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Buenos Ayres Digital

Boletín  de  Pequeñas  Noticias

La comunidad consorcial como espejo de la sociedad

Jueves 1 de Septiembre de 2016 - Nº: 584

El Boletín de Pequeñas Noticias fue preparado para una visión óptima con una resolución de pantalla de 1024 x 768 pixeles. Leer en la Web

Adm. Daniel Tocco: "En esta oportunidad se revisará la representatividad que cada entidad tiene en el sector".Primer CCT para empleados de administradoras

Administradores particulares ya negocian con SEARA

A lo largo de cinco desayunos de trabajo, administradores particulares estarían "consensuando" el armado de un nuevo Convenio Colectivo de Trabajo para sus empleados El presidente de la CAPHyAI consideró que lo que estarían haciendo "está totalmente fuera de lugar" y que esa discusión se debe dar con un órgano representativo.

[BPN-01/09/16] Titulares de administraciones particulares "dialogan y consensúan" con SEARA (Sindicato de Administradoras de la República Argentina) "puntos importantes" para el desarrollo de un Convenio Colectivo de Trabajo para el...

Gabriela Pilar Saldivia, coordinadora del RPA porteño y secretaria general de SEARA.Registro Público de Administradores porteño

Gabriela Pilar Saldivia sigue al frente del RPA

Así lo confirmó Vilma Bouza a un consorcista porteño Aclaró también que hay más de siete mil administradores registrados Un 15% son nuevos inscriptos Sólo un 48% presentaron correctamente sus DDJJ 2015.

Paula Scauzillo y el RPA: ¿Mediante qué instrumento fue nombrada, qué cargo ocupó y cómo fue desafectada?Dirección de Defensa y Protección del Consumidor

Nuevo pedido de informes sobre el RPA porteño

Dos consorcistas porteños realizaron más pedidos de información sobre el Registro Público de Administradores de la CABA Ambos coincidieron en solicitar que se aclaren datos sobre el nombramiento, plazo de gestión y funciones de Paula Scauzillo.

Sede de la CAPHyAI.Reacción a la entrevista con Abrevaya

Dura respuesta de la CAPHyAI a Sergio Abrevaya

La entidad de consorcistas desmintió terminantemente haber participado en la redacción de la Ley Muñoz En general calificó los dichos de Abrevaya como "muy lamentables" y en un caso en particular de "nefasto" Lo acusó de querer deteriorar la imagen del administrador La reacción se produjo por los dichos que Abrevaya expresó en una entrevista que concedió a este medio.

Sergio Abrevaya.La entrevista más esperada

Abrevaya en 3D (2ª parte)

En esta segunda entrega de la extensa entrevista que concedió a Pequeñas Noticias, Sergio Abrevaya contó los pormenores de las negociaciones que mantuvo con los consorcistas desde el momento en que se enteró que la ley había sido aprobada hasta el fin de la segunda reunión que mantuvo con ellos En la próxima entrega hablará del encuentro de los consorcistas con Víctor Santa María y mucho más.

 

 

Adm. y Cr. Jorge Scampini, presidente de APARA.Consecuencias de la Ley Muñoz

APARA con dificultades en su búsqueda de consenso

La Asociación de Profesionales Administradores realizó su tercera reunión con entidades colegas y de consorcistas a la búsqueda de consenso para modificar la Ley 941 Mientras que en la primera asistieron representantes de nueve entidades a la última fueron sólo cuatro Se impidió participar a Andrés Zulberti de dos reuniones.


El 20 de mayo, la SSN había dictado medidas cautelares y emplazado a Interacción ART a presentar un plan de regularización.Superintendencia de Seguros de la Nación

Se dispuso la liquidación forzosa de Interacción ART

El 19 de agosto, la Superintendencia de Seguros de la Nación dispuso la revocación de la autorización para operar y la liquidación forzosa de la ART propiedad del SUTERH y FATERyH Desde el 23 de mayo existe una denuncia penal por irregularidades en sus estados contables y el ocultamiento de la valuación de unos 5 mil juicios.


Interacción ART pertenece, mayoritariamente, al SUTERH y FATERyH.Laborales

Los empleados de Interacción ART realizaron un paro

El 18 de agosto los empleados de Interacción ART realizaron un paro de tres horas Exigían una respuesta sobre el futuro de sus puestos de trabajo.


Escudo de Bariloche.Proyecto de Ordenanza

Un Registro Público de Administradores para Bariloche

A fines de junio, siete concejales de Juntos Somos Bariloche presentaron un proyecto para crear un RPA en esa ciudad turística De ser aprobado, estará bajo la órbita de Defensa del Consumidor Los autoadministrados también deberán registrarse.


Electrodependientes: necesitan energía eléctrica constante por razones médicas.Congreso de la Nación

Ya hay cuatro proyectos para proteger a electrodependientes

Entre julio y agosto, diputados nacionales presentaron cuatro proyectos para proteger a las personas electrodependientes Proponen establecer tarifas diferenciadas, proveer generadores gratis y crear un Registro Nacional de Usuarios Electrodependientes.


Al definir el concepto de violencia se pueda constituir el delito de usurpación.Okupas

Violencia física en las personas o fuerza en las cosas

Un diputado del PRO presentó un proyecto de ley para que –cuando se trate de la usurpación de un inmueble- exista delito de usurpación cuando se lo ocupe ejerciendo violencia contra las personas o fuerza en las cosas.


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Avisos Clasificados

Pedidos/Ofrecidos


Horacio Rodríguez Larreta.Se promulgó la Ley 5.587

Certificado de defunción oficial para la Ley Muñoz

Ya fue oficialmente derogada la Ley Muñoz El 9 de agosto se promulgó la ley que le puso fin Por su parte el RPA comunicó que próximamente se habilitará el sistema para presentar las DDJJ 2015.


Carlos Rodríguez, delegado gremial de Página/12.Grupo Octubre

En septiembre se reanudaría el conflicto de Página/12

El delegado gremial de Página/12 adelantó que en septiembre se reanudará el conflicto sindical con el Grupo Octubre, actual dueño del matutino Reclaman recomposición salarial y denuncian una desinversión progresiva.


El programa se emite desde 1994.Medios

El programa "SUTERH con vos" pasará a CN23

El programa sindical se emitirá por el recientemente relanzado canal de cable CN23 La señal atravesaba inconvenientes gremiales desde febrero de este año.


Congreso de la Nación.ENARGAS

Promueven nuevo sistema de selección del directorio

Dos diputados nacionales presentaron una iniciativa para establecer un nuevo mecanismo de selección del directorio de ENARGAS El procedimiento es parecido al que se utiliza para la selección de candidatos a la Corte Suprema de la Nación.


Escudo de la Provincia de Corrientes.Misiones y Corrientes

Se crearon dos nuevas entidades de inquilinos

Entre julio y agosto se conformaron en las provincias de Misiones y Corrientes sendas entidades de inquilinos Ambas coinciden en su finalidad: defender a los inquilinos de abusos y especulaciones.


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Rincon Solidario

No hace asambleas hace más de tres años

Dr. Juan Antonio Costantino


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Rincon Solidario

Abrir dos cuentas

Dra. Diana Sevitz


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Rincon Solidario

Creo que nunca se implementó ni se exigió

Adm. Adrián Hilarza


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Correo de Lectores

El tema de los suplentes

(9/08/2016)


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Pequeñas Noticias

Nosotros

¿Qué significan las siglas?: Las abreviaturas más frecuentes

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Efemérides consorciales: El 1° de septiembre de 2015, la Liga del Consorcista inició una campaña contra el proyecto de ley impulsado por la Cámara de Administradores de Consorcios de La Plata que pretendía crear un Colegio Público de Administradores en la provincia de Buenos Aires . 


Adm. Daniel Tocco: "En esta oportunidad se revisará la representatividad que cada entidad tiene en el sector".

Adm. Daniel Tocco: "En esta oportunidad se revisará la representatividad que cada entidad tiene en el sector".

Primer CCT para empleados de administradoras

Administradores particulares ya negocian con SEARA

[BPN-01/09/16] Titulares de administraciones particulares "dialogan y consensúan" con SEARA (Sindicato de Administradoras de la República Argentina) "puntos importantes" para el desarrollo de un Convenio Colectivo de Trabajo para el sector. Estos encuentros entre administradores y la Comisión Directiva de ese gremio, conducida por Gabriela Pilar Saldivia, se vienen produciendo desde hace ya un tiempo. El último habría sido el 5º desayuno de trabajo que se realizó con este objetivo en su sede.

Así lo informó esa entidad sindical en su página de Facebook el pasado 18 de agosto. En la foto que acompañó el artículo publicado en esa fecha se pueden distinguir tres socios de la CAPHyAI (Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias) de los cuales dos actualmente pertenecen a su Comisión Directiva: Silvia Rodríguez Maceira (vocal titular), Daniel Grass (protesorero) y Silvia de Filippo (exprosecretaria) <vínculo>. SEARA destacó "lo productivo de estos encuentros", y agradeció "la participación y el apoyo brindado por las administradoras". Un día después, comunicó que visitaron "varias administradoras con la finalidad de hacer llegar nuestra propuesta a los trabajadores" <vínculo>.

QUÉ ESCRIBIMOS SOBRE EL TEMA?

BPN 581 del 21/07/16: "Gabriela Pilar Saldivia inauguró un local para SEARA"

BPN 579 del 23/06/16: "Gabriela Pilar Saldivia es la titular de SEARA"

BPN 572 del 10/03/16: "Se fue Aoun y llegó Vilma Bouza"

BPN 561 del 02/11/15: "Crearon un sindicato de empleados de administradores"

Daniel Tocco

Consultado el Adm. Daniel Tocco, presidente de la CAPHyAI -una de las tres entidades que actualmente negocia los CCT de los encargados de edificios- consideró que el hecho de que administradores particulares se sienten a discutir un convenio para el sector "está totalmente fuera de lugar" y que lo hacen "con total desconocimiento de lo que es la legislación vigente porque todos los convenios colectivos se arman con entidades representativas del sector y que tengan algún tipo de derecho a obligar", y agregó: "este sindicato, de alguna forma, se va a tener que sentar con la UADI [1] y el AIERH [2]. Supongo que a estos dos últimos los van a citar pero la Cámara seguro participará. Si se quiere consensuar algún tipo de convenio que genere obligaciones con terceros va a tener que ser con un órgano representativo".

Es de destacar que Tocco aclaró que en esta oportunidad -y a diferencia de lo que acontece con la mesa patronal que discute paritarias con los encargados de edificios- se revisará la representatividad que cada entidad tiene en el sector: "en la cámara tendríamos que estar pensando que las instituciones participen en forma proporcional a su cantidad de asociados" Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] UADI: Unión Administradores de Inmuebles.

[2] AIERH: Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal.


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Efemérides consorciales: El 4 de septiembre de 2009, durante la emisión de su programa de radio, el presidente de FRA, Jorge Hernández, aseguró que en el 2007 el proyecto de ley para crear un Colegio Público de Administradores no se aprobó porque no pusieron el dinero que les pedían para que se pudiera sancionar.


Gabriela Pilar Saldivia, coordinadora del RPA porteño y secretaria general de SEARA.

Gabriela Pilar Saldivia, coordinadora del RPA porteño y secretaria general de SEARA.

Registro Público de Administradores porteño

Gabriela Pilar Saldivia sigue al frente del RPA

[BPN-01/09/16] Vilma Bouza, directora general de Defensa y Protección al Consumidor, ratificó que Gabriela Pilar Saldivia sigue siendo la coordinadora del Registro Público de Administradores (RPA) de la CABA. Por otra parte, Saldivia también es también la secretaria general del Sindicato de Empleados de Administradoras de la República Argentina (SEARA).

Bouza además informó que actualmente hay 7.516 administradores activos inscriptos en el RPA. De ese total, poco más de un 15% (1.445) son "nuevos inscriptos".

