Boletín de Pequeñas Noticias la comunidad consorcial como espejo de la sociedad Miércoles 21 de Diciembre de 2011 - Nº: 452 |
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¿Qué significan las siglas?: Las abreviaturas más frecuentes |
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Registro Público de Administradores entró en feria administrativa hasta el 1º de febrero[BPN-21/12/11] La Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor de la CABA anunció en su página Web que dispuso una feria judicial para el Registro Público de Administradores (RPA) desde el 19 de diciembre pasado hasta el 1º de febrero del año entrante. La disposición Nº 5064 fue publicada en el Boletín Oficial al día siguiente de esta edición de Pequeñas Noticias (22/12/2011). Como consecuencia de la feria administrativa, los plazos procesales quedaron suspendidos. Sólo se atenderán a aquellos administradores que soliciten la autorización del "Libro de Ingreso y Egreso de Proveedores" o necesiten inscribirse para poder comenzar a ejercer su profesión. El horario de atención para estos casos será de 10 a 14 horas todos los días hábiles en el CGPC (Centro de Gestión y Participación Comunal) Nº 6, ubicado en Av. Díaz Vélez 4558, CABA. Es la tercera vez que el RPA entra en feria administrativa durante el año 2011 por causa de las obras de infraestructura que se están realizando en el edificio ubicado en Av. Patricias Argentinas 277. La medida se tomó por la incomodidad que producen estas reformas, tanto para atender al público como para atender sus necesidades |
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Administración Bernetti RPA CABA Nº 1188 Consorcios, fideicomisos, barrios privados y club de campo. Operaciones inmobiliarias
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Efemérides
consorciales: el 01/01/2008, la Cámara de
Senadores aprobó por unanimidad y dio sanción definitiva al proyecto que
propone incorporar los vales o tickets alimentarios al salario de los
trabajadores (Ley 26.314). |
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Registro Público de Administradores "El lugar donde funcionaba el RPA no alcanzaba" [BPN-21/12/11] Gabriela Pilar Saldivia, coordinadora del Registro Público de Administradores (RPA) de la CABA, aseguró que las obras que se están realizando en la dependencia a su cargo "están muy avanzadas". Por esta causa, la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor prorrogó la feria administrativa que mantendrá cerrado al organismo hasta el 1º de febrero. El pasado 25 de noviembre, durante la última transmisión del año del programa radial Derecho de Piso, Saldivia reveló que al comienzo de su gestión la situación era tal que "si todos los empleados del RPA se querían sentar al mismo tiempo no podían porque no alcanzaban las sillas". Según explicó "el lugar donde funcionaba el RPA no alcanzaba y era de difícil acceso", razón por la cual desde el Gobierno de la ciudad "hicieron un proyecto de construcción para que la gente esté cómoda y tenga su lugar de espera". Saldivia reveló que tuvo la oportunidad de consensuar el proyecto con los arquitectos encargados de la obra y con la Subsecretaría de Atención Ciudadana. Uno de los mayores inconvenientes que sufría el antiguo RPA era que el primer piso ya no soportaba el peso del archivo. De acuerdo a Saldivia, éste contiene 10 mil expedientes de administradores "más todos los expedientes de las denuncias [de los propietarios] que -como no entraban más- estaban en las oficinas", concluyó. El RPA, según aclaró Saldivia, será modificado para contemplar las nuevas necesidades aunque el archivo deberá ser ubicado en la planta baja, dada la magnitud de su volumen. "Antes la situación era peor" Según lo descripto por Saldivia, en el RPA "ahora hacen falta insumos, recursos humanos y materiales pero la verdad es que cuando yo entré la situación era peor". "He pedido computadoras, he pedido personal y el Dr. [Juan Manuel] Gallo colaboró y me lo suministró, pero igual no alcanza", explicó la coordinadora del RPA refiriéndose a su jefe, el director general de Defensa y Protección del Consumidor. Para escuchar el audio completo de Derecho de Piso, que se trasmitía los viernes a las 19 hs. por AM 1010 Onda Latina, ingrese a: < vínculo> |
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INSTALACIONES
FIJAS CONTRA INCENDIO |
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O. Bonavena 1468 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Tel/Fax: (5411) 4911-5927 Mail: instalaciones@prevind.com.ar - Blog: https://previndseguridad.blogspot.com/ |
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Efemérides consorciales: el 02/01/2006 la Fundación Liga del Consorcista creó un Empadronamiento Voluntario de Propietarios para que los consorcistas, a través de una carta, pudieran expresar si carecían, o no, de recursos económicos para afrontar futuros aumentos en las expensas. |
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Resolución 2.159/AFIP Martín Irigoyen salió al cruce de Consorcios Z [BPN-21/12/11] El Dr. Jorge Martín Irigoyen, abogado patrocinante de la Cámara de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) salió al cruce de Consorcios Z, un suplemento de Diario Z. En él, el contador periodista José Luis Cereti sostuvo que es obligatorio el cumplimiento de la Resolución 2.159 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Irigoyen discrepó con la visión del medio y aseveró que es incorrecto "decir que esto es obligatorio o que está vigente". El letrado patrocinante de la CAPHyAI recordó que la Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional esta resolución y afirmó que, a pesar de que la AFIP quiera mantenerla vigente, "desde lo legal, el fallo confirmó que no es obligación por parte de los administradores informar sobre el pago de las expensas de los consorcistas". Sin embargo, la declaración de inconstitucionalidad no anula la resolución, explicó Irigoyen. Por esta razón, "si algún administrador no hace esa presentación y es sancionado por la AFIP puede ampararse en el fallo de la corte", aclaró. De acuerdo a Consorcios Z, la Resolución 2.159 de la AFIP es "una normativa [...] vigente [que] desde hace 5 años alcanza a todos los consorcistas –propietarios e inquilinos- con departamentos de al menos 10 m2 de superficie. De su adecuado cumplimiento, depende que no haya inconsistencias, por ejemplo, a la hora de comprar dólares con los nuevos controles" |
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CARRERA TERCIARIA ADMINISTRACIÓN DE CONSORCIOS Y URBANIZACIONES MODERNAS TÍTULO OFICIAL - Res. Nro. 774/01 - DURACIÓN DOS AÑOS Única en el país "PRESENCIAL Y A DISTANCIA" Prepárese para enfrentar un mercado competitivo con mayores complejidades
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Efemérides consorciales: el 05/01/2010, la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) presentó sus propuestas concretas para la reglamentación de la Ley Nº 3.254 -que modificó la Ley 941 (Registro Público de Administradores), al director general de Defensa y Protección al Consumidor, Dr. Juan Manuel Gallo. |
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CAPHyAI Nace un multimedio en la comunidad consorcial [BPN-21/12/11] Daniel Tocco, presidente de la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI), anunció que la entidad publicará un newsletter mensual y producirá un programa de televisión que se emitirá desde marzo por el canal Metro. Estos anuncios se dieron en la celebración de los 60 años de la CAPHyAI, el pasado 24 de noviembre en el Palacio San Miguel de la CABA. El primer newsletter llamado "Hablando con Propiedad" –tal cual lo anunció- fue publicado el 5 de este mes –con fecha de noviembre- con noticias relacionadas con la Cámara y la propiedad horizontal. El programa de TV –del cual todavía no se conoce el nombre- comenzará en "marzo del próximo año". Según Tocco, "tendrá como objetivo llegar a todos los inmobiliarios, administradores y fundamentalmente a los propietarios". La CAPHyAI se convertirá así en la única entidad de administradores de propiedad horizontal con un programa de televisión propio. "La comunicación siempre ha sido una prioridad en nuestro servicio", afirmó Tocco .Estos medios se suman, según la entidad, a los que ya tiene la Cámara: la revista Propiedad Horizontal, su sitio Web, el blog, las circulares y al programa radial Hablando con Propiedad conducido por Norberto Malatesta que se transmite todos los jueves de 19 a 20 horas por FM Cultura (97.9 Mhz). "El lugar que siempre debemos tener es el de referentes de la propiedad horizontal y apoyar con asesoramiento y capacitación a nuestros socios para que lleven un elemento distintivo a sus clientes, los propietarios", aclaró Tocco en su discurso. Canal Metro Metro es un canal de cable argentino que pertenece al Grupo Clarín y es operado por Artear S.A. Inició sus transmisiones el 3 de abril de 1995 y su formato de imagen es de 4:3. Su programación consiste exclusivamente en producciones independientes sobre temas de distinto tipo: salud, economía, política, deportes, viajes y tecnología, entre otros. En el año 2010 el canal mantuvo un promedio de audiencia de 10.1 puntos según IBOPE. La señal se transmite únicamente por el canal número 13 de Cablevisión. 60 años de la CAPHyAI El evento comenzó aproximadamente a las 20:30 hs. y asistieron cerca de 140 personas. Durante la recepción – de una hora de duración- se sirvió comidas saladas, bebidas sin alcohol, vinos y whisky. Daniel Tocco recibió en la puerta a los representantes de las entidades invitadas. Dentro del salón se ubicaron en la mesa principal: Daniel Tocco, Víctor Santa María, Secretario General de la Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (FATERyH), Osvaldo Bacigalupo, Secretario de Organización Interior de FATERyH, Juan Manuel Acosta y Lara, presidente de la Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH) y Osvaldo Primavesi, presidente de la Unión Administradores de Inmuebles (UADI) entre otros. En otra mesa, se encontraban el Dr. Juan Manuel Gallo, director general de Defensa y Protección del Consumidor de la CABA (DGDyPC), Edgardo Naum, jefe de inspectores de la CABA, Gabriela Pilar Saldivia, coordinadora del Registro Público de Administradores (RPA), junto a su hermana Claudia y Fernando Staino, vicepresidente III de la CAPHyAI.Estuvieron presentes también: Hugo Mennella presidente del Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad de Buenos Aires (CUCICBA), Néstor Walenten, presidente de la Cámara Inmobiliaria Argentina (CIA), el Dr. Jorge Martín Irigoyen y su socio el Dr. Mauro Rossi, letrados patrocinantes de la Cámara, la Dra. Diana Sevitz, asesora de la CAPHyAI junto a su esposo y a la contadora Liliana Corzo con quién coconduce el programa de radio Consorcios Hoy. También se hizo presente el Lic. Alfredo Cutuli, presidente del Instituto Argentino de Seguridad (IAS), miembros de la comisión directiva de la CAPHyAI, socios y familiares.En el inicio, se proyectó un video institucional con motivo de los 60 años de trayectoria. Luego Daniel Tocco pronunció el único discurso que se escuchó durante toda la cena. En el transcurso del festejo, la Cámara Argentina de Empresas de Seguridad e Investigación (CAESI), CUCICBA y la CIA, entregaron, cada una por su institución, una placa de reconocimiento a la CAPHyAI. A su vez, la Cámara distinguió con una placa a los administradores Ricardo Pérez Centeno, Alejandro Marolda y Néstor Nicolás Pirosanto, por su trayectoria dentro de la institución. Durante la cena, se sortearon distintos premios entre ellos una tablet, un televisor LCD, cámaras fotográficas y dos impresoras. También hubo lugar para el entretenimiento con el show del Mago Chester y la presentación de una pareja joven que bailó tango. Distinción a socios Se reconoció con un diploma a los socios que cumplieron 25 años dentro de la institución. Ellos son: Claudio Calcagno, Horacio Saettone (S.A), Angel Alfredo Sillar, José Antonio Agosti, Ana María Korman de Corvalán, Norberto Litvac (Adm. Ugarte), Rodriguez Paz (Estudio Integral), Gladys Laplaca y Carlos Rafael Balgurevich. El evento finalizó a la 1:30 hs. de la madrugada. En la salida, Daniel Tocco saludó a los socios de la CAPHyAI que se hicieron presentes. A principios del 2012, se distribuirá un libro en conmemoración de los 60 años que incluirá imágenes del festejo. --- Foto gentileza: CAPHyAI |
