Boletín de Pequeñas Noticias la comunidad consorcial como espejo de la sociedad Miércoles 19 de Octubre de 2011 - Nº: 447 |
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¿Qué significan las siglas?: Las abreviaturas más frecuentes |
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Administración Bernetti RPA CABA Nº 1188 Consorcios, fideicomisos, barrios privados y club de campo. Operaciones inmobiliarias
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Efemérides consorciales: Efemérides consorciales: el 20/10/2005, la legisladora porteña Silvia La Ruffa solicitó al Poder Ejecutivo que -a través del organismo correspondiente- presente un informe sobre cómo se está aplicando la Ley 941 que creó el Registro Público de Administradores de Consorcios en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (RPA). |
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Registro Público de Administradores [BPN-19/10/11] El Dr. Juan Manuel Gallo, director de Defensa y Protección del Consumidor, dejó sin efecto la Disposición Nº 525 que establecía la contratación de un seguro de caución por parte de los administradores de consorcios. La norma lleva el número 2.092 y fue publicada el pasado 12 de octubre en el Boletín Oficial de la ciudad de Buenos Aires Nº 3.767. De acuerdo a los considerandos de la nueva disposición, la medida obedeció a que "el Juzgado Contencioso Administrativo y Tributario Nº 15, secretaría Nº 30 de la Ciudad de Buenos Aires […] dicta Medida cautelar cuya parte resolutoria ordena suspender los efectos de la Disposición Nº 525". Al respecto, cabe mencionar que la medida adoptada por ese tribunal obedeció a la presentación –el pasado 16 de junio- de una medida cautelar realizada por la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) en la que solicitó que se deje sin efecto la obligación de los administradores de contratar un seguro de caución. A fines de junio, la justicia falló a favor de CAPHyAI al considerar que la Disposición Nº 525 "resulta prima facie ilegítima por exceder el ámbito de competencia del órgano administrativo que la dictó". BPN Nº 438 del 6 de julio de 2011: "La CAPHyAI suspendió la Disposición 525". |
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Efemérides consorciales: Efemérides consorciales: el 23/10/2007, en el Salón Presidente Juan Domingo Perón de la Legislatura porteña, la Comisión de Legislación General y del Trabajo realizó una reunión con los representantes de las entidades de los administradores para tratar la creación de un Colegio Público de Administradores en esta ciudad. |
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Registro Público de Administradores Los Loisi presentaron cuatro proyectos [BPN-19/10/11] El pasado 13 de octubre el Dr. Osvaldo Loisi, presidente de la Fundación Liga del Consorcista, puso a disposición de Gabriela Pilar Saldivia, coordinadora del Registro Público de Administradores (RPA), cuatro proyectos elaborados por la entidad. Entre las iniciativas presentadas se encuentra la de "informatización del RPA", que lleva la firma de su hija, la Dra. Victoria Loisi. La reunión tuvo lugar en la sede de la Liga del Consorcista. Además del proyecto de informatización, se le entregó a Saldivia un documento dirigido al Dr. Juan Manuel Gallo, director de Defensa y Protección del Consumidor. En él, el Dr. Loisi propuso que se cree "una entidad oficial: algo semejante a un ‘Instituto de la Propiedad Horizontal’, donde como una cartera privilegiada de la administración pública se contemple toda la problemática del sector". Los tres proyectos restantes elaborados por la Liga del Consorcista fueron: - La implementación de una Jurisdicción Arbitral Obligatoria "que tiende a lograr dentro del ámbito de los consorcios una justicia rápida". - La distinción conceptual entre expensas ordinarias y extraordinarias en beneficio de propietarios e inquilinos. - La creación de una Auditoría Honoraria Asesora para colaborar con Defensa del Consumidor en la elaboración de la futura normativa. La informatización del registro Este proyecto tiene como objetivos fundamentales "agilizar las tareas del RPA" y "hacerlo un ámbito de control público útil para toda la comunidad consorcial". Para ello, propuso la "presentación online de todas las gestiones por parte del administrador, el acceso a la información en forma pública e irrestricta por parte de los interesados [y] la posibilidad de hacer denuncias y el seguimiento de los trámites por Internet". Gestiones en forma online De acuerdo al proyecto, "el administrador podrá presentar sus Declaraciones Juradas por Internet", a través de su dirección de correo electrónico, su número de RPA y una clave de acceso otorgada por el organismo. En caso de que sea necesario acompañar la presentación con documentación, "podrá agregarse al formulario como archivos adjuntos escaneados, declarándose [el administrador] responsable por la veracidad de sus contenidos mediante Declaración Jurada". Acceso a la información Esta iniciativa aclaró que si bien la documentación que el administrador presente ante el RPA "resulta protegida por la Ley de Habeas Data", debe admitirse que "el conocimiento de dicha información es importante para que los consorcistas se informen sobre el cumplimiento de sus mandatarios de la normativa vigente". Por tal motivo, previó que "cierta información debería ser de carácter público […] para todo aquel que ingrese al sitio Web del Registro". Al respecto, el proyecto planteó que el RPA deberá dar a conocer con qué consorcios trabaja el administrador, si fue sancionado por el organismo y si saldó las multas, en caso de poseer. Las denuncias Para poder realizar denuncias en forma online el propietario interesado "deberá concurrir una única vez al RPA a efectos de registrarse". Para tal fin, tendrá que presentar su Documento Nacional de Identidad, Cédula o Pasaporte, acreditar un domicilio en la ciudad de Buenos Aires y una cuenta de correo electrónico "que servirá de domicilio virtual a todos los efectos legales". El RPA "le emitirá un usuario y el propietario creará una clave en el momento". "Con su usuario, clave de acceso y dirección de correo electrónico, el propietario podrá ingresar al sitio Web del RPA y cargar una denuncia, la cual deberá permitir la incorporación de archivos adjuntos con los elementos probatorios". Finalmente, el RPA deberá proporcionarle al propietario la fecha de ingreso de la denuncia y el texto completo de la misma; el número y ubicación física del expediente administrativo generado; todas las resoluciones ingresadas al expediente, con su fecha, el texto completo y la identificación y cargo que ocupa el funcionario que las firmó; los traslados conferidos, sus fechas y las respuestas del denunciado. --- Foto: Liga de Consorcista |
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CARRERA TERCIARIA ADMINISTRACIÓN DE CONSORCIOS Y URBANIZACIONES MODERNAS TÍTULO OFICIAL - Res. Nro. 774/01 - DURACIÓN DOS AÑOS Única en el país "PRESENCIAL Y A DISTANCIA" Prepárese para enfrentar un mercado competitivo con mayores complejidades
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Efemérides consorciales: Efemérides consorciales: el 29/10/2009 y el 30/10/2009, se realizaron las primeras Jornadas nacionales de Derecho de la Propiedad Horizontal: hacia una reforma integral de la ley 13.512. El objetivo era hacer un análisis de la ley para poder recrearla y adaptarla a la realidad que se vive a más de 60 años de su sanción. |
