I. L. Oneto S.A. - Administración de Consorcios Electro Palermo - Porteros Eléctricos - Equipos Visores / Circuitos Cerrados TV / Electricidad General / Factor de Potencia / Semáforos / Luz de Emergencia /Service Autorizado y Distribuidor Atomlux Ascensores VERTIROD

Pequeñas Noticias en la WEB

Buenos Ayres Digital

Haga click aquí -conectado a Internet- para acceder a la nueva "Guia de Proveedores"

Boletín  de  Pequeñas  Noticias

la comunidad consorcial como espejo de la sociedad

Miércoles 22 de Octubre de 2008 - Nº: 360

Haga click aquí -conectado a Internet- para acceder a la nueva "Guia de Proveedores"

El Boletín de Pequeñas Noticias fue preparado para una visión óptima con una resolución de pantalla de 1024 x 768 pixeles.

De izq. a der.: Rubén Rivero, Armando Caputo, Gabriela Pilar Saldivia, Arturo Molina y Mario Bernetti.Elecciones en la CAPHyAI

Nuevamente podrían confrontar dos listas

Integrantes del Grupo Renovación CAPHyAI aseguraron que están estudiando presentarse en las próximas elecciones de la Cámara La Adm. Gabriela Pilar Saldivia subrayó que la institución necesita cambios más profundos a los realizados por la actual gestión Uno de sus objetivos principales es que se abra la cámara a los socios para que los administradores puedan participar.

[BPN-22/10/08] A pocos meses de las elecciones en la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI), los administradores Gabriela Pilar Saldivia, Mario Bernetti, Arturo Molina, Rubén Rivero y Armando Caputo, integrantes del Grupo Renovación CAPHyAI, adelantaron a Pequeñas Noticias que están estudiando...

Acceda desde aquí a la nota completa

Los carteles se pudieron ver a lo largo de la calle Perú desde la sede de la CAPHyAI hasta la Legislatura porteña.Comisión Pro Defensa de la Propiedad – Mesa Capital

Empapelaron con afiches las inmediaciones de la CAPHyAI

La semana pasada, empapelaron con afiches las inmediaciones de la sede de la CAPHyAI  Los afiches estaban firmados por la Comisión Pro Defensa de la Propiedad – Mesa Capital El Grupo Renovación CAPHyAI repudió el hecho.


Acceda desde aquí a la nota completa

Sr. Gonzalo Acuña, socio fundador de Sufrido Consorcista.Matafuegos de más de 20 años

Presentación contra la disposición en la Defensoría del Pueblo

El 15 de octubre, Sufrido Consorcista realizó una presentación en la Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para que soliciten al Gobierno porteño que suspenda la vigencia de la disposición que fija una vida útil limitada para los matafuegos Subrayaron que se debería dar una mejor y más documentada discusión del tema.


Acceda desde aquí a la nota completa

El Leg. Sergio Abrevaya conversa en el programa "Hablemos de Consorcios" sobre el proyecto de reforma integral de la Ley 941 (abril de 2008).Despacho del Leg. Sergio Abrevaya

Desmentida a las declaraciones de Hernández

Voceros del despacho del legislador Sergio Abrevaya señalaron que si bien existió una reunión con el presidente de Fundación Reunión de Administradores, Jorge Hernández, en ningún momento Abrevaya dijo que haría modificaciones al proyecto que presentó para reformar la Ley 941.


Acceda desde aquí a la nota completa

Dr. Jorge Resqui Pizarro.Colegio Público de Abogados

No podría sancionar a los abogados-administradores

El Dr. Resqui Pizarro subrayó que está de acuerdo en la creación de un Instituto de Derecho de Propiedad Horizontal dentro de la órbita del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal Sin embargo, advirtió que sería un craso error intentar transformarlo en un centro de capacitación de abogados para que ejerzan la actividad de los administradores Argumentó que la profesión del abogado tiene pautas e incumbencias bien precisas y que cuando actúa en la esfera comercial no lo hace en su aspecto profesional.


Acceda desde aquí a la nota completa

Dr. Mario Francisco Robledo, presidente de la Cámara de la Propiedad Horizontal de Córdoba.Administración de consorcios

Análisis del Artículo 9º de la Ley 13.512

En esta edición, Pequeñas Noticias publica el análisis del artículo 9 de la Ley 13.512 que realizó el presidente de la Cámara de la Propiedad Horizontal de Córdoba, Dr. Mario Francisco Robledo.


Acceda desde aquí a la nota completa

Fabiana LizarraldeSueldos Octubre/08

Empieza el último trimestre del 2008 sin cambios

En el mes de octubre no hay cambios que reflejar en la liquidación de haberes Habrá que pensar con tiempo en las suplencias para las vacaciones y sobre todo tener a mano los datos correspondientes para dar las altas en el sitio de AFIP y en el de FATERYH.


Acceda desde aquí a la nota completa

Rincón Solidario

Los administradores anteriores hicieron todo mal

por el Dr. Jorge Maldonado


Acceda desde aquí a la nota completa

Rincón Solidario

No entiendo el concepto de partes comunes

por la Dra. Victoria Loisi


Acceda desde aquí a la nota completa

Rincón Solidario

El consorcio que aún no tiene reglamento

Dr. Juan Antonio Costantino


Acceda desde aquí a la nota completa

Rincón Solidario

Realizó tareas de limpieza durante l4 años

Dra. María Cristina Carrera


Acceda desde aquí a la sección completa

Impuestos

Vencimientos Octubre/2008


Acceda desde aquí a la sección completa

Gran Sorteo 

Esta semana los afortunados fueron....

Todos quisieron participar en el fabuloso sorteo de los dos premios de la semana: cenas, almuerzos, espectáculos, mini-turismo, shows, clases de baile árabe.... ¿Ud. habrá tenido suerte....?

Acceda desde aquí a la nota completa

Solicitada publicada en el diario La Nación del 15/10/2008.SUTERH

Acciones judiciales contra una publicidad

El SUTERH publicó una solicitada en la que informó que como entidad gremial iniciará acciones contra la publicidad en la que se desprestigia la relación laboral de los encargados de edificios, violando normas elementales previstas en la Constitución Nacional y pactos internacionales Aseguraron que la indemnización que se obtenga de los reclamos será donada a una institución de bien público.


Acceda desde aquí a la nota completa

Adm. Jorge Hernández, presidente de FRA.Adm. Jorge Hernández

Por ahora no habría Colegio de Administradores

El presidente de Fundación Reunión de Administradores, Adm. Jorge Hernández, adelantó que por el momento no se va a poder crear un Colegio Público de Administradores Informó que el objetivo de la Legislatura porteña es que primero se apruebe una ley marco que regule a todos los colegios.


Acceda desde aquí a la nota completa

Víctor y Pepe Santa María con Cristina Fernández - Foto: Presidencia de la Nación (más fotos).Mes del Encargado del Edificio

La Presidenta recibió al SUTERH en la Casa Rosada

La Presidenta de la Nación recibió al secretario general del Sindicato Único de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal, Víctor Santa María y a varios integrantes de la Comisión directiva para saludarlos personalmente por el mes de los encargados Durante el encuentro, le entregaron un rosario antiguo en nombre de todos los trabajadores de edificios La Federación Argentina de Consorcios declaró que este regalo lo pagaron los consorcistas.


Acceda desde aquí a la nota completa

El vecino tiene que ser agarrado "in fraganti" para ser sancionado.CABA

Multas por sacar la basura fuera de horario

La Dirección General de Inspección del Ministerio de Ambiente y Espacio Público de la Ciudad de Buenos Aires informó que desde que inició su gestión en diciembre de 2007 realizó 30 mil multas por disposición de residuos fuera de horario.


Acceda desde aquí a la nota completa

Sede de la Dirección de Defensa y Protección al Consumidor de la CABA en la Calle Esmeralda 340.Defensa del Consumidor de la CABA

Descentralizan los servicios y las denuncias

A partir del 1 de octubre, los servicios de asesoramiento, toma de denuncias y celebración de audiencias de la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor de la Ciudad de Buenos Aires comenzaron a realizarse de manera exclusiva en los Centros de Gestión y Participación Comunal. 


Acceda desde aquí a la nota completa

Correo de Opinión

Respuesta a la Adm. Susana Juarros

por la Sra. María Marta Suarez


Acceda desde aquí a la nota completa

Correo de Opinión

La incorrecta elección de un profesional para accesibilidad en edificios de propiedad horizontal 

por el Sr. Raúl Guinzburg


Acceda desde aquí a la nota completa

Correo de Lectores

Una enfermedad infecto contagiosa

(15/10)


Acceda desde aquí a la nota completa

Correo de Lectores

No me queda clara la consulta

(18/10)


Acceda desde aquí a la nota completa

Correo de Lectores

¿Aumento de antigüedad en septiembre?

(16/10)


Acceda desde aquí a la sección completa

Avisos Clasificados

Pedidos - Ofrecidos

Aproveche que Pequeñas Noticias es el medio específico que más penetración tiene en el mercado, con una base de 7000 suscriptos, para anunciar aquí su clasificado inmobiliario, laboral o de cualquier otro rubro ya sea pedido u ofrecido.


Acceda desde aquí a la sección completa

Gacetillas

UCRAMDP - Asociación de Propietarios Ley 13.512 Marplatense


Acceda desde aquí a la nota completa

Gran Sorteo

¡¡¡ Sea el FELIZ GANADOR...

...del premio que quincenalmente le ofreceremos ADMINISTRADORESph.com.ar y Pequeñas Noticias !!!


Acceda desde aquí a la sección completa

Nosotros

Pequeñas Noticias

¿Qué significan las siglas?: Las abreviaturas más frecuentes

Acompañaron a Pequeñas Noticias en este número

Ascensores VERTIROD

Electro Palermo

Administración I. L. Onetto SA

Cra. Viviana B. Grinberg

Administración Bernetti

Ascensores ALAS

Instituto de Capacitación Inmobiliaria (ICI)

Pewen Sistemas

Artiflex

Ética Seguros

Estudio Lavoro & Asociados

Matafuegos Dicar SRL

Medicina Laboral

Servicio Integral para Consorcios

Cámara Argentina de Empresas de Porteros Eléctricos

Curso/Taller de Administración de Consorcios: Sueldos y Jornales

Curso/Taller de Administración de Consorcios:  Aspectos Legales

Biblioteca del Congreso de la Nación

TONER: LASER - INKJET

Sistema 9041

Hablemos de Consorcios (UMIPH)

Enfoques Cotidianos

Defensoría del Consorcista

Declaraciones Juradas Ley 941

Curso de Sueldos General

Publicite en Pequeñas Noticias

Consorcios Hoy

Administradores PH


De izq. a der.: Rubén Rivero, Armando Caputo, Gabriela Pilar Saldivia, Arturo Molina y Mario Bernetti.

De izq. a der.: Rubén Rivero, Armando Caputo, Gabriela Pilar Saldivia, Arturo Molina y Mario Bernetti.

Elecciones en la CAPHyAI

Nuevamente podrían confrontar dos listas

[BPN-22/10/08] A pocos meses de las elecciones en la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI), los administradores Gabriela Pilar Saldivia, Mario Bernetti, Arturo Molina, Rubén Rivero y Armando Caputo, integrantes del Grupo Renovación CAPHyAI, adelantaron a Pequeñas Noticias que están estudiando presentar su lista para poder integrar el nuevo consejo directivo.

En diálogo con el medio, Saldivia consideró que la cámara necesita cambios más profundos y trascendentales: "esta gestión realizó algunos cambios pero creo que esperábamos otra cosa, otro tipo de cambios. Quiero hacer mi aporte para recuperarla y para que vuelvan los muchos asociados que se han ido".