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Asociación Civil de Administradores de Consorcios de P.H. - AIPH CURSO DE ACTUALIZACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO AÑO 2011 PARA ADMINISTRADORES DE CONSORCIOS DE PROPIEDAD HORIZONTAL Duración del curso: 4 días (8 hs. en total). Mínimo de asistencias: 75%. Certificado oficial de la Institución apto para renovar la matrícula ante el RPA (aprobado por la Dirección Gral. de Defensa y Protección al Consumidor de la CABA) Costo: Socios: $225.- / Socios que adelantaron el año completo: sin cargo / No socios: $450.- Se dictará en: La Asociación Ex-Alumnos del Lenguas Vivas sito en Paraguay 1935 1er. Piso CABA. Requisitos: ser Administrador inscripto en el RPA. Informes e inscripción: info@aiph.com.ar o info.aiph09@gmail.com / 4781-5585/8234 Vacantes limitadas - Info: www.aiph.com.ar |
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Efemérides consorciales: el 30/12/2009, el senador nacional por Jujuy, Guillermo R. Jenefes (Frente para la Victoria), presentó un proyecto de declaración para alentar la implementación de las denominadas cubiertas verdes -un sistema de ingeniería ambiental que permite el crecimiento de vegetación y tienen efectos positivos para el medio ambiente- en las partes superiores de los edificios (techos o azoteas). |
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SERACARH El SECLITO ya tiene sede propia [BPN-21/12/11] El pasado viernes 25 de noviembre se inauguró la nueva sede del Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal (SERACARH) también llamada informalmente SECLITO. Esta institución –según sus autoridades- tiene como objetivo "brindar un servicio de facilitación y negociación laboral para los trabajadores y empleadores" de los consorcios. En el acto Víctor Santa María, secretario general de la Federación Argentina de Edificios de Renta y Horizontal (FATERyH), dijo que la solidaridad es la principal virtud de los encargados con la comunidad consorcial y dio como ejemplo al encargado del edificio que se derrumbó en la calle Bartolomé Mitre. Este trabajador evacuó a las personas del edificio hasta el momento en el que llegaron los bomberos. Daniel Tocco, presidente de la CAPHyAI (Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias), explicó que de los 178 expedientes iniciados en los 31 meses que pasaron desde el nacimiento del SECLITO -desde el 16 de abril de 2009 a la fecha- sólo cerraron sin acuerdo un 21%. En la reunión se lo esperaba al ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, Carlos Tomada que no pudo llegar "porque fue convocado a casa de Gobierno" y en su lugar disertó el subsecretario de Relaciones Laborales, Álvaro Ruiz. El Dr. Juan Manuel Gallo, director general de Defensa y Protección del Consumidor de la CABA, se hizo presente pero -luego de conversar unos minutos con Víctor Santa María- se retiró antes del comienzo del acto a las 15:30 hs. Estuvieron presentes en la inauguración el presidente de la UADI (Unión Administradores de Inmuebles), Dr. Osvaldo Primavesi, el presidente de la AIERH (Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal), Dr. Juan Manuel Acosta y Lara y miembros de la comisión directiva de la CAPHyAI.El servicio -creado con la firma de los Convenios Colectivos de Trabajo N° 589/10 y 590/10- funcionó hasta ese momento en la sede de la CAPHyAI y desde ahora tendrá sede propia en la calle Perón 1885 de esta ciudad. Estadísticas SERACARH Daniel Tocco, presidente de la CAPHyAI dijo sobre el SECLITO: "en este breve tiempo que funcionamos tuvimos 178 expedientes iniciados: 140 fueron por conciliación laboral, 38 por facilitación y se lograron acuerdos en el 45% de los casos encontrándose en curso de negociación 34% y cerrando sin acuerdo solo un 21%". A continuación afirmó que "las estadísticas demuestran que trabajadores y empleadores han comprendido que esta alternativa es válida y que realmente representa una solución para los conflictos." Santa María coincidió con Tocco: "el servicio de conciliación laboral es una herramienta que hacía falta en una ciudad donde más del 80% de sus habitantes vive en edificios de propiedad horizontal y donde los conflictos se dan a diario". Capacitación de Trabajadores Durante la presentación de la nueva sede, Daniel Tocco explicó que la capacitación de los mediadores fue un factor fundamental: "las aspiraciones que teníamos se vieron respaldadas y enriquecidas por aquellos que hicieron los cursos de facilitación y conciliación laboral y participaron en todas las audiencias celebradas hasta la fecha." Álvaro Ruiz, subsecretario de relaciones laborales, también hizo hincapié en la capacitación: "lo importante es buscar los mecanismos, elegir los procedimientos y entrenar a las personas que van a estar a cargo de lograr los consensos necesarios para superar las conflictividades." Santa María fue más allá y llamó a la capacitación de todos los trabajadores de edificios: "tenemos dos extremos de edificios –antiguos y modernos- y para los dos necesitamos trabajadores que se capaciten mejor, que trabajen mejor y que puedan brindar un mejor servicio a esa comunidad" |
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Perlitas: "El misterio de la vida no es un problema para resolver, pero una realidad por vivirse" (Alan Watts) |
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CABA los cordones no es PRO[BPN-21/12/11] El pasado 24 de noviembre la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires estableció los montos de las multas que le corresponderá a quien –o quienes- impidan estacionar en lugares permitidos, ya sea instalando anclajes o pintando los cordones. En caso de no poder identificar al infractor, la multa recaerá en todo el consorcio. El monto mínimo será de 600 pesos y el máximo de 3.600. La ley aprobada –promovida por el legislador Claudio Palmeyro (PJ)- estableció que se sancionará al "titular o responsable de un inmueble en cuyo frente se impide u obstaculiza la circulación o estacionamiento de vehículos mediante la instalación de anclajes, aparejos, caños u otros elementos fijos o móviles en cordones, veredas o calzadas". Por otra parte, también se multará al "titular o responsable de un inmueble en cuyo frente el cordón se encuentre pintado de amarillo o cualquier otro color sin autorización de la autoridad de aplicación". En caso de que las transgresiones sean cometidas en el frente de un edificio de propiedad horizontal y no se pueda identificar al infractor, la multa será aplicada a la totalidad del consorcio. Finalmente, se estableció que será multado en 120 pesos aquel que impida el estacionamiento en forma transitoria, colocando algún objeto o dispositivo sobre la calzada. Cabe mencionar que resta aún la reglamentación y publicación de la norma en el Boletín Oficial de la ciudad. |
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Perlitas: "Para que pueda surgir lo posible es preciso intentar una y otra vez lo imposible" (Herman Hesse) |
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San Martín, Pcia. de Buenos Aires I Jornada de Actualización Inmobiliaria [BPN-21/12/11] El pasado miércoles 30 de noviembre se llevó a cabo la I Jornada de Actualización Inmobiliaria organizada por el Colegio de Martilleros y Corredores Públicos del Departamento Judicial de San Martín (provincia de Buenos Aires). Durante el evento, realizado en el Centro de Empleados de Comercio, disertó el ex presidente del Banco Central, Lic. Martín Redrado, acerca de "Coyuntura económica. Panorama 2012" < ver nota>.La coordinación de la jornada y el acto de apertura estuvo a cargo del Ing. Luis Clementi que expuso que las disertaciones de los profesionales invitados "nos van a permitir tener una semblanza de la situación actual del mercado inmobiliario, de cuáles serán los desafíos que vamos a tener que enfrentar en los próximos años y de qué forma lograremos que gran parte del déficit habitacional pueda encontrar alguna solución". A su turno, José María Sacco, presidente del Colegio de Martilleros de San Martín, pronunció unas palabras de bienvenida y explicó que la jornada "está pensada para compartir un día de contenidos enriquecedores expuestos por especialistas en cada materia otorgando la posibilidad de ampliar conocimientos". Agregó además que "la idea principal es profundizar en temas que nos conciernen, con una visión absolutamente práctica y aplicable en lo cotidiano para nuestra profesión". Finalmente, Alfonso Pampin, vicepresidente del Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de la Provincia de Buenos Aires, habló en representación del presidente del Colegio, Oscar Iglesias. "Esta jornada nos lleva a seguir aprendiendo un poco más y poder jerarquizar nuestra profesión. A veces no sólo basta con la carrera universitaria sino que también debemos perfeccionarnos", manifestó. ¿Quiénes disertaron? De la jornada participaron, además del Lic. Martín Redrado: - el martillero público Daniel Boveri, con el tema "Tasación de parcelas urbanas con mapas de curvas y PUC del IRAM"; - el Arq. José Antonio Rodríguez, quien disertó acerca de "Acceso a la vivienda para la clase media: desafíos y oportunidades" y "Bases para solucionar o reducir el déficit habitacional"; - el Arq. Damián Tabakam, con los temas "Oportunidades de inversión en Real State en el contexto actual", "Perspectivas para el año próximo con el gobierno reelecto" y "Precios, costos, estructuración de proyectos, financiamiento y búsqueda de rentabilidad", y - el Dr. Enrique Abatti, quien disertó acerca de "Panorama actual de locaciones urbanas: cómo fijar y renegociar alquileres en el actual contexto inflacionario", "Contratos pactados en dólares ante la ultima resolución de la AFIP sobre compra de divisas" y "Nuevo procedimiento especial de desalojo abreviado en la provincia de Buenos Aires" |
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Perlitas: "Aquel que conoce a los demás es un erudito, el que se conoce a sí mismo es un sabio" (Lao-Tse) |