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Registro Público de Administradores Los excluidos ya fueron excluidos [BPN-19/10/11] El pasado 7 de octubre se publicó en el Boletín Oficial (BO) <archivo PDF> de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la Disposición Nº 3.761 y en su anexo <archivo PDF> el listado de los 3.549 administradores dados de baja del Registro Público de Administradores (RPA) por no haber cumplido con el reempadronamiento. La norma se mantuvo publicada en el BO durante tres días.De acuerdo al artículo 2º de la disposición, los administradores dados de baja podrán reinscribirse en el RPA a partir de octubre del año 2012, tal como adelantó este medio en el boletín Nº 446 del pasado 4 octubre De acuerdo a los considerandos de la norma, debe establecerse un "corte entre la baja y la inscripción", con el objeto de "evitar fraude a la administración pública dando posibilidad a que los administradores incumplidores se inscriban nuevamente de manera inmediata y así eviten las obligaciones emergentes de su continua actividad". Cabe recordar que los administradores dados de baja no podrán ejercer la actividad durante un año, de lo contrario serán pasibles de "inicio de actuaciones sumariales, de oficio o por denuncia de interesado". Por otra parte, los consorcios que los administradores dados de baja hayan declarado en su momento serán notificados por el RPA. |
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Asociación Civil de Administradores de Consorcios de P.H. - AIPH CURSO DE ACTUALIZACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO AÑO 2011 PARA ADMINISTRADORES DE CONSORCIOS DE PROPIEDAD HORIZONTAL Duración del curso: 4 días (8 hs. en total). Mínimo de asistencias: 75%. Certificado oficial de la Institución apto para renovar la matrícula ante el RPA (aprobado por la Dirección Gral. de Defensa y Protección al Consumidor de la CABA) Costo: Socios: $225.- / Socios que adelantaron el año completo: sin cargo / No socios: $450.- Se dictará en: La Asociación Ex-Alumnos del Lenguas Vivas sito en Paraguay 1935 1er. Piso CABA. Requisitos: ser Administrador inscripto en el RPA. Informes e inscripción: info@aiph.com.ar o info.aiph09@gmail.com / 4781-5585/8234 Vacantes limitadas - Info: www.aiph.com.ar |
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Efemérides consorciales: Efemérides consorciales: el 30/10/2006, en el Salón San Martín, se realizó un encuentro sobre la Problemática de los Consorcistas de la Ciudad de Buenos Aires. |
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Registro Público de Administradores libro de Control Sanitario ya es gratuito[BPN-19/10/11] El pasado viernes 7 de octubre fue publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la Disposición Nº 3.359, mediante la cual el Dr. Juan Manuel Gallo, director de Defensa del Consumidor, dispuso que el Libro de Control Sanitario y Agua Potable sea autorizado en forma gratuita en la sede del Registro Público de Administradores (RPA) y no ya ante escribano público. Tampoco será necesaria la firma del Director Técnico. El artículo 1º de la disposición estableció que el Libro de Control Sanitario será autorizado en el RPA "en caso de contar con el formato estipulado", tal como adelantó en forma exclusiva Pequeñas Noticias en su boletín número 443 del 7 de septiembre pasado. De acuerdo a los considerandos de la norma, el objetivo es "evitar costos innecesarios para los consorcistas" y "agilizar la puesta en marcha del control del cumplimiento de las obligaciones establecidas para la limpieza y desinfección de tanques de agua" El Director Técnico El artículo 2º de la norma dispuso que ya no será necesaria la firma del Director Técnico en los libros aunque sí es "requisito esencial e ineludible la firma del administrador o representante legal del consorcio". Según los considerandos "la experiencia ha demostrado que la firma del Director Técnico en el ‘Libro de Control Sanitario y Agua Potable’ no es indispensable siempre que el administrador complete la información requerida y plasme su firma". Al concluir, se aclaró que "se han ido generando los libros obligatorios nuevos cuya información deberá trasladarse a las declaraciones juradas anuales conforme el artículo 12º de la Ley 941 al mismo tiempo que deberán permanecer en el domicilio del consorcio para futuros requerimientos". |
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Efemérides consorciales: Efemérides consorciales: el 30/10/2007 la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI), la Unión Administradores de Inmuebles (UADI), la Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH), la Fundación Reunión de Administradores (FRA) y Administradores Independientes de Propiedad Horizontal (AIPH) se reunieron para tratar el proyecto de ley que promueve la creación de un Colegio de Administradores en la CABA. |
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Cámara Inmobiliaria Argentina 5º "Business Point Inmobiliario" [BPN-19/10/11] El pasado jueves 13 de octubre la Cámara Inmobiliaria Argentina (CIA) realizó el 5º "Business Point Inmobiliario" en el Hotel Americas Tower de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El acto de apertura estuvo a cargo de Néstor Walenten, presidente de la CIA, quien hizo entrega de medallas recordatorias a cada uno de los disertantes y agradeció a los presentes. Disertantes El primero en exponer fue el actual gobernador de la provincia de San Luis y candidato a presidente, Alberto Rodríguez Saá, quien disertó acerca de "Estrategias para déficit habitacional cero: caso San Luis" < ver nota>. Luego fue el turno del Arq. Rubén Pesci quien habló acerca del "Desarrollo sustentable para mejorar la calidad de vida" <ver nota>. El ministro de Desarrollo Urbano de la ciudad de Buenos Aires, Arq. Daniel Chain, disertó acerca de "Obras civiles de la cuenca arroyo Maldonado" <ver nota>.Por su parte, la rectora del Instituto de Capacitación Inmobiliaria (ICI) de la CIA, Arq. Estela Reca, tuvo a cargo el panel "De idóneo a profesional: la capacitación como diferencial del profesional de hoy". La Dra. María Eva Baccaro disertó acerca de "Coaching y Liderazgo: herramientas para una gestión efectiva". El Lic. Plácido Cosentino expuso sobre "Nuevas herramientas del Marketing Inmobiliario" y, finalmente, el Dr. José Salinas disertó acerca de las "Nuevas normativas en lavado de dinero. El inmobiliario como agente de información". |
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Efemérides consorciales: Efemérides consorciales: el 01/11/2007, los consorcistas manifestaron su rechazo a la creación de un Colegio Público de Administradores, en la puerta de la Legislatura porteña. Lo hicieron en forma conjunta con el Colegio de Abogados de la Capital Federal (CACF) que exigía la derogación de la caja de jubilación (CASABA). |
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5º "Business Point Inmobiliario [BPN-19/10/11] Alberto Rodríguez Saá, gobernador de San Luis, explicó de qué manera su provincia logró reducir a cero el déficit habitacional y evitar los sobreprecios en la construcción de viviendas. "Si solucionas el problema de la gente humilde, estás solucionando el problema de todos", aseguró durante el evento realizado por la Cámara Inmobiliaria Argentina (CIA) < ver nota>.De acuerdo a Rodríguez Saá, el gobierno de San Luis construyó a la vera de los aeropuertos viviendas productivas para microemprendedores y jóvenes profesionales que poseen un salón multiusos común, ubicado en el centro de la manzana, para que puedan desarrollar sus proyectos. Ante las preguntas de los inmobiliarios sobre la posibilidad de que esas viviendas ingresen al mercado, Rodríguez Saá explicó que "implementamos planes" para tal fin y agregó además que "se hicieron acuerdos con las escribanías para que la escrituración sea rápida y las viviendas sociales ingresen al mercado". "No pasa solamente porque el Estado construya viviendas. Tenemos que tener un plan donde participen el sector privado y los bancos", explicó el Gobernador. Al respecto, declaró que "los bancos tienen que tener la tasa [de los créditos hipotecarios] subsidiada para que la economía funcione".
