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Boletín  de  Pequeñas  Noticias

la comunidad consorcial como espejo de la sociedad

Miércoles 24 de Julio de 2013 - Nº: 499

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El Boletín de Pequeñas Noticias fue preparado para una visión óptima con una resolución de pantalla de 1024 x 768 pixeles.

Sede del Registro Público de Administradores de Consorcios de esta ciudad en la calle Patricias Argentinas 277.Registro Público de Administradores

¡¡¡ Nueva prórroga de las DDJJ’s !!!

Se prorrogó hasta el 16 de agosto el vencimiento de las declaraciones juradas que deben presentar los administradores de consorcios porteños en su modalidad virtual Se movió al 13 de setiembre la fecha tope para presentar la documentación en el RPA.

[BPN-24/07/13] El Dr. Juan Manuel Gallo, titular de la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor (DGDyPC) de la CABA, prorrogó al viernes 16 de agosto inclusive el vencimiento de las Declaraciones Juradas 2010/11/12 que deben presentar los administradores de consorcios ante el Registro Público de Administradores (RPA). También extendió hasta el 13 de septiembre la fecha límite para presentar la documentación...

Nueva sede de la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor de la CABA en la calle Maipú 169 de esta ciudad.Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor

Volvería Expensas Claras

Según fuertes rumores a principios de agosto volvería "Expensas Claras" Si bien sus lineamientos generales serán los mismos en esta oportunidad la asamblea de propietarios puede eximir al administrador de cumplirla total o parcialmente.

María Fabiana Lizarralde.Sueldos Julio/13

Con frío, pero sin novedades

Sin cambios para este mes, los haberes serán iguales a los de junio La escala de marzo está vigente hasta el mes se septiembre de 2013.

¿Qué significan las siglas?: Las abreviaturas más frecuentes

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CAPHyAI: Nuevo Libro de Datos 2010/11/12 Calden Desinfecciones

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Sede del Registro Público de Administradores de Consorcios de esta ciudad en la calle Patricias Argentinas 277.

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Registro Público de Administradores

¡¡¡ Nueva prórroga de las DDJJ’s !!!

Se prorrogó hasta el 16 de agosto el vencimiento de las declaraciones juradas que deben presentar los administradores de consorcios porteños en su modalidad virtual Se movió al 13 de setiembre la fecha tope para presentar la documentación en el RPA.

[BPN-24/07/13] El Dr. Juan Manuel Gallo, titular de la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor (DGDyPC) de la CABA, prorrogó al viernes 16 de agosto inclusive el vencimiento de las Declaraciones Juradas 2010/11/12 que deben presentar los administradores de consorcios ante el Registro Público de Administradores (RPA). También extendió hasta el 13 de septiembre la fecha límite para presentar la documentación correspondiente.

Gallo adelantó a este medio que en el día de hoy firmó la Disposición 2.205 con las nuevas fechas de vencimiento y que se publicará en el Boletín Oficial de esta ciudad en los próximos días.

Este es el segundo aplazamiento del vencimiento de las DDJJ’s, pero a diferencia del primero que fue de 30 días –desde el 28 de junio hasta el 28 de julio-, el actual será de poco menos de tres semanas para completar el aplicativo virtual y de 16 días para presentar personalmente la documentación pertinente ante el RPA. De esta forma el plazo total para realizar las DDJJ’s se extenderá durante 106 días y el de la presentación de la documentación por 134 días.

Desarrollo vertiginoso

Hace poco más de una semana que participantes de diversos foros relacionados con la propiedad horizontal –entre los que se encuentra el de Pequeñas Noticias en Facebook- expresaron su preocupación porque el sistema online que desarrolló el GCABA para presentar las DDJJ’s 2010/11/12 no funcionaba o lo hacía en forma deficiente.

El pasado miércoles 17 la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) le habría efectuado a Gallo un reclamo en ese sentido.

Ayer, martes 23, la entidad comunicó a sus socios -por medio de una escueta gacetilla enviada por email- que el Dr. Gallo estaba evaluando una prórroga.