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Martín Redrado "El gobierno buscará mantener el dólar a 4,50 el próximo año" [BPN-21/12/11] El Lic. Martín Redrado -expresidente del Banco Central de la República Argentina (BCRA)- dio el pasado miércoles 30 de noviembre una conferencia bajo el tema "Coyuntura económica. Panorama 2012" la cual se llevó a cabo en el marco de la Jornada de Actualización Inmobiliaria organizada por el Colegio de Martilleros y Corredores Públicos del Departamento Judicial de General San Martín <ver nota>. El ex ministro de economía analizó el futuro del mercado inmobiliario argentino. "Vamos a seguir teniendo un escenario favorable en el mercado", aseveró. Según el economista, el contexto dista de ser catastrófico. Como el sector de la construcción no se ha endeudado para poder llevar a cabo su actividad, la situación se diferencia de lo que ocurrió en Estados Unidos, país que pagó las consecuencias de su alto nivel de endeudamiento por la financiación de compradores que no tenían capacidad de pago. De acuerdo a la visión de Redrado, de darse una desaceleración en el sector inmobiliario sería por la "baja calidad" de las políticas públicas del gobierno argentino y atribuyó la recesión de ciertas operaciones inmobiliarias a la incertidumbre en cuestión de política cambiaria. A modo de hipótesis, Redrado esbozó la situación más adversa. En caso de darse un movimiento brusco del tipo de cambio, los precios de las propiedades "bajarían marginalmente porque la gente no va a tener necesidad de salir a vender a menos que tenga una situación especial". De todas formas, Redrado se mantuvo positivo: "No estamos igual que en el 2001. No hay deudas en dólares y salarios en pesos. Hay un movimiento cambiario y Cristina dijo que tenemos que empezar a pensar en pesos y eso es interesante". La política económica El economista recalcó su disconformidad con respecto al tratamiento de los subsidios. Sostuvo que "deben darse a aquellos sectores más desprotegidos de la sociedad" pero fue crítico al decir que "el retiro de los subsidios a la energía debieron haberse manejado de a dos pesitos por mes a partir del 2005". Para Redrado, "el gobierno ha venido gastando las alcancías que había tenido" y aseguró que el Banco Central perdió reservas y que hoy cuenta con "el mismo mínimo que en el año 2008, 46 mil millones de pesos" y alertó que "ya nos encontramos en una zona de riesgo". Por último, analizó la política cambiaria actual y futura. "La principal variable de la economía -la que está haciendo más ruido- es el dólar", destacó Redrado. "Desde el 2010 hasta la fecha, los costos en dólares vienen subiendo un 22% anual y entonces se hace más barato producir en otro lugar del mundo generando así fuga de capitales". Criticó las medidas de control cambiario aplicadas por la presidenta. "Si la sintonía fina es ir a mirar caso por caso vamos a tener que vivir con una dualidad en materia cambiaria", expresó el extitular del BCRA aludiendo a la creación de un mercado paralelo (dólar negro) cuando hay restricciones cambiarias. Sin embargo, sostuvo que el gobierno buscará mantener el dólar a 4,50 pesos durante el próximo año. |
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¿Cómo encarar el cumplimiento de la Disposición 411/DGDyPC/11 sin traumas ni corridas? Descansando en un grupo de profesionales especializados y de prestigio. Al mismo o menor costo, pero con la certeza de obtener su certificado en tiempo y forma. Aquí usted podrá acceder a una guía visual completa sobre la disposición: documento "Juntos podremos lograrlo" y "Un poco sobre nosotros" Combine con nosotros una entrevista de asesoramiento
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Perlitas: "Si buscas resultados distintos, no hagas siempre lo mismo" (Albert Einstein) |
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UTN Edificios Seguros en una Ciudad Segura"[BPN-21/12/11] El pasado martes 6 de diciembre se realizó la 2º Jornada "Edificios seguros en una ciudad segura" en el Aula Magna de la Universidad Tecnológica Nacional (UTN) en su sede de Medrano 951 en la CABA. El Lic. Juan Carlos Tirante, coordinador de carreras y cursos de seguridad, fue el encargado de abrir la jornada. En su discurso informó que "la UTN, desde el 2004, ha comenzado a orientar parte de su educación al área de seguridad". A esto agregó: "tenemos el orgullo de decir que en la parte de seguridad privada estamos capacitando alrededor de 10 mil vigiladores anuales" La universidad cuenta con "una carrera de pregrado y de grado en seguridad" y además, "se han incorporado cursos en seguridad electrónica". Por último afirmó que su objetivo es "lograr seguridad a través de la capacitación". Los disertantes de la jornada fueron: Abel Huertas, gerente del área técnica de la Cámara Argentina de Seguridad (CAS), que habló sobre "Seguridad electrónica en edificios. Cámaras y alarmas" < ver nota>; el Lic. Pablo Rodríguez, director de la cátedra de Prevención de Incendio y Otros Siniestros de la Tecnicatura Superior en Seguridad Urbana y Portuaria de la UTN, que expuso sobre "Instalaciones Fijas contra Incendio, situación actual de los edificios. Disposición 415/DGDyPC de la CABA" <ver nota> y en último lugar el Dr. Daniel Enrique Butlow, abogado especialista en arquitectura e ingeniería legal, quién disertó sobre "Responsabilidades ante derrumbes edilicios, aspectos legales". |
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Perlitas: "Soy un paranoico al revés. Siempre sospecho que la gente está planeando algo para hacerme feliz" (J. D. Salinger) |
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2º Jornada Edificios Seguros en una Ciudad Segura [BPN-21/12/11] "En un año hubo más de 5 mil incendios en Capital Federal, eso da un promedio de 15 incendios diarios. Esto se puede traducir en 30 incendios por km2, un incendio cada 500 habitantes o en un total de 18 mil salidas de bomberos en lo que va del 2011", aseguró el Lic. Pablo Rodríguez durante su disertación sobre el tema "Instalaciones fijas contra incendios y la situación actual de los edificios" en el marco de la 2º Jornada "Edificios seguros en una ciudad segura", realizada en la Universidad Tecnológica Nacional (UTN) <ver nota>. Pablo Rodríguez es Lic. en Seguridad e Higiene y Gestión Ambiental y director de la cátedra de Prevención de Incendio y Otros Siniestros de la Tecnicatura Superior en Seguridad Urbana y Portuaria de esa universidad. Si bien no especificó la fuente de sus datos, el licenciado aseguró que "en 1980 tuvimos mil incendios, en el 2010, 5.600. Esto va creciendo e indudablemente tenemos que empezar a hacer algo". Según Rodríguez, este incremento se produce debido a que "las costumbres, los materiales y la forma de vivir van cambiando y esto tendría que ir acompañado de mayores medidas de seguridad". 600º a 3 mts. por segundo Por otra parte, hizo hincapié en la velocidad de propagación de un incendio. Para esto se basó en una prueba de laboratorio en el que se desarrolló uno bajo condiciones controladas. Explicó que en sólo 40 segundos el ambiente de prueba se llenó de humo. "A medida que fue avanzando el ‘plano neutro’ –una nube de humo negro que se forma a partir del cielorraso y cuya temperatura llega a los 600 grados- se fue proyectando el incendio". Así, si bien el incendio avanza, el humo caliente avanza mucho más rápido (a 3 metros por segundo) quemando todo lo que encuentra a su paso |
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CAMARA ARGENTINA DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL Y ACTIVIDADES INMOBILIARIAS. Perú 570 - Ciudad Autónoma de Bs.As. - Tel: 4331-9968 / 4345-0010 / 4342-2232 |
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Perlitas: "Justifica tus limitaciones, y ciertamente las tendrás" (Richard Bach) |
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2º Jornada Edificios Seguros en una Ciudad Segura Las 3 patas de la seguridad electrónica [BPN-21/12/11] El Lic. Abel Huertas, gerente del área técnica de la Cámara Argentina de Seguridad (CAS), explicó que un sistema de seguridad electrónica eficiente se basa en el uso coordinado de tres elementos principales: la cámara, la alarma –que se puede activar a través de un pulsador - y la central de monitoreo. Bajo el título "Seguridad electrónica en edificios, cámaras y alarmas", Huertas fue el primer disertante de la 2º Jornada "Edificios seguros en una ciudad segura" realizada en la Universidad Tecnológica Argentina (UTN) < ver nota>."Nuestra propuesta es el uso combinado de una alarma y cámaras a la vez, no uno sin lo otro", aclaró Huertas. Tanto las alarmas como las cámaras, por sí solas, aportan información incompleta: "de otra manera las cámaras sólo nos mostrarán cómo nos robaron ayer", explicó. Por otra parte agregó que en la central de monitoreo "es imposible que el vigilador esté mirando las cámaras las 24hs del día". Por eso se usa una alarma, "para que avise en qué momento el personal tiene que mirar la cámara. Ese es el uso coordinado". Con respecto a las cámaras modernas y recomendables informó que "tienen características antivandálicas e iluminación infrarroja que funciona independientemente de que haya un corte de luz". Éstas se colocan en los lugares de acceso de personas y de vehículos del edificio tanto del lado exterior como del interior. También se pueden colocar cámaras si "existe alguna circulación interna o si hay una zona de fácil acceso desde el exterior". La alarma El pulsador antipánico es uno de los dispositivos que permite activar la alarma. El licenciado explicó que "los hay de dos tipos: uno de pared y otro que puede estar en un llavero". Huertas recomendó colocar el pulsador de pánico fijo en el acceso interior del edificio: "generalmente la mayoría de los edificios tienen un mostradorcito destinado al encargado o al vigilador, la recomendación es ponerlo en ese lugar para que quede fuera del alcance de los chicos y de los curiosos". La otra alternativa es el llavero. Este pertenece a los propietarios y trabaja con radio. "El llavero además de activar la alarma permite saber quién es el que la está pidiendo", destacó Huertas. Gracias a este sistema, el propietario puede activar la alarma si le sucede algo al ingresar al edificio, tanto en la calle como en la entrada de vehículos. La vigilancia En su disertación Huertas informó que "según el censo de 2010, del total de los edificios de la CABA, menos de un 5% está en condiciones de tener personal de vigilancia". A esto, agregó que "la vigilancia en la puerta de los edificios se conoce como una de las soluciones en seguridad más eficaces". Según Huertas, una porción del 95% de edificios no está en condiciones de tener vigilancia porque no puede volcar ese gasto en las expensas o no desea tener personal fijo delante del edificio. Por otra parte "de ese porcentaje, la mayoría está en los lugares menos favorecidos para la seguridad". Ante este panorama los sistemas de seguridad electrónica aparecen como una posible solución, pero hay que tener en cuenta que "la gente tiene preconceptos y es escéptica respecto al uso de la electrónica o de las cámaras" porque existe la idea de que va a haber una cierta pérdida de privacidad", finalizó el gerente de la CAS |
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Seguridad en Administración. ADMINISTRACIÓN STAINO S.A.