De la periferia al centro "En San Luis aplicamos una hermosa teoría de desarrollo: de la periferia al centro. Si nosotros trabajamos para la periferia, al centro llega todo", aseguró. Y agregó: "si nosotros trabajamos para los ricos va a haber más pobres en Argentina, pero si nosotros trabajamos para los pobres, todos vamos a ser ricos alguna vez". De acuerdo a Rodríguez Saá es necesario realizar estudios sobre la periferia y luego planificar. Según declaró, la construcción de viviendas sociales genera fuentes de trabajo, ya que "cada vivienda implica dos o tres trabajadores, con lo cual estamos hablando de tres millones de fuentes de trabajo directas". La SAPEM Durante la disertación, Rodríguez Saá aseguró que "los problemas para construir son la burocracia, la corrupción y los sobreprecios". Con respecto al último "problema" explicó que San Luis lo solucionó al crear la Constructora San Luis SAPEM "que es una sociedad anónima con participación estatal mayoritaria". De acuerdo al Gobernador, SAPEM tiene la obligación de presentarse en las licitaciones a precio de mercado. De esta forma, si la empresa privada se presenta con sobreprecios gana la constructora estatal. En cambio, si ambas se presentan a precio de mercado resultará beneficiada la empresa privada. |
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Nivel Básico teórico/práctico Seguimiento personalizado Informes en el TE: 3526-1806 y 4581-3906 |
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Efemérides consorciales: Efemérides consorciales: el 02/11/2004, la Fundación Reunión de Administradores (FRA) realizó la 13º Convención de Administradores de la Propiedad Horizontal en el Palacio San Miguel de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. |
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5º "Business Point Inmobiliario inmobiliarios pasarán por el sur[BPN-19/10/11] El Arq. Daniel Chain, ministro de Desarrollo Urbano de la ciudad de Buenos Aires, expuso las medidas implementadas por el Gobierno de la ciudad para "revitalizar los barrios del sur" y fomentar las inversiones en zonas no tradicionales. Al respecto, citó como ejemplo, durante su disertación en el evento organizado por la Cámara Inmobiliaria Argentina (CIA) < ver nota>, la creación del Distrito Tecnológico en los barrios de Parque Patricios y Nueva Pompeya.Acompañado de filminas explicativas, Chain aseguró que "el sur queda cerca" y que uno de los objetivos del Gobierno de la ciudad es lograr "una ciudad más equilibrada". De acuerdo al ministro de Desarrollo Urbano, "hoy las inversiones [tanto privadas como públicas] están puestas mirando al sur de la ciudad"
Según declaró, el Estado tomó la iniciativa de revitalizar al sur por las "enormes posibilidades de productividad" que presenta esa zona y por la creciente saturación constructiva en el norte. "Encontrar petróleo en el lugar donde ya se hicieron todos los pozos y se extrajo todo, va a ser muy difícil", subrayó Chain. "Se crea la necesidad de que el Estado genere las condiciones de inversión del sector privado promoviendo la infraestructura y un ejemplo de ello son los distritos tecnológicos, claves para el progreso", aseguró el Ministro. Al respecto, declaró que el valor de los terrenos cercanos al Distrito Tecnológico aumentó en un 79,19%. |
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Perlitas: Aunque somos nuestro propio tiempo, a veces somos el tiempo de otros y otros son nuestro tiempo, a veces sin quererlo, a veces queriendo, a veces durmiendo, a veces despiertos (Doménico Cieri Estrada). |
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5º "Business Point Inmobiliario son trabajo inteligente y no especulación"[BPN-19/10/11] El Arq. Rubén Pesci, presidente de la Fundación CEPA, explicó, durante su disertación en el encuentro organizado por la Cámara Inmobiliaria Argentina (CIA) < ver nota>, el concepto de "ciudades sustentables" y aseguró que es allí donde reside la oportunidad de negocios tanto para inmobiliarios como para desarrolladores. "Si crecimiento es igual a alteración de recursos naturales, es un malísimo desarrollo. Tenemos que empezar a ir a la causas. Hay que descentralizar y pensar diferente", subrayó.De acuerdo a Pesci, la definición de sustentabilidad más ajustada hacia la meta de un futuro mejor y diferente sostiene que para que un determinado sistema o área sea sustentable, se debe conseguir crecimiento económico en un marco de mayor equidad social y de cuidado ambiental. Al respecto, aseguró que "la ciudad sustentable es el negocio y el negocio es un trabajo inteligente y no una especulación". "Están creciendo las organizaciones sociales, que tienen ideas, que tienen posición, están creciendo los abogados ambientalistas, esta creciendo la aplicación de las leyes. Entonces tenemos que tener un planteamiento, simple, sencillo y donde todos tengan lugar", declaró.
Según Pesci, el primer valor de establecer un barrio de viviendas -además de que tenga servicios- es que tiene que estar cerca del lugar de trabajo de sus habitantes. Para conformar un barrio, las viviendas "no se pueden tirar en alguna tierra que sobró. Si entran en el mercado a vender cualquier cosa al inmobiliario le cabe una responsabilidad", declaró. "El inmobiliario que vende una mala tierra, debería ir preso. De esa forma estaríamos entrando en un terreno de cambio importante", destacó. La CABA no es una ciudad sustentable Durante su disertación, Pesci explicó que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires "no es una ciudad sustentable", sino que es, en cambio "un pedazo macrocefálico donde no hay ciudad sino una agregación de casas y calles". Por otra parte, expresó que "no podemos seguir haciendo barrios cerrados donde la vida artificial empieza a tratar de salvarse de la vida real. Esto no es vida, es una vida ficticia para tratar de salvarnos de los males que tenemos". Pesci se refirió además a los barrios de emergencia (villas) y explicó que "hay que relocalizar en el mismo lugar. Convertir a esas personas en ciudadanos y crearles edificios, porque sino no salimos nunca del atropello". Agregó además que "tenemos que terminar con la exclusión que solamente es fuente de indignidad, de marginalidad y de posible tendencia a la delincuencia". ¿Cómo debería ser una ciudad sustentable? Una de las directivas del Programa Hábitat de la Organización de Naciones Unidas para el inmediato futuro establece que, de acuerdo a Pesci, las personas deberían vivir con "todo alrededor", es decir, contar con el lugar de trabajo, de estudio y de salud a no más de 10 cuadras de su vivienda. Por último, expresó que el cumplimiento del programa reportaría múltiples beneficios ya que se dejaría de utilizar el automóvil, se ganarían horas de vida y se recrearía la identidad de cada barrio, entre otros |
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Perlitas: Hay personas demasiado educadas para hablar con la boca llena, pero no se preocupan por hacerlo con la cabeza hueca (Orson Wells). |
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Adm. Jorge Hernández El primer paso para la creación de un Colegio [BPN-19/10/11] Jorge Hernández, presidente de la Fundación Reunión de Administradores (FRA), manifestó su conformidad con el proyecto de ley -que ya obtuvo media sanción en la Cámara de Senadores- para crear un Registro Público de Administradores en la provincia de Buenos Aires. De acuerdo a Hernández, la progresiva creación de registros de administradores en el país generaría "esperanzas de que salga la Ley del Administrador a nivel nacional" y, en consecuencia, un Colegio de Administradores. Según declaró el presidente de FRA, durante la transmisión del programa radial Derecho de Piso, se observa "una tendencia a crear registros territoriales como base superadora a futuro". Al respecto, consideró que si se federalizan los registros "se abre la posibilidad de que la habilitación profesional del administrador sea a través de una Ley del Administrador (Colegio Público de Administradores) a nivel nacional, con la obligación de inscribirse distritalmente y cumplir determinados requisitos". Si bien no quiso dar mayores precisiones aseguró que "estamos esperando que otra provincia muy importante cree también un registro", lo que dejaría en evidencia, de acuerdo a Hernández, la necesidad de regular la profesión. "Yo creo que si hubiese tres registros fuertes en lugares importantes se caería de maduro que la Argentina tiene que saltar al siglo XXI en cuestiones de propiedad horizontal", aseguró Hernández. Ese "salto al siglo XXI", sería la creación de un Colegio Público de Administradores, de una carrera universitaria y de una habilitación a nivel nacional para ejercer la actividad. Para escuchar el audio completo de Derecho de Piso, que se trasmite los viernes a las 19 hs. por AM 1010 Onda Latina, ingrese a: <vínculo> |
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Perlitas: Nadie me dijo que habría días como estos, días extraños sin duda (John Lennon). |
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Teresa Villanueva [BPN-19/10/11] El martes 11 de octubre, la Sra. Teresa Villanueva, presidenta de la Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (ACCABA), se reunió con un grupo de propietarios para festejar el Día del Consorcista. El evento tuvo lugar en la confitería Los Olmos de la ciudad de Buenos Aires y asistió Matías Chari, asesor del legislador Sergio Abrevaya, impulsor de la Ley 3.254, modificatoria de la Ley 941. En diálogo con Pequeñas Noticias, Villanueva declaró que "nos reunimos a los fines de evaluar la situación actual". Agregó además que "han crecido los problemas y los abusos hacia los consorcistas. Por eso es importante que tengamos nuestro día: para hacernos visibles y poder dar a conocer la problemática" "La sanción de la Ley 3.254 tocó varios intereses y los afectados han reaccionado de la única manera en que lo saben hacer: creando confusión, desvirtuando el espíritu de la ley y algunos tratando de sacar ventajas economicas", aseguró Villanueva. Tal situación "perjudica siempre a la misma víctima, al consorcista que no termina de entender de qué se tratan algunos aumentos", destacó. Al concluir, expresó que "aún no se encuentran soluciones concretas con la velocidad necesaria. Los vecinos estamos ansiosos y esperamos que esto se termine de aclarar porque los aumentos continúan y nosotros ya no damos más" |
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Seguridad en Administración. ADMINISTRACIÓN STAINO S.A.
