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Rincón Solidario

Dra. María Cristina CarreraContesta la Dra. María Cristina Carrera

Desde este rincón los profesionales contestan a propietarios, encargados, proveedores y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas.

Rincón Solidario

El gato del portero

Queridos amigos, ¡¡¡ buen día !!!

El encargado deja que el gato pasee por las partes comunes del edificio.

¿Qué reglamentación hay que prohiba esto?

Un abrazo para todos

[Sin nombre] (CABA)

(20/09/12)

Estimado lector:

En respuesta a su consulta le informo que si bien no existe una reglamentación específica que prohíba que el gato del portero se pasee por las partes comunes del edificio, hay un principio que se llama "sentido común" por el cual la conducta del encargado debe ser observada bajo apercibimiento de sanciones en el caso de persistir en ella. No cabe duda que el que deja que el gato deambule por el edificio es el encargado y que la administración hace ojos ciegos a su actitud.

La primer pregunta qué debe hacerse es que pasaría si todos los habitantes del consorcio que tienen una mascota dejaran que éstas pasearan por el edificio, es evidente que el consorcio se convertiría en un caos.

Es así entonces que usted debe dirigirse al administrador del edificio quien como representante legal y apoderado del mismo debe hacerle saber al encargado que su gato debe permanecer dentro de su departamento.

En principio puede asentarlo en el libro de órdenes ya que esta facultado por la ley y el convenio colectivo que rige la actividad para hacerlo y en el caso de que el empleado se niegue a firmar la notificación enviarle una carta documento. Si persiste en su conducta deberá sancionarlo.

Si el administrador desoye su queja deberá ser usted el que lo intime para que cumpla con una de la más elementales de sus funciones específicas que en este caso es mantener el orden en el edificio. 

Cordialmente

María Cristina CarreraEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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La Dra. María Cristina Carrera es abogada especialista en derecho laboral y para cualquier consulta se le puede escribir a dramccarrera@yahoo.com.ar o llamarla al teléfono (15)5466-9921.

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