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Perlitas: "Si es bueno vivir, todavía es mejor soñar, y lo mejor de todo, despertar" (Antonio Machado) |
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Registro Público de Administradores de Buenos Aires Las modificaciones que propuso la CAPHBA [BPN-21/12/11] Pequeñas Noticias pudo acceder en forma exclusiva a las modificaciones que presentó la Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires (CAPHBA) al proyecto, elaborado por Raúl Costa (UCR), para implementar un Registro Público de Administradores en la provincia de Buenos Aires. La CAPHBA propuso, entre otras cosas, que se elimine el artículo del proyecto que impide a los administradores participar de las paritarias y que se elimine la obligación del administrador de respaldar su gestión con patrimonio. La autoridad de aplicación del registro propuesto por la CAPHBA "será una comisión mixta integrada por administradores de propiedad horizontal y autoridades administrativas", sin la intervención de los consorcistas. Por otra parte, de aprobarse el proyecto de la CAPBHA los administradores tendrán la obligación, por primera vez, de poseer estudios secundarios completos para poder inscribirse. Las modificaciones más importantes El artículo 14º La entidad de administradores, en su proyecto, eliminó el artículo 14º que inhabilita a los administradores de participar en las discusiones salariales del sector. En este sentido éste expresa taxativamente que "en el acta de designación se dejará establecido que su mandato [el del administrador] como ‘representante legal del Consorcio’ debe ejercerlo en aquellos temas generales que hacen a la administración del consorcio y se abstendrá en aquellos para los que necesite un poder especial para poder intervenir legal y legítimamente". En otro orden de cosas, tanto el proyecto de Costa como el de la CAPHBA establecen el mandato del administrador en un año. El patrimonio Tampoco se observa en el texto elaborado por la CAPHBA el inciso h del artículo 12º del proyecto de Costa relativo a las Declaraciones Juradas. Dicho inciso obliga al administrador a presentar una declaración jurada patrimonial "que represente patrimonio suficiente, destinada a garantizar sus responsabilidades como administrador". Agrega además que "esta declaración podrá sustituirse por un seguro de caución emitido por una compañía radicada en la Provincia de Buenos Aires, con endoso a favor del consorcio u otra garantía suficiente...". Y concluye que "el Poder Ejecutivo reglamentará la cantidad de unidades funcionales que el administrador estará habilitado para administrar, de acuerdo al patrimonio declarado". Los honorarios La entidad de administradores dispone en su proyecto que la fijación del monto de los honorarios constituya, en la asamblea correspondiente, "un punto especial en el orden del día y deberá ser considerado aparte del presupuesto de expensas". Estudios requeridos El proyecto presentado por la CAPHBA obliga -a que quienes deseen inscribirse en el registro- que acrediten poseer título secundario y agrega que "esta circunstancia será exigible a partir de los 360 días de sancionada la presente ley". De aprobarse, cabe destacar que sería la primera vez que acreditar un mínimo de estudios sea una condición necesaria. El Consejo de Propietarios En el proyecto de la CAPBHA se eliminó el artículo del proyecto de Costa que preveía la figura del Consejo de Propietarios, su conformación y objetivos. La cuenta bancaria Los administradores de la ciudad de Buenos Aires están obligados –si la asamblea así lo dispone- a depositar los fondos del consorcio en una cuenta bancaria a su nombre. El proyecto original de Costa incorporó esta modalidad. Sin embargo, el texto modificatorio de la CAPBHA eliminó el inciso en forma completa. Autoadministración y otros Además de lo mencionado anteriormente, la CAPHBA propuso que quienes administren de manera gratuita deben inscribirse en el registro en forma obligatoria, tal como sucede en la actualidad en el Registro Público de Administradores de la ciudad de Buenos Aires. Por otra parte, obliga a los copropietarios a rubricar el Libro de Firmas del consorcio |
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Perlitas: "Hasta la maldición está envenenada de arcoriris" (Leonard Cohen) |
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ACCABA, LCPH y UCRA [BPN-21/12/11] El jueves pasado realizaron la última reunión del año la Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (ACCABA), la Fundación Liga del Consorcista de Propiedad (LCPH) y la Unión de Consorcistas de República Argentina (UCRA). El encuentro, el primero en su tipo, se llevó a cabo en el Centro de Gestión y Participación Comunal Nº 2, ubicado en la calle José E. Uriburu 1.022 de esta ciudad. Entre los participantes se encontraba, Matías Chari, asesor del exlegislador Sergio Abrevaya. El Dr. Jorge Resqui Pizarro, coordinador de Reafirmación de los Derechos del Cosorcista (ReDeCo) fue invitado pero no asistió. Teresa Villanueva La presidenta de ACCABA se refirió a la creación de nuevos libros destinados a los consorcios por parte del Dr. Juan Manuel Gallo, director general de Defensa y Protección al Consumidor de la Ciudad de Buenos Aires. "Tanta cantidad de libros no mejoran la situación y no se justifican porque traen gastos al consorcio y aumentan la cantidad de tareas y controles a los administradores, quienes pueden poner como excusa que son muchos libros y no se puede hacer todo", afirmó. Por otra parte, aclaró que el principal problema es que "las asociaciones son pocas y los consorcistas que están en el tema y les preocupan los problemas comunes son menos. Como los administradores no informan sobre las nuevas leyes ni sobre cómo se tratan, la gente sigue viviendo en el limbo". Osvaldo Loisi A su vez, el presidente de la LCPH , el Dr. Osvaldo Loisi propuso la creación de un movimiento representante de los intereses de los consorcistas. Al respecto declaró que "si no se le da un curso político no se va a lograr nunca nada". Según Loisi, una de las características de este organismo sería la posibilidad de la democratización de las decisiones: "yo quiero un movimiento que promocione la democracia directa, en el cual la gente pueda expresarse". Por último, valoró la labor realizada por los legisladores Sandra Dosch y Sergio Abrevaya en la creación y la modificación de la Ley 941 que creó –en su momento- un Registro Público de Administradores en la CABA. Alicia Giménez La presidenta de UCRA disertó sobre la falta de participación en las asambleas por parte de los propietarios. "La gente no va a las asambleas porque no les interesa y están desalentados porque hay grupos que ya tienen todo organizado", afirmó, refiriéndose a la desunión que observa en ciertos consorcios. En un llamado al trabajo en conjunto, Giménez describió la situación actual: "en un consorcio siempre hay, por lo menos, dos grupos enfrentados y eso nos dificulta el trabajo porque, a veces, por estar en contra de algo, son capaces de estar en contra de cualquier cosa, incluso de sus propios intereses" |
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Perlitas: "¡Qué pobre memoria es aquélla que sólo funciona hacia atrás!" (Lewis Carrol) |
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Personalidad Destacada del Deporte La Legislatura distinguió al papá de Saldivia [BPN-21/12/11] El pasado 2 de diciembre el Sr. Albino del Carmen Saldivia fue nombrado Personalidad Destacada del Deporte en la Legislatura porteña por su trayectoria en el atletismo. El evento, que comenzó a las 18 horas, se realizó en el Salón Dorado. El atleta es el padre de Gabriela Pilar Saldivia, coordinadora del Registro Público de Administradores de la CABA. "A sus 74 años, con una larga y sostenida trayectoria deportiva, sigue entrenando diariamente y compitiendo con el mismo entusiasmo", destacó en su momento la legisladora Silvina Pedreira (PJ). "Saldivia hoy persigue la promesa de obtener los grandes títulos que ofrecen el Campeonato Sudamericano en Lima (Perú) en noviembre de 2012 y el Campeonato Mundial de Atletismo a realizarse en Porto Alegre (Brasil) en agosto de 2013", agregó la legisladora porteña. Últimos logros A lo largo de 2011, Saldivia –también llamado cariñosamente "el Correcaminos", ha obtenido las siguientes posiciones en atletismo: - el primer puesto en Junín, - el primer puesto en Ringuelet, - el primer puesto en Concepción del Uruguay, - el segundo puesto en La Plata, entre otros. Su trayectoria En 1974, con 37 años, Saldivia se convirtió en campeón argentino en 5 mil metros y subcampeón en 10 mil metros en Mar del Plata. Al año siguiente, se consagró campeón argentino en 10 mil metros en Parque Chacabuco, durante el último Campeonato Argentino realizado en el país. Ello le otorgó el derecho a integrar la delegación argentina para competir en el campeonato sudamericano de Río de Janeiro. En 1976, Saldivia ganó la maratón "La prensa Austral" realizada en Punta Arenas (Chile). En 1984 fue campeón argentino y sudamericano en 5 mil metros y en 10 mil metros ya en la categoría veterano. Saldivia ganó más de 200 carreras en la categoría mayores en casi todas las provincias argentinas. Y, como veterano, salió victorioso en más de 600 carreras en las distintas categorías |
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Perlitas: "Lo que somos no puede ser separado de dónde venimos" (Malcom Gladwell) |
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Sueldos Diciembre/11 Diciembre y 2º SAC sin novedades [ BPN-21/12/11] Aunque el Sindicato Único de Trabajadores de Edificio Renta y Horizontal (SUTERH) acordó un aumento del 5% para los haberes de noviembre de 2011, no hay novedades sobre su homologación (BPN del 09/11/11: "La CAPHyAI y el SUTERH cerraron en un 5%").2º SAC 2011 Durante el mes de diciembre se debe abonar este beneficio según lo indica el artículo 122: "El sueldo anual complementario será abonado en dos cuotas: la primera de ellas el treinta de junio y la segunda el treinta y uno de diciembre de cada año..." Con respecto a su cálculo, la Ley 23.041 (publicada en el Boletín Oficial del 04 de enero de 1984, Nº 25335) dice: "El sueldo anual complementario en la actividad privada, Administración Pública Central y descentralizada, empresas del Estado, empresas mixtas y empresas de propiedad del Estado, será pagado sobre el cálculo del 50 % de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de los semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año". Un mes con 3 feriados Debido al feriado puente del día 9 de diciembre, que se suma al del día 8 y al 24, es muy probable que este último mes del año 2011 se convierta en el mejor sueldo del semestre. Habrá que liquidarlo con cuidado para luego poder calcular la segunda cuota del aguinaldo. Asueto solo para la Administración pública nacional El Decreto 184/2011, publicado en el Boletín Oficial del 14 de diciembre pasado, otorga asueto solo al personal de la Administración pública nacional, por lo tanto en el sector de la propiedad horizontal nada se modifica en relación a este decreto. El personal beneficiado, gozará de asueto los días 23 y 30 de diciembre a partir de las 12 horas y en forma total los días 26 de diciembre de 2011 y 2 de enero de 2012. Diciembre 2011
