta de cualquier número. Un saludo cordial. |
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ENCARGADO: Es mi deseo trabajar de suplente de encargado o encargado permanente con o sin vivieda. Tengo 46 años soy divorciada con hijos mayores - Olga Eugenia Zaleskys - Teléfonos: 4582-3482 / 4584-3754 - Móvil: (15)6509-8890 - E-mail: lilipaez04@hotmail.com |
ENCARGADO O SUPLENCIA: Me ofreco ya sea para suplencias o medio tiempo o completo como encargado de propiedad horizontal .o trabajos en general albañileria, pintura, etc. - Sr. José Luis Aranda - Teléfono: (011)6583-7865 - E-mail: hugopora@hotmail.com |
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EMPLEADA ADMINISTRATIVA: Amplia experiencia laboral - Sra. Carolina Farias Collini - Teléfono: 4553-4776 - E-mail: cyfc_05@yahoo.com.ar |
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Correo de Lectores El encargado ya tiene la edad para jubilarse pero le faltan aportes. ¿Puede el consorcio pedir la jubilación del mismo? Desde ya muchas gracias. Olga F. (4/11/2006) Hola Olga, ¡cómo me gustaría andar por tus pagos para estar otra vez frente al mar! Pero bueno, todavía falta un poco para las vacaciones y no queda otra que seguir trabajando, ¿no? Vayamos a tu consulta. El artículo 252 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 es el que habla sobre la "Intimación. Plazo de mantenimiento de la relación" y dice: "Cuando el trabajador reuniere los requisitos necesarios para obtener una de las prestaciones de la ley 24.241, el empleador podrá intimarlo a que inicie los trámites pertinentes extendiéndole los certificados de servicios y demás documentación necesaria a esos fines. A partir de ese momento el empleador deberá mantener la relación de trabajo hasta que el trabajador obtenga el beneficio y por un plazo máximo de un año. (Párrafo sustituido por Art. 6 de la Ley N° 24.347 B.O. 29/6/1994). Quiero agregar que hoy en día hay muchas facilidades para ingresar en alguna moratoria de este tipo pero para mejor información te dejo la dirección del sitio y el teléfono de ANSeS: www.anses.gov.ar y el teléfono 4349-1200. Un saludo grande. |
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En nuestro sitio www.PequenasNoticias.com.ar están publicados los vencimientos impositivos correspondientes al mes de Noviembre/2006, a los que se puede acceder picando con el mouse en el ítem vencimientos del menú que aparece a la izquierda de la ventana principal |
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Correo de Lectores Seguimos con la doble indemnización Quisiera saber si este comentario (BPN Nº 303 "Tan claro como el agua... ¡del Riachuelo!) hace relación a la reducción de la doble indemnización que en un momento era del 100%, luego se redujo al 80% y desde 1/12/2005 quedó en el 50% (creo que está en vigencia y que solo se aplica a la indemnización por antigüedad y no sobre todos los conceptos indemnizatorios)- El tema es ¿la reducción o las indemnizaciones se aplican de acuerdo a la fecha de contratación de la personas que se "despide"; es decir que si se despide una persona que ingresó en el 2000 a la misma corresponde aplicar la doble 100%), si es entre 01/01/2003 al 31/11/2005 corresponde indemnización del 80% y para contratos posteriores al 01/01/2005 indemnización del 50%? Saludos y muchas Gracias. Atte Ariel R. (4/11/2006) Hola Ariel, la nota sobre la doble indemnización intentaba aclarar sobre qué conceptos se debe aplicar pero no cuánto. Los distintos decretos que fueron reduciendo el porcentaje del 100% al 80% y ahora al 50% no está en discusión. La cuestión era dejar sin dudas sobre qué abonarlo pero –jurisprudencia de por medio- se demostró que algunos jueces sostiene que se debe abonar también sobre las vacaciones no gozadas –en este punto comenzó el debate- y otros dicen que no e incluso dependiendo del motivo del despide correspondería o no el pago de la doble indemnización. Por eso el título de la nota era "Tan claro como el agua... ¡del Riachuelo!. Ahora el tema de las fechas creo que no es un problema. El Decreto 1433/05 indicaba que a partir del 1º de diciembre de 2005 se redujo al 50% (antes era el 80% y en un principio el 100%) las indemnizaciones por despidos sin justa. Esta disposición no resultará aplicable a los empleadores respecto de los contratos celebrados en relación de dependencia, en los términos de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, a partir del 1° de enero de 2003, siempre que éstos impliquen un aumento en la plantilla total de trabajadores que el empleador poseía al 31 de diciembre de 2002. Un saludo grande. |
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Participarán todos los lectores que nos manden un e-mail a GranSorteo@PequenasNoticias.com.ar con sus datos completos(*) antes del próximo Martes 28 de noviembre a las 08:00 am y los resultados del sorteo serán publicados en el próximo número de Pequeñas Noticias.
