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SUTERH

Alberto Fernández prestó un predio para hacer un complejo recreativo

En rojo, la hubicación exacta del predio cedido tal cual figura en los mapas de la resolución [Fotoilustración Pequeñas Noticias]

En rojo, la hubicación exacta del predio cedido tal cual figura en los mapas de la resolución [Fotoilustración Pequeñas Noticias]


[BPN-15/04/24] El pasado 8 de septiembre el por entonces presidente de la Argentina, Alberto Fernández, otorgó al SUTERH (Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal) un permiso de uso precario y gratuito para la realización de un "Complejo Recreativo y Deportivo SUTERH", que deberá contar con "una adecuada infraestructura deportiva y de esparcimiento -creando un ambiente acogedor y de descanso- donde el afiliado y cualquier miembro de la comunidad pueda pasar momentos recreativos con su familia y sus pares en un ámbito natural y con la comodidad que sus instalaciones brindarán".

El terreno cuenta con una superficie total aproximada de 120.000 m2 (unas doce manzanas de 100 x 100 m) y está ubicado en el kilómetro 33,5 de autopista Teniente General Pablo Ricchieri en la localidad y partido de Ezeiza de la provincia de Buenos Aires. Para más datos está identificado catastralmente como Partido 130 – Circunscripción II, Parcela 144 (parte), correspondiente al CIE (Código de Identificación del Edificio) 0600027174/17.

Si bien el terreno está flojo de papeles se puede subsanar. En 1946 la parcela 144 fue expropiada por el Estado Nacional a un grupo de particulares y en 2010 su escritura fue inscripta en Ezeiza pero según la cedula catastral y la matrícula de Esteban Echeverría aún consta inscripto a nombre de los expropiados, situación que deberá ser regularizada.

En 2023 se constató que el terreno estaba afectado al Estado Mayor General de la Fuerza Aérea Argentina pero sin un uso específico y ese mismo año el Ministerio de Defensa informó que no encontraba objeciones para autorizar la medida que Alberto Fernández propiciaba.

El permiso de uso precario y gratuito se oficializó mediante la Resolución firma conjunta Nº 232 del 8/09/2023 [ver original].

El contrato

El Estado Argentino y el SUTERH suscribieron un contrato en el que éste último se comprometió a no modificar el destino del sector del inmueble en uso excepto que medie [una] autorización previa y expresa emitida por la ‘AABE’ (Agencia de Administración de Bienes del Estado).

El sindicato deberá realizar la delimitación definitiva del sector del inmueble y presentarla ante la "AABE" en un plazo de 60 días a contar desde la suscripción del permiso de uso.

También deberá colocar una placa identificatoria, dentro del sector del inmueble en una posición que permita su completa y correcta visualización peatonal y vehicular de acuerdo a las especificaciones establecidas.

Entre las decenas de trámites a los que se comprometió, el SUTERH deberá presentar en un plazo máximo de 60 días, contados a partir de la suscripción del contrato para la revisión y análisis por parte de la "AABE" y en forma previa al inicio de las obras toda la documentación técnica del proyecto ejecutivo de las obras, incluyendo planos, planillas y detalles, en cantidad, alcance y escalas que resulten necesarias y suficientes de acuerdo a las condiciones de las obras, y de modo de permitir una adecuada visualización y comprensión de la propuesta arquitectónica y de ingeniería a desarrollar, debiendo ajustarse dicho proyecto a la geometría de la superficie de los inmuebles cedidos por medio del presente; memoria descriptiva de las obras; presupuesto con detalle de los rubros y tareas de obra abarcados; y cronograma o plan de trabajos, indicando plazo de ejecución y fechas de inicio, finalización y de habilitación al uso de los distintos sectores/espacios, según corresponda.

Por otra parte, la "AABE" se reserva el derecho a inspeccionar el sector del inmueble otorgado cada vez que lo estime conveniente, a fin de verificar el cumplimiento de las obligaciones que emergen del permiso.

También queda expresamente prohibido al SUTERH transferir o ceder total o parcialmente los derechos emergentes del presente permiso, alquilar o subalquilar los sectores del inmueble otorgado o modificar el destino, salvo autorización previa y por escrito de la "AABE".

Por último, la "AABE", podrá revocar el permiso, en cumplimiento de los fines establecidos en el Decreto Nº 1.382/12, sus normas complementarias y modificatorias, y/o ante el requerimiento expreso de la jurisdicción de origen fundado en razones de cumplimiento de sus fines específicos. La simple comunicación al SUTERH de la decisión de revocar, es suficiente para que el mismo se considere extinguido de pleno derecho, debiendo el SUTERH restituir el sector del inmueble cedido dentro de los 10 días de ser notificado Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


    

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