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Perlitas: El ignorante afirma, el sabio duda y reflexiona (Aristóteles). |
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Agrupación 20 de Diciembre [BPN-19/10/11] El pasado 9 de octubre la cooperativa de vivienda de la Agrupación 20 de Diciembre organizó el festejó del Día del Encargado. De acuerdo a su presidente, Jorge "Nebbia" Miño, el evento logró reunir a más de 60 trabajadores (no todos encargados), muchos de los cuales se convirtieron en nuevos asociados. "Para nosotros fue muy positivo desde el punto de vista político, para hacernos conocer y para captar la atención de los trabajadores", declaró Miño a Pequeñas Noticias. Según expresó, "fue una reunión muy amena donde se charló bastante acerca de la cooperativa y del derecho de todos los trabajadores a poder acceder a una vivienda". Durante el festejo se anunció, de acuerdo a Miño, que se va a reformar el estatuto de la cooperativa para que esté abierta no sólo a los encargados de edificio sino a todos los trabajadores en general. Al respecto, explicó que "esa modificación se va a hacer durante una asamblea en la que se votará este cambio". Al concluir, adelantó que el día sábado 22 se realizará una nueva reunión a partir de las 13:30 en Avenida Independencia 766 y que "la idea es que vengan los compañeros que querían ingresar a la cooperativa y que participen ya como socios" |
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MAS PODER PARA LOS CONSORCISTAS
Asesórese en: ReDeCo Reafirmación de los Derechos del Consorcista (11) 4856-2619 - (15) 5105-5660 |
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Perlitas: Cualquier sociedad que renuncie a un poco de libertad para ganar un poco de seguridad, no merecen ninguna de las dos cosas (Benjamin Franklin). |
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Día del Hijo del Encargado privilegiados[BPN-19/10/11] El pasado sábado 15 de octubre se celebró el Día del Hijo del Trabajador de Edificios organizado por el Sindicato Único de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal (SUTERH) en la quinta La Reja, propiedad del gremio. De acuerdo al SUTERH, las actividades recreativas y los festejos comenzaron a las 10 de la mañana. Durante todo el día se realizaron juegos, actividades recreativas y se entregaron regalos a los asistentes que disfrutaron de los quinchos, parrillas individuales y canchas deportivas ubicadas en las más de 70 hectáreas que conforman la quinta La Reja. A lo largo de todo el mes de octubre se realizaron actividades con motivo de los festejos del Día del Trabajador de Edificio -2 de octubre- y del Día del Hijo del Trabajador de Edificio. A fines de noviembre, el SUTERH cerrará el año con su tradicional cena aniversario en el predio de La Rural. |
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Perlitas: Raramente confiaremos en alguien que es mejor que nosotros (Albert Camus). |
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Medios Consorcios Hoy entró en receso [BPN-19/10/11] El programa radial Consorcios Hoy, conducido por Diana Sevitz y Liliana Corzo, entró en receso hasta el próximo año. "Este año fue de muchos cambios y actividades y uno a veces no puede reestructurarse para sacar tiempo de donde no tiene", explicó Corzo. El programa comenzó a principios de junio del año 2002, los miércoles a la tarde en la AM Radio Esmeralda. "Después pasamos a FM Urbana y ahí estuvimos mucho tiempo hasta que nos pasamos a Onda Latina, que es donde estábamos actualmente", recordó Sevitz. De acuerdo a Corzo, "la idea del programa siempre fue que brindara un servicio. Tratamos de resolver los problemas de la gente". Por su parte, Sevitz aseguró que "nuestra misión era preguntar como si estuviera preguntando el propietario que no conocía determinada temática. Aunque si teníamos que dar una opinión profesional la dábamos, tratábamos de bajar a lo sencillo, a un lenguaje fácil". Tanto Sevitz como Corzo coincidieron en señalar que lo más grato de la experiencia en radio "es el reconocimiento de la gente y sentir que el programa es útil". Sevitz destacó además el hecho de haber recibido, en el año 2004, el premio Pilas a una producción independiente en ese medio. Al concluir, señalaron que el proyecto a futuro es volver a poner al aire el programa. "Creo que a mediados de marzo vamos a poder reestructurarnos y empezar de nuevo, porque además se vienen muchas novedades en la propiedad horizontal", aseguró Corzo. |
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Perlitas: Un hombre tiene que escoger. En esto reside su fuerza: en el poder de sus decisiones (Paulo Coelho). |
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Inmobiliarias III Conferencia Internacional sobre Construcción Sustentable [BPN-19/10/11] El próximo 25 de octubre se realizará la III Conferencia Internacional sobre Construcción Sustentable y la Expo BuildGreen 2011 en el Salón Retiro del Hotel Sheraton ubicado en la Av. Leandro Alem 1.193 de la ciudad de Buenos Aires. El evento es organizado por Argentina Green Building Council (AGBC). De acuerdo a lo informado, los principales exponentes del diseño y la industria de la construcción sustentable confluirán en un mismo evento con un objetivo común: exponer las claves de otros modelos exitosos de desarrollo sustentable a partir de la edificación verde. Algunos de los temas que se tratarán durante la conferencia serán "Economía verde: tendencias en sustentabilidad", "Impacto verde: edificios certificados Leed en Sudamérica", "Realidad verde: del diseño a la construcción verde" e "Innovación & desarrollo verde: soluciones para edificios", entre otros. Algunos de los oradores serán el Sr. James Stawniczy, director nacional de sustentabilidad de la firma Lend Lease; el Dr. George Elvin, director de la firma Green Technology Forum; el Sr. Diego Amadeo, gerente de construcciones de Latin Ameria y el Sr. Giancarlo Cibrario, gerente de gestión de proyectos corporativos de Falabella. Según la AGBC, la exposición permitirá conocer a los visitantes "las realidades y las tendencias en el mundo de los 'green buildings', interactuar y relacionarse con lo más selecto de la industria y conocer a fondo el mundo de oportunidades que las edificaciones verdes pueden brindar". Para mayor información contactarse vía correo electrónico con Paula Schefer a apschefer@lstconsultora.com.ar o comunicarse al (011) 4372-4362 |
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de los administradores y consorcistas. ADMINISTRADORESph.com.ar Para encontrar todos los datos de la propiedad horizontal en un solo lugar. Visítelo aquí. |
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Perlitas: Continuamos siendo imperfectos, peligrosos y terribles, y también maravillosos y fantásticos. Pero estamos aprendiendo a cambiar (Ray Bradbury). |
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Sueldos Octubre/11 Nueva escala salarial a partir de octubre y hasta... [BPN-19/10/11] En octubre se debe aplicar el último aumento logrado por el sector de la Propiedad Horizontal, por lo cual cambiará la planilla salarial. La Resolución 223/2011, publicada en el Boletín Oficial (BO) del 12 de abril del corriente, indica "A partir del 1º de octubre de 2011 incrementar los salarios básicos de convenio con una suma de carácter remunerativo equivalente al 7.5%" y la resolución 224/2011 publicada en el BO del mismo día indicó los valores de la nueva escala salarial a aplicar. Octubre 2011
a Para cualquiera de las categorías:
Octubre 2011
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Perlitas: Un hombre inteligente es aquel que sabe ser tan inteligente como para contratar gente más inteligente que él (John Kennedy). |