(*) El mail debe ser dirigido a GranSorteo@PequenasNoticias.com.ar con nombre y apellido completo, teléfono, dirección, tipo de documento y los tres últimos números de ese documento de identidad. La participación implica el conocimiento y la aceptación de las condiciones detalladas del concurso a las que se puede acceder mediante este vínculo. |
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Correo de Lectores Reemplacé a mi padre que era el encargado... En el mes de agosto reemplacé a mi padre en sus funciones de encargado permanente hasta que falleció el 15/08/06. A partir del 01/09/06 quedé efectivo pero como Ayudante permanente con vivienda (también mi padre tenía la vivienda). Mi pregunta es ¿no me corresponde el puesto de encargado a mí siendo que lo reemplacé como tal? Por otro lado no tengo franco y los horarios que hacía mi padre los sigo haciendo en estos momentos: lunes a viernes de 17 a 20 horas, jueves de 24 a 8 horas y sábados más domingos y feriados de 8 a 20 horas. por lo que computan horas "normales" sin pagarme horas extras. Como verán no tengo un día de descanso motivo por el cual quisiera modificar esta situación. Espero respuesta por este medio. Desde ya muchas gracias. Miguel B. (31/10/2006) Hola Miguel, es entendible tu preocupación pero hay detalles que no me quedan claros. Como digo habitualmente, no soy abogada y cuando se presentan casos de este tipo prefiero que hagas una consulta con un profesional especializado porque intuyo varias cuestiones que no están dichas en tu correo y pueden modificar todo lo que te pueda aportar. De todas formas te doy algunas pistas como para darte algunas respuestas pero –te lo vuelvo a reiterar- lo más serio de mi parte es aconsejarte consultar a un especialista. Además tengo algunas preguntas cuyas respuestas no surgen de tu mail, como por ejemplo cuánto duró tu suplencia. Aparentemente comenzaste en agosto (¿el día 1º?) y tu padre falleció el 15 de agosto pero ya el 1º se septiembre quedaste efectivo. En el sector de la propiedad horizontal quedás efectivo recién a los 60 días (entiendo que te eligieron a vos para seguir en tu puesto de trabajo, ¿verdad?). No me aclarás si ya existe otro Encargado y vos sos el Ayudante o directamente no existe la figura del Encargado y a vos te efectivizaron siendo Ayudante pero ¿ayudante de quién si no hay encargado? ¿Me explico? Si vos fuiste suplente por menos de 60 días, luego se dio de baja la relación laboral, luego se tomó a un Encargado y posteriormente decidieron tomarte a vos como Ayudante estaría bien, pero si vos continuaste con el trabajo de manera ininterrumpida (hoy es 14/11/06) y te dieron el puesto de Ayudante me inclino a decir que estarían haciéndolo mal porque el Ayudante "es quien secunda al encargado/a en sus tareas, debiendo desempeñarlas en forma permanente, habitual y exclusiva" (Art. 7 inc. b del CCT 378/04) y en este caso no habría encargado. Otra vez te recuerdo que esto es para que vos lo analices, solo estoy pensando en "voz alta" para entender un poco la situación que no me es del todo clara. Con respecto a las horas extras, el artículo 201 de la Ley de Contrato de Trabajo dice: "El empleador deberá abonar al trabajador que prestare servicios en horas suplementarias, medie o no autorización del organismo administrativo competente, un recargo del cincuenta por ciento (50%) calculado sobre el salario habitual, si se tratare de días comunes, y del ciento por ciento (100%) en días sábado después de las trece (13) horas, domingo y feriados". Un saludo grande y espero haber podido ayudar un poco, al menos. |