Saldivia sostuvo que hace unos meses, junto a otros administradores, vienen realizando un análisis del rol que está cumpliendo la cámara frente a los asociados y según ellos, éste es el momento oportuno de proponer algo concreto y hacer un aporte para mejorar la situación.

"Todavía creo en la cámara como institución y en su trayectoria, más allá de algunas falencias que podrían existir y que quizás no sean culpa de la gestión actual o de la anterior sino de los propios administradores que no participamos, no aportamos nuestras ideas y no comentamos nuestros problemas", reflexionó Saldivia.

Subrayó que uno de los objetivos es darle a los asociados más facilidades y herramientas que les permitan ejercer mejor la profesión. Explicó que quieren que se produzca una renovación: "en principio, una renovación de ideas. No vamos a nombrar a personas o a un consejo directivo, eso después lo veremos, pero sí queremos cambios urgentes y escuchar aportes y sugerencias. Tenemos muchos problemas y nuestro rubro está cada vez más difícil".

Saldivia consideró que hay varios puntos por cambiar pero que lo más importante es mejorar la imagen del administrador: "hoy la actividad perdió credibilidad y en eso creo que la cámara tiene responsabilidad. Durante muchos años, hemos dejado hacer y resolver porque los administradores no participamos. Hay que convocarlos porque la cámara somos todos".

Por su parte, Mario Bernetti resaltó que otro de los objetivos fundamentales es "buscar nuevamente la unidad y tener representación en todo el país a partir de contactos y vínculos con el resto de las provincias".

Abrir la cámara a los socios

Uno de los cambios que impulsa el Grupo Renovación CAPHyAI es que se abra la cámara a los socios. "Ese es el primer planteo antes de implementar cualquier cambio. Creo que tenemos que abrir la cámara y escuchar a los asociados que son los que a diario sufren la problemática", advirtió Bernetti.

En este sentido, Rivero señaló que tiene que existir una mayor interacción entre los socios. Propuso que existan jornadas de debate abierto donde cada uno pueda expresar sus ideas. Al mismo tiempo, sostuvo que la cámara tendría que fijar una posición ante los problemas que los administradores plantean en forma reiterada.

Tribunales arbitrales.

Caputo señaló que en la medida en que exista un mejor funcionamiento de los tribunales arbitrales se van a poder resolver muchos de los conflictos que surgen en la actividad. "Es una solución más que importante poder unificar criterios a través de un tribunal que trate la problemática en forma específica", destacó.

Caputo estimó que "va a ayudar y a colaborar con todos esos puntos de diferencias que se puedan dar entre los consorcistas y los administradores".

"No queremos confrontar sino sumar"

Por su parte, Arturo Molina –que en las últimas elecciones acompañó el emprendimiento de Cristóbal Ruano junto a Pilar Saldivia, Bernetti, Caputo y Rivero- señaló que lo importante es sumar y usar como experiencia lo que sucedió hace dos años cuando por primera vez hubo una elección. "Perdimos pero creo que no se puede llamar pérdida porque fue la primera elección en la que participamos", reflexionó.

Señaló que esa misma gente que les dio los avales y los apoyos es la "que ahora nos está motivando a que iniciemos y continuemos con esa lista que se hizo originalmente con algunos cambios".

Por otra parte, subrayó que la idea no es confrontar sino sumar: "todos desarrollamos la misma actividad y creo que el fin noble que perseguimos es llevar la cámara a lo que era hace unos años atrás para que nos proteja a nosotros. En forma indirecta, también vamos a proteger a los consorcistas porque si nos va bien a nosotros, también les va a ir bien a ellos".

La lista Renovación CAPHyAI puso a disposición de los socios de la cámara un e-mail para hacer llegar su comentarios, aportes, sugerencias y adhesiones: caphairenovacion@gmail.com.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Electro Palermo

Porteros Eléctricos / Equipos Visores / Circuitos Cerrados TV / Electricidad General / Factor de Potencia Semáforos / Luz de Emergencia / Service Autorizado y Distribuidor Oficial Atomlux


Oro 2419

Capital Federal

Teléfono: 4774-4123

info@electropalermo.com.ar

Contadora Pública (UBA)

 AUDITORÍA DE EXPENSAS 

Seguimientos anuales

Control de gestión

  

Av. de los Incas 3295 - 3º "21"

C1426ELC - CABA

Tel/Fax: 4553-6094

4552-9692

E-mail: vgrinberg@arnet.com.ar


Efemérides consorciales: el 23 de octubre de 2007, en el Salón Presidente Juan Domingo Perón de la Legislatura Porteña , la comisión de Legislación General y del Trabajo realizó una reunión con los representantes de las entidades de los administradores para tratar la creación de un Colegio Público de Administradores.


Los carteles se pudieron ver a lo largo de la calle Perú desde la sede de la CAPHyAI hasta la Legislatura porteña.

Los carteles se pudieron ver a lo largo de la calle Perú desde la sede de la CAPHyAI hasta la Legislatura porteña.

Comisión Pro Defensa de la Propiedad – Mesa Capital

Empapelaron con afiches las inmediaciones de la CAPHyAI

[BPN-22/10/08] A pocos meses de las elecciones de la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI), empapelaron las inmediaciones de su sede -ubicada en Perú 570- con afiches que decían: "Ser dirigente no es calentar la silla. Basta de burocracia y corrupción en la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal. Es necesario un cambio ya".

Los afiches -que en una lectura más detallada no expresaban una imputación concreta a una persona determinada o a la entidad como tal- estaban firmados por la Comisión Pro Defensa de la Propiedad – Mesa Capital (Coprodepro).

Hasta el momento, no se conocen datos sobre quiénes integran esta comisión, a quiénes representan y cuáles serían sus intenciones.

Adm. Gabriela Pilar Saldivia.

Adm. Gabriela Pilar Saldivia.

Sobre el contenido del cartel aporta una mayor confusión la palabra "en" dentro de la frase "...burocracia y corrupción en la Cámara..." debido a que especifica el lugar donde –según sus autores- se produciría el hecho y no quién estaría cometiendo la presunta falta: si una persona, un grupo de personas, personal en relación de dependencia o proveedores relacionados.

El Grupo Renovación CAPHyAI repudió el hecho

Ante la consulta de Pequeñas Noticias, la Adm. Gabriela Pilar Saldivia –integrante del Grupo Renovación CAPHyAI- subrayó que el grupo al que pertenece repudia el contenido del cartel y la forma de proceder. "Estoy en total desacuerdo con los afiches porque el procedimiento que utilizaron no es el correcto y no aporta a la democracia participativa que tiene nuestra institución", destacó.

En diálogo con el medio, quiso dejar en claro que el Grupo Renovación CAPHyAI no tiene nada que ver con esos afiches y que esa no es la manera en la que se manejan. Según ella, esta no es la forma de establecer un diálogo constructivo: "no conocemos quiénes son, tampoco se dan a conocer. Esto nos perjudica a todos. Yo me siento perjudicada porque es mi institución. Nosotros estamos luchando para volver a recuperar el prestigio de la cámara y este tipo de cosas, fuera quien fuese, hace que la cámara pierda credibilidad".Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


 

Administración Bernetti

RPA CABA Nº 1188

Consorcios, fideicomisos, barrios privados y club de campo.

Operaciones inmobiliarias

Cabildo 2040 8º "E"

(C1428AAP) CABA

Tel/Fax: 4780-5959

E-mail: info@admbernetti.com.ar

ASCENSORES  

ALAS  

SRL

Empresa conservadora de ascensores y bombas de agua

Matricula del GCBA Nº 205

Matrícula Vte. López Nº 23

PRECIOS ACCESIBLES

Y BUENA FINANCIACION

4583-4380

4583-4392

info@ascensoresalas.com

www.ascensoresalas.com


Efemérides consorciales: el 30 de octubre de 2007 la CAPHyAI , UADI, AIERH, FRA y AIPH se reunieron para tratar el proyecto de ley que promueve la creación de un Colegio de Administradores.


Solicitada publicada en el diario La Nación del 15/10/2008.

Solicitada publicada en el diario La Nación del 15/10/2008.

SUTERH

Acciones judiciales contra una publicidad

[BPN-22/10/08] El miércoles 14 de octubre, el Sindicato Único de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal (SUTERH) publicó una solicitada en el diario La Nación en la que informó que como entidad gremial ha tomado conocimiento de la publicidad del Banco Galicia y empresas vinculadas emitida por diversos medios de difusión y en la que "se desprestigia la relación laboral de los encargados de edificios, violando normas elementales previstas en nuestra Constitución Nacional y pactos internacionales, generando a la sociedad desconfianza sobre nuestra lícita actividad".

En este sentido, advirtieron que el sindicato "ha iniciado las acciones judiciales y extra judiciales tendientes a la reparación del agravio sufrido y de los daños causados. Iremos informando a nuestros afiliados el avance de las gestiones ya iniciadas".

Por otra parte, aseguraron que la indemnización que se obtenga de los reclamos será donada a una institución de bien público, cuya identidad obra en poder de un escribano público.

La cuestionada publicidad

En la publicidad de Galicia Seguros hay un diálogo entre un encargado llamado Carlitos y un supuesto repartidor de volantes. El encargado, sin preguntarle quién es y a qué viene al edificio, le empieza a contar detalles de quienes viven en el consorcio. Por ejemplo, le dice que el del 8ºB tiene un plasma y que la "viejita" del 5ºC se compró un "terrible equipo de música" y que siempre se va de vacaciones y deja la casa sola.

Después de darle estos datos, Carlitos le dice al supuesto repartidor de volantes que no diga nada sobre lo que le contó y que pasé a repartir sus volantes, que diga que va de parte de él...

La publicidad termina diciendo que "nada es tan seguro como parece...".Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


CAMARA INMOBILIARIA

ARGENTINA

INSTITUTO DE  CAPACITACIÓN

INMOBILIARIA

CARRERA  TERCIARIA

ADMINISTRACIÓN DE CONSORCIOS Y URBANIZACIONES MODERNAS

TÍTULO OFICIAL - Res. Nro. 774/01 - DURACIÓN DOS AÑOS


Única en el país 

"PRESENCIAL Y A DISTANCIA"

Prepárese para enfrentar un mercado competitivo con mayores complejidades

Bme. Mitre 784 -1º Piso 

(1036) CABA

Tel:  (054-11) 5031-3333 Int. 2

directoradeestudios@cia.org.ar

www.ici.edu.ar / www.cia.org.ar 

¡¡¡ No se enloquezca... !!!

...de sus problemas nos ocupamos nosotros.

Pewen Sistemas

(creadores del Sistema 9041)

Servicios informáticos para administradores y consorcistas.

Todo en su oficina listo para entregar

Gral. César Díaz 2761

(1416) Capital Federal

Teléfono: 4581-3906

pewensistemas@gmail.com


Efemérides consorciales: el 31 de octubre de 2007 ReDeCo, UCRA, CACCyC,  ACCABA, RCD, API, APBR, FEDECO y el Dr. Eduardo Awad se hicieron presentes para exigir a los legisladores que archiven el proyecto que quiere colegiar a los administradores de consorcios.


Sr. Gonzalo Acuña, socio fundador de Sufrido Consorcista.

Sr. Gonzalo Acuña, socio fundador de Sufrido Consorcista.

Matafuegos de más de 20 años

Presentación contra la disposición en la Defensoría del Pueblo

[BPN-22/10/08] El 15 de octubre, Sufrido Consorcista realizó una presentación en la Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires –sede Mataderos- para que la Defensora Alicia Pierini solicite al Gobierno porteño suspenda la vigencia de la disposición 2614/2008 <ver disposición> de la Dirección de Defensa y Protección del Consumidor que fija una vida útil limitada para los matafuegos <ver presentación>.