Sin embargo, en el listado de administradores de consorcios que figura en el sitio oficial de la Ciudad de Buenos Aires hay publicado un padrón compuesto únicamente por 5.475 mandatarios <vínculo>. La diferencia entre el dato que brindó Bouza y el que figura en el sitio oficial del Gobierno de la CABA es de 2.041 administradores de consorcios lo que podría indicar que en el sitio Web falta un 27% del padrón. Es necesario mencionar que a este listado le falta su última fecha de actualización.

De los 6.071 administradores que debían presentar sus Declaraciones Juradas del 2015, según explica Bouza, sólo las presentaron correctamente un 48% (2.935 administradores), mientras que el 41% (2.498) adeuda documentación.

Es de suponer que los 638 administradores restantes (10%), a los que no hace mención, no presentó todavía las DDJJ del 2015.

La suma de los que la presentaron en forma incompleta y de los que no la habrían presentado es de 3.136 mandatarios: el 52% del total.

Esta información la brindó Bouza el 16 de julio, mediante un correo electrónico en respuesta a tres preguntas puntuales que le realizó el coordinador de la Comisión de Consorcios del Consejo Consultivo de la Comuna 15.

En detalle, las preguntas fueron: 1) ¿Qué persona está actualmente a cargo o es responsable del Registro Público de Administradores? 2) ¿Cuántos administradores están registrados actualmente en el Registro Público de Administradores del GCABA? 3) ¿Cuántos cumplieron con la obligación de presentar sus declaraciones juradas anuales obligatorias durante el año 2015?

Bouza a los dos meses

En el marco de la "II Jornada de Debate y Reflexión" en la "Semana del Consumidor y del Usuario" que organizó la Defensoría del Pueblo de la CABA, el 25 de marzo de este año, Vilma Bouza había aclarado: "hace dos meses que estoy en la gestión. Hemos trabajado muchísimo en la clasificación de los expedientes. Con respecto al RPA -que así es como lo llamamos- hemos seleccionado todos esos expedientes y la idea es trabajarlos antes de que se forme ese Comité [NR: el Consejo de la Propiedad Horizontal que con posterioridad se derogó] para poder dar respuesta a la gente que ya presentó la denuncia y cuyos expedientes están en la Dirección".

QUÉ ESCRIBIMOS SOBRE EL TEMA?

BPN 581 del 21/07/16: "Gabriela Pilar Saldivia inauguró un local para SEARA"

BPN 579 del 23/06/16: "Gabriela Pilar Saldivia es la titular de SEARA"

BPN 572 del 10/03/16: "Se fue Aoun y llegó Vilma Bouza"

BPN 561 del 02/11/15: "Crearon un sindicato de empleados de administradores"

Derecho a la información pública

Según Marta Oyhanarte y Mora Kantor en el capítulo "Corrupción y Transparencia • Informe 2014" del "Libro poder ciudadano", "en un sistema democrático y republicano de gobierno, los principales argumentos que justifican la existencia del derecho de acceso a la información pública se relacionan con el ejercicio de la libertad de expresión, la participación de los ciudadanos en los asuntos públicos, la transparencia de los actos de gobierno y la propiedad de la información […] Por otro lado, el acceso a la información pública también se funda –en un sistema republicano de democracia representativa– en todos aquellos principios relacionados con la obligación de los gobernantes de rendir cuentas de sus acciones ante los gobernados. Tanto el principio de publicidad en los actos de gobierno como el principio de transparencia en la administración sirven de fundamento lógico y jurídico al derecho de acceso a la información pública. El desconocimiento sobre el accionar estatal impide el ejercicio de la accountability [1] vertical en tanto instancia electoral en la que los representados premian o castigan a los representantes según su desempeño".

La Constitución Nacional garantiza el principio de publicidad de los actos de Gobierno y el derecho de acceso a la información pública a través del artículo 1º, de los artículos 33º, 41º, 42º y concordantes del Capítulo Segundo —que establece nuevos Derechos y Garantías— y del artículo 75º, inciso 22), que incorpora con jerarquía constitucional diversos Tratados Internacionales Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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Efemérides consorciales: El 5 de septiembre de 2007, el presidente del AIERH, Dr. Juan Manuel Acosta y Lara, confesó que le daba miedo que de crearse un colegio de administradores éste se termine convirtiendo en un gran negocio.


Paula Scauzillo y el RPA: ¿Mediante qué instrumento fue nombrada, qué cargo ocupó y cómo fue desafectada?

Paula Scauzillo y el RPA: ¿Mediante qué instrumento fue nombrada, qué cargo ocupó y cómo fue desafectada?

Dirección de Defensa y Protección del Consumidor

Nuevo pedido de informes sobre el RPA porteño

[BPN-01/09/16] A mediados de agosto, dos consorcistas realizaron nuevos pedidos de información sobre el Registro Público de Administradores (RPA) porteño a la directora general de Defensa y Protección del Consumidor de la CABA, Dra. Vilma Bouza. Uno de los pedidos lo realizó el coordinador de la Comisión de Propiedad Horizontal del Consejo Consultivo de la Comuna 15 [CPH-15], mientras que el otro lo realizó una vecina consorcista porteña.

Ambas peticiones coincidieron en que Bouza informe aspectos relacionados con el nombramiento, plazo de gestión, funciones y actuado por la Dra. Paula Scauzillo del RPA durante el 2014 y 2015, aclarando que nunca se informó formalmente sobre ninguno de estos datos.

Como primer punto, el consorcista de la Comuna 15 hizo referencia a una respuesta anterior que brindó la funcionaria en la que especificó la cantidad de administradores inscriptos y cuántos no presentaron sus DDJJ en el 2015 <ver nota>. Sin embargo –según sus números- quedaron 638 administradores que no figuraron en ninguna categoría: ni como los que las habían presentado correctamente sus DDJJ, ni como los que adeudaban algún tipo de documentación. Por esta razón, le pidió que informe el estado de esos administradores con respecto a las DDJJ del 2015.

Le solicitó también que aclare la cantidad de administradores sancionados y preguntó si existe un acceso público para evacuar esta consulta o si para cada caso en particular hay que hacer un pedido puntual.

Por su parte, la vecina solicitó que se le brinde un "organigrama o estructura organizativa actual del RPA de CABA detallando, por sector, la jerarquía, cantidad de personas, costo laboral y si son planta permanente o contratados", el número total de denuncias contra administradores desde el 2 de enero de 2015 hasta la fecha y la "cantidad total de sanciones impuestas en ese período" originadas por esas denuncias.

Pidió además que informe sobre la cantidad de administradores inscriptos en el registro que adeudan la declaración jurada del año 2014, a diferencia del coordinador de la CPH-15 que preguntó por las DDJJ del 2015.

Las consultas se realizaron a través de sendos correos electrónicos que se enviaron los días 24 y 26 de agosto y aún no han obtenido respuesta Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


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Efemérides consorciales: El 8 de septiembre de 2013, falleció el Dr. Eduardo Brailovsky, a los 60 años, a consecuencia de una larga y dolorosa enfermedad que se le había diagnósticado en marzo de este año.


Sede de la CAPHyAI.

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Reacción a la entrevista con Abrevaya

Dura respuesta de la CAPHyAI a Sergio Abrevaya

[BPN-01/09/16] El 23 de agosto, la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) desmintió terminantemente haber formado parte de la redacción de la Ley Muñoz [1] (Ley 5.464) –ya derogada- que creaba un Consejo de la Propiedad Horizontal en la Ciudad de Buenos Aires.

El primero de agosto, el Dr. Sergio Abrevaya había concedido a Pequeñas Noticias una extensa entrevista cuya primera parte se publicó tres días después [2]. Mediante un comunicado de prensa las autoridades de la CAPHyAI calificaron, en general, sus comentarios de muy lamentables, en un caso en particular de nefasto, lo acusaron de tener interés en deteriorar la imagen del administrador y le recordaron que en 2010 desconocía algunos temas relacionados con la actualmente derogada Ley 13.512 <texto original>.

En detalle

En general, la CAPHyAI calificó los comentarios del exlegislador por la Coalición Cívica como "muy lamentables" pero consideraron especialmente de "nefasto" un párrafo de sus dichos en el que expresó que los administradores -haciendo alusión a esa entidad- tuevieron participación en la redacción de algunos artículos de la Ley Muñoz. La Cámara aseguró que sus comentarios demostraban "su interés por deteriorar" su imagen. Para fundamentar el desconocimiento del abogado sobre propiedad horizontal, se remitieron al año 2010 cuando lo invitaron a una charla en la CAPHyAI, luego de la sanción de la Ley 3.254 que modificó la Ley 941. En esa ocasión, los asociados de la CAPHyAI "le hicieron notar su desconocimiento sobre algunos temas de la ya derogada Ley 13.512" [3].

Otro comentario que la Cámara calificó de lamentable fue aquél en el que explicó: "[el encargado] como empleado del consorcio no es alguien que está mal visto. Muchos consorcistas son empleados, jubilados, docentes, entonces, en ese sentido, lo ven como un par. Les enoja pagar más o menos, pero es diferente la pelea con el administrador que es alguien a quien le dan el manejo del consorcio. La guerra real, fuerte, de los consorcistas ha sido con los malos administradores y este ha sido el verdadero problema". Sobre este último párrafo la CAPHyAI sostuvo que Abrevaya "sigue errando en su análisis" ya que no tiene en cuenta que "los consorcios, cada vez más, están tratando de reemplazar al encargado [del edificio] en vez de autoadministrarse para sacar al administrador" Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] El 20 de noviembre de 2015, Fernando Muñoz (Frente para la Victoria) ingresó a la Legislatura porteña un proyecto de ley -bajo el número de expediente 2455-D-2015- para transferirle el control del RPA porteño a un Consejo de la Propiedad Horizontal. La conducción del nuevo Consejo estaba compuesta por 11 miembros de los cuales una importante mayoría eran del SUTERH, de las entidades de administradores que firman los Convenios Colectivos de Trabajo y de un nuevo sindicato que agrupa empleados de administraciones de consorcios (SEARA). Muy poco tiempo después Muñoz fue nombrado Defensor de los Inquilinos porteños. Trece días después, el 3 de diciembre, la Legislatura aprobó sobre tablas y sin debate parlamentario la "Ley Muñoz" que llevó el número 5.464. El 7 de julio de 2016 la ley fue derogada con el voto unánime de los 55 legisladores presentes.

[2] BPN Nº 582 del 4/08/16: "Abrevaya en 3D (1ª parte)".

[3] BPN Nº 409 del 14/07/10 "Acalorado debate entre administradores y Abrevaya".


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Sergio Abrevaya.

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La entrevista más esperada

Abrevaya en 3D (2ª parte)

[BPN-01/09/16] En esta segunda parte de la extensa entrevista que le concedió Sergio Abrevaya (GEN) a Pequeñas Noticias, el entrevistado contó qué pasó cuando se enteró de la sanción de la Ley Muñoz [1], por qué medió entre los consorcistas y Víctor Santa María [2], por qué pensó que los consorcistas debían participar, qué había de cierto en el monto de los sueldos que se decía había para quienes ocuparan cargos en el Consejo de la Propiedad Horizontal, qué pensó de que sólo hayan participado de la Mesa Directiva del Consejo tres entidades de administradores cuando hay seis, qué rol jugó el Dr. Jorge Resqui Pizarro (ReDeCo [3]) en el armado de las tres famosas reuniones, qué estaba dispuesto a negociar Santa María de la Ley Muñoz, quién iba a ser el "sello de goma" que representaría a los consorcistas en el Consejo, qué opinó de que la coordinadora del RPA [4] porteño sea también titular de un sindicato, por qué no fue invitado Marcos Bergenfeld de APIPH [5] a esa tres reuniones y por qué se invitó a la Dra. Nelly Díaz, vicedirectora del Instituto de la Propiedad Horizontal del CEPAF [6], a pesar de que no representaba consorcistas.