En el día de hoy, miércoles 24, dos días antes de que venciera definitivamente el plazo para presentar las DDJJ’s, el Dr. Gallo firmó la disposición que ordenó la prórroga y en los considerandos de la norma confirmó aquella falla en el sistema a la cual se había referido la Cámara en su reclamo: "se ha constatado que el sistema [...] al que debe accederse para generar las declaraciones juradas presenta un error que impide generar nuevos usuarios y por tanto aquellos administradores que pretendían generar las declaraciones juradas en las fechas comprendidas entre los días 15 de julio [y] 28 de julio tendrían dificultades técnicas que no les son atribuibles".

El padre de la criatura

Es de recordar que días antes de disponerse la primera prórroga el presidente de Fundación Reunión de Administradores (FRA), Jorge Hernández, le había enviado una carta documento al Dr. Gallo en la cual le había solicitado 90 días más "atento a la preocupación manifestada por distintos administradores profesionales sobre el temor que les produce el no poder llegar a cumplir en el escaso plazo estipulado con todas las obligaciones", aunque finalmente el vencimiento se aplazó sólo un mes [BPN Nº 497 del 26/06/13: "Hernández le pidió a Gallo 90 días"].

Las fuentes consultadas por este medio ni confirmaron ni desmintieron que la decisión de prorrogar el vencimiento de la presentación de las DDJJ’s haya estado relacionadas con las solicitudes que realizaron FRA en oportunidad del primer aplazamiento como la CAPHyAI en el segundo.

La primera prórroga

La primera prórroga fue ordenada por el director de Defensa del Consumidor de la CABA mediante la Disposición Nº 1.693/13 del 24 de junio. La norma movió la fecha de vencimiento de la presentación de las DDJJ’s del 28 de junio al mismo día del mes siguiente y la presentación personal de la documentación ante el RPA al 28 de agosto [BPN Nº 497 del 26/06/13: "Se prorrogaron las DDJJ’s 2010/11/12"].

El aplicativo para realizar las DDJJ’s de los administradores de consorcios porteños está disponible desde el 2 de mayo y, en un principio, estaba previsto que tanto su confección virtual como la correspondiente presentación personal de la documentación venciera el 28 de junio [BPN 493 del 1/05/13:" ¡¡¡ Ya está disponible el aplicativo !!!"]Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


 

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Nueva sede de la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor de la CABA en la calle Maipú 169 de esta ciudad.

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Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor

Volvería Expensas Claras

Según fuertes rumores a principios de agosto volvería "Expensas Claras" Si bien sus lineamientos generales serán los mismos en esta oportunidad la asamblea de propietarios puede eximir al administrador de cumplirla total o parcialmente.

[BPN-24/07/13] Según rumores de fuentes confiables, durante los primeros días de agosto el Dr. Juan Manuel Gallo, director general de Defensa y Protección del Consumidor (DGDyPC) de la CABA, relanzaría el proyecto "Expensas Claras". Con ese fin firmaría una nueva disposición que reemplazará la Resolución 408 que Eduardo Machiavelli, secretario de Gestión Comunal y Atención Ciudadana (SECGCyAC) de la CABA, había ordenado el 18 de septiembre de 2012.

La nueva disposición –al igual que la anterior- establecería la obligación de realizar las liquidaciones de expensas según un modelo único, de enviarlas junto a toda la documentación respaldatoria por email a cada uno de los consorcistas y la de bancarizar las cuentas de los consorcios. Sin embargo en esta ocasión habrá una salvedad: en una asamblea, los copropietarios pueden eximir a los administradores de estas obligaciones.

Por otra parte la norma permitiría un modelo único de liquidación de expensas no tan rígido como el anterior sino orientativo. De esta forma cada administración lo podrá modificar según las necesidades de sus administrados. Según las fuentes que consultó este medio será más importante la información que deberá figurar y su organización general que su diseño y colores.

No era la autoridad de aplicación

Es de recordar que la Resolución 408 fue suspendida el pasado 11 de diciembre por una medida cautelar dictada por la jueza Dra. Andrea Danas luego de que la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) presentara un recurso de amparo. El argumento –entre otros- que consideró la jueza para ordenar su suspensión fue que "el órgano emisor de la norma cuestionada, es decir la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana, no es la autoridad de aplicación del régimen normativo que marca las relaciones entre administradores y consorcios, a saber, la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor" [BPN Nº 482 del 12/12/12: "¡¡¡ Se cayó la 408 !!!"].

