¿Cómo Liquidar un concepto que no sea Sueldos,
Aguinaldos o Vacaciones?
Nuevamente, como dijéramos
en otras oportunidades, liquidar cualquier concepto que no sea un sueldo,
aguinaldo o vacaciones es sencillo por la similitud que tiene con los
mismos.
Debemos entonces elegir
el Consorcio en el cual vamos a efectuar una liquidación especial. Luego,
presionando la tecla <Enter> en el ítem 9041\Elección de un
Consorcio\Sueldos\Liquidaciones\Liquidaciones Varias, accedemos a una
pantalla de visualización del archivo Liquidaciones Varias (fondo blanco,
bordes rojos, letras azules) con el detalle de todos las liquidaciones
especiales que se hayan efectuado para el consorcio elegido. Al igual que en
los sueldos, aguinaldos y vacaciones, el color azul del texto, indica que la
liquidación no ha sido incluida en ningún prorrateo o en ningún estado
financiero. Por el contrario, el color negro del texto indica su inclusión
en alguno de los dos conceptos.
A excepción de la
primer liquidación de conceptos varios donde la primer pantalla aparece en
forma automática, debemos pulsar a continuación la tecla <Insert>
para poder ingresar una nueva liquidación. Nos encontramos entonces con la
ventana de ingreso de información, titulada "Liquidaciones
Varias" donde al igual que en la primer pantalla de liquidación de
sueldos, aguinaldos y vacaciones, se debe completar con los datos
requeridos, recordando que:
Período de liquidación:
Corresponde al mes en que se efectúa la liquidación
Imputación: Se deberá
detallar el período de la liquidación que se desea que se incluya en el
correspondiente prorrateo.
Fecha de pago: Se deberá
detallar la fecha de efectivo pago. Se debe tener en cuenta que esta fecha
determina en qué período se incluirá en el estado financiero.
Tipo: Este concepto es
el único agregado que posee esta pantalla. Las posibilidades de ingreso de
información son "LO" por Liquidaciones Varias, y "AF"
por asignaciones familiares. Es de suma importancia completar correctamente
este ítem ya que será el indicador para que posteriormente el concepto
liquidado se considere para el cálculo del promedio semestral, que se toma
en cuenta para el pago de asignaciones familiares, pues lo abonado por dicho
concepto no debe tomarse en cuenta.
Lugar de Pago: Detallar
el lugar de efectivo pago.
Empleado: Se debe
ingresar el número de legajo correspondiente al empleado del cual se está
realizando la liquidación. Con la tecla de función <F1> se obtendrá
un detalle de los empleados del consorcio seleccionado (Conforme al ingreso
realizado en fichas de sueldos).
A continuación se
detallan los datos del último aporte, fecha, período y Banco. Solicita
también se consigne si el Consorcio paga en término sus aportes. Este dato
es de suma importancia, dado que en función a lo informado se aplicará o
no el descuento vigente a los aportes patronales.
El neto a cobrar es
informado por el sistema. La forma de pago (Efectivo o cheque) permite
obtener un listado del cambio necesario para abonar aquellos que se realicen
en efectivo.
El porcentual de
distribución se consignará conforme a lo establecido en el Reglamento de
Copropiedad.
Nota: Una vez ingresado
el número de legajo, automáticamente el sistema informará los datos
ingresados en la última liquidación (ya sea sueldo, aguinaldo, vacaciones
o varios) correspondiente al Banco donde se abonaron los aportes, si fueron
realizados en término o no, si el pago fue efectuado en efectivo o cheque y
el porcentual de aplicación del mismo.
