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Ciudad Autónoma de Buenos Aires La Justicia declaró nulo el Código de Edificación de Larreta Reclamo de los vecinos porteños contra el Código de Edificación Urbano de Horacio Rodríguez Larreta [Foto Fundación Rumbos] [BPN-15/05/24] El pasado 6 de mayo la jueza Elena Liberatori –a cargo del Juzgado de primera instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario N° 4- declaró la nulidad del Código de Edificación de la Ciudad de Buenos Aires. Así culminó esta etapa del amparo colectivo que la Fundación Rumbos había presentado ante la Justicia en 2019. En un comunicado, la entidad que defiende el derecho a la accesibilidad de las personas con discapacidad informó: "Luego de casi 5 años de la demanda colectiva iniciada por Eduardo Joly -presidente de Fundación Rumbos- contra la Legislatura porteña, la jueza Liberatori falló a favor de los reclamos de las personas en situación de discapacidad declarando la nulidad de las leyes 6.100 (de 2018) y 6438 (de 2021). De este modo, sentenció que los derechos de participación ciudadana han sido violados durante el procedimiento de doble lectura requerido para modificar el Código de Edificación, porque no se dio cabal cumplimiento a la Ley de Audiencias Públicas, a la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y a la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad". La magistrada indicó en su fallo que "lo que ha ocurrido en el proceso legislativo es lo contrario a lo que establece la Convención, dado que la audiencia pública devino en un mero trámite formal a causa de que los legisladores no dieron ninguna respuesta satisfactoria a los planteos sustanciales formulados por los actores". Y agregó: "Por lo tanto, son los propios legisladores quienes convirtieron a una instancia relevante de participación ciudadana en un decorado, un show, un artilugio para dar por cumplido lo que entendieron como un mero requisito y sacárselo de encima". Sin embargo, el Gobierno porteño anunció que se prepara para apelar el fallo de primera instancia a través de la Procuración y aclaró que las leyes cuestionadas siguen vigentes mientras dure el proceso judicial. Es de recordar que en 2019, la Legislatura porteña aprobó los nuevos códigos, habilitando la construcción de "minidepartamentos" de hasta 18 metros cuadrados, sin contar el baño. Además, quitaron la obligatoriedad de que aparezca el bidet en los planos de los desarrolladores inmobiliarios. Hasta la reforma, un monoambiente debía tener por lo menos 29,30 metros cuadrados cubiertos lo que significó una reducción de un 38,56% de su tamaño. Para la Fundación Rumbos, con estos cambios "se profundizó las condiciones materiales y sociales que generan discapacidad; no innova en requerimientos propios de la evolución en la inclusión social de las personas con discapacidad; crea nuevos obstáculos, habilitando la construcción de ambientes expulsivos y abiertamente discriminatorios como son los microdepartamentos y las dimensiones y equipamientos de baños" |
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