'

Curso de sueldos para Propiedad Horizontal

Curso/taller de Liquidación de Sueldos General


Cra. Viviana Grinberg.

Cra. Viviana Grinberg.

Gestión Profesional

¿El consorcio percibe alquileres? por la Cra. Viviana Grinberg

[BPN-25/02/15] A través de la RG 2.820, la AFIP creó el Registro de Operaciones Inmobiliarias el cual -tras muchas postergaciones y modificaciones-  ahora tendrá vigencia.

Hasta el 28 de febrero de 2015 -de no existir alguna prórroga- deberán empadronarse aquellos sujetos que realicen operaciones económicas vinculadas con bienes inmuebles situados en el país, cuando las rentas brutas devengadas a favor de su propietario, sublocador, condominio etc, por dichas operaciones en su conjunto, sumen un monto igual o superior a $ 8.000 mensuales (ocho mil pesos), o sea ésta la proporción mensual, para aquellos contratos cuyo precio sea pactado por un período mayor (Ej. alquiler anual).

La solicitud de empadronamiento se realiza a través de la página Web de la AFIP, con clave fiscal, servicio Registro de Operaciones Inmobiliarias.

Para aquellos contribuyentes que deban incorporarse en el futuro, se establece que la registración deberá cumplirse el día 26 del mes inmediato siguiente a aquel en que se cumplan las condiciones para estar incluido en el régimen.

Se crea además un régimen informativo a ser cumplido por los sujetos obligados, quienes deberán suministrar los siguientes datos:

a) Tipo de inmueble

b) Ubicación.

c) Superficie total, identificando cubierta, semicubierta y a cielo abierto.

d) Superficie locada, arrendada o cedida.

e) Nomenclatura catastral o número de partida inmobiliaria, según corresponda.

f) Destino del inmueble.

g) Datos del locatario.

h) Datos del locador.

i) Fecha de celebración del contrato

j) Fecha de inicio y finalización pactada.

k) Modalidad del precio pactado (efectivo o especie)

l) Frecuencia pactada para el pago del precio convenido (mensual, bimestral, trimestral, cuatrimestral, anual).

m) Monto del precio pactado por el contrato

El sistema informático emitirá un acuse de recibo de la transacción efectuada, copia del cual deberá ser entregada al locatario.

Como vemos, son cada vez mayores las obligaciones de los contribuyentes Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

La Herramienta exacta y la más conveniente para difundir sus productos y servicios

La noticias minuto a minuto: Pequeñas Noticias en Twitter

Compartir:



    

 Pequeñas Noticias en las redes sociales con toda la actualidad: Twitter - Grupo de Facebook - Noticias en Facebook - Google +


[ El contenido de este sitio -escrito, fotogáfico y artístico- está protegido por las leyes vigentes de propiedad intelectual - Queda prohibida su reproducción total o parcial -por el medio que sea- sin autorización escrita de Pequeñas Noticias ]

' ' '