En la próxima y última entrega Abrevaya hablará del motivo de la reunión de los consorcistas con Víctor Santa María, develará cómo se desarrolló ese encuentro, contará en qué consistió el acuerdo de confidencialidad y mucho, mucho más…

La entrevista

Pequeñas Noticias: ¿Por qué te ofreciste a mediar entre unos y otros?

Sergio Abrevaya: Porque no existe no tener diálogo con la otra parte. En primer lugar, ya era ley. Un día me desayuné que habían votado una ley que no conocía. Consulté al Ejecutivo, algo que creo que todos hicieron y les dieron el mismo resultado: el Ejecutivo dijo "no la vamos a derogar, con suerte la modificamos". Es más, en una reunión que tuve por poco me matan con este argumento. Cuando nos reunimos con el Ejecutivo -a quienes les agradezco por habernos recibido- el secretario general, Fernando Straface, y Facundo Carrillo, subsecretario de Demanda Ciudadana, nos expresaron que no iba a ser derogada. Hubo buena recepción pero la decisión era modificarla, no derogarla.

Después tuvimos una reunión con Carmen Polledo, vicepresidenta primera de la Legislatura, Francisco Quintana, presidente del Bloque y con Daniel Del Sol, presidente de la Comisión de Legislación General. Todos dijeron muy fuertemente que no había manera de derogarla pero que sí se podía modificar. El Jefe de Gobierno dijo en Radio Mitre y en TN: "no la vamos a derogar, la vamos a modificar". El mensaje del Ejecutivo -con una mayoría enorme en la Legislatura- era que no la iban a derogar, así que en ese sentido me puse a trabajar diciéndole a los consorcistas que el problema era que de este lado no tenían una estrategia. Había que buscar la manera de no quedarse afuera si se imponía esta ley porque en el sistema democrático hay que cumplir con las leyes. Se tenía que encontrar la forma de no dejar de decir que estamos en contra de esta ley porque siempre hay que tener la bandera en alto.

¿Quién tendría que tener diálogo con Santa María? Los consorcistas. Nunca los administradores. ¿Con quién tendrías que discutir las paritarias en el futuro?, ¿con quién tendrías que empezar a discutir?, ¿con quién tendrías que tener una mesa de trabajo para cambiar definitivamente la categorización de edificios? Decir que Víctor Santa María es un enemigo es un error. Moyano no es el enemigo de los dueños de los camiones, es un duro negociador, es la representación gremial. Esto es conceptual en la política, yo creo en la representación gremial.

La participación

PN: Pero Moyano es más débil que las cámaras empresariales. Acá el sindicato es más fuerte que la cámara empresarial.

SA: Cuando yo hice la Ley 3.254 era consciente de esta historia. Era un legislador que tenía posibilidades personales pero -lo dije en ese momento y lo seguí repitiendo siempre- el problema no es Santa María, el problema es el SUTERH y que de este lado no se organizan. Las asociaciones de consorcistas tienden a pelearse más rápido de lo que logran convocar gente.

PN: El Consejo de la Propiedad Horizontal tenía 11 miembros, en cada votación iba a ganar Santa María o por afinidad política o por afinidad gremial.

SA: Estaba mal la composición.

PN: ¿El consorcista que se sentara en esa silla no quedaría pegado? Como quedó pegada la Cámara que cada vez que se opuso a algo el SUTERH terminó firmándolo con el AIERH y la UADI. ¿Así, no quedás siempre como el malo de la película?

SA: Con la aclaración hecha de que ellos dijeron que no la iban a derogar y que sólo la iban a modificar, claramente había que trabajar para que ingrese el Estado con un número mayor y que creciese el número de consorcistas. Yo siempre creí que era el Estado el que tenía que manejar esto, por eso en aquella oportunidad trabajé en la Ley 3.254 y –como no la derogaban- ahora traté de construir otro poder dentro de ese consejo.

Si la hubiesen modificado y era ley ¿qué ibas a hacer? ¿No integrar? Una vez que es ley, ¿integrás o no integrás? Si la Constitución dice que son 60 legisladores y el que gana de izquierda es uno solo, ¿integra o no integra? ¿Cumple o no con la ley? ¿Quedás pegado a lo que dice la mayoría, o no? Esto tiene que ver con el sistema democrático.

PN: Pero en la Ley Muñoz tu voto nace como la onceaba parte. No participar también es un derecho.

SA: ¿Cumplís o no con la Ley? Participar para mí es una obligación. Razono esto como hombre de derecho y legislador. Una vez que es ley, perdí. Te lo digo al revés yo gané con la Ley 3.254. ¿Qué hizo CAPHyAI? Fue con un amparo. Hizo todos los trucos que pudo. Pero lo que es Ley es Ley. Hay que entenderlo en Argentina porque en las democracias del mundo es así. Trabajaré para modificarla, para derogarla, pero si es Ley hay que cumplirla. Es un fundamento del sistema democrático que las leyes se cumplan. Es un problema de Argentina esto de que si no me gusta una ley no la cumplo. La idea de no integrar, y si lo integras sos negro, sos un tipo que consolida, confirma lo malo del SUTERH o de AIERH. Eso es un disparate.

PN: Sin embargo, fijate qué cómodo que hubiese sido para Santa María porque ante cualquier dictamen él hubiera podido decir que también se "consensuó" con los propietarios.

SA: Yo no creo que hubiese podido decir eso. Te lo planteo al revés, si los consorcistas hubieran integrado: ¿por qué tenía que integrar uno solo?, ¿por qué no podía rotar?, ¿por qué tenía que confirmar todo?, ¿por qué no podía tener la bandera en alto y gritar que esto está mal? ¿Por qué no podía hacerlo? ¿Por qué no se puede cumplir la Ley votando todo en contra?

El sueldo

PN: Se decía que había un sueldo de 70 mil pesos para una silla.

SA: Yo creo que si había sueldo habría habido un escándalo público mayor del que hubo. No había sueldo.

PN: Había sueldo, después pidieron que se saque.

SA: No había sueldo, yo no lo vi. ¿Vos lo viste en algún lugar?

PN: Entonces ¿por qué en una modificación se pidió que no lo hubiera?

SA: Yo creo que no lo había y te digo por qué. Porque me parece que no era la razón por la cual Santa María armó eso, o por lo cual Muñoz armó eso. Ni la razón por la cual los administradores en un principio le dijeron que sí y después la ley se les desmadró. Tenía que ver con la matrícula. Ese sueldo podría haber sido el sueño de alguno, no digo que no, pero me parece que no era lo que venía. Los consorcistas plantearon que esto no podía ocurrir como una manera de garantizarse que sus costos no iban a recargar las expensas. En el Ejecutivo dijeron "está bien, vamos a modificarlo" y una de las modificaciones era esa.

Tres de seis

PN: ¿Por qué tenían que participar las tres entidades de administradores que están habilitadas para negociar las paritarias? Las entidades de administradores son seis.

SA: Es un disparate. La ley está mal.

Jorge Resqui Pizarro

PN: Voy a pasar a la reunión del 24 de febrero que tuviste con los consorcistas. Tuvieron tres reuniones, ahí en la sede de la Fundación Imagina Buenos Aires. La convocaron Resqui Pizarro y vos. ¿Trabajaron juntos?

SA: A Resqui Pizarro le pedí que me ayude a convocar a algunas personas pero yo convoque a algunos también.

Qué se podía negociar

PN: ¿Qué estaba dispuesto a negociar Santa María?

SA: Él estaba dispuesto a construir una representación igualitaria, que era dos representantes del SUTERH, dos de administradores, dos de consorcistas y dos del Estado.

PN: Sacaba la representación de SEARA[7] y a los inquilinos.

SA: Sí, la discusión era quién ocupaba los lugares restantes, si agregaban a uno o a tres más. Siempre es mejor un número impar.

El sello de goma

PN: ¿Quién era el sello de goma? Vos dijiste: "si Uds. no participan lo va a hacer un sello de goma".

SA: No sé, pero siempre es así, eso me lo enseñó la política.

PN: Hay gente que decía que ese sello de goma eras vos, que ese puesto era para vos.

SA: Te explico algo que en el mundo consorcial no se entiende: yo presido el partido GEN [8] de la Ciudad de Buenos Aires, no puedo ir de consejero a un consejo de administradores de consorcios. No podía y no puedo. Es muy mal intencionada esa versión. Yo sabía que existía esto. En la 3.254 yo era el bueno.

Soy un hombre de militancia política, tengo una trayectoria política de convicciones. Llegué a la Legislatura y creía que un militante político tenía que hacer leyes e hice 52. No sé si no es un récord, una cosa extraña en la política de hoy. Y hago lo que creo, y me daba bronca lo de la Ley 3.254 porque era mi ley, como legislador y político. Me parecía que todo había caído en una desgracia final que una ley la reemplaza desde un mal lugar, una mala ley. Eso no fue lo peor, mi sueño con la 3.254 era que algún día se terminen de juntar todos. Si vos recordás en la 3.254 se invitó a todos a redactarla porque ese fue mi espíritu. Con Muñoz un día apareció la ley. Siempre me voy a dedicar a este tema. El amparo que promueve Resqui sobre el 50%, me tuvo a mí laburando en el tema, por eso creen que tengo más relación con él. Me tuvo gratis laburando ahí, como lo haría toda mi vida.

PN: ¿Por qué no podrías participar del Consejo por ser presidente del GEN capital? ¿Por una cuestión ética o formal?

SA: Son muchas razones. No estoy inhabilitado en lo formal. Es por el objetivo político, si vos presidís un partido no podés formar parte de un consejo de consorcistas que cobran un sueldo de 70 mil pesos, como decías vos porque ese es el imaginario, ese es el imaginario de lo imposible, no da la cuenta por ningún lado. No puedo formar parte de eso. Si vos me decís "vas a formar parte de una comisión técnica que trabaja el traspaso de la Capital", bueno.

PN: Para tu puesto en el Consejo Económico y Social no te inhabilitaba.

SA: Primero que no era presidente del GEN, ni presidente de PODES [9]. Presidente del GEN soy a partir de diciembre. En segundo lugar, no me inhabilita, no sólo porque era un espacio plural sino porque el Consejo Económico y Social surge a partir de una negociación en la Legislatura según la cual a la Coalición Cívica le tocaron dos lugares de los que correspondían constitucionalmente.

¿QUÉ ESCRIBIMOS SOBRE EL TEMA?

 BPN 582 del 04/08/16: "Abrevaya en 3D (1ª parte)"
 BPN 571 del 02/03/16 :"Si los consorcistas no participan, lo hará un sello de goma"

PN: Hablando de incompatibilidades, ¿qué opinas de que Saldivia esté al frente de un sindicato y además sea la coordinadora del RPA?

SA: Hay conflicto de intereses. Es uno u otro, tiene que elegir.

Nelly Díaz

PN: ¿Por qué invitaron a Nelly Díaz en representación del Instituto de Propiedad Horizontal? Fue a casi todas las reuniones y tengo entendido que no representa a los consorcistas.

SA: Me gustaría aclarar más el otro tema, no es un tema ético, es un tema político el mío. No hay una norma ética que diga que no pudiera formar parte de un consejo. Si fuese uno de consorcistas solo, bueno, pero no en la Ley 5.464, tal vez en otra.

No me acuerdo como llegó Nelly Díaz, hubo dos o tres invitados que yo no tenía idea como llegaron, fue a una o dos reuniones, no a todas. Me parece que la explicación fue que era vicedirectora o dirigía el Instituto de Propiedad Horizontal y el Colegio trabajaba en contra de esta ley fuertemente, era como un aliado, no la invité yo.