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Correo de Opinión Sobre el RPA en provincia y el quorum mínimo por el Sr. Miguel Angel Fernández Estimado Claudio: Referente a las notas aparecidas en el Boletín Nº 443 de Pequeñas Noticias, me dirijo a los señores Roberto Raúl Costa y Juan Manuel Gallo a fin de hacerles conocer nuestra opinión al respecto. Señor Roberto Raúl Costa: Sobre la aprobación del proyecto para implementar un Registro Público de Administradores para regular su actividad “en tanto y en cuanto la posición de los consorcistas es más frágil”, lamentablemente no consigna en qué nos fortalecería. En primer lugar, nos parece lógico que sea la asamblea ordinaria o extraordinaria quien acuerde con el administrador sus honorarios, acorde con lo pautado en actividades similares a la suya. En cuanto a la liquidación de expensas, estimamos deberían consignarse todos los datos que contribuyan a transparentar exhaustivamente los ingresos y egresos. No creemos exagerar cuando señalamos que en Buenos Aires y sobre todo aquí, en Mar del Plata, se ha instalado la idea de que el administrador es una deidad dueña del edificio, que puede hacer lo que se ocurra, por tal razón sería muy necesario especificar con suma claridad cuáles son sus atribuciones como representante legal del consorcio en aquellos temas generales que hacen a la administración y cuáles aquellos en que necesite un poder especial de la asamblea para poder intervenier legal y legítimamente. En cuanto a la duración del mandato, entendemos debe dejarse asentado en el acta de su nombramiento que el mandato es por un año, renovable por un año más acorde a su desempeño y luego por un año intermedio. Para la remoción del administrador hay reglamentos que establecen mayorías imposibles de lograr y muchos administradores aprovechan esa circunstancia para eternizarse en el cargo, olvidando que fueron nombrados por un porcentaje exigüo de votos. A eso llamamos relativismo ético. Los propietarios deben asumir sus responsabilidades en cuanto a derechos y defensa de su patrimonio. Si no lo hacen es su problema. Por eso propugnamos la mitad más uno de los asistentes a la asamblea convocada y comunicada a todos al efecto. Caso contrario es más fácil ir caminando a la luna que removerlo. Señor Director: Juan Manuel Gallo: Con todo respeto, tenemos la impresión que jamás asistió a una asamblea de consorcio ya que por nuestras experiencias en Buenos Aires y aquí en Mar del Plata hemos anotado que, en general, concurren el 10 o 20% de la totalidad de los consorcistas, algunos con mandatos "ideados" por el administrador (o cuando no por el encargado ya que no hay manera de cotejar la veracidad de las firmas). En esta ciudad tenemos administradores con más de 40 años administrando y no porque sean excelentes sino porque recurren a cualquier artimaña legal -y la más de las veces ilegal- para perpetuarse. Si no les resulta, nombran para que les suceda un pariente con la anuencia y complicidad del encargado por aquello de "es tan bueno, me cuida el canario cuando me voy de vaciones" o "me hizo pintar la cocina y no me cobró" o "me saluda cuando salgo o llego". Señor Director, si le cuento que aquí en Mar del Plata Defensa del Consumidor está enterada, parcialmente, de que existe la Ley 24.240 y no atiende reclamos de propietarios sobre propiedad horizontal, no me lo va a creer. En días más haremos nuestra presentación y les informaremos que tal ley no puede parcializarse. Como le decimos al señor Costa, el quórum mínimo para remover al administrador debe ser la mitad más uno de los asistentes convocados a la pertinente asamblea. Con la consideración más distinguida.
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Perlitas: El progreso no consiste en aniquilar hoy el ayer, sino, al revés, en conservar aquella esencia del ayer que tuvo la virtud de crear ese hoy mejor (José Ortega y Gasset). |
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Correo de Opinión Plan de renovación de colectivos y la discapacidad por el Sr. Raúl Guinzburg Hace unos días la Presidente de la Nación lanzó un Plan de Renovación de Colectivos para la Ciudad de Buenos Aires instrumentado por créditos blandos para que las empresas de transporte público reequipen sus unidades, que serán implementadas por los Ministerios de Industria y Planificación en forma conjunta. El programa está destinado a 9.700 micros de las líneas de colectivos que tienen cabecera en la Ciudad Autónoma y que circulan por el Gran Buenos Aires. La renovación de los mismos, entre los cuales existe un 25% con más de diez años de antigüedad, tiene como objetivo mejorar la calidad del servicio y garantizar la producción nacional de micros. Pero no explicó cómo se va a garantizar que los mismos tengan la accesibilidad normada en la Ley 24.314 Sistema de Protección Integral de los Discapacitados - Accesibilidad de Personas con Movilidad Reducida, que en el sistema de transporte colectivo se viene transgrediendo desde hace muchísimos años con resoluciones inferiores a la ley prorrogándo una y otra vez el vencimiento del período máximo establecido para las renovaciones, así como la habilitación irregular de unidades comunes al renovar el parque automotor en vez de accesibles, basadas en la nota ST Nº 388 del 25/03/04, firmada por el entonces secretario de transporte y que sigue vigente a la fecha. El artículo 20º de la Ley 22.431 “…obliga a suprimir barreras físicas en el ámbito del transporte, al remodelar o sustituir, en forma total o parcial, sus elementos constitutivos, con el fin de lograr la accesibilidad para las personas con movilidad reducida”. Al establecer el cronograma de incorporación de vehículos accesibles por renovación del parque automotor, su reglamentación no menciona que los vehículos a incorporar con aditamentos de accesibilidad deben ser unidades nuevas cero kilómetro. En su oportunidad, mediante la nota ST Nº 388 del 25/03/04, la Secretaría de Transporte emitió directivas de interpretación para los trámites referidos a las altas y bajas de vehículos. En la misma y poniendo de manifiesto una acción artera y maliciosa, marca las diferencias entre renovación y sustitución, permitiendo dar de alta a unidades comunes cuando las empresas cumplan con la frecuencias mínimas establecidas, hecho que tampoco ha sido y es cumplida hasta la fecha. Dicha diferencia, consiste en denominar “Renovación” al reemplazo de vehículos del parque móvil, cuando éste se efectúa mediante la incorporación de unidades nuevas cero kilómetro; y “Sustitución” cuando se realiza mediante la incorporación de otras unidades usadas. Al definir “renovación” como el reemplazo de unidades que se efectúa mediante la incorporación de unidades nuevas cero kilómetro, se modifica por nota el espíritu y la letra de la ley ya que la misma, como expresamos “su reglamentación no menciona que los vehículos a incorporar con aditamentos de accesibilidad deben ser unidades nuevas cero kilómetro”. Por estas anormalidades y en prevención de que se sigan incumpliendo las leyes en vigencia con argucias y en connivencia con las empresas de transporte es que la Defensoría del Pueblo de la Nación en base a denuncias al respecto dictó la Resolución N°45/2011. La misma indica: “Recomendación 45/11 Sobre la incorporación de unidades no aptas para el transporte de personas con discapacidad en las empresas de transporte de pasajeros por automotor bajo el control de la jurisdicción nacional en clara violación de lo establecido en la Constitución Nacional en materia de derechos humanos y sociales, Art. 75 Incs. 22 y 23, la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica), la Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad, la Convención Internacional sobre Derechos de Personas con Discapacidad, Leyes Nacionales Nº 22.431, Nº 25.280, normas modificatorias y reglamentarias. Se recomendó a la Secretaría de Transporte de la Nación que revierta con carácter urgente y deje sin efecto, las arbitrarias directivas e interpretaciones dispuestas por medio de las notas ST Nº 388 del 25/03/04 y S.F y S.S Nº 674/04 del 29/03/04, por ser contrarias a las normas vigentes (Ley Nº 24.314 y decretos reglamentarios). Por ello ahora nuestro colectivo desconfía, y con razón, de los nuevos “programas” sobre el transporte público de pasajeros, llámese como se llame, que estimamos no es para beneficio de las personas con discapacidad y/o movilidad reducida, sino para los empresarios del transporte. Esperamos que la Presidente de la Nación tome conciencia plena de nuestros requerimientos en esa materia y respete nuestros derechos como ciudadanos y como integrantes de la masa vulnerable y que una vez por todas cumpla y haga cumplir, precisamente, las leyes que nos amparan.