"Esa disposición, a nuestro juicio, consagra sobre la base de argumentaciones de parte interesada, un verdadero coto de caza que obligaría a los propietarios de matafuegos a que reemplacen en breve alrededor de un tercio de todos los extintores de incendios (matafuegos) bajo el pretexto de que tienen mas de 20 años de uso", argumentó Sufrido Consorcista en la presentación que firmaron Gonzalo Acuña y Olga Martearena.

En el documento, estimaron que para poder remplazar un mínimo de 510 mil matafuegos se necesitarán unos cien millones de pesos. Según ellos, se debería dar lugar "a la mejor y más documentada discusión del tema, incluso en un ámbito más idóneo para tratar temas de seguridad, como nos parece sería la Legislatura de la Ciudad y por qué no, en una audiencia pública para que todos opinen".

Advirtieron que les llama la atención que el sustento para emitir la disposición, sea el pedido de dos partes interesadas, toda vez que la Cámara Argentina de Lucha Contra el Fuego y la Cámara Argentina de Seguridad son –en sus palabras- claramente entidades gremiales empresariales.

Sufrido Consorcista explicó que por ser entidades gremiales empresariales buscan "generar la emisión de una norma que los beneficia en forma directa, sobre la base de argumentos que no están debidamente explicitados. Y que no parecen justificar una medida que ha de significar fuertes erogaciones, en un contexto donde los consorcios están pasando serias dificultades, por la gran morosidad de los propietarios" en el pago de expensas.

Ausencia de normativas

Señalaron que si bien en la disposición mencionan normativas técnicas de España y México, "nada se dice de otros [países] más conocidos por sus normativas en el área de seguridad como EEUU, Alemania, Suecia o Canadá. Normativas que en este tipo de cuestiones llegan a niveles de rigurosidad insospechados en estas latitudes".

Al mismo tiempo, afirmaron que curiosamente, no se da cuenta de recomendaciones o ensayos realizados en el INTI (Instituto Nacional de Tecnología Industrial): "como justificativo de la necesidad de la medida que cuestionamos, se hace referencia a un único y lamentable accidente ocurrido en una Comisaría en la Pcia. de Santa Fe, en circunstancias que no se aclaran".

No es lo mismo un matafuegos que un cilindro de GNC

Resaltaron que la referencia que hacen a los cilindros de GNC (Gas Natural Comprimido), "puede entenderse como un intento de instalar, en forma subliminal, una idea de peligrosidad en la mente de los ciudadanos destinatarios de esta norma".

Consideraron que el uso de semejante recurso justificativo, resulta en sí perjudicial para quien lo invoca en la medida en que se tenga en cuenta que:

a) los cilindros de GNC contienen un combustible. Los matafuegos, justamente lo contrario.

b) Los cilindros de GNC están normalmente en movimiento. Los matafuegos son elementos que generalmente permanecen estáticos, incluso una gran cantidad de ellos están encerrados en cajas metálicas.

c) La presión de trabajo de un cilindro de GNC es de 200 bar que equivale a 20 Mpa – Mega páscales. La presión de trabajo de un matafuego domiciliario es de 1,4 Mpa que equivalen a 14 bares.

d) Un cilindro de GNC tiene alrededor de 60 litros de capacidad. El matafuegos más habitual tiene generalmente solo 10 litros.

e) El cilindro de GNC, que es más grande, está siempre móvil, trabaja a mayor presión y contiene combustible, se verifica exteriormente todos los años, pero se prueba cada 5 años. En cambio, el matafuegos -que es más chico, mayoritariamente está inmóvil, trabaja a menos de 1/10 de la presión de un cilindro de GNC, no contiene combustible-, se desarma, verifica y prueba una vez por año.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


ARTIFEX

Arq. Pablo R. Pulice

Mat. CPAU: 10.976 UBA

Construcciones - Instalaciones - Refacciones - Impermeabilizaciones - Servicios

Pintura de frentes

Informes técnicos

Juan B Ambrosetti 78  piso 9º 

CABA - Argentina

Móvil: (15) 6243-2277

Telefax: 4902-9924 pablo_pulice@yahoo.com.ar

 


Especialización en Seguros para Consorcios y sus Empleados

HEBE V. MUDRIC

MAT. NUM. 66970

Productora - Asesora de Seguros

(011) 4784-8325 / (15) 5308-1540

Echeverría 2210 2º "A"

(1428) Capital Federal

www.eticaseguros.com.ar

hebemudric@eticaseguros.com.ar

hebemudric18@hotmail.com


Efemérides consorciales: el 1º de noviembre de 2007, los consorcistas manifestaron en la puerta de la Legislatura Porteña su rechazo a la creación de un Colegio Público de Administradores. Lo hicieron en forma conjunta con el Colegio de Abogados que exigía la derogación de la caja de jubilación (CASABA).


Adm. Jorge Hernández, presidente de FRA.

Adm. Jorge Hernández, presidente de FRA.

Adm. Jorge Hernández

Por ahora no habría Colegio de Administradores

[BPN-22/10/08] El presidente de Fundación Reunión de Administradores (FRA), Adm. Jorge Hernández, adelantó a Pequeñas Noticias que por el momento no se va a poder crear un Colegio Público de Administradores. Explicó que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires quiere que primero se establezca una ley marco que regule a todos los colegios: "hasta que no se apruebe esa ley no va a salir ningún otro colegio. Por todo lo que he escuchado, sobre todo del bloque mayoritario, no creo que haya posibilidades salvo que el legislador Diego Santilli (PRO) se ponga el casco de guerra y se apruebe".

En diálogo con el medio, Hernández señaló que FRA junto a la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI), la Unión de Administradores de Inmuebles (UADI) y la Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal (AIPH) estuvieron reunidos con varios jefes de bloques y que les trasmitieron sus ideas. Sin embargo, advirtió que ellos les informaron que el objetivo es hacer una ley marco de colegios públicos: "esta ley regularía qué contenidos deberían tener todos los colegios en general".

Por último, sostuvo que la iniciativa que impulsan los legisladores apunta a que para que se pueda crear un colegio de una profesión, se tengan que cumplir con determinadas condiciones como por ejemplo, que cuenten con una carrera universitaria y un código de ética, entre otros puntos.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


ABOGADOS ESPECIALIZADOS 

en PROPIEDAD HORIZONTAL

¿Tiene problemas en su Consorcio?

Asesoramiento integral Representación en Asambleas - Impugnación de convocatorias y nulidades - Reclamo por daños y perjuicios - Responsabilidad de los administradores - Mediaciones - Patrocinio jurídico.

Atención a propietarios, inquilinos y Consejos.

Solicite entrevista al 

(11) 4856-2619/4628 (15) 5105-5660

ph@estudiolavoro.com.ar www.estudiolavoro.com.ar

Asesoramiento y equipamiento para la seguridad

MATAFUEGOS

DICAR SRL

AL SERVICIO DE LA SEGURIDAD

Precios especiales a consorcios y empresas

Sello IRAM propio y Certificación D.P.S.

Líneas Rotativas/Fax: 4639-4942

matafuegosdicar@infovia.com.ar

www.matafuegosdicar.com.ar


Efemérides consorciales: el 02/11/2004 la Fundación Reunión de Administradores realizó la 13ª Convención de Administradores de la Propiedad Horizontal en el Palacio San miguel de la ciudad de Buenos Aires.


El Leg. Sergio Abrevaya conversa en el programa "Hablemos de Consorcios" sobre el proyecto de reforma integral de la Ley 941 (abril de 2008).

El Leg. Sergio Abrevaya conversa en el programa "Hablemos de Consorcios" sobre el proyecto de reforma integral de la Ley 941 (abril de 2008).

Despacho del Leg. Sergio Abrevaya

Desmentida a las declaraciones de Hernández

[BPN-22/10/08] Voceros del despacho del legislador Sergio Abrevaya (Coalición Cívica) señalaron que si bien existió una reunión con el presidente de Fundación Reunión de Administradores (FRA), Jorge Hernández, en ningún momento Abrevaya dijo que iba a realizar reformas al proyecto que presentó para que se modifique la Ley 941 que creó un Registro Público de Administradores (RPA) <ver proyecto>.

Recordemos que en el Boletín Nº 359, en diálogo con Pequeñas Noticias Hernández aseguró que se reunió con Abrevaya y que le manifestó que si tenía tiempo, iba a modificar muchas cosas de su proyecto.

Aclarando que su intención no es polemizar, los asesores del legislador aseguraron que Hernández durante la reunión con Abrevaya "para nada sorprendió al equipo o al mismo Abrevaya acerca de los pormenores de la profesión ya que tanto él como quienes lo asesoran vienen trabajando el tema desde hace tiempo, informándose debidamente sobre esta actividad".

Asimismo, ratificaron que Abrevaya tiene intención de seguir manteniendo un diálogo permanente con todos los sectores, siendo que justamente eso fue lo que posibilitó la redacción del proyecto que presentó hace un tiempo.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Soluciones Gerenciadas para Empresas

Medicina Laboral

MEDICINA LABORAL PARA CONSORCIOS

HIGIENE Y SEGURIDAD
INCENDIO
RESP. CIVIL
PARA CONSORCIOS

CURSOS DE CAPACITACIÓN OBLIGATORIOS
PARA PERSONAL DE PORTERÍA

"Previniendo Riesgos" - "Incendio y uso de extintores manuales" - "Seguridad en Instalaciones Eléctricas" - "Ergonomía" - "Enfermedades Profesionales" - "Accidentes de Trabajo" - "ART"

La mejor relación precio-calidad

Soluciones Gerenciadas para Empresas S.A.


Tel./Fax 4829-1186 / 4829-1188
E-Mail:
mlaboral@sgesa.com.ar
Sitio web:
www.sgesa.com

Para más información haga click en:
Incendio - Resp Civil
Medicina Laboral - Higiene y Seguridad - Cursos


Efemérides: El 22 de octubre es el Día Nacional del Derecho a la Identidad.


Víctor y Pepe Santa María con Cristina Fernández - Foto: Presidencia de la Nación (más fotos).

Víctor y Pepe Santa María con Cristina Fernández - Foto: Presidencia de la Nación (más fotos).

Mes del Encargado del Edificio

La Presidenta recibió al SUTERH en la Casa Rosada

[BPN-22/10/08] La presidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, recibió en la Casa Rosada al secretario general del Sindicato Único de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal (SUTERH), Víctor Santa María y a miembros de la comisión directiva entre los que estuvieron, José Francisco "Pepe" Santa María, Roberto Rodríguez, Mario Gagliano, Osvaldo Bacigalupo, Jorge Coronel y Alicia Nasrala.

El motivo del encuentro, que contó con la participación del ministro de Trabajo, Carlos Tomada, fue "el especial interés que puso de manifiesto la señora presidenta por saludar personalmente, y a través de sus legítimos representantes, a los trabajadores de edificios de todo el país dado que durante el mes de octubre celebran su mes".

En nombre de todos los trabajadores de edificios, Víctor Santa María le entregó a Fernández un rosario antiguo.

Según informaron desde el SUTERH, la reunión se prolongó mucho más de lo previsto y se habló sobre las distintas acciones que lleva adelante la organización gremial con motivo de celebrarse un nuevo aniversario de su fundación y las distintas iniciativas que en todos los planos de su accionar realiza el sindicato.

Dr. Marcos Bergenfeld, presidente de la FAC.

Dr. Marcos Bergenfeld, presidente de la FAC.

Asimismo, le transmitieron a la presidenta "el compromiso que desde un primer momento ha expresado el SUTERH con el proyecto de Nación en marcha y que ella conduce con pulso decidido y firme desde la primera magistratura de la Nación".

"Lo pagamos los consorcistas"

La Federación Argentina de Consorcios (FAC) hizo "una pequeña reflexión sobre una obra de arte para la Presidenta que pagaron unos pero que obsequiaron otros". A través de un comunicado, señalaron que la Ley de Ética Pública prohíbe a los funcionarios recibir regalos, obsequios o donaciones, sean dinero, servicios o bienes.