A continuación
ingresamos en la pantalla titulada "Haberes", donde previo a
consultarnos si queremos modificar la liquidación, el sistema nos da
información sobre el promedio del primer semestre del año anterior al período
que estoy liquidando, ya que es el que debo tener en cuenta para saber si
corresponde el pago de la ayuda escolar anual y del semestre calendario que
corresponde tener en cuenta para el pago de las asignaciones familiares
comunes. Si no hemos liquidado por el sistema la cantidad de sueldos
necesarios para establecer el promedio correcto, saldrá un mensaje
advirtiendo dicha situación, debiendo entonces el operador modificar en
forma manual el resultado obtenido con los valores que correspondan. Tengan
presente que si se trata de un empleado nuevo, el valor a tomar en cuenta
hasta tanto tenga un semestre completo trabajado, es el bruto del primer
sueldo completo abonado. Recordemos que desde el mes de septiembre a febrero
del año siguiente, se debe tener en cuenta el promedio del primer semestre
del año y desde marzo a octubre de cada año se debe tomar el promedio
calendario del segundo semestre del año anterior. Cabe destacar que la
información brindada es solo informativa.
Detallamos a continuación
un concepto (Gratificación extraordinaria, ayuda escolar anual, etc)
coincidente con el concepto que queremos liquidar. Pulsando la tecla de
ayuda <F1> obtendremos algunos conceptos comunes. El ítem Aporta, es
de suma importancia ya que en función a lo informado, realizará o no los
descuentos de ley. Cabe recordar que las asignaciones pagadas, sea cual
fuere el motivo, no llevan descuentos. La cantidad, corresponde a la
cantidad de conceptos que se desea liquidar, por ejemplo si estamos
liquidando la ayuda escolar anual, se deberá consignar dos (2) si le
corresponde el pago por dos hijos. La cantidad, multiplicada por el valor
unitario que se detalle, dará en forma automáticamente el bruto a pagar.
Contamos con la posibilidad de liquidar cuatro conceptos más que revistan
las mismas características.
Pasamos luego, al igual
que en las liquidaciones de sueldos, aguinaldos y vacaciones, a la ventana
denominada "Deducciones". En esta oportunidad solo debemos
ingresar las deducciones extras que pueda registrar el empleado, ya que los
descuentos son calculados en función de los datos ingresados en Fichas de
Sueldos. De esta manera se obtiene el total de las deducciones del empleado.
Recordemos que si consignáramos que los conceptos liquidados son sin
aportes, esta ventana informará los porcentuales que le corresponden al
encargado con valor cero.
Por lo general, al
efectuar una liquidación de esta naturaleza sin haber liquidado un sueldo u
otro concepto para el mismo empleado, como el importe normalmente no supera
el mínimo de tres módulos previsionales ($240) sobre el que hay que
efectuar los aportes de la Obra social, Sindicato y Caja Protección
Familia, el sistema consultará si aporta sobre el mínimo o no. Se deberá
responder que si, únicamente si la liquidación actual va a ser el único
concepto a liquidar. Si sabemos que con posterioridad se va a liquidar un
sueldo, y entre ambos supera el mínimo establecido, se debe responder que
no. Recordemos que el aporte sobre el mínimo es exigido siempre que el
empleado por todos los trabajos que realice perciba una suma inferior a tres
módulos previsionales. El sistema considera entonces todos los conceptos
liquidados para ese mes, para ese empleado pero en todos los consorcios que
haya trabajado. Es decir que si un encargado realiza suplencias en otro
edificio, no se preocupen si no aparece la consulta al liquidar un sueldo
por ejemplo, que no supere el mínimo establecido, ya que consideró lo
liquidado en el otro consorcio. Lo mismo, si aparece la consulta al efectuar
una liquidación, antes de responder, deben evaluar si el empleado no va a
recibir el pago de ningún otro concepto en el transcurso del mes, sea para
el consorcio donde se está efectuando la liquidación o para otro.
Por último pasamos a la
ventana "Resumen de la Liquidación" donde se detalla el total de
remuneraciones y las deducciones aplicadas. Asimismo, nos permite en dos
instancias distintas aplicar dos nuevos descuentos, ya sea por porcentual o
por importe fijo.
