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Proyecto de Declaración.

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires vería con agrado que el Poder Ejecutivo de la Ciudad, realice las gestiones pertinentes ante el Directorio del Banco de la Ciudad de Buenos Aires a los efectos de que este último ponga en marcha un sistema de renta vitalicia para los ciudadanos de tercera edad que tengan inmuebles pero carezcan de liquidez para su subsistencia o deseen mejorar su calidad de vida adhiriendo al sistema.


Fundamentos.

Señor Presidente:

La propuesta que pongo a consideración del Cuerpo y que entiendo debe ser sancionada por las consideraciones que a continuación expondré, es una salida realista para aquellas personas e la Tercera Edad, propietarios de inmuebles, y que deseen vivir lo mejor posible con sus propios medios económicos.

En varios países de Europa, como por ejemplo en España, se ha llevado a cabo la idea que hoy elevo al Cuerpo para su aprobación.

No son pocos los casos de nuestro país en que los ciudadanos han podido adquirir su vivienda o inmueble para distinto destino y luego de avatares económicos, personales o del país ya no pueden mantener su nivel de vida y ni siquiera mantener los inmuebles. Lo descripto genera situaciones personales y sociales en las que el Estado con su actual estructura no puede intervenir pero tampoco ser indiferente.

Es por lo dicho precedentemente, que entiendo que el Estado debe proveer y promover, soluciones creativas, y una de ellas consiste en que la persona mayor, propietaria de una vivienda puede transmitirla, obtener una renta por ella y continuar habitándola mientras viva. Es lo que se conoce como renta vitalicia sobre un inmueble.

Nuestros mayores, en su mayoría, optan por seguir viviendo en su propio domicilio, y muchos son los que se preguntan de qué forma podrían conseguir un dinero extra que les permita completar su pensión y poder tener una mayor calidad de vida.

La opción permite a personas mayores de 65 años, que sean propietarios de un departamento, local, o cualquier inmueble y que quieran no sólo lograr una rentabilidad de su patrimonio inmobiliario, sino también mantener su uso, incorporarse al sistema.

A través de la renta vitalicia se puede seguir disfrutando y utilizando la vivienda durante el resto de la vida en las mismas condiciones que antes de realizar la operación, lo que no es poco para los adultos mayores que, como dijera anteriormente prefiere vivir en su domicilio, y muchas veces ven en las propiedades que habitan los logros de su vida, oponiendo resistencia a perderlas hasta límites impensados.

Brevemente expongo a este Cuerpo los lineamientos generales de lo que estoy absolutamente convencida ofrecerá soluciones a una franja importante de la ciudadanía y posibilidades de negocio, a otra ayudando a la reactivación de la economía, todo ello sin perder de vista el rol del Estado a través de la participación del Banco de la Ciudad de Buenos Aires.

La propuesta gira en torno a la puesta en marcha e un Proyecto de Sociedad, con la participación de Banco de la Ciudad que permitirá a las Personas de la Tercera Edad, solucionar de una manera segura, rentable, y práctica sus acuciantes preocupaciones ya que contarían con una pensión adicional al beneficio previsional que pudieran o no estar percibiendo, no importaban el monto del mismo.

- Recibir una renta mensual durante el resto de su vida, en función de la edad y el sexo del contratante, así como del valor de su vivienda.

- Mejorar su calidad de vida.

- Mantener el total uso y disfrute de su vivienda, en las mismas condiciones en que la venía utilizando como propietario.

Las Rentas Vitalicias sobre inmuebles pueden hacerse sobre cualquier propiedad, y más aún, aquellas personas que sean titulares de dos o más inmuebles pueden hacer una Renta Vitalicia sobre uno de ellos, quedando el otro bien totalmente desafectado.

Asimismo, la propuesta es generadora de una alternativa de inversión segura para los particulares o empresas que vean atractivo el negocio.

Tipos de renta vitalicia.

- Renta clásica: la persona o personas mayores que actúen como vendedores ceden la propiedad del inmueble a cambio de una renta mensual vitalicia y permanecen en el hogar. La renta puede ser constante o creciente.

- Renta fuera del hogar: es la opción más adecuada para aquellas personas que necesitan acudir a una residencia pero carecen de los ingresos económicos suficientes. En este caso, al renunciar el vendedor al derecho de su uso y disfrute de la vivienda, la renta que le corresponde debería ser, como mínimo un 50 por ciento superior a la de la opción clásica.

- Renta con anticipo: el vendedor o los vendedores pueden percibir de entrada un anticipo no superior al 5 por ciento de la cantidad total que en concepto de renta vitalicia percibirá a lo largo de la esperanza de vida, descontada esa cantidad se cobraría mensualmente la renta vitalicia correspondiente.

- Renta para matrimonios o varias personas: cuando la operación se realiza teniendo como beneficiarios a varias personas, la Renta se calcula partiendo de la esperanza de vida de la persona más joven. Cuando fallezca uno de los beneficiarios , el otro seguirá percibiendo la misma pensión y manteniendo el uso y disfrute de la vivienda, es decir, hasta que no fallezcan todos los beneficiarios no se extingue la operación.

Factores que hay que tener en cuenta para calcular la renta que se percibirá por la vivienda.

- El valor real del inmueble:, debiendo estar el mismo libre de cargas de cualquier tipo.

- La edad y el sexo del vendedor: la esperanza de vida para los hombres y la mujeres se fija según las tablas elaboradas por el Instituto Nacional de Estadística.

- Los costos de toda la operación.

- La evolución previsible del mercado inmobiliario.

Por todo lo expuesto y demás fundamentos que acercaré en la oportunidad de ser tratado solicito la aprobación del presente proyecto.-

Lic. Silvia La Ruffa


    

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