Marcos Bergenfeld

PN: ¿Por qué no invitaron a Marcos Bergenfeld de APIPH?

SA: Marcos Bergenfeld tiene una reconocida trayectoria de individualismo. Por lo cual se sabe que la respuesta es no. Con la 3.254 lo invité personalmente, en ese momento tampoco participó, sólo participó Alicia. Él no cree en ninguno, te diría que hay casi un desprecio por el resto Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] El 20 de noviembre de 2015, Fernando Muñoz (Frente para la Victoria) ingresó a la Legislatura porteña un proyecto de ley -bajo el número de expediente 2455-D-2015- para transferirle el control del RPA porteño a un Consejo de la Propiedad Horizontal. La conducción del nuevo Consejo estaba compuesta por 11 miembros de los cuales una importante mayoría eran del SUTERH, de las entidades de administradores que firman los Convenios Colectivos de Trabajo y de un nuevo sindicato que agrupa empleados de administraciones de consorcios (SEARA). Muy poco tiempo después Muñoz fue nombrado Defensor de los Inquilinos porteños. Trece días después, el 3 de diciembre, la Legislatura aprobó sobre tablas y sin debate parlamentario la "Ley Muñoz" que llevó el número 5.464. El 7 de julio de 2016 la ley fue derogada con el voto unánime de los 55 legisladores presentes.

[2] Víctor Santa María es secretario general del SUTERH (Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal)

[3] ReDeCo: Reafirmación de los Derechos del Consorcista.

[4] RPA: Registro Público de Administradores.

[5] APIPH: Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal.

[6] CEPAF: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal.

[7] SEARA: Sindicato de Empleados de Administradoras de la República Argentina.

[8] Según su sitio Web el GEN es un partido político argentino, de centroizquierda, liderado por la Diputada Nacional Margarita Stolbizer.

[9] Según su página en Facebook PODES (Poder para el Espacio Social) es un partido político de la Ciudad de Buenos Aires que reafirma y promueve la participación ciudadana.


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ADMINISTRATIVA ATENCIÓN AL PÚBLICO: Mi experiencia abarca desde vendedora hasta liquidación de sueldos y jornales, facturacion canal minorista, mayorista, conciliación Ministerio de Trabajo con el personal despedido, contratación personal, control ausencias y balances - 30 años de experiencia - Nombre: Rita Rana - Teléfono: (15) 4935-4218 - E-mail: ritarana@hotmail.com


Efemérides: El 2 de septiembre de 1805, nació el escritor Esteban Echeverría, autor de "Rimas", "La cautiva" y "El matadero". Trajo al país el romanticismo literario, inició el cuento realista y fue el principal redactor del "Dogma socialista".


Adm. y Cr. Jorge Scampini, presidente de APARA.

Adm. y Cr. Jorge Scampini, presidente de APARA.

Consecuencias de la Ley Muñoz

APARA con dificultades en su búsqueda de consenso

[BPN-01/09/16] El pasado jueves 25, la entidad de administradores APARA [1] realizó su tercera reunión con entidades de consorcistas y colegas con el objetivo de obtener consenso para crear un proyecto de modificación a la Ley 941 que –en su oportunidad- creó un Registro Público de Administradores en la CABA. Es de destacar que a la primera reunión asistieron nueve entidades de administradores y copropietarios y en esta última lo hicieron sólo cuatro. Tres de éstas habrían anunciado que no participarían más.

En dos de las tres reuniones realizadas hubo momentos de tensión por la decisión de sus organizadores de no permitir el acceso al representante de la Comisión de Propiedad Horizontal del Consejo Consultivo de la Comuna 3 (CPH-3), Andrés Zulberti.

Al último encuentro habrían asistido Jorge Hernández de FRA [2], una representante de ADEPROH [3] y Jorge Resqui Pizarro de ReDeCo [4]. Si bien se acercaron al lugar Alicia Giménez de UCRA [5] y Samuel Knopoff de FEDECO [6] se retiraron antes de comenzar la reunión. El Cr. Jorge Scampini, presidente de la entidad convocante, no se hizo presente y lo reemplazó otra persona. Zulberti, ante la imposibilidad de ingresar, se presentó en el lugar pero esperó en la vereda donde conversó brevemente tanto a la entrada como al final con algunos de los participantes.

Los organizadores habrían comunicado a los asistentes que ni AIPH [7], ni la Fundación Liga del Consorcista participarán más de las reuniones. Por otra parte, Knopoff le habría comunicado al integrante de una entidad colega que tampoco seguirá participando de las reuniones de APARA.

La segunda reunión

A grandes rasgos APARA había dividido sus reuniones en dos grupos: unas se iban a realizar con entidades tanto de administradores como de consorcistas y otras sólo con representantes de las comunas porteñas. Sin embargo, a la reunión del 16 de agosto -que fue anunciada como una convocatoria para los representantes de las comunas- asistieron dos integrantes de entidades de copropietarios: Knopoff por FEDECO y Resqui Pizarro por ReDeCo.

Según se informó a este medio, el objetivo de la reunión era "armar estrategias conjuntas de trabajo en defensa de los derechos de la propiedad horizontal" y la reforma de la Ley 941.

Los referentes comunales quedaron en reunirse con los integrantes de sus respectivas comisiones de propiedad horizontal, para después consensuar las modificaciones propuestas en una Intercomunal de Propiedad Horizontal.

El integrante de la Comisión de Propiedad Horizontal de la Comuna 3, Andrés Zulberti -conocido también como Gerardo Andino-, mediante una circular sobre la reunión, opinó: "lo prioritario es que el RPA funcione porque son varios años que el gobierno intentó desmantelarlo para justificar la creación del Consejo de Propiedad Horizontal (Ley 5.464). Al respecto, no escuché de APARA dicho criterio, sólo se adentran en la reforma".

Quienes asistieron a la reunión fueron: Scampini y Daniel Lipera, ambos por APARA, Ema Graziani y Andrés Zulberti (CPH 3), Héctor Bregman (CPH 7), Silvia Atucha (CPH 14), Norberto Villar (CPH 15), Resqui Pizarro (ReDeCo) y Samuel Knopoff (FeDeCo).

La primera reunión

El 4 de agosto, APARA había convocado a entidades tanto de administradores como de consorcistas, y fue la primera vez que no dejaron a Zulberti ingresar a la reunión. Este hecho causó desagrado a algunos de los participantes, entre ellos Hernández, quien expresó a Pequeñas Noticias: "me pareció mal que se haya quedado afuera, yo no tengo problema de que entre cualquiera que tenga que ver con la propiedad horizontal". Otro participante relacionado con los consorcistas expresó que "no se oponía a la presencia de nadie en particular, "en especial de Andino que sabemos cómo se movió para tirar abajo la Ley 5.464".

Por su parte, el Adm. Scampini dijo a Pequeñas Noticias que "APARA activó una reunión para juntar a todos los jugadores de la propiedad horizontal […] que sean asociaciones, ligas y que tengan obviamente representatividad". Sin embargo, cuando se le mencionó que dos entidades de consorcistas no tendrían personería jurídica ante la IGJ Scampini replicó: "yo no le pido los contratos ni si están o no están formalmente armados".

El 12 de agosto, APARA dijo a través de un comunicado <texto original> que la organización de estas reuniones "no se trata de un trabajo a espaldas de nadie como lo hicieron los involucrados en la Ley 5.464, sino un trabajo de cara a todos", además explicó que las charlas que ellos coordinan son para darle un "correcto marco de protección a los propietario y a los profesionales administradores" y que para eso los integrantes de diferentes entidades deben reunirse "con respeto al prójimo, buena voluntad y la entereza de dejar egos, rencores y negocios personales de lado", aunque no explicó a qué negocios estaba haciendo referencia.

En esta primera reunión asistieron: Jorge Hernández; Victoria Loisi (Liga del Consorcista); Eduardo Awad, ex presidente del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal; Jorge Resqui Pizarro; Teresa Villanueva (ACCABA[8]); Ricardo Geler(API[9]); Samuel Konopoff; Matías Ruiz (AIPH) y Jorge Scampini Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] APARA: Asociación de Profesionales Administradores de la República Argentina

[2] FRA: Fundación Reunión de Administradores

[3] ADEPROH: Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la Propiedad Horizontal RA

[4] ReDeCo: Reafirmación de los Derechos del Consorcista

[5] UCRA: Unión de Consorcistas de la República Argentina

[6] FEDECO: Federación de Asociaciones de Consorcios

[7] AIPH: Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal

[8] ACCABA: Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

[9] API: Asociación Propietarios de Inmuebles


Efemérides: El 3 de septiembre 1932, se inauguró el Mausoleo de Bernardino Rivadavia, obra del escultor Rogelio Yrurtia, en Plaza Miserere (antes, plaza 11 de Septiembre). 


Horacio Rodríguez Larreta.

Horacio Rodríguez Larreta.

Se promulgó la Ley 5.587

Certificado de defunción oficial para la Ley Muñoz

[BPN-01/09/16] El 9 de agosto se promulgó la Ley 5.587 que derogó la Ley Muñoz [1] (Ley 5.464). El Decreto 434 oficializó la decisión legislativa del 7 de julio pasado. El 16 de agosto fue publicado en el Boletín Oficial <texto original>.

Es necesario aclarar, que se considera promulgado por el Poder Ejecutivo todo proyecto de ley que no sea vetado en un término de diez días hábiles a partir de su recepción. Después de ser promulgada una ley se debe publicar en el Boletín Oficial dentro de los diez días hábiles y si el Poder Ejecutivo omite su publicación la dispone la Legislatura [2]. Sin embargo, en este caso, Horacio Rodríguez Larreta expresó su decisión política y la promulgó.

El RPA

Por otra parte, el 11 de agosto, el Registro Público de Administradores de Consorcios de la Propiedad Horizontal (RPA), perteneciente a la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor, informó a los administradores, mediante una circular, que "próximamente se encontrará habilitado el sistema para la presentación de la Declaración Jurada 2015, en cumplimiento con las obligaciones previstas por la Ley 941 y las normativas reglamentarias". Además recordó que el RPA brinda asesoramiento exclusivo para los administradores de lunes a viernes de 10 a 14 hs. en Maipú 169 de esta ciudad <texto original> Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] El 20 de noviembre de 2015, Fernando Muñoz (Frente para la Victoria) ingresó a la Legislatura porteña un proyecto de ley -bajo el número de expediente 2455-D-2015- para transferirle el control del RPA porteño a un Consejo de la Propiedad Horizontal. La conducción del nuevo Consejo estaba compuesta por 11 miembros de los cuales una importante mayoría eran del SUTERH, de las entidades de administradores que firman los Convenios Colectivos de Trabajo y de un nuevo sindicato que agrupa empleados de administraciones de consorcios (SEARA). Muy poco tiempo después Muñoz fue nombrado Defensor de los Inquilinos porteños. Trece días después, el 3 de diciembre, la Legislatura aprobó sobre tablas y sin debate parlamentario la "Ley Muñoz" que llevó el número 5.464. El 7 de julio de 2016 la ley fue derogada con el voto unánime de los 55 legisladores presentes.

[2] Fuente: Legislatura porteña.


Efemérides: El 4 de septiembre de 1949, se instauró el Día del Inmigrante por el Decreto 21.430 del Poder Ejecutivo Nacional. 


El 20 de mayo, la SSN había dictado medidas cautelares y emplazado a Interacción ART a presentar un plan de regularización.

El 20 de mayo, la SSN había dictado medidas cautelares y emplazado a Interacción ART a presentar un plan de regularización.

