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Escudo de la provincia de La Pampa.

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Proyecto de ley

La limpieza de tanques llegará a La Pampa

[BPN-22/12/10] El 30 de noviembre pasado Gastón Massari Copes, legislador por la Unión Cívica Radical de la ciudad de Santa Rosa (La Pampa), presentó un proyecto de ley sobre "Higiene de Tanques de Agua" con el objetivo de que se establezca la obligatoriedad en la limpieza anual de "todo recipiente destinado al almacenamiento de agua potable perteneciente a propiedad horizontal comprendidas en la Ley Nacional 13.512 de Propiedad Horizontal".

La iniciativa prevé que la autoridad de aplicación sea la Dirección de Protección Ambiental y Servicios Públicos (DPASP) que tendrá a su cargo la creación de un Registro de Inspectores. Las personas físicas o jurídicas habilitadas para la realización de la tarea deberán, de acuerdo al artículo 2º, "elaborar un informe por cada propiedad o edificio inspeccionado" que deberá contener las especificaciones que determine la DPASP. El informe se elaborará por triplicado ya que una copia del mismo "quedará en posesión del responsable del inmueble, otra en poder del inspector y la tercera será remitida a la Autoridad de Aplicación".

El artículo 3º de la norma establece que "las personas responsables de las propiedades y edificios [...] tendrán la obligación de mantener los tanques de agua potable en las condiciones químicas y bacteriológicas que determine la Autoridad de Aplicación". Del artículo en cuestión se desprende, además, que para dar cumplimento a tal obligación, se deberá permitir el acceso a la propiedad a los inspectores habilitados y a los inspectores municipales, "a los efectos de cumplir y verificar lo establecido en la presente".

El proyecto presentado por Massari extiende la obligación "a todo edificio de la administración pública Municipal, Provincial y Nacional y a todos aquellos de acceso público destinados a actividades deportivas y recreativas situados en el ejido de la ciudad de Santa Rosa".

Sanciones

El artículo 6º del proyecto estable sanciones de entre 100 y 5 mil unidades fijas, conforme lo determine la Autoridad de Aplicación, para "los responsables de los edificios [...] que no cuenten con el informe anual o que no hubieren cumplimentado las observaciones o recomendaciones obrantes en el mismo".

Asimismo, también serán sancionados "aquellos inspectores habilitados [...] cuando se comprobare actuación de mala fe o negligencia en el trabajo de limpieza, desinfección y saneamiento o en la elaboración del informe". La sanción consistirá en la suspensión del registro municipal habilitante por el término que, de prosperar la iniciativa, determine la DPASP.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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