A continuación se deberá
pulsar la tecla <Esc> tantas veces como sea necesario para realizar el
cierre de las ventanas abiertas, con la salvedad que al cerrar la primer
ventana de "Liquidaciones Varias", al igual que al liquidar un
sueldo, un aguinaldo o vacaciones, se abrirá la correspondiente a las
"Contribuciones del Empleador", donde se deberá consignar el período
de imputación, fecha de pago y si registra algún descuento adicional,
realizando el resto de los cálculos el sistema en forma automática. Cabe
destacar que tanto el período de imputación, como la fecha de pago, se
tendrá en cuenta para el prorrateo o la inclusión en el estado financiero
en forma conjunta de las Contribuciones del Empleador y de los Aportes
(Deducciones) del empleado. Si el concepto liquidado no lleva aportes, el
sistema informará los porcentuales que correspondería retener con valor
cero.
Finalizamos a continuación
con la impresión del recibo respectivo, contestando que Sí ante el
requerimiento del sistema.
Como habrán visto en
estos últimos números de Pequeñas Noticias, la liquidación de sueldos,
vacaciones, aguinaldos o cualquier otro concepto, gracias al Sistema 9041,
ha dejado de ser una tarea casi exclusiva de personas capacitadas
especialmente.
En el próximo número
hablaremos del control de saldos del Consorcio y la información que la
interpretación de los mismos nos brindan, como por ejemplo, podemos saber
que una factura pagada no fue liquidada al Consorcio, situación que sabemos
muchas veces puede suceder y que significa pérdida de dinero para la
administración. Nos vemos entonces en el próximo número de Pequeñas
Noticias.
ART: Alta de los trabajadores, se suspendió
por 120 días.
En el Boletín de
Pequeñas Noticias Nº 1 publicamos la resolución Nº 320 de la
Superintendencia de Riesgos de Trabajo que establecía que en caso de que
los empleadores no declararan el alta de los trabajadores ante su ART con
antelación al inicio de la relación laboral podrían tener que hacerse
cargo del costo de las prestaciones por accidentes, enfermedades
profesionales o por incapacidades preexistentes.
La misma
Superintendencia a través de la Resolución Nº 489/99 dispuso suspender la
aplicación de la Resolución Nº 320 por el término de ciento veinte días
corridos a contar desde su publicación en el Boletin Oficial el 16/12/99.
La Resolución Nº
489/99:
"El SUPERINTENDENTE
DE RIESGOS DEL TRABAJO RESUELVE:
Artículo 1º -
Suspender la aplicación de la Resolución S.R.T. Nº 320/99 por el término
de CIENTO VEINTE (120) días corridos, contados desde la publicación de la
presente.
Artículo 2º -
Requerir a las entidades representativas de los trabajadores y de los
empleadores que participan del Comité Consultivo Permanente, que, dentro
del plazo de los NOVENTA (90) días corridos de publicada la presente,
eleven sus propuestas de modificación a la Resolución S.R.T. Nº 320/99.
Artículo 3º -
Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese.- Jorge H. Lorenzo
Pequeñas historias:
Barrio de Balvanera.
Un barrio diferente,
activo, pujante, de gran densidad de habitantes, de mucho tránsito
vehicular y de características no comunes en toda su extensión.
Esencialmente judío,
donde la colectividad hebrea desarrolla toda su actividad comercial ya desde
los principios del siglo XX, últimamente compartido por una importante
comunidad de coreanos.
Es el barrio que se
caracteriza por sus comercios de mayoristas y ocasiones; por su gentío
principalmente en horas pico; terminales de cientos de colectivos y medios
de transportes, principalmente en la Plaza Misserere y por gran cantidad de
puestos callejeros que hace de Balvanera un barrio muy diferente al resto,
pareciendo un mercado persa o una típica ciudad latinoamericana.
