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Juan Cabandié Proyecto de ley para evitar derrumbes [BPN-13/06/12] Juan Cabandié, legislador porteño del Frente para la Victoria (FPV), presentó un proyecto de ley para incorporar a la normativa que rige sobre la construcción de edificios en la ciudad de Buenos Aires "el uso de técnicas avanzadas y utilizadas mundialmente en los procesos de excavación y submuración" para evitar derrumbes. El titular del bloque Frente para la Victoria presentó este proyecto –según declaró en su blog- ya que "es imprescindible que se revise la normativa vigente [...] En los últimos años, la ciudad obtuvo un récord de más de 20 derrumbes y nueve muertos, lo cual motivó esta iniciativa". En esta iniciativa, Cabandié expresó en sus fundamentos que "se ha observado un elevado número de denuncias en relación a obras que se encuentran en las etapas de demolición y excavación/submuración". En este sentido, el legislador porteño señaló que "resulta sorprendente que en nuestra ciudad, hasta hace poco tiempo, no estaban previstas inspecciones programadas durante estas instancias clave. Recién a partir de la sanción de la Ley Nº 3562 se estableció la obligación de inspeccionar una obra" pero que "buena parte de los cambios incluidos en esta ley, nunca fueron reglamentados y puestos en funcionamiento". Por último, Cabandié señaló que "todas estas medidas [incluidas en su proyecto de ley] combinadas están destinadas a conformar una batería de herramientas que contribuyan a establecer un escenario de mayor seguridad pública vinculada a la actividad de la construcción, uno de los principales motores de la actividad económica de nuestra ciudad". Los detalles técnicos Puntualmente, el proyecto -que cuenta con 13 artículos- establece, entre otras cuestiones, que se deberá presentar ante la Dirección General de Registro de Obras y Catastro (DGROC): la memoria de la metodología a emplear para las tareas de excavación y recalce de muros y cálculo de las estructuras de contención, estudio de suelos, plano de relevamiento de linderos, que incluya las características de los muros divisorios y de las fundaciones de las construcciones vecinas, plano de replanteo de las estructuras de recalce, contención, con indicación de la secuencia de ejecución y memoria de cálculo de las estructuras de recalce de muros. El artículo 2º del proyecto prevé -como medida de seguridad adicional- la utilización de "anclajes de tracción" que, por sus características técnicas, deben enclavarse provisoriamente en los edificios linderos. Para poder implementar esta medida se ampara en el artículo 2.627 del Código Civil de la Nación que establece que "si para cualquier obra fuese indispensable poner andamios, u otro servicio provisorio en el inmueble del vecino, el dueño de éste no tendrá derecho para impedirlo, siendo a cargo del que construya la obra la indemnización del daño que cause". También se basa en los artículos 5.2.2.2 y 5.2.2.3 del Código de la Edificación de la Ciudad. Es de destacar que la Dirección General de Registro de Obras y Catastro debe consignar la documentación que incluya el uso de anclaje de tracción que traspasen los límites del predio, tanto con los linderos como bajo la acera y deberá adicionar información que acredite la no interferencia con instalaciones o construcciones vecinas de cualquier tipo. En otro punto de la iniciativa se establece que la empresa constructora deberá contar con un profesional debidamente matriculado y habilitado para el ejercicio profesional, que desempeñará la función de representante técnico y deberá permanecer en la obra durante la ejecución de los trabajos. En cuanto a las las verificaciones en las obras, el proyecto prevé que -tanto en las etapas de demolición como de excavación- los inspectores deberán: comprobar la correspondencia entre los trabajos ejecutados y la documentación registrados ante la DGROC, observar que la obra no genere riesgos a terceros, verificar la existencia del cartel de obra donde figuren los datos completos referidos a las empresas y a los profesionales responsables, controlar la existencia de copia en obra de la totalidad de la documentación registrada y constatar la presencia del profesional responsable.Por último, en su blog personal expresó que "el proyecto se ampara en el Código Civil de la Nación y el Código de la Edificación de la Ciudad y cuenta con el aval de los titulares de la AIE (Asociación de Ingenieros Estructurales), CPIC (Consejo Profesional de Ingeniería Civil), CPAU (Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo), CAMARCO (Cámara Argentina de la Construcción), Foro de la Vivienda y Desarrollo Urbano, Facultad de Ingeniería de la UBA y del CAI (Centro Argentino de Ingenieros)" |
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