Superintendencia de Seguros de la Nación

Se dispuso la liquidación forzosa de Interacción ART

[BPN-01/09/16] El 19 de agosto, a través de la Resolución N° 39.993 <texto original>, la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) dispuso revocar la autorización para operar y la liquidación forzosa de Interacción ART "por no cumplir con las condiciones mínimas de viabilidad, atento que carece del respaldo de capital exigido por las normativas vigentes". El 27 de julio,  Interacción S.A había presentado las fotocopias del Acta de la Asamblea Extraordinaria en donde sus socios (SUTERH, FATERyH y Baninver SA) por decisión unánime determinaron la disolución de la empresa y le habían solicitado a la SSN que disponga la revocación y su liquidación forzosa.

Previamente, el 23 de mayo, la SSN presentó una denuncia penal por las irregularidades en sus estados contables y por el ocultamiento en la valuación de aproximadamente 5 mil juicios. Ésta se tramita en el Juzgado Criminal y Correccional Federal N° 11, a cargo del juez Claudio Bonadío. Desde la SSN no informaron a quién está dirigida la denuncia ya que ese dato "está alcanzado por el secreto de sumario". Es de recordar que Víctor Santa María es tanto el Director de la empresa en liquidación como el titular de las dos entidades gremiales que son socias mayoritarias de esta ART.

Según un comunicado de la SSN con fecha del 21 de agosto <texto original>, en una inspección se detectó que los estados contables del 31 de diciembre de 2016 tenían una "inexistencia de saldos bancarios declarados por 203,5 millones de pesos", dando un total de un patrimonio neto negativo de 760 millones con un déficit de capital mínimo de 1.400 millones de pesos.

Las prestaciones que le pertenecían a Interacción serán asumidas por Prevención ART con cargo al Fondo de Reserva de la Ley de Riesgos de Trabajo, administrado por la Superintendencia de Aseguradoras de Riesgos de Trabajo (SRT).

La SSN designó como delegados liquidadores de Interacción a los doctores: Luis A. Bichi, Domingo F. Gomez Bisagra, Andrea S. Rojas, Alicia N. Sturla y al Cr. Edgardo Silva. Esto lo dispuso a través de la Resolución 39.993 que fue publicada en el Boletín Oficial el 23 de agosto y contiene 9 artículos, uno de ellos de forma.

El día a día

- El 20 de mayo, la SSN dictó medidas cautelares de Inhibición General de Bienes y emplazó a Interacción ART para presentar un plan de regularización.

- El 23 de mayo, según informó La Nación en una nota [1] el 2 de julio, "el Gobierno denunció en la Justicia a Interacción S.A", aunque en otra nota[2] publicada el mismo día, puntualizó que era Víctor Santa María el que "enfrentaba una nueva causa". Esta denuncia la habría presentado Edgardo Podjarny, Superintendente de Seguros de la Nación, y está a cargo del juez federal Carlos Bonadío.

- El 29 de junio, Interacción ART presentó un plan de regularización patrimonial.

- El 18 de julio, la SSN resolvió disponer para Interacción ART una Inhibición General de Bienes a través de la Resolución 39.935 (B.O: 20/07/16) <texto original>. Además le rechazó el plan de regularización patrimonial.

- El 20 de julio, Víctor Santa María declaró a Télam [3] que se trataba de un "error contable" producto del déficit que tenía la empresa y que ya se había solucionado.

- El 25 de julio, se llevó a cabo una Asamblea Extraordinaria donde los socios de Interacción ART determinaron unánimemente la disolución de la ART.

- El 27 de julio, Interacción presentó las fotocopias del Acta de la Asamblea Extraordinaria -que se había realizado dos días antes- a la SSN.

- El 5 de agosto, la SRT estableció un plazo de 24 horas para que Interacción ART ratifique la información sobre los prestadores de servicios propios y contratados que se encontraran brindando cobertura médico asistencial y, además, debía informar sobre los prestadores que dejaron de ofrecer ese tipo de cobertura. Resolución 333 <texto original> (B.O: 11/08/16).

- El 19 de agosto, a través de la Resolución 39.993 la SSN dispuso revocar la autorización para operar a la ART Interacción y su liquidación forzosa Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] La Nación del 02/08/16:"El Gobierno denunció un faltante millonario en la ART de un gremio".

[2] La Nación del 02/08/16: "Víctor Santa María, el zar sindical de los medios y la cultura".

[3] Télam del 20/07/16: "Santa María atribuyó a una "demonización" política la inhibición de bienes de la ART del SUTERH".


Efemérides: El 5 de septiembre 1913, murió Eduardo Wilde, médico, escritor, ministro de Instrucción Pública y fundador del Colegio Nacional de La Plata.


Carlos Rodríguez, delegado gremial de Página/12.

Carlos Rodríguez, delegado gremial de Página/12.

Grupo Octubre

En septiembre se reanudaría el conflicto de Página/12

[BPN-01/09/16] El delegado gremial de Pagina/12 adelantó que en septiembre se reanudará el conflicto sindical con el Grupo Octubre, perteneciente a Víctor Santa María, dirigente del SUTERH [1]. Los problemas que atraviesan los trabajadores del matutino porteño con su empleador son dos: por una parte, los trabajadores exigen una recomposición salarial por encima de lo acordado por la UTPBA [2] que consideran insuficiente. Por otra, denuncian que desde hace unos años se produce en el medio una desinversión progresiva, puntualmente falta personal en todas las áreas con el consiguiente perjuicio para el trabajo.

Así lo informó el pasado jueves 18, Carlos Rodríguez -uno de los cuatro delegados sindicales del diario- a Pequeñas Noticias en un extenso diálogo. Los otros tres delegados del medio gráfico son: Tato Dondero, Ana Paoletti y Diego Martínez.

Lo salarial

Carlos Rodríguez confesó que se mostró sorprendido por el comportamiento del dirigente sindical Víctor Santa María: "los trabajadores del SUTERH van a cobrar un aumento de 25% en seis meses y nosotros cobramos un 24,9% en 13 meses. A nosotros nos sorprende que alguien que tiene chapa de progresista y que escuchamos hablar muchas veces en actos públicos reivindicando los derechos de los trabajadores, no nos tenga en cuenta".

Entre otros reclamos, los trabajadores se quejan por las demoras en el pago de las comisiones por venta de publicidad. Rodríguez explicó que esta situación comenzó luego que el Grupo Octubre incorpora a la empresa "Los Césares" para que se encargue de esa tarea. "Esto es algo que antes no sucedía", aclaró. Otra exigencia es que los pasantes que trabajan en el matutino tengan el sueldo mínimo de un redactor dado que realizan el mismo trabajo.

"Lo que ya logramos es que cuando hay un aumento salarial para los redactores del diario, los colaboradores y pasantes consigan el mismo aumento que nosotros", comentó Rodríguez, y explicó que los suplementos del diario se hacen con colaboradores que por más que estén reconocidos como permanentes "no les garantiza un sueldo fijo porque van ganando de acuerdo a las notas que hagan mensualmente que pueden ser tanto 10 como sólo dos".

La UTPBA

Es necesario mencionar que la UTPBA fue el sindicato que cerró el aumento anual más bajo del país en las últimas paritarias (24,9%) [3]. "La UTPBA es un cascarón vacío, para nosotros no tiene representatividad, no nos reconoce ni siquiera como delegados paritarios y, sin embargo, para el Ministerio de Trabajo y la cámara empresaria es el interlocutor para discutir nuestro salario", explicó Rodríguez.

También subrayó que –a consecuencia de los "acuerdos magros" de la UTPBA- después de las paritarias se requiere una discusión interna en cada lugar de trabajo.

Lo profesional

Según explicó el delegado sindical, el diario está atravesando un "proceso de achicamiento importante del plantel estable de la redacción" desde aproximadamente seis años. "Nosotros desde hace mucho tiempo venimos reclamando que haya más personal en algunas secciones de la redacción", comentó el delegado y además agregó que no se realizan nuevas incorporaciones, "ni siquiera cuando alguien muere, se jubila o renuncia".

"Hay un problema profesional serio por falta de personal en todas las áreas, nosotros no podemos estar trabajando en estas condiciones, con un recargo importante de trabajo y un aumento que no satisface las mínimas expectativas de los trabajadores", explicó.

El archivo

Desde la fundación de Página/12, hace 29 años, se archivan todos los diarios nacionales, los del interior del país y las revistas semanales. Además se cargan digitalmente, en formato imagen, todas las notas importantes de los medios gráficos de todos los días. De los siete trabajadores que se encargaban del archivo del diario, actualmente quedaron una persona que pertenece al personal estable y un colaborador los sábados y domingos. "El archivo es importante no sólo para este diario, sino para la memoria colectiva. No podemos permitirnos como periodistas que se vaya desactualizando, porque al tener menor cantidad de personas no se lo puede actualizar de la manera que se hacía antes. Tampoco que corra peligro de perderse, que quede ahí derrumbado y que nunca más se pueda consultar", expresó el delegado.

El archivo del diario es uno de los "más completos" aunque, según manifestó Rodríguez, necesita que se invierta en tecnología y que haya más personal porque ahora "no se llega a cubrir la misma cantidad de información que se archivaba antes". "No todo está en Internet, el archivo es importante porque Página/12 siguió temas que no lo trató ningún otro medio, tiene un archivo de los juicios de lesa humanidad e incluso material anterior a 1987, es decir antes de la fundación del diario".

Las negociaciones

En abril se llevó a cabo la única reunión que los delegados sindicales del diario tuvieron con Santa María. En esa ocasión le plantearon sus principales inquietudes: la situación de la desactualización del archivo del diario y del atraso en el pago de las comisiones a los trabajadores del sector publicidad. "No hubo ninguna respuesta positiva a ninguno de los reclamos, simplemente prometieron que iban a invertir y a mejorar el producto", comentó Rodríguez.

La asamblea de trabajadores del medio, el pasado 4 de mayo, realizó un paro de actividades por 24 horas. En esa oportunidad los trabajadores comunicaron : "ante la persistente negativa de la empresa a negociar un adelanto a cuenta de la paritaria. La bronca acumulada por la depreciación de los salarios sumada al silencio patronal desde que se hizo el pedido del 20% a cuenta y al destrato del nuevo dueño, Víctor Santa María, derivaron en un corte con gomas quemadas sobre calle Filiberto, frente a la redacción de Página/12. La jornada de lucha concluirá a las 18 hs. con un aplauso en la redacción".

Obligados por una conciliación obligatoria, se levantó el paro que se estaba llevando a cabo en el diario. "La empresa pidió una tregua de 120 días y nos obligaron a levantar el paro pero en septiembre seguramente retomaremos el conflicto", manifestó el representante sindical Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] SUTERH: Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal. 

[2] UTPBA: Unión de Trabajadores de Prensa de Buenos Aires

[3] BPN Nº 579 del 23/06/16: "El SUTERH comparte el segundo puesto".


Efemérides: El 6 de septiembre de 1822, comenzó a operar el Banco de Buenos Aires, luego Banco de la Provincia de Buenos Aires.  


Interacción ART pertenece, mayoritariamente, al SUTERH y FATERyH.

Interacción ART pertenece, mayoritariamente, al SUTERH y FATERyH.

Laborales

Los empleados de Interacción ART realizaron un paro

[BPN-01/09/16] El jueves 18 de agosto, los trabajadores de Interacción ART paralizaron sus actividades durante las primeras tres horas de esa jornada laboral exigiendo una respuesta sobre el futuro de sus puestos de trabajo. Según el Sindicato del Seguro, esta medida se tomó porque "la situación actual por la que está atravesando la compañía es de extrema gravedad", y agregó: "las resoluciones que ha tomado la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) sobre la operatoria normal y habitual de la empresa ha dejado en incierta situación el futuro de los trabajadores y de los asegurados".

Así lo hizo saber mediante un comunicado de prensa distribuido por correo electrónico un día antes <texto original>.