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de los administradores y consorcistas. ADMINISTRADORESph.com.ar Para encontrar todos los datos de la propiedad horizontal en un solo lugar. Visítelo aquí. |
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Perlitas: "La vida es el arte del encuentro, aunque haya tanto desencuentro en esta vida" (Vinicius de Moraes) |
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Correo de Opinión Honorarios y multas por el Cr. Carlos G. Szperling Estimado Sr. Director: ¡Por fin nos han dado la estocada final! Las multas que ha determinado la Direccion de Defensa al Consumidor por incumplir la Ley 941 que empiezan en 3.712 pesos, en muchos casos duplican o triplican los honorarios habituales por administrar un consorcio. Si bien nadie desea ser pasible de multas, la mal intencionada política de tener administradores que sirvan de "chivos expiatorios" para todas las patologías consorciales (y no hablo de las de los edificios) hará que empiece, ahora seriamente, la caza de brujas. Por fin los políticos del GCABA, burdos aspirantes a políticos nacionales, me han convencido de varias cosas: A) Abandono urgentemente la actividad de administrador y me dedico a la política. B) Les deseo suerte a mis colegas que no se avivaron a tiempo que... ¡es mejor huir que lamentar! C) Insisto en proponer que los administradores pasen a desempeñarse como "funcionarios públicos", recaudando y pagando todo vía Banco Nación y con sistemas operativos de liquidación de expensas desarrollados por los genios del GCABA. D) Mientras tanto, exijo que sea el SUTERH quién nos represente como sindicato, que nuestros honorarios se conviertan en sueldos siguiendo la escala del SUTERH, tengamos vacaciones pagas y derechos laborales (estabilidad, seguridad y salud) protegidos por la Constitución. Me despido de Ud (tal vez para siempre)
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Perlitas: "Actuar es fácil, pensar es difícil; actuar según se piensa es aún más difícil" (Johann Wolfgang Goethe) |
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Correo de Opinión Sobre el libro Ingreso y Egreso de Proveedores I por el Adm. Guido Abbondanza Queridos Pequeñas Noticias: Veo la confirmación de este nuevo libro y recuerdo las corridas para presentar el Libro de Seguridad Edilicia: primero, los gastos para su adquisición; segundo, los que correspondían al idóneo en Seguridad e Higiene y luego los contramarchas, los cambios de fechas, de gastos, etc. Lo único que me queda es una pregunta: todos los genios que se ocupan de esto, ¿alguna vez administraron consorcios? Este nuevo libro de proveedores, ¿dónde debería estar? ¿En el edificio? ¿A cargo del encargado? En su horario de descanso, ¿qué se hace con este libro? ¿No se completa? ¿Y en los edificios en los cuales no hay encargado? ¿Lo tiene el administrador y el proveedor, bien tempranito, pongamos a las 7 de la mañana, pasa a firmarlo para poder llegar y empezar a trabajar a las 8? Luego, al terminar el día ¿vuelve a la administración para completar la salida? Muy buena idea... excelentes resultados dará su aplicación. Nada de costos mayores por el viajecito de los proveedores de un lado para el otro. La administración abierta de 7 a 21 hs para poder recibirlos. Lógico que todo por los mismos $500, $700 u $800 de honorarios. ¿No tenemos ya un libro de seguridad, una declaración jurada, miles de disposiciones, leyes y demás referidas a la obligación de contratar proveedores matriculados? Me gustaría agregar que yo vivo de la administración de consorcios. No tengo 20 edificios sino unos cuantos menos y no me resignaré a dejarlos para que los tome una "gran" administración con su super estructura. Yo atiendo personalmente a los edificios y a los propietarios, acompañándolos en la lucha de afrontar todos estos gastos. Sabrán que en muchos edificios, de 10 u 11 unidades, sin encargado fijo, residen muchos viejitos que sólo cuentan con su jubilación para vivir y se les hace imposible pagar las expensas. Ni hablar en aquellos en los cuales el encargado tiene 25 años de antigüedad. Perdón, pero alguien tiene que saber que es excelente la idea de tener seguridad en los edificios. Por el bien de todos, el control no está de más ya que se sufrieron muchas tragedias por la falta del mismo, pero implementar medidas por el sólo hecho de hacerlas... Menos mal que hay que pagar obleas y demás para este nuevo libro, así no se falsifican... ¿o será por otro motivo?
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Correo de Opinión Sobre el libro Ingreso y Egreso de Proveedores II por el Lic. Alexis Pourrain Estimados colegas adminisradores de consorcios: En referencia a la nota publicada en la cual se informa la creación de un nuevo libro que deberá sumarse a los ya existentes en un consorcio, me interesaría darles mi punto de vista con el cual seguramente muchos no estén de acuerdo. Creo que medidas como estas deberían ser celebradas ya que marcan un nuevo rumbo en la administración profesional de consorcios. Un edificio debería ser un lugar seguro en el cual únicamente tendrían que circular personas autorizadas. Quizás para edificios que no poseen muchas unidades, esta medida pueda resultar un poco exagerada, pero, en consorcios de mayores tamaños, un buen libro de control puede contribuir con la seguridad. Esta claro que la medida resulta poco específica. Esto no es aconsejable ya que puede permitir varias interpretaciones pero, lamentablemente, pocas leyes suelen tener un buen nivel de detalle para poder cumplir al pie de la letra el objetivo perseguido por el legislador. Por tal motivo, los usos y buenas costumbres de nuestra sociedad siempre deberían acompañar a las leyes. Este libro es una nueva responsabilidad para el administrador y estoy seguro que aquellos que trabajan con ganas y disfrutan de esta profesión, podrán encontrar el camino para ponerlo en marcha de manera inmediata y correcta.
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Perlitas: "Lo que separa el talento individual del éxito es la cantidad de trabajo esforzado y difícil que la persona pone" (Stephen King) |
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Correo de Opinión Sobre el libro Ingreso y Egreso de Proveedores III por el Sr. Mario Josovic Queridos Pequeñas Noticias: Este señor Gallo seguramente no duerme de noche pensando qué otro libro puede exigir. Le puedo sugerir algunos y así podrá dormir más tranquilo: Libro rubricado por el RPA que consigne la temperatura del edificio en invierno y en verano a efectos de controlar el consumo de energía. Libro rubricado en el RPA que consigne los elementos de limpieza que utiliza el encargado a efectos de verificar que los mismos estén debidamente autorizados por el Ministerio de Salud Pública. Libro rubricado por el RPA que consigne la marca de la ropa que provee el consorcio al encargado y que bajo ningún concepto figure la leyenda "consorcio de propietarios de la calle..." Libro rubricado por el RPA que consigne si todos los libros obligatorios están en uso y al día. Probablemente me falten algunos. Si no puedo dormir esta noche pensando en ellos, la semana que viene, después del feriado largo, mis neuronas se activarán como siempre. Espero haberle sido útil. Si alguien lee estas recomendaciones, le agradeceré colaborar y agregar los libros faltantes. Muchos saludos al señor Gallo.
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Correo de Opinión Información poco confiable del “Registro No Llame” de la CABA por el Sr. Raúl Guinzburg Querido Pequeñas Noticias: El 10 de agosto de 2006 los porteños nos enteramos que se había publicado en el Boletín Oficial la Ley N° 2014 (“Registro No Llame”), con la cual por fin íbamos a tener una herramienta que impidiera los molestos llamados telefónicos que ofrecen desde “un escarbadientes” hasta un “crucero por el Caribe” a cualquier hora del día y de la noche. Ello duró poco ya que su aplicación estaba sujeta a la reglamentación. Después de 8 meses y medio, se la reglamentó por Decreto N° 596 del 25 de abril del 2007. Sin embargo -como lo comentamos en otro artículo (BPN. N° 374: “Las molestas promociones telefónicas y una ley no aplicada”)- la ley no era posible de aplicar. Entonces, el 18 de diciembre de 2008, la Dirección de Defensa y Protección al Consumidor de la CABA informaba a la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires que dicho Registro “no estaba operativa porque faltaba adquirir el equipamiento necesario y habilitar un espacio web para su registración". Aún no había posibilidad de inscribirse para que no nos llamen. En otras palabras, dos años después no existían las condiciones para su aplicación. Posteriormente se habilitó la página web del Gobierno de la Ciudad -la cual aún existe- en el que se daban instrucciones para realizar una pre-inscripción llamando al número telefónico 147 para luego dirigirse al Centro de Gestión y Participación Comunal más cercano para ratficar la documentación solicitada. El artículo 8º de la ley indica que la inscripción en el registro, así como la baja, deben ser posibles por medios eficaces, de uso rápido y sencillos, de acuerdo a lo que disponga la reglamentación de la presente ley: informáticos, telefónicos y/o postales. Sin embargo, en su reglamentación no se ha tenido en cuenta esta “sencilla”, ”rápida” e “informática” forma de anotarse, etc. Hoy a dos años de la implementación del “Registro” nos encontramos con que un funcionario del Gobierno Porteño, el subsecretario de Atención Ciudadana destaca el modo de inscripción y el funcionamiento del sistema, remarcando su rapidez y efectividad, lo cual es falso. Por otra parte, explican con una enorme candidez e infantil respuesta que la baja de inscriptos -con respecto al año anterior y del cual sólo el 6% terminaron el trámite en el CGPC- se debe a que muchos ahora quieren volver a escuchar promociones o informaciones puntuales de bancos y compañías privadas. Esta afirmación carece de absoluta seriedad: en la era de la informática, ¿quién desea que lo molesten con esos llamados inoportunos?. Sí, aceptan tácitamente que la inscripción tiene sus fallas al decir quue no pueden "validar on line los datos de los consumidores”. Creo que no hay voluntad para ello, ya que la validación por Internet es muy fácil de realizar: escanear la documentación pertinente remitiéndola vía correo electrónico con una nota solicitando la aplicación del servicio. El otro problema es que muchos de los que se hallaban inscriptos, después de un tiempo, siguieron recibiendo llamadas de telemarketing y, al tratar de informarse si aún estaban en el Registro, se encontraron que al conectarse con el número 147, las instrucciones estaban tan mal diseñadas en su automatización -no se puede hablar con alguna persona real- que al apretar una opción se desbloquea la “registración” y el trámite debe iniciarse nuevamente. Y volvemos a la burocracia estatal, molestarse y perder el tiempo, que puede ser valioso para muchos, para oficializar el pedido en un CGPC. Allí está la verdadera razón del desestimiento e inscripción de nuevos abonados al Registro No Llame”.