Según rumores, la nueva disposición que derogaría la Resolución 408 estaría lista para principios del mes que viene, extendería sus plazos de aplicación y se ajustaría tanto al fallo judicial al otorgarle su aplicación a la DGDyPC como a la Ley 941.

No llegó a aplicarse

La Resolución 408 de Machiavelli había sido publicada en el Boletín Oficial (BO) el pasado 18 de octubre. La misma había establecido tres puntos principales: los administradores debían enviar a los copropietarios las liquidaciones de expensas en forma personalizada por e-mail con todos los comprobantes adjuntos, debía realizar los recibos según un modelo digital único y debían abrir una cuenta bancaria a cada consorcio en forma obligatoria. Sin embargo, el programa Expensas Claras nunca llegó a aplicarse.

Cr. Ricardo de los Santos

La primera queja formal fue del contador Ricardo de los Santos. Ocho días después de la publicación de la Resolución en el BO y el mismo día en que Mauricio Macri y Horacio Larreta lo presentaron a los medios, el contador presentó un recurso de impugnación administrativa ante la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana y en la Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires [BPN Nº 478 del 31/10/12: "A la hora señalada"]

AIPH

Por su parte, la primera entidad que accionó judicialmente fue la Asociación Civil de Administradores Independientes de Propiedad Horizontal (AIPH). En esa oportunidad -11 días después de la publicación de la Resolución 408- el letrado patrocinante de la causa pidió la declaración de su inconstitucionalidad por varias razones:

1.- porque la misma contraría una norma superior que encomendó esa labor al organismo específicamente encargado de proteger a los consumidores,

2.- porque el funcionario no puede establecer obligaciones que van más allá de las generadas por la decisión legislativa,

3.- porque el funcionario no puede tratar temas nuevos que no han sido introducidos por el legislador,

4.- porque la SECGCyAC no cuenta con las potestades constitucionales para imponer cargas autónomas a los administradores y consorcistas y

5.- porque vulnera las leyes nacionales 25.345 y 25.413 [BPN Nº 478 del 31/10/12: "AIPH accionó ante la justicia contra la Resolución 408"].

CAPHyAI

Por último, el 13 de noviembre –casi un mes después del nacimiento de la 408- la CAPHyAI también presentó un recurso de amparo con el objetivo de suspender el programa Expensas Claras, que después derivó en la medida cautelar que derogó la norma.

En sus argumentos, el Dr. Jorge Martín Irigoyen mencionó que "violenta" las leyes 3.254 y 3.291 dictadas por la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires; el Decreto Nº 551/2010, reglamentario de la Ley 941 y "afecta gravemente" derechos y garantías de rango constitucional, en particular los artículos 14, 14 bis, 16, 17, 28 y 31 de la Constitución Nacional así como los artículos 1º, 3º, 10º, 11º, 16º y 46º y concordantes de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires [BPN Nº 479 del 14/11/12: "La CAPHyAI también presentó un amparo contra la 408"]Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


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Sueldos Julio/13

Con frío, pero sin novedades

Sin cambios para este mes, los haberes serán iguales a los de junio La escala de marzo está vigente hasta el mes se septiembre de 2013.

[BPN-24/07/13] Durante el mes de julio no habrá modificaciones que reflejar en los recibos de haberes. La Resolución 637/2013, publicada el 6 de junio pasado en el Boletín Oficial (BO), indica que la escala salarial de Marzo 2013 estará vigente hasta el mes de septiembre. Recién en octubre entrará en vigencia el segundo escalón del aumento logrado por el sector

Julio 2013

1)

Escala salarial vigente

(Res 637/2013 BO 06/06/2013)

Marzo 2013

3)

FATERYH

(Res 637/2013 BO 06/06/2013 - CCT 589/10 - Art. 27)

1% de aportes para trabajadores

3% de contribuciones para el empleador.