Las gestiones

El Sindicato comunicó textualmente que, advertido de esta situación, tomó la iniciativa y llevó a cabo gestiones gremiales directas ante la empresa representada por Víctor Santa María [1] donde, no sólo expresaron la urgente necesidad de dar continuidad a las fuentes laborales de los empleados, sino que sugirieron alternativas a favor de los trabajadores. Una de ellas sería que otros emprendimientos del grupo empresario al que pertenece Interacción ART absorban a la mayor parte de sus empleados.

Entre las gestiones que realizó, el Sindicato del Seguro informó que "se presentó oportunamente una nota dirigida al Superintendente de Seguros de la Nación (SSN), solicitando que se garantice el cobro de los salarios de los trabajadores respetando la nueva escala paritaria (con inicio 01/06/2016 y hasta ese momento no cumplida por parte de la empresa) y una nueva carta documento en la cual ratificamos nuestro reclamo por los puestos de trabajo y exigimos se tomen las debidas medidas a los fines de garantizar el cobro de salarios y de futuras indemnizaciones". Sobre la primera nota explicó que "la SSN libró un proveído que permitió que los empleados pudieran cobrar los haberes del mes de julio con los aumentos pactados y sus retroactivos según lo acordado en la paritaria salarial".

Por otra parte, iniciaron gestiones ante el Ministerio de Trabajo de la Nación para que se convoque a una reunión urgente con todas las partes a los fines de consensuar el mejor camino para resguardar los intereses de los trabajadores.

Por último, el miércoles 16, ante la "situación de incertidumbre y la falta de respuesta de las partes a nuestros justos reclamos, durante el día de ayer se llevó a cabo una asamblea con los trabajadores de Interacción ART en las instalaciones del Sindicato Del Seguro en la que se decidió por unanimidad llevar adelante un plan de lucha en reclamo de respuestas a los reiterados pedidos. Se llevará a cabo -como primera instancia- un cese de actividades durante las primeras tres horas de la jornada laboral del jueves 18 de agosto de 2016" Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] Víctor Santa María es secretario general tanto del SUTERH (Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal) como de FATERyH (Federación Argentina Trabajadores Edificios Renta y Horizontal), las dos entidades gremiales que, en forma mayoritaria, son dueñas de Interacción ART.


Efemérides: El 7 de septiembre de 1784, nació en la proximidad de la ciudad de Mendoza el sacerdote franciscano Fray Luis Beltrán. Falleció el 8 de diciembre de 1827.  


El programa se emite desde 1994.

El programa se emite desde 1994.

Medios

El programa "SUTERH con vos" pasará a CN23

[BPN-01/09/16} El 19 de agosto, el secretario general del SUTERH [1], Víctor Santa María, informó a través de su página de Facebook que el programa destinado a los encargados de edificios "SUTERH con vos", se comenzará a transmitir por el Canal CN23 los días sábados y domingos a partir de las 14hs, además se podrá seguir viendo por Construir TV todos los sábados en el mismo horario.

Según el sitio Web del sindicato, "SUTERH con vos" se emite desde el año 1994 y es el "primer programa sindical en la televisión argentina". Es conducido por Diego García Saez y dura una hora.

El 29 de agosto, diez días después de que se anunciara la incorporación del programa a la televisión por cable, se relanzó la señal de CN23. Desde fines de febrero que el canal no salía al aire debido a un conflicto gremial que había surgido por la desvinculación de 136 trabajadores [2]. La emisión se lleva a cabo en los estudios de la productora Ideas del Sur, que pertenece mayoritariamente a Indalo Media, el mismo grupo empresario que compró CN23 a principios de febrero Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] SUTERH: Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal

[2] Fuente: Diario Popular del 29/02/16: "CN23 echó a más de 100 trabajadores y cortó la transmisión".


Efemérides: El 8 de septiembre de 1978, murió en Buenos Aires el director cinematográfico y escritor Leopoldo Torre Nilsson.


Escudo de Bariloche.

Escudo de Bariloche.

Proyecto de Ordenanza

Un Registro Público de Administradores para Bariloche

[BPN-01/09/16] A fines de junio, siete concejales de Juntos Somos Bariloche (JSB) presentaron un proyecto de ordenanza en el Concejo Municipal de San Carlos de Bariloche para crear un Registro Municipal de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal en esa ciudad. Su objetivo principal es "dotar a los consorcistas de herramientas concretas, al alcance de cualquier vecino de la ciudad, a fin de regularizar y visualizar la tarea de los administradores de consorcios, las contrataciones, gastos, obras y mantenimiento, que repercuten directamente en las expensas de los administrados".

De ser aprobado, la Oficina Municipal de Información y Defensa al Usuario y Consumidor (OMIDUC) sería el organismo de control designado para "solucionar los conflictos" y sancionar a aquel administrador de consorcio que "incumpla con los deberes y obligaciones a su cargo", pudiendo establecerle la "inhabilitación para ejercer cuando las faltas fueran reiteradas o graves". En los fundamentos del proyecto se destaca que los mandatarios "manejan fondos ajenos" y que por esta razón esta normativa pretende generar "la transparencia necesaria en esta relación comercial [entre el administrador y los administrados] de tanta confianza".

Al igual que el Registro Público de Administradores (RPA) de la Ciudad de Buenos Aires, esta iniciativa establece la obligatoriedad de inscripción a todas las personas "físicas o jurídicas" que administren de forma onerosa o gratuita uno o más consorcios de propiedad horizontal. En esto se diferencia del proyecto de ordenanza de Santa Fe [1], en el que excluye de la obligación de inscripción a los consorcios autoadministrados, aunque cobren por ello.

El proyecto de ordenanza barilochense fue presentado en el Consejo Municipal el pasado 27 de junio y recibió el N° 16.157-16 <texto original>. De ser aprobado entrará en vigencia a los 90 días a partir de su publicación. La OMIDUC deberá realizar una campaña de difusión durante seis meses a partir de su sanción. La iniciativa cuenta con 21 artículos, uno de ellos de forma. Sus autores pertenecen al bloque Juntos por Bariloche: Julia Fernández, Viviana Gelain, Andrés Martínez Infante, Claudia Contreras, Gerardo Ávila, Diego Benítez, Cristina Painefil. Colaboraron: Guillermo Perca (OMIDUC), Luis Cionfrini (secretario general del SUTERH [2] de la Provincia de Río Negro) y Rosario Armas.

Sanciones

Este proyecto estipula que quien cometa una infracción a la ordenanza podrá ser multado por un monto de $4.500 por cada infracción, llegando hasta un tope máximo de 30 mil pesos. Además, se lo podrá suspender hasta seis meses del Registro o ser excluido de éste.

El RPA de la CABA, por su parte, fija las multas entre uno y cien "salarios correspondientes al sueldo básico de la menor categoría de los encargados de casas de renta y propiedad horizontal sin vivienda" y la suspensión del Registro puede llegar a ser de hasta 9 meses.

A diferencia de ambos, la iniciativa de Santa Fe fija las multas en Unidades Fijas (UF), poniendo como tope 1.000 UF y establece que un administrador "podrá ser inhabilitado hasta 5 años en el caso de reincidencia o acumulación simultanea de infracciones".

Declaraciones Juradas

Al igual que como lo estipula la Ley 941 de la Ciudad de Buenos Aires, el proyecto de San Carlos de Bariloche le exige a los administradores que presenten anualmente una Declaración Jurada, en la cual tendrían que informar (Art. 10°):

a) La lista de consorcios en los cuales desempeñan sus tareas, detallando altas y bajas producidas en el período.

b) Los pagos de los aportes y contribuciones previsionales, los correspondientes a la seguridad social, aportes convencionales de carácter obligatorio y la cuota sindical, si correspondiese, por los trabajadores de edificios pertenecientes a los consorcios que administran. La reglamentación determinará la forma y condición de dicha presentación.

El RPA porteño exige además que los administradores presenten anualmente (Art.12 de la Ley 941):

- Copia de las actas de asamblea relativas a rendiciones de cuentas.

- Detalle de los pagos efectuados en concepto de mantenimientos e inspecciones legalmente obligatorios.

- Declaración jurada patrimonial ante el consorcio y aprobada por este, destinado a garantizar sus responsabilidades como administrador. Esta declaración podrá sustituirse por la constancia de la constitución a favor del consorcio de propietarios, a cargo del administrador, de un seguro de responsabilidad profesional emitido por una compañía de seguros.

Por último, es de destacar que en Bariloche los autoadministrados deben presentar DDJJ mientras que en la CABA no existe esa obligación Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] BPN 582 del 04/08/16:"Impulsan un RPA en la ciudad de Santa Fe".

[2] SUTERH: Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal.


Efemérides: El 9 de septiembre de 1981, murió en la ciudad de La Plata (provincia de Buenos Aires) el prestigioso político radical Ricardo Balbín.


Congreso de la Nación.

Congreso de la Nación.

ENARGAS

Promueven nuevo sistema de selección del directorio

[BPN-01/09/16] A mediados de julio, dos diputados nacionales de la UCR presentaron un proyecto de ley para establecer un nuevo mecanismo de selección de los miembros del directorio de ENARGAS (Ente Nacional Regulador del Gas). Los autores de la iniciativa, Alfredo A. Martínez y Pamela Fernanda Verasay, proponen un procedimiento similar al que se utiliza para la selección de candidatos para los miembros de la Corte Suprema, ya que ella exige dar a conocer públicamente el nombre de los candidatos, publicar sus antecedentes y otorgar un plazo para formular impugnaciones. Le corresponderá al Poder Ejecutivo tomar una decisión apreciando las distintas observaciones o impugnaciones y elevarlas a la Comisión Específica del Congreso.

La iniciativa ingresó en la Cámara de Diputados de la Nación el pasado 15 de julio, tiene el número de expediente 2661/16, cuenta con seis artículos, uno de ellos es de forma <texto original> y pretende modificar los artículos 54° y 55° de la Ley 24.076 y agregar los artículos 54° bis y 55° bis.

Esta ley es conocida también como Ley del Gas Natural, se sancionó en al año 1992 y creó el marco regulatorio de la actividad, las condiciones de la privatización de Gas del Estado y su transición <texto original>.

En detalle

Mientras que actualmente, el directorio de ENARGAS es designado por el Poder Ejecutivo, la iniciativa estipula que tenga sólo la facultad de proponer a sus integrantes. Promueve también que los nombres y antecedentes curriculares de las personas que se encuentren en consideración se publiquen, como mínimo, en dos diarios de tirada nacional por tres días. Al mismo tiempo, se debe difundir la convocatoria en el sitio oficial del Ministerio de Energía y Minería (Art. 54°). Por otra parte, tanto cualquier ciudadano como un abanico muy amplio de entidades podrán realizar pedidos de informes sobre los candidatos propuestos.

Con este objetivo modifica completamente el artículo 55º de la Ley 24.076 y propone reemplazarlo. Puntualmente especifica que cualquier ciudadano, organización no gubernamental, colegio y asociación profesionales, entidad académica y de defensa de los derechos del consumidor podrán "presentar al Ministerio de Energía y Minería, por escrito y de modo fundado y documentado, las posturas, observaciones y circunstancias que consideren de interés expresar respecto de los incluidos en el proceso de preselección, con declaración jurada de su propia objetividad en relación a los propuestos".

Agrega también que "sin perjuicio de las presentaciones que se realicen, en el mismo lapso podrá requerirse opinión a organizaciones de relevancia en el ámbito profesional, judicial, académico, social, político a los fines de su valoración".

Por último, se recabará de la Administración Federal de Ingresos Públicos "un informe relativo al cumplimiento de las obligaciones impositivas de las personas eventualmente propuestas". El Poder Ejecutivo Nacional va a ser el que disponga sobre la elevación -o no- de la propuesta respectiva a la Cámara de Senadores de la Nación.