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Correo de Opinión Sobre máscaras de humo por el Lic. Rodolfo Aguilar Estimados señores: La pregunta es: ¿a dónde debe estar guardada la máscara? ¿En el departamento del encargado? ¿En el sótano? ¿En la vereda? ¿En la terraza? ¿O la debe llevar permanentemente puesta? La situación resulta compleja ya que el encargado recorre el edificio permanentemente, o al menos debería. Si la máscara está en su departamento y se produce un incendio, es probable que le ceda dicha máscara a algún hijo o a su esposa, con lo que se desvirtuaría la medida. Para que sea eficaz una máscara antihumo ¿debe contar con un equipo de respiración autónomo? Los usuarios de este tipo de máscara deben estar perfectamente afeitados, ya que el uso de barba y/o bigote le quita eficacia al elemento protector -el diámetro de los pelos es superior al de las partículas del humo y por lo tanto este se introduce por los intersticios. Podemos seguir así un largo rato.
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Rincón Solidario Hace muy incómoda cualquier crítica hacia su labor Buenas tardes: Lo molesto con una consulta. En el edificio donde vivo el encargado con vivienda -la vivienda es en el consorcio- asiste a las asambleas como representante de varios propietarios. Esto hace que tenga una injerencia importante en las decisiones y muchas de ellas tienen que ver con su desempeño, sin mencionar que hace muy incómoda cualquier crítica hacia su labor. ¿Puede él, como empleado del consorcio, ser a su vez apoderado de un propietario? Aclaro que el reglamento de copropiedad establece como único requisito que el poder sea ante un escribano o un banco. Muchas gracias por su tiempo, Ariel (15/11/2011) Estimado Ariel: Si bien, en principio, nada obstaría a que el encargado pudiera actuar como representante de alguno o algunos propietarios en las asambleas del consorcio, es evidente que aquí se está configurando una situación irregular, contraproducente y potencialmente peligrosa. Configura una verdadera imprudencia, cuando menos, designar a un empleado del consorcio para que actúe con voz y voto en ese verdadero órgano de decisión del consorcio que es la Asamblea. Y esto es así porque existen potenciales intereses contrapuestos entre el encargado y los miembros del consorcio, el cual su empleador o "patrón" del mismo. Queda esto en evidencia cuando hay que tratar temas concernientes a su desempeño en las tareas, deliberar y votar, y que por una ficción jurídica se deba hacer de cuenta que no se está presente el encargado sino el representante de algunos propietarios. Así como el reglamento de su consorcio no contiene una norma que prohiba tal designación, en la casi mayoría absoluta de los reglamentos ocurre lo mismo. Sin embargo, a casi ningún propietario se le ocurre designar como representante suyo en las asambleas al encargado simplemente porque se trata de una verdadera imprudencia. Este tema debería ser analizado con el administrador y ser tratado especialmente en una asamblea, por supuesto, en ausencia del encargado. Basado en las consideraciones precedentes -sobre todo en los mencionados intereses potencialmente contrapuestos del encargado y los consorcistas- me animaría a aconsejar que el administrador, al convocar a asamblea, expresamente rechace la posibilidad de que se pueda conferir a nombre del engargado autorización para representar. Sisi esto deriva en un conflicto con algún copropietario, cosa que dudo, será un juez quien determine si hay o no incompatiblidad para que el encargado ejerza estas representaciones irresponsablemente conferidas. Al fin y al cabo, se trata de una cuestión de sentido común. Con lo respondido le envío un saludo cordial. --- El Dr. Jorge Armando Maldonado es abogado y está especializado en propiedad horizontal. Es coordinador de la Comisión de Consorcios por Pequeñas Noticias que funciona en el CGPC Nº 7 y miembro titular del Instituto de Derecho de la Propiedad Horizontal del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a maldonadovalthule@fibertel.com.ar o al teléfono (15)4169-4574. |
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Rincón Solidario Me están tratando de hacer la vida imposible Estimado Claudio: Sigo tus boletines desde la primera hora, cuando nos explicabas cómo se liquidaban los sueldos y nunca los pude dejar de leer, ya que siempre tenemos una novedad interesante para aplicar. De esto nunca nos recibimos, siempre estamos rindiendo exámen. Hace más de dieciséis años que administro. Jamás he tenido inconveniente alguno. En esta oportunidad, me dirijo a tu persona porque en uno de los consorcios de veinte departamentos se organizó un grupo de tres personas que me están tratando de hacer la vida imposible. Lo hacen de una manera desgastante y persecutoria, cosa que me destruye. El motivo es muy simple, quieren tomar la administración ellos, pese a que el resto está totalmente en contra de ellos y a favor mío. Quise renunciar en alguna oportunidad pero todos me dicen que no tiene sentido ya que estamos hablando de un magro número de consorcistas. El tema es que llega un punto en que me siento con ganas de bajar los brazos porque veo que a los administradores se les exije todo, pero nosotros nos sentimos sumamente solos cuando en estas oportunidades se nos agravia tan impunemente. Mi autoestima es muy alta y me cuesta darles el gusto, aunque a veces flaqueo. Yo quisiera preguntarte cómo se puede proceder en estos casos, si existe algún organismo al cual puedo recurrir. Me gustaría tener tu opinión que, como siempre, será muy apreciada. Agradezco el tiempo que ocupaste en leer estas líneas y espero tu pronta respuesta. Un cariño muy grande Olga Estimada Olga: De acuerdo con su carta, ejerce su profesión desde hace dieciséis años administrando consorcios -sin inconvenientes- y tan sólo un consorcio, con una pequeña minoría que intenta reemplazarla con el pretexto de encontrar defectos, que los demás propietarios no encuentran. Realmente su gestión es exitosa pero usted denota aspirar a tener un consenso total en el desarrollo de la misma que, en la práctica, es imposible de obtener. Se concentra usted en tres propietario, sobre un total de veinte. Si tiene la aprobación de los demás Consorcistas ¿para qué preocuparse? En tanto usted realice su tarea en forma correcta, que merezca la abrumadora aprobación de los demás, que no están interesados en ocupar su lugar y además, valoran su gestión. Reitero: es prácticamente imposible obtener la total aprobación de todos los integrantes de un consorcio. Tampoco es necesario ya que es suficiente con desarrollar la tarea con total apego a la legislación vigente y con que la mayoría se exprese a través de las asambleas. Si usted se concentra en tres personas que sólo quieren hacerse cargo de la administración, disminuirá su energía y atención sobre los demás propietarios, quienes la apoyan. Por lo tanto, podemos concluir, desde un punto de vista estrictamente profesional, que usted debería continuar atendiendo al consorcio como uno más del conjunto que administra, sin involucrase en los agravios recibidos, salvo que su entidad sea tal que la habiliten a recurrir a la justicia. Asimismo, existen varios organismos que agrupan administradores, que los mantienen informados, con asesoramiento de profesionales en las distintas ramas de la Propiedad Horizontal, entre ellos, la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias. Saluda a usted atentamente, --- El Dr. Cristóbal Orlando Ruano es abogado y está especializado en propiedad horizontal. Fue administrador de consorcios y directivo de la Cámara de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI). Por cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a cristbalruano@yahoo.com.ar. |
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Rincón Solidario Hoy encontré el auto con cinco rayones importantes Estimados,
¡buenos dias! El 04/12 por la madrugada, mi novio y yo dejamos el auto estacionado en el espacio guarda coches que tiene su edificio. Él es dueño de la unidad funcional donde vive. Cuando ingresamos el coche ya casi no habia lugar para estacionar así que procedimos a dejarlo al lado del portón. Al día siguiente cuando salimos a comprar, nos cruzamos con el portero y nos informó que habíamos dejado mal estacionado el auto y que, por culpa de esto, no pudieron entrar dos autos más, los cuales quedaron afuera. Nos lo dice de muy mala manera, por lo que mi novio le contestó que cuando llegamos casi no había lugar y por eso lo dejó de esa manera. Le respondió que los otros vecinos estaban enojados y él también porque lo habían molestado por la mañana por este tema. Lo amenazó diciéndole que deje el auto como correspnde porque sino... A parte, cuando se lo decía, utilizaba calificativos (bolu**, tara**, for**) que no corresponden usar, y menos en el caso de un portero. Le comentamos este tema a la administradora del lugar y nos respondió que no podía hacer nada porque tenía miedo que el portero se calificara como despedido y esto ocacionara inconvenientes en el consorcio. El tema es que hoy encontre el auto con cinco rayones importantes que no salen. Cuando quiero sacar el coche le pido hacerlo al portero y él, en una actitud soberbia, no lo hace y se retira del lugar sin dirigirme la palabra. Quería saber cómo debemos manejarnos en estos casos en los que la administración no se hace cargo de nada y permite que ocurran estos inconvenientes con el portero, brindándole la libertad para que maneje todo a su antojo. ¡¡ Muchas gracias!! Ivana (7/12/2011) Ivana: Particular o personalmente no corresponde hacer nada. El administrador es quien está obligado a receptar vuestra queja y tomar las medidas que corresponden. No puede desentenderse con la excusa que les dio pues, de ser así, el encargado se transforma en una super autoridad consorcial a la que nadie le puede realizar observaciones. El Art. 26 de la Convención Colectiva que rige para la actividad es claro al determinar que se debe “poner en conocimiento del administrador cualquier reclamo que hagan los propietarios”…”Acordar a todos y cada uno de los copropietarios u ocupantes por igual el correcto tratamiento a que tienen derecho los integrantes del consorcio”…”Acatar las órdenes que le imparta el administrador..”