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Correo de Lectores Quisiera me informen si el suplente que trabaja los domingos se le debe pagar el doble; o corresponde pagarle los 48.10 fijados en las planillas. Desde ya, muchas gracias. Karina (31/10/2006) Hola Karina, y tu pregunta que parece tan sencilla, algún tiempo atrás generó una nota llamada "¿En qué quedamos?" que se publicó en el Boletín de Pequeñas Noticias Nº 272 y donde se reflejan dos posiciones opuestas sobre el tema: por un lado la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal que considera que el día de suplencia se debe pagar simple sea cual sea el día, y por otro el sindicato que dice que se debe pagar el doble porque los convenios se pactan sobre días laborables y de 8 horas. Como vez, las dos entidades más importantes desde el lado de los administradores y desde los trabajadores opinan exactamente de manera opuesta. Lo que sí puedo asegurarte es que por un día de trabajo de 8 horas no podrás abonar menos de $48.10 que es –como vos bien indicas- lo que surge de la escala salarial vigente desde julio de 2006. Un saludo grandote. |
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Correo de Lectores Clave fiscal para el Alta Temprana Buenos días,
necesitaría que me envíen el manual del paso a paso de la obtención de
la clave fiscal para dar el alta temprana de empleados, que publicó la
AFIP. (28/10/2006) Hola Natalia, este tema generó una detallada nota en el Boletín Nº 293 del 4 de julio de 2006 llamada "F.931 + Clave Fiscal + Internet" y donde se describen los pasos para obtener la clave fiscal y recién luego poder hacer una serie de trámites en el sitio de la AFIP, www.afip.gov.ar, dentro de los cuales se encuentra poder dar el Alta Temprana con el aplicativo "Mis Simplificaciones". Te invito a ingresar en nuestro sitio, www.pequenasnoticias.com.ar, y vez allí hacer un clic en el ícono que tiene por dibujo un diario, ubicado arriba y en el centro, desde donde podrás acceder a todos los boletines. Se pueden leer, imprimir o guardar en tu PC. No puedo enviarte un modelo ya que éste surge al ingresar todos los datos en la página de la AFIP y no es un formulario que se llena y se puede bajar de Internet. Deberías sacar fotocopia de algún conocido que haya dado de alta a algún trabajador. Un saludo grande. |
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Número de Edición: 304 (2º edición) Fecha de publicación: 14 de noviembre de 2006 Director y propietario: Claudio García de Rivas Redacción: M Fabiana Lizarralde y Paula Daiana Marrón Colaboradores: Dra. Victoria Loisi, Adm. León Estrugo, Sr. Raúl Guinzburg, Dr. Jorge Maldonado, Cr. Sebastián Wolkowicz, Dra. Diana Sevitz y Dr. Juan Iglesias - Ilustraciones: David Petroni y Shúfer - Caricaturas: Shúfer Dirección: Gral. César Díaz 2761 (1416) Capital Federal - República Argentina - Teléfono/Fax: 4581-3906 - Móvil: (15)5248-3906 - E-mail: director@PequenasNoticias.com.ar - URL´s: www.PequenasNoticias.com.ar Datos personales del suscripto: Nombre y apellido: !*LAST_NAME*!, !*FIRST_NAME*! E-mail: !*EMAIL*! Prohibida la reproducción total o parcial sin autorización escrita de Pequeñas Noticias |
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