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Gabriela Pilar Saldivia Los observados deberán regularizar su situación [BPN-21/09/11] Gabriela Pilar Saldivia, coordinadora del Registro Público de Administradores (RPA), explicó que los administradores que fueron observados por el organismo "están reempadronados", aunque aclaró que –cuando el RPA retome la atención al público- deben regularizar su situación. Por otro lado, Saldivia explicó –durante la transmisión del programa radial Derecho de Piso del 9 de septiembre pasado- las razones por las cuales decidieron junto con Defensa del Consumidor flexibilizar la disposición del Certificado de Edificio Seguro. Asimismo, aclaró que de ahora en más no será necesario que los profesionales contratados posean una encomienda que los habilite para realizar la tarea de verificación en el edificio. Los observados y la notificación De acuerdo a Saldivia, aquellos administradores que hayan sido incluidos en el listado de observados por el RPA "se tienen que quedar tranquilos porque están reempadronados" y explicó que cuando el Dr. Juan Manuel Gallo, director de Defensa del Consumidor, habilite un lugar alternativo para atender a los administradores (el RPA permanecerá cerrado durante noventa días más < ver nota>), deberán regularizar su situación."El que no se tiene que quedar tranquilo es el que no está reempadronado porque ese seguramente va a estar dado de baja y se va a notificar a los consorcios que no puede ejercer la actividad", adelantó y aclaró que aquellos administrados que sin estar reempadronados administren recibirán una multa equivalente a diez salarios de un encargado de edificio. Por otra parte, la coordinadora del RPA declaró que a través de una disposición se van a publicar los nombres de los administradores dados de baja que no podrán ejercer la actividad durante un año. "Además vamos a publicar el listado en el sitio del Gobierno de la ciudad y los notificadores de Defensa del Consumidor van a informarle a los consorcios". El motivo de la flexibilización Durante la transmisión del programa radial Derecho de Piso, Saldivia se refirió a la disposición que modificó varios aspectos del Certificado de Edificio Seguro y que fue publicada en el Boletín Oficial el pasado 16 de septiembre. Una de las modificaciones extendió los plazos para realizar la verificación: dos años para edificios que certifiquen y un año para aquellos que no lo hagan. Al respecto, Saldivia explicó que "el tema de los costos" influyó ya que "había muchas quejas" y declaró que al extender los plazos para realizar la verificación los costos podrían reducirse a la mitad. De acuerdo a la coordinadora del RPA –entre otras consideraciones- la decisión obedeció a que "surgieron varios pedidos de algunos ingenieros que no llegaban a tiempo con los relevamientos. También se tuvo en cuenta la solicitud de los administradores que este año tuvieron muchas obligaciones por parte del RPA". Sin embargo, ese no fue, de acuerdo a la coordinadora del organismo, el único motivo ya que "hemos visto en las presentaciones que de cada diez edificios, ocho no certifican", concluyó. La encomienda no es necesaria Según explicó Saldivia, Gallo dispuso que el administrador no estará obligado a solicitarle al profesional verificador la encomienda mediante la cual los consejos profesionales lo habilitan para realizar las tareas. Al respecto, declaró que "la encomienda tiene un costo de 70 pesos" y que lo que en realidad habilita al ingeniero a realizar la verificación es la matrícula. Saldivia se refirió además al artículo 8º inciso 1) de la Ley 941 que establece como obligación del administrador contratar profesionales matriculados, "entonces nosotros no podemos exigir la encomienda que es algo propio de los consejos", manifestó. "La obligación nuestra es pedir la matrícula y nos vamos a limitar a eso. Que el administrador contrate y le exija la matrícula y con eso es suficiente", concluyó. Para escuchar el audio completo de Derecho de Piso, que se trasmite los viernes a las 19 hs. por AM 1010 Onda Latina, ingrese a: < vínculo> |
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