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CAPHyAI Para el INADI no hubo discriminación [BPN-25/04/12] El pasado 7 de marzo, el INADI rechazó la denuncia por discriminación en la actividad de los administradores presentada por la CAPHyAI. El dictamen lleva el Nº 47-12, fue firmado por la Dra. Ivanna Mellebovsky, asesora legal, y refrendado ese mismo día por el interventor de la entidad, Pedro Marcelo Mouratian. Entre sus fundamentos el Instituto argumentó que "el contenido de la normativa cuestionada se encuadraría dentro del concepto del poder de policía que en este caso ejerce el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y no de un acto discriminatorio por situación socioeconómica conforme la Ley 23.529, normas complementarias y concordantes". Y agregó que "se trataría más de un requisito impuesto a los fines de ejercer una medida de control para brindar algún tipo de seguridad a los propietarios de las unidades de edificios y no de una limitación basada en el prejuicio de carácter discriminatorio hacia los que quieren ejercer dicha profesión". La denuncia había sido presentada el 22 de octubre de 2010 por Daniel Tocco y Arturo Molina en representación de la CAPHyAI por considerar que la Ley 941 y sus modificatorias impusieron obligaciones a los administradores de consorcios que violan sus derechos y garantías constitucionales y obligan "a personas que queremos ejercer una actividad lícita, a mostrar ante terceros, previo a nuestra contratación, cuál es la composición de nuestro patrimonio, es decir, que solvencia económica tenemos o no tenemos, sacando el foco de lo mas crucial, que es la falta o no de indoneidad". El Dr. Jorge Yrigoyen, abogado asesor de la Cámara –en diálogo con Pequeñas Noticias- consideró que "nosotros nos jugamos una gran patriada al presentar la denuncia en dicho organismo ya que estábamos yendo contra una resolución de un organismo público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires fundamentada en una ley sancionada por un órgano legislativo. Por eso, el carácter excepcional de nuestra denuncia". Por otra parte, Yrigoyen explicó que la presentación de la demanda ante el INADI se debió fundamentalmente por considerar discriminatorio el pedido de declaración jurada para quienes no poseen ningún patrimonio. En este sentido recalcó: "me parece que se está discriminando a quién no tiene bienes y quiere empezar la actividad". Con respecto al patrimonio de las personas, el abogado de la CAPHyAI consideró que es "un derecho individual y que no puede existir una obligación legal que le ordene tener que exhibirlo". Por último explicó: "el aparente remedio para no exhibir ese patrimonio sería contratar un seguro de caución pero las compañias te exigen un patrimonio varias veces superior al monto asegurado" |
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