Los
tres recursos de amparo fueron presentados el 27 de octubre, bajo el
patrocinio legal del Dr. Ezequiel Nino. |
AIPH vs. DGDyPC
Informe de
situación
[BPN-07/03/12]
De los tres amparos presentados en octubre del año pasado contra seis
disposiciones de Defensa del Consumidor de la CABA, dos esperan sentencia y
uno fue rechazado. Sin embargo las tres causas continúan su curso
esperando una sentencia definitiva sobre los temas de fondo. Así lo
informó AIPH mediante una circular a sus socios el 9 de febrero
pasado.
Esperan
Lo último que
la Jueza que entiende en la causa de Gabriela Alejandra Tejada
dispuso es que la DGDyPC remita todo el material relacionado con las seis
disposiciones cuestionadas que haya justificado el dictamen de la misma.
"Remita a este Tribunal la totalidad de los expedientes
administrativos directamente relacionados con las presentes
actuaciones", ordenó la magistrada.
Según
informó AIPH, los expedientes solicitados no arribaron aún al Juzgado y
declararon que si se produjera una demora considerable la demandante
pedirá que "se reitere el oficio bajo apercibimiento de sanciones
para el funcionario que demore la remisión". Tejada inició el
trámite, bajo el número de expediente Nº 42912/0, en el Juzgado Nº 8,
Secretaría 17.
En la causa
iniciada por Alejandro Deleón, el 29 de diciembre de 2011, el Juez
le requirió que aclarara si había realizado anteriormente "algún
reclamo en sede administrativa a fin de impugnar las resoluciones
cuestionadas". El 3 de febrero de 2012, el demandante presentó un
escrito explicitando que no habían sido hechos reclamos administrativos y
ahora espera una respuesta. Su reclamo se tramita en el Juzgado Nº
12, Secretaría Nº 28 bajo el Nº de expediente 42914/0.
Rechazada
El recurso de
amparo rechazado fue el de Adrián Hilarza que –si bien es
presidente de AIPH- lo presentó en carácter de consorcista. El 20 de
diciembre pasado la Jueza entendió que –en su opinión- la impugnación
de las seis disposiciones de la DGDyPC no es lo suficientemente urgente
como para justificar una medida cautelar. O sea que no advirtió un
perjuicio concreto que podrían sufrir los potenciales damnificados que no
se pudiera reparar luego de una sentencia definitiva.
Hilarza
aclaró a esta redacción que no apelará el fallo sobre el recurso de
amparo porque en ese caso se elevaría a la cámara y se demoraría la
causa. Por lo tanto, va a renunciar a ese derecho en pos de agilizar la
cuestión de fondo. Este tercer amparo había sido presentado en el
Juzgado Nº 4, Secretaría Nº 7 bajo el número de expediente (42913/0)
El reclamo
Los tres
recursos de amparo fueron presentados el 27 de octubre de 2011, bajo el
patrocinio legal del Dr. Ezequiel Nino y apoyados por la AIPH. El
presidente de esta entidad de administradores presentó su demanda como
consorcista.
Los
demandantes se manifestaron en contra de las medidas tomadas por el Dr. Juan
Manuel Gallo, director de la DGDyPC, sobre las disposiciones número
5.363/10 (Certificado de Edificio Seguro), 2.246/11 (máscaras contra
incendios), 3.882/10 (Libro de Limpieza y Desinfección de Tanques de Agua
Potable), 2.614/08 (obligación de cambiar matafuegos), 6.013/09 (seguro
de caución por daño ambiental) y 415/11 (Registro de mantenedores,
reparadores, fabricantes e instaladores de instalaciones fijas contra
incendios).
Consideran que
dichas medidas contienen "vicios administrativos manifiestos,
resultan arbitrarios e irrazonables, ilegales e inconstitucionales" y
que el Dr. Gallo "ha adoptado decisiones contra los intereses de los
propios actores que el funcionario debe representar y defender"
---
AIPH:
Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal
AIPH
DGDyPC:
Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor
|