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El derecho de buscar, acceder, solicitar, recibir, copiar, analizar, reprocesar, reutilizar y redistribuir libremente la información bajo custodia de los funcionarios.

El derecho de buscar, acceder, solicitar, recibir, copiar, analizar, reprocesar, reutilizar y redistribuir libremente la información bajo custodia de los funcionarios.

Ley de Acceso a la Información Pública

Desde ahora se podrá recibir información en 15 días hábiles

[BPN-21/09/16] El miércoles 14 de septiembre, la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, aprobó la Ley de Acceso a la Información Pública, impulsada por el Poder Ejecutivo, que obliga a los tres poderes del Estado a brindar la información que le solicite cualquier ciudadano, en un plazo de 15 días hábiles. Además crea la Agencia de Acceso a la Información Pública como organismo de control de esta ley y para que garantice el "efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información pública y promueva medidas de transparencia activa".

En la ley se define al derecho de acceso a la información pública como aquel que comprende la "posibilidad de buscar, acceder, solicitar, recibir, copiar, analizar, reprocesar, reutilizar y redistribuir libremente la información bajo custodia de los sujetos obligados" por esta misma norma. Éstos son: los tres poderes del Estado, las instituciones beneficiarias de subsidios, las empresas prestadoras de servicios públicos o explotadoras de bienes del Estado, el Colegio de la Magistratura, el Banco Central de la República Argentina y los partidos políticos, entre otros (Art. 7°).

La ley fue aprobada con los votos de 182 diputados de Cambiemos, del Frente Renovador, del Bloque Justicialista y del Frente para la Victoria. Los 16 diputados que votaron en contra pertenecen al Gen, Libres del Sur, el Partido Socialista y el Frente de Izquierda. Hubo 58 legisladores ausentes.

La norma consta de cuatro capítulos, tres títulos y 40 artículos, uno de ellos de forma, el Poder Ejecutivo dispone de un plazo de 90 días desde su promulgación para reglamentarla <texto original>.

Las excepciones

Las personas obligadas por esta ley a brindar información a los ciudadanos sólo podrán exceptuarse de ello cuando esa información sea confidencial por razones de defensa, de política exterior, aquella que pudiera poner en peligro el correcto funcionamiento del sistema financiero, la que fue obtenida por un tercero bajo el derecho de confidencialidad, la alcanzada por el secreto profesional o la que pudiera ocasionar un peligro a la vida o seguridad de una persona, entre otros (Art. 8).

La Agencia

La Agencia de Acceso a la Infamación Pública se creó como un ente autárquico con autonomía funcional, en el ámbito del Poder Ejecutivo nacional. Su finalidad es "velar por el cumplimiento de los principios y procedimientos establecidos en la ley, garantizar el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información pública y promover medidas de transparencia activa".

Su director tendrá un cargo de cinco años con una única reelección posible. Éste será designado por el ejecutivo "mediante un procedimiento de selección público, abierto y transparente que garantice la idoneidad del candidato". El director propuesto no podrá haber desempeñado cargos "electivos o partidarios" en los cinco años anteriores a su designación.

El rechazo

Con la aprobación de la ley la Cámara de Diputados rechazó las modificaciones que impulsó el Senado y ratificó la versión original del proyecto. Entre otros, la Cámara Alta buscaba que se incluya a las empresas del Estado que cotizan en la bolsa entre las obligadas a brindar información pública. Un caso que se señaló es el de YPF, que no había dado a conocer las cláusulas secretas de su acuerdo con Chevron pese a que había sido emitida una orden en este sentido por la Corte Suprema de Justicia. Además, proponían eliminar la prohibición de que se presente un candidato a director de la Agencia de Acceso a la Información que haya desempeñado algún cargo electivo o partidario en los años anteriores Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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