4)

Aporte Jubilatorio:

(Dto. 22/2007 – BO 24/1/2007)

11%

5)

Sueldo Mínimo Vital y Móvil (Resolución 2/2012 BO 30/08/12)

A partir del 1/09/12 $ 2670 por mes y $ 13,35 por hora

A partir del 1/02/13 $ 2875 por mes y $ 14,38 por hora

6)

Asignaciones familiares

 

 

 

 

A partir del 1º de julio de 2010 la Administración Nacional de la Seguridad Social liquidará en forma directa las Asignaciones Familiares de los trabajadores. De esta forma, el Estado Nacional efectúa los controles sobre las asignaciones familiares de los trabajadores y quita a los empleadores la carga financiera a través del pago anticipado del beneficio.

7)

Feriados de julio (1)

Martes 9 de julio por el Día de la Independencia

8)

Doble indemnización

(Dto 1224/2007 BO 11/9/07)

Se derogó la doble indemnización por el Decreto 1224/2007 publicado en Boletín Oficial Nº 31.136 el 11 de septiembre de 2007.

10)

Formulario 931

(Res. 2407/08 y Dto. 1448/08)

Según la cantidad de empleados, se debe utilizar el aplicativo "Su Declaración On Line" o la versión vigente del SICOSS.

Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


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(La misma dispone que el Administrador deberá tener tramitado el nuevo libro de DATOS 2013 al momento de

corresponderle presentar la DDJJ 2010/11/12, caso contrario no se le entregarán las matrículas renovadas de los

consorcios que aún le falte el mencionado libro)


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¿Qué significan las siglas?

ACCABA: Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

ACoPH: Asoc. Civil de Consorcistas de la Propiedad Horizontal (Mar del Plata)

ACRA: Arbitros de Consumo de la República Argentina

ADEPROH: Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la Propiedad Horizontal RA

AFIP: Administración Federal de Ingresos Públicos

AGIP: Administración Gubernamental de Ingresos Públicos

AIERH: Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal

AIPH: Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal AIPH 

API: Asocición Propietarios de Inmuebles

APIPH: Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal

APBR: Asociación de Propietarios de Bienes Raíces

APROPHMAR: Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata.

CABA: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

CACCyC: Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas

CAPHBByZ: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de Bahía Blanca y Zona.

CAPHPBA: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires

CAPHyAI: Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias

CAPRA: Cámara de Propietarios de la República Argentina

CCT: Convenio Colectivo de Trabajo

CEDDDA: Camara Empresarial de Desinsectacion, Desrodentizacion y Desinfeccion Ambiental

CGPC: Centro de Gestión y Participación Comunal de la Ciudad Autónoma de Bs. As.

CIA: Cámara Inmobiliaria Argentina

COAPLA: Empresas de Control de Plagas de la Republica Argentina

CUCICBA: Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA

CUIL: Clave Única de Identificación Laboral

CUIT: Clave Única de Identificación Tributaria

FAC: Federación Argentina de Consorcios

FATERyH: Federación Argentina Trabajadores Edificios Renta y Horizontal

FECIBA: Federación Económica de la Ciudad de Buenos Aires

FEDECO: Federación de Asociaciones de Consorcios

FRA: Fundación Reunión de Administradores

ICI: Instituto de Capacitación Inmobiliaria

INADI: Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo

LCPH: Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal

RCD: Red de Consorcistas Damnificados 

ReDeCo: Reafirmación de los Derechos del Consorcista

SERACARH: Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal

SUTERH: Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal

UADI: Unión Administradores de Inmuebles

UCRA: Unión de Consorcistas de la República Argentina

UMIPH: Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal


Boletín de Pequeñas Noticias

Número de Edición: 499 [1ª Edición]

Fecha de publicación: 24 de Julio de 2013

Director y propietario: Claudio García de Rivas

Redacción: Claudio García de Rivas y M Fabiana Lizarralde

Colaboradores: Cra. Viviana Grinberg, Dr. Jorge Maldonado, Cr. Sebastián Wolkowicz, Dra. Diana Sevitz, Raúl Guinzburg, Dra. María Cristina Carrera, Dr. Juan Iglesias y Dr. Jorge Resqui Pizarro - Ilustraciones y caricaturas: Shúfer - Dirección: Gral. César Díaz 2761 (1416) Capital Federal - República Argentina - Teléfono/Fax: 4581-3906 Teléfono: 3526-1806 - Móvil: (15)5981-3791 - E-mail: director@PequenasNoticias.com.ar - URL´s: www.PequenasNoticias.com.ar


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Socio fundador de la Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal (UMIPH)

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