Curso/taller de Administración de Consorcios (Aspectos legales)

Correo de Lectores


El 2,5% del bruto

Buenas tardes.

Quisiera consultar por la FMVDD:

¿Es el 2,5 % del bruto, pero se paga con una boleta del sindicato? 

¿En caso de no estar afiliado igualmente hay que crear usuario?

Lucas [La Plata]

(28/04/2017)

Hola Lucas.

El Fondo para la Maternidad, Vida, Desempleo y Discapacidad (FMVDD) tiene dos caras: Aportes que se le descuentan al trabajador y Contribuciones que paga el empleador. Por lo tanto, más allá de la afiliación o no del empleado, la contribución siempre hay que abonarla y se hace con las boletas del sindicato a través del aplicativo Si.Ca. y C. (Sistema de Control de Aportes y Contribuciones en la propiedad horizontal).

Si el empleado está afiliado al sindicato el FMVDD se abona obligatoriamente, si no está afiliado el empleado puede optar por abonarlo o no. En cualquiera de los dos casos el empleador -en este caso el consorcio de propietarios- siempre debe pagar la contribución por lo tanto el edificio debe tener número de usuario y clave para poder confeccionar las boletas en cuestión.
Un saludo grande.
MFL
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