"El regalo que recibió la Presidenta, (objeto de arte del orfebre Juan Carlos Pallarols) por parte del SUTERH, fue pagado con fondos que provienen de las expensas, que salen de los bolsillos de jubilados, inquilinos y de  todo aquel ciudadano  que accedió a una vivienda en propiedad horizontal", explicaron.

Por otra parte, informaron que Cristina Fernández recibió tres pedidos de audiencia por parte de la FAC con el objetivo de poder exponerle "la grave situación que viven millones de consorcistas de todo el país ante la imposibilidad de pagar las expensas exorbitantes".

Según ellos, los pedidos de audiencias fueron derivados  y nunca se los concedieron. "Está claro que no estamos en condiciones de concurrir a un encuentro de esa naturaleza con algún obsequio surgido de los talleres de orfebrería como el de Pollarols ni de otros similares como Juan Carlos Marra, por ejemplo, para que la señora presidenta diversifique su stock de obras de arte", concluyeron.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


MONSANT

Servicio Integral para consorcios

Plomeria - Electricidad - Pintura

Albañilería general - Hormigón armado

Guillermo Montegia

Móvil: (15)6028-5347

  

CAMARA ARGENTINA DE EMPRESAS

DE PORTEROS ELECTRICOS

Fabricantes - Distribuidores - Técnicos

CAEPE nuclea a empresas capacitadas para operar los más complejos sistemas de portero eléctrico.


Adheridos al Código de Buenas Prácticas Comerciales.


Personería Jurídica 249/04

F.  D. Roosvelt 4981 2º of 209

C1431BZC Capital Federal

Tel/Fax: 5555-6500

E-mail: info@caepe.org.ar - www.caepe.org.ar

     


Efemérides: El 24 de octubre es el Día Nacional de la Astronomía .


Dr. Jorge Resqui Pizarro.

Dr. Jorge Resqui Pizarro.

Colegio Público de Abogados

No podría sancionar a los abogados-administradores

[BPN-22/10/08] El Colegio Público de Abogados de la Capital Federal creó un Instituto de Derecho de Propiedad Horizontal y según adelantó el director del instituto y vocal suplente de la comisión directiva del colegio, Dr. Eduardo Awad, uno de los objetivos será capacitar a los abogados para que puedan ejercer la administración de consorcios y para que los consorcios que cuenten con un abogado administrador puedan presentarse ante el colegio y realizar una denuncia.

Ante este anuncio, el Dr. Jorge Resqui Pizarro, -si bien subrayó que está de acuerdo en la creación de un Instituto de Derecho de la Propiedad Horizontal- consideró que intentar transformarlo en un centro de capacitación de abogados para ejercer la actividad de los administradores regidos por el régimen de la propiedad horizontal sería "un craso error y violar la letra, el espíritu y el sentido de la ley de creación de nuestro Colegio. Más aún, pretender que nuestro Tribunal de Disciplina surgido de la voluntad de los matriculados en libres elecciones se constituya en juzgadores del accionar de abogados que, fuera de su profesión, actúan como administradores de consorcios. Esto es, cuando menos, un despropósito".

Argumentó que la Ley 23.187 dice en su artículo 43º que "es atribución exclusiva del Colegio fiscalizar el correcto ejercicio de la profesión de abogado. A tales efectos, ejercitará el poder disciplinario con independencia de la responsabilidad civil, penal o administrativa que puede imputarse a los matriculados".

Al mismo tiempo, en su artículo 44 establece que los abogados matriculados quedarán sujetos a las sanciones disciplinarias previstas en esa ley, por las siguientes causas:

a) Condena judicial por delito doloso a pena privativa de la libertad, cuando de las circunstancias del caso se desprendiera que el hecho afecta al decoro y ética profesionales; o condena que comporte la inhabilitación profesional;

b) Calificación de conducta fraudulenta en concurso comercial o civil, mientras no sean
rehabilitados;

c) Violación de las prohibiciones y limitaciones establecidas por el artículo 3º de la presente ley;

d) Retención indebida de documentos o bienes pertenecientes a sus mandantes, representados asistidos;

e) Retardo o negligencia frecuente, o ineptitud manifiesta, u omisiones graves, en el cumplimiento de sus deberes profesionales;

f) Infracción manifiesta o encubierta a lo dispuesto por la ley arancelaria;

g) Incumplimiento de las normas de ética profesional sancionadas por el Colegio;

h) Todo incumplimiento de las obligaciones o deberes establecidos por esta ley.-

Los abogados tienen incumbencias precisas

El Dr. Resqui Pizarro señaló que la profesión del abogado tiene pautas e incumbencias bien precisas y cuando un abogado actúa en la esfera comercial no lo hace en su aspecto profesional, por lo que no le es aplicable ni la ley de ejercicio ni el código de ética y conducta abogadil.

"No confundamos a los ya bastante defraudados consorcistas ofreciéndoles, falsamente, la actuación de un prestigioso tribunal disciplinario, de un colegio profesional que controla y gobierna la matrícula y de una entidad que brega, desde su fundación por el desarrollo y la defensa de los derechos de los abogados, de sus claras incumbencias y, paralelamente, por el cumplimiento de los deberes de sus matriculados, cuando esto no es posible ni legal ni prácticamente", reflexionó.

Una carrera para los administradores

El Dr. Resqui Pizarro señaló que se debería debatir y definir la conformación de una carrera universitaria de administración de consorcios y complejos urbanísticos con reconocimiento oficial, para expedir títulos profesionales habilitantes y que esos nuevos expertos se agrupen en órganos públicos no estatales.

"Los abogados ya tenemos lo nuestro. Suena hasta sarcástico que quienes destinaron por años todos su esfuerzos –y gran parte del presupuesto de nuestro Colegio que se conforma, en su gran mayoría, con los aportes de nosotros, los abogados- para dejarnos sin Caja Jubilatoria en la CABA se ocupen, ahora, de invadir lugares que no nos pertenecen", concluyó.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Curso/Taller de

Administración de Consorcios


Sueldos y

Jornales


Modalidad virtual: en sus tiempos y por Internet

Teléfonos: 4581-3906 / 3526-1806

cursosueldosph@pequenasnoticias.com.ar

Curso/Taller de

Administración de Consorcios


Aspectos Legales


Modalidad virtual: en sus tiempos y por Internet

Teléfonos: 4581-3906 / 3526-1806

cursoadministracion@pequenasnoticias.com.ar


Efemérides: El 25 de octubre de 1938 falleció en Mar del Plata, en la playa La Perla , la poetisa y autora teatral Alfonsina Storni, autora de "Languidez" y de "Ocre, Mascarilla y trébol", entre otras obras.


El vecino tiene que ser agarrado "in fraganti" para ser sancionado.

El vecino tiene que ser agarrado "in fraganti" para ser sancionado.

CABA

Multas por sacar la basura fuera de horario

[BPN-22/10/08] La Dirección General de Inspección del Ministerio de Ambiente y Espacio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires informó que desde que inició su gestión en diciembre de 2007 realizó 30 mil multas por disposición de residuos fuera de horario.

De estas multas, el 30 por ciento corresponde a vecinos y el 70 por ciento a comercios. Por otra parte, también impusieron otras 30 mil multas por ocupación indebida del espacio público, falta de matafuegos o libretas sanitarias. 

Recordemos que en el 2006 un estudio realizado por el Gobierno porteño y las empresas recolectoras de residuos demostró que eran muchas las personas que no cumplían con el horario para sacar la basura de 20 a 21 horas.

El estudio se realizó en las zonas de Palermo y Once. Las empresas de residuos realizaron la recolección varias veces durante el día y observaron que en todos los casos se encontraban bolsas en los dos barrios analizados.

Al mismo tiempo, la recolección de residuos es el primer motivo de reclamo de los vecinos en los Centros de Gestión y Participación (CGP). En los últimos años, las quejas por este tema se duplicaron y pasaron a ser la primera preocupación de la gente.

Las sanciones

Actualmente, está penado sacar la basura fuera de horario y las multas van de 50 a 500 pesos pero la condición para poder sancionar es que se encuentre al vecino en el momento justo en que está cometiendo la infracción. En su momento, el poder Ejecutivo local lo que quería es que se pudiera sancionar al frentista simplemente encontrándole una bolsa de residuo pero los tres bloques mayoritarios –kirchnerista, ARI y macrista- votaron en contra del artículo.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Biblioteca del Congreso de la Nación

BIBLIOTECA

DEL CONGRESO

DE LA NACIÓN

"Las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwitch del Sur son Argentinas"

TONER

LASER - INKJET


HP - EPSON - LEXMARK 

CANON - XEROX - PHASER


Retiro y entrega a domicilio

SIN CARGO

(15) 3172-9501


Efemérides: El 29 de octubre de 1969 se fundó Fundación de la Base Aérea Vice Comodoro Marambio de la Antártida Argentina.


Dr. Mario Francisco Robledo, presidente de la Cámara de la Propiedad Horizontal de Córdoba.

Dr. Mario Francisco Robledo, presidente de la Cámara de la Propiedad Horizontal de Córdoba.

Administración de consorcios

Análisis del Artículo 9º de la Ley 13.512

[BPN-22/10/08] El presidente de la Cámara de la Propiedad Horizontal de Córdoba, Dr. Mario Francisco Robledo, realizó un trabajo exhaustivo de la Ley 13.512 para la revista Condominio de Córdoba. En este número Pequeñas Noticias publica el análisis del artículo 9 de la Ley 13.512.

El artículo 9º de esta ley establece que: "Al constituirse, el consorcio de propietarios deberá acordar y redactar un reglamento de copropiedad y administración por acto de escritura pública que se inscribirá en el registro de la Propiedad. Dicho reglamento, sólo podrá modificarse por resolución de los propietarios mediante una mayoría no menor de dos tercios. Esta modificación deberá también consignarse en escritura pública e inscribirse en el Registro de la Propiedad."

Naturaleza jurídica del consorcio de propietarios

El consorcio es una persona ideal que toma decisiones y tiene intereses frecuentemente distintos a las personas físicas que lo conforman y que son los co-propietarios. Expresa su voluntad a través del órgano ejecutivo que es el administrador y para las cuestiones que exceden a sus atribuciones mediante la voluntad colectiva expresada en la asamblea.

Es un ente nacido de la ley de propiedad horizontal y como tal, obligatoriamente todo edificio o conjunto edilicio sometido a este régimen supone la existencia de uno. Se rigen por los términos de la ley y en nuestro sistema legislativo por las normas del Reglamento de Copropiedad y Administración.

El consorcio es diferente a otras entidades que tienen el contralor de una autoridad administrativa, como es la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas que vigila el funcionamiento de entidades civiles, como clubes y fundaciones. Solamente lo controla la autoridad judicial.

La personalidad del consorcio, como ente diferente de los consorcistas, alguna vez fue cuestionada pero actualmente esa posición jurídica no tiene vigencia.

Demandas en contra del consorcio

Cuando se demanda al consorcio, por ejemplo cuando un edificio vecino pretende el pago de una medianería, no es válido que alguno o todos los consorcistas atiendan el juicio. Solamente es válida la concurrencia del administrador, como representante legal del consorcio.

Si todos y cada uno de los consorcistas comparecieran al juicio, la ley considera que pese a esa concurrencia masiva, el acto jurídico no es válido porque quien debe concurrir es el ente ideal consorcio, únicamente a través de su representante legal que, como queda dicho, es el administrador.

Los espacios comunes son necesariamente comunes u ocasionalmente comunes. Se dice que esencialmente el terreno es un espacio común pero como vimos al comentar el artículo 2º el concepto tiene su relatividad. El espacio privativo es el ámbito propio del consorcista.

