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Sistema 9041 para la administración de consorcios...


Registro Público de Administradores porteño

Prorrogaron las DDJJ hasta el 31 de enero

[BPN-22/12/25] El pasado 10 de diciembre, el director general de Defensa y Protección al Consumidor de la Ciudad, Carlos Traboulsi, ordenó extender hasta el 31 de enero de 2026 inclusive el plazo para que los administradores de consorcios presenten su declaración jurada (DDJJ) correspondiente al ejercicio 2024. El vencimiento original de esta obligación operaba el 30 de noviembre.

Con el dictado de la Disposición 6838, se otorgaron 41 días hábiles adicionales (62 corridos) a los 181 días (274 corridos) que ya habían tenido los mandatarios para cumplir con la Disposición 882, emitida el 20 de febrero de este año.

En los considerandos de la norma, Traboulsi explicó que muchos administradores no lograron cumplir con su obligación a pesar de haber manifestado la voluntad de hacerlo. Esta situación se reflejó en la alta demanda de consultas recibidas a través de canales presenciales y telefónicos, donde los interesados solicitaron una extensión del plazo legal.

El funcionario recordó que una de las funciones del Registro Público de Administradores de Consorcios (RPA) es verificar que todos los matriculados presenten sus declaraciones en tiempo y forma. Por ello, se consideró razonable otorgar la prórroga. No obstante, el artículo 2º de la nueva disposición advierte que quienes no cumplan al finalizar este nuevo término serán considerados infractores según lo establecido por el artículo 15º, inciso f), de la Ley 941.

Las declaraciones juradas y sus multas

Durante 2025, se publicaron en el Boletín Oficial 88 multas por infracción al artículo 12º de la Ley 941 (falta de presentación de DDJJ) por un monto total cercano a los 106 millones de pesos (aproximadamente 94 mil dólares). En promedio, cada infractor debió abonar poco más de 1,2 millones de pesos, equivalentes a unas 104 unidades fijas o mil dólares estadounidenses.

Estos valores representan un incremento del 29% respecto a 2024, año en el que se publicaron 68 multas por un total de 16 millones de pesos. En aquel período, la sanción promedio por administrador fue de 234 mil pesos (2.078 unidades fijas).

Requisitos para los consorcios administrados

Para completar la declaración anual, los administradores deben presentar por cada consorcio la siguiente documentación:

1.- Declaraciones juradas del Formulario 931 de AFIP y sus comprobantes de pago, escaneados en un solo archivo que incluya a todos los empleados.

2.- Comprobante de pago del curso de SERACARH de cada encargado.

3.- Acta de asamblea de aprobación de rendición de cuentas, destacando el punto específico de la moción.

4.- Seguro de Responsabilidad Profesional vigente o acta de asamblea donde se apruebe que el patrimonio del administrador actúe como garantía de su gestión.

5.- Copia digitalizada de las dos primeras hojas de la póliza de seguros de responsabilidad civil del consorcio.

6.- Constancia de CUIT o Código de Identificación Tributaria (CDI) del consorcio.

7.- Acta de asamblea donde se trate y apruebe el plan de limpieza y desinfección de tanques y el cuidado del agua Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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