. Por su parte el Art. 4º de la Ley 12.981 (Estatuto de Encargados de Casas de Renta) prescribe: “es obligación de los empleados y obreros respetar al empleador, obedecer sus órdenes, …efectuar sus tareas con diligencia y henostidad y aisarle de todo impedimento para realizarlas siendo responsable de todo daño que acusare por dolo o culpa grave…”. Esta enumeración no es taxativa y, a mayor abundamiento, dichos deberes fueron receptados ampliamente por los Arts. 84 de LCT (Deber de Diligencia y Colaboración), 85 (Deber de Fidelidad) y 86 (Cumplimiento de las Órdenes e Instrucciones). El administrador como represenante legal del consorcio es quien debe realizar cualquier queja, orden o reclamo al encargado que es dependiente del consorcio como “persona júridica” por lo que ustedes. en particular tienen vedada esa facultad. La respuesta que les da el administrador no sólo es lamentable y demuestra ineficacia en su gestión sino que además no es cierta la excusa que dá. El administrador tiene herramientas como para comprobar la falta del asalariado y, en su caso, imponer las sanciones respectivas y proporcionales a la falta cometida, que de ninguna manera significa que tenga que despedirlo, ni tampoco es tan sencillo cosiderarse despedido, por cualuquier sancion, mas cuando la falta puede probarse. En síntesis, lo máximo que pueden hacer es llevar la queja al administrador y conminarlo a que cumpla su mandato como corresponde y, por otro lado, munirse de prueba de la falta porque si la conducta infractora del encargado no puede acreditarse o probarse, no se lo podrá apercibir. La saluda atte. --- El Dr. Alberto Anibal Gabás, abogado especialista en Propiedad Horizontal y autor de numerosos libros sobre el tema es Conjuez de la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires. Ha obtenido en el 2004 y 2005 el segundo y primer premio sobre los ensayos "Derecho sobre Construcción en el Régimen de Dominio Horizontal" y "Condominio y Propiedad Horizontal. Suma y Producto de la Voluntad Colectiva" respectivamente. Para cualquier consulta se le puede escribir un e-mail a albertogabas22@hotmail.com. |
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Rincón Solidario No se puede vivir como su esclavo Buenos días, me dirijo a ustedes con el fin de solicitar asesoramiento urgente. Nuestro encargado falleció, no en horario laboral sino en un accidente de tránsito en una ruta. Él se encontraba bajo un divorcio controvertido y la ex mujer no se había retirado de la vivienda por capricho. Ya pasado el mes de su fallecimiento y habiéndose cumplido el plazo legal para abandonar la misma, ella mandó a su hijo a la administración para hacerles saber que sin dinero no iba a abandonar la vivienda. ¿Cómo es esto? Ella se queda y nosotros, ¿qué tenemos que hacer? ¿un juicio para desalojarla? Lo peor es que se ha notificado a la administración que se inició la acción filiatoria de un menor de 5 años por otra mujer. Entonces el dinero que cobremos de su seguro por su muerte no se lo podremos dar a los hijos y debemos hacer el depósito judicial. ¿Cómo podemos hacer para no ser víctimas de esta gente que ahora parece que son los dueños del edificio y determinan no irse, dejándonos a nosotros sin la posibilidad de contratar a otro encargado con vivienda (tenemos uno temporal ahora sin vivienda)? Por otra parte, bloquearon la salida a un jardín del edificio e hicieron una vivienda a la cual nadie puede acceder. Queremos llamar a un cerrajero para abrir la puerta bloqueada, acceder al jardín -el cual es propiedad común- y así mandar a tirar la construcción ilegal. Nos están haciendo la vida difícil. No podemos ser víctimas de los caprichos de la ex mujer y seguir pagando los gastos del departamento como luz, gas, etc. Necesito asesoramiento urgente porque no se puede vivir como esclavo de ellos. Gracias, Adriana (15/12/2011) Estimada Adriana: El caso que usted plantea tiene dos aspectos que la administración debe tener en cuenta para proceder en legal forma: 1) En cuanto al fallecimiento del encargado, la Ley de Contrato de Trabajo en su Art. 248 dispone que con sólo la acreditación del vínculo se tendrá derecho a percibir una indemnización igual a la prevista en el Art. 247 (la mitad de la indemnización ordinaria) en el orden y prelación de las personas enumeradas en el Art. 38 de la ley 18037. Este artículo que dice textualmente: "en caso de muerte del jubilado o del afiliado en actividad o con derecho a jubilación, gozaran de pensión los siguientes parientes del causante: 1) la viuda o el viudo. Tendrá derecho a la pensión y la conviviente o el conviviente, en el mismo grado y orden y con las mismas modalidades que la viuda o el viudo, en el supuesto que el causante se hallase separado de hecho y hubiese convivido públicamente en aparente matrimonio durante por lo que menos cinco años inmediatamente anteriores al fallecimiento. El plazo de convivencia se reducirá a dos años cuando hubiere descendencia o el causante haya sido soltero, viudo, separado legalmente o divorciado. El o la conviviente excluirá al cónyuge supérstite en el goce de la pensión, salvo que el causante hubiera estado contribuyendo al pago de los alimentos, que estos hubieran sido reclamados fehacientemente en vida o que el causante fuera culpable de la separación; en éstos tres casos el beneficio se otorgara al cónyuge y al conviviente por parte iguales. El beneficio de pensión será gozado en concurrencia con: a) los hijos solteros, las hijas solteras y las hijas viudas, estas últimas siempre que no gozaran de jubilación, pensión, retiro o prestación no contributiva, salvo que optaren por la pensión que acuerda la presente hasta los dieciocho años de edad; b) las hijas solteras y las hijas viudas que hubieran convivido con el causante en forma habitual y continuada durante los diez años anteriores a su deceso, que a ese momento tuvieran cumplida la edad de cincuenta años y se encontraran a su cargo siempre que no desempeñarán actividad alguna ni gozaran de jubilación, pensión, retiro o prestación no contributiva salvo, en éstos últimos supuestos que optaren por la pensión que acuerda la presente; c) las hijas viudas y las hijas divorciadas o separadas de hecho por culpa exclusiva del marido que no percibieran prestaciones alimentaria de este, todas ellas incapacitadas para el trabajo y a cargo del causante a la fecha de su deceso siempre que no gozaran de jubilación, pensión, retiro o prestación no contributiva, salvo que optaren por la pensión que acuerda la presente; d) los nietos solteros, las nietas solteras y las nietas viudas, estas últimas siempre que no gozaran de jubilación, pensión, retiro o prestación no contributiva, salvo que optaren por la pensión que acuerda la presente, todos ellos huérfano de padres y madres hasta los dieciocho años de edad. (Texto según ley 23570, Art. 1, BO 25/07/88) Nota: Se incorporan en los incisos 1 y 3 del Art. 38 de la ley 18037 y restantes Arts. a continuación de la palabra "viuda", los términos "viudo y el o la conviviente en aparente matrimonio" (Texto según ley 23570, Art. 11, BO 25/07/88) 2) los hijos y nietos, de ambos sexos, en las condiciones del inciso anterior. 3) la viuda, el viudo, la conviviente o el conviviente, en las condiciones del inciso 1, en concurrencia con los padres incapacitados para el trabajo y a cargo del causante a la fecha de su deceso, siempre que estos no gozaran de jubilación, pensión, retiro o prestación no contributiva, salvo que optaren por la pensión que acuerda la presente.(Texto según ley 23570, Art. 1, BO 25/07/88) 4) los padres, en las condiciones del inciso precedente. 5) los hermanos solteros, las hermanas solteras y las hermanas viudas, todos ellos huérfanos de padre y madre y a cargo del causante a la fecha de su deceso, siempre que no gozaran de jubilación, pensión, retiro o prestación no contributiva, salvo que optaren por la pensión que acuerda la presente, hasta los dieciocho años de edad. La precedente enumeración es taxativa. El orden establecido en el inciso 1. No excluyente, pero si el orden de prelación establecido entre los incisos 1. A 5. A los fines de lo dispuesto en este artículo, la autoridad de aplicación está facultada en sede administrativa para decidir acerca de la validez y efectos jurídicos de los actos del estado civil invocados por el beneficiario. La pensión es una prestación derivada del derecho a jubilación del causante, que en ningún caso genera, a su vez, derecho a pensión. (Actualización: agosto de 1988)". La cónyuge, si hubiere sido culpable, no tendría derecho alguno sobre la propiedad. Pero usted dice que hay un juicio de filiación, entonces, si este prosperara, es la esposa la que tendría derecho a recibir la indemnización, compartiéndola con el supuesto hijo del causante. Es por ello que la administración deben notificar en forma fehaciente a la compañía de seguros contratada a cerca de la situación planteada y consignar judicialmente las sumas que le corresponden abonar al consorcio. Con relación a la negativa de abandonar el departamento, lamento decirle que sí deberán iniciar un juicio de desalojo en el fuero laboral en forma inmediata. Es por todo ello que entiendo que el administrador debe asesorarse con un abogado para que le indique el camino a seguir, redacte las cartas y documentos de intimación para que se desocupe el inmueble y solicite la audiencia de conciliación ante el SECLO, citándose a todas las partes y poder así efectuar la consignación. Cordialmente, --- La Dra. María Cristina Carrera es abogada especialista en derecho laboral y para cualquier consulta se le puede escribir a dramccarrera@yahoo.com.ar o llamarla al teléfono (15)5466-9921. |
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Rincón Solidario Tiene una deuda con la ART por los últimos 18 meses Señores Pequeñas Noticias: Con fecha 8 de octubre de este año fui designado administrador de un consorcio y, hasta hoy, el administrador saliente no ha entregado la documentación correspondiente, aún habiéndolo intimado por carta documento. Ahondando en la investigación y habiendo recibido una intimación del productor de seguros, se descubrió que el consorcio tiene una deuda con la ART por los últimos 18 meses, es decir, desde que este colega fue designado (abril de 2010). Seguimos revisando las cargas sociales y allí también debe por lo menos 12 meses y siempre ha liquidado estos compromisos y no los ha pagado. ¿Qué corresponde hacer con inmediatez, sin perjudicar más al consorcio para que este delincuente pague, deje la función y no siga perjudicando a otros consorcios? Cordialmente, José