En esta disciplina es factible combinar estos factores. Así tenemos espacios comunes de uso común y espacios comunes de uso exclusivo de determinada unidad. Esta categoría importa un privilegio para la unidad que tiene el disfrute de la cosa y no la carga de mantenimiento que incumbe al consorcio en cuanto es dueño de la cosa. La falta de conciencia de propiedad horizontal de la población hace que generalmente no se comprenda este privilegio y se quiera reaccionar modificándolo.

Sin embargo, debió ser advertido al momento de comprar la unidad y no después. En tal caso, el privilegio de la unidad implica el disvalor de las otras, por lo que se puede cuestionar el precio al momento de comprar pero no pretender modificar el estado de cosas por vía judicial.

El crédito por medianería: asignado al consorcio o repartido entre copropietarios

Es el caso de una pared existente, propiedad de un consorcio en la que apoya otro edificio. Existen dos posiciones antagónicas respecto a la distribución de los fondos que ingresan por tal concepto. No creemos acertado distribuir las sumas que resulten entre los consorcistas, como hacen algunos administradores. En última instancia, aceptamos que el destino de los fondos captados sea resuelto por la asamblea.

Reglamento

El reglamento es el estatuto regulador de los derechos y obligaciones de la comunidad en un consorcio determinado. Contempla las estructuras básicas del funcionamiento del consorcio y sus dos órganos propios: el administrador y la asamblea general. Debería significar la adaptación al edificio de las normas básicas de la ley.

La ley de propiedad horizontal sólo contempla lineamientos básicos que debieran ser desarrollados por los reglamentos.

La tendencia actual en los ordenamientos jurídicos de los distintos países desarrollados es una legislación cerrada, es decir, que contemple con detalles el funcionamiento del edificio, dejando para los reglamentos sólo algunas especificaciones muy propias de algún edificio que salga de lo común junto con la parte estatutaria.

Formalidad de la escritura pública

El reglamento debe constar en escritura pública porque es la que da nacimiento al sistema, así como también sus reformas porque no serían oponibles a terceros. Pero la reforma es aplicable desde el momento que lo resuelve la asamblea, aunque la resolución se limite a regir entre los consorcistas que integran el consorcio, hayan asistido o no a la asamblea.

Inscripción en el Registro de la Propiedad

La inscripción registral es condición para la vigencia frente a terceros, pero mientras no caduque el contenido de la resolución puede elevarse a instrumento público. La caducidad se produce como los derechos personales a los diez años de la celebración de la asamblea que tal cosa resolvió.

Modificación del estatuto. Reforma por vía judicial.

La reforma judicial del estatuto permite que por vía de la homologación judicial y de la facultad que le confiere al juez el artículo 10 de la Ley se consagre una reforma aunque no haya alcanzando la mayoría legal.

Parte estatutaria y parte reglamentaria

Son los dos sectores en que se divide el reglamento. La primera consiste en la descripción escrita del edificio y constituye la versión escrita de la documentación gráfica pertinente: el plano de mensura y subdivisión para el sometimiento de la edificación al régimen que nos ocupa.

La parte reglamentaria es la que abarca el resto del articulado. Allí, se norman los cambios de destino, la forma y modo de contribución para el funcionamiento del consorcio; el órgano de la administración y el de la asamblea y cuestiones conexas.

Formalidad de su constitución. Reglamentos de adhesión

Lamentablemente, los reglamentos no son revisados por ninguna repartición u oficina de la administración pública. El Registro de la Propiedad Inmueble que los reúne, se limita a un examen extrínseco para constatar la reunión de los elementos administrativos que posibiliten su inscripción. Sin embargo, no se examina el texto de sus normas, que es responsabilidad del escribano que lo redacta. En la práctica, tampoco el consorcista tiene posibilidad de cuestionar sus normas limitándose a adherir al contrato, como se hace con un billete de pasaje con normas preimpresas.

Reglamentos provisorios. Prehorizontalidad

Una excepción a lo anterior lo constituyen los consorcios o fideicomisos que presentan reglamentos provisorios mientras se construye el edificio teniendo la posibilidad de revisarlos los consortes.

También naturalmente es el derecho que le asiste al adquirente de una unidad funcional regida por la Prehorizontalidad (Ley 19724) ya que el artículo 3º de la misma exige el depósito previo en el Registro de la Propiedad Inmueble del reglamento provisional.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Una revolución 

en el mundo 

de la administración de Consorcios

Sistema 9041


Efemérides: El 31 de octubre de 1969 murió en Buenos Aires la actriz Lola Membrives. Se inició como tonadillera, pero triunfó en España y la Argentina y representó papeles protagónicos en obras de Jacinto Benavente y Federico García Lorca.


Sede de la Dirección de Defensa y Protección al Consumidor de la CABA en la Calle Esmeralda 340.

Sede de la Dirección de Defensa y Protección al Consumidor de la CABA en la Calle Esmeralda 340.

Defensa del Consumidor de la CABA

Descentralizan los servicios y las denuncias

[BPN-22/10/08] A partir del 1º de octubre, los servicios de asesoramiento, toma de denuncias y celebración de audiencias de la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor de la Ciudad de Buenos Aires comenzaron a realizarse en los Centros de Gestión y Participación Comunal (CGPC). 

Según informó el Gobierno de la Ciudad, la medida se inscribe en el marco del proceso de desconcentración de los servicios que prestan distintas áreas para asegurar mayor eficiencia en el funcionamiento administrativo del GCBA y dotar a los CGPC de todas las herramientas necesarias para atender los requerimientos de los ciudadanos.

La decisión tiene como objetivo contribuir a fortalecer y a acercar a los vecinos el servicio de defensa y protección del consumidor, cuya Dirección General pasó a depender de la Subsecretaría de Atención Ciudadana, a cargo de la licenciada Gladys González.

"Esta área es la que lleva adelante el plan de descentralización administrativa que ordenó el jefe de Gobierno, Mauricio Macri, para facilitar y simplificar todo tipo de trámites que deben cumplir los vecinos, privilegiando la red territorial de los CGPC, entre otras iniciativas", señalaron en su sitio WEB.

De esta manera, apuntan a agilizar la atención sin demoras y mediante la gestión de turnos, como en el caso de la renovación de las licencias de conducir o el pago de infracciones de tránsito.

Por otra parte, la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor informó que continuará ejerciendo sus funciones de autoridad de aplicación a los fines del cumplimiento de las leyes nacionales 24.240, 22802 y 757 de la Ciudad. Del mismo modo, las áreas jurídicas y de lealtad comercial bajo su dependencia seguirán funcionando tal como lo vienen haciendo hasta ahora para expedirse sobre las actuaciones que tengan origen en cada CGPC.

Las personas que deseen recibir asesoramiento gratuito u obtener mayor información pueden comunicarse al 0800-999-2727 o vía mail a defensa@buenosaires.gov.ar.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


"Hablemos de Consorcios"

Todos los viernes de 19 a 20 hs. por AM 1010 Onda Latina.

También por Internet en:

www.hablemosdeconsorcios.blogspot.com


una producción de

www.umiph.com.ar

enfoques cotidianos

         

www.enfoquescotidianos.blogspot.com


Efemérides: El 31 de octubre es el Día Universal del Ahorro. En octubre de 1924 se reunió en Milán (Italia) el Congreso Internacional de Ahorro. Concurrieron delegados de casi todos los países y se trataron temas sobre la organización y legislación de las cajas de ahorro. Al término de las sesiones, el 31 de octubre, se dejó instituida esta fecha.


Fabiana LizarraldeSueldos Octubre/08

Empieza el último trimestre del 2008 sin cambios

[BPN-22/10/08] El primer mes del último trimestre del año no presenta cambios a la hora de realizar las liquidaciones mensuales de los trabajadores del sector. No hay modificaciones en ninguno de los ítems del sueldo, ni en las asignaciones, ni en el Salario Mínimo, Vital y Móvil, actualmente en $ 1200 mensuales y $ 6,00 por hora.

Es bueno tener en cuenta que a la hora de dar las altas de los empleados suplentes por vacaciones del personal permanente hay que tener a mano bastante información.

En el caso de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), www.afip.gov.ar se solicita: Obra Social, Modalidad de contratación, Puesto desempeñado, Retribución pactada, Modalidad de liquidación, Fecha de Inicio y Fecha de Cese.

Para la Declaración Jurada de los Datos Adicionales que solicita el sitio de la Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (FATERYH), http://www.fateryh.org.ar/cc, pide: CUIL: Apellido y Nombres, Tipo y Número de documento, Sexo, Estado Civil, Fecha de Nacimiento, Código de Obra Social, Domicilio completo, Código postal, Teléfonos, Nacionalidad, Función y los datos del o de los beneficiarios del seguro: Apellido y Nombres, Tipo y número de documento, Parentesco y Porcentaje del beneficio.

Octubre 2008

1)

Escala salarial vigente

(Res. Nº 339/2008 – BO 03/04/08)

Agosto 2008 <ver escala>

3)

FATERYH

(CCT 378/04 - Art. 27)

1% de aportes para trabajadores

2% de contribuciones para el empleador.

4)

Aporte Jubilatorio:

(Dto. 22/2007 – BO 24/1/2007)

11% para todos los trabajadores, sin importar el régimen que hayan elegido (de Reparto o Capitalización).

5)

Sueldo Mínimo Vital y Móvil (Resolución 3/2008 BO 31/7/08)

A partir del 1/8/08$ 1200 por mes y $ 6,00 por hora

A partir del 1/12/08 $ 1240 por mes y $ 6,20 por hora

6)

Asignaciones familiares

(Dto. 1591/08 – BO 03/10/2008)

 

 

 

A partir de septiembre de 2008 aumentaron los topes salariales y los importes de las asignaciones familiares. Para los sueldos entre $100 y $2.400 se abonan $135 por hijo o prenatal y $540 por hijo discapacitado; entre $2.400,01 y $3.600 se paga $101,30 y $405; entre $3.600,01 y $4.800 se abona $67,50 y $270 respectivamente y para los haberes superiores a $4.800 solo se abona en caso de hijo discapacitado $270. Matrimonio $900, nacimiento $600 y adopción $3.600.

Se debe verificar en la Autopista de Servicios del sitio www.anses.gov.ar si el consorcio de propietarios no fue incorporado al SUAF.

7)

Feriados de Octubre:

2, Día del Encargado/a de Edificio – Lunes 13 por el 12, Día de la Raza

8)

Doble indemnización

(Dto 1224/2007 BO 11/9/07)

Se derogó la doble indemnización por el Decreto 1224/2007 publicado en Boletín Oficial Nº 31.136 el 11 de septiembre de 2007.

9)

Formulario 931

Según la cantidad de empleadores, se debe utilizar el aplicativo "Su Declaración" o la Versión 29 Release 0 del SIJyP (Ver nota ¡Arriba SuDeclaración, abajo SIJyP! del Boletín de Pequeñas Noticias Nº442.

No se debe olvidar chequear si el consorcio fue incorporado al SUAF. Si se lo incorporó en un mes determinado, por ejemplo el período 10/2008, a partir de ese mismo mes no se deberán liquidar las asignaciones familiares con el recibo de haberes mensuales sino presentar ante ANSES la información solicitada para que esta entidad las abone en forma directa. En el boletín número 350 del 4 de junio en la nota llamada "Una autopista cada vez más ancha" se pueden consultar los pasos a seguir.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Defensoría

del

Consorcista

Asesoramiento sin Cargo

DefensoriaDelConsorcista@hotmail.com

Tel: (011) 4469-0782

de 16 a 20 hs.

Av. Rivadavia 13.876 Entrepiso "G"

Ramos Mejía - Bs. As.

Tel: (02257)46-8866

Sta. María del Oro 15

 San Bernardo

Costa Atlántica

Ley 941

Declaraciones Juradas

Asesoramiento, confección, impresión y carga por Internet.

