[BPN-16/12/09]
Aquellos que manejamos en la complicada ciudad de Buenos Aires estamos
acostumbrados a que, a la hora de buscar estacionamiento en la vía
pública, nos encontremos que los vecinos dueños de negocios
"reserven" ciertos lugares con cajones de manzanas -las
verdulerías por ejemplo-, con conos rojos o pinten el cordón de la
vereda de amarillo para que el desprevenido conductor piense que es ilegal
estacionar allí.
Ahora la
Legislatura porteña aprobó una ley que modificó el Régimen de Faltas,
al Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad y también la ley de
Procedimiento de Faltas en cuanto a citación y pago voluntario. Uno de
los puntos estableció que sancionarán la obstrucción de estacionamiento
y/o circulación mediante la colocación de cualquier elemento o
dispositivo o pintando el cordón de la vereda de amarillo" con multa
de 100 unidades fijas (la unidad fija de multa actualmente está
establecida en un peso).
Cuando la
falta se cometa en beneficio de un edificio afectado al régimen de
propiedad horizontal y no pueda identificarse al responsable de la
infracción "la multa se aplica contra el consorcio de propietarios o
en forma solidaria contra todos los propietarios de las unidades
funcionales que conforman el edificio".
La ley
también fija el régimen de pago voluntario para las faltas que tengan
previstas como sanción exclusiva y única la multa. Además, habrá un
incentivo por acogimiento al sistema hasta los 40 días corridos de
notificado el infractor, lo que significará un 50% de bonificación en el
monto de la multa y, en caso de resultar un acta que conlleve descuento de
puntos, el consentimiento de ese descuento.
A su vez, se
agravaron las sanciones por violación de límites de velocidad, y se
incorporaron sanciones por obstrucción de estacionamiento y/o
circulación. Es decir, que el conductor del vehículo que no respete los
máximos establecidos será sancionado con multa de 300 a 1500 unidades
fijas cuando circulare en exceso de más de 20 km/h de lo permitido para
el tipo de arteria y en más de 40 km/h en el caso de las rápidas. Quien
no respete los límites mínimos será sancionado con multa de 150
unidades fijas.
En cuanto a
los que circulan en bicicletas fijaron que habrá sanción "cuando no
use casco protector o el ciclorodado no cuente con espejos retrovisores,
luces o elementos luminiscentes o transporte a otra persona cuando su
diseño no sea apto para ello o no respete la señalización vial".