Comisión del Congreso de la Nación

En el caso en el que el Poder Ejecutivo tome una decisión a favor de las observaciones que le fueron presentadas sobre alguno de los candidatos, le enviará el nombramiento respectivo o la remoción comunicando los fundamentos de su decisión a una Comisión del Congreso de la Nación. Ésta estaría integrada por 16 miembros de cada una de las cámaras con representación igualitaria tanto de senadores como de diputados. "Esta Comisión deberá emitir opinión vinculante dentro del plazo de 30 días corridos de recibidas las actuaciones. Emitida la misma o transcurrido el plazo establecido para ello, el Poder Ejecutivo Nacional quedará habilitado para el dictado del acto respectivo" (Art. 55° bis) Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Efemérides: El 11 de septiembre de 1888, se instituyó el Dóa del Maestro en honor a la memoria de Domingo Faustino Sarmiento.  


Electrodependientes: necesitan energía eléctrica constante por razones médicas.

Electrodependientes: necesitan energía eléctrica constante por razones médicas.

Congreso de la Nación

Ya hay cuatro proyectos para proteger a electrodependientes

[BPN-01/09/16] Legisladores nacionales presentaron a la Cámara de Diputados de la Nación cuatro proyectos de ley para establecer tarifas diferenciales del servicio eléctrico a las personas electrodependientes, uno tiene fecha del 2 de agosto, dos fueron presentados el 11 de julio y el restante el 5 del mismo mes.

Todos los proyectos consideran que las personas electrodependientes por cuestiones de salud son aquellas que necesiten un servicio de energía eléctrica constante para poder alimentar aquellos equipos que hayan sido prescriptos por un médico. Tres de ellos estipulan la creación de un Registro Nacional de Usuarios Electrodependientes (4.323, 4.627 y el 4.294). Dos obligan a las empresas de servicio eléctrico a otorgarles un grupo electrógeno o generador portátil sin cargo a sus usuarios electrodependientes. A diferencia de los otros tres, uno propone la modificación de la Ley de Protección Integral para Discapacitados (Ley 22.431) y que el registro de usuarios electrodependientes esté a cargo de las empresas prestadoras de este servicio. Mientras que en uno esta obligación recae en el Ente Regulador de Energía Eléctrica (ENRE), en otro proyecto lo hace en el Poder Ejecutivo Nacional.

Los legisladores pertenecen a los bloques: Frente para la Victoria, Bloque Justicialista y el Peronismo para la Victoria. Sus números de expedientes son: 4.627, 4.294, 4.323 y 4.216.

Proyecto 4.627

Esta iniciativa establece que el ENRE cree un Registro Nacional de Pacientes Electrodependientes a quienes se les otorgará una tarifa especial que será determinada por decreto reglamentario. 

Fue presentado el 2 de agosto por seis legisladores de Peronismo para la Victoria: Andrés Ernesto Guzman (Córdoba), Leonardo Grosso (Buenos Aires), Lucila De Ponti (Santa Fe), Remo Gerardo Carlotto (Buenos Aires), Silvia Horne (Río Negro) y Araceli Ferreyra (Corrientes) <texto original>.

Proyecto 4.294

Propone que las personas electrodependientes por cuestiones de salud gocen de un tratamiento tarifario especial gratuito del servicio de electricidad. Para garantizar el servicio eléctrico de forma permanente los medidores de estos usuarios deberán ser identificados para diferenciarse del usuario regular. Dado que el servicio se puede interrumpir por causas de fuerza mayor, la empresa deberá otorgarle a cada usuario categorizado como electrodependiente "un grupo electrógeno sin cargo, capaz de brindar la energía eléctrica necesaria para satisfacer las necesidades del usuario, en virtud de sus registros promedio".

Este proyecto fue presentado el 11 de julio por siete legisladores del Frente para la Victoria (FpV): Carlos Daniel Castagneto (Buenos Aires), Liliana Amalia Mazure (Ciudad De Buenos Aires), Adrián Eduardo Grana (Buenos Aires), María Teresa García (Buenos Aires), Ana Carolina Gaillard (Entre Ríos), Diana Beatriz Conti (Buenos Aires) y Andrés Larroque (Ciudad de Buenos Aires). Cuenta con 9 artículos de los cuales uno es de forma <texto original>.

Proyecto 4.323

El 11 de julio, el diputado Carlos G. Rubin perteneciente al Bloque Justicialista, presentó un proyecto de ley que pretende garantizar "la provisión de suministro estable y continuo de energía eléctrica" a los hogares con usuarios electrodependientes.

Este proyecto propone incorporar a la ley que establece el sistema integral de protección de las personas con discapacidad (Ley N° 22.431) el artículo 7° bis: "Las personas con discapacidad consideradas electrodependientes por cuestiones de salud tienen derecho prioritario a un suministro estable y continuo de energía eléctrica, por tanto quedan exentas del pago del servicio de energía eléctrica, derechos de conexión y otros gravámenes". Para poder acceder a este beneficio los usuarios deben contar con el Certificado Único de Discapacidad y acreditar la posesión del equipamiento necesario para el tratamiento prescrito por orden médica (Art. 4°).

Esta iniciativa obliga a las empresas prestatarias del servicio de energía eléctrica a:

1. Garantizar la provisión de un suministro estable y continuo de energía eléctrica a sus usuarios considerados electrodependientes por cuestiones de salud.

2. Otorgarles un generador portátil de energía eléctrica.

3. Crear y mantener actualizados registros de usuarios electrodependientes.

4. En caso de cortes temporarios programados con el objeto de mejorar el servicio, notificar al usuario con al menos diez (10) días de antelación.

De ser aprobado este proyecto la autoridad de aplicación sería el Ministerio de Energía y Minería que deberá reglamentarlo en 30 días a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

El proyecto N° 4.323 cuenta de siete artículos, de los cuales uno es de forma <texto original>.

Proyecto 4.216

Ocho legisladores del FpV presentaron el 5 de julio un proyecto de ley que propone un "régimen especial de Tarifa Social del servicio de energía eléctrica" para usuarios electrodependientes por cuestiones de salud, los que cuenten con Certificado de Discapacidad, titulares del derecho a la AUH [1] y jubilados o pensionados que perciban un monto equivalente a dos veces el haber mínimo nacional.

La bonificación corresponde a determinado número de kilowatts por mes. Quienes perciban la AUH se le bonificaran 100 kwts/mes por cada niño, a los jubilados o personas con discapacidad 300kwts/mes y a los usuarios electrodependientes por cuestiones de salud la Tarifa Social va a ser de un 100% de su consumo.

El proyecto cuenta con 10 artículos, uno de ellos de forma, y está firmado por: Rodrigo M. Rodríguez (Buenos Aires), Carlos. D Castagneto (Buenos Aires), Andrés Larroque (Ciudad De Buenos Aires), Sandra M. Mendoza (Chaco), Adrián Eduardo Grana (Buenos Aires), María Emilia Soria (Río Negro), Juan Manuel Huss (Entre Ríos) y Ana Carolina Gaillard (Entre Ríos) <texto original> Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] AUH: Asignación Universal por Hijo.


Efemérides: El 12 de septiembre de 1904, se inauguró la ciudad de Neuquén.  


Escudo de la Provincia de Corrientes.

Escudo de la Provincia de Corrientes.

Misiones y Corrientes

Se crearon dos nuevas entidades de inquilinos

[BPN-01/09/16] En dos provincias del Litoral se crearon sendas entidades de inquilinos. En julio nació la Asociación Misionera de Inquilinos (AMI) y el 5 de agosto se conformó la Asociación Civil Inquilinos de Corrientes (ACIC). Ambas entidades expresaron que su finalidad es defender a los inquilinos de "los constantes abusos y especulaciones" del mercado inmobiliario.

Misiones

Escudo de la Provincia de Misiones.

Escudo de la Provincia de Misiones.

Según informaron medios locales [1], desde la AMI buscan poner en vigencia herramientas como la mediación para resolver cuestiones conflictivas entre propietarios e inquilinos. "Hay edificios en Posadas donde la mayoría de los vecinos son inquilinos y muchas veces la problemática tiene que ser resuelta por quienes no residen en la construcción", comentó la presidenta de AMI, Marta Braunstein.

Algunos de los objetivos de AMI son: recabar información estadística que ayude a tener un diagnóstico más preciso de la realidad del sector, capacitar a un grupo de personas para defender a los inquilinos y brindar un asesoramiento particular solamente para los asociados. "Somos una entidad civil sin aportes gubernamentales de ningún tipo y la única manera que tenemos de subsistir es mediante el cobro de una cuota mínima que se va a cobrar a los asociados", informó Braunstein.

Corrientes

Por otra parte, ACIC –que está tramitando su personería jurídica- informó al medio local Impacto Corrientes [2] que en octubre realizarán la presentación formal de la asociación.

Explicó que su objetivo es defender el derecho de los inquilinos a un techo digno porque son "inquilinos por necesidad, no por opción". ACIC aseguró que como primera medida elaborarán un registro tanto de las propiedades disponibles como de las inmobiliarias para "que trabajen de manera justa".

Por último, adelantó que se propone brindar asesoramiento legal a los locatarios e impulsar proyectos de leyes para "obtener pronunciamientos en la Justicia local" Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] Medios locales: Primera Edición del 02/08/16: "Crearon asociación para defender intereses de inquilinos de Misiones", Misiones Online del 06/08/16: "Crean una asociación para defender a los inquilinos de Misiones".

[2] Impacto Corrientes del 08/08/16: "Inquilinos de Corrientes se asocian para bregar por sus derechos".


Efemérides: El 13 de septiembre de 1810, Mariano Moreno fundó la Biblioteca Pública de Buenos Aires, hoy Biblioteca Nacional. 


Al definir el concepto de violencia se pueda constituir el delito de usurpación.

Al definir el concepto de violencia se pueda constituir el delito de usurpación.

Okupas

Violencia física en las personas o fuerza en las cosas

[BPN-01/09/16] El 2 de agosto, ingresó a la Cámara de Diputados de la Nación un proyecto del legislador Leandro G. López Koeing (Unión PRO) para modificar el Art. 181º del Código Penal para que –cuando se trate de la usurpación de un inmueble- cada vez que se haga referencia a la violencia, se aclare que ésta puede ser violencia física en las personas o fuerza en las cosas.

Entiende que de esta forma, al definir taxativamente el concepto de violencia se pueda constituir el delito de usurpación. Según explicó en los fundamentos de su iniciativa: "la redacción actual del artículo 181º da lugar a controversias que pueden desembocar en una interpretación injusta y en una consiguiente penalización errónea", por ello se ve necesario "establecer un criterio claro y unívoco acerca de la interpretación del término ‘violencia’ " <texto original>.

El artículo 181º del Código Penal entonces –de ser aprobada la iniciativa- quedaría redactado de la siguiente manera:

Será reprimido con prisión de seis meses a tres años:

1º.- el que por violencia física en las personas, fuerza en las cosas, amenazas, engaños, abusos de confianza o clandestinidad despojare a otro, total o parcialmente, de la posesión o tenencia de un inmueble o del ejercicio de un derecho real constituido sobre él, sea que el despojo se produzca invadiendo el inmueble, manteniéndose en él o expulsando a los ocupantes;

2º.- el que, para apoderarse de todo o parte de un inmueble, destruyere o alterare los términos o límites del mismo;

3º.- el que, con violencia física en las personas, fuerza en las cosas o amenazas, turbare la posesión o tenencia de un inmueble

Este proyecto lleva el número 4605/16 y tiene dos artículos, uno de ellos de forma <texto original> Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Rincón Solidario

Dr. Juan Antonio CostantinoContesta el Dr. Juan Antonio Costantino

Desde este rincón los profesionales contestan a propietarios, encargados, proveedores y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas.

Rincón Solidario

No hace asambleas hace mas de tres años

Buen día:

Me gustaría saber si existe algún organismo en la Provincia de Buenos Aires al cual me pueda acercar para evacuar las siguientes dudas sobre el administrador de mi edificio.

