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Proyecto de ley porteño Tercer intento de financiar obras de mantenimiento en consorcios
[BPN-15/03/26] El pasado 6 de marzo, dos legisladores porteños del bloque Fuerza por Buenos Aires (ex ex Unión por la Patria) presentaron un proyecto de ley para otorgar subsidios o créditos a consorcios de más de 20 años de antigüedad. La iniciativa alcanza a edificios de hasta 20 unidades funcionales y de vivienda pública promocional, con el fin de realizar pequeñas obras de mantenimiento y "puesta en valor". La asistencia financiera tiene una restricción estricta: bajo ninguna circunstancia podrá destinarse a la realización de ampliaciones. Esta propuesta representa una versión actualizada de un proyecto similar presentado por el Frente de Todos el 6 de marzo de 2024, y de otra iniciativa impulsada por seis legisladores el 5 de junio de 2020, durante la pandemia. El programa Para cumplir con este objetivo, los legisladores proponen crear el "Programa de puesta en valor de edificios de propiedad horizontal", bajo la órbita del Instituto de la Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires (IVC). En este sentido, el proyecto sugiere modificar la Ley 1.251 para añadir dos nuevas obligaciones al IVC: fomentar el fortalecimiento de la práctica consorcial en edificios de pequeña y mediana escala mediante asesoramiento legal y técnico, y proveer financiamiento para la ejecución de obras de mediana y baja complejidad. La iniciativa, presentada por Matías Barroetaveña y Claudia Neira, ingresó a la Legislatura bajo el expediente 684-D-2026. El texto consta de 24 artículos y actualmente se encuentra en mesa de entradas a la espera de ser girado a las comisiones correspondientes.La ayuda económica De aprobarse el proyecto, los consorcios podrán acceder a tres modalidades de asistencia: Un subsidio de hasta el 50% del costo de las tareas, donde el consorcio deberá cubrir el resto de la inversión. Un crédito a tasa fija con un plazo máximo de 5 años por el 80% del costo de la obra. Un subsidio por el 100% del costo total. Cabe destacar que los propietarios de los edificios incluidos en el programa deberán abonar, durante dos años, una alícuota adicional del 5% sobre el ABL (Alumbrado, Barrido y Limpieza). Estos fondos se destinarán exclusivamente al IVC para ser reinvertidos en la ampliación del programa. Únicamente quienes reciban el subsidio del 100% estarán exentos de este pago adicional. Las obras autorizadas La iniciativa contempla 16 tipos de intervenciones, entre las que se destacan la impermeabilización de azoteas y fachadas, el reemplazo de cañerías de gas natural y la reparación de sistemas pluviales o cloacales. Si un consorcio requiere una obra no tipificada en la ley, su aprobación quedará a criterio del IVC. Un cambio relevante en esta versión es la modificación del artículo 8: ahora el financiamiento también podrá utilizarse para tramitar planos de final de obra, eliminando el tope del 70% que establecían las versiones anteriores para este concepto. Los proveedores Los trabajos solo podrán ser ejecutados por cooperativas de trabajo con domicilio en el AMBA, pymes de hasta 30 empleados con sede en la CABA, o profesionales de la construcción con domicilio en el AMBA que acrediten una experiencia mínima de tres años en el rubro. Fundamentos del proyecto Los autores argumentaron que, ante el deterioro de los ingresos, muchos residentes de edificios pequeños se ven imposibilitados de realizar tareas de mantenimiento esenciales para la habitabilidad. "El Estado debe cumplir un rol trascendental para brindar herramientas que ayuden a la conservación de los edificios y generen trabajo para los sectores no concentrados de la construcción", señalaron. Finalmente,
destacaron que la inclusión de viviendas públicas promocionales busca
prevenir deterioros estructurales que podrían derivar en incidentes
graves, daños materiales o víctimas fatales |
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