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Proyecto de ley porteño

Ocaña busca que el curso del SERACARH sea cada cinco años

[BPN-15/03/26] El pasado 2 de marzo, los legisladores María Graciela Ocaña y Sebastián Nagata (Confianza y Desarrollo) presentaron en la Legislatura porteña un proyecto de ley para que el curso del SERACARH se realice únicamente cada cinco años. La iniciativa también propone habilitar a cualquier entidad educativa, ya sea pública o privada, para el dictado de dicha capacitación.

Según los autores, la modificación de la frecuencia representará un ahorro para los consorcistas de 10 mil millones de pesos o 7 millones de dólares cada cinco años, a valores actuales. Para calcular esta cifra, se multiplicó el promedio de puestos de trabajo en la CABA durante 2025 por el costo de cada curso. El resultado se anualizó y se contrastó el costo del esquema de cinco años propuesto frente al esquema actual de dos años.

Cada cinco años

Para alcanzar este objetivo, los legisladores pretenden modificar el artículo 3° de la Ley 4.803 (Ley Zago). El nuevo texto ordenaría que los administradores de consorcios "deberán arbitrar las medidas conducentes para exhortar al personal dependiente [...] a que concurra a las capacitaciones dispuestas por la presente cada cinco años".

Los autores del proyecto señalaron que la Ley 4.803 —actualmente consolidada por la Ley 6.764— impone una carga innecesaria al exigir capacitaciones cada 24 meses. Explicaron que los conocimientos impartidos y las normas de seguridad no presentan cambios significativos anuales que justifiquen una frecuencia tan corta. "Consideramos que cinco años es un plazo suficiente para los fines que establece la norma", argumentaron. Asimismo, destacaron que el cambio aliviaría los costos operativos de los edificios sin comprometer la integridad física de propietarios, ocupantes ni del personal.

Entidades habilitadas

La segunda modificación impulsada busca reformar el artículo 7° de la misma norma. El texto propuesto establece que la autoridad de aplicación deberá habilitar a diversas instituciones especializadas (públicas, privadas, asociaciones profesionales de empleadores o de trabajadores) para dictar la capacitación, previa evaluación de su idoneidad técnica y trayectoria.

"Introducimos esta modificación con el objetivo de que más instituciones puedan dictar la capacitación y exista una mayor oferta disponible de sitios habilitados", explicaron los legisladores.

El proyecto, ingresado bajo el número de expediente 24-D-2026, consta de cuatro artículos y fue girado a la comisión de Legislación General Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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