Todo listo para su presentación

Pewen Sistemas

Teléfono: 3526-1806

Tel/fax: 4581-3906

ddjj941@pequenasnoticias.com.ar


Efemérides: El 1 de noviembre es el Día de Todos los Santos.


Correo de Opinión

Respuesta a la Adm. Susana Juarros por la Sra. María Marta Suarez

El problema que expresas Susana es bastante común (BPN Nº 358 del 24/9/08: "Honorarios de la Administración"). Parecería que los consorcistas no quieren admitir que el administrador, como cualquier otra persona que trabaja, necesariamente debe ajustar sus honorarios a los aumentos de sueldos y de costos.

Yo no creo que una persona que cobre menos de lo solicitado por su administración pueda llevar a cabo bien la tarea. 

Se debe consierar que ese monto sería el que recibe, a lo habría que descontarle los gastos que tiene la administración: por lugar, teléfono, internet, estacionamiento o trasporte, etc, etc.

Una persona que cobre $170 no cubre ni los gastos proporcionales.

Situaciones como éstas hacen pensar que a los consorcistas no les interesa que las cosas estén en orden y las cuentas estén claras.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

María Marta Suarez

(9/10/2008)


Gacetilla de Prensa

ASOC. SIN FINES DE LUCRO

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PERSONAS JURIDICAS Pcia. Bs.As.

 Nº 6132/06 - CUIT Nº 33-71025279-9

Representantes en MDP y zona de influencia de ReDeCo (Coordinador Dr. Jorge Resqui Pizarro)

INVITA 

A LA ULTIMA CHARLA – DEBATE DEL CICLO 2008

SOBRE LOS TEMAS

"A 60 años de su vigencia ¿es necesario reformar la Ley de Propiedad Horizontal?"
y
"Derechos de los consorcistas a integrar las Comisiones Paritarias"

A cargo del 

Dr. JORGE RESQUI PIZARRO 

La misma se llevará a cabo el día martes 11 de Noviembre a las 16 hs. en la Sala "A" de la Biblioteca Municipal sita en 25 de Mayo y Catamarca

Entrada Libre y Gratuita

Of. Avda. Luro 2943 Piso 7° - Mar del Plata 
Días miércoles de 14:30 a 17:30 hs. o al TE Particular 495-8775- Sra. Ana María
E-mail- ucramardelplata@speedy.com.ar


Sr. Raúl Guinzburg.

Sr. Raúl Guinzburg.

Correo de Opinión

La incorrecta elección de un profesional para accesibilidad en edificios de propiedad horizontal por el Sr. Raúl Guinzburg

Innumerables consorcios y administradores ignoran que cualquier persona con discapacidad que habite un edificio tiene derecho a solicitar que se le dote de accesibilidad en la entrada del mismo.- 

La Ley 24314, modificatoria de los artículos 20-21 y 22 de la Ley 22431 de Protección Integral de las Personas con Discapacidad, se refiere a eliminar las barreras existentes, sean en los espacios urbanos, arquitectónicos o del transporte. Las existentes se refieren a los edificios construidos.- 

Y del Decreto reglamentario Nª914/97 surge que es de cumplimiento inmediato al solo requerimiento del ocupante.- 

Esto es en teoría ya que en la práctica surgen una serie de luchas entre el interesado y el resto del consorcio que oponen, por desinformación una serie de trabas para su cumplimiento, comenzando por razones económicas y terminando con la creencia de que para ello se debe contar con la aprobación del 100% de los condóminos.- 

Esto último queda desvirtuado con la Disposición Nº 4055 del 22/12/2005 de la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que “exime del requisito de unanimidad del consorcio para las obras de remodelación tendientes a garantizar la accesibilidad en inmuebles ocupados por personas con necesidades especiales”.- 

Ahora bien, salvados los inconvenientes y aprobados por asamblea los trabajos a realizar, se presenta un nuevo problema que es importantísimo para una correcta implementación de la accesibilidad: los presupuestos y la elección del profesional responsable de la obra.- 

Y aquí es donde debe comenzar a justificarse la inversión.- 

Y no es un tema menor ya que el elegir un menor presupuesto y el no tomar los recaudos para saber si el profesional conoce a que debe ajustarse para proveer de accesibilidad, termina todo siendo un fracaso rotundo y un gasto inútil, que quizás deberá repetirse.-

El porqué de esta afirmación está fundamentada en que en la Cátedra de Diseño de la Facultad de Arquitectura no existe la obligatoriedad de cursar la materia “Accesibilidad”, por lo que los estudiantes de la carrera en casi su totalidad no la ven en profundidad y quizás tengan conocimientos básicos en algunos casos.- 

Y ello no basta. Y como la mejor prueba es el ejemplo, expondré un caso de un edificio de la Avda Gaona en esta Capital. Los ocupantes de una unidad –ambos personas con discapacidad visual y motora- después de luchar casi dos años solicitando accesibilidad consiguieron la aprobación del consorcio y para facilitar los trámites remitieron a la administración y al Consejo de Administración dos presupuestos confeccionados por expertos en la materia. Uno de ellos aconsejaba realizar el trabajo a través de la cochera del edificio que era el sistema más práctico, pero fue rechazado y se dispuso hacerlo por la puerta principal. Pero se contrató a un arquitecto recién recibido y sin mucho criterio. El resultado fue enormes fallas de construcción: la rampa casi con la misma pendiente que los cinco escalones existentes por lo que una silla de ruedas necesitaba el auxilio de por lo menos dos personas. La escalera de granito sin ningún elemento antideslizante. Los pasamanos antirreglamentarios siendo más cortos que la escalera y la rampa, con lo cual uno se quedaba sin sostén antes de terminar de bajar o sin soporte para tomar el envión para subir. Las transgresiones fueron denunciadas ante la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, quien informe mediante de un ingeniero que comprobó las mismas, emitió un dictamen que no fue respetado por el consorcio y se terminó el trabajo posteriormente.- 

Resultado final: la pareja cansada de tanto manoseo se mudó a otra edificación que colmaba sus espectativas. Moraleja: “lo barato sale caro” y “un título no dá capacidad”. 

Un segundo caso: en edificio de la Av. Rivadavia al 6000 se hizo una rampa de un extraordinario mármol pulido de primera calidad que es una maravilla.- 

Pero no sirve para nada: sólo un metro de largo aproximado con una pendiente de casi 40º, sin elementos antideslizantes y un pequeño pasamanos sobre un solo lado.- 

En definitiva, señores administradores y señores consorcistas, tener muchísimo cuidado con las decisiones que se tomen sobre el tema para no dilapidar los bienes del consorcio.-Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

Raúl E. Guinzburg

(10/10/2008)


Ahora en su casa y en sus tiempos

Curso de Sueldos General

a distancia por Internet

Nivel Básico y Avanzado teórico/práctico

Seguimiento personalizado 

Informes en el TE: 4581-3906

CursoSueldos@PequenasNoticias.com.ar

Cada vez más profesionales y proveedores de bienes y servicios de Propiedad Horizontal ven la conveniencia de  publicitar en

Pequeñas Noticias

¡¡¡ Aproveche Ud. también esta oportunidad !!!

Siete mil suscriptos al boletín quincenal gratuito y más de mil visitas por día a www.pequenasnoticias.com.ar

Gral. César Díaz 2761

(1416) Capital Federal

Argentina

Teléfono: 4581-3906

Móvil: (15) 5981-3791

anunciantes@pequenasnoticias.com.ar


Efemérides: El 2 de noviembre es el Día de los Muertos.


Rincón Solidario

Dr. Jorge MaldonadoContesta el Dr. Jorge Maldonado

Desde este rincón los profesionales contestan a propietarios, encargados, proveedores y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas.

Rincón Solidario

Los administradores anteriores hicieron todo mal

Hola mi nombre es Paola. Me acerco a Uds. a fin de hacerles una consulta. Alquilo un local en un edificio hace 10 años. Me hago cargo de las expensas comunes no así de las extraordinarias.

Mi duda surge ya que el edificio está pagando hace 3 años tres juicios laborales que ha perdido. Hasta el mes pasado este monto entraba en las expensas extraordinarias.

Este mes cambió la administración y el monto de los juicios lo incorpora en las comunes.

Al pedirle al administrador que me informe el porqué pasan a ser comunes si durante 3 años se pagaron como extraordinarias, me mandó a leer la ley y me dijo que los anteriores administradores hicieron todo mal.

Por favor les pido ayuda ya que no entiendo del tema.

Desde ya, muchas gracias.

Paola (foro de Pequeñas Noticias)

(14/10/2008) 

Para que sus derechos estén debidamente protegidos necesariamente deberá Ud. enderezar correctamente su reclamo.
En primer término, debo decirle que este tipo de gastos judiciales integran las expensas extraordinarias del edificio dado que no están directamente relacionados ni con el mantenimiento ni con el funcionamiento del mismo sino que, por el contrario, se deben en razón de circunstancias excepcionales y manifiestamente "no ordinarias", o sea, extraordinarias.

En segundo lugar, no es al administrador a quien Ud. debe dirigirse para solucionar este problema. No guarda Ud. con consorcio ni con quien lo administra ninguna relación contractual directa. Por lo tanto, y por haber celebrado Ud. un contrato de locación (o de alquiler) al que el consorcio es totalmente ajeno, esta situación debe Ud. resolverla con el locador; sea éste el propietario o no, concretamente con quien firmó el contrato en la condición de locador.

Previamente, deberá examinar la cláusula del contrato referida a los gastos que están a su cargo. Si, como corresponde, Ud. debe hacerse cargo de las expensas comunes ordinarias (con exclusión de las extraordinarias), entonces podrá reclamarle al locador que se haga cargo de dichos gastos extraordinarios.

Si el contrato sólo dice "expensas comunes" a su cargo, y teniendo en cuenta que tanto las ordinarias como las extraordinarias son "expensas comunes", tendrá que negociar la cuestión con el locador y, de no arribar a un acuerdo, reclamar judicialmente la anulación parcial de dicha cláusula.

Converse pues con el locador y trate de llegar a un acuerdo en base a los argumentos precedentemente expuestos.

Con lo respondido le envío un saludo cordial.

Jorge Armando MaldonadoEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

---

El Dr. Jorge Armando Maldonado es abogado y está especializado en propiedad horizontal. Es coordinador de la Comisión de Consorcios por Pequeñas Noticias que funciona en el CGPC Nº 7 y docente de Instituto de Capacitación Inmobiliario de la Cámara Inmobiliaria Argentina.  Para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a maldonadovalthule@fibertel.com.ar  o al teléfono (15)4169-4574.


¡¡¡ Ya hay dos ganadores más 

de los 2 premios que sorteamos la quincena pasada

 ADMINISTRADORESph.com.ar  y Pequeñas Noticias... !!!

¡¡¡ los afortunados de esta quincena son... !!!

1.-

1 cupón invitación de Promo Manía Full

Carolina Rigali (DNI ...618)

2.-

1 cupón invitación de Promo Manía Full

Andrea Karina Anica (DNI ...373)

 ganadores del sorteo pueden comunicarse con la producción al TE 4581-3906 en horario de oficina para concertar día y fecha para retirar el premio correspondiente.

- Los premios estarán disponibles en la redacción por 30 días corridos -


Efemérides: El 3 de noviembre de 1783 se instaló en Buenos Aires el Real Colegio de San Carlos, origen del actual Colegio Nacional de Buenos Aires.


Rincón Solidario

Dra. Victoria LoisiContesta la Dra. Victoria Loisi

Desde este rincón los profesionales contestan a propietarios, encargados, proveedores y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas.

Rincón Solidario

No entiendo el concepto de partes comunes

Vivo en un edificio de 20 unidades de alrededor de 80 años de antigüedad.