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Perlitas: La historia no es una ciencia; es el arte de mostrar una cara limpia y esconder un culo siniestro (Leopoldo Marechal). |
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Rincón Solidario El tablero de electricidad está en pésimas condiciones Necesito resolver un problema que se plantea en el consorcio: El tablero de electricidad general está en pésimas condiciones. Los cables que van a mi departamento no son los que necesito para el consumo que tengo. Quiero instalar otro aire y al decir de los electricistas el cableado no lo soportaría. Lo plantee en una reunión de consorcio y no quieren que se me cambie el recorrido desde el sótano a la entrada de mi departamento. Cabe aclarar que el reglamento dice que "las instalaciones de luz, gas, etc., desde los tableros hasta la entrada del departamento corresponden al consorcio". ¿Cómo puedo resolverlo?. ¿Si les envío carta documento pueden negarse? Muchas gracias. Cristina (8/9/2011) Estimada Cristina: De acuerdo a vuestro relato el reglamento de copropiedad de su consorcio indica que los cables a cambiar serían propiedad del consorcio, la instalación resulta obsoleta para el uso que Ud. le quiere dar a la misma dentro de su unidad por lo que muchos consorcios tomarían esto como una necesidad individual y de interés particular. La forma de resolver esto es pedir la autorización en el consorcio a través de su administrador o asamblea de copropietarios y dejar asentado que Ud. se hará cargo del cambio de los cables desde los medidores hasta la entrada a su unidad, de acuerdo a reglamentación eléctrica vigente y con electricista matriculado y llegado el momento de hacer los trabajos de modernización de la instalación en forma general Ud. recibirá el reintegro de lo gastado. Deduzco que el consorcio no cuenta con fondos suficientes o tiene otras prioridades, la carta documento no sólo le servirá para hacer valer sus derechos como consorcista sino para ganarse la antipatía del resto de sus vecinos, por eso le recomiendo una propuesta amistosa y salomónica. Espero haberle respondido a su consulta y lo saludo atentamente. --- El Cr. Hutler Sebastián Wolkowicz es auditor y administrador de consorcios con amplia experiencia en el tema y cualquier consulta que se desee se le puede hacer escribiéndole al e-mail administracion@estudioshw.com.ar |
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Perlitas: La política es el arte de buscar problemas, encontrarlos, hacer un diagnóstico falso y aplicar después los remedios equivocados (Groucho Marx). |
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Rincón Solidario Hola: Deseo consultar qué requisitos legales debo cumplir ya que deseo renunciar como administrador. Ejerzo desde hace más de 15 años, vivo en el mismo edificio y cada vez que expreso mi deseo nadie quiere hacerse cargo ¿Cómo debo proceder? Gracias. Oscar (14/09/2011) Estimado Oscar, La renuncia de una administración, al igual que su designación, debe realizarse por asamblea legalmente convocada. Ello implica que si usted decide renunciar, deberá convocar a una asamblea extraordinaria a dichos efectos. O, en su caso, incorporar al orden del día de la asamblea ordinaria su voluntad de renunciar en forma indeclinable. Lo que debería ocurrir es que el consorcio designe en dicha reunión al nuevo representante legal, para evitar quedar acéfalo. Sin perjuicio de ello, si no designan a un reemplazante, la solución estrictamente jurídica sería la de consignar judicialmente la documentación. Como resulta injusto obligar a un administrador que quiere renunciar, a iniciar un juicio ordinario, previa etapa de mediación, lo cual podría durar bastante tiempo, me permito sugerirle la siguiente solución: en virtud que la asamblea es el órgano supremo del consorcio, y teniendo en cuenta que todo lo que no está expresamente prohibido por las leyes, está permitido, en caso de que los consorcistas se negaren a elegir un nuevo administrador, usted podría hacer entrega de la documentación al presidente de la asamblea, dejando constancia en el libro de actas que su renuncia es indeclinable. De todos modos, lo que primero debiera hacer es cerciorase que el Reglamento de Copropiedad y Administración del edificio no contemple otra solución, pues existen muchos que, por ejemplo, establecen que en ese caso, a usted le sucedería automáticamente el Consejo de Administración. Cordialmente. --- La Dra. Victoria Loisi es abogada, miembro de la comisión directiva de la Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal (www.ligadelconsorcista.org) y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a info@ligadelconsorcista.org, llamarla a los teléfonos 4811-9836 / 4816-5111 o mandarle una carta a Montevideo 764 11º piso "C" |
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Perlitas: El hombre bajo todo gobierno será el mismo, con las mismas pasiones y debilidades (José De San Martín). |
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Rincón Solidario Buenas tardes, Si son tan amables, ¿me podrían informar cómo obtengo el formulario de la entrega de ropa de trabajo a los encargados?. Sin más, los saluda atentamente. Mirta (13/10/2011) Estimada Mirta: Entrando a la página Web de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo www.srt.gov.ar, encontrarás sobre el lado derecho un link que dice "Entrega de Ropa de Trabajo y Elementos de Protección Personal". A través de ese link podés bajar el formulario que buscás. Espero haberte ayudado --- La Contadora Publica Viviana Grinberg es especialista en Propiedad Horizontal y se desempeña en la práctica privada realizando auditorías de expensas, seguimientos anuales y controles de gestión. Para cualquier consulta se le puede escribir un e-mail a vgrinberg@arnet.com.ar o llamarla a los teléfonos 4553-6094 ó 4552-9692. |
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Perlitas: Sólo tengo interés por algo, mientras este algo permanece oculto para mí, o es necesario para un fin mío, que no se halla cumplido todavía (Georg Wilhelm Friedrich Hegel). |
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Rincón Solidario Estimado Sr. director: En un departamento una consorcista convive con cinco o más perros de gran porte produciendo un olor insoportable en toda la propiedad. La administradora llamó a una mediación ante el CGP. La imputada prometió sacar los canes pero habiendo transcurrido más de un año, no lo cumplió y los olores continúan con mayor intensidad, especialmente en el piso donde vive. Todos se quejan pero al solicitar la administrdora una queja formal, por escrito, todos ser borran. Inclusive, al tener los perros en el balcón cae orina a la calle, amén de un concierto perruno al dejarlo la propietaria para hacer algún trámite. Aparentemente, está jubilada de oficio por problemas mentales. El propietario del balcón inferior no presenta ninguna queja por motivos sentimentales (¿...?). Solicito orientación. Gracias (20/09/2011) Estimado lector: El tema es frecuentente en edificios de propiedad horizontal. Se trata de una infracción a la Ley 13.512 y seguramente al reglamento de copropiedad, que no conozco, de allí mi presunción. En el caso debe tomar cartas el administrador, pues es quien está obligado no sólo a cumplir sino hacer cumplir el reglamento y la ley. Dado que han resultado infructuosas las tentativas de arribar a una solución consensuada, no queda otra solución que entablar la acción "sumarísima" de la que da cuenta el Art. 15 de la Ley 13.512 por parte del consorcio contra la titular de la unidad propietaria de los perros. Para ello Ud. debiera intimar a dicha administración a proceder de tal manera. Si el consorcio -por medio de su administrador- hace caso omiso a su intimación, le queda a Ud. la posibilidad de recurrir directamente y por derecho propio a la justicia, pero su juicio será más complicado que el que por la misma causal puede entablar el consorcio, pues en su caso no le basta acreditar que la demandada ha violado o viola la ley, sino que debe probar un "daño", lo que hace que la prueba sea más complicada. Le saluda atentamente. --- El Dr. Alberto Anibal Gabás, abogado especialista en Propiedad Horizontal y autor de numerosos libros sobre el tema es Conjuez de la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires. Ha obtenido en el 2004 y 2005 el segundo y primer premio sobre los ensayos "Derecho sobre Construcción en el Régimen de Dominio Horizontal" y "Condominio y Propiedad Horizontal. Suma y Producto de la Voluntad Colectiva" respectivamente. Para cualquier consulta se le puede escribir un e-mail a albertogabas22@hotmail.com. |
