Paritarias
Encargados de Edificios 2024
Se
acordó un 4,4% para junio
[BPN-15/07/24]
El pasado 26 de junio la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad
Social homologó a los encargados de edificios un aumento de un 4,4%
para junio. La novedad la difundió el programa de radio Consorcios 360
el viernes 28 [1].
El
acta acuerdo que se firmó el 12 de junio entre la CAPHyAI (Cámara
Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias), el AIERH
(Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal) y la UADI
(Unión Administradores de Inmuebles) –representando a la
patronal- con la FATERyH (Federación Argentina de Trabajadores
de Edificios Renta y Horizontal) textualmente ordenó:
...las
partes convienen [...] pactar un incremento salarial consistente en
un porcentaje del:
4,4%
(cuatro con cuatro por ciento) a calcular sobre el salario básico
correspondiente al mes de mayo de 2024 para la cuarta categoría
establecida en el Art. 6º del CCT 589/10 aplicándose a los
adicionales de convenio y en forma proporcional a las restantes
categorías establecidas en el referido artículo; en concepto de
remuneración del mes de junio de 2024. |
Adelantaron
también:
Las
partes se comprometen a reunirse durante el mes de junio o julio de
2024 con el objeto de establecer una recomposición y/o incremento
salarial por los periodos siguientes. |
Se
señala que en esta oportunidad no sólo adjuntaron para homologar la
escala salarial del mes de junio sino también la de mayo que es copia
exacta de la última homologada en abril.
Para
acordar este aumento los miembros paritarios argumentaron:
...considerando
el contexto económico actual y con el objeto de mantener el poder
adquisitivo del salario de los trabajadores de la actividad vemos
necesario establecer un incremento salarial que contemple el costo
de vida y la necesidad de mantener en valores actuales la
remuneración de los trabajadores. |
Escalas
salariales vs. Inflación
Es
de destacar que durante la primera mitad del año las escalas salariales
aumentaron un 60,19% mientras que la inflación fue de un 79,8%. Por otra
parte, el aumento interanual de las escalas salariales fue del 217,6%
mientras que la inflación fue del 271,5%
Ítem |
Escalas
Salariales |
INDEC |
Diferencia... |
Incremento
mensual de JUNIO/2024 |
4,40
% |
4,6
% |
-0,2
pp |
Acumulado
anual |
60,19
% |
79,8
% |
-19,61
pp |
Incremento
interanual |
217,6
% |
271,5
% |
-53,9
pp |
O
sea que, si bien en junio tuvo un ligero desfasaje negativo, en el
acumulado anual perdió -19,61 puntos porcentuales y en la medición anual
-53,9 puntos porcentuales.
Día
a día
El
5 de junio se firma el acta acuerdo entre el AIERH y la FATERyH para los
trabajadores de edificios de renta (CCT 590/10). Como es usual, su texto
–salvo en los firmantes- es exactamente igual al del CCT 589/10
(Propiedad Horizontal).
El
12 de junio las tres entidades de administradores en nombre de los
consorcios firman con la FATERyH el acta acuerdo que otorgó un 4,4% para
junio.
El
18 de junio todos los miembros paritarios ratifican el acuerdo del 12 de
junio.
El
26 de junio la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del
Trabajo produce un informe técnico (Dictamen 6385/24) en el que detalla
todos los pasos cumplidos y destaca que "de la lectura de las
cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral
vigente".
Ese
mismo día Mara Agata Mentoro, directora nacional de Relaciones
y Regulaciones del Trabajo de la Secretaría de Trabajo, Empleo y
Seguridad Social homologó los dos acuerdos mediante la Resolución
1.532.
Curiosidades
En
el acta acuerdo los signatarios del acuerdo expresaron:
...las
partes manifiestan que someten el presente acuerdo al acto de
homologación de la autoridad administrativa. Asimismo, si al
vencimiento del plazo de pago de las remuneraciones del mes de junio
aún no se dicta el acto de homologación, convienen que el
pago de la remuneración se deberá realizar bajo el concepto
"a cuenta del acuerdo paritario" y según las
escalas salariales a publicarse en la página web de la Asociación
Sindical. |
Es
por demás curioso este párrafo porque si el acuerdo no hubiera sido
homologado no hubiera sido de cumplimiento obligatorio en su
totalidad incluido lo subrayado por la redacción de este medio.
Es
de recordar que el concepto de negociaciones paritarias tiene su base en
tres patas con intereses diferentes y perfectamente definidos.
Por
un lado, los trabajadores y por otro los empleadores. Por último, -como el
fiel de la balanza- el Estado que garantiza la legalidad de lo acordado y
lo convierte en ley obligatoria para el universo de empleadores y
trabajadores representado por los miembros paritarios.
Si
el Estado no garantiza que lo acordado es legal nada de lo acordado es
obligatorio, incluidos aquellos párrafos que se redactaron para el
caso que no sea homologado
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[1]
Consorcios 360 del 28/06/24.
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