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La presidenta de la Nación firma el decreto que promulgó el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación.

La presidenta de la Nación firma el decreto que promulgó el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación.

Nuevo Código Civil y Comercial

La propiedad horizontal se mudó al Código

[BPN-14/10/14] El pasado 7 de octubre, la presidenta Cristina Fernández de Kirchner promulgó el nuevo Código Civil y Comercial que desde el 1º de enero de 2016 regulará la propiedad horizontal y los conjuntos inmobiliarios. Con su entrada en vigencia quedará derogada la Ley 13.512 que desde 1948 imperó en la propiedad horizontal, y cambiarán las reglas de juego del sector. Una de las consecuencias inmediatas de su publicación en el Boletín Oficial es que condenará a un limbo legislativo a todos los proyectos de modificación de la Ley 13.512 que en este momento están en danza.

Así, por ejemplo, es de suponer que será muy difícil que reciban trato legislativo dos proyectos que se presentaron en Diputados este año. El primero es el que impulsó Elisa Carrió en marzo y cuyo objetivo –entre otros- es que los consorcistas estén representados en paritarias. El segundo lo presentó en abril la legisladora Patricia Bullrich en un tercer intento de lograr una reforma integral de la Ley de Propiedad Horizontal.

¿QUÉ ESCRIBIMOS SOBRE EL TEMA?

BPN Nº 459 de 11/04/12: "La 13.512 está incluida en el proyecto del nuevo Código Civil"

BPN Nº 510 de 04/12/14: "La propiedad horizontal nunca fue tan invisible"

BPN Nº 518 de 11/04/14: "Carrió presentó una reforma a la Ley 13.512"

BPN Nº 520 de 08/05/14: "Por 3ª vez Bullrich intenta modificar la Ley 13.512".

La propiedad horizontal

La flamante norma consta de 2.671 artículos divididos en seis libros. Dentro del cuarto libro, se encuentran el "Título V" denominado "Propiedad Horizontal" y el "Título VI" dedicado a los "Conjuntos Inmobiliarios". El primero esta compuesto por 36 artículos y el segundo por 41. En suma, se trata de 77 artículos referidos a estos temas. Pequeñas Noticias puso a disposición de sus lectores, para su estudio, una copia de este material <vinculo>

Por un lado, el título "Propiedad horizontal" está dividido en diez capítulos: "Disposiciones generales" (8 artículos), "Facultades y obligaciones de los propietarios" (6 artículos), "Modificaciones en cosas y partes comunes" (5 artículos), "Reglamento de propiedad horizontal" (2 artículos), "Asambleas" (6 artículos), "Consejo de propietarios" (1 artículo), "Administrador" (3 artículos), "Subconsorcios" (1 artículo) , "Infracciones" (1 artículo), y "Prehorizontalidad" (3 artículos). Estos capítulos van desde el Art. 2.037º al Art. 2.072º del nuevo código.

Por otro lado, el título "Conjuntos inmobiliarios" está dividido en tres capítulos: el primero con ese mismo nombre (14 artículos), el segundo que trata sobre la figura del "Tiempo compartido" (16 artículos) y el tercero "Cementerios privados" (11 artículos). Estos capítulos abarcan desde el Art. 2.073º al Art. 2.113º.

La sesión

El primero de octubre, luego de más de 6 horas de sesión en la Cámara de Diputados y de que la oposición abandonara el recinto, el nuevo Código Civil y Comercial fue aprobado con 135 votos positivos, en su mayoría del Frente para la Victoria.

Pequeñas Noticias tuvo acceso al texto completo del debate en el recinto previo a la votación que aprobó el texto del nuevo Código. Durante el mismo, sólo dos legisladores hicieron mención a la propiedad horizontal: Jorge Alberto Landau y Alfredo Carlos Dato, ambos del Frente para la Victoria. Lamentablemente al retirarse la oposición del recinto no se pudieron conocer sus opiniones sobre este tema que –si bien para muchos parece menor- afectará la vida cotidiana de millones de argentinos <ver nota>

Específicamente, el FPV aportó 113 votos, el Frente Cívico por Santiago 7, el Frente Renovador de la Concordia Misiones 5, y Nuevo Encuentro y el Movimiento Popular Neuquino, 3 votos cada uno respectivamente. Por su parte, el Movimiento Popular Fueguino, el Partido Justicialista La Pampa, el Frente por la Inclusión Social y el Movimiento Solidario Popular aportaron un voto cada uno.

Entre los 122 ausentes que no votaron se encontraban diputados de los siguientes bloques: Unión Cívica Radical (37), PRO (18), Frente Renovador (17), Partido Socialista (8), Compromiso Federal (5), GEN (4), Coalición Cívica - ARIUNEN (3), Unión por Córdoba (3), Unidad Popular (3), Frente Cívico y Social de Catamarca (2), SUMA + UNEN (2), Frente CívicoCórdoba (2), Trabajo y Dignidad (2), Frente de Izquierda y de los Trabajadores (2), Cultura, Educación y Trabajo (2), Proyecto Sur (1), UNIR (1), U.De.So. Salta (1), Fe (1), FPV (1), Unión Celeste y Blanco (1), PTS - Frente de Izquierda (1), Libres del Sur (1), Unión por Entre Ríos (1), Conservador Popular (1), Peronismo mas al Sur (1) y Demócrata de Mendoza (1).

La historia

Durante su discurso la presidenta informó que el 23 de febrero de 2011, mediante el decreto 191/11 se dispuso la formación de una comisión de reforma del Código Civil y Comercial, integrada por el Dr. Ricardo Lorenzetti, presidente de la Corte Suprema de Justicia; la Dra. Elena Highton de Nolasco, vicepresidenta de ese organismo y la Dra. Aída Kammelmajer de Carlucci.

Según la mandataria, dicha comisión inició sus tareas el 2 de marzo y el 27 de ese mismo mes se presentó el anteproyecto al Poder Ejecutivo. El 7 de junio de 2012 se giró el proyecto al poder legislativo. El 4 de julio de 2012, las cámaras constituyeron la comisión bicameral para la reforma de los Códigos Civil y Comercial de la Nación, integrada por 30 legisladores: 15 diputados y 15 senadores de los distintos partidos políticos que conforman el Poder Legislativo.

La comisión llevó a cabo 29 reuniones, incluidas 18 audiencias públicas en todo el país. El 14 de noviembre del año 2013 se presentaron los dictámenes para la elaboración del nuevo Código que incorporó 168 modificaciones, las cuales transformaron 311 artículos de los 2.671 que traía el proyecto original.

Finalmente, el 1 de octubre la Cámara de Diputados aprobó el proyecto y 6 días después la presidenta anunció su promulgación Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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