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Rincón Solidario Estimado amigos: ¿Puede un administrador -sin autorización de la asamblea- aumentarse los honorarios de 600 a 2.500 pesos por mes? Atentamente. Rosa (29/10/2011) Estimada Rosa: Conforme lo normado por la Ley 3.254 en el Art. 14º se estableció que: "los honorarios del Administrador son acordados entre el Administrador y la Asamblea de Propietarios, sin ninguna otra entidad o Cámara que los regule y sólo podrán ser modificados con la aprobación de la Asamblea Ordinaria, o en su caso la Extraordinaria convocada al efecto y por la mayoría dispuesta en el Reglamento de Copropiedad. A falta de disposición se requerirá mayoría absoluta.” El artículo es muy claro y el administrador no puede aumentarse ni un centavo sin la autorización de la asamblea que trate específicamente el punto del orden del día "aumento de honorarios". Esperando haber respondido a su pregunta la saludo muy atentamente. --- La Dra. Diana Sevitz es abogada, mediadora y árbitro en propiedad horizontal y de los tribunales arbitrales de consumo, es co-conductora del programa de radio Consorcios Hoy y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a dsevitz@velocom.com.ar o llamarla a los teléfonos 4784-8251 / 4784-8072. |
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Rincón Solidario Hola, Me gustaría saber cómo hacemos para recuperar todos los libros y la liquidación final de un administrador que "trabajó" en nuestro edificio. Ya se le enviaron cartas documento y tiene denuncia en el Registro Público de Administradores. No responde y necesitamos esa documentación. Gracias. Juan Carlos (12/10/2011) Estimado Juan Carlos: Dada la gravedad de la cuestión bajo examen, nada de lo que hay que hacer se puede emprender sin la asistencia de un abogado especializado en propiedad horizontal. En forma sintética y clara, podemos afirmar que lo primero que hay que verificar es qué establece el Reglamento de Copropiedad y Administración sobre los plazos para entrega de documentación y fondos del Consorcio en poder del Administrador saliente, como asimismo sobre la rendición de cuentas. Si el edificio está situado en el ámbito de la ciudad de Buenos Aires, no es necesario constituir en mora (intimar) al Administrador dado que debió haber cumplido con la entrega de dichos efectos dentro del término de diez días contados desde el cese de sus funciones (conforme inciso k del artículo 9 de la Ley 941, actualizada por las leyes 3.254 y 3291 CABA, y Decreto nº 551/GCABA/10). Para ello hay que determinar fehacientemente si está documentada la causa del cese en las funciones. Al mismo tiempo, el profesional deberá examinar si la conducta del ex-Administrador queda captada por la norma del artículo 173 (inciso 2) del Código Penal, que castiga con una pena de un mes a seis años de prisión el delito de defraudación por retención indebida. Con lo respondido le envío un saludo cordial. --- El Dr. Jorge Armando Maldonado es abogado y está especializado en propiedad horizontal. Es coordinador de la Comisión de Consorcios por Pequeñas Noticias que funciona en el CGPC Nº 7 y miembro titular del Instituto de Derecho de la Propiedad Horizontal del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a maldonadovalthule@fibertel.com.ar o al teléfono (15)4169-4574. |
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Rincón Solidario La basura produce un terrible olor En mi edificio hay un encargado con vivienda pero no hay suplente para los sábados y domingos. Los consorcistas sacan la basura el viernes pero despues que pasó el encargado y queda en la escalera hasta el lunes, lo que produce un terrible olor. Además el ascensor está clausurado. EL administrador dice que él no puede con el consorcio. Le saluda. María (11/10/2011) Estimada María: Con relación a su consulta no puedo dejar de resaltar la respuesta del administrador, entiendo que si alguien dice que "no puede" debe dejar el lugar a otro que "sí puede". Es claro que la falta de personal que realice las tareas de recoger los residuos los fines de semana influye en el normal desenvolvimiento de la vida de los copropietarios . Para solucionar el problema el mismo debe ser tratado en la asamblea ordinaria o bien en una asamblea extraordinaria que debe convocar el administrador (en su caso, dado su falta de aptitud para solucionar el problema, a solicitud de los copropietarios). No es necesario tener que plantearse tomar un encargado suplente dado que por la cantidad de unidades del edificio ni la ley ni el Convenio Colectivo de la actividad lo exigen. Hay otras alternativas menos gravosas, por ejemplo ofrecerle al encargado que realice horas extras para la recolección de la basura o bien contratar un empleado jornalizado. Es deber del administrador ocuparse de ello como así también de mandar tantas circulares como haga falta para que los copropietarios saquen la basura el día viernes antes de que el encargado termine su función para no llegar a la grave situación que Ud. plantea. Los malos olores se relacionan con la salubridad por lo que se puede denunciar la situación ante el ente correspondiente con los consecuentes problemas que ello les ocasionaría. Por otro lado, la circunstancia de que el ascensor haya sido clausurado habla bien a las claras de la falta de una eficiente administración. Le sugiero conversar con aquellos vecinos que tienen la misma inquietud que Ud. para que, en el caso que ya se haya realizado la asamblea ordinaria, junten firmas para pedir una extraordinaria y encuentren una solución al grave conflicto que plantea. Cordialmente. --- La Dra. María Cristina Carrera es abogada especialista en derecho laboral y para cualquier consulta se le puede escribir a dramccarrera@yahoo.com.ar o llamarla al teléfono (15)5466-9921. |
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Rincón Solidario Hola, Quisiera saber si se necesita votación en el consorcio para cambiar al proveedor que mantiene los ascensores del edificio o si lo puede hacer el administrador por su propia cuenta. Si se requiere votar, ¿se necesita mayoría absoluta? Muchas gracias. Hernán (27/10/2011) Estimado lector: El administrador, como representante legal del consorcio (Art. 9º Ley 13.512) tiene las más amplias facultades para la contratación de gremios, profesionales y ejerce la decisión de las erogaciones ordinarias para el edificio. La hipótesis que usted plantea, esto es que los propietarios decidan en asamblea la elección de un gremio, es habitual cuando deben realizarse obras de importancia (como puede ser en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el cumplimiento de la ley sobre mantenimiento de fachadas que tuvo como antecedente las ordenanzas vigentes en la ciudad de Mar del Plata, que luego fructificaron en la Ordenanza 12.562). En éstas hipótesis, la asamblea estaría en condiciones de analizar presupuestos, trayectoria de la empresa, financiación y en estos casos por mayoría simple de los presentes puede decidirse por las distintas empresas que hayan presentado sus propuestas. Como los lectores pueden advertir, lo que en origen parecía una pregunta sencilla -en el sentido de que todos hubieran respondido que está dentro de las facultades del administrador la elección de un gremio- en las hipótesis referenciadas es de práctica que dicha decisión sea tomada por la asamblea como órgano máximo de la voluntad del consorcio. Saluda a Ud. muy atentamente. --- El Dr. Juan Antonio Costantino se desempeña como Profesor Titular de la cátedra "Derecho Procesal Civil" de la Facultad de Abogacía de la Universidad Nacional de Mar del Plata, es autor de varios libros de Propiedad Horizontal y de Derecho Procesal Civil y para cualquier consulta se le puede mandar un e-mail a phcostantino@arnetbiz.com.ar |