Alberto Estimado José Alberto: Quizás resulte apresurado catalogar de delincuente al administrador saliente, ya que en muchas oportunidades el administrador puede carecer de fondos, aunque los haya liquidado por expensas, para hacer frente a dichos pagos, ya sea por elevada morosidad en el pago de las expensas o dificultades judiciales en el cobro de expensas debido al fallecimiento del deudor, herederos desconocidos, sucesión no iniciada o en los casos de concurso o quiebra del deudor. Si se trata de un edificio administrado dentro del radio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, es factible que se haga la denuncia contemplada en la Ley 941 modificada por la Ley 3.254. Si se trata de un edificio situado en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, habrá que demandar al administrador por rendición de cuentas según el procedimiento contemplado en el art. 649 del Código Procesal Civil Comercial. Si los elementos probatorios son contundentes, eventualmente se podría realizar una denuncia penal por la posible comisión de los delitos contemplados en los Arts. 172 y 173 del Código Penal. En ambos casos y en la medida de lo posible aconsejamos una auditoría extrajudicial previa. Lo saluda muy atte., --- El Dr. Juan Antonio Costantino se desempeña como Profesor Titular de la cátedra "Derecho Procesal Civil" de la Facultad de Abogacía de la Universidad Nacional de Mar del Plata, es autor de varios libros de Propiedad Horizontal y de Derecho Procesal Civil y para cualquier consulta se le puede mandar un e-mail a phcostantino@arnetbiz.com.ar |
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Rincón Solidario Quiere que se le pague por los días que no va a poder ir a trabajar Estimado director: Ante todo los felicito por el boletín ya que es de muchísima ayuda. Con toda la información que nos brindan aprendo mucho porque son claros y precisos. Les quería consultar en caracter de urgente lo siguiente: en el edificio donde vive mi madre -es la propietaria- nos encontramos con un problema con el caño de desagüe del edificio que pasa por el departamento de una persona que vive en planta baja. Al parecer, por lo poco que pudo ver el plomero, podría llegar a ser el caño de desagüe. Esta señora no deja entrar a nadie a su departamento y, para que pueda entrar a trabajar el plomero, pidió al consorcio que se le pague por los días que no va a poder ir a trabajar. Según ella gana $150 por día y dice que no va a entrar el plomero si no se le pagan todos los días que le lleve al plomero reparar el caño. Si el trabajo le llevara 10 días pide $ 1.500 porque alega que no tiene a nadie para dejar en su casa y, por eso, tendría que perder días de trabajo. No sabemos qué hacer con este caso, el administrador dice que no le corresponde que se le paguen los días pero que hará lo que el consejo de administración decida. La pregunta es: ¿corresponde que se le paguen los días? Aparte de exigir este dinero, amenaza con denuncias. ¿Qué nos aconsejan? Agradeceré que me respondan a la brevedad posible. Muchísimas gracias. Graciela (27/11/2011) Estimada Graciela: La obligación de todo propietario es la de permitir el ingreso a su unidad funcional a los fines de que se puedan realizar las reparaciones que fueren necesarias a los fines de solucionar las filtraciones y/o cualquier daño que se estuviera ocasionando en los bienes comunes. Es el propietario quién debe arbitrar los medios para que estas reparaciones se efectúen en tiempo y forma. No corresponde de ninguna manera, a mi modesto entender, que se le pague ningún tipo de resarcimiento o compensaciónpor los días que se requiera para la repración del caño de desagüe. Si el proveedor, en este caso, es el plomero enviado por la administración, es una persona que goza de la confianza de éste y no veo objeción alguna para que pueda ingresar en la unidad y pueda hacer el trabajo, sin que se lo esté controlando. La conducta de la propietaria se encuadra perfectamente en lo normado por el Art. 623 ter del código de procedimientos: OPOSICIÓN A LA EJECUCIÓN DE REPARACIONES URGENTES Art. 623 TER. Cuando deterioros o averías producidos en un edificio o unidad ocasionen grave daño a otro, y el ocupante del primero se opusiere a realizar o a permitir que se ejecuten las reparaciones necesarias para hacer cesar la causa del perjuicio, el propietario, copropietario o inquilino directamente afectados o, en su caso, el administrador del consorcio, podrá requerir que se adopten las medidas y se lleven a cabo los trabajos que sean necesarios, disponiéndose el allanamiento de domicilio, si fuere indispensable. La petición tramitará sin forma de juicio, con la sola audiencia de los interesados y el informe técnico que deberá acompañarse al escrito inicial. La resolución del juez es inapelable. En su caso podrán imponerse sanciones conminatorias. En caso que un consorcista no permita el ingreso a su unidad -en la cual se requiera realizar reparaciones de carácter urgente- puede tanto usted como la administración del consorcio acudir por esta vía a efectos de proceder a la apertura judicial de la unidad. Para ello deberán cumplirse dos requisitos: 1) Intimación al propietario para que permita el ingreso a la unidad. 2) Confección de un informe técnico firmado por un arquitecto o ingeniero donde se determine la necesidad técnica de ingresar a la unidad funcional reticente. Con ambos elementos se puede acudir a la Justicia. En los hechos es un procedimiento bastante sencillo y rápido, puesto que no requiere mediación previa y, luego de la presentación judicial, el tribunal directamente convoca a las partes a una audiencia a efectos de decidir en ese momento sobre la cuestión. Espero haber contestado su pregunta. Atte. --- La Dra. Diana Sevitz es abogada, mediadora y árbitro en propiedad horizontal y de los tribunales arbitrales de consumo, es co-conductora del programa de radio Consorcios Hoy y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a dsevitz@velocom.com.ar o llamarla a los teléfonos 4784-8251 / 4784-8072. |
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Rincón Solidario Retención
de ganancias por contratación de empresas de seguridad Con respecto a la retención de ganancias por contratación de empresas de seguridad, ¿cuáles son las obligaciones del consorcio y del administrador? Un saludo atento, María Teresa (11/12/2011) Hola María Teresa: Con respecto al impuesto a las ganancias, las obligaciones surgen de la Resolución General 830 ya que no hay un régimen específico aplicable a las empresas de seguridad. La retención a efectuar es la correspondiente a locaciones de servicios, es decir del 2% sobre lo que exceda la suma de $ 5.000,- Espero haberte ayudado --- La Contadora Publica Viviana Grinberg es especialista en Propiedad Horizontal y se desempeña en la práctica privada realizando auditorías de expensas, seguimientos anuales y controles de gestión. Para cualquier consulta se le puede escribir un e-mail a vgrinberg@arnet.com.ar o llamarla a los teléfonos 4553-6094 ó 4552-9692. |
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Correo de Lectores Detalles del sueldo en las liquidaciones de expensas Agradeceré me indiquen si es cierto que el SUTERH prohíbe -así me lo expresó la administración- incluir en las liquidaciones de expensas el CUIL, las horas extras detalladas y demás conceptos que integran el salario. Por otro lado, tampoco informa datos ni números de factura de los proveedores ni de sus recibos por honorarios ni de lo que cobra como "Gastos de Administración". Saluda atentamente, agradeciendo la existencia de esta posibilidad de comunicación. Carlos (17/12/2011) Estimado Carlos, me resulta extraña la afirmación de la administración, sobre todo cuando son los copropietarios quienes abonan el sueldo del encargado de cada edificio. De todos modos, y como a mí también se me puede pasar una disposición, sería bueno que le solicites a la administración que diga dónde está escrita tal prohibición, en qué norma, en qué lugar para poder consultarla y así despejar todas las dudas. Desde ya, te invito que compartas esa información con Pequeñas Noticias para poder seguir informando a todos los lectores del boletín. Un saludo grande. |
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Correo de Lectores Sueldos de noviembre, diciembre y 2º SAC Buenas tardes, necesito saber si los sueldos de noviembre se liquidan con la planilla de octubre de 2011. (05/12/2011) No solo el mes de noviembre, sino también el de diciembre y el 2º Sueldo Anual Complementarios de 2011. Hasta la fecha no hay novedades de escalas nuevas. Aprovecho tu consulta para invitarte a leer la nota de sueldos de este mismo boletín llamada "Diciembre y 2º SAC sin novedades". Un saludo grande. |
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Correo de Lectores La consulta es la siguiente: Un empleado fue tomado en diciembre de 1994 y jubilado el 07/12/2009. Luego, el 15/12/2009 fue contratado nuevamente pero ahora debe ser despedido. Corresponden dos años por la indemnización de antigüedad, ¿verdad? Gracias. Estudio P. (05/12/2011) Hecha así la pregunta, la respuesta parece ser muy simple y sería un "sí". No soy abogada y tengo la obligación de decirte que consultes con un profesional especializado en temas laborales porque cualquier detalle puede cambiar esta respuesta que parece tan sencilla y es muy bueno evitar cualquier inconveniente para ambas partes. Un saludo grande. |
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Número de Edición: 452 (2º edición) Fecha de publicación: 21 de Diciembre de 2011 Director y propietario: Claudio García de Rivas Redacción: Claudio García de Rivas y M Fabiana Lizarralde. Colaboradores: Cra. Viviana Grinberg, Dr. Jorge Maldonado, Cr. Sebastián Wolkowicz, Dra. Diana Sevitz, Raúl Guinzburg, Dra. María Cristina Carrera, Dr. Juan Iglesias y Dr. Jorge Resqui Pizarro - Ilustraciones y caricaturas: Shúfer - Dirección: Gral. César Díaz 2761 (1416) Capital Federal - República Argentina - Teléfono/Fax: 4581-3906 Teléfono: 3526-1806 - Móvil: (15)5981-3791 - E-mail: director@PequenasNoticias.com.ar - URL´s: www.PequenasNoticias.com.ar Datos personales del suscripto: Nombre y apellido: !*LAST_NAME*!, !*FIRST_NAME*! E-mail: !*EMAIL*! Los suscriptos de Pequeñas Noticias estan protegidos por la Ley 25.326 (Registro Nacional de Bases de Datos) |
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