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Proyecto de ley porteño

Por 3ª vez La Libertad Avanza busca modificar la Ley 941

[BPN-15/04/25] El pasado 14 de marzo 5 legisladores de La Libertad Avanza presentaron un proyecto de ley que busca eliminar de las obligaciones impuestas por el Registro Público de Administradores (RPA) porteño las declaraciones juradas y el curso de capacitación anual, y eliminar todo el capítulo dedicado a la "aplicación de la plataforma web oficial" Consorcio Participativo que nunca se reglamentó.

Se destaca que si bien mantiene que "no pueden inscribirse en el Registro o mantener la condición de activo" a los condenados en sede penal, quebrados o concursados, para inscribirse los exime de presentar el "Certificado expedido por el Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal" y el "Informe expedido por el Registro de Juicios Universales".

Este proyecto es casi idéntico a uno que presentó en solitario el 16 de junio de 2022 y que perdió estado parlamentario sin ser tratado [1].

El 4 de julio del año pasado presentó una versión en la que eliminó los puntos más polémicos de la iniciativa anterior. Esta segunda versión mantuvo la pretensión de eliminar las declaraciones juradas anuales pero propuso llevar el curso de capacitación de anual a trienal (cada tres años) y conservó su intención de eliminar todo lo relacionado con Consorcio Participativo [2].

Firmaron la iniciativa Leonardo Saifert, Rebeca Fleitas, Marina Kienast, Lucía Montenegro y María Del Pilar Ramírez e ingresó por mesa de entradas bajo el número 771-D-2025. El proyecto consta de nueve artículos de los cuales uno es de forma [texto original].

El proyecto en detalle

El artículo 1º de la iniciativa propone derogar los incisos que establecen que para inscribirse en el RPA los administradores deben presentar:

1.- Un certificado expedido por el Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal (inciso d).

2.- Un Informe expedido por el Registro de Juicios Universales (inciso e).

3.- Un certificado de libre deuda expedido por el Registro de Deudores/as Alimentarios/as Morosos/as (inciso g).

El artículo 2º del proyecto de Saifert intenta eliminar la obligación de revalidar anualmente el certificado de aprobación de 10 horas que ordena el inciso ‘f’ de ese mismo artículo.

Por su parte en su artículo 3º elimina el impedimento para inscribirse en el RPA a "los inscriptos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos" que establece el inciso ‘e’ del artículo 5º de la Ley 941.

El artículo 4º del proyecto extiende la vigencia del certificado de acreditación de 30 a 90 días (artículo 6º de la Ley 941).

En el artículo 5º de la iniciativa busca derogar el artículo 8º de la Ley 941 que establece que el administrador debe presentar anualmente una constancia del certificado de inscripción en el Registro actualizado en la asamblea ordinaria. En dicha oportunidad hará entrega de una copia de la presente ley al consorcio de propietarios presentes. De igual forma procederá en cualquier asamblea donde se considere su designación o continuidad.

El su artículo 6º propone eliminar el artículo 12º de la Ley 941 que ordena que los administradores inscriptos en el Registro deben presentar anualmente un informe con la información detallada en cada uno de sus incisos que tiene carácter de declaración jurada.

En su artículo 7º busca eliminar que se establezcan sanciones por no cumplir con lo establecido por el artículo 6º (Certificado de Acreditación) y por no cumplir con ya derogada presentación de las declaraciones juradas anuales (artículo 12º).

Por último, en el artículo 8º de la iniciativa busca eliminar los diez artículos que componen el Capítulo 6º de la Ley 941 llamado "aplicación de la plataforma web oficial" Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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[1] BPN Nº 732 del 15/07/22: "Buscan que puedan volver a administrar los condenados por delitos".

[2] BPN Nº 780 del 15/07/24: "Saifert insiste con su proyecto de ley, pero modificado".

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