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Correo de Lectores Obra social para trabajador de media jornada En caso de que un encargado trabaje medio día en un edificio y el otro medio día en otro edificio, ¿el aporte de la obra social debe hacerse proporcional al sueldo y no por jornada completa? Juntando los aportes de los dos trabajos parciales llega al aporte de jornada completa. Muchas gracias. Fernando (23/09/2011) Hola Fernando, en una entrevista que le realizáramos al Sr. Osvaldo Bacigalupo, secretario de organización interior de FATERyH, en el mes de marzo del año pasado, habló del tema y te transcribo parte de la nota: "La Ley 26.464 establece que el descuento del 3% sobre la obra social para los trabajadores que no son mensualizados debe hacerse sobre el valor de un trabajador de tiempo completo con lo cual se presentaban dudas a la hora de liquidar a suplentes, trabajadores de no más de 18 horas por semana y a trabajadores de media jornada. El Sr. Bacigalupo explicó: '(a esos trabajadores) se le descuenta lo que exige la ley porque no tienen posibilidad de estar adheridos a la obra social, ya que para eso tienen que tener efectividad en el trabajo, o sea que tienen que pasar los 60 días, sino no tiene prestación. Un trabajador que trabaja entre tres o cinco días no tiene prestación pero hacen los aportes porque son aportes solidarios: aportamos todos lo usemos o no'. Si bien es bastante lógica la respuesta y el argumento, no pasa lo mismo en un caso donde un mismo trabajador quiere ser beneficiario de la obra social y tiene la misma categoría de Personal con no más de 18 horas por semana en dos consorcios diferentes. En este caso, debe aportar en los dos edificios por el importe total de un trabajador mensualizado: 'Las cosas deberían ser 2+2=4 pero hay veces en las que 2+2=3,5', dijo Bacigalupo...". Un saludo grande. |
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Correo de Lectores Ropa de trabajo para un jornalizado Estoy trabajando en este edificio como personal jornalizado 12 horas semanales y vivo en el mismo edificio en un departamento de mi propiedad. Quisiera saber si me tienen que proveer de ropa de trabajo y si los días que tengo que ir al médico deben coincidir o no con mi día de trabajo. Puedo presentar un certificado de mi médico porque, hasta ahora, yo trabajaba ese día para compensar. Liliana (23/08/2011) Hola Liliana, con respecto a la ropa de trabajo te transcribo el Artículo 14 del Convenio Colectivo 589/2010 que habla del tema: "ARTICULO 14º: El empleador estará obligado a suministrar al personal: tanto sean estos permanentes o no permanentes, ropa de trabajo, la que no podrá contener inscripciones publicitarias, colores llamativos o cualquier otra seña que pudiera resultar atentatoria de la dignidad del/la trabajador/a. El equipo de ropa consistirá en dos pantalones y dos camisas al personal masculino e idéntica ropa o dos guardapolvos al personal femenino, como así también botas de goma y guantes de cuero de descarne reforzado para el manipuleo de leña, carbón y/o residuos, y guantes de látex o similar para protección durante el uso de productos de limpieza en general. Estos elementos deberán ser suministrados al trabajador dentro de la primera semana de haber adquirido la estabilidad en el empleo. La textura de la ropa y su nivel de protección calórico deberá ajustarse a las condiciones climáticas de cada zona. La entrega será de un conjunto cada seis (6) meses. También proveerá de un extinguidor de incendios de polvo químico ABC de 5 kg como mínimo, el que será mantenido a exclusivo cargo del empleador. Este elemento de seguridad estará en el sótano, específicamente destinado para el uso del/la encargado/a, en aquellos inmuebles en donde exista compactador y/o caldera. Asimismo, se suministrará a los/as trabajadores/as los útiles de limpieza, lámparas portátiles y demás herramientas de conformidad a lo dispuesto por la Ley 12.981. El empleador tiene un plazo de noventa (90) días para la provisión de los elementos de seguridad enunciados precedentemente, a partir de la fecha de homologación del presente convenio. Al no cumplirse este requisito, el/la trabajador/a quedará liberado de la prestación del servicio". Con respecto a los días pedidos por médico entiendo que estamos hablando de consultas particulares y que podés elegir el día en que te dan el turno y que no estamos hablando de la visita anual para hacer los análisis y estudios que indica la ley. En el primer caso, la ley no indica días para ir al médico; en el segundo caso sí pueden ser días en los que trabajás porque es una obligación. Por las dudas, ya que no sé las particularidades del caso, hacé otra consulta a un profesional o directamente en el sindicato para que no queden dudas y nadie se perjudique. Un saludo grande. |
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Correo de Lectores Soy consorcista en un edificio de 15 unidades en la zona atlántica, sin portero, sin servicios centrales, con un administrador que ya nos ha sometido a juicio laboral en tres ocasiones por personal de limpieza que ha contratado. Estamos interesados en tomar una persona para limpieza de los lugares comunes y retiro de basura, ¿en qué régimen convencional puede ampararse su tarea de 5 horas de lunes a sábados inclusive?: 1) ¿SUTERyH? (nos resistimos por su alto costo laboral y la pretensión futura de posibles ascensos de categoría) 2) ¿Servicio de maestranza? (que no implique empatar con empresa de limpieza ) 3) ¿Otro? con honorarios, aportes ART y monotributo. Gracias Mikaela (09/09/2011) Estimada Micaela, te respondo a cada alternativa planteada y te recuerdo que no soy abogada como para que, además de estas sugerencias, hagas una consulta a un profesional. 1) El convenio del sector de la propiedad horizontal no obliga a ascensos de categoría. Si un trabajador es de media jornada (4 hs por día) no tenés ninguna obligación ni surge de ninguna ley que debas cambiarlo de categoría en un futuro. Para que trabaje de Lunes a Sábados 4 horas está la función "Encargado No Permanente con o sin vivienda" según el caso. El primero tiene un básico de $1797 y el segundo de $1954. Es el mismo valor sin importar la categoría del edificio. Si lo necesitaran 5 horas por días, deberías abonar una hora extra al 50%. Considero que esta es la opción más apropiada. 2) Si bien el convenio de maestranza suele emplearse en limpieza de edificios de propiedad horizontal no es lo correcto. Si de todas formas toman esta decisión, el SUTERH puede reclamar ciertos aportes y contribuciones que le corresponden por ley. 3) Esta es la peor de las alternativas ya que es muy fácil probar que un trabajador monotributista tiene un solo empleador y la ley laboral considerará que es una relación de dependencia encubierta. Otra vez, lo mejor sería que te asesores con un profesional laboral para que no te queden dudas y puedas quitarte todas las que tenés. Un saludo grande. |
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Número de Edición: 447 (1º edición) Fecha de publicación: 19 de Octubre de 2011 Director y propietario: Claudio García de Rivas Redacción: Claudio García de Rivas, M Fabiana Lizarralde y Estefanía Delfino. Colaboradores: Cra. Viviana Grinberg, Dr. Jorge Maldonado, Cr. Sebastián Wolkowicz, Dra. Diana Sevitz, Raúl Guinzburg, Dra. María Cristina Carrera, Dr. Juan Iglesias y Dr. Jorge Resqui Pizarro - Ilustraciones y caricaturas: Shúfer - Dirección: Gral. César Díaz 2761 (1416) Capital Federal - República Argentina - Teléfono/Fax: 4581-3906 Teléfono: 3526-1806 - Móvil: (15)5981-3791 - E-mail: director@PequenasNoticias.com.ar - URL´s: www.PequenasNoticias.com.ar Datos personales del suscripto: Nombre y apellido: !*LAST_NAME*!, !*FIRST_NAME*! E-mail: !*EMAIL*! Los suscriptos de Pequeñas Noticias estan protegidos por la Ley 25.326 (Registro Nacional de Bases de Datos) |
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