Buenos
días!
Quisiera
que me digan cómo es el cálculo para el día del gremio. La duda
exactamente es si se toma la antigüedad para calcular. Ejemplo: Básico
$5247,00 + Antigüedad $ 1847.56 = $ 7094,56. ¿El Día del Encargado sería
$7094,56/25 ó $5247,00/25?
Según
un texto que encontré en la ERREPAR dice: "El Art. 166 de la LCT, en
el segundo párrafo, establece la forma de cálculo para los trabajadores
que se desempeñan los días feriados. Cuando el trabajador prestara servicios en el día feriado cobrará la remuneración normal de
los días laborables más una cantidad igual. Se entiende como
remuneración normal aquella que el trabajador percibe en forma habitual,
sin merma o beneficios".
Desde
ya muchas gracias.
Aprovecho
esta oportunidad para agradecerles toda la información actualizada que
nos hacen llegar.
Saluda
atte.
Lurdes