En España, existe un
valle de la provincia de Logroño, que se llama Valvanera, lugar de conversión
de un ex bandido llamado Nuño Oñez, el cual lo hizo ante la aparición de
la Virgen María en dicho valle. A fines de siglo pasado, ante la devoción
que existía en el Río de La Plata a Nuestra Sra. De Balvanera, se
construye una capilla que luego se convertiría en parroquia dándole el
nombre al barrio.
En lo que respecta a la
Misserere, algunas versiones sostienen que significa "ten compasión"
en relación a la matanza de animales que se sacrificaban en la zona en la
época del Matadero del Oeste, y otras coinciden en que así era llamado el
que fuera dueño de las tierras ocupadas hoy por plaza Once. Por último,
"Once" corresponde a la fecha de la Batalla de Pavón, el 11 de
septiembre de 1852.
Limitado por las calles
y avenidas Córdoba, Díaz Velez, Gallo, Sánchez de Bustamante, Loria,
Independencia, Entre Ríos y Callao, contiene avenidas repletas de negocios
de todo tipo, prevaleciendo los textiles. Así, solamente la avenida
corrientes cuenta con más de 20.000 comercios. Posee pasajes característicos
como el Pasaje Discépolo, donde estaba el Teatro Picadero y luego Teatro
Abierto y el pasaje Sarmiento, que revestido con mayólicas españolas lo
convierten en un rincón andaluz. La Plaza Once, ubicada entre las calles
Rivadavia, Ecuador, Bartolomé Mitre y Ecuador, posee 17.000 metros
cuadrados de superficie. En el centro esta el Mausoleo de Bernardino
Rivadavia, obra de Rogelio Yrurtia, declarado Monumento Histórico Nacional.
Posee edificios llamativos como el de Obras Sanitarias de la Nación, hoy
Aguas Argentinas. Dentro de sus límites alberga a la Facultad de Ciencias
Económicas sobre la avenida Córdoba, la Universidad Privada del Salvador
sobre Callao, una parte de la Facultad de Filosofía y Letras de la
Universidad de Buenos Aires sobre la calle Independencia, el Museo Municipal
de Cine Pablo C. Ducrós Hicken en Sarmiento 2573. Recordemos que en Pasteur
633 se encontraba el edificio de la Asociación Mutual Israelita Argentina,
(AMIA), destruido en 1994 por un atentado terrorista. En la Iglesia de
Nuestra Señora de Balvanera, ubicada en Rivadavia y Matheu, fueron
bautizados Leandro N. Alem y Leopoldo Marechal. Como anécdota podemos decir
que en este barrio funcionó durante 50 años el Mercado de Abasto, hoy
convertido en un moderno centro comercial. En 1987, Luciano Pavarotti grabó
para la RAI un programa especial desde ese lugar, cantando y bailando el
tango con Beba Bidart. También se dice que en abasto, nació la primera
quiniela clandestina, en una cigarrería de la calle Corrientes cuyo dueño
era Don José Betronila.
El
Morocho del Abasto, el Zorzal Criollo, El Jilguero de Balvanera o
simplemente Carlitos Gardel, vivió con su madre en una casa ubicada en Rincón
137. Cantaba junto a Razzano en el café O'Rondeman en Agüero al 500. La
Casa de Carlos Gardel, está en Jean Jaurés 735, donde hoy funciona una
tanguería. Otras personalidades frecuentaban el barrio, como Jorge Luis
Borges, Macedonio Fernández, Villoldo, Enrique Cadícamo, Osvaldo Fresedo,
Pepe Arias, Lucas Demare y el poeta lunfardo Carlos Muñoz. Salomé Loredo y
Otaola, que vivía en la calle Rioja 771, conocida como la "Madre María",
era una curandera y vidente que hasta hoy es venerada por mucha gente. Por
último, en la Avda. Corrientes y Pueyrredón se encuentra la casa de
departamentos donde Baldomero Fernández Moreno se inspirara para escribir
su poema "...70 balcones y ninguna flor".