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Curso de sueldos para Propiedad Horizontal

Sistema 9041 para la administración de consorcios...


Rincón Solidario

Dra. Diana SevitzContesta la Dra. Diana Sevitz

Desde este rincón los profesionales contestan a propietarios, encargados, proveedores y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas.

Rincón Solidario

Dice que el consorcio le debe mil pesos

Como siempre, antes que nada, les quiero dar las gracias por el asesoramiento.

Soy administradora voluntaria del un consorcio y tengo un conflicto con una unidad que paso a detallar.

Se presentó ante mí una persona como titular de una unidad solo de palabra, ya que no me mostró ningún documento que diga que lo es.

Me pidió que por favor le envíe un electricista ya que al inquilino se quedó sin luz.

Envié el electricista y el "propietario" realizó el trabajo sin siquiera comentarme de qué se trataba ni qué había que hacer.

A los pocos días me mandó un mensaje de texto diciendo que el consorcio le debe $ 600 de mano de obra y $ 400 de materiales por el trabajo realizado.

Le pedí que me mande las boletas y todavía estoy esperando que lo haga.

Esta reparación es de los primeros días del mes de noviembre.

Además se hizo hacer las boletas a nombre mío y no del consorcio, cosa que no me pareció correcta.

Ahora bien, le dio la orden a su inquilino de no pagar las expensas del mes porque dice que el consorcio le debe $ 1000.

Por mi parte en la liquidación de expensas lo consigné como moroso y además le calculé los intereses.

Necesitaría saber si está bien lo que hice y cómo debo proceder ya que entiendo que cuando vea que es moroso va a venir a hablar conmigo.

¿Tengo que enviar alguna carta documento?

Esta persona es de Corrientes y por esta razón estimo me va a escanear las facturas o sea que no voy a tener los originales, ¿le puedo reconocer igual el gasto?

Desde ya gracias

Cristina

(30/11/2012)

Cristina:

La ley siempre hay que cumplirla, ser una administradora voluntaria u onerosa, no elimina ni quita las obligaciones que debe cumplir el que ejerza como administrador de un edificio bajo la ley 13.512.-

En tal sentido, quién se presenta como propietario debe acreditar su condición. A la sola solicitud de un propietario o de un locatario de enviar un proveedor para realizar alguna reparación en alguna unidad funcional, se debe tener la certeza que dicha reparación le corresponderle abonarla al consorcio por ser común, solicitar presupuestos, aprobarlos y recién efectuar el trabajo a costa del consorcio.-

Además ningún propietario puede hacer gastos a nombre del consorcio sin estar autorizado, en este caso, existió una especie de mala praxis en su accionar, al no cumplir con los pasos detallados precedentemente.- Dejando la puerta abierta para que este supuestos "propietario" se sintiera con derecho a gastar y a reparar a costa del consorcio, interpretó que se   le daba autorización.-

Las facturas obviamente están mal confeccionadas dado que Ud. no  mandó a efectuar los trabajos, no existe ningún pretexto para que locatario no pague las expensas, las mismas deben pagarse puntualmente, y si existieran otras causales, por las cuales el propietario estuviere en descuerdo con las mismas, deberá iniciar las acciones legales que correspondan, pero no dejar de pagar. A la fecha del vencimiento de cada expensa, la mora es automática, lo que da derecho a la aplicación de los intereses correspondientes establecidos por asamblea o por reglamento.-

Estos son los argumentos para que Ud. le explique cuando el moroso venga a hablar, debe pagar puro y simplemente, respecto al resto de la pregunta, si Ud. considera que el trabajo fue realizado con el electricista que Ud. envió y que los trabajos fueron realizados en las partes comunes del edificio y son veraces los montos que se consignan en la factura, en principio, a pesar de no haber seguido los pasos indicados, no veo objeción para que la abone debiendo exigir contar con las factura originales, no escaneadas, respecto si debe enviar o no una carta documento, le recomiendo que haga la consulta pertinente a un letrado.-

Esperando haber respondido a su consulta la saludo atte.

Atte.

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La Dra. Diana Sevitz es abogada, mediadora y árbitro en propiedad horizontal y de los tribunales arbitrales de consumo, es co-conductora del programa de radio Consorcios Hoy  y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a dsevitz@velocom.com.ar o llamarla a los teléfonos 4784-8251 / 4784-8072.

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