- No hay asambleas hace más de tres años.

- Se aumenta el sueldo de acuerdo a leyes de Capital Federal.

- No entrega ninguna factura.

- El edificio consta de ocho departamentos, de los cuales él es el propietario de cuatro y, por esa razón, toma las decisiones sin consultar.

- Hace más de seis años que no hay matafuegos.

- Hace arreglos por sumas importantes y no presenta facturas ni llama a consenso para aprobar dichas tareas.

- Algunos de sus departamentos los utiliza de consultorios odontológicos y tiene en el balcón un compresor a motor que hace un ruido impresionante y que si llega a explotar hace un desastre.

Intenté acercarme a la Municipalidad de San Miguel, que es donde vivo, y no me pudieron indicar cómo proseguir.

La seguridad de los vecinos está en riesgo y no encuentro ayuda por ningún lado.

Desde ya agradecería enormemente una ayuda de cómo encarar mi búsqueda para que se normalicen las cosas.

¡Muchas Gracias!

Nicolás [San Miguel/Pcia. de Bs. As.]

(17/08/2016)

Estimado lector:

Realmente los incumplimientos que usted menciona por parte del administrador son graves y ameritarían la intervención de un abogado.

No obstante, como su inquietud es hallar un organismo público, le hago saber que en la Provincia de Buenos Aires se dicto la Ley 14.701, que crea el registro de administradores.

Dicha ley está vigente pero falta reglamentar la puesta en funcionamiento de dicho registro donde los propietarios afectados podrían denunciar al administrador.

Desde mi punto de vista, y siguiendo prestigiosa Doctrina Nacional, usted podría canalizar su denuncia en la oficina de defensa al consumidor que corresponda a su localidad, aunque es probable que desde dicha oficina lo disuadan de la denuncia por considerar que no son competentes, pese a que de los propios fundamentos de la Ley 14.701 surge que se está en presencia de una relación de consumo.

Saluda atentamente,

Dr. Juan Antonio Costantino Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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El Dr. Juan Antonio Costantino se desempeña como Profesor Titular de la cátedra "Derecho Procesal Civil" de la Facultad de Abogacía de la Universidad Nacional de Mar del Plata, es autor de varios libros de Propiedad Horizontal y de Derecho Procesal Civil y para cualquier consulta se le puede mandar un e-mail a phcostantino@arnetbiz.com.ar.


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Dra. Diana SevitzContesta la Dra. Diana Sevitz

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Abrir dos cuentas

Estimados amigos:

Nuestro consorcio dispone de dos importantes sectores: viviendas y guarda de automotores con gastos propios separados.

¿Existe posibilidad legal -asamblea mediante- de abrir dos cuentas? ¿Una para cada sector?

Desde ya muy agradecido por la ayuda que prestan y su tiempo.

Un cordial saludo.

Francisco [CABA]

(9/08/2016)

Estimado Francisco:

Su consorcio está comprendido dentro de lo que el nuevo código ha dado en llamar “subconsorcios”:

Código Civil y Comercial de la Nación. 

Capítulo 8. Subconsorcios.

Artículo 2068.- Sectores con independencia. En edificios cuya estructura o naturaleza lo haga conveniente, el reglamento de propiedad horizontal puede prever la existencia de sectores con independencia funcional o administrativa, en todo aquello que no gravita sobre el edificio en general.

Cada sector puede tener una subasamblea, cuyo funcionamiento y atribuciones deben regularse especialmente y puede designarse a un subadministrador del sector. En caso de conflicto entre los diversos sectores la asamblea resuelve en definitiva.

Frente a terceros responde todo el consorcio sin tener en cuenta los diversos sectores que lo integran.

El artículo es claro: frente a terceros -por ejemplo una entidad bancaria- responde todo el consorcio por lo que el legislador entendió que para una mejor administración podría tener alguna independencia administrativa respecto a la recaudación de expensas separadas.

Es posible y aceptable. Entiendo que en su reglamento debe tener un capítulo de asambleas generales en donde todos los sectores confluyan para tomar decisiones sobre todo el consorcio. Se podría intentar tomar esa decisión que -respetando las mayorías establecidas en el mismo o aplicando el Art. 2.060, primera parte- es legalmente válida. 

Lo que no puedo asegurar es que la entidad bancaria -conforme sus estatutos- acepte esta decisión. Dependerá exclusivamente del banco que se elija.

Esperando haber evacuado su pregunta lo saludo muy atentamente.

Dra. Diana Sevitz Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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La Dra. Diana Sevitz es abogada, mediadora y árbitro en propiedad horizontal y de los tribunales arbitrales de consumo, es co-conductora del programa de radio Consorcios Hoy  y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a dsevitz@estudiodianasevitz.com.ar o llamarla a los teléfonos 4784-8251 / 4784-8072.


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Adm. Adrián HilarzaContesta el Adm. Adrián Hilarza

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Rincón Solidario

Creo que nunca se implementó ni se exigió

Estimados:

Quería saber si está vigente la Disposicion 777/DGDYPC/2013 referente al "Seguro de Responsabilidad Profesional y Patrimonio Personal del Administrador". 

Personalmente creo que nunca se implementó ni se exigió, dado que nunca se reglamentó su utilización ni tampoco se especificó cuál debería ser el monto del seguro, compañías, vigencias, etc.

En el caso de tomarse el patrimonio personal del administrador, tampoco se reglamentó cuál debería ser el monto y cómo instrumentarse.

Obviamente no caben dudas que de hacer esa pregunta al Registro Público de Administradores se obtendría una respuesta afirmativa, resabio de la década de Gallo y Cia.

Muchas gracias por vuestra opinión.

Un abrazo

Carlos [CABA]

(30/08/2016) 

Estimado Carlos:

Evidentemente está desinformado. Para que esté en vigencia no condiciona que deba estar reglamentada.

La Disposición 777/13/DGDYPC (B.O. 18/04/13) deja sin efecto a la Disposición 6.013 que "pisaba" a la Ley 3.254/CABA y exigía un seguro de caución para desarrollar la actividad de administrar consorcios.

En consecuencia, se deberá cumplir con lo establecido por la Ley 3.254 (vigente desde el año 2009), que versa sobre el Seguro de Responsabilidad Civil Profesional o la Declaración Jurada Patrimonial. 

Para refrescar la memoria el artículo 12º, inciso e) de la mencionada ley, dice: “Declaración jurada patrimonial ante el consorcio y aprobada por éste, destinado a garantizar sus responsabilidades como administrador. Esta declaración podrá sustituirse por la constancia de la constitución a favor del consorcio de propietarios, a cargo del administrador, de un seguro de responsabilidad profesional emitido por una compañía de seguros”.

La DDJJ patrimonial, no la recomiendo pues pone en riesgo el patrimonio, debe ser aprobada en asamblea y puede llegar a presentarse en “cero”.

El seguro de responsabilidad civil profesional, hay numerosas alternativas que se ofrecen, de acuerdo al volumen de fondos que Ud. movilice podrá acomodar la alternativa económica que mejor le convenga. Es anual pero se puede abonar en cuotas. Esta opción es la más recomendable para quien administra profesionalmente, dado que nadie está exceptuado de cometer errores u omisiones.

Saludo atentamente.

Adm. Adrián Hilarza Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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El Adm. Adrián Hilarza fue el primer presidente de la Asociación Administradores Independientes de Propiedad Horizontal (AIPH). Actualmente es miembro de la Comisión de Prensa y Difusión  de esa entidad.


Correo de Lectores

El tema de los suplentes

¡¡¡ Hola !!!

Quería consultar el tema de los suplentes.

¿Cuándo se deben dar de alta?

¿En ocasión de la suplencia?

¿Se debe dar de baja una vez realizada la suplencia o debe quedar en la nómina a la espera de una próxima suplencia?

¿Mientras no realiza suplencias cobra algo por estar sólo a disposición aunque no brinde servicios?

¿Cómo se liquidan horas extras?

Espero vuestras respuestas.

Saludos y gracias.

Vanesa [CABA]

(9/08/2016)

Hola:

Antes de responer debería saber de qué tipo de suplencia estamos hablando.

Si es el suplente que trabaja todos los sábados y domingos o es un suplente que trabaja sólo por las vacaciones del encargado habitual o porque éste está enfermo.

Si es el suplente de sábados, domingos y feriados que trabaja siempre -pero solo en esos días- corresponde darle el alta una vez sola como "Suplente" y no cada fin de semana o en cada feriado.

Si el suplente trabajará cuando el encargado permanente está gozando sus vacaciones o está enfermo entonces se le da de alta desde y hasta una fecha determinada. En el caso de una enfermedad en la que no se sabe hasta cuándo deberá cumplir con la suplencia se deja abierta teniendo en cuenta que no supere los 60 días ya que en ese caso va a adquirir estabilidad en el empleo. Cuando la suplencia es por motivos de enfermedad y superará los 60 días, se debe hacer una declaración de esta situación en el SECLO (Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria) que se encuentra bajo la órbita del Ministerio de Trabajo para que el encargado no adquiera la estabilidad.

En cuanto a la hora extra de un suplente es un concepto un tanto forzado. Las horas extras son entendidas como aquellas horas que se hacen por encima del horario habitual de los trabajadores mensualizados y por eso necesitaría saber a qué caso te estas refiriendo como para ahondar más en tu consulta.

Un saludo grandote.

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¿Qué significan las siglas?

ACCABA: Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

ACoPH: Asoc. Civil de Consorcistas de la Propiedad Horizontal (Mar del Plata)

ACRA: Arbitros de Consumo de la República Argentina

ADEPROH: Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la Propiedad Horizontal RA

AFIP: Administración Federal de Ingresos Públicos

AGIP: Administración Gubernamental de Ingresos Públicos

AIERH: Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal

AIPH: Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal AIPH 

APARA: Asociación de Profesionales Administradores de la República Argentina

API: Asocición Propietarios de Inmuebles

APIPH: Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal

APBR: Asociación de Propietarios de Bienes Raíces

APROPHMAR: Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata.

CAAC: Confederación Argentina de Administradores de Consorcios

CABA: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

CACCyC: Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas

CAPHBByZ: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de Bahía Blanca y Zona.

CAPHPBA: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires

CAPHyAI: Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias

CAPRA: Cámara de Propietarios de la República Argentina

CCT: Convenio Colectivo de Trabajo

CECAF: Cámara Empresaria de Conservadores de Ascensores y Afines.

CEDDDA: Camara Empresarial de Desinsectacion, Desrodentizacion y Desinfeccion Ambiental

CGPC: Centro de Gestión y Participación Comunal de la Ciudad Autónoma de Bs. As.

CIA: Cámara Inmobiliaria Argentina

COAPLA: Empresas de Control de Plagas de la Republica Argentina

CUCICBA: Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA

CUIL: Clave Única de Identificación Laboral

CUIT: Clave Única de Identificación Tributaria

FAC: Federación Argentina de Consorcios

FATERyH: Federación Argentina Trabajadores Edificios Renta y Horizontal

FECIBA: Federación Económica de la Ciudad de Buenos Aires

FEDECO: Federación de Asociaciones de Consorcios

FRA: Fundación Reunión de Administradores

ICI: Instituto de Capacitación Inmobiliaria

INADI: Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo

LCPH: Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal

RCD: Red de Consorcistas Damnificados 

ReDeCo: Reafirmación de los Derechos del Consorcista

SERACARH: Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal

SUTERH: Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal

UADI: Unión Administradores de Inmuebles

UCRA: Unión de Consorcistas de la República Argentina

UITEC: Unión Iberoamericana de Trabajadores de Edificios y Condominios

ULAI: Unión Latinoamericana de Administradores e Inmobiliarias

UMIPH: Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal


Boletín de Pequeñas Noticias

Número de Edición: 584 [ DLXXXIV ] [1ª Edición]

Fecha de publicación: 1 de Septiembre de 2016

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