Algunas unidades no han recibido mantenimiento alguno por sus propietarios y cada tanto sufren pérdidas de sus caños de agua.

Quisiera que me aclararan cuál es la responsabilidad que tiene el consorcio en el pago de gastos generados por dichas unidades ya que no entiendo el concepto de "partes comunes" que esgrime nuestra administración y quien las describe como "todo lo que está dentro de la pared".

Gracias.

Alicia 

(27/9/2009)

Estimada Alicia,

La Ley 13.512 de Propiedad Horizontal (ver su art. 2º) es simplemente un marco que posibilita que el Reglamento de Copropiedad y Administración de cada consorcio tenga la libertad de determinar qué partes son comunes y que partes no lo son. Es por eso que debe  verificar cuáles son las cosas de propiedad común en su edificio a través de su Reglamento. Encontrará la enumeración de las cosas comunes generalmente en los primeros artículos de su manda estatutaria. 

Si resultara que son comunes las cañerías en toda su extensión, el consorcio deberá responsabilizarse de la reparación de las mismas.

Existe la posibilidad de que su reglamento determine que son comunes solamente las cañerías que alimentan a más de una unidad (llamadas generalmente principales o troncales), con lo cual los ramales secundarios que trasportan el fluido a cada departamento exclusivamente serán de propiedad y responsabilidad de cada condómino.

Cordialmente,

Dra. Victoria LoisiEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

---

La Dra. Victoria Loisi es abogada, miembro de la comisión directiva de la Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal (www.ligadelconsorcista.org) y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a info@ligadelconsorcista.org, llamarla a los teléfonos 4811-9836 / 4816-5111 o mandarle una carta a Montevideo 764 11º piso "C".


¡¡¡ Sea el FELIZ GANADOR...

de los 2 premios que quincenalmente le ofrece

 ADMINISTRADORESph.com.ar  y Pequeñas Noticias... !!!

Participarán todos los lectores que nos manden un e-mail a GranSorteo@PequenasNoticias.com.ar con sus datos completos(*) antes del próximo Martes 4 de noviembre a las 08:00 am y los resultados del sorteo serán publicados en el próximo número de Pequeñas Noticias.


1.-

1 cupón invitación de Promo Manía Full

Premio a elección

2.-

1 cupón invitación de Promo Manía Full

Premio a elección

(*) El mail debe ser dirigido a GranSorteo@PequenasNoticias.com.ar con nombre y apellido completo, teléfono, dirección, tipo de documento y los tres últimos números de ese documento de identidad. La participación implica el conocimiento y la aceptación de las condiciones detalladas  del concurso a las que se puede acceder mediante este vínculo.


Efemérides: El 5 de noviembre es el Día Nacional de la Aviación Civil.


Gacetilla de Prensa

Mar del Plata, Ciudad que se ha distinguido desde hace muchos años por la cantidad de edificios en Propiedad Horizontal construidos, y los que actualmente están en proyectos y/o ejecución, el próximo 31 de Octubre de 2008 presentará su Organización para defender los intereses de todos los Propietarios – Consorcistas, de General Alvarado.

Bajo el patrocinio de A.P.H.I.P Asociación de Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal con Personería Jurídica Nº 001025, que dará todo su aporte y experiencia lograda en 5 años en defensa de sus Asociados del País, y que potencialmente representan 10.000.000 de consorcistas.

Invitamos a toda la comunidad Consorcial de Mar del Plata a la presentación que se realizará de:

“Asociación de Propietarios Ley 13.512 Marplatense.”

31 de Octubre de 2008, 17 Hs

Salón Principal de Actos del Colegio de Martilleros y Corredores Públicos.

Calle Bolívar 2948 

Una vez confirmada la Comisión Directiva, esta Entidad se adherirá a la Federación Argentina de Consorcios, F.A.C con Personería Nº 00035.

En representación de la F.A.C se hará presente en ese acto su Presidente Marcos Bergenfeld, quien dirigirá la palabra y explicará los alcances, objetivos de esta Entidad que viene a llenar un lugar que la comunidad Consorcial de Mar del Plata estaba necesitando, en su defensa y sin afectar intereses ajenos.

F.A.C. (Ley 13.512)

Federación Argentina de Consorcios

Dirección: Bartolome Mitre 1711 -1º oficina 1 

E-Mail : fedac@speedy.com.ar

Horario: lu/ jue 14 a 18 hs.

Telefono: (011) 4372- 7686


Avisos Clasificados

EMPLEO - PEDIDOS

EMPLEADO ADMINISTRATIVO: Para 1/2 jornada laboral con conocimientos de WORD y EXCEL - Referencias comprobables - Enviar curriculum y sueldo pretendido a Sr. Empleador - E-mail: ref110808@pequenasnoticias.com.ar

AUTOMOTORES - OFRECIDOS

JEEP WILLYS (1943): Para coleccionistas vende titular [ver fotos] - Motor Willys original  - 4x4 - 12 volts - Nafta común - Marcha alta y baja (para fuerza) - Luces antiaéreas originales - Lanza de arrastre - Caja de herramientas debajo del asiento del acompañante - Tanque de reserva original 1946 - Excelente estado - Papeles al día - Teléfono: 4581-3906 de 10 a 19 hs. - E-mail: jeepwillys@pequenasnoticias.com.ar

EMPLEO - OFRECIDO

ENCARGADO CON O SIN VIVIENDA ZONA CAPITAL O GRAN BUENOS AIRES: Presento referencia originales experiencia de trabajo de encargado de edificio tengo 40 años soy casado con una hija de 15 años vivo en Quilmes Oeste provincia de Buenos Aires - Soy argentino los necesito el trabajo dependo de alguien que me tenga confianza en mis servicio en el rubro espero una repuesta imediata de todos los administradores de consorcios por via e-mail o por el teléfono 4210-6023 o al celular (15) 3651-6717 - E-mail: santosangel_07@hotmail.com

ENCARGADO CON VIVIENDA: Actualmente me desempeño como encargado en un edificio de 2º categoría, a pesar de estar a gusto con el mismo no es con vivienda, y dado que mi alquiler se ha incrementado en más del 100% necesitaría un puesto con vivienda dentro de la Capital Federal. Tengo amplias recomendaciones - Nombre: Daniel Roberto Acuña - E-mail: reyclaudia8@hotmail.com

ENCARGADO c/VIVIENDA: Amplia experiencia en mantenimiento y limpieza - Amplios conocimientos técnicos - Certificados y aportes a disposición - Nombre: Diego Machiavello - Teléfono: (15) 5963-0195 - E-mail: mdaservelec@yahoo.com.ar

CUSTODIO/SERENO: Referencias comprobables - Nombre: Jorge Rivero - Teléfono: (15) 3694-4893 - Email: jojujanidi@hotmail.es

ENCARGADO DE EDIFICIO CON O SIN VIVIENDA: Para zona Capital Federal y Gran Buenos Aires - Soy argentino (salteño)  sin trabajo, casado, 40 años y una hija 15 años - Vivo en Quilmes Provicia de Buenos Aires - Estoy buscando trabajo de encargado de edificio - Presento referencia originales y con experiencia en el rubro - Sólo lo pidos a todos los administradores/ras una oportunidad - Dependo solamente en ustedes y espero tener una buena respuesta - Nombre: Santos Angel Balderrama - Teléfono: 4210-6023 - Móvil: (15) 3651-6717 - E-mail: santosangel_07@hotmail.com

TRABAJOS DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS: Señora se ofrece para trabajo de limpieza en edificios zona San Martin o Villa Ballester (Provincia de Buenos Aires) - Nombre: Ana Cristina D'Angelo - Teléfono: (15)4973-7664 - E-mail: anacristinadangelo@hotmail.com

ENCARGADA CON VIVIENDA: Experiencia y referencias - Teléfono: 4298-5530 - Móvil: (15) 5126-1808 - E-mail: evagrace200417@yahoo.com.ar

EMPLEADA ADMINISTRATIVA CON EXPERIENCIA: Me he desempeñado en esta posición en administradoras de consorcios de Capital Federal realizando tareas tales como: facturación, pedido y manejo de presupuestos, gestión de cobranzas, seguimiento de morosos, refinanciamiento de deudas, atención y pago a proveedores, registro de libros de activos y pasivos, emisión de cheques, manejo de caja, trámites en general ante diversas entidades públicas y privadas, atención telefónica - Nombre: Estela Allan - Teléfono: 4208-8372

AUXILIAR ADMINISTRACIÓN DE CONSORCIOS: Atencion al consorcista, liquidacion de expensas, convocatoria y manejo de asambleas, gestión deudores morosos, contratacion de trabajos y pago a proveedores - Nombre: Susana Ramos - Teléfono: 4307-9887 - E-mail: olga22su@yahoo.com.ar


Rincón Solidario

Dr. Juan Antonio CostantinoContesta el Dr. Juan Antonio Costantino

Desde este rincón los profesionales contestan a propietarios, encargados, proveedores y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas.

Rincón Solidario

El consorcio que aún no tiene reglamento

Estuve visitando el Rincón Solidario.Les cuento que soy martillera y corredor y  ejerzo la actividad hace dos años y medio. 

Comencé a buscar administraciones de consorcios ya que recién ahora tengo tiempo para dedicarme debido a la baja en las ventas, además de que me gusta mucho.

Desde el año 2003, estoy empadronada con número de Registro para poder así ejercer la atividad y estar en orden.

Quisiera preguntarles lo siguiente:

¿Cómo debo proceder si tomo un consorcio que aún no tiene reglamento ni proyecto de reglamento debido a que el edificio es a estrenar y aún no ha salido la subdivisión y mensura?

La constructura quiere que comience a administrar debido a que ya hay propietarios viviendo (se firmaron boletos c/posesión) y hay que comenzar con la limpieza urgente: matafuegos, pagar la luz (de obra porque no hay medidores particulares), contratar seguros, conservación del ascensor, etc, etc, etc.

¿Cómo debo proceder legalmente, si aún no estoy legalmente designada administradora, ni por Libro de Actas (porque no puedo rubricarlo) ni por Reglamento (porque aún no está)?,

Gracias por ayudarme. 

Saluda muy cordialmente

Valeria

(11/10/2008)

Estimada Lectora:

Su caso lo hemos tratado en nuestro libro "El administrador en el consorcio de copropietarios de la propiedad horizontal", Edit. Lexis Nexis, hoy ya en 4ta. edición y también en el reciente libro "Propiedad Horizontal", Edit. Juris.

Se trata de un típico caso de consorcio. Por aplicación del art. 16 del Código Civil, podría conducirse con el siguiente esquema:

1) Convocatoria a una asamblea de los adquirentes por boleto con la intervención de la constructora por las unidades que no haya enajenado.

2) Necesaria presencia de un escribano para que confeccione el acta de la asamblea por escritura pública y dar de esta manera mayor respaldo documental ante terceros de este sujeto de derecho que está funcionando.

3) Incluir como punto del orden del día la designación de administrador.

4) Decidir en ese momento la aprobación de un reglamento de propiedad, por lo menos con efectos internos y algunos alcances hacia el exterior y se podría pensar, para evitar discusiones en particular, la adhesión transitoria a un reglamento modelo por ejemplo, el de la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal.

De esta manera, se podría ir regularizando el estado de situación del edificio hasta la inscripción del reglamento definitivo.

Saluda a Ud. muy atte.

Dr. Juan Antonio CostantinoEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

---

El Dr. Juan Antonio Costantino se desempeña como Profesor Titular de la cátedra "Derecho Procesal Civil" de la Facultad de Abogacía de la Universidad Nacional de Mar del Plata, es autor de varios libros de Propiedad Horizontal y de Derecho Procesal Civil y para cualquier consulta se le puede mandar un e-mail a phcostantino@arnet.com.ar


Impuestos

Vencimientos Mensuales

En nuestro sitio www.PequenasNoticias.com.ar están publicados los vencimientos impositivos correspondientes al mes de Octubre/2008, a los que se puede acceder picando con el mouse en el ítem vencimientos del menú que aparece a la izquierda de la ventana principalEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Rincón Solidario

Dra. María Cristina CarreraContesta la Dra. María Cristina Carrera

Desde este rincón los profesionales contestan a propietarios, encargados, proveedores y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas.

