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Discapacidad Para los incrédulos por Raúl Guinzburg En el Boletín Nº 218 del 28 de junio ("Pasajes larga distancia para discapacitados") me referí a las transgresiones de las Empresas de Transporte de Larga Distancia en el cumplimiento del Decreto Nº 38/04 que norma la entrega de pasajes gratis para las personas con discapacidad, y específicamente sobre una denuncia en tal sentido contra la Empresa "Andesmar" realizada a la CNRT (Comisión Nacional de Regulación del Transporte) con copia a distintos organismos que entienden en la materia. Salvo alguna contestación la mayoría no acusó recibo. Sin embargo hoy he recibido una notificación en la Actuación Nº 4067/04 de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, con la Resolución Nº 4295/04 del 20/9/04, en la que la Dra. Alicia Pierini –Defensora del Pueblo, emite recomendación al respecto, tomando en cuenta otras denuncias similares con distintas empresas. En sus considerandos explica haber realizado controles en la Terminal de Ómnibus de Retiro verificando diferentes problemáticas y reiterados incumplimientos de la ley por distintas empresas de larga distancia siendo los más importantes los siguientes: 1)- Horarios de atención restringida para discapacitados; 2)- Cobro de seguro para las mismas; 3)- Cupo de dos lugares como máximo por unidad; 4)- Exigencia de trámites innecesarios como condición para la gratuitidad de los viajes; 5)- No extensión del comprobante del trámite de pedido de pasajes de acuerdo a la normativa; 6)- Entrega de un "papel" ( sic) fotocopiado en lugar de pasaje; 7)- No otorgamiento de servicios de refrigerio o comida durante el viaje; 8)- No garantizar la gratuitidad del pasaje de regreso; 9) -El Trámite de 48 hs. normado, es asentado como reserva de pasaje; 10)- Adoptar una actitud de "evaluación" para otorgar el pasaje gratuito cuando se solicita con el tiempo mínimo establecido; 11)- Obligar a la persona discapacitada a retirar los pasajes en otro lugar que no es la boletería de expendio normal concurriendo a lugares alejados, 12)- No contar las empresas con unidades adaptadas para el acceso de personas con necesidades especiales.- Explica que lo expuesto "vulnera no sólo los Tratados Internacionales, la Constitución Nacional y la Legislación vigente sobre los derechos de las personas con necesidades especiales, sino que impide y dificulta la integración social plena de un sector de nuestra sociedad que tiene grandes dificultades para poder desarrollarse en plenitud". Por lo tanto resuelve:
Todo lo expuesto sirve para demostrar a los incrédulos, que afirman que las denuncias "no sirven para nada"; "para qué molestarse"; "no nos metamos en esto", etc., que toda acción que sirva para defender nuestros derechos en cualquier circunstancia, hacen a nuestra dignidad.
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