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Boletín de Pequeñas Noticias la comunidad consorcial como espejo de la sociedad Jueves 2 de Octubre de 2014 - Nº: 530 ¡¡ EXTRA !!! |
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¿Qué significan las siglas?: Las abreviaturas más frecuentes |
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Registro Público de Administradores porteño Por segunda vez se prorrogan las DDJJ [BPN-02/10/14] El pasado 26 de septiembre, el Crio. Mayor (R) Edgardo Aoun, director general de Defensa y Protección del Consumidor (DGDyPC) de la CABA, prorrogó por 60 días corridos el vencimiento de las Declaraciones Juradas (DDJJ) anuales que deben presentar aquellos administradores cuya matrícula se encuentre vencida o venza antes del 18 de noviembre inclusive. La prórroga comenzará a correr a partir de ese día y vencerá el 17 de enero de 2015. Su decisión se fundamentó en que los errores denunciados del aplicativo on line que motivaron el dictado de la primera prórroga "no se pudieron revertir en su totalidad" y "persisten los inconvenientes técnicos" que dificultan la presentación de las DDJJ anuales previstas por el Art. 12º de la Ley N° 941. Así lo estableció la Disposición 1.842 que fue publicada en el Boletín Oficial el 1 de octubre y consta de 3 artículos de los cuales uno es de forma. Ejemplos Por ejemplo, la matrícula de un administrador que vence el 1º de noviembre tiene 60 días corridos desde el 18 de noviembre hasta el 17 de enero de 2015 para presentar su DDJJ. Lo mismo sucede si su matrícula venciera el mismo 18 de noviembre. Si el vencimiento de la matrícula fuera el 19 de noviembre –o en fechas posteriores- no estará alcanzado por esta prórroga. Es de suponer que DyPC cuenta con solucionar los problemas del aplicativo antes de esa fecha. La letra de la Ley Específicamente, la norma dispone: Artículo 1°.- Prorróguese por sesenta (60) días corridos el plazo dentro del cual, los administradores cuya matrícula se encuentre vencida o vence antes del 18 de noviembre inclusive, deberán cumplir con la obligación del artículo 12º de la Ley N° 941 en los términos de la Disposición N° 1.088/DGDYPC/14. Artículo 2°.- La prórroga dispuesta por el artículo 1° de la presente, deberá contarse a partir del 18 de Noviembre de 2014. Antecedentes Es de recordar que el pasado 21 de mayo, mediante la Disposición 1.088, Aoun había establecido 30 días corridos para que los mandatarios de los consorcios entreguen sus DDJJ en el Registro Público de Administradores (RPA) porteño y los había dividido en dos grupos: aquellos cuya matrícula vencía antes del 27 de mayo y aquellos que vencía después de esa fecha. A los primeros les había otorgado un plazo de 30 días para realizarlas desde el 27 de mayo y a los segundos, el mismo plazo pero desde la fecha de vencimiento de su matrícula. Dispuso también que debían realizar las DDJJ 2013 todos aquellos administradores que se hubieran inscripto en el RPA hasta el 31 de diciembre de 2013. Es de destacar que ni bien fue habilitado el aplicativo el Gobierno porteño reconoció que acusaba "errores aleatorios". [BPN Nº 522 del 06/06/14: "Ya está disponible el aplicativo pero acusa ‘errores aleatorios’'"]. La primera prórroga El 7 de julio en el marco de una charla organizada por la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias, Paula Scauzillo admitió que el sistema presentaba errores de funcionamiento "aleatorios" y anunció que habría una prórroga. Scauzillo se había presentado como colaboradora de Gabriela Pilar Saldivia que es la actual coordinadora del RPA porteño. La prórroga fue establecida el 10 de julio por Aoun, por el término de 45 días, mediante la Disposición 1.434. La norma fue publicada en el Boletín Oficial 4 días después, el lunes 14 [BPN Nº 524 del 11/07/14: "Scauzillo reconoció errores y anunció una prórroga"]. El amparo Finalmente, hace 14 días, el 18 de septiembre, la Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal AIPH inició un recurso de amparo contra el Gobierno porteño para que suspenda la exigibilidad de las DDJJ correspondientes al año 2013. Según la entidad, el aplicativo online que desarrolló el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para realizar las DDJJ adolece de "una cantidad innumerable de inconvenientes técnicos y se acerca inevitablemente el plazo dispuesto para el vencimiento". Esta situación "genera una incertidumbre de grandes proporciones para los administradores de consorcio que corren el riesgo de ser suspendidos o expulsados de la matrícula, es decir, de perder su carrera profesional para la cual se han preparado y tienen experiencia" [BPN Nº 528 del 25/09/14: "AIPH inició un amparo contra el aplicativo de las DDJJ"] |
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Administración Bernetti RPA CABA Nº 1188 Consorcios, fideicomisos, barrios privados y club de campo. Operaciones inmobiliarias
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INSTALACIONES FIJAS CONTRA INCENDIOS MANTENIMIENTO Y REPARACIONES DISPOSICIÓN 415/DGDYPC/2011 - Nº DE REGISTRO 2439
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Atención de urgencias las 24 hs.
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Asociación Civil de Administradores de Consorcios de P.H. – AIPH "En la búsqueda de la jerarquización de la profesión" Necesitamos su apoyo y lo invitamos a sumarse a nuestro proyecto. Participando es la manera de comenzar a gestar un cambio. Nuestros contactos:
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ADMINISTRACIÓN DE CONSORCIOS DE PROPIEDAD HORIZONTAL RPA 6807/CABA • CUIT: 20-12277274-9 CABA y ZONA NORTE: San Martín y Vicente López (Florida, Olivos, Villa Martelli). Ciudad de la Paz 1450 PB "D" (1426) CABA * Tel./FAX: 4781-8234 | Socio AIPH A045 www.administracion.milnueve84.com.ar | Asesoramiento a consorcistas y administradores |
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Número de Edición: 530 [ DXXX ] [1ª Edición] Fecha de publicación: 2 de Octubre de 2014 Director y propietario: Claudio García de Rivas Redacción: Claudio García de Rivas y M Fabiana Lizarralde Ilustraciones y caricaturas: Shúfer - Redes sociales: Facebook, Grupo Facebook, Twitter, Google+ Dirección: Gral. César Díaz 2761 (1416) Capital Federal - República Argentina - Teléfono/Fax: 4581-3906 Teléfono: 3526-1806 - Móvil: (15)5981-3791 - E-mail: director@PequenasNoticias.com.ar - URL´s: www.PequenasNoticias.com.ar - Horario: 10 a 17 hs. Datos personales del suscripto: Nombre y apellido: !*LAST_NAME*!, !*FIRST_NAME*! E-mail: !*EMAIL*! Los suscriptos de Pequeñas Noticias estan protegidos por la Ley 25.326 (Registro Nacional de Bases de Datos) |
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