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Curso/taller de Liquidación de Sueldos General


Rincón Solidario

Dra. Victoria LoisiContesta la Dra. Victoria Loisi

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Veo que en la liquidación del mes la está cobrando varias veces

Buen día. Necesito saber si la Disposición 415/DGDYPC/11 corresponde que la abone el inquilino o el propietario de la unidad.

Le consulto ya que veo en la liquidación del mes que la están cobrando varias veces (con diferente número de facturación) y de ahí que me surge la duda ya que el monto es muy alto y supongo que en el "mantenimiento" se incluye el cambio de matafuegos y demás.

Muchas gracias.

Saludos.

Romina.

(03/10/2014)

Estimada Romina:

El pago de las expensas es una obligación del propietario.

Sin perjuicio de ello, los contratos de locación generalmente incorporan al monto del alquiler, el pago de obligaciones adicionales, como por ejemplo las expensas.

Siguiendo este razonamiento, si el locatario -es decir, el inquilino- por contrato se ha obligado a pagar las expensas, habrá que analizar en cada caso si paga todas las expensas o solamente las ordinarias. Como decía, ello dependerá de la redacción de cada contrato.

No existe definición legal de las expensas ordinarias y extraordinarias, aunque generalmente los gastos habituales son considerados ordinarios. 

Entonces, si conforme a su contrato el inquilino pagara solamente las expensas ordinarias, debiera pagar las obligaciones periódicas impuestas por la normativa municipal (por ejemplo Disp. 415/2011 DGDYPC).

Cordialmente,

Dra. Victoria Loisi Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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La Dra. Victoria Loisi es abogada, miembro de la comisión directiva de la Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal (www.ligadelconsorcista.org) y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a info@ligadelconsorcista.org, llamarla a los teléfonos 4811-9836 / 4816-5111 o mandarle una carta a Montevideo 764 11º piso "C".

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