Rincón Solidario

Realizó tareas de limpieza durante l4 años

Se trata de una empleada que realizó tareas de limpieza en un consorcio durante l4 años, 2 veces por semana.

Se retiró hace un año por su propia voluntad.

El administrador nunca confeccionó recibos de sueldo ni realizó aportes.

En la actualidad, la empleada consultó a un abogado y solicita audiencia de conciliación.

¿Tiene derecho al reclamo?

Gracias por responderme.

Francisca

(18/10/2008)

Estimada Francisca:

Corresponde aclararle que antes del pedido de audiencia de conciliación debe haber existido algún intercambio telegráfico del que Ud. no da razón en la consulta, por lo que sería prudente que le solicitara un informe al administrador de los antecedentes de la situación y cuál es la causa por la que durante el período de la relación de trabajo no se registró a la trabajadora. 

En cuanto a su duda respecto a si tiene derecho a efectuar reclamos y pedir la audiencia de conciliación, le informo que el plazo de prescripción (o sea el tiempo para ejercer su derecho) en la Ley de Contrato de Trabajo es de dos años. La ídole del mismo va a depender de cómo se haya instrumentado el intercambio telegráfico, si es que lo hubo.

Tenga en cuenta que el administrador, como representante legal del consorcio, infringió la ley por lo que mal pudo intimar a la empleada por abandono de tareas, que es la conducta a seguir cuando un trabajador hace abandono del mismo. En cuanto a la trabajadora que se retiró por su propia voluntad debió presentar su renuncia pero la circunstancia de no estar registrada (responsabilidad del consorio) devino a que se produjera la situación que Ud. plantea. 

Un saludo cordial

María Cristina CarreraEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

---

La Dra. María Cristina Carrera es abogada especialista en derecho laboral y para cualquier consulta se le puede escribir a dramccarrera@yahoo.com.ar o llamarla al teléfono (15)5466-9921.


Dra Liliana M. Corzo y Dra. Diana C. Sevitz

Co-conductoras del programa radial 

CONSORCIOS HOY

En su 6ta. temporada en el aire se complacen en informar a sus oyentes que además de poder escuchar el programa los días miércoles de 18 a 19 hs en vivo, el programa se repetirá por la misma emisora los días domingos de 19 a 20 hs.-

FM Urbana 88,3 www.fmurbana.com.ar 

radio@fmurbana.com.ar

El portal 

de los administradores y consorcistas.

 ADMINISTRADORESph.com.ar 

Para encontrar todos los datos de la propiedad horizontal en un solo lugar.

Visítelo aquí.


Correo de Lectores

Una enfermedad infecto contagiosa

Me gustaría saber si se puede echar a un encargado que tiene una enfermedad crónica infecto contagiosa. De ser así, qué indemnizaciones le corresponde. Además, su mujer, ayuda con las tareas. ¿Puede su mujer ejercer alguna clase de acción por los servicios prestados? Este señor no quiere abandonar el inmueble, ¿es legal esa retención? Cabe mencionar que se le adeudan 3 meses de sueldo, ¿eso se sumaría a la indemnización de tener que pagarla? 

Muchas gracias.

Mara

(15/10/2008)

Estimada Mara, tu pregunta no es fácil de contestar y vas a necesitar hacerle una consulta a un profesional porque hay muchas cuestiones en las que indagar como, por ejemplo, el motivo por el cual no se le abona el sueldo desde hace tres meses y, por ende, los aportes y contribuciones.

De todas formas con respecto a tu consulta sobre el despido "con" causa, que creo es a dónde apunta tu pregunta, el artículo 5º de la Ley 12.981 (Estatuto del Encargado) considera solo cuatro situaciones que son:

a) Condena judicial por delitos de acción pública...

b) Abandono del servicio; inasistencias o desobediencias reiteradas e injustificadas de sus deberes y a las órdenes que reciba en el desempeño de sus tareas.

c) Enfermedad contagiosa crónica que constituya un peligro para los inquilinos de la casa, previo pago de las indemnizaciones correspondientes de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.

d) Daños causados en los intereses del principal por dolo o culpa grave del empleado o incumplimiento reiterado de las demás obligaciones establecidas en el artículo 4 de esta ley.

Con respecto al punto c), si es el caso que contás en el mail, deberá estar todo certificado por un médico y la guía de un abogado la necesitarás para asegurarte que todo los pasos a seguir sean los correctos. Según lo que vos decís, hay varias irregularidades que se deberían encauzar.

Si no hubiese justa causa, los ítems a liquidar por cualquier despido sin causa son:

a)

Indemnización por antigüedad (No lleva aportes ni contribuciones)

b)

Indemnización sustitutiva de preaviso (No lleva aportes ni contribuciones)

c)

Integración mes de despido, para el caso en que el despido no se haya producido al finalizar el mes, se deben liquidar también los días no trabajados, o sea los días a integrar. (No lleva aportes ni contribuciones)

d)

S.A.C. sobre Preaviso e integración mes de despido (No lleva aportes ni contribuciones)

e)

Liquidación de sueldo por días trabajados (Lleva aportes y contribuciones)

f)

S.A.C. por el tiempo trabajado (Lleva aportes y contribuciones)

g)

Indemnización por vacaciones no gozadas (No lleva aportes ni contribuciones)

h)

S.A.C. sobre vacaciones no gozadas (No lleva aportes ni contribuciones)

g)

Doble indemnización: Dto. 1433/05:A partir del 1º de diciembre de 2005 se reduce al 50% las indemnizaciones por despidos sin justa. Esta disposición no resultará aplicable a los empleadores respecto de los contratos celebrados en relación de dependencia, en los términos de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, a partir del 1° de enero de 2003, siempre que éstos impliquen un aumento en la plantilla total de trabajadores que el empleador poseía al 31 de diciembre de 2002. (Nota: esto se está tratado actualmente y hay muchas probabilidades de que se quite prontamente)

Un saludo grandote.

MFLEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Correo de Lectores

No me queda clara la consulta

Buenas tardes: Quisiera saber si aún teniendo dos días libres entre semana, me corresponde cobrar doble los domingos. Un saludo y gracias de antemano.

Isabel.

(18/10/2008)

Hola Isabel, me cuesta mucho entender tu pregunta porque no se en el contexto que la hacés. ¿Sos encargada de un edificio?, ¿trabajas de lunes a viernes?, ¿hacés la suplencia de alguien?

Escribime un poco más para poder ayudarte.

Saludos.

MFLEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Correo de Lectores

¿Aumento de antigüedad en septiembre?

Les agradecería me informaran si en el mes de septiembre los encargados han tenido un aumento en el concepto antigüedad. Desde ya les agradezco su respuesta.

Ester

(16/10/2008)

Estimada Ester, en el mes de septiembre no hubo aumento del plus por antigüedad, salvo que el trabajador haya cumplido un año más de trabajo y de ahí surja el aumento. A partir del mes de agosto el importe de un año de antigüedad es de $31,26 (el 2% de $1563, importe básico de un Ayudante permanente sin vivienda de 4º categoría).

Un saludo grande.

MFLEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


¿Qué significan las siglas?

ACCABA: Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

ACRA: Arbitros de Consumo de la República Argentina

ADEPROH: Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la Propiedad Horizontal RA

AFIP: Administración Federal de Ingresos Públicos

AIERH: Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal

AIPH: Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal AIPH 

API: Asocición Propietarios de Inmuebles

APBR: Asociación de Propietarios de Bienes Raíces

APROPHMAR: Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata.

CABA: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

CACCyC: Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas

CAPHBByZ: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de Bahía Blanca y Zona.

CAPHPBA: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires

CAPHyAI: Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias

CAPRA: Cámara de Propietarios de la República Argentina

CCT: Convenio Colectivo de Trabajo

CEDDDA: Camara Empresarial de Desinsectacion, Desrodentizacion y Desinfeccion Ambiental

CGPC: Centro de Gestión y Participación Comunal de la Ciudad Autónoma de Bs. As.

CIA: Cámara Inmobiliaria Argentina

CUIL: Clave Única de Identificación Laboral

CUIT: Clave Única de Identificación Tributaria

FAC: Federación Argentina de Consorcios

FATERyH: Federación Argentina Trabajadores Edificios Renta y Horizontal

FECIBA: Federación Económica de la Ciudad de Buenos Aires

FEDECO: Federación de Asociaciones de Consorcios

FRA: Fundación Reunión de Administradores

ICI: Instituto de Capacitación Inmobiliaria

INADI: Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo

LCPH: Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal

RCD: Red de Consorcistas Damnificados 

ReDeCo: Reafirmación de los Derechos del Consorcista

SUTERH: Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal

UADI: Unión Administradores de Inmuebles

UCRA: Unión de Consorcistas de la República Argentina

UCRAMDP: UCRA Mar del Plata

UMIPH: Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal


Boletín de Pequeñas Noticias

Número de Edición: 360 (1º edición)

Fecha de publicación: 22 de octubre de 2008

Director y propietario: Claudio García de Rivas

Redacción: M Fabiana Lizarralde y Paula Daiana Marrón

Colaboradores: Dra. Victoria Loisi, Adm. León Estrugo, Cra. Viviana Grinberg, Dr. Jorge Maldonado, Cr. Sebastián Wolkowicz, Dra. Diana Sevitz, Raúl Guinzburg, Dra. María Cristina Carrera, Dr. Juan Iglesias y Dr. Jorge Resqui Pizarro - Ilustraciones y caricaturas: Shúfer - Dirección: Gral. César Díaz 2761 (1416) Capital Federal - República Argentina - Teléfono/Fax: 4581-3906 Teléfono: 3526-1806 - Móvil: (15)5981-3791 - E-mail: director@PequenasNoticias.com.ar - URL´s: www.PequenasNoticias.com.ar


Datos personales del suscripto:

Nombre y apellido: !*LAST_NAME*!, !*FIRST_NAME*!

E-mail: !*EMAIL*!


Los suscriptos de Pequeñas Noticias estan protegidos por la Ley 25.326 (Registro Nacional de Bases de Datos)


Si quiere suscribir, en forma gratuita a un amigo al Boletín de Pequeñas Noticias tiene que mandarnos un e-mail a: suscripcion@PequenasNoticias.com.ar con la palabra SUSCRIPCIÓN GRATUITA en el asunto del mensaje y en el texto: la razón social de la empresa (si existiera), su nombre, su dirección, su teléfono, la forma en que nos conoció y, por supuesto, su e-mail. En caso de querer cancelar la suscripción envíenos un e-mail desde el e-mail de su suscripción con las palabras CANCELAR SUSCRIPCIÓN en el asunto del mensaje.


Las notas firmadas representan las opiniones de los autores y no necesariamente las del editor. Registro de Propiedad Intelectual en trámite. 9041 es marca registrada y Pewen es marca en trámite de registración (Actas Nº: 2198663 y 2198664) de Claudio García de Rivas, todas las demás marcas registradas que pudieran ser nombradas en el presente boletín, son propiedad de sus respectivos dueños y/o representantes legales.


Socio fundador de la Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal (UMIPH)

Las notas firmadas reflejan las opiniones de sus autores y no necesariamente las de Pequeñas Noticias - La presencia tanto de las publicidades como de las gacetillas de prensa no implican juicio de valor sobre los productos y/o servicios que puedan ofrecer - Prohibida la reproducción total o parcial sin la autorización fehaciente de Pequeñas Noticias