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Sistema 9041 para la administración de consorcios...


Provincia de Santa Fe

Buscan crear un Colegio de Administradores en Santa Fe

[BPN-15/11/24] El pasado 13 de agosto una legisladora del bloque Socialista, Varinia Drisun, presentó en la Cámara de Diputados de Santa Fe un proyecto de ley que busca crear un Colegio de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal y Conjuntos Inmobiliarios en toda la provincia.

Algunos de sus puntos más destacables son:

1.- Sólo se podrán inscribir aquellos que posean título habilitante de carácter terciario cómo mínimo (Inciso ‘3’ del artículo 6º).

"Título habilitante. A tales efectos se considerarán títulos habilitantes aquellos de carácter terciario, universitario y/o de posgrado con incumbencia en la materia, que fueran expedidos con aval del Ministerio de Educación Nacional o Provincial. El Directorio elaborará una lista orientadora de títulos reputados idóneos y en caso de duda sobre la incumbencia, evaluará la solicitud de matriculación en base al plan de estudios de la carrera o curso sometido a su consideración".

2.- La iniciativa plantea como el camino más rápido y menos engorroso para ser considerado idóneo y poder inscribirse en este nuevo Colegio es hacerse socio de la Cámara de Administradores santafesina porque permite eludir el haber ejercido la profesión en tres consorcios por tres años (Inciso ‘1’ del artículo 57º):

Quienes a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley se constituyan corno socios activos de la Cámara de Propiedad Horizontal de la Provincia de Santa Fe de la 2da. Circunscripción, podrán matricularse como administradores de consorcios de propiedad horizontal y conjuntos inmobiliarios, en la sede del Colegio respectiva, siempre que reúnan los siguientes requisitos:

1) Ser socio activo de la Cámara de la Propiedad Horizontal de la Provincia de Santa Fe de la 2da. Circunscripción o ser idóneo en la actividad profesional al momento de la sanción de la presente ley, acreditándolo con el nombramiento de administrador en al menos tres consorcios de propiedad horizontal o conjuntos inmobiliarios con una antigüedad no inferior a tres años.

2) Poseer ciclo secundario aprobado;

3) Etc.

3.- El Colegio, a través del Inciso 11 del artículo 18°, eliminará la competencia por precio al establecer honorarios mínimos obligatorios. Esta medida restringe las opciones del consumidor y lo obliga a elegir basándose únicamente en la calidad del servicio.

Fines y Objetivos. Dentro de su competencia territorial, las funciones del Colegio de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal y Conjuntos Inmobiliarios ambas sedes, serán:

[...]

11) Elaborar la tabla de aranceles y honorarios mínimos para los administradores de propiedad horizontal y conjuntos inmobiliarios, la que será pública y contendrá diferentes escalas.

4.- Las denuncias de los consorcistas contra un mandatario serán juzgadas por un Tribunal de Disciplina compuesto por administradores de consorcios (Artículo 40º).

Es de recordar que las Cámaras de Administradores santafesinas lucharon judicialmente –con mayor o menor éxito- contra todo intento de norma que controlara el accionar de los malos administradores en Santa Fe y Rosario ya sea a través de un Registro Público de Administradores [1] o de un modelo de expensas llamado Expensas Claras [2].

La conducta profesional será juzgada por un Tribunal de Disciplina y Ética Profesional. Este Tribunal tendrá en cada sede y como mínimo, una sala compuesta por tres jueces titulares y tres jueces suplentes elegidos por dos años en forma simultánea y bajo las mismas condiciones establecidas para la elección del Directorio.

El proyecto de la diputada Varinia Drisun ingresó a la Cámara de Diputados bajo el número de expediente 55203 CD y consta de 58 artículos de los cuales uno es de forma [texto original].

A pesar de que la diputada santafecina pertenece al bloque Socialista, éste forma parte de un interbloque conformado ideologías tan diversas como son la UCR, el PRO, CREO y UNO (Una Nueva Oportunidad) agrupadas bajo el nombre Bloques Unidos para Cambiar Santa Fe  Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] BPN Nº 16/08/21: "La ciudad de Santa Fe ‘puso en marcha’ su propio RPA".

[2] BPN Nº 782 del 15/08/24: "Luego de 8 años quedó vigente Expensas Claras en Rosario".

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